Los proyectos offshore de exploración y explotación de combustibles fósiles en el mar son una de las formas de expansión de los hidrocarburos que debe terminar cuanto antes para avanzar hacia una transición energética justa y popular.
Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) presentaremos formalmente un escrito para exponer, denunciar y detallar las violaciones a los derechos democráticos que sucedieron el día de hoy en la localidad de Sierra Grande, en la Audiencia Pública por el el oleoducto Vaca Muerta-Costa Atlántica-YPF Oil Sur. Ante un contexto de escalada de la violencia por parte de las fuerzas de seguridad e instituciones estatales, es esencial preservar la participación ciudadana en los procesos legítimos y salvaguardar la integridad de nuestros principios democráticos.
La presencia abrumadora de fuerzas policiales y grupos de choque, que amedrentaron, amenazaron e impidieron el acceso de la ciudadanía a la Audiencia, es de particular relevancia en la evaluación de proyectos extractivos que avanzan sin legitimidad social. Exigimos se integre la voluntad popular mediante la participación de la comunidad en los procesos legales y democráticos. La entrada restringida a la Audiencia atenta contra la esencia misma de la democracia participativa.
En condiciones tan adversas, no puede llevarse a cabo una Audiencia Pública que pueda ser considerada válida por la ciudadanía. La ausencia de garantías para la seguridad física de los ciudadanos y ciudadanas socava la posibilidad de una participación libre y sin restricciones. Es esencial que los procesos democráticos se desarrollen en un entorno que promueva la seguridad y la expresión genuina de las voces ciudadanas.
La encrucijada política en la que nos encontramos nos invita a reflexionar sobre los valores que defendemos como sociedad. Si la acción que se emprende conlleva destrucción y vulneración de derechos, no puede ser considerada un avance o progreso genuino. Es nuestra responsabilidad colectiva proteger nuestro entorno y nuestros principios y derechos democráticos.
Fotos y registro desde el exterior de la Audiencia: Pablo Piovanno
Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) presentamos formalmente una denuncia ante la UNESCO y RAMSAR sobre el alarmante avance de un proyecto petrolero ilegal en la Península Valdés, ubicada en la Provincia Argentina de Chubut. La península, un ecosistema único y protegido, está en riesgo de sufrir daños ambientales irreparables debido a una inconstitucional modificación de la legislación provincial que permitiría la instalación de oleoductos en el área.
La denuncia pone de manifiesto la inconstitucionalidad de la ley que deroga la ley Nro. 3308 de la Provincia de Río Negro. La misma prohibía la prospección, exploración y extracción petrolífera y gasífera en el Golfo San Matías y en el mar territorial rionegrino. También la construcción de terminales para la carga y descarga de buques que transporten estos productos. La modificación legislativa aprobada sin ningún tipo de consulta a los pueblos originarios ni participación ciudadana, ha abierto la puerta a un oleoducto y un puerto de exportación de combustibles fósiles no convencionales, poniendo en grave peligro el frágil ecosistema de la península.
La Península Valdés ostenta una doble protección como Patrimonio Natural de la Humanidad y Sitio RAMSAR, reconocimientos que subrayan su valor único y excepcional en términos de conservación de la biodiversidad y los hábitats marinos. Hemos destacado ante ambos organismos la importancia de estas designaciones internacionales y cómo la modificación legislativa viola directamente los compromisos asumidos por Argentina en relación con la preservación de este patrimonio. La Convención RAMSAR tiene un papel crucial en designar y proteger humedales de importancia internacional (como lo es el caso de la Península Valdés). Por otro lado, la UNESCO es el organismo de las Naciones Unidas que otorga el estatus de Patrimonio Natural de la Humanidad, que reconoce su valor excepcional y promueve su conservación. Estas presentaciones buscan garantizar la protección de la Península Valdés, un área de importancia mundial para la conservación de mamíferos marinos y humedales costeros.
Además de la presentación ante UNESCO y RAMSAR, vecinas y vecinos preocupados han llevado a cabo presentaciones administrativas en toda la región, desde Chubut a Río Negro, en la Subsecretaría de Ambiente de Cambio Climático, la Defensoría Provincial, la Fiscalía y el CONICET. Estas acciones ciudadanas reflejan la preocupación generalizada por la preservación de este importante ecosistema. A su vez, también se realizó una manifestación en el marco del Artículo 16 de la Ley Provincial de Audiencias Públicas de Río Negro para que se incorpore a vecinos/as como asistentes aunque no tengan domicilio en la provincia. Esto debería garantizar que puedan participar como asistentes los expertos relevantes para la temática.
La causa por el golfo San Matías
El 9 de septiembre de 2022, la Legislatura de Río Negro aprobó la Ley N°5.594, que modifica la Ley N°3.308 previa, la cual brindaba una protección especial al Golfo San Matías debido a sus singulares características ecológicas, naturales y socioeconómicas, consideradas únicas a nivel mundial, prohibiendo la instalación de ductos. Esta modificación fue realizada de espaldas a la participación ciudadana y de organizaciones de la sociedad civil, a puertas cerradas y con velocidad nunca vista. Por eso presentamos un Recurso Extraordinario Federal el 31 de mayo pasado para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación modifique la arbitraria y absurda decision del STJ de Rio Negro.
En él denunciamos que el fallo el STJ de Rio Negro no analiza el reclamo de fondo: la inconstitucionalidad de la Ley 5.594 sancionada en agosto de 2022 por la Legislatura de Rio Negro en clara violacion al principio constitucional de progresividad y no represión y al derecho de información y participación ciudadan. Esto modificó así la histórica Ley 3308 que prohibía la construcción de oleoductos y terminales de carga y descarga de combustibles fósiles en el área natural del Golfo San Matias. El STJ también le negó la participación en la causa a actores territoriales orgánicos y representativos de la voluntad popular a lo largo de la provincia, entre ellas las organizaciones que presentaron la acción legal:
Forma parte del impulso al megaproyecto Vaca Muerta más allá de las fronteras de los yacimientos de la cuenca Neuquina. El mismo implica la construcción de grandes proyectos de infraestructura para su funcionamiento. El “Proyecto de Oleoducto Vaca Muerta Sur” de YPF pretende también instalar un gran puerto para la exportación de petróleo, que puede contaminar agua, tierra y suelo en el territorio rionegrino, como a su vez, afectar miles de puestos de trabajo en la pesca y el turismo de la zona.
Contacto de prensa AAdeAA/CAJE: Gonzalo Vergez +54 9 223 426-8927
Las organizaciones GREENPEACE ARGENTINA, ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ABOGADOS Y ABOGADAS AMBIENTALISTAS, ASOCIACIÓN CIVIL MEDIO AMBIENTE RESPONSABLE, ECOS DE MAR, SURFRIDER ARGENTINA, FUNDACIÓN PATAGONIA, NATURAL, ASOCIACIÓN DE SURF ARGENTINA, KULA EARTH ASOCIACIÓN CIVIL, ASOCIACIÓN DE SURFISTAS DE NECOCHEA – QUEQUÉN Y ASOCIACIÓN DE GENERAL ALVARADO DE SURF; manifestamos que el documento titulado “YPF – Exploración Off Shore con Licencia Social” que tomó estado público recientemente expone dramáticamente la atroz manipulación de la opinión pública y la sociedad argentina por parte del sector petrolero.
Éste documento sería considerado por YPF en el marco del proyecto “Campaña de adquisición sísmica offshore Argentina; Cuenca Argentina Norte (Áreas CAN 108, CAN 100 y CAN 114)”, cuya filtración se hizo pública el día 5 de junio en medios de comunicación, redes sociales y prensa especializada, incluso trascendencia internacional, en razón de la gravedad institucional en la que ha incurrido la parte demandada YPF.
El documento evidencia una “estrategia de comunicación” voraz y una “desprejuiciada campaña de manipulación de la información pública” que pretende ostensiblemente:
Correr el foco del enorme riesgo de daño ambiental que este proyecto conlleva para los ecosistemas marinos, la biodiversidad, el clima, las actividades ligadas a la pesca y el turismo y las comunidades costeras.
Desvirtuar la información que debe contar la ciudadanía para otorgar una correcta licencia social.
Afectar la participación ciudadana a través de divulgación de información falsa y publicidad engañosa de las actividades sísmicas y sus impactos sociales, ecológicos y económicos, ya que no se puede ejercer debidamente el derecho a la participación con información falsa e imprecisa.
Moldear la opinión pública usando falsas iniciativas populares de junta de firmas, como por ejemplo, exigiendo a Shell que cumpla sus promesas de inversión
Estigmatizar y promover una agitación mediática contra defensores y defensoras ambientales que junto a vecinos y vecinas de la costa atlántica se oponen al avance de las actividades sísmicas en nuestro mar.
Limitar la democracia ambiental y afectar las bases mismas del Derecho a la Información Pública Ambiental y Participación Ciudadana consagrada en nuestra Constitución Nacional, el Acuerdo de Escazú y otros acuerdos internacionales.
Resulta fundamental dejar en claro que lo que se está manifestando es una maniobra en curso de ejecución para manipular -con fondos públicos- la opinión pública en general, estableciendo una suerte de protocolo con etapas, modelos y parámetros para intervenir y revertir, al menos de forma aparente, la grave carencia de licencia social que tiene el proyecto sísmico frente a la ciudad de Mar del Plata. Esta situación no hace más que agravar los vicios ya denunciados en el causa judicial por deficiente y falsa información y también un reconocimiento expreso por parte de YPF de la falta de licencia social de este proyecto.
Manipular la opinión pública a través de noticias falsas no solo es ilegal y configura una situación de abuso sobre los derechos de acceso a la información pública y participación ciudadana que requiere de datos e información precisa, cierta, veraz, temprana y adecuada, sino que como publicidad engañosa es una gran estafa a la sociedad democrática.
Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) expresamos nuestro más enérgico repudio a la decisión tomada por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. Nos solidarizamos con las asambleas y comunidades que resisten ante el embate de la industria petrolea y gasífera y manifestamos nuestra convicción de continuar patrocinando causas que buscan la justicia ecosocial.
Reproducimos a continuación el comunicado emitido por Asambleas del Curru Leufu, el encuentro de distintas asambleas de la provincia de Río Negro.
Contacto de prensa AAdeAA/CAJE: Gonzalo Verguez +54 9 223 426-8927
El STJ evitó pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de la modificación de la Ley 3308
El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro utilizó un artilugio jurídico para evitar pronunciarse sobre el pedido de inconstitucionalidad que varias organizaciones, asambleas, vecinxs e instituciones presentamos para defender nuestro Golfo San Matías del avance petrolero. El STJ concluye que no existe “legitimación activa” de los demandantes. La conclusión se basa en lo enviado por la fiscalía y la procuraduría, que tiene escasez argumental y niega hechos conocidos públicamente como el “Proyecto de Oleoducto Vaca Muerta Sur” de YPF. Ante esto, el gran interrogante deberá ser: Señores jueces ¿quiénes consideran ustedes que son legítimos accionantes? Todos los firmantes continuaremos considerándonos legítimos accionantes, porque nuestros argumentos son sólidos y verdaderos. Esta sentencia no resuelve la cuestión de fondo, porque el tribunal no respondió a los planteos centrales esgrimidos en la demanda.
Las organizaciones hemos visto cómo distintas instancias estatales (el Legislativo de la provincia de Río Negro con la modificación de la Ley 3308, el Ejecutivo Nacional con el impulso de Vaca Muerta, el Ejecutivo Provincial con el aval y promoción del proyecto y ahora al Poder Judicial Provincial) no funcionan como garantes de un ambiente sano, ni de la población, ni de las actividades económicas regionales y el futuro.
El fallo ha violado nuevamente el Acuerdo de Escazú, y las Leyes Nacionales que promueven nuestra participación en la toma de decisiones que afectarán el futuro y la vida de nuestros territorios. Desde que este proceso empezó, observamos la imposibilidad de discutir la cuestión de fondo del conflicto.
Tal como expresamos, el fallo no apunta a ninguno de los argumentos que elaboramos entre todas las organizaciones, menosprecia a la población aduciendo que la información no existe porque el proyecto es hipotético y, por lo tanto, la afectación posible también. Esta actitud de negación no resiste ni un mínimo análisis; el proyecto es tan conocido como la hoja de ruta de la empresa, que hasta pauta tiempos y objetivos, entre ellos la modificación de la Ley 3308 que solicitamos que sea considerada inconstitucional. El ejecutivo ha realizado el llamado de Audiencia Pública en la provincia, la cual tuvo que suspenderse por incurrir en una serie de irregularidades que estas mismas organizaciones señalamos ante la Fiscalía de Estado. A su vez, se realizó la Audiencia Pública en Neuquén para dar lugar a la construcción del primer tramo del oleoducto. Lo que el tribunal marca como “hipotético” no es parecer ni suponer, es una realidad contundente que están decidiendo no ver.
El fallo brindado no respeta losderechos y garantías que obligan a los jueces a hacer una interpretación amplia de las leyes, tampoco escucha los reclamos legítimos del pueblo rionegrino. Más bien pareciera responder a los intereses de las corporaciones petroleras ignorando el planteo central y corriendo la discusión hacia la legitimación activa del pueblo que defiende el ambiente sano. No hay un solo argumento interpretativo propio de la labor y obligación que tienen los jueces.
Volvemos a sostener que la modificación de la Ley 3.308 es INCONSTITUCIONAL y que fue hecha a espaldas del pueblo.
Exigimos que se respeten nuestros derechos y denunciamos que la legitimidad que nos niega el Poder Judicial la haremos manifiesta en la calle. En cada uno de los territorios se levantarán acciones ante este proyecto que contamina agua, aire y suelo, que destruirá nuestros ecosistemas y afectará los miles de puestos de trabajo del turismo y la pesca del Golfo.
Si la balanza está inclinada tocará al pueblo rionegrino ponerla en su lugar.
Multisectorial Golfo San Matías – Observatorio Petrolero Sur – Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro – UnTER Valle Medio – Movimiento Ecuménico de DDHH Regional Viedma y Patagones – Junta promotora APDH Alto Valle- Pastoral social Diócesis de Viedma- Feria de artesanos «Victor Menjoulou» Las Grutas- Red de Comunidades Costeras – Asamblea Mar Libre de Petroleras Mar del Plata – Red Ecosocialista – Asambleas de la Curru Leufú – Asamblea por la Tierra y el Agua de Las Grutas – Asamblea Antimegaminería de Bariloche – Asamblea en Defensa del Agua y el Territorio Neyen Mapu de Valcheta – Asamblea por el Agua y el Territorio de Wawel Niyeu (I. Jacobacci) – Asamblea por el Agua y la Tierra Fiske Menuco (Roca) – Asamblea Trawn Ko Viedma – Asamblea Socioambiental de Cipolletti – Asamblea Permanente por el Río Colorado – Asamblea Socioambiental Valle Medio – Asamblea Ambiental Interpueblos de Ing Huergo, Villa Regina, Godoy, Chichinales – Asamblea del Valle de Conesa – Asamblea del Coli Leuvu de Catriel- Asamblea por el Agua Comarca de Viedma – Asamblea en Defensa del Territorio de Pto. Madryn – Foro Ambiental y Social de la Patagonia – Comunidad Costera de Tierra del Fuego, AeIAS – CTA Bahía Blanca – Coordinadora Socioambiental Bahía Blanca.
Teléfonos de contacto:
☎️ 2934 46-0520 Suyhay Quilapán | Asamblea por la Tierra y el Agua de Las Grutas
☎️ 11 7362-3820 Fabricio Di Giacomo | Multisectorial Golfo San Matías
☎️ 2984 73-4419 Mauro Istueta | Abogado- Asamblea por el Agua y la Tierra de Fiske Menuco
Desde la llegada del offshore de hidrocarburos al debate público en nuestro país, la exploración y explotación petrolera en el Mar Argentino fue presentada, sin fundamentos, como una “oportunidad única para el crecimiento económico de nuestro país”. Al igual que sucede con el proyecto Vaca Muerta, los principales argumentos “eldoradistas” presentados alrededor de estos proyectos son la generación de divisas, energía y de empleos.
Pero se esconde que el contexto mundial nos encuentra inmersos en un proceso global de transición energética. El abandono de los combustibles fósiles, y de la infraestructura que los acompaña, es inevitable en una senda ya demorada de reducción y prevención de la crisis climática. Impulsar proyectos de petróleo y gas offshore en este contexto termina siendo, inexorablemente, en detrimento financiero para Argentina. Especialmente bajo las condiciones de entrega, saqueo y dependientes con las grandes empresas transnacionales petroleras.
La reorganización del sistema energético en su conjunto y la incorporación de nuevas tecnologías, principalmente renovables, en la producción y distribución de energía, son inevitables. Si bien Argentina todavía depende en gran medida de los combustibles fósiles, es necesario que comencemos la senda que convierta al país en un líder regional en tecnologías e infraestructura renovable y no en seguir ampliando la frontera hidrocarburífera. La incorporación de fuentes de energía renovable, con la solar y la eólica a la cabeza, impulsará la renovación de la industria energética que necesitamos, garantizando un derecho a la energía en todo el territorio que permita ahorrar la importación de energía externa y generando un verdadero impacto en la balanza comercial y económica del país.
Precisamos un rol central del Estado para articular y diseñar los procesos locales y regionales de transición energética. Liderar este proceso es urgente, como lo es realizarlo en conjunto con las empresas estatales nacionales y provinciales, las pequeñas y medianas empresas, las cooperativas eléctricas de todo el país. Si no empezamos cuanto antes, corremos el riesgo de perder la oportunidad y un rol estratégico y central en la industria naciente de renovables. Una demora de décadas en este sentido reducirá a que nuestros procesos de transición energética local sean absolutamente dependientes del Norte Global y los procesos neocoloniales y de capitales transnacionales (como pretende avanzar el offshore) bajo una esfera eminentemente corporativa y privativa.
Presentamos entonces el presente documento como un insumo clave para una discusión real sobre el avance y la implementación de proyectos de exploración y explotación petrolera offshore. Todo ello sin considerar los enormes impactos ambientales locales de este tipo de explotación. Los datos de este documento comprenden el marco regulatorio vigente bajo el cual se inscribe el descontrolado embate de la exploración y explotación petrolera, tanto para las empresas extranjeras como Shell y Equinor, como para la empresa YPF (parcialmente nacional).
Acceso a divisas en país de origen
Según el marco regulatorio actual, las empresas que aumenten su producción de hidrocarburos respecto del año anterior podrán acceder al mercado de cambios para pagar deuda en el exterior, dividendos o girar dinero al exterior. Esto significa que las compañías pueden comprar una determinada cantidad de divisas (al cambio oficial) y sacarlas del país. Por lo cual no hay ninguna garantía que suceda lo mismo que con el megaproyecto Vaca Muerta donde la salida de divisas supera al ingreso de las mismas.
El Decreto N° 277/22 creó regímenes de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo y Gas.
Las compañías pueden acceder a comprar una determinada cantidad de divisas (al cambio oficial) y sacarlas del país. El modus operandi de estas empresas para poder sacar la mayor cantidad de divisas al exterior es:
Las filiales locales se endeudan con la empresa matriz a tasas de interés infladas y con el pretexto de saldar su deuda, giran así mayor volumen de utilidades, sin reinvertir en el país.
De esta manera, reducen sus ganancias en el papel y erosionan la base de sus pagos de impuestos en el país de producción, elevando las ganancias financieras reales de la misma empresa o grupo económico en el exterior.
La salida de divisas para financiar las inversiones del sector, podrían estar por encima de las regalías y beneficios que generarán estos proyectos los próximos 30 años, como viene ocurriendo conforme lo muestra el informe de Enlace por la Justicia Energética y Socioambiental
Derechos de exportación y retenciones
A su vez, la necesidad de obtener un saldo positivo en la balanza comercial y energética se presenta como otro gran argumento para el avance sobre el mar, para así reducir la dependencia del país de la importación de combustibles. Pero nada del marco regulatorio garantiza esto, el avance de la exploración y explotación petrolera tendrían permitido orientar su extracción a la exportación.
La Resolución 26/2023 de la Secretaría de Energía publicada a principios de 2023, habilita a las empresas a solicitar una alícuota de 0% por derechos de exportación.
Esto significa que los proyectos que inviertan 1000 millones de dólares en 5 años y, de esa manera, queden dentro del Régimen de Promoción del Decreto 929/13 y acceden a pagar nada por exportar hasta el 20% de los hidrocarburos extraídos en suelo y mar argentino.
Vale destacar que el marco de aplicación de esta resolución es el Decreto 929/2013 firmado por el Poder Ejecutivo nacional, llamado “Soberanía Hidrocarburífera”, el cual crea un régimen de promoción de inversión para la explotación de hidrocarburos.
La promesa de las regalías
El impacto sobre las regalías a nivel nacional es otra de las promesas que constantemente se usan para justificar el avance y la profundización de la frontera hidrocarburífera en nuestro país. Como se ve, aún utilizando los datos oficiales, los montos reales a obtener en este concepto no cambian la ecuación económica de un país, ni siquiera de una provincia.
Según el decreto Decreto 900/2021, empresas concesionarias del bloque CAN-100 abonarán las regalías en un esquema escalonado.
Los primeros 10 años de explotación abonarán solamente el 6%
del año 11 al 20 abonarán el 9%
del año 21 al 30 abonarán el 12%
Considerando el potencial de la cuenca Argentina Norte según estimaciones de Rystad, la consultora noruega líder a nivel mundial para la industria del petróleo y el gas, sería de 20.706.200 barriles (a un precio de referencia de exportación de hoy: US$75 x barril)
Las regalías que dejarían los primeros 10 años de explotación del CAN 100 serían de sólo unos US$9 millones por año.
Debido a la “maduración” de la cuenca y la baja en la producción estimada por pozo, del año 11 a 20 de producción, las regalías serían menores, de solo de US$4,7 millones por año.
Corresponde abonar entre el 5% y 12% en función del grado de desarrollo de los respectivos proyectos
Considerando que potencialmente se exportarán 37 mil barriles por día y tomando como precio de referencia de exportación de hoy a US$75 el barril
Las regalías totales anuales serían de sólo US$51 millones con la alícuota del 5%
En Noruega, si bien las empresas petroleras como Equinor no pagan estrictamente regalías, el petróleo y el gas pagan un elevado impuesto adicional, que se suma al impuesto corporativo del 22%. Así que el impuesto total sobre el petróleo es del 78%1. La diferencia es tanta que nos omite de comentarios.
Nivel de empleabilidad magro
La generación de empleos y de desarrollo local en la costa argentina también poseen narrativas que contradicen el marco vigente. Cabe destacar que muchos de los puestos de trabajo que se generan con el offshore son de corta duración o implican competencias y/o habilidades especiales lo cual requiere el empleo de trabajadores extranjeros.
Según los datos publicados en 2022, Equinor en Argentina tiene tan solo 3 personas empleadas en forma directa.
Considerando las estimaciones de la consultora Ecolatina para la cuenca Argentina Norte, con una producción supuesta de 80.000 barriles diarios, utilizando datos de referencia del ente oficial noruego de petróleo3, esto implicaría 300 empleos directos en offshore y 6575 indirectos. Un número muy lejano a los 200.000 empleos que prometen infundadamente desde los gobiernos y las empresas.
Emisiones comprometidas por los proyectos
En un contexto de crisis climática y eventual abandono total o parcial de los combustibles fósiles, las emisiones asociadas a los proyectos de exploración y explotación petrolera offshore en Argentina también representan externalidades y costos financieros no incorporados. Esto es de mayor preocupación teniendo en cuenta que debido a los efectos de la crisis climática, por la cual los hidrocarburos son uno de los principales causantes, los costos económicos y financieros que tendrán sobre el Sur Global serán aún mayores que los que caerán sobre el norte.
Un relevante y altamente subestimado factor a tener en cuenta al evaluar estos proyectos son las emisiones estimadas que generaría la producción, transporte y quema de dichos combustibles fósiles.
Tomando el potencial de producción que estima el análisis previamente citado de la consultora Ecolatina4, y aplicando los factores de emisiones de CO2 para crudos offshore de la región de entre 554 y 588 kg5 6 de CO2 por barril (valor estimado de emisiones por extracción,transporte y quema).
En ese sentido, dado que Ecolatina estima 58.850.000 de barriles de petróleo para la cuenca Argentina Norte, esto implicaría entre 30.960.290 y 34.603.800 toneladas de CO2.
Para la cuenca MLO se estiman 698.562.500 barriles, lo que generaría entre 387.003.625 y 410.754.750 toneladas de CO2.
Es decir que esta expansión de la frontera petrolera en el mar, generaría un total de entre 417.963.915 y 445.358.550 toneladas de C02 en sus 20 años de vida útil. Esto equivale a lo que emitirían 14 millones de autos medianos durante un año entero año, durante ese lapso de tiempo.
Análisis de un informe realizado por la consultora Ecolatina
La consultora Ecolatina realizó un estudio de largo plazo del impacto económico que generaría el desarrollo Hidrocarburífero offshore en el Mar Argentino. El estudio aborda cuál sería el efecto sobre la economía argentina de la exploración y del desarrollo de los proyectos Hidrocarburíferos Costa Afuera licitados en la Ronda 1 Argentina más el bloque CAN 100.
Producción proyectada para cuenca Argentina Norte por consultora Rystad
Base de Datos Rystad. Rystad Energy UCube. Consultado el 7/12/2022
Se analizaron los impactos económicos en caso de que existieran descubrimientos hidrocarburíferos en las Cuencas Argentina Norte (CAN) y Malvinas Oeste (MLO). Se consideraron los escenarios hipotéticos de mínima, media y máxima, de 1,5 y 10 descubrimientos para CAN y 1,3 y 7 para MLO.
Ecolatina estima para Cuenca Argentina Norte una producción de 80.000 barriles diarios (con tres escenarios para el potencial de producción total: 560 millones de barriles de mínima, 2800 millones de media y 5600 millones de máxima):
Eso equivale aproximadamente a 14 veces la producción actual de la Cuenca Austral – la cual lleva más de 30 años de desarrollo.
Según Rystad, el pico de producción para CAN será 24.000 barriles diarios con una producción promedio, durante la vida útil estimada del yacimiento (2038-2058), de 7.900 barriles diarios
El análisis realizado por la consultora toma como supuesto un precio de barril de petróleo a 80 USD, para toda la duración del proyecto a partir de 2034. Este valor sugerido no es el apropiado para evaluar la factibilidad de un proyecto de largo plazo, ya que ignora factores coyunturales y las proyecciones de demanda mundial de hidrocarburos.
Hoy el Brent, el valor de referencia que se utiliza a nivel mundial, está cercano a los 80USD/bbl (barril de petróleo crudo). Este valor se da por una coyuntura muy particular: la guerra en Ucrania, la escasez provocada por este conflicto y la OPEP restringiendo la oferta.
Por último, Rystad estima el potencial de producción total de CAN en 57 millones de barriles, lo que equivale a aproximadamente 3 meses de la producción actual de la Argentina. Un valor muy lejano a lo que se difunde en medios y desde el gobierno.
Según el análisis que realizó Rystad Energy, los precios de equilibrio (break even – es decir cuando la explotación comienza a generar ganancias y cubre todos los gastos) en el área CAN para Equinor oscilarán entre 107 USD/barril y 160 USD/barril. No existe previsión de un precio de barril en esos valores. Rystad tiene para el precio futuro del petróleo, que se sitúa en 50 USD/barril hasta 2050. También son mucho más altos que las expectativas de precios de Equinor, que son de 65 USD/barril hasta 2040. Shell, en cambio, asume un precio fijo de 60 USD/barril desde 2025 en adelante.
Bandera Roja en el Mar: La Cámara Federal de Mar del Plata, que calificó al ambientalismo de fascista, acaba de rechazar los Recursos Extraordinarios contra la resolución que levantaba la medida cautelar de la exploración petrolera offshore en el Mar Argentino.
Interpondremos un Recurso de Queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para revertir esto.
Mientras tanto el juicio de fondo continúa. Y seguiremos trabajando desde lo legal para que haya una sentencia a favor de una justicia social y ecológica. Agradecemos y celebramos a todas las organizaciones y personas que están en esta lucha cada quién desde su ámbito.
La expansión de los proyectos de exploración offshore es parte de la frontera fósil que forma parte de las infraestructuras del pasado. Debemos implementar una transición justa y popular cuanto antes, garantizando los derechos humanos y ambientales de toda la población.
Recurso extraordinario en la causa contra offshore – El pasado 22 de diciembre presentamos junto a Greenpeace Argentina, Surfrider, Asociación de Surf Argentina, Patagonia Natural, MAR, Kula Earth, Surfistas de Necochea, Asociación Gral Alvarado de Surf y Ecos de Mar un Recurso Extraordinario Federal. Esto fue dentro de la causa que busca mantener el Mar Argentino sin la intervención de las empresas petroleras y sin proyectos de exploración y explotación dentro de nuestros oceanos.
Este recurso es contra el pronunciamiento de la Secretaria Civil de la Cámara Federal de Mar del Plata que el 5 de diciembre autorizó el inicio de las exploraciones sísmicas en el mar argentino a 300/400kms de la costa bonaerense. La exploración sísmica es una etapa previa dentro de los proyectos de offshore petrolero, y después se encuentra seguido por la etapa de explotación. La disputa judicial sigue y la sentencia de la Cámara de Apelaciones aún no está confirmada.
Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas continuaremos litigando por la justicia ecosocial y la justicia ambiental. Nos encontramos incapaces de avalar proyectos como este que, en nombre de una falsa transición energética, profundizan cada vez más la frontera hidrocarburífera y la dependencia de una matriz energética fósil. Al igual que sucede con #VacaMuerta, este tipo de proyectos de offshore enriquecen el negocio de las petroleras, destruyen nuestros ecosistemas y empobrecen las economías populares de las comunidades de la costa atlántica. Precisamos proyectos energéticos que construyan una transición energética justa y popular hacia una noción de la energía como derecho y no como mercancía.
📌 Después de levantar la medida cautelar, y avalar así el avance de la exploración offshore en el Mar Argentino, los jueces federales Eduardo Jiménez y Alejandro Tazza (Cámara de Apelación Federal de Mar del Plata) declararon que no quisieron “ni avalar un fascismo ambiental, que diga ‘no se hace nada para preservar las especies’, ni una explotación a como venga”. Una vez más, la Justicia evidencia no estar a la altura de nuestra democracia.
Pedimos que sean apartados de la causa judicial por la exploración petrolera offshore por demostrar parcialidad y odio en sus declaraciones contra el movimiento ambientalista.
🟥 Es inadmisible que jueces que deben garantizar la imparcialidad de la justicia utilicen expresiones como “FASCISMO AMBIENTAL”. Por eso, junto a Greenpeace, Surfrider, Asociación de Surf Argentina, Patagonia Natural, MAR, Kula Earth, Surfistas de Necochea, Asociación Gral Alvarado de Surf y Ecos de Mar hemos pedido que se los aparte de la causa por la exploración petrolera en nuestras costas.
No existe ningún “fascismo ambiental”
➡️ ¿Qué confianza podemos tener en un Camarista Federal que nos ha (des)calificado como “fascistas ambientales”? ¿Qué sensación puede inspirar para las organizaciones ambientalistas un juez que entiende a ellas, una de las partes, como fascistas? Es tan grosero que parece irreal.
➡️ ¿Existe una situación de desamparo mayor que un altísimo funcionario judicial federal califique de esta manera a la ciudadanía que se moviliza por sus derechos humanos y ambientales?
➡️ Calificar a alguien de “fascista” habilita a realizar acciones en su contra, confrontarlo en todos los niveles posibles, y si esta calificación proviene de un elevado cargo judicial, como es el caso, la situación de peligro es mayor. Máxime en América Latina que es la región donde más se asesinan activistas ambientales.
➡️ ¿Qué nivel de amedrentamiento e intimidación ejerce semejante acusación contra los ciudadanos/as que quieran ejercer sus derechos ambientales?
➡️¿Cuál es el nivel de afectación de la “libertad de opinión y expresión, derecho de reunión y asociación pacíficas y derecho a circular libremente, así como su capacidad para ejercer los derechos de acceso” (art. 9 Acuerdo Escazú) de quiénes son calificados como FASCISTAS por un Camarista Federal?
➡️ Por último, los jueces con sus declaraciones también ya anticiparon públicamente que no paralizarían la actividad petrolera en el Mar Argentino, aún si esa fuese la única solución posible para preservar las especies y ecosistemas. ¿Qué pasaría si la sentencia definitiva, en base a las pruebas sustanciadas, establece que deben paralizarse las actividades para no afectar las especies que forman parte del #MarArgentino?
➡️Ya está abierta la inscripción para que puedas participar de la Audiencia Pública convocada por el Ministerio de Ambiente de la Nación para el miércoles 19/10 desde las 9hs.
🪫 La Audiencia Pública es una instancia pública, abierta y gratuita, y por derecho, cualquier persona se puede inscribir y expresar en 5 min. por qué rechazar proyectos que invierten en petroleo y gas.
➡️ Ningún proceso de transición energética puede incluir la profundización de las energías fósiles, principales contribuyentes a las crisis climática, ecológica, económica y energética que atraviesa nuestro país.
🔥 Desde la misma industria se admite que la era de los hidrocarburos está en declive. Invertir en infraestructura obsoleta, sabiendo que no generará ni riqueza ni ahorro de divisas a largo plazo, es invertir en dependencia de la energía importada.
🔋Necesitamos avanzar en procesos de #TransicionEnergetica justos y populares. Que con una matriz basada en renovables en todo el país, garanticen el derecho a la energía y al servicio del bienestar de la población y no de la ganancia de empresas internacionales.
Ante la confusión y desinformación circulando con respecto a offshore en Argentina aclaramos
La resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata implica que la suspensión del proyecto offshore se mantiene y se imponen importantes y complejos condicionantes.
El Estado Nacional DEBERÁ DICTAR UNA NUEVA Declaración de Impacto Ambiental de la ya dictada, e integrada con los estudios referidos a posibles impactos acumulativos, y que reúna los siguientes recaudos:
1) Luego de otorgar la necesaria participación de la Administración de Parques Nacionales para que cumpla el rol encomendado por las leyes 22.351 y 23.094, deberá evaluarse y valorarse su opinión o dictamen, tomándose entonces las medidas que correspondan en consecuencia.
2) Deberán valorarse, también, las intervenciones participativas organizadas a nivel municipal (audiencia pública consultiva de fecha 30 de mayo de 2022), y nacional (consulta popular que culminó el 19 de mayo de 2022) sobre offshore en Argentina.
3) Deberá incluirse al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el control y fiscalización del cumplimiento de la DIA y su correspondiente Plan de Gestión Ambiental.
4) Las indicaciones de la DIA a dictarse, deberán ser emitidas asertivamente, y no en modo potencial o condicional.
Todo esto ratifica nuestros argumentos y reclamos sobre las irregularidades cometidas en el estudio de impacto ambiental correspondiente, las violaciones a la legislación ambiental y climática vigente y los vicios sistemáticos en el procedimiento administrativo.
Este tipo de accionar es característico de estos megaproyectos que carecen de licencia social y deben proceder avasallando la legislación y jurisprudencia vigente.
Asociación Argentina de Abogados/as ambientalistas – 7 de Junio de 2022