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La demanda por la Ley de  Glaciares, acompañada por 850.000 personas, aún espera respuesta de la justicia

Buenos Aires, 8 de octubre de 2026 .- El 5 de mayo, Greenpeace, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA), junto con asambleas y organizaciones territoriales de todo el país, referentes sociales y cientos de miles de personas, presentaron una demanda colectiva ante el Juzgado Federal de Santa Rosa, La Pampa, a cargo del Juez Juan José Baric, para que se declare la inconstitucionalidad de la reforma de la Ley de Glaciares. La magnitud del reclamo fue inédita: se reunieron más de 850.000 adhesiones a la demanda en menos de dos semanas, provenientes de todo el país. Esa movilización expresó un reclamo social masivo para defender los glaciares y el agua frente a una reforma que eliminó su protección real.

Cinco meses después de presentada, la demanda colectiva por la Ley de Glaciares y el pedido para frenar la aplicación de la reforma sigue sin respuesta de fondo por parte de la justicia.

Con la demanda, se solicitó una medida cautelar urgente para suspender los efectos de la regresiva reforma en todo el país mientras se resuelve la cuestión de fondo y evitar que, durante ese tiempo, se dicten autorizaciones o avancen proyectos capaces de producir daños irreversibles sobre los cuerpos glaciares y las cuencas. 

Mientras esa respuesta seguía pendiente, el riesgo dejó de ser una advertencia teórica. El 16 de junio, el Gobierno nacional aprobó el ingreso al RIGI del proyecto minero Vicuña, en la provincia de San Juan. En la zona de intervención está el Glaciar GE110, incorporado al Inventario Nacional de Glaciares. Frente a ese hecho, el 23 de junio las organizaciones realizaron una nueva presentación judicial, que advertía la urgencia del caso, y solicitaron una medida cautelar específica para impedir que ese glaciar pueda ser retirado del Inventario mientras se resuelve la causa. Ese pedido tampoco recibió una respuesta.

Recién hoy, 8 de octubre, más de cinco meses después de presentada la causa, el Juzgado se declaró competente para intervenir. En la misma resolución, y con excesivo rigor procesal, el juez Juan José Baric cuestionó distintas presentaciones de referentes, asambleas y organizaciones que acompañan esta acción, entre ellas las de Marta Maffei, autora de la Ley de Glaciares, y referentes de la Asamblea de Jáchal. Estas observaciones podrían dejar fuera del proceso a referentes y organizaciones que forman parte del reclamo colectivo, incluso a personas directamente vinculadas con la defensa de la Ley y de los territorios afectados. Esto resulta especialmente preocupante en una causa que nació y se sostiene justamente por su carácter colectivo y por la participación de comunidades de todo el país.

A más de cinco meses del inicio de la demanda, la causa continúa hoy sin avances sustanciales. Existe un silencio absoluto sobre las medidas cautelares que se solicitaron. Lo que por su naturaleza urgente requería una respuesta rápida, en el Juzgado del juez Baric lleva ya casi medio año. 

El escenario es de especial preocupación porque, pese al tiempo transcurrido y a la presentación de dos pronto despachos, el juzgado aún no se ha expedido sobre las medidas urgentes solicitadas. Esta demora no puede analizarse al margen de los principios de prevención y precaución, que en materia ambiental exigen una respuesta judicial oportuna y proactiva de la justicia frente a la existencia de riesgos que pueden derivar en daños irreversibles que, además, comprometen derechos de incidencia colectiva. 

La regresiva Ley 27.804 sigue vigente y el proyecto Vicuña ya fue incorporado al RIGI. En la presentación judicial, las organizaciones advirtieron que, si el Glaciar GE110 perdiera su protección antes de una sentencia, podrían consolidarse hechos consumados y la decisión judicial llegar cuando el daño ya estuviera hecho. 

Más de 850.000 personas acompañaron este reclamo. Después de más de cinco meses, esta primera definición procesal no alcanza. La causa tiene que avanzar sobre su cuestión central: la constitucionalidad de una reforma que debilitó la protección de los glaciares y del agua. Y mientras eso se resuelve, las medidas cautelares deben ser tratadas con la urgencia necesaria para evitar que la respuesta judicial llegue cuando el daño ya sea irreversible.

Río Paraná y la hidrovia

Denunciamos ante la Justicia que la licitación de la mal llamada “hidrovía” está cargada de irregularidades y pedimos suspender el procedimiento

El Gobierno avanzó con decisiones que pueden transformar de manera permanente el río Paraná sin contar previamente con una evaluación ambiental integral, con participación efectiva de las provincias y con las garantías de transparencia que exige una obra de esta escala. Es por eso que hemos ampliado la denuncia presentada ante la Procuraduría de Investigaciones Administrativas por el proceso de licitación de la Vía Navegable Troncal.

Buenos Aires, 8 de octubre de 2026.

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) presentamos una nueva ampliación de la denuncia ante la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) por las irregularidades en el proceso de licitación de la denominada Vía Navegable Troncal del río Paraná.

La denuncia original fue presentada en octubre de 2025 y ampliada en diciembre de ese año, después de la audiencia pública del 3 de noviembre. En esa audiencia, más del 90% de las personas expositoras se manifestó contra el proyecto en los términos planteados. Dentro de ese rechazo, alrededor del 60% advirtió sobre el impacto en el acceso al agua potable. También hubo cuestionamientos por los efectos sobre la biodiversidad, la pesca artesanal, la apicultura, el turismo, los usos recreativos y el corredor biocultural que acompaña al Paraná.

A inicios de Octubre 2026, la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas ratificó y amplió en segunda oportunidad y en su totalidad, la denuncia penal presentada contra los funcionarios públicos de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación, dependientes del Ministerio de Economía, involucrados en la maniobra oportunamente descripta, como en la ampliación de la misma formulada en fecha 12 de diciembre de 2025, actualizando el estado de situación en torno a los hechos de gran relevancia que ocurrieron luego de nuestra primera y segunda presentación ante la Procuraduría.

Volvemos a cuestionar la fraudulenta audiencia del 3 de noviembre de 2025 bajo el título de “Informes de gestión y evaluación ambiental de la Vía Navegable Troncal”  y el avance hacia la licitación pública en el contexto de mayor artificialización de la denominada ahora, vía navegable troncal (VNT), en el río Paraná, demostrando que los funcionarios involucrados en representación del Gobierno Nacional, ejecutan la firme decisión de continuar por el camino de las manifiestas ilegalidades denunciadas, expuestas, así mismo, en el último Dictamen de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, como en los precedentes, sin dudas negados e ignorados intencionalmente por dicha autoridad (ANPyN), significativa como sostenidamente, vulnerando derechos humanos fundamentales e incurriendo en la probable comisión de los delitos que oportunamente denunciamos, todo lo cual queda finalmente expuesto con la total negación por parte de la autoridad denunciada, de todas las observaciones, críticas y análisis formulados en aquella audiencia, como en la diversidad de presentaciones realizadas ante la PIA en representación del Ministerio Público Fiscal. 

En nuestra segunda presentación realizamos un resumen de las exposiciones centrales de los participantes, quienes en forma casi unánime expresaron fundadamente su repudio, oposición crítica a cualquier escenario de mayores profundizaciones y ampliaciones de los canales de navegación,  poniendo de manifiesto la falta de estudios serios para hacerlo, aportando desde todos los sectores de la sociedad civil, tanto académicos, populares, religiosos, como también desde organismos públicos de control, como la impecable presentación tanto oral como escrita por parte de la Defensoría del Pueblo de la Nación, como la alarmante intervención de la Presidente Municipal la ciudad de Victoria, Entre Ríos, denunciando la grave afectación al derecho humano de acceso al agua potable que causan las obras ya ejecutadas como lo agravarían las planificadas. 

Destacamos y reiteramos la total ausencia de la máxima autoridad ambiental nacional, como de las provincias, del PIECAS como escenario interjurisdiccional del Delta en cuanto a la  gestión sustentable del mismo, la negación de todo tipo de material de investigación, estudios, dictámenes por parte de la Administración de Parques Nacionales, frente a la existencia de los mismos en aguas inmediatas arriba de toda la mega cuenca inferior intervenida y ahora convocada a su mayor y mas grave artificialización, como son los parques nacionales del Pre Delta (Entre Ríos) y de Islas del Delta en Provincia de Santa Fe. Más aún siendo las mismas en un área aún mayor, SITIO RAMSAR, es decir, declarado Humedal de importancia Internacional y por lo tanto, el punto focal Nacional de la Convención RAMSAR, fue totalmente negado por las autoridades directamente intervinientes denunciadas, como por el absoluto silencio de las máximas autoridades políticas del Área  Ambiente de la Nación. 

Casi la totalidad de los expositores impugnaron en el valor de su palabra, la propuesta estatal por ausencia de estudios de impacto ambiental (E.I.A) en su versión tradicional y menos aún el desarrollo de una evaluación ambiental estratégica (EAE) como corresponde a la escala en tratamiento, visión de cuenca y su gestión democrática con los principios del derecho ambiental sobre la mesa de los políticos y técnicos ejecutores. 

Denunciamos frente a la Procuración (PIA) el agravamiento de todo este contexto por la gestión groseramente concentrada en la ANPyN, y la brutal inexistencia de visión y gestión de Cuenca, la constitución institucional de un Comité de Cuenca y por falta de convocatoria del comité del PIECAS-DP, para integrarse desde el inicio del proceso de construcción de los términos de referencia de la Licitación.

En semejante contexto, el Estado argentino a través de la ANPyN, se arrogó múltiples facultades incompatibles, que con fin espurio estableció como marco referencial sujeto a consultas, una serie de documentos absolutamente inhábiles para la celebración de una audiencia pública de esas características. Como hemos expuesto, fue éste el grado de ilegalidad convocando a una audiencia para evaluar obras que carecen del documento técnico esencial para tal fin,  es decir carece de EIA, tal como surge objetivamente del sitio oficial de la ANPyN donde se exhibieron los documentos que integraban la Audiencia Pública.

No solo existe un negacionismo y exclusión de las competencias provinciales, tanto políticas como de sus autoridades ambientales, de los institutos especializados nacionales y su máxima autoridad ambiental, punto focal de las convenciones: RAMSAR, CAMBIO CLIMÁTICO, DIVERSIDAD BIOLÓGICA; como del  INA, CONICET, u órganos de control como la Defensoría del Pueblo de la Nación, etc, sino también agravada por la arrogancia y abuso en el ejercicio del poder gravemente concentrado, frente a la contundencia de los fundamentos de los  dictámenes de la propia PIA como representación especializada del Ministerio Público Fiscal y de la Defensoría del Pueblo de la Nación, ni más ni menos. 

La AadeAA expone frente al Ministerio Público Fiscal, que esta conducta administrativa no se agota en una mera irregularidad sino que son una confirmación de las conductas penales que denunciamos. Los funcionarios involucrados incurren en figuras de falsedad ideológica de instrumento público (arts. 293 y 294 CP) y violación de deberes de funcionario público (art. 248 CP), al licitar una obra sin la base técnica y ambiental exigida por ley, comprometiendo la tutela del ambiente y el interés público. La omisión deliberada de la EIA, de su evaluación por la máxima autoridad ambiental concertadamente con las áreas ambientales provinciales del tramo nacional, de modo previo y la presunción administrativa de “inexistencia de riesgos” comprometen directamente la responsabilidad penal, administrativa y patrimonial de los funcionarios intervinientes.

Ahora, nos encontramos con el dictado de la Resolución 57/2026 AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN – la que convoca a un supuesto proceso participativo para la construcción de la normativa ambiental que acompañará las tareas de dragado en sus variantes en el marco de la nueva Licitación ya adjudicada, nuevamente a Jan de Nul. 

La misma ratifica la absoluta concentración de decisiones sobre el río, su cauce principal y canales alternativos con foco en dos tramos del sur de Entre Ríos, su sistema de humedales y ecosistemas asociados, a la discrecionalidad resolutiva en manos de la ANPyN, responsable política directa en el proceso previo de construcción de la Licitación y en esta nueva etapa que hemos denunciado de ilegal e inconstitucional, entre otras razones, se avanza en consolidar la misma su rol de autoridad ambiental única y por excelencia, negando las atribuciones constitucionales de las provincias ribereñas y de la máxima autoridad ambiental nacional. 

Hay anclaje legal totalmente ignorado por la ANPyN. La Ley 25.675 ordena atender las causas y fuentes de los problemas ambientales de forma integrada, fija como objetivo el equilibrio y la dinámica de los sistemas ecológicos junto con la coordinación interjurisdiccional, y su artículo 4 consagra la prevención: actuar antes de que los efectos acumulados vuelvan irreversibles, o desmesuradamente costosa, la recomposición.

Venimos requiriendo desde la AadeAA por distintas vías públicas y de acceso a la justicia, que para las decisiones de transformación estructural (profundidad, trazado, ancho, régimen de mantenimiento, nuevos canales), la realización de una evaluación ambiental estratégica o un instrumento equivalente. Su objeto son las políticas, planes, programas y decisiones de planificación, antes de que las decisiones particulares queden cristalizadas una tras otra. Debería considerar el funcionamiento hidrológico e hidrodinámico, el balance sedimentario, la calidad del agua y de los sedimentos, la biodiversidad y los humedales, las áreas protegidas, las pesquerías, las comunidades ribereñas, los efectos acumulativos, los escenarios climáticos y las alternativas de intervención.

En razón de lo denunciado hemos solicitado se formule requerimiento de instrucción penal ante el juez competente en el marco de la nueva licitación, ahora adjudicada.

Una planta de combustibles sintéticos de HIF Global sobre el Río Uruguay amenaza a Colón: Exigimos a la provincia de Entre Ríos que proteja a su población

Exigimos precisiones sobre los estudios de impacto, el rol de Cancillería, la aplicación del Estatuto del Río Uruguay y la falta de un equipo técnico provincial para evaluar el proyecto de HIF Global en Paysandú

Desde la Asociación Argentina de Abogadas/os Ambientalistas solicitamos información pública ambiental al Gobernador de Entre Ríos por la planta de combustibles sintéticos de HIF Global proyectada en Paysandú, Uruguay, frente a la ciudad entrerriana de Colón.

Con este pedido buscamos conocer qué acciones concretas adoptó el Estado provincial para resguardar el río Uruguay, la costa argentina y los derechos de las comunidades de la región ante un emprendimiento de gran escala, con potenciales impactos transfronterizos y sin licencia social suficiente en los territorios involucrados.

La respuesta provincial agrega que, tras un análisis de los datos disponibles, “se ha dictado la Validación Ambiental de la Localización del proyecto y emitido los Términos de Referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, habiendo el interesado presentado este último documento, que puede consultarse en el enlace mencionado”.

En términos concretos, la respuesta no aclara lo que pedimos. Seguimos sin saber si la Provincia de Entre Ríos dispone formalmente de los Términos de Referencia de los estudios que deben evaluar los posibles impactos sobre la costa argentina. Tampoco informa si solicitó una ampliación específica del análisis sobre el margen entrerriano del río Uruguay.

Qué le solicitamos al Gobierno de Entre Ríos

Pedimos que el Gobierno provincial informe si, a través de la Cancillería Argentina y la Embajada Nacional en la República Oriental del Uruguay, formalizó una petición dirigida a la máxima autoridad ambiental del país vecino para ampliar los Estudios de Impacto Ambiental sobre el margen argentino del proyecto de HIF Global.

También solicitamos saber si Entre Ríos pidió los Términos de Referencia de esos estudios. Si el documento que define qué impactos deben evaluarse, con qué metodología, sobre qué territorios y bajo qué condiciones de participación pública.

El Director de Ambiente y Cambio Climático de Entre Ríos, Lic. Maximiliano Gómez, respondió que el 24 de septiembre de 2025 la Secretaría de Ambiente de la provincia remitió una nota al Poder Ejecutivo Provincial para que, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación, se promueva ante la Cancillería de Uruguay el acceso al Observatorio Ambiental Nacional del país vecino, a fin de acceder a la información vinculada al proyecto.

Sin embargo, esa información ya es de acceso público en el sitio oficial del Observatorio Ambiental Nacional de Uruguay.

No se conformó un equipo técnico interdisciplinario

También solicitamos que la Provincia informe si conformó un equipo interdisciplinario para avanzar en el estudio preventivo de todos los documentos públicos y disponibles vinculados al proyecto, identificando áreas responsables, coordinación institucional y criterios de seguimiento.

Sobre este punto, la respuesta oficial señala que no se conformó un equipo interdisciplinario específico para analizar el Estudio de Impacto Ambiental realizado.

Esta respuesta nos resulta alarmante por la magnitud del emprendimiento, por su localización frente a Colón y por el nivel de preocupación expresado en las poblaciones de la región, tanto en la Argentina como en el área de Paysandú.

Un proyecto de estas características exige una evaluación rigurosa, preventiva y coordinada. La provincia no puede limitarse a observar documentos publicados por otro Estado sin conformar una capacidad propia de análisis técnico, social, sanitario, territorial y jurídico.

Estatuto del Río Uruguay y consulta binacional

Finalmente, solicitamos información sobre las decisiones adoptadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Argentina para garantizar el cumplimiento del procedimiento previsto en el artículo 7 y siguientes del Estatuto del Río Uruguay y su Digesto.

Ese procedimiento establece mecanismos de información y consulta entre Argentina y Uruguay ante obras o actividades que puedan afectar al río compartido.

La Provincia informó que, en dos reuniones oficiales ante la Comisión Administradora del Río Uruguay, realizadas el 15 de septiembre de 2024 y el 1 de abril de 2025, se consultó si existía información presentada por el Gobierno de Uruguay sobre el proyecto a los fines de cumplir con el procedimiento de consulta establecido en el artículo 7 del Estatuto del Río Uruguay. Según la respuesta oficial, el resultado fue negativo.

Sin embargo, no se acompañó copia de esas consultas, de las actas respectivas ni de las comunicaciones oficiales cursadas. Esa falta de respaldo documental nos impide conocer el alcance real de las gestiones realizadas.

La respuesta también informa que el 11 de marzo de 2025, a partir de una solicitud de informe de la Mancomunidad Tierra de Palmares, la Provincia expresó su respaldo a la petición de relocalización del proyecto de instalación de la planta de producción de combustible sintético. Nuevamente, no se acompañó copia del expediente ni de las actuaciones administrativas correspondientes.

Además, se informó la existencia de una investigación preliminar bajo el N° 2/25, caratulada “N.N. s/ Infracción Ley 24.051 – Hidrógeno Verde”, en trámite ante la Fiscalía Federal de Concepción del Uruguay.

Reclamamos información completa y una política activa de prevención

Desde AAdeAA-CAJE observamos una ausencia de rigor en la gestión institucional del conflicto. La propia respuesta provincial reconoce que no existe un equipo profesional multidimensional encargado de monitorear los estudios, evaluar la documentación disponible y seguir el proceso social e institucional con la seriedad que el caso exige.

Frente a un proyecto de gran escala sobre una cuenca compartida, la Provincia de Entre Ríos debe actuar con información completa, prevención, transparencia y participación pública efectiva.

El río Uruguay no puede quedar sujeto a gestiones fragmentadas, respuestas incompletas o simples remisiones a documentación publicada por otro Estado. La protección de la costa argentina y de las comunidades entrerrianas requiere una intervención activa del Estado provincial y nacional.

Por eso, desde la Asociación Argentina de Abogadas/os Ambientalistas – Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial reclamamos que el Gobierno de Entre Ríos entregue la información solicitada, acompañe las copias de las actuaciones administrativas mencionadas y conforme de manera urgente un equipo interdisciplinario para evaluar los impactos del proyecto sobre el margen argentino del río Uruguay.

Organizaciones ambientalistas exigen a la Justicia el freno a un proyecto minero sobre un glaciar 

Organizaciones ambientales presentan nueva evidencia en la demanda colectiva en defensa de los glaciares. El proyecto minero Vicuña ingresó al RIGI y se ubica sobre un glaciar incluido en el Inventario Nacional de Glaciares.

Las organizaciones Asociación de Abogados/as Ambientalistas, Greenpeace y Fundación Ambiente y Recursos Naturales, que llevan adelante la demanda colectiva por los glaciares, presentaron ante la Justicia evidencias nuevas en la causa que cuestiona la reforma a la Ley de Glaciares. Allí advierten que el proyecto minero Vicuña, recientemente aprobado para ingresar al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), avanza sobre una zona actualmente protegida. El pedido busca evitar que un glaciar inventariado pierda protección mientras se discute la constitucionalidad de la reforma.

Desde las organizaciones solicitaron una medida cautelar urgente para impedir cualquier cambio en la situación jurídica del Glaciar de Escombros GE110, ubicado en el departamento Iglesia, provincia de San Juan, en particular que la provincia y el IANIGLA se abstengan de retirar ese glaciar del Inventario Nacional de Glaciares mientras avanza la causa judicial.

El pasado 16 de junio, el Gobierno nacional anunció la aprobación del ingreso del proyecto Vicuña al RIGI. Este proyecto de cobre, oro y plata en San Juan, impulsado por las corporaciones BHP y Lundin, empresas de origen australiano y canadiense, reúne los desarrollos Josemaría y Filo del Sol y está ubicado en la cuenca del río Jáchal, parte del sistema Desaguadero. Esto vuelve especialmente grave cualquier reducción de protección sobre glaciares y ambientes periglaciares, porque estas reservas estratégicas de agua son parte de territorios que ya enfrentan hoy en día una presión hídrica creciente.

En la zona donde se encuentra el Glaciar de Escombros GE110 se proyectan las operaciones del proyecto minero. Según la presentación judicial, allí se prevé un tajo a cielo abierto de aproximadamente 259 hectáreas. En febrero, previo a la reforma de la ley, Greenpeace ​documentó, mediante un sobrevuelo, el glaciar de escombros G110. Las imágenes  mostraban intervenciones visibles de la minería en áreas alcanzadas por la ley original de glaciares. Modificar la norma fue el primer paso para legalizar las actividades que se realizaban en clara infracción.  

La existencia de esta geoforma fue señalada por la Asamblea de Jáchal ante el IANIGLA en 2021. Luego de esa presentación, el instituto reconoció que el área debía incorporarse al Inventario Nacional de Glaciares. La Resolución 514/2022 del entonces Ministerio de Ambiente de la Nación ordenó sustituir los informes correspondientes a la subcuenca río Blanco Superior de la cuenca del río Jáchal e incorporar el Glaciar GE110 al Inventario.

Desde las organizaciones advirtieron que la aprobación del proyecto bajo el RIGI aumenta la urgencia de la medida cautelar solicitada en mayo. Si el Glaciar GE110 fuera retirado del Inventario Nacional de Glaciares y el proyecto avanzara bajo el paraguas del RIGI, una sentencia posterior podría llegar cuando el daño ya esté hecho. El Estado Nacional, la Provincia de San Juan y los organismos intervinientes no deben alterar la protección de este glaciar hasta que exista una sentencia definitiva.

Este nuevo escrito se presenta en el marco de la demanda colectiva impulsada por las organizaciones junto con más de 850 mil personas que adhirieron a título personal, Marta Maffei, autora de la Ley original de Glaciares, y asambleas y organizaciones de todo el país, entre ellas la Asamblea Jáchal no se Toca, Asamblea Popular por el Agua, Asamblea Pucará, Asamblea en Defensa del Territorio, Asamblea Santa Cruz por el Agua, Multisectorial Golfo San Matías, Asamblea el Paraná No se Toca, Asociación Alihuén, Amnistía Internacional, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Círculo de Políticas Ambientales.

El caso demuestra el peligro de la reforma a la Ley de Glaciares. La nueva normativa abre la puerta a reducir protecciones sobre áreas que hoy cumplen una función hídrica esencial. Los glaciares y ambientes periglaciares integran cuencas, regulan el agua y sostienen condiciones de vida aguas abajo, desconociendo de fronteras legislativas. Por eso su protección fue definida como una política nacional de presupuestos mínimos.

El avance de un proyecto minero sobre el Glaciar GE110 es una señal de alarma para todo el país. Si un glaciar inventariado puede quedar expuesto por una reforma legal y por la aprobación acelerada de un megaproyecto bajo el RIGI, entonces la Ley de Glaciares pierde su función preventiva. La Justicia debe actuar antes de que el daño ocurra. En materia de agua, glaciares y territorios, llegar tarde equivale a convalidar la pérdida.

Cumplir íntegramente la Ley de libertad de los ríos y la Constitución Provincial

por Jorge Daneri y Enzo Culasso Orué para Análisis Digital

La ley de libertad de los ríos(1) en Entre Ríos fue construida con una enorme participación y movilización social durante los años 1996/1997 y sancionada por unanimidad el 25 de setiembre de 1997, luego de dos sentencias históricas de la Justicia Federal que declaró inconstitucional el Decreto Presidencial que avanzaba desde el poder central con el proceso de construcción de represas hidroeléctricas en el sector medio del río Paraná.

Luego, en un hecho casi sin precedentes, la ley de libertad de los ríos abrazó la Constitución Provincial en la reforma del año 2008 en su Artículo 85, estableciendo que las cuencas hídricas comunes y los sistemas de humedales se declaran libres de construcción de obras de infraestructura a gran escala que puedan interrumpir o degradar la libertad de sus aguas y el desarrollo natural de sus ecosistemas asociados.

La reciente adjudicación de la Licitación de la denominada Vía Navegable Troncal, o hidrovía, desde una visión extractivista brutal, no solo está interrumpiendo y degradando el desarrollo natural de los ecosistemas asociados (islas y humedales) sino que también pone en crisis el mandato de custodia del derecho humano de acceso al agua potable, como la misma norma madre lo ordena.

En estos tiempos de negacionistas de casi todos los colores políticos aliados al poder de turno, prestamos particular atención a los siguientes tres artículos de la Ley liberadora, buscando la necesaria comprensión de la política mayoritaria frente al incumplimiento de décadas, más aún, frente a la crisis ambiental y climática, siendo desolador avanzar con mayores profundizaciones artificiales del río Paraná:

Art. 2. “Declárense los ríos y demás cursos de agua de la Provincia de Entre Ríos bienes de la naturaleza y recursos naturales de especial interés para su cuidado, conservación y aprovechamiento sostenible, en particular en lo referido a la calidad de las aguas, cantidad, distribución y uso jerarquizado, como al sustento de la biodiversidad.

Art. 3. Decláranse de interés provincial todos los proyectos de conservación y recuperación de suelos, bosques, vegetación y fauna, especialmente nativas, en riberas, barrancas y zonas aledañas a ríos, lagos, arroyos e islas.

Art. 4. Todo estudio, evaluación, proyecto económico, social o ambiental sobre el desarrollo regional integrado y sostenible a ejecutarse en el territorio de la Provincia, con incidencia en los ríos indicados en el Artículo 1º y sus recursos naturales, es de atribución exclusiva de la Provincia, en cuanto a su planificación y desarrollo.

Si para la ejecución de lo expresado en el párrafo anterior es necesaria la intervención de otros Estados Provinciales y/o el Estado Nacional, los convenios interjurisdiccionales a suscribirse se harán ad-referéndum del Poder Legislativo”.

Casi 30 años de vigencia de esta ley, violada, entre otras razones, por la inexistencia del protagonismo legislativo provincial y las áreas de competencia ambiental, con la convicción, compromiso y foco en la aplicación y cumplimiento de estas normas. La Comisión que la Ley crea no existe, lo que hiere gravemente a la propia norma en su objetivo de sostenibilidad del sistema de humedales, muy concretamente. La realidad habla por sí sola, la escala de incumplimiento es temeraria.

El Art. 6 de la norma en estudio, dispone: “Créase la Comisión Provincial de Evaluación y Propuesta para el Desarrollo Regional Integrado y Sostenible, rigiéndose por los preceptos fijados por los artículos 41º y 124º de la Constitución Nacional”.

Jamás fue convocada dicha Comisión, y justamente es el dominio originario de las provincias sobre los bienes naturales comunes existentes en sus territorios, que la mal llamada hidrovía viola, porque ese lecho del río que se draga les pertenece a las provincias, que no han participado ni participan de manera alguna en la gestión de la cuenca, porque tampoco se ha constituido el Comité de Cuenca de la mayor cuenca de nuestro país.

Finalmente, el proyecto hidrovía sigue, con sus funcionarios militantes del extractivismo voraz, desarrollando y concretando -sin estudios de impacto ambiental con evaluaciones independientes, inexistencia total de la máxima autoridad ambiental nacional, sin una evaluación ambiental estratégica-  mayores profundizaciones, sobre-dragados y canales más anchos.

Y los legisladores provinciales mirando el campeonato del mundo de la pelota redonda y sus ombligos, mientras el federalismo que dicen defender se cae a pedazos. Solo reflexionar sobre las razones de construcción del túnel Paraná Santa Fe, todo lo dice, lo denuncia, lo reivindica, cuando existieron en nuestra tierra políticas de estado y un real federalismo en la convicciones y compromisos frente a las decisiones políticas.

En el mismo contexto, la falta de actuación y presencia público institucional del PIECAS, es alarmante. Comité del Paraná inferior totalmente ausente y negado en el proceso licitatorio.

Mientras tanto, pareciera que solo el pueblo cuida lo que es del pueblo, como quedó expresado en la audiencia pública del Río Paraná, donde una abrumadora mayoría dijo: 

“No a los 44 pies”. 
“Pretender adaptar el río a los barcos de ultramar es un crimen social y ambiental”.


(*) Miembros de la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas, el Colectivo de Acción por la Justicia EcoSocial y la Unidad de Vinculación Ecologista, Fundación La Hendija.
(1) Ley Anti Represas. Libertad de los Ríos Paraná y Uruguay. Ley 9092. Paraná, 25 de septiembre de 1997.

Justicia por los glaciares: Presentan demanda  colectiva con más de 850 mil adherentes 

Martes, 5 de mayo  de 2026 – En respuesta a  la reforma de la Ley de Glaciares el pasado 9 de abril, las organizaciones Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) y Greenpeace impulsan un amparo colectivo presentado ante el juzgado federal de la provincia de La Pampa planteando la inconstitucionalidad de la reforma aprobada. 

Más de 850 mil personas adhirieron a título personal para denunciar la inconstitucionalidad de la reforma y solicitar una medida cautelar para proteger el agua. La demanda exige que se suspenda en todo el territorio nacional la aplicación e implementación de la ley que debilita la protección de los glaciares y del ambiente periglacial.  Hasta que se resuelva la cuestión de fondo, debe seguir vigente la Ley 26.639.

En el bloque actor de la acción legal también está presente Marta Maffei, autora de la Ley original de glaciares y asambleas y organizaciones territoriales de todo el país. Entre ellas están Asamblea Jachal no se Toca, Asamblea Popular por el Agua, Asamblea Pucará, Asamblea en Defensa del Territorio, Asamblea Santa Cruz por el Agua, Multisectorial Golfo San Matías, Asamblea el Paraná No se Toca, Asociación Alihuén. También cuenta con organizaciones de derechos humanos y de la sociedad civil como Amnistía Internacional, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Círculo de Políticas Ambientales.

La acción judicial surge luego de un proceso legislativo profundamente viciado, en el cual se le negó la participación a más de 100.000 personas inscriptas en una  audiencia pública convocada por comisiones de  la Cámara de Diputados, incumpliendo así con la participación amplia, integral e inclusiva que exige el Acuerdo de Escazú. Ni siquiera el 0,2% de las personas anotadas pudo participar oralmente, lo que convierte la audiencia en una simulación de participación. Las reglas de la audiencia fueron cambiadas una vez abierta la inscripción: se intentó validar la instancia agregando videos y ponencias escritas, pero con criterios arbitrarios que no cumplen con el requisito de transparencia.

La reforma representa un retroceso ambiental que viola la Ley General del Ambiente, el principio de no regresión del Acuerdo de Escazú y el sistema de presupuestos mínimos ambientales de la Constitución Nacional.

La suspensión solicitada involucra toda reglamentación, resolución, acto administrativo o autorización vinculada a la ley incluyendo  a la aprobación de proyectos mineros cuyas áreas de exploración y explotación se superpongan con glaciares de acuerdo al Inventario Nacional de Glaciares y a los dictámenes técnicos elaborados por el Instituto Argentino de Nivología y Glaciología (IANIGLA).   

La reforma reemplaza un criterio científico común por decisiones provinciales discrecionales sobre qué proteger y qué no. Esta reforma no es una actualización técnica, sino un intento de fragmentar la protección de recursos que pertenecen a todos los argentinos. Los glaciares y el ambiente periglacial alimentan el 40% de las cuencas hídricas nacionales y garantizan el agua para más de 7 millones de personas.  

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ya ratificó por unanimidad en 2019 que la Ley de Glaciares es constitucional y que el dominio provincial sobre los recursos no permite perforar el piso de protección federal. 

Esta demanda abre una nueva etapa en la lucha por nuestras fuentes y reservas estratégicas de agua. 

Desde Greenpeace, FARN y la Asociación de Abogados/as Ambientalistas estarán ofreciendo una instancia virtual de conferencia para prensa y personas interesadas el martes 5 a las 12hs para responder preguntas sobre la acción. Podés inscribirte a la sala acá.

El escrito presentado está disponible completo a continuación.

La demanda colectiva para proteger los glaciares se acerca al millón de adhesiones

CIUDAD DE BUENOS AIRES, 22 de abril de 2026 — En un hito sin precedentes, la demanda colectiva en defensa de la Ley de Glaciares alcanza, en menos de 15 días, cerca de 900.000 adhesiones individuales.  La demanda será llevada a la justicia por Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y Greenpeace, junto a organizaciones y asambleas de todo el país en las próximas semanas.

En un hito sin precedente, la demanda colectiva en defensa de la Ley de Glaciares alcanza, en menos de 15 días, 900.000 adhesiones individuales. En las próximas semanas, la demanda será llevada a la justicia por Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y Greenpeace, junto a organizaciones y asambleas de todo el país.

Las organizaciones informaron que se encuentran trabajando activamente en la demanda colectiva, en coordinación con equipos legales y técnicos, para asegurar una presentación sólida, abarcativa y  federal, que esté a la altura del alcance de este reclamo de la sociedad.

Este respaldo masivo a la demanda surge como un rechazo a la reciente modificación de la norma y da cuenta del consenso social existente. La reforma a la Ley de Glaciares, sancionada el 9 de abril, ha sido rechazada y cuestionada por la comunidad científica nacional e internacional, asambleas ciudadanas, juristas y constitucionalistas, sectores eclesiásticos, organizaciones civiles, organismos de Naciones Unidas, universidades nacionales, referentes del deporte y la cultura,  y la sociedad en general.

Además de los casi 900.000 adherentes individuales, cientos de organizaciones de la sociedad civil y asambleas, entre ellas representantes de comunidades ya afectadas por daños socioambientales, acompañarán la demanda institucionalmente y con responsabilidad legal.

Por el momento, se aguarda la publicación de la norma en el Boletín Oficial, un paso formal que habilita la presentación judicial, mientras las organizaciones avanzan en una estrategia propia que prioriza la solidez del proceso por sobre los tiempos administrativos. El bloque actor hará las presentaciones formales apenas los tiempos sean los indicados para ello y comunicará a la brevedad al público.

“Este Día de la Tierra nos encuentra en acción por la defensa de la Ley de Glaciares. Estar cerca del millón de firmas no es un éxito simbólico sino una clara demanda ciudadana para que el Estado garantice el acceso al agua y la preservación de los ecosistemas frente a intereses extractivos de corto plazo” manifiestan las organizaciones que lideran la iniciativa.

En un hito sin precedente, la demanda colectiva en defensa de la Ley de Glaciares alcanza, en menos de 15 días, 900.000 adhesiones individuales. En las próximas semanas, la demanda será llevada a la justicia por Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y Greenpeace, junto a organizaciones y asambleas de todo el país.

Reforma a la Ley de Glaciares: convocan a la demanda colectiva más grande de la historia

BUENOS AIRES, 9 de abril de 2026- Tras la sanción de la reforma de la Ley de Glaciares en un proceso viciado y a espaldas a la sociedad, que ha ignorado a miles de personas que exigieron proteger el agua, las organizaciones Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) y Greenpeace convocan a la ciudadanía a sumarse a una demanda colectiva para frenar este retroceso.

Cientos de miles de personas se inscribieron a la audiencia pública para defender la Ley de Glaciares y fueron ignoradas. “Hoy la respuesta está en manos de todas las personas: la ciudadanía será la protagonista de la lucha por recuperar la ley. Si no quisieron escuchar en el Congreso, van a escuchar en la Justicia”, advirtieron desde las organizaciones, dando inicio a una nueva etapa en la defensa de las reservas hídricas del país.

Las organizaciones advierten que, lejos de cerrar el conflicto, esta decisión abre una etapa de participación ciudadana en defensa del agua, para reafirmar la voluntad de la sociedad que ya expresó su rechazo a la reforma de la Ley de Glaciares.

Esta reforma pone en riesgo el acceso al agua y por lo tanto la vida de millones de argentinos y argentinas y los ecosistemas que dependen de los glaciares y el ambiente periglacial. 

Para adherir, la ciudadanía puede acceder al sitio web www.demandacolectivaglaciares.org y ser parte de la demanda colectiva más grande en defensa del agua en la historia.  La firma es una forma de amplificar ese reclamo colectivo. No genera obligaciones legales, pero sí construye una fuerza social imposible de desestimar.

En 12 horas, la demanda colectiva contra la reforma de la Ley de Glaciares reunió más de 300 mil adhesiones

BUENOS AIRES, 9 de abril de 2026- En el primer día tras la aprobación de la reforma de la ley de glaciares, la demanda colectiva que impulsan las organizaciones de la sociedad civil alcanzó un número récord de adhesiones, superando todas las expectativas; más de 300 mil personas se sumaron a esta iniciativa que ya se perfila como la demanda colectiva más grande de la historia. 

Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) y Greenpeace lanzaron en las primeras horas de la mañana una plataforma que permite ser parte de esta demanda contra este retroceso ambiental, que pone en riesgo el agua de los argentinos, y que fue aprobado en contra de  la mayoritaria voluntad de la ciudadanía. 

En menos de 12 horas se recibieron más de 300 mil adhesiones, superando los números previstos, y triplicando la inscripción a la Audiencia Pública. Esto consolida el reclamo de la sociedad contra la reforma aprobada en el día de ayer, y representa un hito en la historia ambiental argentina. 

“Hoy la respuesta está en manos de todas las personas: la ciudadanía será la protagonista de la lucha por recuperar la ley. Si no quisieron escuchar en el Congreso, van a escuchar en la Justicia”, declararon desde las organizaciones, dando inicio a una nueva etapa en la defensa de las fuentes de agua del país.

Las organizaciones advierten que, lejos de cerrar el conflicto, esta decisión abre una nueva etapa en la participación ciudadana en defensa del agua, para reafirmar la voluntad de la sociedad que ya expresó su rechazo a la reforma de la Ley de Glaciares.

Para adherir, la ciudadanía puede acceder al sitio web demandacolectivaglaciares.org y ser parte de la demanda colectiva más grande en defensa del agua en la historia.  La adhesión no genera obligaciones legales y es una forma de amplificar el reclamo colectivo, construyendo una fuerza social imposible de desestimar.

Ley de Glaciares: La sociedad ya decidió, ahora les toca a los diputados

Ignorando por completo la voluntad de las más de 100.000 personas inscriptas en la ilegítima audiencia pública, el oficialismo emitió un dictamen de comisiones y confirmó que el miércoles 8 de abril será el debate por el vaciamiento de la Ley de Glaciares. Un tratamiento exprés calcado del que ya usaron en el Senado: a espaldas de la ciudadanía, sin debate real, con el resultado cantado de antemano. Porque lo que llamaron “proceso democrático” fue una farsa. Alrededor de 102.000 personas se inscribieron para participar. Sólo 213 pudieron hablar, y la mayoría de los expositores rechazó rotundamente la reforma.

Un día antes de la votación, este martes 7, funcionarios de representación provincial y con intereses en la minería fueron al Congreso a disciplinar a los diputados de sus provincias para que voten a favor de la reforma. Y lo hacen dejando afuera a los gobernadores de las demás provincias cuyas cuencas y fuentes de agua se verán comprometidas. Ocho provincias -La Pampa, Buenos Aires, Santa Cruz, La Rioja, Jujuy y Córdoba,- ya advirtieron que esta reforma afecta ríos que atraviesan sus territorios y abastecen a millones de personas. El plenario de este martes no fue un debate: fue una instancia cerrada para imponer una decisión ya tomada, ignorando deliberadamente a la sociedad .

Y sin embargo, frente a ese atropello, la respuesta de la sociedad fue unánime y viene de todos lados, no hay licencia social para avanzar con esta reforma.

Lo dijeron los científicos. Especialistas en glaciología, ciencias criosféricas, hidrología, ciencias ambientales y geografía de todo el mundo escribieron a los diputados para advertir que los glaciares y el ambiente periglacial son ecosistemas críticos cuyo daño es irreversible, y que la reforma reduce su protección en el peor momento posible: cuando el cambio climático ya los está destruyendo.

Lo dijeron los juristas. Integrantes de la comunidad jurídica argentina -profesores universitarios, especialistas en derecho constitucional y ambiental, jueces y ex jueces de todo el país- advirtieron que la reforma no es una modificación técnica sino un retroceso inconstitucional que ataca directo a los fundamentos constitucionales del sistema argentino de protección ambiental.

Lo dijo la universidad pública. El rectorado de la UBA y sus facultades de Ciencias Exactas y Naturales y  de Agronomía, la Mesa de Responsables Académicos de Licenciaturas Ambientales de Universidades Públicas y 162 docentes, la Universidad Nacional de Tucumán y el CICTERRA-CONICET-UNC -que reúne 106 investigadores y científicos- se pronunciaron en rechazo y pidieron a los diputados mantener la protección vigente.

Lo dijeron las fiscalías ambientales. La Red Argentina de Fiscalías Ambientales advirtió que la reforma desconoce el sentido de una ley de presupuestos mínimos y tiene carácter regresivo e inconstitucional.

Lo dijo la Iglesia. La Comisión Episcopal de Pastoral Social y los Obispos de la Patagonia escribieron a los legisladores para defender los glaciares como “catedrales de agua” y denunciar las maniobras de vaciamiento del debate democrático que ya conocen de cerca en sus territorios.

Lo dijeron organismos internacionales y relatores de Naciones Unidas. El Grupo de Trabajo sobre Derechos Humanos y Empresas Transnacionales, la Relatora Especial sobre el derecho humano a un medio ambiente sano y el Relator Especial sobre los derechos humanos al agua expresaron su preocupación urgente al gobierno argentino por el impacto de la reforma sobre el derecho al agua y los derechos de los pueblos indígenas.

No hay un solo sector de la vida institucional argentina que haya pedido esta reforma. Ni la ciencia, ni el derecho, ni la Iglesia, ni los organismos internacionales, ni la ciudadanía. Solo grandes corporaciones mineras  se benefician, a costa del agua de millones de personas, de destruir lo que la naturaleza tardó millones de años en formar en las montañas.

La sociedad ya habló. Y fue deliberadamente ignorada. Que cada diputado y diputada sepa que en su voto se define algo tan básico y vital para todas las y los argentinos: las fuentes de agua dulce y cada cuenca que nace en la cordillera y llega hasta el último rincón del país.

La sociedad ya eligió. Los diputados todavía están a tiempo de no traicionar a la ciudadanía.

La Ley de Glaciares no se toca.