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El entramado para vaciar la Ley de Glaciares: denuncian penalmente, por intereses cruzados a Luis Lucero (Secretario de Minería de la Nación) y amplían las evidencias contra Flavia Royón

La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, en audiencia judicial celebrada hoy, ratificó y amplió la denuncia penal contra la Senadora Royón, y denunció penalmente al Secretario de Minería Luis Lucero por incompatibilidad

La denuncia expone un mismo entramado de funcionarios, abogados corporativos, consultores y legisladores ligados al sector empujan el vaciamiento de la Ley de Glaciares mientras ejercen el doble rol estatal/privado de manera incompatible e ilegal. Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas ratificamos y ampliamos el día de hoy la denuncia penal contra la senadora Flavia Royón e incluimos mayores evidencias. 

También denunciamos penalmente al actual Secretario de Minería de la Nación, Luis Lucero, por su directa intervención en asuntos que benefician a empresas con las que tuvo vínculos previos. 

De acuerdo a una minuciosa investigación de información pública, Lucero formó parte del estudio Marval O’Farrell Mairal donde asesoró a empresas mineras del rubro como Xstrata, AngloGold Ashanti, Rio Tinto, Vale, Cameco Corporation, Silver Wheaton, Hochschild Mining plc, Denison Mines, Andean Resources, Pan American Silver y Newmont. Intervino en Bajo la Alumbrera, Cerro Vanguardia y en numerosas operaciones de M&A y de compraventa de activos del sector, incluyendo la venta por Rio Tinto a Vale del proyecto Potasio Rio Colorado y la adquisición de Andean Resources (Proyecto Cerro Negro) por parte de Goldcorp. También ha asesorado a las empresas mineras Glencore Pachón SA, Minera Alumbrera Limited, Minera Agua Rica LLC SUC ARG, M I M Argentina SA y M I M Argentina Exploraciones SA

Lucero fue excusado oficialmente mediante Resolución 630/2025 del Ministerio de Economía (14/05/2025) por su relación con firmas vinculadas a proyectos mineros como El Pachón y Agua Rica–Alumbrera (MARA), sin embargo intervino activamente en la construcción de la modificación de Ley de Glaciares que favorece directamente a estas empresas mineras.

En la denuncia demostramos que la excusación de Lucero no fue real sino apenas declarativa, porque el funcionario siguió influyendo sobre una modificación normativa que favorece de manera directa a empresas mineras ligadas a proyectos como El Pachón y MARA, que se benefician directamente del vaciamiento de la Ley de Glaciares. Es decir: el secretario reconoce sus vínculos con esas compañías, pero actúa igual en el proceso político que busca remover obstáculos legales para esos mismos intereses. 

Concretamente el accionar de Lucero en favor de la modificación regresiva de Ley de Glaciares amplía el margen de habilitación para proyectos mineros en zonas que antes se encontraban prohibidas, flexibilizando la norma, todo ello por pedido expreso de las propias empresas mineras que ahora pusieron a sus asesores y directivos en el Estado justamente para destruir la normativa que protege a los glaciares.

En el caso de la Senadora salteña y consultora Flavia Royón, en la audiencia judicial celebrada hoy, ratificamos y ampliamos la denuncia penal, donde agregamos un nuevo eje: el patrón de endeudamiento que en la denuncia describimos como persistente, concentrado en un solo acreedor y sin cancelación significativa. Ese comportamiento financiero no se corresponde con un consumo ordinario y por eso se pide profundizar la investigación patrimonial. La denuncia marca especialmente la concentración de la deuda en el Banco Macro y los vínculos entre esa entidad, el sector minero y la trayectoria política y empresarial de la Senadora.

Desde la Asociación exigimos nuevas medidas de prueba, además de nuestra incorporación como querellante en la causa. Lo que se discute no es solo responsabilidad penal individual. Se discute hasta qué punto el Estado está siendo usado para beneficiar a quienes quieren avanzar sobre glaciares y territorios de montaña.

El cuadro es elocuente: la trama de puertas giratorias entre empresas mineras, estudios jurídicos, banca, cargos públicos y bancas legislativas intenta vaciar la Ley de Glaciares sin tener el interés social y público en cuenta. Los mismos nombres aparecen una y otra vez ligados a los mismos intereses y el mismo objetivo: correr la protección del agua para abrir paso a negocios mineros.

La Ley de Glaciares protege fuentes de agua a lo largo del país y fija un piso mínimo a las actividades que pueden realizarse en territorios sensibles a lo largo de toda la cordillera. Estas fuentes de agua tienen aportes en territorio donde habitan más de 7 millones de personas. Debilitar su protección y fragmentar los controles para habilitar proyectos mineros destructivos es un rumbo con consecuencias irreversibles.

Massot, Frigerio y los intereses mineros

 por Mel Argento, Romina Araguas, Gonzalo Vergez, Jorge Daneri para Análisis Digital

El Gobierno Nacional presiona con todas las herramientas a su alcance para que los representantes del pueblo voten a favor de la destrucción de la Ley de Protección de Glaciares. Esta iniciativa instrumenta la decisión de abrir las puertas, de modo ilimitado, a megacorporaciones transnacionales para servirse de los minerales ubicados en las áreas glaciares y periglaciares de la cordillera de los Andes. El proyecto oficial se burla y arrasa con la labor milenaria y clave que cumplen los glaciares en nuestras vidas diarias, en las economías regionales y en la diversidad biológica y cultural de las cuencas.

Las “herramientas” utilizadas para consolidar esta votación se valen de modalidades propias del uso y abuso de la peor política: desde el manejo discrecional de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN) a las provincias y créditos hipotecarios fabulosos otorgados a legisladores por bancos públicos, hasta los vínculos directos de algunos miembros del Congreso con el cerrado mundo de las corporaciones mineras extranjeras. En este escenario, la Ley de Ética de la Función Pública (N.° 25.188) ha quedado totalmente de lado.

Frente a esto, cabe preguntarse si resulta sano para la democracia y el debate parlamentario que ciertos diputados levanten la mano u otorguen quórum para la sesión del próximo miércoles. Nos referimos a aquellos legisladores que poseen vínculos previos con el mundo de las megainversiones mineras a través de asesorías o consultorías, especialmente bajo el contexto de vigencia inconstitucional del RIGI y sus desmedidos privilegios.

El caso del diputado Nicolás Massot no es menor y fundamenta por qué no debería ser parte de la sesión: sus intereses económicos y empresariales se lo impiden. Una notable investigación de la revista ANÁLISIS (1) de Entre Ríos acredita que el actual gobernador de la provincia, Rogelio Frigerio, integró junto a Massot un emprendimiento empresarial prominero denominado Ronialem S.R.L. Esta firma actuó como subsidiaria local de la megaminera canadiense Portofino (2).

Lo sorprendente es que Frigerio, siendo entonces diputado nacional y antes de asumir la Gobernación, firmó un acuerdo tripartito entre la empresa minera canadiense, la empresa estatal de la provincia de Salta (REMSA) y la recién conformada Ronialem S.R.L., una firma sin experiencia previa en el sector. Según el sitio web oficial (3) de Portofino, Ronialem proporcionó asesoramiento local para estructurar el acuerdo a cambio de una participación del “15” por ciento en cualquier empresa conjunta que se formara con REMSA. Así lo expone el Boletín Oficial de la Rca. Argentina (4), con una integración en pesos, de 50.000 cada socio, lo que también no nos deja de sorprender.

Por otra parte, la Secretaria de Minería de Salta al momento de la firma de dichos acuerdos era la actual senadora nacional Flavia Royon. Royon fue denunciada penalmente por la Asociación Argentina de Abogadas y Abogados Ambientalistas por sus vinculaciones directas con empresas del sector, lo que demuestra la incompatibilidad de su representación legislativa frente a la modificación de la Ley de Glaciares.

Ante este panorama, surgen interrogantes ineludibles:

  • ¿Cómo votarán los representantes del oficialismo de Entre Ríos en esta sesión?
  • ¿Cuáles fueron las instrucciones del gobernador, tanto las genéricas como las puntuales?
  • ¿Saben los diputados que deben ejercer su libertad de conciencia ética y política?
  • ¿Respetarán sus convicciones y sus Cartas Orgánicas frente a un voto vital que no debería responder a la coyuntura ni a la mercantilización del poder central?

La iniciativa oficial cabalga sobre la voracidad corporativa y las “puertas giratorias” entre lo público y lo privado. Además, representa un agravio grosero a la participación cívica de las más de 100.000 personas que se inscribieron para la Audiencia Pública convocada por la Cámara de Diputados —un hito de participación único en el mundo— y a quienes el propio Gobierno les negó la palabra. Los tiempos de la democracia legislativa, ambiental y social no son compatibles con el extractivismo, la depredación por acumulación y la creación de zonas de sacrificio en las regiones más áridas del país.

Aquellos legisladores que aún preserven su sentir y pensar ético deben frenar este proceso de deconstrucción legislativa. Es necesario asegurar que la brecha entre el pueblo y sus representantes no se profundice. Es tiempo de honrar a los miles de ciudadanos que buscaron expresarse en aquella audiencia trunca. Pero, por sobre todas las cosas, es un punto de inflexión para “honrar la vida” y el recinto del pueblo, tal como nos convoca y conmueve la poesía de Eladia Blázquez: como un verdadero himno a la dignidad humana.


1. Frigerio, el litio y el enigma del tuit de Milei | Edición Impresa | Análisis de fecha 14 de marzo de 2024.

2. Ronialem SRL formada en noviembre de 2021, fue propiedad de tres ex funcionarios y diputados macristas como son el exministro Rogelio Frigerio, el expresidente de la Cámara de Diputados Emilio Monzó y el exdiputado por Córdoba y presidente del bloque del PRO, Nicolás Massot, hoy miembro nuevamente de la cámara baja.

3. Portofino firma un acuerdo relativo a múltiples proyectos de litio, que cubren más de 27.000 ha en Salta, Argentina – Portofino Resources Inc.

4. Boletín Oficial de la Rca. Argentina del 5 de noviembre de 2021, página 28.


(*) Mel Argento es Doctora en Ciencias Sociales UBA, docente de la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales UNR, miembro del Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial. (CAJE). 
Romina Araguas, Gonzalo Vergez y Jorge Daneri, integran la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas y el CAJE. 

Amarrando el Delta, ¿aún más?

por Jorge Oscar Daneri para Análisis Digital

Cuando el pueblo de Entre Ríos confrontó desde Gualeguaychú frente a los proyectos de mega plantas de celulosa, nació una Ley que declaró por unanimidad, Área Natural Protegida al sistema de humedales de los departamentos Uruguay, Ibicuy y Gualeguaychú. Fue una celebración de las comunidades todas, la construcción social y sanción de la Ley Nº 9718. Un símbolo comunitario e institucional frente a la política de los hechos consumados desde las gestiones de los gobiernos del país vecino, su prepotencia y la arrogante escala de las mega inversiones sin identidad ni licencia social.

La Ley declara al territorio de humedales “… de Interés Provincial, Cultural, Ambiental y Científico” denominándola, ni más ni menos, “Reserva de los Pájaros y sus Pueblos Libres”.

Dispone que el Gobierno de la Provincia iniciará los trámites pertinentes al efecto de que se declare al área señalada, Reserva de Biosfera, en el marco de UNESCO, con la finalidad de obtener el reconocimiento nacional e internacional.

Algunos tiempos después, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró ilegal el proyecto de barrio privado Amarras, frente a la ciudad de Gualeguaychú, por encontrarse dentro de la Reserva de los Pájaros y sus Pueblos Libres, en Sentencia ejemplar, revirtiendo decisiones lamentables del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos y finalmente ordenando la recomposición ambiental a su estado originario de humedales, al área intervenida y en conflicto jurídico.

Dos puntos significativos de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, exponen sobre la debida aplicación y cumplimiento de los principios, In Dubio Pro Natura, e In Dubio Pro Agua, en la duda a favor de la naturaleza y el agua.

En segundo lugar, la decisión del máximo tribunal del País, destaca el nuevo artículo 85 de la Constitución de Entre Ríos que en el párrafo específico de la Sentencia, considera: “… En particular, no tuvo en cuenta que la provincia tiene a su cargo la gestión y el uso sustentable de las cuencas hídricas y “los sistemas de humedales que se declaran libres de construcción de obras de infraestructura a gran escala que puedan interrumpir o degradar la libertad de sus aguas y el desarrollo natural de sus ecosistemas asociados” (art. 85 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos).

De manera más que sorprendente, no solo que no se desmantela el proyecto Amarras y se inicia el proceso de recomposición ambiental, sino que además aparecen nuevos emprendimientos inmobiliarios de características de urbanizaciones privadas/cerradas similares a la muy mala experiencia social e institucional, Amarras, en la misma área natural del sistema de humedales, supuestamente protegido.

En nuestra verdad, podemos afirmar que se encuentra más desprotegido el sistema ecológico Delta y sus sistemas asociados, que más allá de estar amparado por la norma especializada que así la declara, por la Constitución Provincial, por un FALLO puntual o caso de la Corte Suprema de Justicia, que ratifica su calidad de orden público por excelencia, nada cambia, al contrario, las amarras al delta parecen avanzar.

Cuando el Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná (PIECAS-DP) existió operativa y realmente, por un tiempo, se realizó la primera Evaluación Ambiental Estratégica, un documento central, olvidado. En esas instancias, aún no existía la locura por las arenas para Vaca Muerta, sí se insinuaba ya la fiebre de los barrios privados importados desde Buenos Aires. El proyecto de consultoría de DELTARES (Países Bajos) impulsado durante el gobierno de (Mauricio) Macri en acuerdo con el Instituto Nacional del Agua, planteaba una ruta más corta hacia Punta del Este y un nuevo puente atravesando el valle de inundación “protegido” y de ese modo promocionar la urbanización del Delta sur y un mega puerto de exportación, a metros de Ibicuy, pero siempre en Buenos Aires, donde gobernaba el PRO. Ahora se invierten los signos y sus actores políticos en las provincias y como un mal ajedrez cambian los diseños pero algunos de ellos siguen el juego patético de artificialización voraz de los reinos de vida.

Es urgente la realización de una renovada Evaluación Ambiental Estratégica, de un reordenamiento ambiental del territorio Delta en su conjunto, de una lectura pausada de las diversas propuestas de estudios producidos, existentes y ya financiados, todo detallado en el informe que oportunamente fue presentado por la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) que obra a disposición de los municipios, los miembros del PIECAS y las organizaciones y  seres comprometidos, en el siguiente enlace: Propuestas urgentes para la regeneración del Delta del Paraná.

Desamarrar el Delta, proteger sus cauces que son públicos, que no se pueden represar desarrollando endicamientos, que no se pueden privatizar en beneficio de unos muy pocos, sea para su pampeanización como para su urbanización, que no se puede avanzar en la promoción de su desertificación frente al intento de mayor artificialización por adaptación del cauce a los mega barcos de ultramar de la mal denominada hidrovía, etc., es una prioridad central para cumplir con el contrato social constitucional y la Sentencia del máximo tribunal de la Nación.

Organizaciones presentan una medida cautelar para garantizar la participación ciudadana en la audiencia por la Ley de Glaciares

Organizaciones de la sociedad civil presentaron una medida cautelar urgente ante la Justicia Federal con el objetivo de garantizar la participación efectiva de la ciudadanía en la audiencia pública convocada por la Cámara de Diputados para debatir la reforma de la Ley de Glaciares. 

Las organizaciones firmantes -la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, Greenpeace Argentina, Círculo de Políticas Ambientales (CPA) y la Red Universitaria por la Crisis Climática (RUCC), con la adhesión de miembros de asambleas ciudadanas socioambientales de Santa Fe, Mendoza y San Juan- solicitaron mediante esta acción legal que se asegure la intervención oral sincrónica, presencial o virtual, de todas las personas inscriptas en la audiencia, así como la designación de veedores judiciales para supervisar el desarrollo de las jornadas previstas para los días 25 y 26 de marzo, tanto en su modalidad presencial como virtual.

Las organizaciones pidieron que se establezca un cronograma de audiencias públicas que garanticen el principio de oralidad y la participación social integral y efectiva de la totalidad de las personas inscriptas previo al trámite parlamentario y el debate en el recinto del mencionado proyecto de ley. En este sentido, buscan que se asegure un proceso participativo conforme a los estándares legales vigentes, incluido el derecho constitucional a un ambiente sano y de los compromisos asumidos por el Estado argentino, en particular a través del Acuerdo de Escazú y la Ley General del Ambiente.

La reciente decisión de las autoridades de las comisiones intervinientes de limitar la participación a la presentación de videos grabados y publicados en una plataforma privada y comercial modifica sustancialmente las condiciones originales de la convocatoria y restringe el derecho a la participación ciudadana, ya que altera el formato bajo el cual miles de personas se inscribieron y es previsible que reduzca la cantidad de participantes efectivos, dado que no todas las personas que no puedan intervenir en los días previstos enviarán sus presentaciones en video. 

La medida judicial advierte que, bajo el esquema actual de una audiencia limitada a sólo dos días, sólo una proporción mínima de las más de 85.000 personas inscriptas podrá participar. Se estima que este plazo sólo permitirá la participación de aproximadamente 200 personas, es decir, menos de un 0,3% de las inscriptas, lo que “desnaturaliza el mecanismo de audiencia pública y vacía de contenido el proceso participativo”.

“La magnitud de la participación ciudadana refleja el interés público en el debate sobre una norma clave para la protección de los glaciares y el acceso al agua. Este proceso debe estar a la altura de ese interés y garantizar condiciones reales de participación”, señalaron desde las organizaciones.

Entre los puntos solicitados a la Justicia, se destacan:

  • garantizar la participación oral de las personas inscriptas,
  • ampliar la duración o cantidad de audiencias para asegurar dicha participación,
  • evitar mecanismos que restrinjan el acceso a la palabra,
  • y asegurar que el proceso cumpla con los principios de publicidad, transparencia y participación efectiva.

Finalmente, advirtieron que avanzar con el tratamiento legislativo sin garantizar estas condiciones podría afectar la validez del proceso y vulnerar derechos reconocidos por la Constitución Nacional y tratados internacionales. También agregaron que el desarrollo de la Audiencia Pública forma parte del debido proceso y es un derecho, no representa una exigencia o concesión por parte de las autoridades de la Cámara

Nuevo informe: 10 Mitos Y Falacias Sobre La Ley Nacional De Glaciares

Presentamos el informe especial “10 Mitos Y Falacias Sobre La Ley Nacional De Glaciares” para aportar argumentos científicos y técnicos al debate actual

Desde su llegada al poder en diciembre del 2023, el gobierno de Javier Milei amenaza con atacar la Ley de Glaciares. Primero intentó incluir su eliminación en el proyecto llamado Ley Ómnibus, después fue a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia. En ambas oportunidades, la falta de licencia social y la desventaja parlamentaria inclinaron la balanza a favor de la protección de los glaciares.

Sin embargo, empoderados por los resultados favorables de las elecciones de medio término, el oficialismo avanzó con la presentación de un proyecto de modificación de la Ley de Glaciares hecho a medida de las mineras. El mismo ingresó al Senado en diciembre del 2025 y fue tratado por la Cámara Alta durante la época de receso. Con un tratamiento express en sesiones extraordinarias, y desdibujado por otros retrocesos normativos, el 26 de febrero del 2026 el proyecto obtuvo media sanción.

El plan era avanzar rápidamente con el vaciamiento de la Ley de Glaciares en la Cámara de Diputados. Sin embargo, el tratamiento en Diputados se vio postergado: no se puede avanzar sin pasar previamente por una Audiencia Pública en la que ciudadanos y ciudadanas puedan expresarse. Esta instancia se habilita en cumplimiento del derecho a la participación ciudadana reconocido por la Constitución, la Ley General del Ambiente y el Acuerdo de Escazú, que obliga a garantizar mecanismos abiertos e inclusivos en decisiones con impacto ambiental.

La audiencia tendrá lugar los días 25 y 26 de marzo y ya tiene más de 60.000 inscriptos. El compromiso y la urgencia por defender a los glaciares generó una gran demanda de información por parte de la ciudadanía.

Con el objetivo de brindar rigurosidad técnica y científica lanzamos el documento “10 Mitos Y Falacias Sobre La Ley Nacional De Glaciares”, en el que analizamos minuciosamente narrativas que buscan defender el proyecto de vaciamiento de la ley de glaciares y desmontamos falacias que no tienen evidencia o sustento empírico en los datos. 

Es fundamental destacar que el gobierno nacional pretende introducir cambios estructurales en la Ley de Glaciares, que alteran por completo la letra y el espíritu de la ley vigente, eliminando la protección automática que hoy establece la ley y reemplazándola por un sistema discrecional. Esto implica que, mediante una simple declaración de una autoridad provincial, un glaciar puede quedar fuera de la protección legal y ser habilitado para actividades extractivas.

El proyecto del gobierno también elimina la prohibición expresa de realizar actividad minera sobre el ambiente periglacial. La Ley de Glaciares vigente reconoce que los glaciares y los periglaciares conforman un sistema único, indispensable para la regulación del agua. Intervenir en las áreas periglaciares, ya sea en superficie o en profundidad, significaría perder hielo que no se recuperará nunca más y alterar procesos que sostienen el caudal de las cuencas. Por eso la actual ley prohíbe actividades allí: porque el daño sería irreversible.

Esperamos que este insumo pueda nutrir el rigor científico y técnico de los argumentos que se están usando en la discusión pública. 

Audiencia pública por glaciares. Presentamos pedido de información.

El número de personas inscriptas para participar de la audiencia pública por la modificación de la ley de glaciares es histórico. Sin embargo, no tardaron en aparecer irregularidades en el proceso de inscripción que generan dudas respecto de las medidas que se tomarán para garantizar el derecho a expresarse de las más de 30.000 personas anotadas.

Es por eso que, distintas organizaciones de la sociedad civil presentamos un pedido de información al presidente de la Cámara de Diputados, solicitando se informe cuántas personas están inscriptas, quiénes moderarán la audiencia, el orden real de inscripción, el cronograma de exposiciones, cuántas personas participarán de manera presencial y cuántas de forma virtual y si habrá veedores independientes.

El pedido está basado en el principio de máxima participación pública, presente en el propio reglamento de audiencias públicas y en el Acuerdo de Escazú.

Algo es claro: la participación no puede ser limitada arbitrariamente, participar es un derecho amparado por la Constitución Nacional, la Ley General del Ambiente y el Acuerdo de Escazú.

SIN PARTICIPACIÓN REAL, NO HAY JUSTICIA AMBIENTAL

10 razones para rechazar la reforma a la Ley de Glaciares

La modificación a la Ley 26.639 “promueve una reforma sin estudios técnicos, sin fundamento ni dictámenes científicos e incluso con la ciencia en contra”, sostiene el autor. Y enumera nueve motivos más que resultan regresivos para un planeta con estrés hídrico.

de Gonzalo Vergez para Diario Perfil

Glaciares

Nos encontramos ante una semana crítica. Un punto de inflexión en la protección de nuestros bienes comunes: De prosperar la reforma de la Ley de Glaciares (Ley 26.639), se formalizaría el mayor hito regresivo de nuestra corta historia ambiental reciente: el inicio de la destrucción de los glaciares y del ambiente periglacial.

Estaríamos, ni más ni menos, ante la modificación de la ley mundialmente reconocida por proteger nuestras reservas sólidas de agua dulce contenida en masas de hielo, que permanecieron cientos o millones de años allí, para que sea justo nuestra generación quien la ponga en riesgo.

Este punto de inflexión, por un lado resulta asombrosamente infundado e inconstitucional. La promueven solo las grandes empresas mineras, verdaderos artífices de este engendro, y lo efectivizan a través de sus testaferros, que ocupan los máximos cargos políticos de provincias particularmente interesadas como Mendoza, San Juan, Catamarca, Jujuy y Salta. Una incoherencia que prioriza los negocios ante la lógica de la supervivencia.

Esto no les gusta a los autoritarios. El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.

Por el otro, la multiplicidad de argumentos para que no avance, brota tan transparente como agua de deshielo. Acá van 10 gotas de agua:

1 – En el resto del mundo, la ONU declara la”bancarrota hídrica”de un planeta que vivió a crédito. Ya no habla de crisis, sino de quiebra. Ello mientras el 2025 fue declarado por la UNESCO y la Organización Meteorológica Mundial (OMM) como el Año Internacional de Conservación de los Glaciares. Acá, vamos a total contramano.

2 – Jurídicamente esta expresa regresividad pone en riesgo el sistema de protección ambiental basado en leyes de presupuestos mínimos establecidos por nuestra cláusula (Art. 41 CN)m que establece con un criterio uniforme un piso de protección y las provincias pueden aumentarlo. Avanza, en palabras de la Corte Suprema de Justicia de la Nación vaciando de contenido el modelo federal del Estado o el proyecto ambiental de la Constitución”.

3 – Se promueve una reforma sin estudios técnicos, sin fundamento ni dictámenes científicos e incluso con la ciencia en contra. Es más, sin dictámenes jurídicos, e incluso, con la comunidad jurídica en contra.

4 – Avanza sin un debate serio, real. Por el contrario avanza sorprendentemente rápido para una ley de la trascendencia de la mencionada: En un lapso de solo 30 días, y en sesiones extraordinarias, se simula un debate, que esconde acuerdos espurios, cuando el sentido común evidencia la necesidad de tiempo y paciencia.

5 – Avanza entregando el poder a la propia Cámara Argentina de Empresas Mineras quien reconoce que los glaciares son relevantes. Y por eso manifestó “su total acuerdo y compromiso con el objetivo de proteger los Glaciares y el ambiente Periglacial como reservas estratégicas de recursos hídricos”. Claro que en muchos cuentos, el lobo dice que va a cuidar a las ovejas, y luego, sin poder controlar su voracidad innata, se las termina comiendo.

6 – Avanzan a sabiendas de la inseguridad jurídica que se genera. Las falencias de este proceso, resultan tan evidentes, que la judicialización ante una eventual sanción resulta irrenunciable.

7 – Avanza de forma incoherente con los acuerdos internacionales. Prácticamente a la par del tratamiento de la ley de Glaciares, el Congreso convertirá en ley el acuerdo Mercosur UE, que contiene diversas cláusulas ambientales: Las partes acordaron un texto contundente comprometiéndose a implementar eficazmente el Acuerdo de París y a cooperar en la interfaz entre comercio y cambio climático”. (Página 15). Por un lado, se les quita protección a los glaciares, testigos y termómetros inconsultos del cambio climático.

Es sabido que a mayor temperatura del planeta menos glaciares. Argentina, por un lado firma un acuerdo en el que se compromete a cumplir el acuerdo de París y por otro avanza en la profundización de la matriz fósil (causa del CC) y por si fuera poco pretende quitarle protección a los glaciares.

8 – Utilizan el cuestionamiento de la “relevancia hídrica” de un glaciar, omitiendo otras influencias en materia ecosistémica y de diversidad, igual o más relevantes que la importancia como reservorio de agua, omitiendo además, que nos encontramos ante un bien común que no se regenera.

9 – Avanzan con un modelo que pone el agua al servicio de intereses privados y debilita cada vez más, la capacidad de decidir sobre nuestros territorios. Si bien las provincias tienen el “dominio originario” de los recursos que estén en su territorio, eso no los convierte en dueños ilimitados de los bienes comunes.

10 – Ataca directamente a la ciencia, ya que minimiza el rol del IANIGLA como organismo técnico-científico independiente para tomar decisiones fundadas. Traslada esa potestad a los organismos ambientales de las provincias, de dudosa credibilidad.

Es claro que no estamos ante un hecho aislado, sino ante la posible coronación de una política que no reconoce grietas partidarias, y que implica además de una continuidad, una aceleración de políticas públicas con impacto ambiental extremadamente negativo.

Ante el ataque sistemático, hay un llamado a la acción concreto: coherencia, y responsabilidad de parte de quienes dicen representarnos en el Congreso para con las generaciones futuras. Son días clave, no todo esta perdido ni cerrado. La defensa del agua en todas sus formas es también la defensa de la vida y el futuro común.

Organizaciones ambientales exigen audiencia pública por la reforma de la Ley de Glaciares

Tras la media sanción del proyecto que modifica la Ley N° 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial en la Cámara de Senadores el pasado jueves 26 de febrero, diversas organizaciones ambientales solicitaron a los diputados y diputadas de la Honorable Cámara de Diputados la apertura de un proceso participativo, abierto, inclusivo y federal que contemple la convocatoria a una audiencia pública.

La solicitud fue impulsada por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), el Círculo de Políticas Ambientales, Greenpeace Argentina, la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, la Fundación Biodiversidad y Aves Argentina. 

Las organizaciones remarcaron que la discusión sobre la protección de los glaciares no es un debate técnico restringido a especialistas, sino una decisión que impacta directamente en el acceso al agua, la producción y la vida de millones de personas en todo el país, por lo que debe garantizarse el derecho de la ciudadanía a informarse, opinar y ser escuchada.

Las organizaciones expresaron preocupación ante la posibilidad de que el proyecto avance con un trámite acelerado, como ocurrió en el Senado, y que la audiencia pública se reduzca a una instancia meramente formal. Señalan que una participación con plazos acotados o limitada en su alcance desvirtúa su objetivo: garantizar que la ciudadanía pueda informarse y expresarse de manera efectiva en decisiones ambientales de alto impacto.

La Ley de Glaciares es una norma de ordenamiento ambiental del territorio. Esto significa que establece límites y reglas para proteger a estos ecosistemas estratégicos que funcionan como reservas de agua dulce y reguladores del clima. Por su naturaleza, cualquier modificación debe respetar los mecanismos de participación ciudadana previstos en la legislación argentina y en los compromisos internacionales asumidos por el país.

  • La Ley de Glaciares constituye un instrumento de ordenamiento ambiental del territorio destinado a proteger ecosistemas estratégicos para la provisión de agua y la regulación climática. En este sentido, el artículo 10 inciso e) de la Ley General del Ambiente (Ley 25.675) reconoce al ordenamiento ambiental del territorio como un instrumento clave de política y gestión ambiental.
  • El artículo 21 de la Ley General del Ambiente establece que la participación ciudadana debe asegurarse en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio, especialmente en las etapas de planificación y evaluación.
  • El artículo 7 del Acuerdo de Escazú —ratificado por Argentina mediante la Ley 27.566 y con jerarquía superior a las leyes— obliga a garantizar la participación pública en procesos de toma de decisiones, revisiones o actualizaciones en asuntos ambientales que puedan tener un impacto significativo. En particular, el inciso 5 de dicho artículo exige que los procedimientos contemplen plazos razonables que permitan una participación efectiva e informada.

Las organizaciones subrayan, además, que el propio proyecto de reforma cita expresamente al Acuerdo de Escazú y reconoce la necesidad de cumplir con una instancia participativa durante su tratamiento en el Congreso.

En este contexto, advierten que avanzar en el trámite legislativo sin garantizar un proceso de información y participación pública podría configurar un supuesto de ilegalidad y derivar en la nulidad del procedimiento, por incumplimiento de la normativa vigente y de los estándares de democracia ambiental.

Por ello, solicitan formalmente que, antes de continuar con el tratamiento legislativo, se convoque a un proceso participativo amplio, con alcance federal y con mecanismos que garanticen la participación efectiva de la ciudadanía y organizaciones de todas las provincias del país, a fin de asegurar el debate democrático en torno a una norma considerada pionera en el derecho ambiental.

La protección de los glaciares y del ambiente periglacial involucra un bien común estratégico como el agua dulce, y su eventual modificación no puede resolverse sin escuchar a quienes dependen de ella hoy y en las próximas generaciones.

Ley de Glaciares: alertan que la modificación aprobada en el Senado es ilegal y debe ser rechazada en Diputados

En el día de hoy, la Cámara de Senadores de la Nación otorgó sanción al proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo que modifica la Ley de Glaciares (Ley N.º 26.639), una iniciativa que reduce el nivel de protección vigente para los glaciares y el ambiente periglacial, ecosistemas estratégicos que constituyen reservas fundamentales de agua dulce.

El proyecto habilita actividades productivas y extractivas que pueden afectar la integridad y el funcionamiento natural de estos ambientes -incluida la minería-, comprometiendo la disponibilidad de agua para millones de personas y para numerosas economías regionales que dependen de cuencas alimentadas por glaciares.

La Ley de Glaciares, sancionada en 2010, es una política pública clave para la seguridad hídrica del país y un estándar ambiental reconocido internacionalmente. Su debilitamiento representa un retroceso ambiental grave, incompatible con los principios de protección progresiva del ambiente y con los desafíos que impone la crisis climática.

En este contexto, las organizaciones sociales y ambientales abajo firmantes instan a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación a rechazar el proyecto de modificación y preservar una ley fundamental para el presente y el futuro del país. Lo que está en juego no es solo una norma ambiental, sino la protección del agua, los territorios y la vida de millones de personas.

Firman

Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)

Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas

Greenpeace Arentina

Círculo de Políticas Ambientales

Aves Argentinas

Organizaciones argentinas expresan su preocupación al Parlamento Europeo por la posible regresión en la Ley de Glaciares

En una carta dirigida a autoridades y miembros del Parlamento Europeo, organizaciones de la sociedad civil argentinas expresaron su profunda preocupación por el tratamiento que tendrá hoy en el Congreso Nacional la modificación de la Ley de Protección de Glaciares (Ley N.º 26.639), una iniciativa que avanza en simultáneo con la aprobación del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y el Mercosur y que podría resultar incompatible con los compromisos ambientales internacionales asumidos por el país en ese marco.

En la carta, las organizaciones señalan que la reforma propuesta reduciría sustancialmente el nivel de protección vigente para los glaciares y el ambiente periglacial, ecosistemas estratégicos que constituyen reservas esenciales de agua dulce y cumplen un rol clave para la estabilidad climática.

Asimismo, advierten que el proyecto presenta serios cuestionamientos constitucionales, ya que alteraría el esquema de distribución de competencias ambientales establecido por la Constitución Nacional respecto de los presupuestos mínimos de protección ambiental, debilitando el marco ambiental federal.

Las organizaciones también destacan que la iniciativa implicaría una regresión en los estándares de protección ambiental, lo cual resulta incompatible con los compromisos internacionales asumidos por Argentina en materia ambiental y de derechos humanos, que poseen jerarquía constitucional o supralegal en el ordenamiento jurídico interno.

En particular, subrayan que avanzar en una reducción de la protección ambiental al mismo tiempo que se ratifica un acuerdo internacional con obligaciones ambientales vinculantes podría colocar al país en incumplimiento del artículo 26.2.3 del Acuerdo UE–Mercosur, que establece que ninguna de las partes debe debilitar su legislación ambiental con el objetivo de fomentar el comercio o la inversión.

En este contexto, las organizaciones solicitaron al Parlamento Europeo que tenga en consideración estos desarrollos legislativos al momento de evaluar el cumplimiento de las obligaciones ambientales de Argentina bajo el Acuerdo, y recordaron que la integración comercial no debe avanzar en detrimento de la integridad ambiental, la seguridad jurídica y el respeto de los compromisos internacionales.

Debilitar la Ley de Glaciares implicaría un grave retroceso ambiental y jurídico: la protección del agua y de estos ecosistemas estratégicos debe constituir una prioridad indeclinable en cualquier proceso legislativo.

  • Círculo de Políticas Ambientales
  • FARN
  • Greenpeace
  • Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas
  • Fundación Biodiversidad Argentina