Ante el irregular avance del oleoducto desde Vaca Muerta al golfo San Matías.
Un amplio colectivo por el ambiente, la economía y la cultura le reclamó judicialmente al estado Chubutense prevenir y evitar el daño por la terminal petrolera del proyecto Oleoducto Vaca Muerta Oil Sur. El bloque diverso presentó una acción legal en la provincia de Chubut por el ilegítimo avance del del proyecto para la realización de un ducto que transportará hidrocarburos desde Vaca muerta atravesando toda la provincia de Río Negro y parte de Neuquén y finalizará en un puerto de carga con dos monoboyas en el Golfo San Matías (Río Negro).
La iniciativa, presentada en el marco del segundo aniversario del Atlanticazo, destaca los riesgos y las consecuencias devastadoras que la terminal portuaria representa para la región. Es clave destacar que la fuerte conectividad oceanográfica y biológica entre el enclave donde se establecerá la terminal portuaria y el Golfo San José y el Golfo Nuevo; estos dos últimos componentes claves del entorno de la Península Valdés. Área ampliamente protegida, no solo a nivel provincial, sino también a nivel internacional por la Convención de Ramsar y por UNESCO en su carácter de Sitio de Patrimonio Mundial.
La acción fue interpuesta con fundamento en la inacción previa de la Provincia de Chubut en relación al puerto petrolero con enorme impacto en la región. Quedó radicada en el Juzgado Civil y Comercial de Puerto Madryn Titular del Juzgado Dra. María Laura Eroles. A través de un escrito se solicitó a las dependencias provinciales, conforme lo establece la ley XI 18, a tomar medidas preventivas y transparentar el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental e intervenir eficaz y activamente en él.
Entre las organizaciones que conforman la alianza están la Cámara de Turismo y Servicios de Península Valdés (CAPENVAL), la Asociación Red de Alquileres Temporarios de Puerto Madryn, el Instituto de Conservación de Ballenas (ICB), Asamblea Vecinal de Puerto Pirámides, la Asociación Argentina de Guías Balleneros, la Cámara Patagónica de Empresas de Avistajes de Ballenas, la Fundación Península Valdés Orca Research, la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas, la Fundación Greenpeace Argentina, la Asamblea en Defensa del Territorio de Puerto Madryn, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Fundación Patagonia Natural, la Asociación de Agencias de Viajes y Turismo Península Valdés, la Asociación de Guías Profesionales de Turismo del Chubut y la Asamblea No a la Mina de Esquel.
Este colectivo refleja la preocupación de varios sectores de la sociedad civil que advierten que este puerto con dos monoboyas se emplazará a 30 km de la Península Valdés, afectando claramente la biodiversidad y la economía de las áreas marinas involucradas. Las infraestructuras costeras, se emplazarán en importantes enclaves de biodiversidad, con inmenso valor para las comunidades locales y actividades económicas que esta sustenta. El oleoducto Vaca Muerta Oil Sur, y su terminal petrolera es una clara amenaza al patrimonio biocultural, histórico, socio-productivo en la zona. En definitiva, a los bienes comunes, afectando principal pero no excluyentemente a la pesca artesanal y deportiva, turismo de avistaje de fauna, deportes acuáticos y buceo, entre otros.
Las organizaciones exponen la omisión antijurídica del estado chubutense al no implementar acciones y políticas preventivas, exponiendo al territorio, su biodiversidad y a miles de familias a un riesgo previsible de daño social y ambiental.
La reforma de la ley 3308 de Rio Negro, que protegía las aguas y costas del Golfo San Matias de la industria petrolera, hizo que vecinos, vecinas y organizaciones de distintas partes del país llevaran a la Justicia la modificación de la referida Ley con una acción de inconstitucionalidad que fue presentada ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro en diciembre de 2022. El caso se encuentra actualmente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La reforma que quitó la protección a San Matias viola el Acuerdo de Escazú, al carecer de transparencia y verdadera participación ciudadana. Además, atenta contra principios constitucionales de progresión y no regresión en materia ambiental, ya que desprotege al Golfo ante el avance petrolero.
Las organizaciones explicitan que, según la normativa provincial y nacional, la autoridad provincial de Chubut tiene la responsabilidad de adoptar medidas necesarias para la preservación de las condiciones naturales. La acción se funda en los artículos 38, 41 y 155 de la ley XI N° 35, Código Ambiental de la provincia, y el artículo 39 de la ley de Áreas Naturales Protegidas.
En la acción, las organizaciones manifiestan actuar en nombre de un interés colectivo: la preservación de los ecosistemas costeros marinos, su equilibrio ecológico, biodiversidad y las actividades turísticas, productivas y comerciales asociadas.
Las monoboyas petroleras amenazan a más de 150 especies marinas únicas en la región, la rica biodiversidad del Área Natural Protegida Península Valdés, declarada Patrimonio Natural de la Humanidad por la UNESCO. Se pueden mencionar entre ellas:
Colonias reproductivas del pingüino de Magallanes; una de las principales zonas de reproducción de la Ballena Franca Austral; sitios de anidación de aves playeras y costeras; colonias de lobos y elefantes marinos; sitios de caza de Orcas entre otros dependen de la calidad de las aguas del Golfo San Matias y se ponen en riesgo con este proyecto.
Un evento como el sucedido el pasado 28 de diciembre en la Ría de Bahía Blanca con la rotura de un ducto de carga de una monoboya similar a la instalarse en San Matías, tiñendo de petróleo crudo las aguas, tendría un impacto directo en la Península Valdés, ya que la circulación oceánica indefectiblemente lo arrastraría hacia allí. (1)
(2) también se puede citar como caso de derrame de crudo lo sucedido en Caleta Córdova en el 2007 con aproximadamente 300m3 de petróleo que impactaron negativamente a lo largo de 5km de costa en el Golfo San Jorge (es un ejemplo puntual de la Provincia)
En concordancia con el principio constitucional de no causar daño ambiental (Artículo 19 de la Constitución Nacional), las organizaciones exigen información detallada a la Provincia de Chubut sobre las medidas preventivas y la participación de los Chubutenses en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental. Además, instan a la provincia a iniciar diálogos interprovinciales para abordar colectivamente los desafíos de la conservación de los bienes comunes.
Este llamado se basa en el derecho constitucional al ambiente sano, reconocido en el artículo 41 de la Constitución Nacional, respaldado por tratados internacionales como el Convenio de Escazú, que destaca la importancia del acceso a la información ambiental y la participación ciudadana en asuntos ambientales. Las organizaciones subrayan que la prevención es fundamental y que el acceso a la información es clave para tomar decisiones informadas y responsables. Se espera que la provincia de Chubut, en su papel de garante del derecho humano al ambiente sano, tome medidas efectivas y transparentes.
- https://www.eldia.com/nota/2023-12-31-13-35-0-preocupa-un-tremendo-derrame-de-petroleo-en-bahia-blanca-que-paso–informacion-general