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río Paraguay

Urgente, detener derrocamientos en el río Paraguay

Como hemos advertido desde la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (1), se está ejecutando el derrocamiento (destrucción) de pasos rocosos (diques naturales de rocas por debajo del río) en el cauce principal del río Paraguay.(2)

El río Paraguay nace en Brasil, en el gran Pantanal, el humedal más grande del planeta (superficie de Francia) y aguas arriba del Sistema de humedales del río Paraná en sus tamos medio e inferior.

La cuenca del Plata, Holmes/Meitin, 2017.

La destrucción de estos diques naturales, aproximadamente trece, cambiará para siempre el régimien hidrológico natural del mismo, produciendo impactos irreversibles directos en el sistema de humedales del Paraguay con procesos acumulativos negativos en el gran panantal y aguas abajo, modificando radicalmente velocidades, turbulencias, procesos de sedimentación, ritmos de las inundaciones o profundización de las sequías, ni más ni menos, en un contexto climático antrópico casi desolador y donde cada día los ecosistemas y sus gentes, disponen de menos y menos agua.

Es decir, en la mayor crisis hídrica y ambiental de Sudamérica, se pretende seguir navegando con barcos cada vez de mayor dimensiones, hasta el corazón mismo del Pantanal hermano.

Durante la decada del neoliberalismo de fines del pasado Siglo, se intentó desarrollar este proyecto de demolición de los pasos rocosos usando explosivos. Organizaciones sociales y ecologistas de la Cuenca lograron detener este ecocidio. Una historia no menor, que no es ahora el objetivo de narrar en la presente nota.

De lo que se trata, es que resulta relevante que la Cancillería Argentina como de Brasil y Bolivia, convoquen al gobierno de Paraguay a una reunión urgente de Cancilleres en el marco del Acuerdo Marco Ambiental del MERCOSUR, con la finalidad de poder acceder a los estudios de impacto ambiental, si los mismos existen, saber de sus autores y de la necesaria evaluación previa por parte de los Estados miembros, en razón de las consecuencias ambientales y sociales que esta decisión puede causar en la cuenca del Paraguay-Paraná.

Se solicito hace casi dos meses a la Cancillería Argentina su urgente intervención. A la fecha no disponemos de una respuesta oficial. Paraguay no puede avanzar en semejante decisión sin un acuerdo serio y con el desarrollo de todos los procesos de estudios más que sinérgicos en un sistema de humedales que sobrevive en los territorios de cinco países.

Del análisis de los estudios técnicos ambientales realizados a mediados de los 90, podemos advertir y llamar la atención de que los consultores actuantes en los estudios oficiales “… parecen haber considerado el mejoramiento de la navegación como una cuestión que atañe, a si únicamente el dragado de bancos arenosos y el derrocamiento bajarían el nivel del agua en un solo canal, a la vez. Incluso la más amplia investigación realizada por TGCC parte de este punto de vista. Los análisis sobre otros efectos hidrológicos del proyecto, la hidráulica y la sedimentación, (Volúmen 5) son meras opiniones y no análisis rigurosos.”(3)

El Panel de Expertos oportunamente conformado, realizaron en sus informes un sinnúmero de preguntas que aún no tienen respuestas públicas. Así también expone que la reducción de la superficie inundada del terreno aluvional antes mencionado, serán relevantes y de impactos aumulativos diversos en los ecosistemas asociados.

La realidad geomorfológica e hidrológica del Pantanal, no está representada en el modelo utilizado y no es válido para el Pantanal (Dunne). Los pronósticos de que los cambios en el nivel del río Paraguay como consecuencias de las alteraciones del canal y los cambios en el uso de la tierra en la cuenca, serán pequeños, no son válidos. Debido a su dudosa precisión, estos pronósticos sobre el nivel del agua no se pueden usar para calcular de forma segura los cambios en el área inundada. Por lo demás las complejas interacciones temporales y espaciales entre el nivel del río Paraguay y el nivel de los grandes y pequeños afluentes, la contribución de la precipitación local y el escurrimiento se combinan y hacen que el uso de modelos sea casi prácticamente imposible sin la ayuda de una documentación acumulada, que no existe. Sobre la base de un análisis inadecuado sobre la variación de las áreas inundadas, la mayoría de las evaluaciones de impactos sobre los procesos ecológicos y las especies asociadas a los humedales, también son incorrectos.(4)

Se detallan seguidamente los dos tramos, en esta oportunidad, de mayor preocupación.

1) Tramo Confluencia-Asunción: compartido con Argentina. (Confluencia es el punto de encuentro del río Paraguay con el río Paraná, entre las provincias de Chaco y Corrientes, y la República de Paraguay).

2) Tramo Asunción-Desembocadura del Río Apa: es el tramo de soberanía totalmente paraguaya.  Aquí están las propuestas de modificación del canal más conflictivas de la primera fase de las obras previstas por el proyecto, donde se encuentran lmas de una decena de los pasos rocosos.

“Los umbrales rocosos funcionan como presas naturales; si se eliminan, se eliminarán  áreas extensas del Pantanal… El colapso de los umbrales como medio de profundización, el canal navegable causará un impacto irreversible en la hidrología del Alto Paraguay. Además, la  eliminación de un paso rocoso puede provocar la aparición de otro, previamente sumergido. Esta es una posibilidad real en Alto Paraguay, donde ha estado la ocurrencia de afloramientos rocosos cada 40 km en y donde las pendientes que predominan en el cauce son tan suaves (en Perfil de la Facultad de SDSU – Dr. Victor M. Ponce – Informe de la Vía Navegable –  https://ponce.sdsu.edu/hidroviareportportuguesechapter0.html)

La aceleración de la concentración de escorrentía causada por las mejoras en las condiciones de navegación intensificarán la mayoría de las inundaciones anuales, podría reducir el período de retorno de las sequías plurianuales, y podría posiblemente causar un cambio climático regional, en el sentido de intensificar la aridez. El Pantanal existe por sus características condiciones climáticas/geológicas/geomorfológicas para retener agua, sedimentos y nutrientes. El aumento de la magnitud de las inundaciones se traducirá en un aumento de las pérdidas de sedimentos y nutrientes (Victor M. Ponce. Relatorio Hidrovía, PDF)

Argentina, por su total falta de intervención en los procesos de estudios -si realmente existen, decimos estudios ambientales sinérgicos de este proyecto que ahora se está ejecutando por las autoridades Paraguayas- y su evaluación previa, esta renunciando a un ejercicio de su soberanía y violando el cumplimiento y aplicación de los principios básicos que dan razón de ser al federalismo de concertación en el marco de los acuerdos preexistentes a la Constitución Nacional y por lo tanto, no garantizando el cumplimiento de la legislación ambiental nacional, regional y convencional.

Brasil, en un contraste más que interesante, decidió no dragar las nacientes del río Paraguay y los tramos protegidos, ámpliamente mayoritarios, en la mal llamada hidrovía. (5)

Lo que está liderando Paraguay, es una atrocidad ecológica y social que se puede tipificar penalmente como un ecocidio que merece toda la crítica y juzgamiento institucional regional, como ético. Estamos frente a un silencio oficial, realmente destructor de ecosistemas y futuros para los seres humanos y no humanos por-venir.

Finalmente, desde la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas hemos realizado el 6 de Setiembre una solicitud de acceso a la información pública y requerimiento de urgente convocatoria a las autoridades ambientales y de las Cancillerías de los países involucrados, a los efectos de considerar los graves impactos ambietales y sociales que todo este escenario de derrocamientos determinaría. El silencio de la Cancillería Argentina, con plazos legales vencidos, es escandaloso.

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Autores.

Alcides Faría. Ecología en Acción. ECOA, Campo Grande, Brasil.

Jorge Daneri. Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas y Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial. CAJE.

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1 Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas y  Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial.

2 “Alerta por la irresponsable intervención en los ríos Paraguay y Paraná: un ecocidio inminente.”

3 Efectos ambientales e hidrológicos del proyecto de Hidrovía Paraguay Paraná. Resumen de los Estudios de Impacto. Por Thomás Dunne. Capítulo 5. Panel de Expertos Independientes. página

4 Efectos ecológicos de la Hidrovía Paraguay Paraná. Son adecuados los estudios de impacto sobre el Pantanal? Por John Melack. Página 119. Panel de Expertos.

5 https://ecoa.org.br/dragagem-no-rio-paraguai-e-descartada-pelo-ministerio-em-area-de-preocupacao-cientifica/

Bosque Nativo

Más de un millón de hectáreas de bosque nativo pueden ser desmontadas en Chaco

Junto a Greenpeace presentamos en la Corte Suprema el pedido de suspensión de la Ley de Chaco que habilita este Ecocidio

Desde el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas acompañamos el pedido de medida cautelar realizado por Greenpeace ante el máximo Tribunal en contra de la ley de la provincia de Chaco que estableció un nuevo Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN). El mismo habilita el desmonte de bosque nativo en una gigantesca porción de territorio.

Este pedido fue hecho en el marco de la causa conocida como “Yaguareté”, iniciada en el 2019 por Greenpeace. La misma tramita ante la Corte Suprema de Justicia, y tiene como demandadas a las provincias de Chaco, Formosa, Santiago del Estero y Salta y al Estado Nacional y la Administración de Parques Nacionales.

El cambio en el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de Chaco representa un retroceso significativo en materia social y ambiental. Vulnera la Ley de Bosques, al Acuerdo de Escazú y al artículo 41 de la Constitución Nacional. Al desconocer compromisos internacionales, este proyecto de ley favorece exclusivamente los intereses del agronegocio y la industria forestal, en detrimento de la protección de los ecosistemas y los derechos humanos de las comunidades locales. La falta de consulta y participación ciudadana en la elaboración de esta ley evidencia una preocupante falta de legitimidad y transparencia en el proceso legislativo, lo cual socava los principios democráticos fundamentales.

El impacto negativo de este cambio en el OTBN se hace evidente en el aumento de la pobreza estructural, la pérdida de biodiversidad y la degradación ambiental que afecta tanto a las comunidades que habitan en la región como a aquellos que dependen de los servicios ambientales y ecosistémicos que los bosques y montes proporcionan.

La nueva ley desprotege un millón de hectáreas de bosques nativos, permitiendo su deforestación y vulnerando así los principios de protección ambiental y sustentabilidad.

En virtud de lo anterior, solicitamos cautelarmente a la justicia la suspensión de cualquier actividad de desmonte y reiteramos nuestro pedido de convocatoria a una audiencia pública al respecto.

Los cambios que propone la Ley

El cambio en el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) de Chaco, promulgado mediante la Ley 4005-R, revela una falta preocupante de transparencia y participación ciudadana en todo el proceso legislativo. Sectores vinculados al agronegocio y la industria forestal impulsaron esta modificación sin valorar en lo más mínimo los impactos sociales y ambientales. La ausencia de consultas públicas y la la elaboración de la ley a puertas cerradas contradicen los principios democráticos y desprecian el rol de los bienes comunes en el bienestar de la población.

A su vez, esta iniciativa legislativa ignora los compromisos internacionales asumidos por Argentina en materia de protección ambiental y derechos indígenas. Al desproteger un millón de hectáreas de bosques nativos, se rompen los objetivos de conservación de la biodiversidad y el respeto a las comunidades originarias. La falta de consideración hacia estos compromisos internacionales evidencia una desconexión preocupante entre la justicia a nivel provincial y los estándares internacionales en materia de derechos humanos.

La aprobación del nuevo OTBN de Chaco, sin la debida consulta y participación de los actores involucrados, socava la legitimidad de la ley y alimenta la desconfianza ciudadana en las instituciones gubernamentales. Esta falta de legitimidad y representatividad en la toma de decisiones puede generar conflictos sociales y obstaculizar la implementación efectiva de políticas ambientales y de desarrollo sostenible.

Cabe destacar que el año pasado la Corte Suprema de Justicia se declaró competente en esta causa y solicitó informes a las provincias implicadas. Es fundamental señalar que el artículo 41 de la Constitución Nacional establece la necesidad de contar con leyes de presupuestos mínimos en materia ambiental, las cuales deben ser nacionales. En este sentido, desproteger aproximadamente un millón de hectáreas, contravendría la normativa de presupuestos mínimos establecida.

La Causa Yaguareté y el Bosque Nativo

La causa Yaguareté, iniciada en 2019 por Greenpeace con el respaldo legal de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, busca proteger al emblemático felino que habita en el Gran Chaco argentino. La acción legal es un esfuerzo por detener el avance del desmonte y la degradación ambiental que amenaza la supervivencia de esta especie, y otras, que se encuentran en peligro de extinción. La demanda, dirigida contra el Estado Nacional y varias provincias más, incluida Chaco, atiende la necesidad urgente de cumplir con la legislación ambiental vigente.

Desde entonces, la causa Yaguareté es simbólica por la forma en la cual justicia ambiental se enlaza con los derechos de la naturaleza. La causa no solo busca proteger al yaguareté como especie clave de los ecosistema del Gran Chaco, sino que también alienta cambios en las políticas y prácticas que amenazan la integridad de nuestros bosques nativos. La denuncia del cambio en el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de Chaco en el marco de esta causa es de gran importancia para una gestión ambiental responsable y participativa.

ley bases

Carta a los Senadores/as por el Rechazo a la Ley de Bases

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 02 de enero de 2024 
Presidencia de la Cámara De Diputados de la Nación Argentina  
Sr. Presidente Martín Menem  
Presidencias de Bloques 
Presidente del Bloque Unidad por la Patria – Germán Pedro Martinez 
Presidente del Bloque La Libertad Avanza – Oscar Zago 
Presidente del Bloque PRO – Cristian Adrián Ritondo 
Presidente del Bloque UCR – Rodrigo De Loredo 
Presidente del Bloque Hacemos Coalición Federal – Miguel Angel Pichetto 
Presidente del Bloque Innovación Federal – Pamela Calletti 
Presidente del Bloque Frente de Izquierda y de Trabajadores Unidad – Myriam Bregman Presidente del Bloque Por Santa Cruz – Sergio Edgardo Acevedo 
Presidente del Bloque Producción y Trabajo – Nancy Viviana Picón Martinez 
Presidente del Bloque Buenos Aires Libre – Carolina Píparo  
Presidente del Bloque Avanza Libertad – José Luis Espert 
Presidente del Bloque CREO – Paula Omodeo 
Presidente del Bloque La Unión Mendocina – Álvaro Martinez 

Diputadas y Diputados de la Nación Argentina 

HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA S / D 

Ref: Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos a 

Las organizaciones de sociedad civil aquí firmantes se dirigen a Ustedes, y piden hagan  extensiva esta nota a quienes integran sus bloques, en relación al Proyecto de Ley de Bases y Puntos  de Partida para la Libertad de los Argentinos (en adelante proyecto de ley), recientemente  remitido por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) para su tratamiento en sesiones extraordinarias  de esta Honorable Cámara (0025-PE-2023)

En primer lugar, expresamos nuestra más profunda preocupación por las medidas  contenidas en el proyecto de ley de referencia por cuanto suponen serios retrocesos en la  legislación ambiental lograda tras mucho esfuerzo, discusiones parlamentarias y trabajo de  consenso entre diversos actores sociales, a lo largo de los últimos años en la Argentina

Deseamos recordar expresamente el artículo 41 de nuestra Constitución Nacional que  reza: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el  desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin  comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental  generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades  proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la  preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y  educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos  mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas  alteren las jurisdicciones locales. Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o  potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.

En pos del cumplimiento de este mandato constitucional, la sociedad argentina ha  comprometido tiempo y esfuerzo para el desarrollo de un importante plexo normativo que,  aunque incompleto y de implementación parcial ha permitido generar un adecuado balance entre  el estímulo a la producción, la conservación y restauración del ambiente y el desarrollo social.  

Es importante destacar que la legislación ambiental vigente se ha desarrollado conforme  mandatos de la Ley General del Ambiente y respetando procesos participativos que han involucrado  a los más diversos sectores sociales.  

Además, queremos solicitar la ampliación de giros de comisión para el tratamiento del  proyecto dado que este abarca numerosos temas que no competen únicamente y en algunos casos  van más allá de las capacidades de las comisiones a las cuales actualmente tiene giro (Presupuesto  y Hacienda, de Asuntos Constitucionales, de Legislación General y de Relaciones Exteriores). En línea  con los temas analizados en este documento, las comisiones faltantes para el análisis del proyecto  son: de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano, de Energía y Combustibles, de  Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios y de Agricultura y Ganadería. 

A continuación, puntualizamos una serie de aspectos del proyecto de ley, a saber: TÍTULO VI: INTERIOR, TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES. CAPÍTULO III, AMBIENTE.  

LEY 26.562 CONTROL DE ACTIVIDADES DE QUEMA 

ARTICULO 497.- Sustitúyese el artículo 2° de la Ley N° 26.562 de Presupuestos Mínimos de  Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema. ARTICULO 498.- Sustitúyese el artículo 3° de la Ley N° 26.562 de Presupuestos Mínimos de  Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema.

El proyecto de ley propone reformas a la Ley 26.562 de presupuestos mínimos para el control de  actividades de quema. Mantiene la definición de “quema”, pero agrega una definición de  “aprovechamiento productivo” entendido como toda “actividad que tenga una finalidad de lucro y  que no tenga relación alguna con la protección medioambiental del terreno”. Esto permitiría el  avance sin control ni autorización previa de quemas para desarrollo de infraestructura diversa,  plantaciones, cultivos que no se comercialicen, etc.  

El proyecto de ley mantiene la prohibición de actividad de quema sin autorización, pero  estableciendo un plazo de 30 días hábiles para que la autoridad competente responda a la solicitud.  En caso de falta de respuesta, se considerará que la quema ha sido autorizada “tácitamente”. De  esta manera, el silencio es interpretado de manera positiva y autoriza de manera tácita a avanzar  con quemas sin presencia ni control de parte de las autoridades locales especializadas en manejo  del fuego, sin ponderación de parámetros ambientales, incluyendo acumulativos, de tipo técnicos  relativos al manejo del fuego, y cuidado de la seguridad y salud pública, y sin sanciones en caso  de eventuales impactos negativos al quedar configurada como una “quema autorizada”.

Los incendios devastadores en numerosas provincias se han convertido en una problemática  ambiental en las últimas décadas que requiere de una implementación efectiva de la ley de control  de quemas vigente y el sistema nacional todo de manejo del fuego. El proyecto de ley lejos está de  brindar soluciones que construyan sobre los avances alcanzados y aportar a un robusto y  permanente monitoreo y accionar preventivo con la comunidad para prevenir quemas y hacer un  manejo responsable del fuego en territorio argentino.  

Solicitamos a la Cámara Baja que rechace los artículos 497 y 498 del proyecto de Ley. LEY 26.331 DE BOSQUES NATIVOS  

ARTICULO 500.- Sustitúyese el artículo 26 de la Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de  Protección Ambiental de los Bosques Nativos ARTICULO 501.- Sustitúyese el artículo 31 de la Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de  Protección. 

La propuesta elevada por el PEN al Congreso implica el más grave retroceso que podría imaginarse  en materia de protección de Bosques Nativos. La Ley 26.331 impulsa la conservación, uso  sostenible y restauración de los bosques nativos y regula el desmonte con estrictos requerimientos  de participación ciudadana, como audiencias públicas, y procesos de evaluación de impacto  ambiental (EIA), sobre la base de un ordenamiento ambiental de los bosques nativos impulsados a  nivel provincial, con control de Nación.  

No cabe duda que el escenario nacional de los bosques nativos en Argentina sería muy diferente  al actual si el país no contara con la Ley 26.331. Esta norma logró visibilizar la problemática de  pérdida de los bosques nativos y difundir la importancia de estos y los beneficios ambientales y  sociales que proveen. También, aunque con muchas dificultades, se ha logrado crear y fortalecer la  institucionalidad nacional y local en materia de gestión. La mejor estrategia para afrontar la  problemática socioambiental que acarrean los desmontes en Argentina es trabajar con los  instrumentos que la Ley de Bosques Nativos prevé desde 2007, aplicándolos, financiándolos y  mejorándolos. 

Según datos oficiales la superficie total de bosques nativos en Argentina es de 53.184.501  hectáreas. En caso de aprobarse la modificación propuesta por el proyecto de ley, las exigencias  legales de EIA y participación ciudadana ya no serán requeridas para bosques categorizados en  verde (categoría III) que alcanzan las 10.192.063 has (19% del total de la superficie de bosque  nativo del país). Estos requerimientos son importantes porque si bien la categoría verde representa  bosques de bajo valor de conservación que legalmente pueden desmontarse, la norma nacional  asegura, por un lado, que haya una instancia de análisis de impactos sociales y ambientales y  participación del público que puede ser afectado por tal cambio de uso del suelo. Por el otro, de  contar la ley con los fondos correspondientes, podría ofrecerse apoyo financiero al titular del predio  para que invierta en su recuperación y manejo sostenible, desalentando un posible desmonte.  

1https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/inf._de_implementacion_2023_-_r2.pdf

Sumado a esto, el proyecto de ley pretende habilitar desmontes hoy prohibidos por la Ley 26.331  en las categorías roja (I) y amarilla (II). Se tratan de bosques de muy alto valor de conservación a  proteger a perpetuidad que no debe transformarse) y II de mediano valor de conservación a  manejar de forma sostenible, respectivamente. Están categorizadas en rojo 10.992.353 has (21%),  mientras que están categorizadas en amarillo 32.000.085 has (60%)2. De esta manera, de aprobarse  el proyecto de ley del PEN, más de 42 millones de hectáreas, 71% de los bosques nativos de la  Argentina hoy bajo protección a perpetuidad, quedarán desprotegidos y a merced de desmontes  a gran escala, afectando a su biodiversidad y los beneficios sociales, ambientales y culturales que  proveen a las personas.  

Por otro lado, el proyecto de ley elimina la mención específica al acceso a la información de los  pueblos indígenas y las comunidades campesinas, lo que contradice los derechos garantizados por  la Ley General del Ambiente, la Ley de Acceso a la Información Pública Ambiental, el Acuerdo de  Escazú y el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas

En materia de financiamiento, el proyecto de ley deroga la obligación del Estado Nacional de  constituir anualmente el Fondo Nacional de Conservación y Enriquecimiento de Bosques Nativos  con el 0,3 % del Presupuesto Nacional y el 2% de las retenciones a las exportaciones de productos  agrícolas y forestales. Deja por lo tanto el financiamiento de la implementación de la Ley de  Bosques Nativos a merced de la asignación presupuestaria que desee realizar el PEN. 

En más de 15 años de vigencia de la Ley de Bosques Nativos, la asignación presupuestaria  comprometida en el artículo 31 vigente, nunca se constituyó enteramente. Los fondos asignados  oscilaron anualmente entre el 3 y el 15% de lo establecido por ley. Dotar de partidas suficientes al  fondo de la Ley 26.331 es fundamental para avanzar hacia una progresiva y definitiva protección  de nuestros bosques ya que de allí surgen los recursos para fortalecer las capacidades en territorio  de las provincias, contratando personal, adquiriendo materiales de trabajo, tecnología, vehículos y  otras herramientas prevenir desmontes ilegales e impulsar proyectos de conservación, uso  sostenible y restauración de bosques nativos.  

El establecimiento de zonas de protección mediante ordenamiento territorial y de un fondo para  la conservación de bosques nativos constituyen el corazón de la Ley de Bosques indispensables  para atender la emergencia forestal en la que el país aun permanece con una tasa promedio de  pérdida de bosque nativo que no baja del 0,5% anual (CIAM MAyDS), y que en 2022 se tradujo en  211.974 has de bosque perdidas, más de 96.000 has en zonas prohibidas (roja y amarilla)

El proyecto de ley hiere de muerte a nuestros bosques nativos, su biodiversidad y los medios y  modos de vida de comunidades enteras. Implica además anular las 23 leyes provinciales de  ordenamiento territorial de bosques nativos (OTBN) que fueron dictadas al ritmo de los  parámetros que la Ley 26331 y de las actividades permitidas y de las prohibidas.  

Pero no sólo esto, la norma propuesta contiene una gravedad inusitada para la economía del país,  de una dimensión no considerada. Nos referimos a la incidencia que la política en materia de lucha  contra la deforestación tiene en relación a las exportaciones en varios mercados del mundo, donde  se exige, para la introducción de productos, que el país muestre una fuerte política combatiendo la  

2https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/inf._de_implementacion_2023_-_r2.pdf

deforestación y la degradación forestal. Tomemos como ejemplo el Reglamento Europeo sobre  productos libres de deforestación, adoptado en junio de 2023 que tiene efecto directo sobre las  exportaciones de Argentina en materia de, soja, ganado bovino y madera. En caso de confirmarse  una norma como la propuesta argentina tendría mayores posibilidades de ser considerada un país con  nivel de riesgo alto y por ende sus productos exportables ser sujeto de una mayor intensidad de  fiscalización y monitoreo por parte de la Unión Europea y demás mercados que evalúan normas  similares. 

Solicitamos a la Cámara Baja que rechace de plano estas reformas.  

LEY 26.639 DE GLACIARES 

ARTICULO 502.- Sustitúyese el artículo 1° de la Ley N° 26.639, Régimen de presupuestos mínimos  para la preservación de los glaciares y del ambiente periglacial ARTICULO 503.- Sustitúyese el artículo 2° de la Ley N° 26.639, Régimen de presupuestos mínimos  para la preservación de los glaciares y del ambiente periglacial.

El proyecto de ley pretende modificar la Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la preservación  de los Glaciares y del Ambiente y del Ambiente Periglacial con el fin explícito de habilitar la  actividad económica en la zona periglacial. Esto sugiere un cambio en la orientación de la ley hacia  consideraciones económicas en detrimento de los objetivos ambientales y de conservación, y  genera preocupación en tanto implicaría la desprotección de áreas hoy preservadas por la ley.  

Para facilitar la intervención sobre estos ambientes protegidos, el texto propuesto recorta la  definición amplia de glaciar presente en la ley vigente y la restringe a una protección limitada a  determinados glaciares. Ello da respuesta a un reclamo histórico del sector minero en detrimento  de la protección ecosistémica constituyendo una clara vulneración al principio de no regresión  ambiental contenido en el Acuerdo de Escazú (en plena vigencia y ratificado por nuestro país).  

A su vez, la protección está condicionada a una serie de requisitos restrictivos y discrecionales que  redundan en la desprotección de áreas hoy preservadas por la ley vigente como, por ejemplo, la  limitación a glaciares sólo incluidos en el Inventario Nacional de Glaciares en tanto éste es  incompleto por excluir pequeños glaciares; la existencia de una “función hídrica efectiva y  relevante” como condición necesaria para justificar la protección de glaciares y ambiente periglacial  a pesar de que ya estén incluidos en el Inventario Nacional de Glaciares, entre otros. Sumado a ello,  el mensaje presidencial al inicio del proyecto de ley señala que de este modo se revierte un  “avasallamiento” del poder federal sobre las provincias. Esta posición desconoce el mandato  constitucional de la Nación de establecer un umbral mínimo de protección del ambiente (art. 41,  Constitución Nacional).  

El proyecto aduce serias contradicciones legales, confunde la naturaleza de herramientas como el  Inventario Nacional de Glaciares, entre otras falencias. Como consecuencia de todo lo expuesto,  se vulnera la protección de ambientes que ya están en retroceso y que son centrales como  reservorios de agua dulce, y que tienen funciones clave para la adaptación y mitigación al cambio 

climático y para la regulación hídrica, especialmente en zonas desérticas, no sólo para la vida  humana sino para sostener el funcionamiento de los ecosistemas.  

Solicitamos a la Cámara Baja que rechace los artículos 502 y 503 del proyecto de Ley.  

TÍTULO III – REORGANIZACIÓN ECONÓMICA CAPÍTULO VIII – BIOECONOMÍA SECCIÓN III – RÉGIMEN FEDERAL DE PESCA (LEY 24922) 

LEY 24.922 REGIMEN FEDERAL DE PESCA (LFP) 

ARTÍCULO 242.- Sustitúyese el artículo 7° de la Ley No 24.922  ARTÍCULO 243.- Sustitúyese el artículo 9° de la Ley No 24.922  ARTÍCULO 244.- Derógase el artículo 25 de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 245.- Sustitúyese el artículo 26 de la Ley No 24.922  ARTÍCULO 246.- Sustitúyese el artículo 27 de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 247.- Sustitúyese el artículo 27 bis de la Ley No 24.922  ARTÍCULO 248.- Sustitúyese el cuarto párrafo del artículo 28 de la Ley No 24.922  ARTÍCULO 249.- Sustitúyese el artículo 29 de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 250.- Derógase el artículo 34 de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 251.- Sustitúyese el artículo 36 de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 252.- Derógase el artículo 40 de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 253.- Se respetarán y serán válidos los permisos, autorizaciones de pesca y cuotas ya  otorgadas mediante la Ley No 24.922 hasta su vencimiento.

El proyecto de ley propende a flexibilizar el proceso para otorgar permisos de pesca con cambios  a las condiciones y prioridades hoy dispuestas y concentrando ese otorgamiento en la autoridad  de aplicación, sin involucramiento del Consejo Federal Pesquero (CFP). 

Asimismo, deroga la obligatoriedad de desembarcar la producción de los buques pesqueros en  muelles argentinos pudiendo descargarse en otros puertos o mediante transbordos en alta mar  lo que puede afectar la transparencia y trazabilidad de la pesca.  

Existe en el mundo una política que desalienta la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. Para  esos estándares internacionales que han sido adoptados por Europa y Estados Unidos, una decisión  como la eliminación del artículo 25 de la Ley 24.922 o las varias medidas de desregulación en los  controles sobre la actividad en aguas de jurisdicción nacional provocará una pésima calificación en  materia de lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, con la imposibilidad de  ingreso a esos mercados.  

Otro aspecto muy grave de la reforma es el traslado de funciones desde el CFP hacia la autoridad de  aplicación nacional, lo que importa una mengua de los derechos de las provincias costeras que  participan en dicho órgano. El CFP adopta decisiones tanto para el sector de dominio provincial (art.  3 LFP) como en el sector de dominio y jurisdicción nacional (art. 4 LFP), es decir, la Nación y las  provincias costeras concertan y comparten las decisiones políticas de todos los espacios de  jurisdicción nacional. Una reforma unilateral como la propuesta de aspectos que atacan 

competencias exclusivas de las provincias que habían adherido mediante el mecanismo del artículo  69 LFP a un formato que ahora se les modifica, requerirá de una revisión y actualización de dichas  leyes provinciales aceptando el nuevo texto. Se abre todo un proceso con resolución incierta, que  podría provocar un colapso de la estructura normativa y económica del sector. 

La Ley 24.922 ya adolece de insuficientes previsiones en materia de externalidades negativas que  la pesca, como toda actividad productiva, puede tener sobre el ambiente, lo cual es necesario  atender con fines de mejora, entrecruzando los principios que trajo la legislación ambiental vigente,  particularmente el enfoque ecosistémico, el acceso a la información y la participación ciudadana. La  capacidad actual para fiscalizar las cuotas, la pesca incidental y las áreas de veda en la Zona  Económica Exclusiva ( ZEE) es de por si limitada, por ello el conjunto de reformas propuesto por la  ley ómnibus del PEN podría facilitar una profundización del extractivismo en el mar, con usos que  no sigan pautas de conservación ni consideren los impactos sobre la biodiversidad marina

Solicitamos a la Cámara Baja que rechace los artículos 242, 243, 244, 245, 246, 247, 248, 249, 250, 251, 252  y 253 del proyecto de Ley.  

TÍTULO III – REORGANIZACIÓN ECONÓMICA CAPÍTULO IX – ENERGÍA SECCIÓN IX – DE LA  TRANSICIÓN ENERGÉTICA

ARTICULO 320.- A los efectos de cumplir con los objetivos de emisiones netas absolutas de Gases  Efectos Invernadero (GEI) comprometidos por la República Argentina en las Contribuciones  Determinadas a Nivel Nacional en el marco del Acuerdo de París, Facúltase al PODER EJECUTIVO  NACIONAL a asignar derechos de emisión de GEI a cada sector y subsector de la economía  compatibles con el cumplimiento de las metas de emisiones de GEI comprometidas por el país para  el 2030 y sucesivas. ARTICULO 321.- Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL a establecer anualmente límites de  derechos de emisión de GEI, compatibles con el objetivo comprometido, de cumplimiento anual y  obligatorio para todos los sujetos del sector público y privado, de forma tal que quienes  contaminan sean responsables, en la medida que les corresponda, de cumplir con las metas de  emisiones de GEI comprometidas por el país y asumiendo que existirá un porcentaje de nueva  capacidad/producción/demandantes a los que también se les deberá asignar derechos de emisión  sin costo para que este mecanismo no represente una barrera de ingreso ni discriminatorio. ARTICULO 322.- Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL a monitorear el avance en el  cumplimiento de las metas de emisiones de GEI y en caso de incumplimiento penalizarlo. ARTICULO 323.- Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL a establecer un mercado de derechos  de emisión de GEI, en el cual quienes hayan sobre cumplido su meta puedan vender los servicios a  aquellos que los necesiten para lograr su objetivo y evitar la penalización. ARTICULO 324.- Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL a establecer las reglas del mercado de  derechos de emisión de GEI, la plataforma de registro de las transacciones y resguardar que no  existan posiciones dominantes u oligopolio. La demanda y los responsables de actividades emisoras de GEI serán los encargados de dar  cumplimiento a las metas de emisiones de GEI del país para lo cual el Estado Nacional generará
condiciones e instrumentos para facilitar a las empresas privadas, al sector público y a otros  organismos, el logro de las mismas y el acceso a financiamiento climático.

Esta sección del proyecto de ley lejos está de proponer de qué manera se llevará a cabo la  transición energética hacia una matriz energética más limpia en Argentina, y cuál será la hoja de  ruta para cumplir con los compromisos internacionales de reducción de emisiones a 2030 y  carbono neutralidad a 2050 en el marco del Acuerdo de París

El proyecto se enfoca en el establecimiento de mercados de derechos de emisión de gases de efecto  invernadero (GEI), lo cual porta un potencial para estimular mayores niveles de emisión, y adolece  de una visión mercantilizadora de la naturaleza. Pretende asignar derechos de emisión de GEI a  cada sector y subsector de la economía “compatibles con el cumplimiento de las metas de emisiones  de GEI comprometidas por el país para el 2030 y sucesivas”. Sin embargo, no hace referencia a la  necesidad y urgencia de reducir las emisiones de GEI desde las fuentes, teniendo en cuenta que  el sector energético y de Agricultura, Ganadería, Silvicultura, y Otros Usos de la Tierra (AGSOUT)  se llevan las porciones de la torta más grandes del Inventario Nacional de Gases de Efecto  Invernadero.  

Asimismo, se faculta al Poder Ejecutivo Nacional para la asignación de derechos de emisión de  GEI, establecimiento de límites de emisión, monitoreo de avances, establecimiento de un  mercado y sus reglas, además de la plataforma de registro, y penalización en caso de  incumplimiento. El interrogante que de aquí se desprende es: si estas actividades quedan  vinculadas al PEN, ¿cuál es el rol y función de las demás áreas gubernamentales y no  gubernamentales competentes en la temática? 

Por otro lado, hace mención a la posibilidad de que exista un “porcentaje de nueva  capacidad/producción/demandantes a los que también se les deberá asignar derechos de emisión  sin costo para que este mecanismo no represente una barrera de ingreso ni discriminatorio”. Esto,  además de resultar sumamente contradictorio con los objetivos de reducción de emisiones, no  queda claro si estaría asumiendo que el derecho de emisión será mayor para algún sector/subsector  en particular, o que se tendrían que reajustar los demás derechos de emisión para cumplir con los  compromisos internacionales a 2030 y 2050. 

Establece que se realizará un monitoreo del cumplimiento de las metas de emisiones de GEI y que,  en caso de incumplimiento, se penalizará. Si bien este punto es importante, no establece el proyecto  de ley cómo y con qué metodologías realizará dicho monitoreo, ni tampoco hace alusión a cómo  serán establecidas las penas por supuestos incumplimientos.  

Los mecanismos de mercado de carbono pueden ser una herramienta válida, luego de agotadas  las medidas tendientes a la reducción de emisiones y deben estar enmarcados en una estrategia  que tenga en cuenta los compromisos internacionales, particularmente el de carbono neutralidad  a 2050, pero también que garantice salvaguardas socioambientales y tenga en cuenta a actores  fundamentales como academia, sociedad civil, comunidades originarias y locales, jóvenes, y 

grupos en situación de vulnerabilidad, entre otros. Esta sección del proyecto de ley no hace  referencia a cómo se articulará entre los diversos actores y sectores, además de no mencionar qué  sucederá con la Estrategia Nacional para el Uso de Mercados de Carbono sancionada a través de la  Resolución 385/2023 por el gobierno anterior. En esta línea, el Congreso debiera avanzar hacia una  discusión de una nueva Ley de Transiciones Energéticas que incorpore, entre otras cuestiones, la  contabilización de emisiones de GEI.  

Solicitamos a la Cámara Baja que rechace los artículos 320, 321, 322 y 324 del proyecto de Ley.  

PALABRAS FINALES 

El proyecto de ley que nos convoca hace una lectura parcial y fragmentada de la Constitución  Nacional.  

Enfatiza en los beneficios de la libertad a los que se refiere el Preámbulo pero elude el derecho al  ambiente sano, equilibrado y sustentable y el deber de preservarlo reconocidos en el art. 41 del  texto constitucional. Es fundamental que, al momento de debatir el proyecto de ley objeto de  análisis, los diputados y senadores no pierdan de vista este derecho-deber. 

El principio de no regresión contenido en el Acuerdo de Escazú (Ley 27.566) establece que la  legislación no puede empeorar la situación del derecho vigente desde las perspectivas de su alcance  y amplitud.  

El proyecto de ley vulnera el principio de no regresión ambiental dado que los cambios propuestos  a la normativa vigente implicarían una disminución de los niveles de protección ambiental ya  alcanzados. 

Para que Argentina sea una potencia mundial es crucial construir sobre lo ya construido evitando  destruir los logros alcanzados hasta la fecha. Entre esos logros, se encuentran las normas que este  proyecto de ley pretende reformar y que conforman la columna vertebral de la protección del  ambiente y los recursos naturales en la Argentina. 

Cualquier intento de retroceder en los niveles de protección y conservación del ambiente  alcanzados debe ser considerado ilegal e inconstitucional. 

Exhortamos a la Cámara de Diputados a no hacer lugar a estas propuestas que colisionan de lleno  contra principios jurídicos y normativa nacional e internacional vigente en el país, afectando los  resultados económicos productivos de diversas actividades socioeconómicas que se pretenden  beneficiar y arriesgando seriamente el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en  los foros multilaterales ambientales.

Carta completa, con firmas.

ley de bases

Peor que en diciembre: Rechazo a la Ley de Bases

Desde el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, en defensa de los derechos ambientales y sociales de la población, expresamos nuestro más enérgico repudio hacia el proyecto de Ley Bases. Instamos a cada miembro/a de la honorable Cámara de Diputados de la Nación que rechace el proyecto en su totalidad.

Esta legislación es impulsada bajo la falsa narrativa de una estabilización económica. Pero la realidad es que representa un grave retroceso para nuestro país; profundiza el saqueo de nuestros bienes comunes y socava las bases necesarias para avanzar hacia un horizonte de justicia ambiental y social.

Es de un profundo rechazo por la democracia y los valores sociales que este país ostenta como base en los últimos cuarenta años avanzar con una propuesta que otorga facultades extraordinarias al presidente. Se pretende así avanzar en la disolución de organismos nacionales clave. Entre ellos los destinados a la conservación o la investigación científica, como la Administración de Parques Nacionales, ACUMAR, CONICET e INTI.

En primer lugar, es imperativo destacar que el proyecto contempla una serie de disposiciones relativas al sector energético que están hechos a la medida de las grandes empresas petroleras. Se propone una modificación de al menos 72 artículos vinculados a la normativa energética, abarcando aspectos cruciales. La Ley de Hidrocarburos 17.319 (y 27.007) modifica 51 artículos, deroga 9 e incorpora 2 en formato “bis”; la Ley Gas Natural 24.076 modifica 6 artículos, la Ley de Autoabastecimiento Hidrocarburífero 26.741 también 2 artículos, y también en los entes reguladores de gas y energía, y el régimen de energía eléctrica. Esta amplia reforma energética, no solo destruye la poca soberanía nacional restante en el sector. Sino que también va absolutamente a contramano de los cambios que sabemos necesarios al sistema energético.

Asimismo, resulta alarmante la propuesta de declaración de Emergencia en Materia Energética por un período de un año, junto con la consiguiente delegación de facultades al Poder Ejecutivo. Esta medida, lejos de garantizar una respuesta eficaz a los desafíos energéticos, climáticos y ambientales en nuestro país, abre la puerta a decisiones unilaterales y arbitrarias por parte de un sector ya altamente concentrado en términos de poder. 

Por otro lado, el proyecto incluye el denominado Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), el cual plantea una serie de beneficios fiscales y administrativos para que las corporaciones de gran escala tengan libre acción. El RIGI como está planteado, es la base para el saqueo. Fomenta la precarización laboral y la concentración de la riqueza. Debilita aún más los ya exiguos mecanismos de control y regulación del Estado sobre las actividades económicas. 

Dentro de este contexto, es importante resaltar que la Ley Bases también contempla disposiciones que afectarían negativamente la estructura administrativa y regulatoria del Estado. Se propone una modificación de 31 artículos de la Ley de Procedimiento Administrativo que, en la práctica, favorece tajantemente a los grandes intereses corporativos.

Ante este panorama preocupante, desde el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas instamos a los representantes del pueblo en la Cámara de Diputados a rechazar la ley en su totalidad.

Emergencia ambiental: Incendios revelan los riesgos de avanzar con la Ley Ómnibus

Estamos en medio de la emergencia desatada por los devastadores incendios forestales que azotan nuestras tierras. Por eso, desde el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) expresamos nuestra más profunda preocupación y rechazo categórico hacia las regresiones ambientales que se intentan avanzar, incluidas la Ley de Manejo de Fuego y de Control de Quema, en el marco de la Ley Ómnibus.

En un contexto de crisis climática, con récords de sequías y altas temperaturas, avanzar en la derogación de leyes como la de manejo de fuego y quemas es un grave retroceso. La crisis ambiental y sus desafíos requieren de una intervención activa y coordinada por parte de autoridades nacionales, provinciales y locales para garantizar el cuidado de nuestros bienes comunes y la salud de la población.

La lógica mercantilista, basada únicamente en la rentabilidad y la explotación desregulada de los ecosistemas, ha demostrado una y otra vez ser totalmente ineficiente y perjudicial para el ambiente y las comunidades. El rol del Estado es protagónico a la hora de establecer y promover políticas ambientales sólidas, que puedan sentar los primeros pasos hacia una verdadera justicia ecosocial. 

La situación en las áreas afectadas, como el Centinela dentro del Parque Nacional Los Alerces, el Alto Río Percy, y el Arroyo Crettón en el Parque Nacional Nahuel Huapi, refleja la urgencia de fortalecer nuestras leyes ambientales en lugar de debilitarlas. Los incendios actuales son una clara muestra de por qué es imperativo mantener y reforzar la estructura institucional y social que es capaz de ofrecer respuestas rápidas ante este tipo de catástrofes. 

Los incendios forestales requieren de una acción coordinada de los organismos estatales como el Servicio Nacional de Manejo del Fuego y Parques Nacionales. La precarización laboral, falta de recursos y la intención de derogar el presupuesto mínimo destinado a combatir estos desastres ambientales representarían una enorme negligencia de cara a los escenarios que, científicos y especialistas, vaticinan para estos ecosistemas. 

La flexibilización de las acciones de quema y la derogación de prohibiciones en el cambio de uso del suelo después de un incendio son medidas inaceptables. Que benefician solamente a ciertos sectores de alto poder adquisitivo que pueden realizar negocios sobre las tierras arrasadas, y van en detrimento de la población que depende de estos ecosistemas para su salud y bienestar. 

Desde nuestras organizaciones, exigimos a los/as diputados/as nacionales que rechacen categóricamente las modificaciones propuestas a la Ley de Glaciares y otras normativas ambientales. La preservación de nuestros ecosistemas y el bienestar de nuestras comunidades precisa de estructuras que trasciendan a los intereses particulares. La defensa de los bienes comunes y la preservación de nuestro patrimonio natural son cuestiones que trascienden cualquier agenda política o económica. 

La mirada vigilante de toda la sociedad está puesta en este momento crucial sobre ustedes.

Organizaciones Ambientalistas Denuncian Lobby Minero Contra La Ley De Glaciares

Desde las organizaciones ambientalistas y sociales expresamos nuestra profunda preocupación y nuestro total repudio ante la escandalosa maniobra de lobby que están realizando las grandes mineras transnacionales en el Congreso Nacional en el tratamiento de la Ley Ómnibus. 

El intento de modificar regresivamente la Ley de Glaciares es un claro ataque a la protección ambiental y a los bienes naturales estratégicos de nuestro país. La Ley de Glaciares es una pieza fundamental de legislación ambiental que busca preservar uno de los ecosistemas fundamentales para la vida y trabajo de nuestra población. Este ataque es inaceptable y evidencia la influencia desproporcionada que las grandes corporaciones mineras tienen sobre nuestra democracia, específicamente sobre los gobiernos provinciales y el Congreso Nacional. Estas modificaciones regresivas buscan autorizar la actividad minera en zonas actualmente protegidas, donde se encuentran glaciares y ambiente periglaciar, permitiendo su destrucción, perjudicando gravemente el equilibrio ecológico y la calidad de vida de las comunidades que dependen de estos ecosistemas.

Si las regresiones a la Ley de Glaciares efectivamente son aprobadas será únicamente porque los poderes provinciales y diputados nacionales han cedido ante el lobby de las grandes mineras transnacionales. No hay otra explicación posible para ir en contra de la vida y salud de la población y de las aguas de nuestro territorio. Los representantes provinciales tienen la responsabilidad histórica e institucional de demostrarle a la población que no ceden ante el lobby minero. 

Desde las organizaciones sociales y ambientales de todo el país, exigimos a los diputados nacionales (de todos los partidos) que rechacen categóricamente las modificaciones a la Ley de Glaciares. La mirada vigilante de todo el país, la memoria popular y la historia política observan de cerca lo que sucede en este momento crucial. 

#LaLeyDeGlaciaresNoSeToca

ADHESIONES ORGANIZACIONALES

Nora Cortiñas, Madres de Plaza de Mayo

Adolfo Pérez Esquivel, Premio Nóbel de la Paz y Presidente Honorario del Servicio Paz y Justicia

Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE)

Amnistía Internacional Argentina

Asociación Argentina de Abogadxs Ambientalistas (AAdeAA)

Greenpeace Argentina

Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)

Multisectorial Humedales (MH)

Multisectorial Golfo San Matías

Rebelión Científica Argentina

Pacto Ecosocial e Intercultural del Sur

Colectiva Ecofeminista y Socioambiental Mirá

Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Tierra – UTT

ANDHES (Abogados y abogadas del noroeste argentino derechos humanos y estudios sociales)

Frente Popular Darío Santillan (FPDS)

Asambleas Mendocinas por el Agua Pura (AMPAP)

Asamblea en defensa del Agua y del Territorio, Ing. Jacobacci, Río Negro

Asamblea No a la Mina Esquel. Chubut

Grupo de Estudios en Geopolítica y Bienes Comunes (GyBC – UBA- IEALC) 

Red de Cátedras Libres de Soberanía Alimentaria y Colectivos Afines (Red Calisas)

Pañuelos en Rebeldía

XR Argentina
Asamblea El Algarrobo. Andalgalá 

Tierra para Vivir – Marabunta”

Museo del Hambre

Observatorio Petrolero Sur

El Paraná no se Toca

Asociación Patrimonio Natural

Viernes por el Futuro Rosario

Diálogo 2000 – Jubileo Sur Argentina

Frente Rural La Dignidad Córdoba

Asociación de Guías de Turismo de la provincia de Santa Cruz.

Poder Popular

Asamblea Río Cuarto Sin Agrotóxicos

Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria Río Cuarto
Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos

Red de Defensoras del Ambiente y el Buen Vivir

Grupo Güerta y Energía Concepción del Uruguay Entre Ríos

Taller de Comunicación Ambiental (Rosario)

Movimiento político ecológico de raíz 

Alianza por el Clima.

Movimiento para el reconocimiento y transformación del pueblo Mrtp

Campaña Fuera Mekorot 

Ambiente en Lucha

Espartaco (organización de jóvenes humanistas)

Asamblea por un Mar Libre de petroleras, Mar del Plata

Defensores del Pastizal
Multisectorial Comarca Marítima Viedma-Patagones-El Cóndor

Asamblea Vecinal Ramallo 

Observatorio de Derecho Indígena

Asamblea de la Comunidad Costera de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur

Asamblea por la Tierra y el Agua Fiske Menuco

Asociación civil por la Justicia ambiental AJAM

Asamblea no a los Agrotóxicos en San Jose y Colon (Asamblea de Perucho). Entre Rios

Asamblea de trabajadores del arte Nicoleñx 

Kula Earth Asociación Civil

Asamblea Socio Ambiental Campana (ASAC)

Asamblea En Comunidad por la Cultura. Las Grutas

Asamblea Agüita Pura para San Juan

Ecoderecho ar

Asamblea vecinal autoconvocada “Yo amo a mis sierras”, de san Francisco del monte de oro, san Luis.

Nodo Argentina de la REd latinoamericana Iglesias y Minería

Be. Pe. – Bienaventurados los Pobres, asociación civil de Catamarca y Santiago del Estero, Personería Jurídica N° 108/85

Asociación Civil Tierra Unida Activa (Alpa Corral. Córdoba)

Comunidades Eclesiales de Base de Catamarca 

Paren de Fumigarnos Mar del Plata

Red de Jóvenes en Defensa de los Territorios

Somos Monte Chaco

SoliVerde – Collectif 

Consciente Colectivo

Movimiento Popular la Dignidad Córdoba

Movimiento Agroecológico de Córdoba

Equipo de Animación Provincial de Justicia, Paz e Integridad de la Creación. Misioneros Claretianos Provincia San José Del Sur

Fundación R.E.VERDECER-SALTA , la Creación. Misioneros Claretianos, Provincia San José del Sur

En Comunidad por la Cultura de del Golfo San Matías
Asamblea por la Tierra y el Agua Las Grutas
COLECTIVO LGBTTTIQ+ Golfo Diverso

Colectivo Organizado por la Salud de los Pueblos.

Centro Ecuménico de Educación Popular CEDEPO

Correntinos contra el cambio climático

Comunidad Warpe Lahue Xumec Hijos del Sol Colectivo Ciencia y Territorio (Puerto Madryn, Chubut)

Ecos de Mar, Mar del Plata

Asamblea Abierta en Defensa de la Reserva Ecológica Ciudad Universitaria Costanera Norte

Red Ecosocialista 

Coordinadora Plurinacional Basta de Falsas Soluciones

Multisectorial Humedales – Paraná

Asociación Ambientalista del Partido de Escobar ( Buenos Aires)

Asociación Ambientalista Los Talares (Maschwitz, Buenos  Aires)

Agenda para el Futuro

Asamblea Vecinos de Viedma y Patagones
Asamblea Riojana Capital

Árbol de Pie, Bariloche

Asamblea Ecoambiental Luján  (bs as)

Asociación Civil Un Árbol Más

Asamblea por la vida Chilecito

Defensoras del Agua del Famatina

Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) 

Agrupación Alternativa del CURZA, Universidad Nacional del Comahue

Red Bosques Políticas y Territorios

Solidaridad y Misión – Misioneros Claretianos de Argentina, Chile, Paraguay y Uruguay 

Asociación Civil Vamos A Hacerlo

Asociación Civil Circuito Verde Bariloche

Salvemos los Humedales Villa Constitución

Somos Monte Chaco 

Asamblea ciudadana ambiental de Gualeguaychú

Organización de Ambientalista Autoconvocados

Colectivo de investigación-acción “Al Borde. Construyendo pensamiento indisciplinado” (CIG/IdHICS – UNLP/CONICET)

Asociación civil Mujeres Emprendedoras Mendoza 

Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA) 

Mesa Provincial de Barrios Populares Mendoza 

Fundación Cebil – Salta

Unión de Escritoras y Escritores 

Sustentabilidad sin Fronteras

Vecinos en defensa de Los Cardales y Río Luján – Asociación Civil- Vecinos 

del Humedal 

Autoconvocades Ushuaia 

Colectivo del Orgullo LGBTTIQ+ TDF (comisión organizadora de la marcha LGBTTIQ+)

Red Diversa Positiva (ONG)

Vecinos por la Ecología

Movimiento Político Ecológico De Raíz 

Círculo Soberanía Alimentaria UNSAM
Revista Mutante, Mendoza. Medio de comunicación desde estudiantes y egresadxs de carreras audiovisuales y artísticas.

Colectivo de Derechos Humanos Yopoi.

SaSa (Tucumán)

Asamblea Popular Ushuaia

Movimiento por el agua (MoPEA), Santa Fe

Vecinos Autoconvocados por la vida.

Proyecto Montecito

Andalgalá Mujeres del silencio. Andalgalá.

Asamblea Agua Clara . Choya.  Andalgalá

Defensas de la Costa, Santa Fe

Cooperativa Eco-Candioti, Santa Fe

Foro Santafesino por la Salud y el Ambiente
Asociación Defensa del Ciudadano (ADECI), Santa Fe

Alianza x el Clima 

Asamblea del Mallín en Defensa del Agua y la Tierra (Comarca Andina, Rio Negro y Chubut)

RedGFU, Instituto de yoga Acuarius, Asociación civil sin fines de lucro Tunuyán, Mendoza.

Asamblea Popular por el Agua, Mendoza

Asociación De Profesionales De Salud La Matanza (A.P.S- La Matanzas)

Humedales La Plata, Berisso, Ensenada

Cátedra Ambiente y Nutrición, Facultad de Ciencias Médicas, UNLP

Asamblea por el Agua San Rafael.                  

Asamblea Socioambiental de la Zona Este de Mendoza 

Asamblea Tupungato por Agua pura

Las Pibas del Agua. Mendoza

Asamblea de Técnicos en Conservación de la Naturaleza. Mendoza

Asamblea de Pibes Autoconconvocades San Carlos Mza

Conciencia Ecológica

AmbientArg 

Adhesión Foro INFANCIA ROBADA-Comodoro Rivadavia-Chubut

Centro de Protección a la Naturaleza. CeProNat Santa Fe.

CADA (Cerro Azul Despierta Asamblea) Sierras Chicas de Córdoba

Asamblea Maipucina por el Agua (Maipú, Mendoza)

Fundacion Pedemonte-Mendoza

350 América Latina – Argentina

SOS Adoquines Platenses 

Verdesierto: Divulgación Geológica y Natural 

Vecinas Autoconvocadas Humedal Urbano Génova (VACHUG) 

Red Plurinacional de Pueblos Fumigados

Asamblea por el Árbol – Mendoza

Asamblea de Gaiman en defensa del medioambiente (Chubut)

Feria de la Economía Solidaria por el Buen Vivir, Capilla del Monte

Asociación Be. Pe. Bienaventurados los Pobres, de Catamarca y Santiago del Estero, Personería jurídica N° 108/85

Asamblea Inundados Tolosa (AIT) de la ciudad de  La Plata 

Encuentro de Pueblos Fumigados de la Provincia de Buenos Aires 

Propuesta Sur (Rosario)

Asociación Civil Capibara, Naturaleza, Derecho y Sociedad (Santa Fe)

Red Jarilla de Plantas de la Patagonia

Kalu Verde (comercializadora Agroecologica de Mendoza)

Asamblea por el Valle de Uspallata

Movimiento Político Ecológico De Raíz 

Taller Ecologista

Ambiente Plurinacional (FPDS CP)

 Colectiva corazón del tiempo

Asamblea en defensa de la Cuenca del Río Epuyén (AdCRE) Asociación Civil (Chubut) 

Federación Argentina de Espeleología, Malargüe, Mendoza

Fundación Cullunche – Mendoza

Asamblea Ambiental Vecinal de Villa Las Selvas ( Córdoba, Salsipuedes)

Ecoasamblea El Boquerón (Pcia de bs as)

Exaltación Salud

Preservando el Parque de la Vida

Asamblea Provincial Pucará, Catamarca

Artículo 41

SUBVERSIÓN

Asamblea de Las Heras por el Agua Pura de Mendoza.

Radio Semilla – CABA

Asamblea barrial Sicardi, Garibaldi, Correas y Arana

Organización Ambientalista Unidos por Nuestras Acequias (Córdoba) 

Pueblos por el Agua.  Quebrada y Puna Jujeña 

Comunidad por la Naturaleza, Santa F

Coordinadora por el Cambio Social  

Federación Argentina de Espeleología

VECINOS POR EL AMBIENTE PUNILLA (CÓRDOBA) 

Colectivo Habitantes del Arroyo El Pescado. La Plata, Provincia de Buenos Aires.Comarca Sustentable – El Bolsón – Río Negro

Asamblea Socioambiental de San Martín de los Andes

Madre Tierra – Grupo de estudio sobre Ecología Profunda – El Bolsón – Río NegroDaniel Gutiérrez

Un Árbol Asociación Civil

La Champa, Brigada Forestal Comunitaria – Traslasierra, Cba. 

Liga Argentina por los Derechos Humanos Santa Fe 

Área Protegida Ambá 

Asociación de Medicina Rural

Asociación Civil Germinar Zona Norte

Asociación ambientalista Ecochutunzo de San Francisco del monte de oro prov. San Luis

Mercadito Agroecológico del Valle de Uco, Mendoza

Asamblea Por El Monte Salsipuedes Córdoba 

Asamblea Salsipuedes Nopuede Dormir Córdoba 

Asambleón de Asambleas Ambientales de Sierras Chicas Córdoba

Asociación. CIVIL Palabras santa fe

Asamblea Vecinal Inundados Villa Elvira ( AVIVE ) de la ciudad de La Plata.

Asociación civil Bahía Encerrada – Ushuaia (Tierra del Fuego)
Asamblea Mar Libre de Petroleras Partido de la Costa 

Observatorio del Derecho a la Ciudad

El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos.

Colectivo Reciclador

El Reciclador Urbano

Escuela de Agroecología Urbana La Margarita

Conciencia Agroecológica 9 de Julio

Cátedra Libre de soberanía Alimentaria 9 de Julio

Red del Río Luján (Buenos Aires)

Conciencia Solidaria ONG – Al Cuidado del Medio 

Mesa provincial no a las Represas(Misiones) Ambiente, El Equilibrio Ecológico y los DD.HH  Asociación Civil

Museo del Hambre

Seminario Interdisciplinario sobre el Hambre y el Derecho a la Alimentación Adecuadachacra

Cátedra libre de Soberanía Alimentaria. Facultad de Ciencias Políticas y Sociales. UNCuyo. Mendoza

Asociación Civil Monte Vivo, Salsipuedes

GEA: Grupo de Ética Ambiental. SADAF

Red de Plantas Saludables por el Buen Vivir

Naturaleza de Derechos

Movimiento Agroecológico de Chaco

Consejo Ambiental Cuenca  del Anisacate 

Asociación de Guías de Turismo de la provincia de Santa Cruz.

Movimiento Antinuclear Zárate Campana

MARA Movimiento Antinuclear de la República Argentina

El Paraná No Se Toca- Rosario, Santa Fe.

Colectivo Marcha Plurinacional de los Barbijos.

Paren de Fumigarnos-Tucumán

Asociación Civil El Buen Vivir Luján 

Feria Agroecológica El Buen Vivir Luján 

MAyA – Mesa por el Agua y el Ambiente de Alta Gracia  (Córdoba)

Colectivo Social Todxs por Nuestros Arroyos  (Alta Gracia, Córdoba)

Grupo de Etnobiología-FCEyN-UBA

Grupo de Estudios sobre América Latina y el Caribe (GEAL, IEALC)

Multisectorial Bariloche

Ecos de Saladillo

Defensa Animal Asociación Civi

La Dársena, Plataforma de Arte y Pensamiento Situado. 

Grupo de estudio y trabajo junto a comunidades indígenas FAUBA

Multisectorial Somos Ambiente Colón Entre Ríos

Coop Feria Popular Colonense Ltda Colón ER

Asociación Civil CASa – Comunidad de Artistas de Salta. P. J. N° 7322 

Consejo Ambiental Cuenca del Anisacate

Red de Abogadas y Abogados por la Soberanía Alimentaria (REDASA)

La Dársena Plataforma de Arte y Pensamiento Situado 

Círculo Argentino de Agroecología. CirAA. 

Grupo Interdisciplinario de Trabajo por la Salud Ambiental (GITSA, Trenque Lauquen, provincia de Buenos AiCEYDAS (Centro para el Estudio y Defensa de las personas Aves Silvestres)

Asamblea  Semillas Libres YA!

Multisectorial contra el Agronegocio- La 41

Red de Plantas Saludables por el Buen Vivir

Coordinación Multisectorial Bariloche 

Espacio Intercuencas

Asamblea Barrial de Beccar

Asociación Civil para Todos lo que es de todos, San Isidro, Provincia de Buenos Aires

FAI – Feminismo Antiespecista Interseccional 

Adarsa, Asociación de Amigos del Río San Antonio, San Antonio de Arredondo, Córdoba.

Observatorio de la Riqueza Padre Arrupe

Asociación Civil Pro Eco grupo ecologista, RENACE

Xumek, Asociación civil para la promoción y protección de derechos humanos, Mendoza.

AMPU – Asamblea Multisectorial de Punilla – ONG  Libera Tucumán 

Equipo Misionero de Pastoral Aborigen (EMIPA)

Asamblea Vecinal de Valle Hermoso, Córdoba

Brigada de Defensa Ambiental Valle Grande, Córdoba

Somos Más Río, Menos Basura

COA (Club de Observadores de Aves) Calandria, Rafaela. Aves Argentinas.

Attac Argentina 

Periódico Virginia Bolten 

Comunidad verde/ Reserva natural Tigre

Asamblea Unión Ciudadana por la Vida y el Ambiente (Sastre/María Juana – pcia. Santa FE)

Colectivo Paren de Fumigar Cordoba

Batuqueres La Plata

Espacio EnRED contra las violencias hacia las mujeres y diversidades – INTA AMBA

Armando redes contra la violencia de género – Sáenz Peña, Chaco

Asociación Cultural Argentino Brasilera A Turma da Bahiana

Afrovoces

Fundación para la defensa del ambiente (FUNAM)

Columna Antiracista

Red Feminista de Trabajadoras del Estado en Territorio – Chaco

Fundación Estepa Viva, Río Grande, Tierra del Fuego

Fundación Alas de las Yungas Tucumán

Asamblea Socioambiental de El Trapiche, San Luis.

Asocacion de Medicina Rural 

Escritores Insurgentes y defensores de los bienes comunes y Derechos de los Pueblos Originarios

Sociedad Argentina de Bioética y Derechos Humanos

Asamblea Ecoambiental Luján  (bs as)

Asamblea Autoconvocada Marcos Paz

Asamblea Vecinos del Chavascate. Sierras Chicas de Córdoba

Instituto de Salud Socioambiental, Asociación civil Salud Socioambiental

Sociedad Argentina de Bioética y Derechos Humanos

Un Mundo de Dueños que viene por los superpoderes

1 de febrero de 2024. Por Maristella Svampa para elDiarioAr

No deja de sorprender que en un mundo en donde el 1% de los superricos acapara más del 50% de la riqueza generada; dónde el 10% más rico genera la mitad de las emisiones de gases de efecto invernadero; pese a todos los privilegios y superganancias que estos sectores obtienen, ya no se conformen con ello. No basta con seguir incrementando sus fortunas de modo infinito y de contaminar el planeta hasta el colapso: buscan también destruir toda resistencia y más aún, avanzar en lo que llaman la “batalla cultural”, legitimando el Mundo de Dueños, en nombre de la Libertad, del Individuo y el Mercado.

En Argentina, sin arrogarnos el rol de pioneros, actualmente nos erigimos en una de las expresiones más exacerbadas de este voraz Mundo de Dueños, que busca reformatear la sociedad, amoldándola a sus intereses y valores. Un Mundo de Dueños que viene por la destrucción del Estado y de sus regulaciones protectoras, por la derogación de los derechos sociales, culturales, económicos, de género y diversidades, ya semisocavados o maltratados, por los recientes derechos ambientales, y, más aún, por la aniquilación del primer derecho, el Derecho a la Protesta.

Este Mundo de Dueños que se erigió sin pudores de clase, al calor de la globalización neoliberal, no adviene como un rayo en un día de sol. Ni a nivel global ni en nuestra Argentina querida. Así como a nivel global, los partidos que se dicen de izquierda, democráticos y/o socialdemócratas fueron periclitando, y muchos ya no existen o están en manos de una clase política incoherente, poco audaz y muchas veces cooptada y enriquecida, alejada de los sufrimientos de las grandes mayorías; en Argentina tampoco venimos del mundo feliz de la Justicia social. Esa estructura de sentimiento que el peronismo supo alimentar en nombre de la Justicia Social y con el que las izquierdas trotskista y social vernácula no dejan de soñar de modo empecinado, hace rato que no es lo que supo ser.

Como en otras latitudes, la extrema derecha que representa Javier Milei logró capturar gran parte de ese descontento social, frente a un Estado extendido pero deficiente, que deja mucha gente afuera, que tolera mucha corrupción, agravado por los multiefectos de la crisis inflacionaria y el largo encierro de la pandemia. Pese a que el peronismo continúa controlando parte de la estructura política partidaria, ya no interpela aquella estructura del sentimiento que supo movilizar –sea en términos de baja o alta intensidad- en otros tiempos en clave de justicia social, de igualdad y de protagonismo de los sectores subalternos.

Milei rearticuló estos pesares y aspiraciones bajo una ideología extrema, cuyos ejes, la “libertad”, “el orden”, y la crítica a la “casta política” supieron ser altamente eficaces, contra la idea de una justicia social e igualdad cada vez más vaciada y sobreactuada. Y para ello cuenta con el apoyo de otros sectores conservadores y de derecha, ávidos de revancha social y política; cuenta con el declive republicano y recurrente de fuerzas históricas como la UCR, que siempre se dobla, pero no se rompe; y con el apoyo volátil de sectores dichos “federales” -una debilitada liga de gobernadores- capaz de venderse al mejor postor.

Hoy, mientras seguía el por momentos muy desalentador debate parlamentario por la llamada ley ómnibus, recordaba dos cosas: una, un reciente artículo de The Guardian, en el cual se menciona a los grupos que operan en las sombras, como Atlas Network y que está en el origen de los programas de shock de las extremas derechas. No hablamos ya de “Think Tanks”, sino de “Junktanks”, grupos/tanques de operadores abocados a la destrucción, que elaboran estos “programas de trituración” o “doctrinas de shock” (concepto de Naomi Klein).

La historia remite a Margaret Thatcher en Inglaterra y a Pinochet en Chile. Cercanamente está el ejemplo de Liz Truss, primera ministra inglesa, en 2022, que buscó implementar un “programa de shock” pero que solo duró 45 días. En Argentina la memoria mediana nos invita a recordar varios programas de shock: Martínez de Hoz bajo la última dictadura cívica-militar, (invocado varias veces hoy en la sesión de Diputados), el giro neoliberal de Menem en los 90, y el más cercano y fallido intento de Mauricio Macri.

Hoy es el caso de Javier Milei, que se propone con un mega DNU y una monstruosa ley ómnibus triturar derechos, aniquilar el Estado social (más allá de sus limitaciones) y a erigir al actual presidente en poderoso autócrata. El mismo Milei que recientemente en su discurso en Davos, trató a los dueños del mundo como “héroes”…

Hace tres años, en medio de la pandemia, ya se planteaba que, ante el incremento de las desigualdades sociales, seguramente se multiplicarían las protestas sociales en todo el mundo. Mucho más en países tradicionalmente desiguales, dependientes y periféricos, como los que abundan en la región latinoamericana. Ante tal realidad se abrían dos escenarios: uno, encarar una reforma social redistribucionista, lo cual implica tocar en serio los intereses de los superricos (una reforma tributaria progresiva muy amplia y profunda); dos, sencillamente apostar a la represión de las manifestaciones y continuar modificando la sociedad y el Estado a medida de sus “dueños”. Lograr un cambio de régimen, un estado de excepción, mientras se reprime en la calle, se ignora la emergencia social y ambiental y se profundiza la concentración económica.

Vemos que este segundo escenario es el que se va consolidando a nivel internacional. Y en Argentina, lamentablemente, somos pioneros. En suma, un país con el Congreso vallado y militarizado, que parece encaminarse a aprobar la media sanción de los superpoderes que exige este Mundo de Dueños. ¿Será que nos convertiremos en un monstruoso experimento libertario-patronal a cielo abierto?

La extrema derecha en el gobierno: en guerra contra el ambiente y la democracia

En medio del complejo entramado político actual en Argentina, se vislumbra una amenaza latente que compromete significativamente los avances alcanzados en materia ambiental y social. Sectores de extrema derecha, en alianza con los llamados sectores “dialoguistas” de otros partidos que han decidido abiertamente colaborar, han propuesto una serie de medidas regresivas que ponen en riesgo décadas de progreso en la protección de los ecosistemas y el bienestar de la sociedad.

La regresión ambiental impulsada por estos sectores busca desmantelar los logros alcanzados en materia de conservación ecológica y ambiental. A su vez, pretende erosionar los fundamentos mismos de la democracia y la institucionalidad republicana. Bajo el pretexto de una supuesta liberalización de los mercados financieros, estas acciones representan una amenaza directa. Tanto para el patrimonio natural, los bienes naturales, la salud pública, los equilibrios ecológicos como para el debido proceso democrático. En el camino socava cualquier intento de avanzar hacia una transición ecosocial que promueva el bienestar de las personas y las comunidades de nuestro país.

Ante este escenario crítico, el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas han intensificado sus esfuerzos para enfrentar estas tendencias regresivas. A través de un exhaustivo análisis técnico y legal, hemos identificado las múltiples aristas de esta amenaza, poniendo de relieve los ataques directos a la legislación ambiental, legitimadas por ser producto de conquistas populares y sociales, y a los principios democráticos que estas propuestas conllevan.

Es crucial resistir con firmeza estas medidas que menoscaban las bases necesarias para avanzar en una verdadera transición ecosocial, que se sustente en la justicia social y ecológica, esenciales para construir un futuro para todos los argentinos y argentinas, así como para las generaciones venideras.

En este sentido, es imperativo que los representantes del pueblo actúen en consonancia con los intereses de la ciudadanía y se comprometan a salvaguardar el bienestar y la prosperidad de la nación y la región en su conjunto.

Dictamen de Ley Ómnibus

Rechazo al Proyecto de Dictamen de Ley Ómnibus

Lunes 22 de Enero 2024

CARTA ABIERTA A LOS DIPUTADOS Y DIPUTADAS NACIONALES POR EL DICTAMEN DE LEY ÓMNIBUS

Estimadas y estimados diputados y diputadas nacionales,

Nos dirigimos a ustedes en representación del Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA), con el propósito de expresar nuestra profunda preocupación y rechazo categórico hacia la versión de dictamen del proyecto de Ley Ómnibus que actualmente se encuentra en circulación. Consideramos que este dictamen, aún con las modificaciones propuestas, sigue representando una clara regresión ambiental y una amenaza seria para el estado democrático de derecho y los principios fundamentales de justicia republicana que son parte 

Habiendo realizado un análisis detallado del borrador circulante, queremos destacar como especialistas en materia socioambiental que las modificaciones introducidas son altamente preocupantes, inadmisibles por lo profundamente regresivas respecto de la legislación de protección ambiental vigente y los estándares internacionales. 

De manera concreta nos referimos a:

  1. Ley de Glaciares:  Glaciares y ambientes periglaciares, ahora protegidos, ya no lo estarán y podrían ser destruidos, de aprobarse el texto del dictamen. Las modificaciones propuestas allí para cambiar las definiciones de glaciar y ambiente periglaciar tienen un claro objetivo de reducir notoriamente el área protegida. Esta regresión de proyección ambiental será utilizada para avanzar con actividades extractivistas (megaminería fundamentalmente) sobre estos ecosistemas.
  2. Ley de Bosques: A pesar de las modificaciones respecto de la redacción original, la desfinanciación de la ley y otros cambios impuestos siguen representando una amenaza significativa a la preservación de nuestros bosques, comprometiendo la biodiversidad y la sostenibilidad de nuestros ecosistemas.   
  3. Ley de Manejo del Fuego: Se derogan las prohibiciones de cambio de uso del suelo después de un incendio, lo cual representa una clara regresión en la protección de los ecosistemas, promoviendo actividades que se dicen “productivas” pero que pueden tener consecuencias ambientales devastadoras. Los humedales, pastizales y bosques serán los principales perjudicados que, además, fueron los protagonistas de los últimos grandes incendios intencionales para cambios de uso de suelos.
  4. Autorización de Quema: Aumento de 30 a 90 días para la autorización de quema. Esto representa, de manera tácita, la aprobación y la desregulación de las quemas en todo el territorio nacional. Este cambio sigue siendo erróneo ya que nunca debiera haber una actividad de quema sin autorización expresa de autoridad competente. La necesidad de controlar actividades que perjudican la salud de la población, que tienen un impacto ambiental significativo y que pueden desencadenar megaincendios (como ya es habitual en el contexto de agravamiento de la crisis climática), afectan de manera directa a las economías regionales y el entramado social. 

En definitiva, la combinación del DNU 70/23, la derogación de la Ley de Tierras Rurales y este proyecto de Ley Ómnibus constituyen una amenaza inminente y concreta sobre la totalidad de los bosques, glaciares y  humedales.

OTRAS REGRESIONES AMBIENTALES QUE SE MANTIENEN EN EL PROYECTO 

Adicionalmente, este proyecto representa otros peligros en materia socioambiental que por sí solos ameritarían su rechazo. 

Si bien Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF) y Nucleoeléctrica ya no aparecen como empresas públicas sujetas a privatización total (aunque si aparecen sujetas a privatización parcial) en este proyecto, la privatización de las empresas públicas del sector energético, tanto nacionales como provinciales, intensificará y profundizará la dependencia en materia energética, en todas las etapas. Esto no solamente tiene un impacto social debido al valor de la tarifa energética, generando mayor pobreza energética, sino que también ocasiona desbalances macroeconómicos al afectar la balanza de pagos. Todo esto posterga y demora innecesariamente el inicio de una transición energética, a la cual el mundo se dirige inexorablemente y que Argentina precisa poner en su propia esfera, como un ámbito estratégico. 

Se propone la privatización de la Administración General de Puertos (en adelante “AGP”), consolidándose las políticas hacia la privatización de los ríos, en particular, el Paraná, imposibilitando aún más el control nacional y provincial sobre nuestra principal vía de exportación y negando la gestión pública, en el contexto del federalismo de concertación, negando la titularidad de las provincias de sus bienes naturales.

A su vez son hechos altamente preocupantes la creciente desregulación del sector minero y la profunda desregulación sobre la propiedad de las semillas, aspectos que comprometerían la soberanía nacional y la salud de nuestras comunidades.

Décadas de experiencia acumulada como Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial nos llevan a concluir que este proyecto, en su forma actual, constituye un claro retroceso y debe ser rechazado en su conjunto. 

FACULTADES DELEGADAS, DEMOCRACIA Y CRISIS ECOLÓGICA 

Por otra parte, queremos manifestar expresamente nuestro rechazo a la propuesta de Declaración de Emergencia Pública y Delegación de Facultades sobre al menos 11 materias diferentes -sea cual sea el plazo fijado para el otorgamiento de esas “facultades delegadas”- puesto que colocarían al Poder Ejecutivo Nacional en la  situación de volver a imponer -ya sin la intervención del Congreso de la Nación- las reformas regresivas que pretendió impulsar inicialmente, no solo en materia ambiental, sino en todos los demás asuntos y materias comprendidas en el proyecto de ley (Salud, Educación, Cultura, Jubilaciones, Consumidores, Privatizaciones, Retenciones, Impuestos y muchas otras).  

Las Facultades Delegadas -expresamente prohibidas por la Constitución Nacional- provocarán un avasallamiento de la democracia constitucional argentina, configurándose con ello el supuesto en donde el Presidente de la Nación -por decisión del parlamento- adquiere “facultades extraordinarias” y la “suma del poder público”, con poder y discrecionalidad que lo habilitan a imponer “sumisiones” y  ejercer “supremacías”, bajo la forma de únicato decisionista, convirtiendo nuestro estado en autocrático, de excepción e inconstitucional. El mismísimo Art. 29 de la Constitución originaría de 1853, advirtió que “…actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria”.

No podemos pasar por alto las groseras deficiencias y vicios democráticos que tiene este proceso en cuanto a la falta de deliberación, transparencia, publicidad, participación y sobre todo, tiempo razonable para debatir abiertamente. Todos sabemos, tanto la sociedad como los miembros del Congreso, que los funcionarios de gobierno que participaron en las audiencias públicas no fueron los que elaboraron el proyecto de Ley Ómnibus. Por el contrario, quienes lo elaboraron ni siquiera son parte del gobierno o del Estado. El mejor ejemplo de la inconducencia de estas audiencias es que el nuevo dictamen oficial es tan regresivo en materia ambiental como el original. Evidentemente, los sectores que se beneficiarán con estas reformas encontraron una oportunidad de hacer una política pública, escribiendo sin ningún escrutinio público ni pudor, leyes para beneficio propio.

Por último, la humanidad es cada vez más consciente de la emergencia climática y socioambiental que atraviesa nuestro planeta. Temperaturas cada vez más extremas y variables, eventos cada vez más frecuentes como los tornados, incendios, inundaciones y sequías, azotan nuestro país e interpelan de modo directo los modelos de desarrollo hegemónico. Para hacer sostenible la vida, se hace cada vez más necesario pensar una economía adaptada a la crisis climática y a la defensa del planeta. Más que nunca debemos fortalecer las legislaciones e institucionalidades ambientales, en lugar de debilitarlas. Sin embargo, en vez de preguntarnos por políticas públicas integrales que asuman desde una perspectiva a la vez nacional y global, los grandes desafíos del siglo XXI (protección de los bienes comunes, transición energética y ecosocial justa, adaptación y mitigación al cambio climático), la Argentina se instala a contramano, aislándose con posicionamientos negacionistas y retrocediendo con políticas públicas privatistas, corporativas y neocoloniales de corte devastador, propias de lo peor de los siglos XIX y XX.  

Por todo ello, exhortamos a cada uno de ustedes a considerar la gravedad de las implicancias de este proyecto y a votar en contra del mismo. Cada voto en contra de estas iniciativas debe ser un acto de defensa de la soberanía, de la salud de nuestras comunidades y de respeto al ambiente y la Naturaleza.

Agradecemos su atención a este asunto crítico y confiamos en que tomarán la decisión que mejor responda a los intereses del pueblo argentino y la preservación de nuestros ecosistemas y sociedades que dependen de ellos.

Quedamos a entera disposición ante cualquier duda o consulta. 

Atentamente,

Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial

Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas

Beneficiados por la Ley Omnibus

Elsztain, Macri, Caputo y Barrick Gold, los beneficiados por el DNU y la Ley Ómnibus

enero 18, 2024

La Asociación de Abogadxs Ambientalistas alerta que las modificaciones que propone el Gobierno en materia ambiental son una “invitación a la destrucción”. La desprotección de bosques, glaciares y humedales favorece a un puñado de empresarios. “Los diputados deberán decidir si están del lado del lobby o de los intereses de la sociedad y la naturaleza”, afirman.

*Exposición de Enrique Viale realizada en representación de la Asociación Argentina de Abogades Ambientalistas, el 15 de enero en la Cámara de Diputados de la Nación, en el marco del debate en comisiones por la aprobación del proyecto de Ley Ómnibus.

Publicada en Agencia Tierra Viva

Estamos en un momento clave, histórico, preocupante. El proyecto de Ley Ómnibus y el DNU 70/23 son manifiestamente inconstitucionales, afectan el Estado de derecho y el sistema republicano de gobierno. Atacan la república, violan el Acuerdo de Escazú, que no permite la regresión ambiental. Ambos son un claro ejemplo de regresión ambiental.

Hasta hace poco estábamos debatiendo en el Congreso de la Nación si sancionábamos una Ley de Humedales. Ahora retrocedimos y estamos debatiendo leyes sancionadas hace quince años: la Ley de Bosques y la de Glaciares. Estábamos discutiendo el siglo XXI y nos llevaron a discusiones del siglo XIX.

Estamos viviendo olas de calor nunca vistas, tormentas —como la reciente en Bahía Blanca o en la ciudad de Buenos Aires—, incendios forestales y de pastizales. En el último tiempo, el 12 por ciento de la provincia de Corrientes, por citar un ejemplo, se prendió fuego. En Rosario, otro ejemplo, la gente usaba mascarillas por el humo y los hospitales estuvieron colapsados. Todo esto parece una serie distópica de Netflix.

Hemos normalizado estos hechos. Vivimos en una ceguera ecológica. 

Los diputados y las diputadas de la Nación saben de lo que estamos hablando porque la gente de sus provincias lo padecieron y lo van a seguir padeciendo. 

También atravesamos una sequía histórica, potenciada por los efectos del cambio climático global y la destrucción local de bosques nativos y humedales, que nos hizo perder más de 20.000 millones de dólares. Las quemas de esos territorios destruyeron las economías regionales. La sequía mostró la relación estrecha que existe entre los modelos de (mal)desarrollo vigentes y crisis climática.

En la región más desigual del planeta, América Latina, no es casual que los mapas de la pobreza coincidan con los del extractivismo. Ese mismo extractivismo que alienta el proyecto de Ley Ómnibus y que nos va a salir muy caro, incluso económicamente. 

Este año la Unión Europea anunció que no autorizará importaciones de carnes y granos de lugares con desmonte. Y en Argentina se busca cambiar la Ley de Bosques. En este país perdimos ocho millones de hectáreas de bosques, el equivalente a la provincia de Entre Ríos, desde que se aprobó la soja transgénica.

Todos los debates internacionales están atravesados por la problemática ambiental. Resulta geopolíticamente relevante abandonar la ceguera ecológica. Menos bosques y menos glaciares equivale a más crisis climática.

https://youtube.com/watch?v=DdfAoOCpj8s%3Ffeature%3Doembed
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Una reforma a pedido de los empresarios

Pero esta Ley Ómnibus tiene nombres y apellidos. El cambio de la Ley de Bosques tiene nombre y apellido: Eduardo Elsztain. El dueño del hotel donde estaba alojado hasta hace poco el presidente Javier Milei es también dueño de Cresud. Es el mayor terrateniente de Argentina: tiene casi un millón de hectáreas. ¿Saben cuánto desmontó ya Eduardo Elsztain, el dueño de Cresud, en Salta? 120.000 hectáreas. Es el equivalente a seis veces la ciudad de Buenos Aires. ¿Saben cuánto tiene planificado desmontar en su finca Los Pozos, en una zona hoy protegida por la Ley de Bosques? 150.000 hectáreas más. Si sale esta ley, las va a destrozar.

Otro beneficiado: Mauricio Macri, a través de su empresa Socma y la Finca Yuto. Esta firma ya desmontó 6.000 hectáreas. Y está pidiendo recategorizar zonas amarillas, que es lo que se quiere cambiar con esta reforma; 10.000 hectáreas es lo que planifica desmontar.

Los beneficiados por la Ley Omnibus tienen nombre y apellido: Eduardo Elsztain, Cresud
El multimillonario Eduardo Elsztain y el presidente Milei – Foto: Télam

Otro beneficiado: Luis Caputo, actual ministro de Economía. Ya desmontó 500 hectáreas en el departamento Copo en Santiago del Estero y tiene miles de hectáreas más por desmontar. 

Con la Ley de Glaciares ocurre lo mismo. Los glaciares son “fábricas de agua”, allí nacen muchos de los ríos de nuestro país que van dando vida y trabajo a su paso. Con esta reforma pretenden avanzar sobre estos ecosistemas, a pedido de otra empresa: Barrick Gold. Las modificaciones en la Ley de Glaciares que plantea la Ley Ómnibus fueron escritas por los abogados de Barrick Gold.

Con la Ley de Quemas ocurre lo mismo. Se quiere aplicar el mismo modelo que aplicó Jair Bolsonaro en Brasil, y que impactó severamente en la Amazonía, sus ecosistemas y los pueblos indígenas que la habitan. Los beneficiarios de esta reforma son las empresas forestales, las del agronegocio y las del negocio inmobiliario.

En definitiva, el combo DNU, derogación de Ley de Tierras Rurales y proyecto de Ley Ómnibus es una invitación a la destrucción. De aprobarse, todos los bosques argentinos podrían ser desmontados, todos los glaciares destruidos, todos los humedales quemados. Estos ecosistemas serán sacrificados en el altar del agronegocio y de las grandes mineras transnacionales.

Hoy los diputados tienen una responsabilidad histórica. Los de Unión por la Patria, los de la Unión Cívica Radical, los del bloque de Miguel Ángel Pichetto (quien votó a favor de la Ley de Bosques, de Glaciares y la media sanción de la Ley de Humedales), los de la Coalición Cívica (“vienen por el agua”, decía Lilita: estos vienen agua, por lo glaciares, por los bosques). Más allá de los partidos, cada diputado de cada provincia tiene que volver a sus pagos y explicar, en Corrientes o en Santa Fe, por ejemplo, por qué votó en contra de la Ley de Quemas. Un diputado de San Juan, Mendoza o Santa Cruz le va a tener que explicar a sus hijos y a sus nietos por qué votó contra la Ley de Glaciares.

Van a tener que decidir de qué lado están. Si del lado del fuego, de los desmontes, de la destrucción de los glaciares o de la vida. Si del lado del lobby o de los intereses de la sociedad y la naturaleza. Tendrán que explicarles a sus hijos y nietos qué hicieron en 2024, cuando estaban en juego los bosques, los glaciares, los humedales.