Estado de excepción - Ley omnibus

Amplio espectro de organizaciones de la sociedad civil rechazan la “Ley Ómnibus” 

Más de 80 organizaciones ambientales y sociales rechazaron la Ley Omnibus presentada por el Poder Ejecutivo. Entre ellas, el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial y Asociación Argentina de Abogadxs Ambientalistas. Se remitió una comunicación a la Cámara de Diputados de la Nación, expresando desacuerdo con el proyecto de “Ley Ómnibus” presentado por el Poder Ejecutivo nacional en diciembre. En la misiva, se destaca la preocupación ante las medidas propuestas, resaltando que estas representan significativos retrocesos en la legislación ambiental lograda con esfuerzo y eluden el derecho a un ambiente sano, reconocido en el artículo 41 de la Constitución de la Nación.

El proyecto pretende realizar reformas a leyes cruciales para la protección del ambiente, entre las cuales se incluyen la Ley de Bosques (26.331), la Ley de Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema (26.562), la Ley de Glaciares (26.639) y la Ley Federal de Pesca (24.922).

En la carta, las organizaciones advierten que el proyecto de ley contraviene el principio de no regresión ambiental del Acuerdo de Escazú, un pacto internacional que establece que la legislación no puede empeorar la situación del derecho vigente. Evidentemente, las modificaciones propuestas en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo implicarían una disminución en los niveles de protección ambiental y, por ende, tendrían un impacto negativo en el bienestar de las personas.

Península Valdés en Peligro: Cámaras de la economía regional, asambleas vecinales y organizaciones conservacionistas presentan una acción legal cuestionando la terminal petrolera en el Golfo San Matías 

Ante el irregular avance del oleoducto desde Vaca Muerta al golfo San Matías.

Un amplio colectivo por el ambiente, la economía y la cultura le reclamó judicialmente al estado Chubutense prevenir y evitar el daño por la terminal petrolera del proyecto Oleoducto Vaca Muerta Oil Sur. El bloque diverso presentó una acción legal en la provincia de Chubut por el ilegítimo avance del del proyecto para la realización de un ducto que transportará hidrocarburos desde Vaca muerta atravesando toda la provincia de Río Negro y parte de Neuquén y finalizará en un puerto de carga con dos monoboyas en el Golfo San Matías (Río Negro).

La iniciativa, presentada en el marco del segundo aniversario del Atlanticazo, destaca los riesgos y las consecuencias devastadoras que la terminal portuaria representa para la región. Es clave destacar que la fuerte conectividad oceanográfica y biológica entre el enclave donde se establecerá la terminal portuaria y el Golfo San José y el Golfo Nuevo; estos dos últimos componentes claves del entorno de la Península Valdés. Área ampliamente protegida, no solo a nivel provincial, sino también a nivel internacional por la Convención de Ramsar y por UNESCO en su carácter de Sitio de Patrimonio Mundial.

La acción fue interpuesta con fundamento en la inacción previa de la Provincia de Chubut en relación al puerto petrolero con enorme impacto en la región. Quedó radicada en el Juzgado Civil y Comercial de Puerto Madryn Titular del Juzgado Dra. María Laura Eroles. A través de un escrito se solicitó a las dependencias provinciales, conforme lo establece la ley XI 18, a tomar medidas preventivas y transparentar el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental e intervenir eficaz y activamente en él.

Entre las organizaciones que conforman la alianza están la Cámara de Turismo y Servicios de Península Valdés (CAPENVAL), la Asociación Red de Alquileres Temporarios de Puerto Madryn, el Instituto de Conservación de Ballenas (ICB), Asamblea Vecinal de Puerto Pirámides, la Asociación Argentina de Guías Balleneros, la Cámara Patagónica de Empresas de Avistajes de Ballenas, la Fundación Península Valdés Orca Research, la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas, la Fundación Greenpeace Argentina, la Asamblea en Defensa del Territorio de Puerto Madryn, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Fundación Patagonia Natural, la Asociación de Agencias de Viajes y Turismo Península Valdés, la Asociación de Guías Profesionales de Turismo del Chubut y la Asamblea No a la Mina de Esquel.

Este colectivo refleja la preocupación de varios sectores de la sociedad civil que advierten que este puerto con dos monoboyas se emplazará a 30 km de la Península Valdés, afectando claramente la biodiversidad y la economía de las áreas marinas involucradas. Las infraestructuras costeras, se emplazarán en importantes enclaves de biodiversidad, con inmenso valor para las comunidades locales y actividades económicas que esta sustenta. El oleoducto Vaca Muerta Oil Sur, y su terminal petrolera es una clara amenaza al patrimonio biocultural, histórico, socio-productivo en la zona. En definitiva, a los bienes comunes, afectando principal pero no excluyentemente a la pesca artesanal y deportiva, turismo de avistaje de fauna, deportes acuáticos y buceo, entre otros. 

Las organizaciones exponen la omisión antijurídica del estado chubutense al no implementar acciones y políticas preventivas, exponiendo al territorio, su biodiversidad y a miles de familias a un riesgo previsible de daño social y ambiental. 

La reforma de la ley 3308 de Rio Negro, que protegía las aguas y costas del Golfo San Matias de la industria petrolera, hizo que vecinos, vecinas y organizaciones de distintas partes del país llevaran a la Justicia la modificación de la referida Ley con una acción de inconstitucionalidad que fue presentada ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro en diciembre de 2022. El caso se encuentra actualmente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La reforma que quitó la protección a San Matias viola el Acuerdo de Escazú, al carecer de transparencia y verdadera participación ciudadana. Además, atenta contra principios constitucionales de progresión y no regresión en materia ambiental, ya que desprotege al Golfo ante el avance petrolero. 

Las organizaciones explicitan que, según la normativa provincial y nacional, la autoridad provincial de Chubut tiene la responsabilidad de adoptar medidas necesarias para la preservación de las condiciones naturales. La acción se funda en los artículos 38, 41 y 155 de la ley XI N° 35, Código Ambiental de la provincia, y el artículo 39 de la ley de Áreas Naturales Protegidas. 

En la acción, las organizaciones manifiestan actuar en nombre de un interés colectivo: la preservación de los ecosistemas costeros marinos, su equilibrio ecológico, biodiversidad y las actividades turísticas, productivas y comerciales asociadas. 

Las monoboyas petroleras amenazan a más de 150 especies marinas únicas en la región, la rica biodiversidad del Área Natural Protegida Península Valdés, declarada Patrimonio Natural de la Humanidad por la UNESCO. Se pueden mencionar entre ellas: 

Colonias reproductivas del pingüino de Magallanes; una de las principales zonas de reproducción de la Ballena Franca Austral; sitios de anidación de aves playeras y costeras; colonias de lobos y elefantes marinos; sitios de caza de Orcas entre otros dependen de la calidad de las aguas del Golfo San Matias y se ponen en riesgo con este proyecto.

Un evento como el sucedido el pasado 28 de diciembre en la Ría de Bahía Blanca con la rotura de un ducto de carga de una monoboya similar a la instalarse en San Matías, tiñendo de petróleo crudo las aguas, tendría un impacto directo en la Península Valdés, ya que la circulación oceánica indefectiblemente lo arrastraría hacia allí. (1)

(2) también se puede citar como caso de derrame de crudo lo sucedido en Caleta Córdova en el 2007 con aproximadamente 300m3 de petróleo que impactaron negativamente a lo largo de 5km de costa en el Golfo San Jorge (es un ejemplo puntual de la Provincia)

En concordancia con el principio constitucional de no causar daño ambiental (Artículo 19 de la Constitución Nacional), las organizaciones exigen información detallada a la Provincia de Chubut sobre las medidas preventivas y la participación de los Chubutenses en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental. Además, instan a la provincia a iniciar diálogos interprovinciales para abordar colectivamente los desafíos de la conservación de los bienes comunes.

Este llamado se basa en el derecho constitucional al ambiente sano, reconocido en el artículo 41 de la Constitución Nacional, respaldado por tratados internacionales como el Convenio de Escazú, que destaca la importancia del acceso a la información ambiental y la participación ciudadana en asuntos ambientales. Las organizaciones subrayan que la prevención es fundamental y que el acceso a la información es clave para tomar decisiones informadas y responsables. Se espera que la provincia de Chubut, en su papel de garante del derecho humano al ambiente sano, tome medidas efectivas y transparentes.

  1. https://www.eldia.com/nota/2023-12-31-13-35-0-preocupa-un-tremendo-derrame-de-petroleo-en-bahia-blanca-que-paso–informacion-general


Estado de excepción - Ley omnibus

Regresión ambiental, desdemocratización y Estado de excepción

por Maristella Svampa, Enrique Viale para elDiarioAR

La Argentina está ingresando de modo vertiginoso a un Estado de Excepción, que coloca en manos del presidente la suma del poder público. La reforma que busca imponer Milei abre a un escenario de autocracia mesiánica, que desconoce la división de poderes del Estado y pretende borrar de un plumazo las normativas y regulaciones protectoras en materia social, económica, ambiental y de género, de la mano de un modelo represivo, de criminalización de la protesta social. Para las corporaciones, este momento de desdemocratización a gran escala es también el momento de la “gran piñata”, de la gran repartija de los “dulces” que quedan, ofrecidos gentilmente por un presidente anarco-capitalista, que busca suprimir cualquier regulación estatal, en favor de los privados. Y esto sucede de modo tan obsceno como visible, comparable solo con el menemismo, que encontró a una sociedad exhausta por la hiperinflación (1989-1990); y con la última dictadura cívico-militar, que se propuso una reestructuración social y económica, de la mano del terrorismo de Estado.

En materia socioambiental, el proyecto de Ley Ómnibus enviado recientemente por el presidente Milei al Congreso Nacional es un golpe al corazón de la legislación de protección ambiental argentina, ya que se propone liquidar las dos leyes que mayor esfuerzo ciudadano costaron en los últimos quince años: la Ley de Protección de Bosques (Ley 26.631, de 2007) y la Ley de Glaciares (Ley 23.639, de 2010). Dos leyes de presupuestos mínimos de protección que conllevaron grandes luchas ambientales, involucrando no sólo al conjunto del movimiento socioambiental (asambleas territoriales en las diferentes provincias) y a ONGs ecologistas (Greenpeace, FARN, Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas), sino también a amplios sectores de la sociedad argentina, que apoyaron la defensa de nuestras “fábricas de agua” (los glaciares y su ambiente periglaciar), amenazadas por la expansión de la megaminería; y la defensa de los bosques, arrasados por los desmontes y el avance de la frontera del agronegocio.

Digámoslo una vez más.  Nunca, como en estas dos leyes marco hubo tanto apoyo de la ciudadanía, gracias al debate público y a la conciencia de la realidad palpable de la destrucción y despojo de nuestros ecosistemas. También es cierto que el lobby empresarial jamás cesó de atacarlas y conspirar contra ellas, a fin de flexibilizarlas y torcerlas en su favor, utilizando para ello los bloques parlamentarios afines. Sin embargo, pese a ello, no pudieron lograrlo hasta ahora. Hoy, en el marco de un gobierno libertario-empresarial, primero a través de un DNU que deroga la Ley Nacional de Tierras Rurales (ver abajo) y desregula el sistema energético a ultranza; segundo, con esta propuesta de Ley Ómnibus, que apunta de lleno a la madre de todas las batallas socioambientales, las corporaciones tienen la posibilidad de una formidable revancha social, asestando un golpe de gracia a la totalidad de nuestros bienes comunes naturales. Al parecer la casta para este gobierno, además de los trabajadores y los sectores populares afectados por el ajuste, también son los Glaciares y los Bosques.

En el caso de la Ley de Bosques, en primer lugar la desfinancia casi a cero al sacarle al Fondo Nacional para la Conservación de los Bosques Nativos el porcentual de las retenciones de exportaciones del agronegocio. Pero, fundamental y con una confusa técnica legislativa, este proyecto de ley pretende autorizar los desmontes en las áreas de protección I (roja, sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse) y II (amarilla, sectores de mediano valor de conservación), esto es las áreas más importantes y vitales, desmontes que actualmente están expresamente prohibidos. Más aún; ése es el núcleo de la Ley de Bosques: si no se protegen las zonas más frágiles y fundamentales para la vida de nuestros ecosistemas ya en peligro, ¿qué sentido tiene entonces una Ley de Bosques? De aprobarse esta propuesta de ley, todos los bosques argentinos podrían ser desmontados, para garantizar el avance de los negocios (soja, cultivos transgénicos, ganadería, monocultivo forestal, entre otros).

Respecto de la Ley de Glaciares, la propuesta de reforma habilitaría la actividad minera en ambiente periglaciar (expresamente prohibida por la ley). Este retroceso ambiental es la exigencia histórica de grandes mineras transnacionales como Barrick Gold que pretenden avanzar sobre estos ecosistemas y, con dicha modificación, podrán hacerlo sin limitaciones, estrechando de manera considerable la zona de protección. Las asambleas de provincias -como San Juan- defienden a rajatabla el ambiente periglaciar, el que es significativamente más reducido en las provincias áridas del centro y norte del país -y por eso más frágil-, que en el sur argentino, más pródigo en hielos.

El proyecto de Ley Ómnibus también tiene otros aspectos abiertamente destructivos, ya que facilita la quema de tierras para “limpiarlas” en favor de cualquier “actividad productiva”. El proyecto de ley reformaría la precedente, Ley 26.562 de control de actividades de quemas, ya que habilita que si al cabo de 30 días, la autoridad competente no se expide en relación al pedido de autorización de quema “se considerará que la quema ha sido autorizada tácitamente”. Con un Estado desguazado, con escasos o nulos controles, esto significa la institucionalización de la quema indiscriminada, tal como hizo Bolsonaro años atrás en Brasil, hecho que impactó severamente en la Amazonía, sus ecosistemas y los pueblos indígenas que la habitan. También habilita y liberaliza la quema de Pastizales, ecosistemas valiosísimos e imprescindibles, bajo el eufemismo de realizar “cortafuegos” y “acciones preventivas”, hoy acciones vedadas o solo permitidas a las autoridades competentes y de forma excepcional. Aquí lo hemos vivido ya en varias provincias, lo más reciente son los incendios en Corrientes (verano de 2023), que afectaron no solo a los Esteros de Iberá, de los cuales arrasaron con más de 100.000 hectáreas, entre esteros, bañados y pastizales. Esta modificación potenciaría los incendios de manera impensada y absolutamente ilimitada.

Otro elemento de la ley ómnibus es que propone adherir al tratado de 1991 de la Convención Internacional sobre la Protección de Nuevas Variedades Vegetales (UPOV 91) para privatizar las semillas y criminalizar el intercambio de semillas criollas. 

Por último, la propuesta de Ley Ómnibus dispone ingresar de lleno al capitalismo verde -que es compatible con el negacionismo climático-, que habilita a las corporaciones el derecho a seguir contaminando, a través de la compra de “bonos verdes” en el mercado de carbono. Sobre la transición hacia energías renovables, no hay nada. Solo el afán por insertar a las grandes corporaciones (del tipo que sean, pero fundamentalmente extractivas) en el negocio del carbono, en lo que hemos llamado el “Consenso de la Descarbonización”, un acuerdo capitalista que pretende combatir la crisis climática sin tocar el modelo de negocios actual, exacerbando el proceso de explotación extractivista de los bienes naturales y manteniendo una relación depredatoria con la naturaleza. 

En este vértigo destructivo y desdemocratizador en el que nos sumerge el gobierno libertario-corporativo, el 29 de diciembre entra en vigencia el Decreto de Necesidad y Urgencia del día 20 de diciembre que, por sus impactos, también conlleva una fuerte regresión ambiental. Por ejemplo, dispone la derogación de la Ley de Tierras Rurales, sancionada en 2011. Dicha ley colocó un freno al proceso de extranjerización de tierras que desde los ‘90 venía operándose en el país, acelerado luego por la crisis de 2001-2002. La ley apunta a limitar la extranjerización de las tierras, instalando un más que razonable régimen restrictivo para la compra de tierras rurales por extranjeros, como sucede en la mayoría de los países del mundo.

Un artículo importante de dicha ley es aquel que prohíbe a extranjeros ser propietarios de inmuebles que sean ribereños de cuerpos de agua (ríos, lagos o cuencas) y zonas de seguridad de frontera. Aunque no es retroactiva (Lewis y Benetton, entre otros, hicieron mucho provecho de esta falta de regulación), la derogación de esta ley conlleva directamente la liberación total de la compra o posesión a capitales extranjeros. Corporaciones transnacionales forestales como ARAUCO, que ya tienen cientos de miles de hectáreas en nuestro litoral, estarían también detrás de esta flexibilización. Este proceso de extranjerización se traduce en la pérdida de nuestra soberanía sobre los bienes comunes asociados al suelo y agua (cuencas hídricas, lagos, ríos). A su vez, implica el desplazamiento de poblaciones vulnerables; comunidades campesinas e indígenas podrán ser expulsados por la megaminería metalífera y de litio, la expansión de la frontera sojera-ganadera, foresto-industrial y el corrimiento de la explotación hidrocarburífera. 

Respecto del sector energético, el DNU abre la puerta a la privatización total de las empresas públicas (con su transformación de sociedades mixtas a sociedades anónimas), lo cual anticipa mayor pérdida de soberanía y de control de los bienes comunes. Asimismo, establece la liberalización tarifaria sin salvaguardas, lo cual amenaza el mercado interno y aumenta riesgos ambientales y sociales. A su vez la eliminación del Fondo para el Desarrollo de la Generación Distribuida (FODIS) y afectación de certificados de crédito fiscal representan un retroceso en la implementación de energías renovables de baja escala necesarias para la transición ecosocial. Lo más indignante es la absoluta ausencia de cualquier tipo de regulación o modificación de los grandes subsidios existentes para las grandes petroleras y empresas energéticas. Es decir, mientras se reducen o suprimen los subsidios al consumidor en las tarifas de combustible y energía, se siguen subsidiando a las grandes petroleras multinacionales, no para el consumo interno, sino para la exportación. Un llamado explícito al despojo y el saqueo, que suena como música en los oídos de las corporaciones transnacionales.

A 40 años de recobrada la institucionalidad democrática, más allá de sus deficiencias y errores, asistimos a una vertiginosa embestida en términos de desdemocratización, que pareciera dejar desamparada a la ciudadanía, ante la salvajada de reformas y derogaciones propuestas por el presidente libertario. Frente a ello, cabe preguntarse dónde se encuentran en este país las reservas democráticas que puedan contrarrestar esta arremetida autocrática e inconstitucional, que transfiere nuestros bienes públicos y naturales y deroga nuestros derechos (civiles, sociales, económicos, ambientales, laborales, entre otros), en favor de las corporaciones privadas.

Hoy una parte importante de la ciudadanía se encuentra cada vez más movilizada en diferentes ciudades del país (a través de marchas, paros generales o parciales, cacerolazos), convocados por diferentes organizaciones (sociales, sindicales, territoriales). Sabemos que la movilización social es absolutamente necesaria, pero no suficiente si no va acompañada por la intervención política urgente del Poder Legislativo, rechazando el DNU y las reformas de esta Ley Ómnibus, así como de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, frente a la inconstitucionalidad de tales medidas. Una pregunta atraviesa esta indignación colectiva que gana las calles, cada vez más militarizadas: ¿acaso nuestra institucionalidad es tan frágil que puede venir un nuevo presidente y llevarse puesto en tres semanas las instituciones democráticas y nuestros derechos? Esta es la madre de todas las batallas. Ojalá las fuerzas políticas de la oposición y la Justicia argentina estén a la altura de esta responsabilidad histórica.

Sin límites para el saqueo: ataque al corazón de la legislación de protección ambiental argentina

Desde el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) expresamos nuestra profunda preocupación y rechazo al proyecto de Ley llamado “Ómnibus”. Un detallado análisis (ver más abajo) de todo el proyecto presentado por el Presidente Javier Milei, revela que las medidas representan una inaceptable y enorme regresión en materia socioambiental y socava los pilares de la legislación de protección ambiental en Argentina.

El proyecto amenaza de manera directa la legislación vigente de protección ambiental en Argentina ya que liquida dos leyes fundamentales: la Ley de Protección de Bosques y la de Glaciares. Estas leyes son producto de dos conquistas ciudadanas históricas, y son cruciales en un contexto de crisis climática global y degradación ambiental local.

Llamamos a la sociedad a rechazar y resistir estas propuestas que ponen en riesgo la naturaleza, sus ecosistemas y la capacidad del Estado para regular y proteger el ambiente. Exigimos a los legisladores nacionales que rechacen enérgicamente este proyecto y resguarden la poca legislación vigente que puede servir como un puntapié para la justicia ecosocial y la protección ambiental en Argentina. Misma exigencia realizamos con el inconstitucional DNU 70/2023 (ver nuestro informe sobre el DNU).

El análisis detalla las gravísimas regresiones ambientales del proyecto en la Ley de Bosques y la Ley de Glaciares, destacando cambios que permitirían desmontes en todos los bosques del país y la actividad minera en ambientes periglaciares. La eliminación de regulaciones, el desfinanciamiento de fondos ambientales, la falta de acceso a información para comunidades afectadas y la persecución de manifestantes.

Existe también una profunda desregulación y liberalización del sector energético en el proyecto, incluyendo la privatización de empresas del sector y la afectación de la concesión sobre el Río Paraná (llamada Hidrovía Paraná-Paraguay). Asimismo, se destaca el sesgo liberalizador en sectores como hidrocarburos, minería y pesca, que amenaza la capacidad soberana del Estado en la regulación del capital trasnacional. 

En cuanto a política climática, el proyecto de Ley Ómnibus propone la creación de un mercado de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (GEI) con amplia participación del sector privado. Esta medida, similar al mercado voluntario de bonos verdes, permitiría la privatización de la capacidad de captura de dióxido de carbono, trasladando la destrucción ambiental y social a los territorios del sur global.

El proyecto propone cambios en la regulación de actividades de quema, permitiendo interpretar el silencio del Estado como una autorización “tácita” y autoriza a los productores a la quema incontrolada de pastizales, valiosos ecosistemas. Además, se destacan derogaciones en la Ley de Pesca que afectan la protección de los ecosistemas marinos y eliminan criterios de permisos que priorizan la mano de obra argentina y la construcción local de buques.

El análisis expone la desregulación total y profunda del sector energético, lo cual puede representar una aceleración en la expansión de la frontera hidrocarburífera y un aumento desmedido en los impactos socioambientales derivados de la industria fósil. 

En un contexto mundial de crisis climática, ambiental y energética, la posibilidad de dar pasos concretos hacia una transición ecosocial enfrenta un peligro letal con este proyecto. El mismo muestra una combinación entre eliminación de intervenciones de actores estatales para el cuidado y la protección del ambiente, la absoluta financiarización del mercado energético subsumido a intereses internacionales y una política estatal de negacionismo climático. 

Contacto de Prensa: +541123904594

rondas de escucha

Rondas de escucha, frente a la política de shock

Por Jorge Daneri para Análisis

Deberíamos convocar a una secuencia de mesas redondas, de ejercicio pleno de la capacidad de escucha para saber que lo anunciado como nuevo no lo es; que es un conjunto de historias ya vividas por aquí y más por allá, que ahora vienen para, quizás, sostenerse por mucho tiempo, o nada. Depende de los pueblos y de legisladores nacionales que aún puedan preservar aquello de que se “rompa y no se doble”, o “la causas de los desposeídos”, o “la lucha contra el Régimen”, o “no hay justicia ambiental sin justicia social”, o, finalmente, “somos agua, monto, humedales, madre tierra”.

La primera conversación quizás debería ser imaginada con la presencia de tres seres, claro, muy especiales, conversando sobre la realidad política argentina, sentados en una mesa bien redonda del café Tortoni en Buenos Aires o en el teatro (público), el “Tres de Febrero” de Paraná, ciudad capital de la Organización Nacional.

En esa mesa debería estar Naomi Klein, Vandana Shiva, Timothy Snyder.

En la segunda ronda: Saskia Sassen, Nicholas Shaxson y Byung-Chul Han.

Deberíamos poder convocarlos a estos pensadores para compartir sus visiones sobre la agresividad de las viejas políticas de los mandatarios de la escuela económica de Chicago, ahora como integradas en cuestiones no de forma, como se nos quiere exponer, sino muy de fondo, y entonces comprender sus lógicas y consecuencias.

Nos podrían brindar algunas, sino todas las pistas, indicadores, sobre lo que muy probablemente suceda o, mejor, se profundice en nuestra tierra al sur del mundo, de concretarse las mismas, así impulsadas en el Decreto de “Necesidad y Urgencia” (DNU) y en el ahora proyecto privatizador de los ecosistemas estratégicos y vitales de argentina, expuesto en la iniciativa de Ley Ómnibus presentado ayer al Congreso de la Nación.

Pero antes, en estos tiempos de imposible descanso, reflexión pausada, evaluación de lo que nos sucede, intentar leerlos.

En el orden aquí presentados, entre otros tantos de sus textos, las siguientes obras: “La Doctrina del Shock: El auge del capitalismo del desastre”, Editorial Planeta, 2012. “Ecofeminismo”, Editorial Icaria 2016 y “Sobre la tiranía, veinte lecciones del Siglo XX”, Editorial Salamandra Ediciones, 2022.

Segunda vuelta

En la segunda convocatoria al ejercicio que proponemos, en semejante crisis civilizatoria y este experimento de privatización de la política, con mucha calma, del arte de la escucha, los referentes seguramente dejarían mudos a los lectores comprometidos, de convicciones no contaminadas por la crisis de representación política o, quizás, el saberse minoría y muy fuera de las grietas. Aquí sus libros, siempre en el mismo orden: Sassen “Expulsiones” Editorial Katz Barpal, 2015. Shaxson “Las islas del tesoro, Los paraísos fiscales y los hombres que se robaron el mundo”. Editorial Fondo de Cultura Económica, 2014 y Chul Han “Capitalismo y pulsión de muerte”, Editorial Herder, 2022.

Intentar un resumen de las magníficas obras de arte de estos seis seres humanos sería algo así como una denuncia activa y comprometida sobre la privatización de la política. La “No política”, es el mayor ejercicio de lo peor de la política en beneficio voraz de los capitales de todo tipo, concentrados en las mega corporaciones del agronegocio, la minería y los combustibles fósiles. Regiones del planeta de exclusión y expulsión, el capitalismo del desastre que se está llevando a la tierra puesta y con ella a las futuras generaciones. Privatización absoluta de los bienes comunes renovables y los no renovables. Aprenderíamos del rol de los paraísos fiscales, sus secuaces nativos y mecanismos al servicio del remate de los pueblos y sus territorios cargados de bienes naturales (litio, pesca, minerales, granos, maderas, diversidades biológicas, etcétera). Concentración del poder sin códigos ni parlamentos que puedan poner límites.

Para una tercera ronda de conversaciones, proponer a Maristella Svampa y Enrique Viale, seres de nuestra aún maravillosa tierra de Abya Yala, para que puedan participar sumergiéndonos previamente desde “Maldesarrollo. La Argentina del extractivismo y el despojo”, de Editorial Katz, 2015.

El proyecto de mega ley ingresado ayer, pone foco también en derretir la médula de la ley de protección de los Glaciares; lo mismo propone con el espíritu y razón de existir, de ser naturaleza, de la ley de protección de los bosques argentinos. Y ya avanza sobre el gran río Paraná, proponiendo ni más ni menos que la privatización de la Administración General de Puertos.

Es coherente el Presidente Javier Milei, el cambio climático, fuera. Los nuevos gobernadores deberán ponerse a estudiar los principios rectores de la política hídrica nacional y eso que denominan el ciclo del agua.

Recuerdo cuando no pocos encumbrados dirigentes de diversos partidos políticos denunciaban, “vienen por el agua”. Vamos a conversar con ellos ahora, vamos a invitarlos a la lectura y el estudio, convocarlos a la memoria reciente sobre de la construcción social e institucional de muchas de estas normas ejemplares, pero con los tiempos de la democracia ambiental, no de este delirio desenfrenado que borra las esencias, el espíritu de las leyes y la constitución nacional.

Antípodas frente a un supuesto nuevo contrato social, que por lo menos, no pocos, no vamos a acompañar y menos silenciarnos.

Peor que en los 90s: DNU, autocracia, extranjerización y regresión socioambiental

Peor que en los 90s: DNU, autocracia, extranjerización y regresión socioambiental 

Desde el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA), expresamos nuestra profunda preocupación y rechazo al DNU Nº 70/2023. Lo consideramos manifiestamente inconstitucional y en contradicción con los principios fundamentales de la jurisprudencia de nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

El DNU carece de argumentos sólidos y no cumple con los requisitos constitucionales de “necesidad” y “urgencia”. A su vez, ignora los mecanismos constitucionales al eludir la aprobación legislativa, contraviniendo la jurisprudencia de la CSJN. También la emisión del DNU, de 336 artículos y dictado de manera apresurada, viola la prohibición constitucional establecida en el Artículo 29 de la Constitución Nacional, lo que puede ser considerado una “traición a la patria” como establece nuestra Carta Magna. A su vez, esto se intenta implementar en conjunto con un protocolo antipiquetes que viola el Derecho a la Protesta social, en un intento por acallar cualquier tipo de respuesta popular a las medidas. 

Compartimos a la sociedad un primer análisis (ver abajo link a documento completo) de los aspectos socioambientales del mencionado Decreto, que muestra su carácter abiertamente regresivo. Entre los principales puntos que el documento analiza se encuentran: 

Ley de Tierras Rurales: Sancionada en 2011, la Ley de tierras rurales expresó la necesidad de colocar un freno al proceso de extranjerización de tierras. La ley busca limitar la extranjerización de las tierras, colocando un régimen restrictivo para la compra de tierras rurales por extranjeros. Un artículo importante es el que prohíbe a extranjeros ser propietarios de inmuebles que sean ribereños de cuerpos de agua (ríos, lagos o cuencas) y zonas de seguridad de frontera.

La derogación de esta Ley conlleva directamente la liberación total de la compra o posesión a capitales extranjeros. Extranjerizar nuestros suelos se traduce en perder nuestra soberanía sobre los bienes comunes asociados al suelo y agua. A su vez esto implica el desplazamiento de poblaciones vulnerables; comunidades campesinas e indígenas podrán ser expulsados por la megaminería metalífera y de litio, la expansión de la frontera sojera-ganadera, foresto-industrial y el corrimiento de la explotación hidrocarburífera. 

Leyes de Minería: la derogación de la Ley N° 24.523 del Sistema Nacional de Comercio Minero, y la Ley N° 24.695 del Banco Nacional de Información Minera implica aún una mayor opacidad en una actividad que ya se encuentra absolutamente desregulada y con la habilitación a una minería a gran escala que flexibiliza controles, estableciendo un sistema de regalías irrisorios a las corporaciones mineras y que continúa intacto.

Impacto en el Sector Energético: Abre la puerta a la privatización total de las empresas públicas  (su transformación de sociedades mixtas a sociedades anónimas). Representa un riesgo para la aceleración en la expansión de la frontera hidrocarburífera, en un contexto de crisis climática. Establece la liberalización tarifaria sin salvaguardas, lo cual amenaza el mercado interno y aumenta riesgos ambientales y sociales. A su vez la eliminación del Fondo para el Desarrollo de la Generación Distribuida (FODIS) y afectación de certificados de crédito fiscal representan un retroceso en la implementación de energías renovables de baja escala necesarias para la transición ecosocial

Lo más llamativo es la absoluta ausencia de cualquier tipo de regulación o modificación de los grandes subsidios existentes para las grandes petroleras y empresas energéticas. Es decir, se seguirá subsidiando a las grandes petroleras multinacionales, no para el consumo interno, sino para la exportación.

Modificación de la Ley del Fuego: Si bien no aparece en el DNU publicado, la modificación -anunciada expresamente por el presidente en la cadena nacional- permitiría el cambio de uso del suelo de zonas afectadas por el fuego, alentando la destrucción de bosques, humedales y áreas protegidas por el agronegocio y la especulación inmobiliaria

Riesgo Alimentario: La derogación de normas como la Ley de Abastecimiento o la Ley de Góndolas favorecen la exportación del agronegocio en detrimento del abastecimiento interno. Esto representa un riesgo que profundiza la crisis alimentaria global y obtura la soberanía alimentaría. 

Contacto de Prensa: +541123904594

Aspectos socioambientales del DNU 70/2023

 21 de Diciembre de 2023, Argentina

DOCUMENTO DE ANÁLISIS

DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA (DNU 70/2023) 

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) expresamos nuestro más enérgico repudio al Decreto Nº 70/2023 de Necesidad y Urgencia recientemente publicado por ser manifiestamente inconstitucional y contrario a los mandatos convencionales y de nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación en la materia.

Consideraciones preliminares

En primer lugar, y sin perjuicio de los aspectos sustanciales y/o de fondo en materia socioambiental -sobre los cuales nos detendremos posteriormente-, advertimos con profunda preocupación la orfandad de fundamentos que presenta el referido decreto a fin de sustentar las reformas y derogaciones legales. No existe rigurosidad técnica ni argumentos jurídicos sólidos que justifiquen mínimamente las reformas postuladas. 

No se configuran los requisitos exigidos por nuestra CSJN en cuanto a la acreditación de los requisitos de “necesidad” y “urgencia”, indispensables para que una norma de estas características pueda prosperar debidamente, puesto que pretende eludir los mecanismos constitucionales básicos para la sanción de leyes por parte del Congreso de la Nación mientras el Poder Ejecutivo emite arbitrariamente disposiciones de carácter legislativo.

Nuevamente, estamos frente a la configuración de la prohibición plasmada en el artículo 29 de la Constitución Nacional originaria de 1853, que castiga con la pena de ‘’infames traidores a la patria” a todos aquellos funcionarios que consientan el otorgamiento de “facultades extraordinarias” o “la suma del poder público” otorgando “sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna”. 

Frente a esto la Constitución es clara y contundente: el DNU de 336 artículos, dictado entre gallos y medianoche, nace estructuralmente viciado y su nulidad es insanable.

En el marco de la grosera inconstitucionalidad del decreto 70/2023, y los efectos regresivos en materia socioambiental, la pérdida de soberanía y control público sobre nuestros bienes comunes, solicitamos urgente al Presidente de la Nación la urgente suspensión del mismo.

ASPECTOS SOCIOAMBIENTALES

1. Derogación de la Ley 26.737 (Denominada Ley de Tierras Rurales) 

La ley de Tierras Rurales nació de una demanda social, a partir de la denuncia del acelerado proceso de extranjerización de las tierras. Fue sancionada en 2011 y establece un régimen restrictivo para la compra de tierras rurales por extranjeros, por lo que su derogación implica una cesión de soberanía de nuestro suelo y tierras fértiles a corporaciones extranjeras que históricamente vieron a nuestro país como una canasta de recursos a explotar y saquear. Esta derogación presenta una gravedad institucional y socioambiental porque se da en un contexto de profunda concentración de la tierra, la renta y riqueza en nuestro país, en manos de corporaciones y pulles de inversión ligados principalmente a la megaminería, los combustibles fósiles y agronegocios, sobre todo los monocultivos de soja, trigo, maíz y forestales como el pino y eucalipto.

La ley establece tres restricciones principales para el dominio o la posesión de “tierras rurales” en la Argentina por extranjeros: 

(i) limita el dominio o posesión de “tierras rurales” por personas extranjeras al 15% de todas las “tierras rurales” en la Argentina; 

(ii) adicionalmente, la ley determina que en ningún caso las personas físicas o jurídicas, de una misma nacionalidad extranjera, podrán superar o concentrar el 30% del 15% asignado a la titularidad o posesión extranjera sobre las “tierras rurales” (p. ej.: inversores de nacionalidad española, en el total, no podrán ser titulares o poseer más del 4,5% de todas las “tierras rurales” en Argentina); y 

(iii) por último, la ley prohíbe que un mismo titular extranjero pueda ser titular o poseer más de mil hectáreas en la zona núcleo o superficie equivalente. 

Por lo tanto, su derogación conlleva directamente la liberación total de la compra o posesión a capitales extranjeros. Este proceso de extranjerización de nuestros suelos fértiles se traduce en pérdida de soberanía sobre bienes comunes asociados al suelo y agua y desplazamientos de sectores vulnerables, como comunidades campesinas e indígenas que vienen resistiendo el avance de la megaminería metalífera y de litio, la expansión de la frontera sojera-ganadera, foresto-industrial y el corrimiento de la explotación hidrocarburífera. 

Otro aspecto fundamental de la Ley 26.737 es que prohíbe la titularidad o posesión por parte de personas extranjeras de inmuebles que contengan o sean ribereños de cuerpos de agua de envergadura y permanentes, o los ubicados en zonas de seguridad de frontera, por lo que su derogación implica que capitales extranjeros puedan, además de comprar sin límite o restricción alguna nuestro suelo rural, también disponer de nuestros sistemas de cuencas fluviomarítimas, apropiándose de ríos, riachos, lagos, lagunas, incluso de aquellos que están en zona fronteriza. Esto no sólo significa una pérdida de soberanía sobre nuestros sistemas ecológicos integrados, sino además la cesión de nuestra seguridad nacional a privados en estos corredores biológicos y en zonas de frontera. 

La entrega de nuestros suelos cultivables, cuencas y fronteras a corporaciones y capitales extranjeros, se da en un contexto de disputa geopolítica entre China y USA por el control de los recursos naturales de todo el Sur Global, por lo que resulta de extrema gravedad institucional y socioambiental. Asimismo, ceder soberanía sobre nuestros bienes comunes más preciados y estratégicos como la tierra y el agua, es preocupante frente a los eventos climáticos extremos que se han acelerado, como consecuencia del calentamiento global y la pérdida de biodiversidad, ya que los bosques y humedales son reguladores del clima, purifican el agua y regulan sus ciclos, generan infraestructura natural para mitigar los impactos climáticos como las intensas sequías, inundaciones, tornados e incendios que estamos viviendo, entre muchísimos servicios socioambientales. Dejar nuestros bienes comunes liberados al capital extranjero, sin restricciones y control alguno, implica favorecer y acelerar su mercantilización y privatización cuya lógica económica históricamente ha sido la explotación irracional y el saqueo. Esto conlleva no solo la flexibilización sino también el apartamiento total de nuestro país en relación con sus compromisos climáticos y de protección y defensa del ambiente y la salud pública.

Finalmente, esta Ley tuvo como objeto conservar el manejo de las tierras rurales en manos argentinas e impedir que la tierra se concentre en pocas manos de extranjeros. Entendemos que su derogación es la consolidación más acabada del extractivismo, colocando la riqueza de la tierra y sus ecosistemas asociados en dominio extranjero. 

2. Derogaciones leyes mineras

El DNU derogó dos leyes: (i) la Ley N° 24.523 del Sistema Nacional de Comercio Minero, y (ii) la Ley N° 24.695 del Banco Nacional de Información Minera, aduciendo necesidad de reducir los costos de dicho sector, entendiendo que es un área subdesarrollada. Quitan transparencia a la ya tan opaca actividad extractiva que avanza en connivencia con sectores de las élites locales y provinciales.

En nuestro país no había mucho más para liberalizar en la actividad minera ya que la legislación sancionada en los años 90 –en el marco de la Reforma y Privatización del Estado (dejavu de la situación actual)– que habilitó la minería a gran escala flexibilizando controles, estableciendo un sistema de regalías irrisorios a las corporaciones mineras y que continúa intacto.

La libertad económica y los beneficios tributarios de las corporaciones mineras es absoluto, por lo que el fundamento del DNU de reducir sus costos es falso. La ley 24.196 de Inversiones Mineras fue promulgada el 24 de mayo de 1993, y cubre las siguientes actividades: la prospección, exploración, desarrollo explotación, extracción y demás actividades comprendidas en el Código de Minería (incluyendo la extracción de carbonato de litio). 

El sistema de regalías que establece la Ley de Inversiones Mineras fija en su art. 22 que el monto de las mismas será tan solo del 3%, es decir, un negocio realmente formidable, ya que ese tres por ciento se cobrará sobre el valor del mineral extraído, en boca mina. Esto se agrava en el hecho que las regalías mineras sólo se aplican sobre aquellos minerales denunciados ante la Autoridad Minera, y tipificados por el mismo Código en la materia, haciendo abstracción de los subproductos, y/o sus derivados de la producción, existen en nuestro territorio yacimientos en plena explotación de oro y plata, pero no sólo se extraen estos metálicos, también se extraen por ejemplo, hierro, iridio, mercurio, cobre, etc.

Entonces, ¿debemos entender la reducción del costo que refiere el DNU como la extracción de nuestros minerales y carbonato de litio a costo 0%? Esto representa una forma acabada de entrega de soberanía nacional sobre nuestros bienes comunes. 

3. Energía

La serie de medidas en el ámbito de la energía plantea una transformación sectorial, particularmente con la dimensión de la participación estatal mediante la gestión de empresas públicas. Esto se contextualiza en un marco global en el cual las grandes empresas energéticas son las que dominan el mercado, en detrimento específico y fundamental de los derechos humanos y ambientales de las poblaciones en las cuales se llevan a cabo estas actividades. 

Se plantea la libre exportación desde Vaca Muerta, la privatización de empresas públicas y la liberalización tarifaria sin salvaguardias efectivas. Esto conlleva serios riesgos ambientales y sociales, ya que los datos demuestran que las privatizaciones de empresas estatales energéticas derivan en un aumento acelerado de la extracción, y una profundización del detrimento de la justicia social y ambiental. 

La privatización de empresas públicas se realiza mediante la transformación de Sociedades del Estado (SE) y Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria (SAPEM) en Sociedades Anónimas (SA), también derogando contratos con petroleras y el Plan Federal de Transporte de Energía Eléctrica. 

Prohíbe al Poder Ejecutivo Nacional restringir la exportación por motivos económicos establecida en el Artículo 142 del DNU, y sustituyendo el artículo 609 del Código Aduanero (Ley N° 22.415). Es decir que vamos a seguir subsidiando a las grandes petroleras multinacionales, no para el consumo interno, sino para que exporten.

También otorga discrecionalidad a la Secretaría de Energía para retirar y otorgar subsidios de gas y electricidad. Esto le permitirá aumentar y segmentar tarifas, reiterando disposiciones del DNU 55/23. De acuerdo a lo mencionado en campaña, el aumento desmedido y desregulado de las tarifas energéticas, aumentará la desigualdad y la posibilidad de acceso a la energía, que debe ser considerada como un derecho. Esto también tendrá graves impactos en el aumento de la pobreza energética a nivel nacional. 

También impacta en la legislación vigente al desactivar el Fondo para el Desarrollo de la Generación Distribuida (FODIS) establecido por la Ley 27.424, específicamente del artículo 17 en adelante. Esto afecta la disposición de certificados de crédito fiscal y otros instrumentos previstos en la misma normativa, introduciendo grandes retrocesos en la regulación de la Generación Distribuida y sus mecanismos de fomento.

4. Ley de manejo del Fuego

Si bien la Ley de Manejo de Fuego no ha sido mencionada en el Decreto de Necesidad y Urgencia, los 30 puntos que difundió la Presidencia hablaban de la modificación de la ley 26.815 (modificada por la ley 27.604) y el propio presidente señaló expresamente su modificación. Así se pretenderían derogar los artículos de dicha ley que prohíben el cambio de uso o destino de áreas protegidas y humedales, luego de que éstas hayan sido afectadas por el fuego. 

De este modo se fomenta la utilización del fuego para reconvenir bosques, humedales, pastizales y todo tipo de ecosistemas protegidos, en predios dedicados a la agricultura, ganadería o la actividad inmobiliaria, permitiendo así la destrucción de ecosistemas enteros y áreas naturales protegidas, tan necesario en el actual contexto de aceleración de la crisis climática y la pérdida de biodiversidad. 

Semejante decisión viola principios relevantes que conforman el sistema ambiental internacional de la Argentina, violando los principios de no regresión, progresividad y sustentabilidad ratificados en la rica diversidad de Convenciones Ambientales Internacionales, Diversidad Biológica, Desertificación, Protección de los humedales, Cambio Climático y Acuerdo Regional de Escazú. 

5. Riesgo alimentario

Sin dudas el mundo atraviesa una situación crítica en materia alimentaria, y nuestro país no es la excepción: niveles intolerables de indigencia implican que millones de argentinos/as no pueden acceder a la canasta básica de alimentos. Con la configuración propuesta la situación no mejorará. La derogación de diversas normas dentro del mencionado DNU no tiene otra función que favorecer la exportación de la producción, poniendo en riesgo cierto el abastecimiento interno. Por ello, podemos afirmar que la derogación de la Ley de Abastecimiento (20.680), Ley de Góndolas (27.545) y Ley de Promoción Industrial (21.608) parcialmente las leyes Compre Nacional (21.608) y Compre Argentino (27.437) atentan contra la soberanía nacional, favoreciendo a las grandes potencias del sector agropecuario y profundizando la crisis alimentaria y el modelo actual. 

Ley Omnibus

Maltrato y Crueldad Animal en el CEMIC: Solicitamos Medidas Urgentes

18 de diciembre de 2023

Desde el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas informamos a la opinión pública que presentamos una denuncia penal ante la Unidad Fiscal Especializada en Materia Ambiental (UFEMA). Dicha unidad, a cargo del Dr. Carlos Romero Santurián, recibió nuestras denuncia contra las personas responsables del Centro de Investigaciones en Reproducción Humana y Experimental (CIRHE) del Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas “Norberto Quirno” (CEMIC), ubicado en el barrio porteño de Saavedra. 

En la denuncia, suscrita por Rafael Colombo y Enrique Viale, integrantes del equipo legal de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, se señala la situación alarmante en la que se encuentran 74 animales no humanos. Los mismos son pertenecientes a las especies demo y macaca fascicularis, mantenidos cautivos en el bioterio del CIRHE desde el año 2021. 

Estos animales fueron utilizados en experimentos científico-médicos y se encuentran ilegítimamente en cautiverio, privados del acceso a la luz natural, al aire libre y de desarrollar una vida digna y saludable en su entorno natural.

Reconocer el valor de la naturaleza y la biodiversidad nos permite colocar todas las formas de vida y existencia no humanas. Por eso, ante la evolución del estatus jurídico de los animales no humanos, los reconocemos también como sujetos de derechos. Existen a su vez, precedentes nacionales de esta concepción, como el caso “Orangutana Sandra” y otros.

Esta conducta podría constituir delitos de maltrato y crueldad animal, tipificados en la Ley N° 14.346. Además, se solicita la aplicación de medidas urgentes de resguardo, entre ellas, el inmediato traslado de los primates al santuario del Proyecto Carayá en La Cumbre, Provincia de Córdoba, garantizando su seguridad, salubridad e integridad física.

El CIRHE, ubicado en el subsuelo del CEMIC, ha mantenido cautiva a esta colonia de primates durante décadas, realizando experimentos científicos. A pesar de que las prácticas experimentales cesaron en 2021, los animales continúan en condiciones precarias, sin un proyecto concreto de traslado a un entorno natural adecuado.

Las gestiones para el traslado han sido inconsistentes, y pese a la consulta al Proyecto Carayá en 2017 y al CONICET en 2022, no se han tomado medidas concretas. La demora injustificada en el traslado pone en riesgo la vida de estos primates, algunos de los cuales se encuentran en avanzada edad y deberían gozar de sus últimos años en libertad.

Ante la gravedad de la situación, solicitamos al fiscal a cargo, Dr. Carlos Romero Santurián, la aplicación de medidas urgentes de resguardo. Esto incluye el traslado inmediato de los primates al santuario del Proyecto Carayá. Asimismo, se pide el allanamiento del bioterio del CIRHE-CEMIC para realizar una inspección ocular y recabar la información necesaria para la investigación. Para esto, ya ha sido solicitada la citación de testigos, la intervención del CONICET y la aplicación de medidas de reparación por parte de la institución responsable.

El Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas instan a las autoridades a actuar de manera inmediata para poner fin al maltrato y crueldad animal en el CIRHE-CEMIC, asegurando el resguardo y la integridad de los primates afectados. 

La naturaleza es un fin en sí mismo no susceptible de objetivación, instrumentalización o mediatización alguna. La ética de la esencia y acción humana puede trasladarse, entonces, a una ética de la esencia y acción de la naturaleza. Sin ir más lejos, el imperativo categórico introduce la noción de dignidad, fundamento de los derechos humanos, presuponiendo que todo ser humano tiene un valor por el simple hecho de existir.

Contactos de Prensa:

Cumbre Climática ONU Julieta De la Cal.

América Latina y el Caribe Exigen Acción Histórica en la Cumbre Climática ONU

En el marco de la próxima Cumbre Climática ONU (COP28) en Dubai, el foco se centra en América Latina y el Caribe (LAC), una región que se encuentra en una encrucijada histórica para definir su rumbo hacia un desarrollo sostenible. Con la creciente conciencia global sobre la responsabilidad de los combustibles fósiles en la crisis climática, la COP28 se perfila como un momento decisivo para trazar un nuevo camino.

La sugerencia de una alianza estratégica entre LAC, África y Asia plantea la posibilidad de impulsar una agenda transformadora, alineada con principios de derechos humanos, colectivos y justicia de géneros. Este enfoque busca liberar a la región de los límites estructurales que la han relegado al rol de proveedora de materias primas, incluyendo los combustibles fósiles.

En este contexto, se destaca la importancia de una agenda climática ambiciosa para LAC. La coordinación de demandas y acciones hacia una transición energética global justa se presenta como una estrategia clave. Expertos señalan que los espacios multilaterales son fundamentales para pensar soluciones y medidas concretas de reparación a largo plazo.

Las propuestas para abordar la justicia climática incluyen la implementación efectiva de mecanismos existentes para reducir desigualdades y respetar derechos humanos y colectivos. Además, se plantea la necesidad de medidas adicionales, como un impuesto global a grandes petroleras y petroestados, así como un cambio de deuda por acción climática, para cumplir con los objetivos del Acuerdo de París.

En paralelo, se resalta la importancia de aumentar la participación de la energía renovable y redistribuir el consumo de energía para lograr una vida digna y garantizar el ejercicio de los derechos humanos. La reducción planificada de los combustibles fósiles se presenta como una urgencia, considerando los impactos negativos en las poblaciones cercanas, los territorios y el desarrollo de los países.

En el ámbito regional, solo Guyana, Brasil y Argentina están expandiendo sus ritmos productivos a gran escala, principalmente para la exportación de crudo. Este enfoque, sin embargo, levanta preocupaciones sobre la sostenibilidad a largo plazo, la equidad y la dependencia de una solución de corto plazo.

La expectativa frente a la COP28 en EAU es clara: una nueva independencia energética para América Latina y el Caribe, con energía propia, limpia, diversificada y accesible para los pueblos. Se busca fortalecer la soberanía política, económica y ecológica en la región, superando la contaminación, desigualdad y violencia asociadas a los combustibles fósiles.

Especialistas ambientales, de la salud y de diversas disciplinas, así como organizaciones de la sociedad civil y pueblos indígenas de América Latina y el Caribe, elevan demandas clave para los representantes en la COP28. Estas incluyen detener nuevos proyectos de exploración, producción e infraestructura de carbón, petróleo y gas, reducir de forma planificada y equitativa la extracción de estos recursos, cerrar brechas en el apoyo a tecnologías peligrosas, aumentar la energía renovable para 2030 y transferir fondos significativos para la adaptación y mitigación de los países del sur global.

En este escenario, la Cumbre Climática ONU de la COP28 se presenta como una oportunidad única para la región, donde la transición hacia un sistema energético sostenible no solo es posible, sino urgente y necesaria.

Imagen de portada: Julieta De la Cal.

Avance de proyectos de canalización ponen en riesgo a la cuenca del Río Uruguay 

22 de noviembre de 2023

Desde la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas hacemos pública nuestra inquietud y desaprobación a los Estudios de Impacto Ambiental presentados en relación al proyecto de habilitación de la vía navegable del Río Uruguay desde Paysandu-Colón hasta Concordia-Salto. Hemos dirigido estas mismas críticas al Sr. Alejandro Nardin, de la Secretaría Técnica Comisión Administradora del Río Uruguay, y a los consultores de dicho organismo. 

De acuerdo a análisis técnicos y jurídicos relevados, hemos realizado distintas observaciones sobre aspectos del proyecto, destacando extrema preocupación sobre la falta de una visión integral de cuenca, la necesidad de una Evaluación Ambiental Estratégica, y la convocatoria a licitaciones sin la finalización del proceso de estudios y participación social.

Los estudios, revelados recientemente, destacan conclusiones que nos instan a formular las siguientes observaciones:

Inexistente visión de cuenca: Los estudios realizados limitan su enfoque al área del proyecto de canalización, careciendo así de una visión integral de la cuenca. Esta limitación impide abordar impactos sociales y ambientales no estudiados, violando principios fundamentales de prevención y precaución.

Evaluación Ambiental Estratégica (EAE): La ausencia de una Evaluación Ambiental Estratégica es evidente. La sucesión de hechos propuestos, con probabilidad de consumarse en etapas a corto y mediano plazo, requiere una EAE previa. Tanto la normativa vigente del Ministerio de Ambiente de Argentina, como la Constitución de Entre Ríos respaldan esta necesidad, considerando que la provincia es la titular originaria de los bienes naturales que podrían ser afectados.

Licitaciones sin finalización del proceso de estudios y participación social: Resulta sorprendente la convocatoria a licitaciones sin la finalización de estudios exhaustivos y la participación social correspondiente. Esta práctica omite consideraciones cruciales para la toma de decisiones informadas y la protección de los bienes comunes.

Instamos a una revisión exhaustiva de los estudios presentados, la realización de una Evaluación Ambiental Estratégica y la inclusión de la participación social como componente esencial en la toma de decisiones relacionadas con este proyecto. 

Destacamos la importancia de considerar los impactos acumulativos de la intervención propuesta, como la necesidad de estudios más profundos sobre los procesos acumulativos de impactos a mediano y largo plazo. Además, subrayamos la ausencia de evaluaciones sobre las condiciones naturales del río y la necesidad de transparencia en los Términos de Referencia de los consultores.

Entre las preocupaciones específicas, destacamos la afectación a áreas protegidas, como el Sitio Ramsar Palmar Yatay, y la falta de consideración de la Ley 10735/2019 que declara áreas naturales protegidas en la región.

Enfatizamos la importancia de aplicar el principio precautorio y solicitamos la participación de los organismos ambientales nacionales y provinciales, así como la conformación de un Panel de Expertos Independientes para la evaluación de los estudios. En su estado actual, el proyecto actual no puede continuar. Proponemos la construcción social de los Términos de Referencia para una Evaluación Ambiental Estratégica.

Solicitamos por último la extensión del plazo para observaciones, para lograr la participación activa de comunidades y organizaciones sociales, promoviendo un diálogo de saberes entre diversos actores interesados en la preservación de los ecosistemas asociados al Río Uruguay.

Contacto de prensa: Jorge Daneri +54 9 343 511-3491