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El río, fragmentación y política de la esperanza

 Por Jorge Oscar Daneri, para Análisis Digital

Contemplando los intercambios comunicacionales entre algunos libertarios (1) y justicialistas (2), sobre quién hizo más para fragmentar el río en pedazos, como si fuera una entidad cosificada, torta a repartir, el asombro sigue conmoviendo.

Durante décadas se agravio sistemáticamente el derecho ambiental y constitucional nacional y provincial. En todo el proceso de la nueva Licitación confirmamos con certezas inapelables esta sentencia colectiva. No existieron ni existen estudios de impacto ambiental integrales evaluados de modo independiente, menos una evaluación ambiental estratégica.

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Silencio sistemático, total inexistencia de la máxima autoridad ambiental nacional y de las diversas áreas ambientales provinciales en absolutamente toda la historia de artificialización de los cauces, hasta el día de hoy. El PIECAS (3) mudo, como un objeto volador no identificado y la lista continúa, escandalosa.

Jueces Federales, tomándose sus tiempos, que esté claro, no son los de la madre tierra, de las aguas, menos aún los del cambio climático o los de “Súper El Niño”.

La diputada nacional Blanca Osuna, en su primera oportunidad parlamentaria, presentó un proyecto de ley de conformación del Comité de Cuenca del Paraná en el tramo nacional. No prosperó. La iniciativa, con el debido debate ciudadano y federal, podría ser una salida de transición hacia otra realidad mucho más humana, hermanada con la Pachamama y con una sistemática y federal gestión de la cuenca del río Paraná y sincera e institucional participación ciudadana.

“Los principios rectores de la política hídrica nacional”, acordados hace mucho más de dos décadas y sostenidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, determinan conformar comités de cuenca. El río Paraná no lo tiene.

La visión de cuenca, una política de Estado totalmente negada y enterrada en los barros de la contaminación por el Gobierno Nacional, se ratifica desde la Casa Rosada otorgándole poder absoluto -discrecional, lineal y con un abuso del derecho escandaloso- a los funcionarios políticos que conducen la Agencia Nacional de Puertos y Navegación, para que hagan lo que quieran con el río y sus cauces. Estamos frente a un ecocidio.

La destrucción del Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Navegable y la desarticulación del Consejo Federal de la Hidrovía conformados durante la gestión del gobierno nacional precedente, este último, que poco federal y menos participativo de la sociedad civil resultó, de igual manera, significó un retroceso enorme en la actual gestión, al ser extinguidos los dos espacios institucionales.

Así la realidad, el debate de fondo pasa por poner en crisis de raíz el modelo de desarrollo mega extractivista que la hidrovía impulsa ayer y hoy. Transformar el río en mar para que los barcos Panamax puedan exportar más rápido los bienes primarios, proyecto de País simplificado en su producción de semillas, minerales y otros bienes, es una espantosa entrega de la soberanía nacional y de sus pueblos.

No olvidamos quiénes acordaron que seamos asesorados por el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los EEUU de Norte América en cuanto a las políticas y gestión de cuencas se refiere y su ratificación por Milei. De sus informes, públicamente, aun ejerciendo las herramientas de acceso a la información pública ambiental, nada, no existen informes, o solo quizás muy probablemente, para unos pocos abusadores del poder democrático, degradándolo en la oscuridad de aquellos y estos sótanos, diría en sus investigaciones periodísticas, de esas que dejan huellas, Hugo Alconada Mon.

Simplificar el río en una vía, la diversidad biológica, productiva y cultural que fuimos y aún podemos recomponer, usar un lenguaje falso, donde se utiliza fragmentación como lo negativo en lugar de diversidades alimentarias y todo el arcoíris que implica el amor a la escala territorial del ser-habitar, es realmente desolador. Pero es esperanzador saber que la rueda gira, como nuestro planeta y que la tierra memoria tiene.

Hace unos días, el río Paraná fue parte del escenario de la ceremonia inaugural de los XIII Juegos Suramericanos, frente al Monumento Nacional a la Bandera en Rosario. Durante el acto, las corporaciones del agronegocio realizaron una intervención especial para destacar el valor de la Hidrovía y su vínculo con la producción y el comercio exterior argentino. Antípodas, contradicción fundamental en su máxima simbología. El símbolo de la bandera y las venas abiertas del sur del mundo. Soberanía vaciada frente a la bandera.

Si de esperanza se trata, solo contemplar los documentos expuestos por la Defensoría del Pueblo de la Nación, o la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) del Ministerio Público Federal, o los textos que con propuestas parecidas el órgano de control de la hidrovía desarrollo y que Milei extinguió; textos que en algún momento luminoso, la Justicia sabrá considerar y celebrar la palabra precisa y tan necesaria como vital.

Vendrán políticas de la esperanza, que no esperarán un líder, o un grupo cerrado de los exponentes que degradaron la política vaciando sus ideologías. Están brotando desde la tierra, desde cada pueblo desgarrado en sus identidades y decisiones de vida . Será la celebración del soy lo que somos, tierra de esperanza para todas y todos, preámbulo constitucional en su máxima realización.

Referencias

  1. El federalismo se construye con hechos: Entre Ríos integra la Hidrovía | Análisis
  2. Michel le recordó a Frigerio que en 2020 se creó el Consejo Federal de la Hidrovía con Entre Ríos como miembro | Análisis
  3. Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná (PIECAS-DP).

(*) Jorge Daneri es miembro de la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas y del Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) Unidad de Vinculación Ecologista, Fundación La Hendija, Paraná. PACHAS, Movimiento Ecopolítico por el Buen Vivir.

🚨 OIL DRILLING IN THE ARGENTINE SEA: FEDERAL COURT ORDERS A HALT TO THE SEA LION PROJECT IN MALVINAS

The Argentinea Court of Río Grande granted the interim injunction requested by the Argentine Association of Environmental Lawyers and the Malvinas Islands Ex-Combatants Centre of La Plata. It ordered Rockhopper and Navitas to refrain from commencing or carrying out the oil exploitation works associated with the project known as “León Marino” and to disclose the technical, corporate and financial structure supporting the project.

Tierra del Fuego / Buenos Aires, 16 September 2026.

The Federal Judiciary ordered a halt to the commencement and physical execution of the León Marino oil project, referred to as Sea Lion by the companies, which Rockhopper Exploration and Navitas Petroleum intend to develop on the Argentine continental shelf, approximately 220 kilometres north of the Malvinas Islands. The ruling was issued by the Federal Court of Río Grande within the framework of the collective action for the prevention of environmental harm brought by the Argentine Association of Environmental Lawyers (AAdeAA) and the Malvinas Islands Ex-Combatants Centre of La Plata (CECIM).

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Federal Judge Mariel Borruto granted the interim injunction and ordered the two foreign companies to refrain from commencing, continuing, carrying out or commissioning the physical works required to develop the oil exploitation project. The prohibition covers both offshore operations and the onshore and port infrastructure intended to support the project.

The decision represents a fundamental step forward in the defence of Argentine sovereignty and the protection of South Atlantic ecosystems. Faced with a project promoted under licences issued by the British occupation government, the Court affirmed the application of Argentine law and ordered preventive action before drilling begins and potentially irreversible damage occurs.

The interim injunction prohibits the British company Rockhopper Exploration and the Israeli company Navitas Petroleum Development and Production Limited from proceeding with:

  • Drilling into the seabed and marine subsoil for the development or exploitation of hydrocarbons.
  • The permanent installation of subsea infrastructure for the extraction or production of oil and gas.
  • The installation of pipelines, flowlines, injection, communication and control systems, and permanent mooring structures.
  • The installation or commissioning of floating hydrocarbon production, storage and offloading units.
  • The commencement of commercial oil and gas extraction or exploitation.
  • The onshore and port works intended to support those operations.

The prohibition also covers the expansion of port facilities, the construction or commissioning of logistics bases, drilling mud and cement preparation plants, chemical storage facilities, residential infrastructure and aviation support facilities connected with León Marino.

The order extends to any potential expansion of the project and to any wells or facilities functionally integrated into the undertaking.

The companies must continue to refrain from these activities until the environmental impact assessment procedure required by Argentina’s General Environmental Law has been conducted before the competent Argentine environmental authority and the corresponding decision has been issued, or until the Court rules otherwise.

The project is intended to be developed on the Argentine continental shelf and within Argentine maritime areas. The Court therefore held that its authorisation requirements and environmental safeguards are governed by Argentine law.

The decision also recognises that the environmental regulations and laws governing hydrocarbon exploration and exploitation on the Argentine continental shelf are mandatory, regardless of the companies’ nationalities or any permits they claim to have obtained from authorities other than those of Argentina.

Court orders disclosure of the hidden network behind the project

Rockhopper and Navitas will have ten court days from the date on which they are duly served to submit information and supporting documentation under oath.

The Court ordered them to disclose:

  • The current stage of implementation of León Marino.
  • The updated schedule for construction, drilling, installation and the commencement of exploitation.
  • The number, location and status of the planned wells.
  • The planned floating production, storage and offloading units.
  • The contracted drilling units.
  • The principal contractors and subcontractors involved in drilling, subsea infrastructure, logistics and production.
  • The corporate structure used to develop the project and each company’s shareholding.
  • The banks, investment funds and other actors that have specifically financed the undertaking.
  • The disbursements already made, committed and outstanding.
  • The insurers and reinsurers connected with the construction, drilling and exploitation stages.
  • The environmental studies and assessments conducted in relation to the project.
  • Risk assessments, oil-spill modelling and prevention, contingency and response plans.
  • The onshore and port infrastructure already built or planned.
  • Any planned expansions and additional wells.

This information will make it possible to determine the project’s true scale and reconstruct the chain of companies, banks, funds, insurers and contractors enabling it to move forward.

Preservation of documents and further proceedings

The ruling also requires the companies to fully preserve all technical, environmental, corporate, contractual, financial and insurance documentation connected with León Marino. The companies must refrain from destroying, altering, concealing or disposing of those documents in any way that could prevent their incorporation into the court proceedings.

The Court temporarily deferred its decision on the requested general prohibition against entering into financing agreements, receiving disbursements, making transfers, establishing guarantees or encumbering assets. Before ruling on those restrictions, it required the precise identification of the actors, transactions and assets involved.

Once that information has been incorporated into the case, the Court may order specific measures concerning financial transactions directly linked to the project. The interim injunction may be maintained, modified, expanded or lifted in light of the new evidence gathered in the proceedings.

The Argentine State must provide and demand information

The Court also ordered urgent requests for information to several Argentine State agencies.

The Environmental Impact Assessment Directorate must report whether any environmental procedure, project notice, environmental impact declaration or environmental clearance certificate exists in connection with León Marino. If such proceedings are initiated in the future, the Directorate must notify the Court.

The Secretariat of Energy must submit the administrative records concerning Rockhopper, Navitas and the other companies linked to the project. It must also report on the current validity and scope of existing sanctions and administrative proceedings.

The Argentine Ministry of Foreign Affairs must specify whether any of the companies, their parent companies, contractors or related entities received authorisation from the Argentine State to conduct hydrocarbon activities in the Malvinas Islands or the surrounding maritime areas. It must also report on investigations, declarations of clandestine activity, disqualifications and sanctions connected with the project.

Environmental sovereignty over the Argentine Sea

León Marino is a large-scale oil exploitation project intended to operate for more than thirty years. Its initial phases include 23 subsea wells, infrastructure installed on the seabed, a floating production and storage unit, and an extensive logistics and port base.

Rockhopper is a British company. Navitas Petroleum is Israeli and controls 65% of the project through a subsidiary incorporated in the United Kingdom. Rockhopper retains the remaining 35%.

The companies intend to proceed under permits granted by the British colonial administration that illegally occupies the Malvinas Islands. The exploitation would turn territorial occupation into the economic appropriation of Argentine natural resources and consolidate foreign oil infrastructure in the South Atlantic for decades.

The project threatens the Argentine Sea and South Atlantic Islands ecoregions. Drilling, underwater noise, the constant movement of vessels, the use of chemical substances, operational discharges and the risk of oil spills could affect feeding, breeding and migration areas used by whales, sea lions, elephant seals, penguins, albatrosses, petrels, fish, sharks, rays and other species.

Territorial sovereignty and comprehensive environmental protection form part of the same defence of our territory, ecosystems and identity. Exercising sovereignty in broad and comprehensive terms means deciding which activities may take place, enforcing Argentine laws and regulations throughout the entire national territory, assessing their consequences and protecting the commons from appropriation by foreign corporations.

The underlying legal action

The joint action brought by CECIM La Plata and the Argentine Association of Environmental Lawyers unites the defence of Argentina’s sovereign rights with the protection of the marine environment. The ruling recognises that the legal action is not limited to a technical or environmental dispute. At the heart of the case lies the defence of Argentine sovereignty over the Malvinas Islands and their maritime areas, together with the obligation to preserve the South Atlantic for present and future generations. At the same time, the global climate crisis makes it increasingly urgent to advance orderly and comprehensive global energy transition processes, including a debate on climate justice for affected territories.

For years, diplomatic declarations and public statements of opposition failed to prevent the companies from continuing their preparations for exploration and exploitation. This interim injunction constitutes concrete action: it orders the works to stop before drilling begins, requires information on the financial and corporate actors behind the project, and opens the possibility of further measures targeting the economic chain driving it forward.

The defence of Malvinas requires long-term public policies and coordinated action by all State institutions. The Federal Judiciary has taken a fundamental step. The ruling must now be effectively enforced to prevent Rockhopper and Navitas from consolidating a foreign oil exploitation project in Argentine maritime territory.

The project must be stopped before oil exploitation begins. Defending the Argentine Sea means exercising sovereignty.

Petroleo en Malvinas

Petróleo en Malvinas: la Justicia argentina ordenó frenar el proyecto petrolero en Mar Argentino ocupado

El Juzgado Federal de Río Grande hizo lugar a la medida cautelar presentada por la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y el CECIM La Plata. Ordenó a las empresas Rockhopper y Navitas abstenerse de iniciar o ejecutar las obras de explotación petrolera del proyecto llamado “León Marino”  y revelar la estructura técnica, societaria y financiera que sostiene el proyecto.

Tierra del Fuego / Buenos Aires, 16 de septiembre de 2026.

La Justicia Federal ordenó frenar el inicio y la ejecución material del proyecto petrolero León Marino, denominado Sea Lion por las empresas, que Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum pretenden desarrollar sobre la plataforma continental argentina, aproximadamente 220 kilómetros al norte de las Islas Malvinas. La resolución fue dictada por el Juzgado Federal de Río Grande en el marco de la acción preventiva de daño ambiental colectivo presentada por la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) y el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM).

La jueza federal Mariel Borruto hizo lugar a la medida cautelar y ordenó a las dos compañías extranjeras abstenerse de iniciar, continuar, ejecutar o hacer ejecutar los actos materiales necesarios para desarrollar la explotación petrolera. La prohibición comprende tanto las operaciones marítimas como las obras terrestres y portuarias destinadas a sostener el proyecto.

La decisión constituye un avance fundamental para la defensa de la soberanía argentina y la protección de los ecosistemas del Atlántico Sur. Frente a un proyecto impulsado con licencias otorgadas por el gobierno de ocupación británica, la Justicia afirmó la aplicación del derecho argentino y ordenó actuar antes de que comiencen las perforaciones y se produzcan daños que podrían resultar irreversibles.

La medida cautelar prohíbe a la empresa inglesa Rockhopper Exploration y la israelí Navitas Petroleum Development and Production Limited avanzar con:

  • La perforación del lecho y el subsuelo marino destinada al desarrollo o explotación de hidrocarburos.
  • La instalación permanente de infraestructura submarina para la extracción o producción de petróleo y gas.
  • La colocación de conductos, líneas de flujo, sistemas de inyección, comunicación y control, y estructuras de fondeo permanente.
  • La instalación o puesta en funcionamiento de unidades flotantes de producción, almacenamiento y descarga de hidrocarburos.
  • El inicio de la extracción o explotación comercial de petróleo y gas.
  • Las obras terrestres y portuarias destinadas a sostener esas operaciones.

La prohibición alcanza también la ampliación de instalaciones portuarias, la construcción o habilitación de bases logísticas, las plantas de preparación de lodos de perforación y cemento, los depósitos de productos químicos, la infraestructura habitacional y las instalaciones de apoyo aeronáutico vinculadas con León Marino.

La orden se extiende a las posibles ampliaciones del proyecto y a los pozos e instalaciones que se encuentren funcionalmente integrados al emprendimiento.

La abstención deberá mantenerse hasta que se realice ante la autoridad ambiental argentina el procedimiento de evaluación de impacto ambiental establecido por la Ley General del Ambiente y se adopte la decisión correspondiente, o hasta que el Juzgado disponga lo contrario.

El proyecto pretende instalarse sobre la plataforma continental argentina y en los espacios marítimos argentinos. Por ese motivo, la Justicia sostuvo que las condiciones de habilitación y protección ambiental se encuentran sometidas a la legislación argentina.

La decisión reconoce además que las normas ambientales y las leyes que regulan la exploración y explotación de hidrocarburos en la plataforma continental argentina son de aplicación obligatoria, con independencia de la nacionalidad de las empresas y de los permisos que invoquen haber obtenido de autoridades distintas de las argentinas.

Ordenan revelar el entramado oculto detrás del proyecto

Rockhopper y Navitas tendrán un plazo de diez días judiciales, contado desde que se perfeccione su respectiva notificación, para presentar información y documentación respaldatoria bajo declaración jurada.

La Justicia les ordenó informar:

  • El estado actual de ejecución de León Marino.
  • El cronograma actualizado de construcción, perforación, instalación y comienzo de la explotación.
  • La cantidad, ubicación y estado de los pozos proyectados.
  • Las unidades flotantes de producción, almacenamiento y descarga previstas.
  • Las unidades de perforación contratadas.
  • Los principales contratistas y subcontratistas vinculados con la perforación, la infraestructura submarina, la logística y la producción.
  • La estructura societaria utilizada para desarrollar el proyecto y la participación de cada empresa.
  • Los bancos, fondos de inversión y demás actores que hayan financiado específicamente el emprendimiento.
  • Los desembolsos ya realizados, comprometidos y pendientes.
  • Las aseguradoras y reaseguradoras relacionadas con las etapas de construcción, perforación y explotación.
  • Los estudios y evaluaciones ambientales realizados.
  • Los estudios de riesgo, las modelizaciones de derrames y los planes de prevención, contingencia y respuesta.
  • Las obras terrestres y portuarias ejecutadas o proyectadas.
  • Las ampliaciones y nuevos pozos previstos.

Esta información permitirá conocer la verdadera escala del proyecto y reconstruir la cadena de empresas, bancos, fondos, aseguradoras y contratistas que posibilitan su avance.

Preservación de documentos y seguimiento de la causa 

La resolución también obliga a las compañías a preservar íntegramente toda la documentación técnica, ambiental, societaria, contractual, financiera y asegurativa vinculada con León Marino. Las empresas deberán abstenerse de destruir, modificar, ocultar o disponer de esos documentos de una manera que impida su incorporación al expediente judicial.

El Juzgado difirió momentáneamente la decisión sobre la prohibición general de celebrar contratos de financiamiento, recibir desembolsos, realizar transferencias, constituir garantías o afectar activos. Antes de resolver esas restricciones, exigió identificar con precisión a los sujetos, las operaciones y los bienes involucrados.

Una vez incorporada esa información, la Justicia podrá disponer medidas específicas sobre las operaciones financieras directamente vinculadas con el proyecto. La cautelar podrá mantenerse, modificarse, ampliarse o levantarse de acuerdo con los nuevos elementos reunidos en la causa.

El Estado argentino deberá informar y exigir información

La Justicia también ordenó requerir información urgente a distintos organismos del Estado nacional.

La Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental deberá informar si existe algún procedimiento ambiental, aviso de proyecto, declaración de impacto ambiental o certificado de aptitud ambiental relacionado con León Marino. Si el trámite se inicia en el futuro, deberá comunicarlo al Juzgado.

La Secretaría de Energía deberá remitir los antecedentes administrativos de Rockhopper, Navitas y las demás sociedades vinculadas con el proyecto. También deberá informar sobre la vigencia y el alcance de las sanciones y actuaciones administrativas existentes.

La Cancillería argentina deberá precisar si alguna de las empresas, sus controlantes, contratistas o sociedades vinculadas recibió autorización del Estado argentino para realizar actividades hidrocarburíferas en las Islas Malvinas o en los espacios marítimos circundantes. Asimismo, deberá informar sobre investigaciones, declaraciones de clandestinidad, inhabilitaciones y sanciones relacionadas con el proyecto.

Soberanía ambiental sobre el Mar Argentino

León Marino proyecta una explotación petrolera de gran escala destinada a funcionar durante más de treinta años. Sus primeras etapas contemplan 23 pozos submarinos, infraestructura instalada sobre el lecho marino, una unidad flotante de producción y almacenamiento y una extensa base logística y portuaria.

Rockhopper es una compañía británica. Navitas Petroleum es israelí y controla el 65 % del proyecto mediante una subsidiaria constituida en el Reino Unido. Rockhopper conserva el 35 %.

Las empresas pretenden avanzar con permisos concedidos por la administración colonial británica que ocupa ilegítimamente las Islas Malvinas. La explotación convertiría esa ocupación territorial en apropiación económica de recursos naturales argentinos y consolidaría durante décadas una infraestructura petrolera extranjera en el Atlántico Sur.

El proyecto amenaza las ecorregiones Mar Argentino e Islas del Atlántico Sur. Las perforaciones, el ruido submarino, el movimiento permanente de embarcaciones, la utilización de sustancias químicas, las descargas operativas y el riesgo de derrames pueden afectar áreas de alimentación, reproducción y migración utilizadas por ballenas, lobos y elefantes marinos, pingüinos, albatros, petreles, peces, tiburones, rayas y otras especies.

La soberanía territorial y la protección ambiental integral forman parte de una misma defensa sobre nuestro territorio, ecosistemas e identidad. Ejercer soberanía en términos amplios e integrales implica decidir qué actividades se realizan, exigir el cumplimiento de las leyes y normas argentinas en todo el territorio nacional, evaluar sus consecuencias y proteger los bienes comunes frente a la apropiación de empresas extranjeras.

La acción legal de fondo

La acción conjunta del CECIM La Plata y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas une la defensa de los derechos soberanos argentinos con la protección del ambiente marino. La resolución reconoce que la presentación no se limita a una controversia técnica o ambiental. En el fondo de la causa se encuentra la defensa de la soberanía nacional sobre las Islas Malvinas y sus espacios marítimos, junto con la obligación de preservar el Atlántico Sur para las generaciones presentes y futuras. A su vez, el contexto de crisis climática global incrementa cada vez más la necesidad urgente urgente de avanzar en procesos ordenados y globales de transición energética integral, lo que incluye discutir la justicia climática para los territorios.

Durante años, las declaraciones diplomáticas y los rechazos públicos no impidieron que las empresas continuaran preparandose para la exploración y explotación. Esta medida cautelar constituye una intervención concreta: ordena frenar las obras antes de que comiencen las perforaciones, exige información sobre quiénes se encuentran, financiera y estructuralmente, detrás del proyecto y abre la posibilidad de adoptar nuevas medidas sobre la cadena económica que lo impulsa.

La defensa de Malvinas requiere políticas públicas permanentes y una actuación coordinada de todas las instituciones del Estado. La Justicia dio un paso fundamental. Ahora corresponde garantizar el cumplimiento efectivo de la resolución y evitar que Rockhopper y Navitas consoliden una explotación petrolera extranjera sobre territorio marítimo argentino.

Hay que detener el proyecto antes de que la explotación petrolera empiece. Defender el Mar Argentino es ejercer soberanía.

La Cámara Federal resolvió que el amparo contra el acuerdo YPF-Chubut debe ser tratado por la Justicia Federal

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia hizo lugar a nuestra apelación y revocó la decisión que había apartado a la Justicia Federal del caso. El expediente vuelve ahora al Juzgado Federal de Rawson, que deberá analizar la admisibilidad del amparo y el pedido de una medida cautelar urgente contra el acuerdo mediante el cual la Provincia del Chubut liberó a YPF de responsabilidades vinculadas con décadas de explotación petrolera.

Buenos Aires / Chubut, 15 de septiembre de 2026.

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia resolvió que corresponde a la Justicia Federal analizar el amparo ambiental colectivo presentado por Jorge Spíndola y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas contra el Estado Nacional, YPF S.A. y la Provincia del Chubut. La decisión revoca la resolución de primera instancia que había considerado que el conflicto debía tramitar ante la Justicia provincial y había dispuesto el archivo de las actuaciones.

La Cámara reconoció la existencia de una cuestión federal dentro del conflicto. La demanda involucra al Estado Nacional y reclama que se determine su responsabilidad por los daños derivados de la explotación petrolera anteriores al 31 de diciembre de 1990, además de discutir la validez del Acta Acuerdo firmada entre Chubut e YPF el 26 de junio de 2026, la ley provincial que la aprobó y los actos administrativos utilizados para sostenerla.

La resolución representa un avance procesal importante: establece qué Justicia debe intervenir y permite que el amparo continúe. La Cámara todavía no resolvió sobre la validez del acuerdo ni sobre la medida cautelar solicitada. Esas cuestiones deberán ser tratadas ahora por el Juzgado Federal de Rawson.

La acción presentada cuestiona un acuerdo que acompaña la salida de YPF de distintas áreas petroleras maduras de Chubut. A través de ese instrumento se aprobaron transferencias de concesiones, una contraprestación extraordinaria de USD 25 millones y la entrega de distintos bienes e inmuebles. Al mismo tiempo, la Provincia asumió contingencias futuras vinculadas con los daños acumulados en las áreas y otorgó a YPF una liberación de responsabilidad frente a futuros reclamos.

El problema de fondo es especialmente grave porque la dimensión completa del daño petrolero todavía debe ser determinada. Las propias disposiciones administrativas citadas en el acuerdo ordenaron continuar relevando pozos, instalaciones y situaciones ambientales que no habían sido identificadas en las auditorías iniciales. Una de ellas prevé incluso un relevamiento complementario que puede extenderse durante tres años. A pesar de ello, el acuerdo busca cerrar responsabilidades antes de contar con una evaluación completa de lo que debe ser reparado.

La demanda pide que se determine mediante pericias e información pública qué daños existen, cuál es el costo de su recomposición y qué responsabilidades corresponden al Estado Nacional, a YPF y a la Provincia. También solicita una cautelar para suspender los efectos del acuerdo mientras se discute su validez, preservar la documentación y evitar modificaciones que dificulten posteriormente determinar el estado de los pozos y de los territorios afectados.

La discusión sobre las tierras destinadas a las familias afectadas por el Cerro Hermitte vuelve todavía más importante determinar el estado de esos terrenos. El derecho a una vivienda adecuada exige una solución habitacional rápida, pero también suelos seguros, estudiados y saneados cuando corresponda.

En los últimos días, la discusión judicial comenzó a vincularse con las tierras de los ex Almacenes de YPF en Km. 3 que el Gobierno provincial proyecta destinar a familias afectadas por el desplazamiento del Cerro Hermitte. La situación de esas familias requiere una respuesta estatal urgente y definitiva. El acceso a una vivienda adecuada y la protección de la salud forman parte de una misma obligación pública. Las familias que deban ser relocalizadas necesitan viviendas con servicios, sobre terrenos cuya seguridad geológica y condición ambiental estén acreditadas antes de su ocupación.

Este criterio coincide incluso con lo señalado públicamente por funcionarios municipales: al tratarse de tierras vinculadas con la actividad hidrocarburífera, deben evaluarse previamente los posibles daños ambientales, y los lotes requieren los correspondientes estudios antes de ser entregados.

La discusión judicial obliga precisamente a esclarecer esas responsabilidades. Si un terreno requiere saneamiento por las consecuencias de la actividad petrolera, debe establecerse su condición, realizarse la reparación necesaria y determinarse quién debe pagarla. Transformar esos terrenos en una solución habitacional exige mayores garantías, porque allí vivirán familias que ya atraviesan las consecuencias de una emergencia territorial.

Comodoro Rivadavia lleva más de un siglo construyéndose sobre una explotación petrolera que dejó miles de pozos abandonados o inactivos, instalaciones antiguas, ductos y sectores cuya condición todavía debe ser relevada. La demanda identifica alrededor de 6.000 pozos dentro del ejido urbano y plantea la necesidad de conocer con precisión el estado de ese enorme legado antes de cerrar las responsabilidades de quienes explotaron esos territorios.

La decisión de la Cámara permite que esa discusión avance. Ahora corresponde que el Juzgado Federal de Rawson analice el amparo y la medida de protección solicitada. El objetivo es establecer responsabilidades y garantizar que los daños generados por décadas de extracción sean evaluados y reparados, también allí donde esos territorios serán destinados a nuevas viviendas


Earthworks anuncia hallazgos de investigaciones de contaminación en Argentina

A través de cámaras infrarrojas, revelan la contaminación oculta de la industria hidrocarburífera en Argentina

Buenos Aires, Argentina – En el Día Internacional del Aire Limpio, Earthworks publicó un informe sobre los daños asociados al petróleo y el gas en Argentina. 

Entre el 15 y el 21 de mayo de 2026, una delegación integrada por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) y la organización estadounidense Earthworks recorrió los principales sitios de extracción y procesamiento de hidrocarburos de Argentina: Bahía Blanca y áreas de la formación Vaca Muerta.  Este último relevamiento OGI dejó en claro que la devastación y la contaminación que ya afectan a Vaca Muerta se perciben con facilidad: en el olor, en lo que se ve, en lo que se siente y en lo que se oye.

El informe que contiene los resultados de esta relevamiento más reciente de la formación Vaca Muerta (en la provincia de Neuquén), Bahia Blanca (provincia de Buenos Aires) y Golfo San Matias (Rio Negro), donde se estan instalando la infraestructura para exportación de petróleo y GNL. El informe es un seguimiento a un relevamiento similar en 2023.

Esta vez pudimos observar las consecuencias de extraer cada vez más recursos de territorios que ya se encuentran en situación de vulnerabilidad: infraestructura antigua pero ampliada en Bahía Blanca y una nueva red de instalaciones de petróleo y gas articulada mediante un vasto entramado de ductos que atraviesa el país.

“La destrucción y devastación que todo esto implica es tangible, y las comunidades impactadas continúan denunciando y demandando que esto cambie,” dice Patricia Rodriguez, especialista en imágenes ópticas de gases de Earthworks. “Grupos locales están preocupados por la afectación al sustento de los residentes locales y al impacto socioambiental del avance de estos proyectos. Por ejemplo, en el Golfo San Matías, el GNL va a afectar a especies protegidas, como la ballena franca austral, las orcas, el pingüino de Magallanes.”

Una de las imágenes más contundentes de contaminación atmosférica captadas durante el relevamiento de campo corresponde a la instalación de recolección y separación El Chañar, operada por Pan American Energy en el bloque de esquisto Lindero Atravesado Occidental. La empresa es actualmente la segunda mayor productora de petróleo de Vaca Muerta. En nuestro relevamiento, el tanque de almacenamiento genera una contaminación significativa que incluso fue captada en imágenes satelitales de emisiones de metano en octubre de 2025.

Lo que también llama la atención es que entre los sitios de emisiones de metano más grandes, se registran tres empresas que operan en Bahía Blanca (TGS, Mega y Pampa Energía) que han sido aprobadas o están en proceso de evaluación para recibir privilegios fiscales desde el gobierno nacional a través del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones por 30 años.

Las imágenes de emisiones de metano y compuestos orgánicos volátiles fueron captadas mediante una cámara termográfica —tecnología aprobada por la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA)— capaz de hacer visible lo que el ojo humano no detecta: gases tóxicos que escapan de pozos, plantas de procesamiento y gasoductos.

Earthworks es una organización con amplia trayectoria en la detección de pérdidas no declaradas de la industria petrolera, con cobertura en medios como el Wall Street Journal y el New York Times. En 2023 realizó una tercera visita a Argentina, donde relevó 36 sitios y concluyó que las políticas de expansión del sector hidrocarburífero aumentan el riesgo de efectos negativos sobre la salud de las comunidades y profundizan la crisis climática.

Este relevamiento impulsado por Earthworks aporta documentación visual y técnica a un debate que Argentina no puede seguir postergando: el de los costos reales, en salud y en clima, de la expansión hidrocarburífera.

Patricia Rodriguez explica la importancia de este trabajo, “La esperanza de las ciudades y localidades rurales y costeras está en las propias comunidades y pueblos originarios, que están convirtiendo estas pruebas y sus propias historias en una herramienta para exigir una participación plena en las decisiones que afectan sus vidas y sus territorios.  La verdad importa.”

Para más información:

petróleo en Malvinas

Soberanía ambiental: El petróleo de Malvinas como nueva forma del viejo despojo

Por Enrique Viale y Ernesto Alonso, septiembre 6, 2026

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) y el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) presentamos una acción preventiva de daño ambiental colectivo contra Rockhopper Exploration, británica, y Navitas Petroleum Development, israelí.

La demanda (disponible aquí) busca frenar el proyecto de petróleo y gas Sea Lion, denominado León Marino en la presentación judicial. Las empresas avanzan en la Cuenca Malvinas Norte sin la evaluación de impacto ambiental exigida por la legislación argentina ni autorización de las autoridades nacionales. El escrito incorpora, además, una dimensión decisiva: el proyecto introduce una modificación unilateral sobre un territorio ocupado ilegítimamente, en clara vulneración a la Resolución 31/49 de las Naciones Unidas.

La acción fue presentada ante el Juzgado Federal de Río Grande, con competencia sobre Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Reclamamos la suspensión inmediata de las obras y de las operaciones financieras destinadas al proyecto.

AAdeAA y el CECIM llegan desde recorridos que hoy se enlazan. AAdeAA sostiene una defensa jurídica de los ecosistemas, los bienes comunes y el acceso a la información ambiental. El CECIM, nacido en 1982 e integrado por ex soldados conscriptos, construyó durante más de cuatro décadas una política de derechos humanos para pensar Malvinas: Memoria, Verdad, Justicia, Soberanía y Paz. Dos trayectorias. Una defensa. La demanda la llama tutela ambiental soberana.

Dónde se encuentra el proyecto de petróleo en Malvinas

León Marino se encuentra sobre la plataforma continental argentina, aproximadamente 220 kilómetros al norte de las Islas Malvinas, en los bloques identificados por las empresas como PL032 y PL004b.

Mapa del proyecto, a 220 kilómetros al norte de las Islas Malvinas.

La infraestructura se distribuye entre la Cuenca Malvinas Norte y las islas. El centro logístico se ubicaría en Puerto Argentino, con ampliaciones portuarias, depósitos, viviendas y plantas para combustibles, químicos y lodos de perforación.

Las dos primeras fases contemplan 23 pozos submarinos: 16 productores, seis de inyección de agua y uno de gas. Incluyen cañerías, equipos sobre el lecho marino y una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga.

Navitas informa que la primera etapa comprende 11 pozos y la segunda, otros 12. Proyecta producir desde 2028 durante más de 30 años. La propia empresa ubica el yacimiento a 220 kilómetros al norte de las islas.

Durante 2026 comenzaron las obras sobre el muelle y la base terrestre. Las empresas también avanzaron en la fabricación de equipos y en la adaptación de la unidad flotante que operaría en el yacimiento. La perforación está prevista para comienzos de 2027. La primera extracción, para el primer semestre de 2028. Rockhopper informó públicamente el inicio de estos trabajos.

En enero de 2026, AAdeAA presentó pedidos de acceso a la información pública ante la Jefatura de Gabinete de Ministros y el Ministerio de Economía. Las respuestas oficiales confirmaron un dato central: Rockhopper y Navitas no realizaron las presentaciones obligatorias para explorar o explotar hidrocarburos. Tampoco iniciaron un procedimiento de evaluación de impacto ambiental ante el Estado argentino.

La evaluación previa permite conocer riesgos, exigir estudios independientes, analizar alternativas y garantizar la participación ciudadana. Nada de eso ocurrió ante las autoridades argentinas. Las licencias de la administración colonial británica no reemplazan nuestras leyes ni permiten disponer legítimamente de los bienes naturales de la plataforma continental argentina.

Rockhopper fue declarada clandestina en 2012 e inhabilitada para operar en la Argentina durante 20 años. Navitas recibió sanciones equivalentes en 2022. En diciembre de 2025, la Cancillería rechazó la inversión anunciada por ambas compañías: carece de autorización y contradice las resoluciones de las Naciones Unidas sobre la disputa. El comunicado oficial reafirma las sanciones y la posición argentina.

La soberanía como bien jurídico colectivo

La Primera Disposición Transitoria de la Constitución Nacional ratifica la soberanía legítima e imprescriptible sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y sus espacios marítimos e insulares. Los reconoce como parte integrante del territorio nacional. Coloca su recuperación y el ejercicio pleno de la soberanía como objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.

Cada palabra tiene peso jurídico. La Constitución ratifica un título, integra esos espacios al territorio y pone el mandato en cabeza del pueblo. El texto constitucional obliga a todos los poderes del Estado.

La Justicia Federal ya reconoció, en la acción del CECIM en defensa de la Ley de Tierras, que la soberanía nacional es un bien colectivo e indivisible. No existe soberanía en cuotas. Una lesión parcial daña el bien entero. El estatuto del CECIM manda proteger los derechos soberanos en el Atlántico Sur, defender los derechos humanos y honrar la memoria de quienes cayeron.

La soberanía excede el mapa y la efeméride. Comprende el derecho del pueblo a decidir, el de las familias a que el lugar donde yacen sus muertos no sea contaminado y el de las generaciones futuras a recibir un patrimonio vivo. Cada pozo hunde una pretensión de permanencia colonial.

Sobre un mismo espacio se superponen dos bienes colectivos: ambiente y soberanía. El daño nace de un proyecto hidrocarburífero de enorme escala, ejecutado sin evaluación ni autorización argentinas. La herida es doble. Afecta los ecosistemas. Afecta el derecho del pueblo a decidir y preservar lo propio.

Los ecosistemas del Mar Argentino que están amenazados

El proyecto afecta directamente dos ecorregiones reconocidas por la Argentina: Mar Argentino e Islas del Atlántico Sur. Su área de influencia mantiene, además, una conexión ecológica con la Antártida.

La ecorregión Mar Argentino comprende las aguas de la plataforma continental y sostiene una enorme productividad biológica. Allí viven, se reproducen o se alimentan alrededor de 300 especies de peces, además de ballenas francas australes, lobos y elefantes marinos, pingüinos de Magallanes, albatros, petreles, cormoranes, orcas, delfines, tiburones y rayas.

Las obras implican perforaciones, movimientos del lecho, embarcaciones, ruido submarino, químicos y riesgo de derrames. Las corrientes pueden extender sus efectos sobre áreas de alimentación, reproducción y migración entre el Mar Argentino, las Islas del Atlántico Sur y la Antártida.

Las instalaciones de Puerto Argentino agregan impactos terrestres y costeros: ampliación portuaria, almacenamiento de combustibles y químicos, generación de residuos, aumento del tránsito y construcción de infraestructura industrial. El mar y la costa integran un solo sistema extractivo. Así deben ser evaluados.

Qué le pedimos a la Justicia

La medida cautelar solicita suspender las obras, perforaciones y movimientos del lecho marino. También impedir nuevos contratos, desembolsos, transferencias o garantías destinados al proyecto. Busca detener el riesgo ambiental y soberano antes del daño. Y la modificación unilateral antes del hecho consumado.

Pedimos informar la causa a los organismos de control financiero y a los mercados donde operan las empresas. Que las compañías identifiquen bancos, fondos, aseguradoras y demás actores que sostienen la explotación. El dinero deja huellas. Quienes financian una actividad ilegal no pueden permanecer detrás de la niebla corporativa.

Solicitamos que las licencias de la administración colonial británica sean declaradas inoponibles a la República Argentina. Una autorización colonial no convierte el despojo en derecho ni sustituye la evaluación, la participación ciudadana y los permisos exigidos por el orden público ambiental argentino.

Esta presentación continúa la trayectoria de AAdeAA frente a la frontera petrolera. En 2022, junto con organizaciones y asambleas, promovió una acción contra la exploración offshore frente a Mar del Plata. La causa obtuvo una medida cautelar y abrió un precedente sobre impactos acumulativos. Hoy esa experiencia converge con la trayectoria soberana y de derechos humanos del CECIM.

La Resolución 2065 reconoció la disputa de soberanía y abrió el camino de la negociación. En 1976, la Resolución 31/49 de la Asamblea General de las Naciones Unidas instó a la Argentina y al Reino Unido a abstenerse de adoptar decisiones que introduzcan modificaciones unilaterales mientras la controversia permanezca abierta. León Marino vulnera ese mandato. Infraestructura. Capital. Treinta años de extracción proyectados sobre un territorio disputado. Cada pozo busca perforar también el derecho. El petróleo aparece como una nueva forma del viejo despojo.

Frente al comienzo de las obras, la intervención debe ser inmediata. La prevención trabaja antes de la cicatriz. Después de un derrame, el daño resulta en gran parte irreversible. Después de décadas, el hecho consumado intenta volverse paisaje.

Defender Malvinas exige paz. Exige derecho. Exige cuidar. Memoria, Verdad, Justicia, Soberanía y Paz forman una misma trama. El mar es territorio. El ambiente es patrimonio. La soberanía es del pueblo.

* Enrique Viale es presidente de la Asociación Argentina de Abogadas/os Ambientalistas.
** Ernesto Alonso es presidente del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas
Sobre las empresas sancionadas en la Argentina:
Rockhopper Exploration es una petrolera británica, constituida en Inglaterra y Gales, con sede en Salisbury y cotización en el mercado AIM de la Bolsa de Londres. En la Argentina fue declarada clandestina en 2012 por desarrollar actividades hidrocarburíferas en la plataforma continental sin autorización nacional. En 2013, la Secretaría de Energía la inhabilitó durante 20 años. Pese a esas sanciones, conserva el 35 % del proyecto León Marino. Información corporativa de RockhopperResolución de inhabilitación.
Navitas Petroleum es una petrolera israelí, con sede en Israel y cotización en la Bolsa de Tel Aviv. Controla el 65% del proyecto mediante Navitas Petroleum Development and Production Limited, una subsidiaria constituida en el Reino Unido. El Estado argentino le advirtió formalmente que debía abstenerse de financiar y participar en actividades petroleras no autorizadas alrededor de Malvinas. La empresa continuó: en 2022 fue declarada clandestina e inhabilitada durante 20 años. Información oficial sobre la sanción.

2° Informe de Regresiones Ambientales bajo el Gobierno de Javier Milei, Julio 2025 – Agosto 2026

El segundo Informe de Regresiones Socioambientales 2026 analiza las políticas implementadas entre julio de 2025 y julio de 2026. El RIGI, la reforma de la Ley de Glaciares, la expansión minera y petrolera, el debilitamiento de organismos públicos, el avance sobre los ríos y los bosques y la criminalización de las resistencias territoriales forman parte de un mismo proceso de desregulación, concentración económica y pérdida de soberanía que la extrema derecha impulsa en la región.

La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas-Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial presenta el Informe de Regresiones Socioambientales 2026, un relevamiento integral de las políticas, normas y decisiones estatales que redujeron la protección del agua, los territorios, los ecosistemas y los derechos colectivos entre julio de 2025 y julio de 2026.

El documento demuestra que las medidas adoptadas durante el último año no constituyen errores aislados ni simples consecuencias del ajuste. Forman parte de un programa político que debilita los controles públicos, amplía los privilegios de las grandes corporaciones y busca convertir a la Argentina en un territorio disponible para la extracción y exportación de minerales, hidrocarburos, energía y datos.

Por regresión socioambiental entendemos el deterioro de normas, instituciones, presupuestos y mecanismos de participación que ya existían para proteger los bienes comunes y los derechos de la población. No se trata solamente de dejar de avanzar: es retroceder sobre derechos y capacidades públicas construidas durante décadas.

El informe analiza el impacto de la Ley Bases y del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones —RIGI—, el proyecto de Súper RIGI, el silencio administrativo positivo y el negacionismo climático convertido en política de Estado. También aborda la modificación regresiva de la Ley de Glaciares, la expansión de la minería de cobre, litio, uranio y tierras raras, la expansión de la frontera fósil, los desmontes, los incendios, la privatización de ríos y represas, la extranjerización de tierras y el avance de los centros de datos sobre el agua y la energía.

La enorme regresión en la desprotección del río Paraná, sus ecosistemas asociados y comunidades en razón del proceso de concesión de la vía navegable troncal, con una brutal negación de aplicación y cumplimiento del federalismo de concertación y las herramientas de la Democracia Ambiental, especialmente de participación social, desarrolladas previamente a las decisiones adoptadas, las que se desplegaron en el marco de una concentración de poder absoluto por parte del Estado Nacional.

Desde la puesta en marcha del RIGI se aprobaron 16 proyectos. El 90% corresponde a minería, hidrocarburos o infraestructura asociada a actividades extractivas. El régimen otorga beneficios fiscales, aduaneros, cambiarios y regulatorios durante treinta años y habilita que los conflictos entre las empresas y el Estado argentino sean resueltos en tribunales internacionales.

La reforma de la Ley de Glaciares constituye una de las regresiones más graves del período. La nueva norma reemplazó un piso científico común de protección por decisiones provinciales discrecionales, debilitando el resguardo de glaciares y ambiente periglacial. Se trata de territorios que alimentan el 40% de las cuencas hídricas nacionales y garantizan agua para más de siete millones de personas.

El informe también expone las consecuencias concretas del desfinanciamiento estatal. Entre octubre de 2025 y marzo de 2026 se quemaron más de 60.800 hectáreas en Chubut, mientras que el presupuesto nacional destinado al Servicio Nacional de Manejo del Fuego se redujo un 53,6% respecto de 2025. Los brigadistas enfrentaron incendios de gran magnitud con indumentaria cuya última adquisición correspondía a 2021 y 2022.

El vaciamiento del Servicio Meteorológico Nacional es otro de los casos centrales. Su presupuesto real ejecutado cayó un 43%, la planta perdió alrededor de 170 trabajadores y en abril de 2026 se formalizaron al menos 123 nuevos despidos. Varias estaciones dejaron de realizar observaciones nocturnas o redujeron sus turnos, generando puntos ciegos en el monitoreo del territorio en un contexto de incendios, sequías, inundaciones y tormentas cada vez más intensas.

“El Estado no desaparece: abandona sus funciones de cuidado y control, pero conserva y fortalece su capacidad para garantizar los negocios de los sectores concentrados. La desregulación no produce libertad para la población. Produce territorios más disponibles para las corporaciones y comunidades más expuestas frente al daño”, señaló Maristella Svampa, una de las autoras del informe.

El documento revela que esta transformación también requiere una degradación democrática. El protocolo antiprotesta, la llamada unidad de seguridad productiva, la ampliación de las facultades de vigilancia, la criminalización de pueblos originarios y comunidades y el proyecto de regulación del lobby restringen la participación social y buscan disciplinar a quienes cuestionan el avance extractivo.

A la vez, el informe demuestra que las nuevas infraestructuras digitales no son ajenas a esta disputa. Los centros de datos para inteligencia artificial requieren grandes cantidades de energía, agua y territorio. Sin información pública, evaluación por cuencas ni mecanismos efectivos de participación, el RIGI y el Súper RIGI pueden garantizar condiciones excepcionales para las grandes plataformas tecnológicas y trasladar sus costos a las poblaciones y a las redes públicas.

El proceso analizado excede las políticas tradicionalmente consideradas “ambientales”. Afecta la organización del Estado, la estructura productiva, el federalismo, el acceso a la Justicia y la capacidad del país para decidir sobre sus bienes estratégicos. Las regresiones sobre el agua, la ciencia pública, los bosques, los ríos, la energía y la tierra forman parte de una misma reorganización política y económica.

La regresión socioambiental no es inevitable. Es el resultado de decisiones políticas concretas y puede ser enfrentada mediante otras decisiones: más democracia, más control público, mayor protección del agua y una política que coloque la vida y los derechos colectivos por encima de la rentabilidad de las grandes corporaciones.

El informe será presentado el próximo 9 de septiembre a las 18hs en el CeDInCI – Rodriguez Peña 356, CABA, con la participación de Andrés Napoli (FARN), Claudia Aboaf (Mirá Socioambiental, Maristella Svampa (AAdeAA-CAJE) y Enrique Viale (AAdeAA-CAJE)

petróleo en Malvinas

Oil in the Malvinas islands: Lawsuit to halt the British-Israeli project and protect argentinean islands and maritime territory from oil exploitation.

The project aims to install a large-scale oil extraction operation on the Argentine continental shelf, 220 kilometers from the Malvinas Islands. We request that the Federal Judiciary suspend the works and their financing. The Argentine Sea is at risk. So too is sovereignty.

From the Argentine Association of Environmental Lawyers (AAdeAA) and the Malvinas Islands La Plata Ex-Combatants Center (CECIM), we are filing a preventive action against collective environmental damage against Rockhopper Exploration, a British company, and Navitas Petroleum Development, an Israeli company.

The lawsuit seeks to halt the Sea Lion oil and gas project, referred to as “León Marino” in the legal filing. The companies are advancing in the North Malvinas Basin without the environmental impact assessment required by Argentine legislation or authorization from national authorities. The filing also incorporates a decisive dimension: the project introduces a unilateral modification over a territory, which clearly violates United Nations Resolution 31/49.

The action was filed before the Federal Court of Río Grande, which has jurisdiction over Tierra del Fuego, Antarctica, and the South Atlantic Islands. We demand the immediate suspension of the works and of the financial operations destined for the project.

AAdeAA and CECIM come from different paths that now converge. AAdeAA champions the legal defense of ecosystems, common goods, and access to environmental information. CECIM, born in 1982 and made up of former conscript soldiers, has built over more than four decades a human rights policy for thinking about the Malvinas: Memory, Truth, Justice, Sovereignty, and Peace. Two trajectories. One defense. The lawsuit calls it sovereign environmental protection.

Where the oil project in the Malvinas is located

León Marino is located on the Argentine continental shelf, approximately 220 kilometers north of the Malvinas Islands, in the blocks identified by the companies as PL032 and PL004b.

Map of the project, 220 kilometers north of the Malvinas Islands.

The infrastructure is distributed between the North Malvinas Basin and the islands. The logistics center would be located in Puerto Argentino, with port expansions, warehouses, housing, and plants for fuels, chemicals, and drilling muds.

The first two phases contemplate 23 subsea wells: 16 producers, six water injectors, and one gas well. They include pipelines, seabed equipment, and a floating production, storage, and offloading unit.

Navitas reports that the first stage comprises 11 wells and the second, another 12. It projects production from 2028 for over 30 years. The company itself locates the field 220 kilometers north of the islands.

During 2026, work began on the dock and onshore base. The companies also advanced in the manufacturing of equipment and the adaptation of the floating unit that would operate in the field. Drilling is scheduled for early 2027. First extraction, for the first half of 2028. Rockhopper publicly reported the start of these works.

In January 2026, AAdeAA submitted requests for public information access to the Chief of the Cabinet of Ministers and the Ministry of Economy. The official responses confirmed a central fact: Rockhopper and Navitas did not make the mandatory submissions to explore or exploit hydrocarbons. Nor did they initiate an environmental impact assessment procedure before the Argentine State.

Prior assessment allows for understanding risks, demanding independent studies, analyzing alternatives, and guaranteeing citizen participation. None of that occurred before Argentine authorities. Licenses from the British colonial administration do not replace our laws nor allow lawful disposal of the natural assets of the Argentine continental shelf.

Rockhopper was declared clandestine in 2012 and disqualified from operating in Argentina for 20 years. Navitas received equivalent sanctions in 2022. In December 2025, the Ministry of Foreign Affairs rejected the investment announced by both companies: it lacks authorization and contradicts United Nations resolutions on the dispute. The official communiqué reaffirms the sanctions and the Argentine position.

Sovereignty as a collective legal asset

The First Transitional Provision of the National Constitution ratifies the legitimate and imprescriptible sovereignty over the Malvinas, South Georgia, and South Sandwich Islands and their maritime and insular spaces. It recognizes them as an integral part of the national territory. It places their recovery and the full exercise of sovereignty as a permanent and unrenounceable objective of the Argentine people.

Each word carries legal weight. The Constitution ratifies a title, integrates those spaces into the territory, and places the mandate upon the people. The constitutional text obliges all powers of the State.

The Federal Judiciary has already recognized, in CECIM’s action in defense of the Land Law, that national sovereignty is a collective and indivisible asset. There is no sovereignty in quotas. A partial injury damages the whole. CECIM’s bylaws mandate protecting sovereign rights in the South Atlantic, defending human rights, and honoring the memory of those who fell.

Sovereignty exceeds the map and the commemoration. It encompasses the people’s right to decide, the right of families that the place where their dead lie not be contaminated, and the right of future generations to receive a living heritage. Each well sinks a claim of colonial permanence.

On the same space, two collective assets overlap: environment and sovereignty. The harm arises from a large-scale hydrocarbon project, executed without Argentine assessment or authorization. The wound is double. It affects ecosystems. It affects the people’s right to decide and preserve what is their own.

The ecosystems of the Argentine Sea that are threatened

The project directly affects two ecoregions recognized by Argentina: the Argentine Sea and the South Atlantic Islands. Its area of influence also maintains an ecological connection with Antarctica.

The Argentine Sea ecoregion comprises the waters of the continental shelf and supports enormous biological productivity. There live, reproduce, or feed around 300 species of fish, as well as southern right whales, sea lions and elephant seals, Magellanic penguins, albatrosses, petrels, cormorants, orcas, dolphins, sharks, and rays.

The works entail drilling, seabed movement, vessels, underwater noise, chemicals, and risk of spills. Currents can extend their effects over feeding, breeding, and migration areas between the Argentine Sea, the South Atlantic Islands, and Antarctica.

The facilities in Puerto Argentino add terrestrial and coastal impacts: port expansion, storage of fuels and chemicals, waste generation, increased traffic, and construction of industrial infrastructure. The sea and the coast form a single extractive system. They must be assessed as such.

What we are asking of the Judiciary

The precautionary measure requests suspending the works, drilling, and seabed movements. Also preventing new contracts, disbursements, transfers, or guarantees destined for the project. It seeks to halt the environmental and sovereign risk before the damage occurs. And the unilateral modification before the fait accompli.

We request that the case be notified to financial oversight bodies and the markets where the companies operate. That the companies identify banks, funds, insurers, and other actors supporting the exploitation. Money leaves traces. Those who finance an illegal activity cannot remain behind the corporate fog.

We request that licenses from the British colonial administration be declared unenforceable against the Argentine Republic. A colonial authorization does not turn dispossession into a right nor substitute the assessment, citizen participation, and permits required by Argentine environmental public order.

This filing continues AAdeAA’s trajectory against the oil frontier. In 2022, together with organizations and assemblies, it promoted an action against offshore exploration off Mar del Plata. The case obtained a precautionary measure and set a precedent on cumulative impacts. Today that experience converges with CECIM’s sovereign and human rights trajectory.

Resolution 2065 recognized the sovereignty dispute and opened the path to negotiation. In 1976, UN General Assembly Resolution 31/49 urged Argentina and the United Kingdom to refrain from adopting decisions that introduce unilateral modifications while the controversy remains open. León Marino violates that mandate. Infrastructure. Capital. Thirty years of extraction projected over a disputed territory. Each well seeks to also drill through the law. Oil appears as a new form of the old dispossession.

Faced with the start of works, intervention must be immediate. Prevention works before the scar. After a spill, the damage is largely irreversible. After decades, the fait accompli tries to become part of the landscape.

Defending the Malvinas requires peace. Requires law. Requires care. Memory, Truth, Justice, Sovereignty, and Peace form a single fabric. The sea is territory. The environment is heritage. Sovereignty belongs to the people.

Press contacts

Argentine Association of Environmental Lawyers (AAdeAA): Enrique Viale, +54 9 11 5120-7518.

About the companies: sanctioned in Argentina

Rockhopper Exploration is a British oil company, incorporated in England and Wales, headquartered in Salisbury, and listed on the AIM market of the London Stock Exchange. In Argentina, it was declared clandestine in 2012 for developing hydrocarbon activities on the continental shelf without national authorization. In 2013, the Secretariat of Energy disqualified it for 20 years. Despite those sanctions, it retains 35% of the León Marino project. Rockhopper corporate information. Disqualification resolution.

Navitas Petroleum is an Israeli oil company, headquartered in Israel and listed on the Tel Aviv Stock Exchange. It controls 65% of the project through Navitas Petroleum Development and Production Limited, a subsidiary incorporated in the United Kingdom. The Argentine State formally warned it to refrain from financing and participating in unauthorized oil activities around the Malvinas. The company continued: in 2022 it was declared clandestine and disqualified for 20 years. Official information on the sanction.

petróleo en Malvinas

Petróleo en Malvinas: presentamos una acción judicial para frenar el proyecto británico-israelí y proteger nuestras islas y territorio marítimo de la explotación petrolera

El proyecto pretende instalar una explotación petrolera de gran escala sobre la plataforma continental argentina, a 220 kilómetros de las Islas Malvinas. Solicitamos que la Justicia Federal suspenda las obras y su financiamiento. Está en riesgo el Mar Argentino. También la soberanía.

Tierra del Fuego / Buenos Aires, 2 de septiembre de 2026

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) y el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) presentamos una acción preventiva de daño ambiental colectivo contra Rockhopper Exploration, británica, y Navitas Petroleum Development, israelí.

La demanda busca frenar el proyecto de petróleo y gas Sea Lion, denominado León Marino en la presentación judicial. Las empresas avanzan en la Cuenca Malvinas Norte sin la evaluación de impacto ambiental exigida por la legislación argentina ni autorización de las autoridades nacionales. El escrito incorpora, además, una dimensión decisiva: el proyecto introduce una modificación unilateral sobre un territorio ocupado ilegítimamente, en clara vulneración a la Resolución 31/49 de las Naciones Unidas.

La acción fue presentada ante el Juzgado Federal de Río Grande, con competencia sobre Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Reclamamos la suspensión inmediata de las obras y de las operaciones financieras destinadas al proyecto.

AAdeAA y el CECIM llegan desde recorridos que hoy se enlazan. AAdeAA sostiene una defensa jurídica de los ecosistemas, los bienes comunes y el acceso a la información ambiental. El CECIM, nacido en 1982 e integrado por ex soldados conscriptos, construyó durante más de cuatro décadas una política de derechos humanos para pensar Malvinas: Memoria, Verdad, Justicia, Soberanía y Paz. Dos trayectorias. Una defensa. La demanda la llama tutela ambiental soberana.

Dónde se encuentra el proyecto de petróleo en Malvinas

León Marino se encuentra sobre la plataforma continental argentina, aproximadamente 220 kilómetros al norte de las Islas Malvinas, en los bloques identificados por las empresas como PL032 y PL004b.

Mapa del proyecto, a 220 kilómetros al norte de las Islas Malvinas.

La infraestructura se distribuye entre la Cuenca Malvinas Norte y las islas. El centro logístico se ubicaría en Puerto Argentino, con ampliaciones portuarias, depósitos, viviendas y plantas para combustibles, químicos y lodos de perforación.

Las dos primeras fases contemplan 23 pozos submarinos: 16 productores, seis de inyección de agua y uno de gas. Incluyen cañerías, equipos sobre el lecho marino y una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga.

Navitas informa que la primera etapa comprende 11 pozos y la segunda, otros 12. Proyecta producir desde 2028 durante más de 30 años. La propia empresa ubica el yacimiento a 220 kilómetros al norte de las islas.

Durante 2026 comenzaron las obras sobre el muelle y la base terrestre. Las empresas también avanzaron en la fabricación de equipos y en la adaptación de la unidad flotante que operaría en el yacimiento. La perforación está prevista para comienzos de 2027. La primera extracción, para el primer semestre de 2028. Rockhopper informó públicamente el inicio de estos trabajos.

En enero de 2026, AAdeAA presentó pedidos de acceso a la información pública ante la Jefatura de Gabinete de Ministros y el Ministerio de Economía. Las respuestas oficiales confirmaron un dato central: Rockhopper y Navitas no realizaron las presentaciones obligatorias para explorar o explotar hidrocarburos. Tampoco iniciaron un procedimiento de evaluación de impacto ambiental ante el Estado argentino.

La evaluación previa permite conocer riesgos, exigir estudios independientes, analizar alternativas y garantizar la participación ciudadana. Nada de eso ocurrió ante las autoridades argentinas. Las licencias de la administración colonial británica no reemplazan nuestras leyes ni permiten disponer legítimamente de los bienes naturales de la plataforma continental argentina.

Rockhopper fue declarada clandestina en 2012 e inhabilitada para operar en Argentina durante 20 años. Navitas recibió sanciones equivalentes en 2022. En diciembre de 2025, la Cancillería rechazó la inversión anunciada por ambas compañías: carece de autorización y contradice las resoluciones de las Naciones Unidas sobre la disputa. El comunicado oficial reafirma las sanciones y la posición argentina.

La soberanía como bien jurídico colectivo

La Primera Disposición Transitoria de la Constitución Nacional ratifica la soberanía legítima e imprescriptible sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y sus espacios marítimos e insulares. Los reconoce como parte integrante del territorio nacional. Coloca su recuperación y el ejercicio pleno de la soberanía como objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.

Cada palabra tiene peso jurídico. La Constitución ratifica un título, integra esos espacios al territorio y pone el mandato en cabeza del pueblo. El texto constitucional obliga a todos los poderes del Estado.

La Justicia Federal ya reconoció, en la acción del CECIM en defensa de la Ley de Tierras, que la soberanía nacional es un bien colectivo e indivisible. No existe soberanía en cuotas. Una lesión parcial daña el bien entero. El estatuto del CECIM manda proteger los derechos soberanos en el Atlántico Sur, defender los derechos humanos y honrar la memoria de quienes cayeron.

La soberanía excede el mapa y la efeméride. Comprende el derecho del pueblo a decidir, el de las familias a que el lugar donde yacen sus muertos no sea contaminado y el de las generaciones futuras a recibir un patrimonio vivo. Cada pozo hunde una pretensión de permanencia colonial.

Sobre un mismo espacio se superponen dos bienes colectivos: ambiente y soberanía. El daño nace de un proyecto hidrocarburífero de enorme escala, ejecutado sin evaluación ni autorización argentinas. La herida es doble. Afecta los ecosistemas. Afecta el derecho del pueblo a decidir y preservar lo propio.

Los ecosistemas del Mar Argentino que están amenazados

El proyecto afecta directamente dos ecorregiones reconocidas por Argentina: Mar Argentino e Islas del Atlántico Sur. Su área de influencia mantiene, además, una conexión ecológica con la Antártida.

La ecorregión Mar Argentino comprende las aguas de la plataforma continental y sostiene una enorme productividad biológica. Allí viven, se reproducen o se alimentan alrededor de 300 especies de peces, además de ballenas francas australes, lobos y elefantes marinos, pingüinos de Magallanes, albatros, petreles, cormoranes, orcas, delfines, tiburones y rayas.

Las obras implican perforaciones, movimientos del lecho, embarcaciones, ruido submarino, químicos y riesgo de derrames. Las corrientes pueden extender sus efectos sobre áreas de alimentación, reproducción y migración entre el Mar Argentino, las Islas del Atlántico Sur y la Antártida.

Las instalaciones de Puerto Argentino agregan impactos terrestres y costeros: ampliación portuaria, almacenamiento de combustibles y químicos, generación de residuos, aumento del tránsito y construcción de infraestructura industrial. El mar y la costa integran un solo sistema extractivo. Así deben ser evaluados.

Qué le pedimos a la Justicia

La medida cautelar solicita suspender las obras, perforaciones y movimientos del lecho marino. También impedir nuevos contratos, desembolsos, transferencias o garantías destinados al proyecto. Busca detener el riesgo ambiental y soberano antes del daño. Y la modificación unilateral antes del hecho consumado.

Pedimos informar la causa a los organismos de control financiero y a los mercados donde operan las empresas. Que las compañías identifiquen bancos, fondos, aseguradoras y demás actores que sostienen la explotación. El dinero deja huellas. Quienes financian una actividad ilegal no pueden permanecer detrás de la niebla corporativa.

Solicitamos que las licencias de la administración colonial británica sean declaradas inoponibles a la República Argentina. Una autorización colonial no convierte el despojo en derecho ni sustituye la evaluación, la participación ciudadana y los permisos exigidos por el orden público ambiental argentino.

Esta presentación continúa la trayectoria de AAdeAA frente a la frontera petrolera. En 2022, junto con organizaciones y asambleas, promovió una acción contra la exploración offshore frente a Mar del Plata. La causa obtuvo una medida cautelar y abrió un precedente sobre impactos acumulativos. Hoy esa experiencia converge con la trayectoria soberana y de derechos humanos del CECIM.

La Resolución 2065 reconoció la disputa de soberanía y abrió el camino de la negociación. En 1976, la Resolución 31/49 de la Asamblea General de las Naciones Unidas instó a la Argentina y al Reino Unido a abstenerse de adoptar decisiones que introduzcan modificaciones unilaterales mientras la controversia permanezca abierta. León Marino vulnera ese mandato. Infraestructura. Capital. Treinta años de extracción proyectados sobre un territorio disputado. Cada pozo busca perforar también el derecho. El petróleo aparece como una nueva forma del viejo despojo.

Frente al comienzo de las obras, la intervención debe ser inmediata. La prevención trabaja antes de la cicatriz. Después de un derrame, el daño resulta en gran parte irreversible. Después de décadas, el hecho consumado intenta volverse paisaje.

Defender Malvinas exige paz. Exige derecho. Exige cuidar. Memoria, Verdad, Justicia, Soberanía y Paz forman una misma trama. El mar es territorio. El ambiente es patrimonio. La soberanía es del pueblo.

Contactos de prensa

Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM): Ernesto Alonso, +54 9 2214 20-7449.

Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM): Jerónimo Guerrero Iraola, +54 9 2215 07-2123.

Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA): Enrique Viale, +54 9 11 5120-7518.

Sobre las empresas: sancionadas en Argentina

Rockhopper Exploration es una petrolera británica, constituida en Inglaterra y Gales, con sede en Salisbury y cotización en el mercado AIM de la Bolsa de Londres. En Argentina fue declarada clandestina en 2012 por desarrollar actividades hidrocarburíferas en la plataforma continental sin autorización nacional. En 2013, la Secretaría de Energía la inhabilitó durante 20 años. Pese a esas sanciones, conserva el 35 % del proyecto León Marino. Información corporativa de Rockhopper. Resolución de inhabilitación.

Navitas Petroleum es una petrolera israelí, con sede en Israel y cotización en la Bolsa de Tel Aviv. Controla el 65 % del proyecto mediante Navitas Petroleum Development and Production Limited, una subsidiaria constituida en el Reino Unido. El Estado argentino le advirtió formalmente que debía abstenerse de financiar y participar en actividades petroleras no autorizadas alrededor de Malvinas. La empresa continuó: en 2022 fue declarada clandestina e inhabilitada durante 20 años. Información oficial sobre la sanción.


Basureros petroleros de Vaca Muerta

COMARSA case: one of Neuquén’s largest oil waste dump cases will go to public trial

A court in Neuquén has ordered the COMARSA case to proceed to a public oral trial over the accumulation of more than 300,000 cubic meters of hazardous waste generated by the oil and gas industry, including fracking operations. During the pre-trial hearing, most of the evidence submitted by the Argentine Association of Environmental Lawyers (AAdeAA) was admitted.

The case will be heard by a panel of judges. At the same hearing, the judge dismissed the fraud charge and ruled that he did not have jurisdiction to decide whether the case should be heard by a jury. AAdeAA has been pushing for a jury trial because of the scale of the environmental damage involved and the broader public significance of the case.

The case investigates the illegal accumulation of more than 300,000 cubic meters of hazardous waste produced by the oil and gas industry at COMARSA facilities in the Neuquén Oeste Industrial Park.

Waste generated by hydrocarbon operations was deposited on land without proper impermeable lining. The case examines impacts on the atmosphere and on land located in an area designated for the urban expansion of the city of Neuquén.

This is one of the most serious pollution cases linked to the oil industry in the province’s history. The case brings into public debate a dimension of the Vaca Muerta development that is often overlooked: oil and gas extraction also generates enormous volumes of hazardous waste that must be properly treated and controlled, and whose impacts must be repaired when damage occurs.

During the pre-trial hearing, the court admitted most of the evidence submitted for the oral proceedings.

Some witnesses were excluded because the court considered their testimony redundant. One piece of evidence was also excluded because professional confidentiality had not been formally waived.

The judge ultimately ordered the case to proceed to a public oral trial before a panel of judges.

At the same time, the court dismissed the fraud charge that had also been under investigation. The case will therefore move forward to trial over the alleged pollution caused by hazardous oil and gas waste.

One of the central arguments put forward by the Argentine Association of Environmental Lawyers is that a case of this magnitude should be decided by a popular jury. The Environment and Natural Resources Foundation (FARN) and the Institute for Comparative Studies in Criminal and Social Sciences (INECIP) were previously admitted by the Superior Court of Justice of Neuquén as amicus curiae, or “friends of the court,” and supported this position.

Both organizations argued that public participation in the administration of justice is particularly important in cases involving collective rights and impacts affecting entire territories. A jury brings a plurality of experiences, perspectives and social backgrounds into proceedings concerning harms that go far beyond a dispute between private parties.

During the hearing, however, the judge stated that he did not have jurisdiction to determine whether the case should proceed before a jury.

The question of who should judge one of Neuquén’s most significant oil pollution cases is itself a central issue. The impacts generated by the hydrocarbon industry affect collective goods and raise questions that directly concern society as a whole: what controls should apply to companies, who is responsible for hazardous waste, and how damaged territories should be repaired.

The COMARSA case exposes a structural problem of the hydrocarbon model: the enormous volume of waste generated by oil and gas extraction.

Drilling muds, drilling cuttings, contaminated soil and other hazardous materials must be transported and treated away from extraction sites. When these systems fail, the costs of the industry remain in the territories in the form of massive oil and gas waste dumps. The upcoming public trial will make it possible to openly examine responsibility for what happened at COMARSA and the scale of the damage caused.

As oil and gas extraction continues to expand in Neuquén, effective oversight, corporate accountability and mechanisms for repairing damage are essential. Vaca Muerta must also be assessed in terms of the waste and damage left behind by extraction.

The Argentine Association of Environmental Lawyers will continue to take part in the proceedings to ensure that responsibility for the pollution is determined and that the damage caused to affected territories does not go unaddressed.

Fotografía: Observatorio Petrolero Sur