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Estado de excepción - Ley omnibus

Regresión ambiental, desdemocratización y Estado de excepción

por Maristella Svampa, Enrique Viale para elDiarioAR

La Argentina está ingresando de modo vertiginoso a un Estado de Excepción, que coloca en manos del presidente la suma del poder público. La reforma que busca imponer Milei abre a un escenario de autocracia mesiánica, que desconoce la división de poderes del Estado y pretende borrar de un plumazo las normativas y regulaciones protectoras en materia social, económica, ambiental y de género, de la mano de un modelo represivo, de criminalización de la protesta social. Para las corporaciones, este momento de desdemocratización a gran escala es también el momento de la “gran piñata”, de la gran repartija de los “dulces” que quedan, ofrecidos gentilmente por un presidente anarco-capitalista, que busca suprimir cualquier regulación estatal, en favor de los privados. Y esto sucede de modo tan obsceno como visible, comparable solo con el menemismo, que encontró a una sociedad exhausta por la hiperinflación (1989-1990); y con la última dictadura cívico-militar, que se propuso una reestructuración social y económica, de la mano del terrorismo de Estado.

En materia socioambiental, el proyecto de Ley Ómnibus enviado recientemente por el presidente Milei al Congreso Nacional es un golpe al corazón de la legislación de protección ambiental argentina, ya que se propone liquidar las dos leyes que mayor esfuerzo ciudadano costaron en los últimos quince años: la Ley de Protección de Bosques (Ley 26.631, de 2007) y la Ley de Glaciares (Ley 23.639, de 2010). Dos leyes de presupuestos mínimos de protección que conllevaron grandes luchas ambientales, involucrando no sólo al conjunto del movimiento socioambiental (asambleas territoriales en las diferentes provincias) y a ONGs ecologistas (Greenpeace, FARN, Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas), sino también a amplios sectores de la sociedad argentina, que apoyaron la defensa de nuestras “fábricas de agua” (los glaciares y su ambiente periglaciar), amenazadas por la expansión de la megaminería; y la defensa de los bosques, arrasados por los desmontes y el avance de la frontera del agronegocio.

Digámoslo una vez más.  Nunca, como en estas dos leyes marco hubo tanto apoyo de la ciudadanía, gracias al debate público y a la conciencia de la realidad palpable de la destrucción y despojo de nuestros ecosistemas. También es cierto que el lobby empresarial jamás cesó de atacarlas y conspirar contra ellas, a fin de flexibilizarlas y torcerlas en su favor, utilizando para ello los bloques parlamentarios afines. Sin embargo, pese a ello, no pudieron lograrlo hasta ahora. Hoy, en el marco de un gobierno libertario-empresarial, primero a través de un DNU que deroga la Ley Nacional de Tierras Rurales (ver abajo) y desregula el sistema energético a ultranza; segundo, con esta propuesta de Ley Ómnibus, que apunta de lleno a la madre de todas las batallas socioambientales, las corporaciones tienen la posibilidad de una formidable revancha social, asestando un golpe de gracia a la totalidad de nuestros bienes comunes naturales. Al parecer la casta para este gobierno, además de los trabajadores y los sectores populares afectados por el ajuste, también son los Glaciares y los Bosques.

En el caso de la Ley de Bosques, en primer lugar la desfinancia casi a cero al sacarle al Fondo Nacional para la Conservación de los Bosques Nativos el porcentual de las retenciones de exportaciones del agronegocio. Pero, fundamental y con una confusa técnica legislativa, este proyecto de ley pretende autorizar los desmontes en las áreas de protección I (roja, sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse) y II (amarilla, sectores de mediano valor de conservación), esto es las áreas más importantes y vitales, desmontes que actualmente están expresamente prohibidos. Más aún; ése es el núcleo de la Ley de Bosques: si no se protegen las zonas más frágiles y fundamentales para la vida de nuestros ecosistemas ya en peligro, ¿qué sentido tiene entonces una Ley de Bosques? De aprobarse esta propuesta de ley, todos los bosques argentinos podrían ser desmontados, para garantizar el avance de los negocios (soja, cultivos transgénicos, ganadería, monocultivo forestal, entre otros).

Respecto de la Ley de Glaciares, la propuesta de reforma habilitaría la actividad minera en ambiente periglaciar (expresamente prohibida por la ley). Este retroceso ambiental es la exigencia histórica de grandes mineras transnacionales como Barrick Gold que pretenden avanzar sobre estos ecosistemas y, con dicha modificación, podrán hacerlo sin limitaciones, estrechando de manera considerable la zona de protección. Las asambleas de provincias -como San Juan- defienden a rajatabla el ambiente periglaciar, el que es significativamente más reducido en las provincias áridas del centro y norte del país -y por eso más frágil-, que en el sur argentino, más pródigo en hielos.

El proyecto de Ley Ómnibus también tiene otros aspectos abiertamente destructivos, ya que facilita la quema de tierras para “limpiarlas” en favor de cualquier “actividad productiva”. El proyecto de ley reformaría la precedente, Ley 26.562 de control de actividades de quemas, ya que habilita que si al cabo de 30 días, la autoridad competente no se expide en relación al pedido de autorización de quema “se considerará que la quema ha sido autorizada tácitamente”. Con un Estado desguazado, con escasos o nulos controles, esto significa la institucionalización de la quema indiscriminada, tal como hizo Bolsonaro años atrás en Brasil, hecho que impactó severamente en la Amazonía, sus ecosistemas y los pueblos indígenas que la habitan. También habilita y liberaliza la quema de Pastizales, ecosistemas valiosísimos e imprescindibles, bajo el eufemismo de realizar “cortafuegos” y “acciones preventivas”, hoy acciones vedadas o solo permitidas a las autoridades competentes y de forma excepcional. Aquí lo hemos vivido ya en varias provincias, lo más reciente son los incendios en Corrientes (verano de 2023), que afectaron no solo a los Esteros de Iberá, de los cuales arrasaron con más de 100.000 hectáreas, entre esteros, bañados y pastizales. Esta modificación potenciaría los incendios de manera impensada y absolutamente ilimitada.

Otro elemento de la ley ómnibus es que propone adherir al tratado de 1991 de la Convención Internacional sobre la Protección de Nuevas Variedades Vegetales (UPOV 91) para privatizar las semillas y criminalizar el intercambio de semillas criollas. 

Por último, la propuesta de Ley Ómnibus dispone ingresar de lleno al capitalismo verde -que es compatible con el negacionismo climático-, que habilita a las corporaciones el derecho a seguir contaminando, a través de la compra de “bonos verdes” en el mercado de carbono. Sobre la transición hacia energías renovables, no hay nada. Solo el afán por insertar a las grandes corporaciones (del tipo que sean, pero fundamentalmente extractivas) en el negocio del carbono, en lo que hemos llamado el “Consenso de la Descarbonización”, un acuerdo capitalista que pretende combatir la crisis climática sin tocar el modelo de negocios actual, exacerbando el proceso de explotación extractivista de los bienes naturales y manteniendo una relación depredatoria con la naturaleza. 

En este vértigo destructivo y desdemocratizador en el que nos sumerge el gobierno libertario-corporativo, el 29 de diciembre entra en vigencia el Decreto de Necesidad y Urgencia del día 20 de diciembre que, por sus impactos, también conlleva una fuerte regresión ambiental. Por ejemplo, dispone la derogación de la Ley de Tierras Rurales, sancionada en 2011. Dicha ley colocó un freno al proceso de extranjerización de tierras que desde los ‘90 venía operándose en el país, acelerado luego por la crisis de 2001-2002. La ley apunta a limitar la extranjerización de las tierras, instalando un más que razonable régimen restrictivo para la compra de tierras rurales por extranjeros, como sucede en la mayoría de los países del mundo.

Un artículo importante de dicha ley es aquel que prohíbe a extranjeros ser propietarios de inmuebles que sean ribereños de cuerpos de agua (ríos, lagos o cuencas) y zonas de seguridad de frontera. Aunque no es retroactiva (Lewis y Benetton, entre otros, hicieron mucho provecho de esta falta de regulación), la derogación de esta ley conlleva directamente la liberación total de la compra o posesión a capitales extranjeros. Corporaciones transnacionales forestales como ARAUCO, que ya tienen cientos de miles de hectáreas en nuestro litoral, estarían también detrás de esta flexibilización. Este proceso de extranjerización se traduce en la pérdida de nuestra soberanía sobre los bienes comunes asociados al suelo y agua (cuencas hídricas, lagos, ríos). A su vez, implica el desplazamiento de poblaciones vulnerables; comunidades campesinas e indígenas podrán ser expulsados por la megaminería metalífera y de litio, la expansión de la frontera sojera-ganadera, foresto-industrial y el corrimiento de la explotación hidrocarburífera. 

Respecto del sector energético, el DNU abre la puerta a la privatización total de las empresas públicas (con su transformación de sociedades mixtas a sociedades anónimas), lo cual anticipa mayor pérdida de soberanía y de control de los bienes comunes. Asimismo, establece la liberalización tarifaria sin salvaguardas, lo cual amenaza el mercado interno y aumenta riesgos ambientales y sociales. A su vez la eliminación del Fondo para el Desarrollo de la Generación Distribuida (FODIS) y afectación de certificados de crédito fiscal representan un retroceso en la implementación de energías renovables de baja escala necesarias para la transición ecosocial. Lo más indignante es la absoluta ausencia de cualquier tipo de regulación o modificación de los grandes subsidios existentes para las grandes petroleras y empresas energéticas. Es decir, mientras se reducen o suprimen los subsidios al consumidor en las tarifas de combustible y energía, se siguen subsidiando a las grandes petroleras multinacionales, no para el consumo interno, sino para la exportación. Un llamado explícito al despojo y el saqueo, que suena como música en los oídos de las corporaciones transnacionales.

A 40 años de recobrada la institucionalidad democrática, más allá de sus deficiencias y errores, asistimos a una vertiginosa embestida en términos de desdemocratización, que pareciera dejar desamparada a la ciudadanía, ante la salvajada de reformas y derogaciones propuestas por el presidente libertario. Frente a ello, cabe preguntarse dónde se encuentran en este país las reservas democráticas que puedan contrarrestar esta arremetida autocrática e inconstitucional, que transfiere nuestros bienes públicos y naturales y deroga nuestros derechos (civiles, sociales, económicos, ambientales, laborales, entre otros), en favor de las corporaciones privadas.

Hoy una parte importante de la ciudadanía se encuentra cada vez más movilizada en diferentes ciudades del país (a través de marchas, paros generales o parciales, cacerolazos), convocados por diferentes organizaciones (sociales, sindicales, territoriales). Sabemos que la movilización social es absolutamente necesaria, pero no suficiente si no va acompañada por la intervención política urgente del Poder Legislativo, rechazando el DNU y las reformas de esta Ley Ómnibus, así como de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, frente a la inconstitucionalidad de tales medidas. Una pregunta atraviesa esta indignación colectiva que gana las calles, cada vez más militarizadas: ¿acaso nuestra institucionalidad es tan frágil que puede venir un nuevo presidente y llevarse puesto en tres semanas las instituciones democráticas y nuestros derechos? Esta es la madre de todas las batallas. Ojalá las fuerzas políticas de la oposición y la Justicia argentina estén a la altura de esta responsabilidad histórica.

Sin límites para el saqueo: ataque al corazón de la legislación de protección ambiental argentina

Desde el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) expresamos nuestra profunda preocupación y rechazo al proyecto de Ley llamado “Ómnibus”. Un detallado análisis (ver más abajo) de todo el proyecto presentado por el Presidente Javier Milei, revela que las medidas representan una inaceptable y enorme regresión en materia socioambiental y socava los pilares de la legislación de protección ambiental en Argentina.

El proyecto amenaza de manera directa la legislación vigente de protección ambiental en Argentina ya que liquida dos leyes fundamentales: la Ley de Protección de Bosques y la de Glaciares. Estas leyes son producto de dos conquistas ciudadanas históricas, y son cruciales en un contexto de crisis climática global y degradación ambiental local.

Llamamos a la sociedad a rechazar y resistir estas propuestas que ponen en riesgo la naturaleza, sus ecosistemas y la capacidad del Estado para regular y proteger el ambiente. Exigimos a los legisladores nacionales que rechacen enérgicamente este proyecto y resguarden la poca legislación vigente que puede servir como un puntapié para la justicia ecosocial y la protección ambiental en Argentina. Misma exigencia realizamos con el inconstitucional DNU 70/2023 (ver nuestro informe sobre el DNU).

El análisis detalla las gravísimas regresiones ambientales del proyecto en la Ley de Bosques y la Ley de Glaciares, destacando cambios que permitirían desmontes en todos los bosques del país y la actividad minera en ambientes periglaciares. La eliminación de regulaciones, el desfinanciamiento de fondos ambientales, la falta de acceso a información para comunidades afectadas y la persecución de manifestantes.

Existe también una profunda desregulación y liberalización del sector energético en el proyecto, incluyendo la privatización de empresas del sector y la afectación de la concesión sobre el Río Paraná (llamada Hidrovía Paraná-Paraguay). Asimismo, se destaca el sesgo liberalizador en sectores como hidrocarburos, minería y pesca, que amenaza la capacidad soberana del Estado en la regulación del capital trasnacional. 

En cuanto a política climática, el proyecto de Ley Ómnibus propone la creación de un mercado de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (GEI) con amplia participación del sector privado. Esta medida, similar al mercado voluntario de bonos verdes, permitiría la privatización de la capacidad de captura de dióxido de carbono, trasladando la destrucción ambiental y social a los territorios del sur global.

El proyecto propone cambios en la regulación de actividades de quema, permitiendo interpretar el silencio del Estado como una autorización “tácita” y autoriza a los productores a la quema incontrolada de pastizales, valiosos ecosistemas. Además, se destacan derogaciones en la Ley de Pesca que afectan la protección de los ecosistemas marinos y eliminan criterios de permisos que priorizan la mano de obra argentina y la construcción local de buques.

El análisis expone la desregulación total y profunda del sector energético, lo cual puede representar una aceleración en la expansión de la frontera hidrocarburífera y un aumento desmedido en los impactos socioambientales derivados de la industria fósil. 

En un contexto mundial de crisis climática, ambiental y energética, la posibilidad de dar pasos concretos hacia una transición ecosocial enfrenta un peligro letal con este proyecto. El mismo muestra una combinación entre eliminación de intervenciones de actores estatales para el cuidado y la protección del ambiente, la absoluta financiarización del mercado energético subsumido a intereses internacionales y una política estatal de negacionismo climático. 

Contacto de Prensa: +541123904594

Peor que en los 90s: DNU, autocracia, extranjerización y regresión socioambiental

Peor que en los 90s: DNU, autocracia, extranjerización y regresión socioambiental 

Desde el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA), expresamos nuestra profunda preocupación y rechazo al DNU Nº 70/2023. Lo consideramos manifiestamente inconstitucional y en contradicción con los principios fundamentales de la jurisprudencia de nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

El DNU carece de argumentos sólidos y no cumple con los requisitos constitucionales de “necesidad” y “urgencia”. A su vez, ignora los mecanismos constitucionales al eludir la aprobación legislativa, contraviniendo la jurisprudencia de la CSJN. También la emisión del DNU, de 336 artículos y dictado de manera apresurada, viola la prohibición constitucional establecida en el Artículo 29 de la Constitución Nacional, lo que puede ser considerado una “traición a la patria” como establece nuestra Carta Magna. A su vez, esto se intenta implementar en conjunto con un protocolo antipiquetes que viola el Derecho a la Protesta social, en un intento por acallar cualquier tipo de respuesta popular a las medidas. 

Compartimos a la sociedad un primer análisis (ver abajo link a documento completo) de los aspectos socioambientales del mencionado Decreto, que muestra su carácter abiertamente regresivo. Entre los principales puntos que el documento analiza se encuentran: 

Ley de Tierras Rurales: Sancionada en 2011, la Ley de tierras rurales expresó la necesidad de colocar un freno al proceso de extranjerización de tierras. La ley busca limitar la extranjerización de las tierras, colocando un régimen restrictivo para la compra de tierras rurales por extranjeros. Un artículo importante es el que prohíbe a extranjeros ser propietarios de inmuebles que sean ribereños de cuerpos de agua (ríos, lagos o cuencas) y zonas de seguridad de frontera.

La derogación de esta Ley conlleva directamente la liberación total de la compra o posesión a capitales extranjeros. Extranjerizar nuestros suelos se traduce en perder nuestra soberanía sobre los bienes comunes asociados al suelo y agua. A su vez esto implica el desplazamiento de poblaciones vulnerables; comunidades campesinas e indígenas podrán ser expulsados por la megaminería metalífera y de litio, la expansión de la frontera sojera-ganadera, foresto-industrial y el corrimiento de la explotación hidrocarburífera. 

Leyes de Minería: la derogación de la Ley N° 24.523 del Sistema Nacional de Comercio Minero, y la Ley N° 24.695 del Banco Nacional de Información Minera implica aún una mayor opacidad en una actividad que ya se encuentra absolutamente desregulada y con la habilitación a una minería a gran escala que flexibiliza controles, estableciendo un sistema de regalías irrisorios a las corporaciones mineras y que continúa intacto.

Impacto en el Sector Energético: Abre la puerta a la privatización total de las empresas públicas  (su transformación de sociedades mixtas a sociedades anónimas). Representa un riesgo para la aceleración en la expansión de la frontera hidrocarburífera, en un contexto de crisis climática. Establece la liberalización tarifaria sin salvaguardas, lo cual amenaza el mercado interno y aumenta riesgos ambientales y sociales. A su vez la eliminación del Fondo para el Desarrollo de la Generación Distribuida (FODIS) y afectación de certificados de crédito fiscal representan un retroceso en la implementación de energías renovables de baja escala necesarias para la transición ecosocial

Lo más llamativo es la absoluta ausencia de cualquier tipo de regulación o modificación de los grandes subsidios existentes para las grandes petroleras y empresas energéticas. Es decir, se seguirá subsidiando a las grandes petroleras multinacionales, no para el consumo interno, sino para la exportación.

Modificación de la Ley del Fuego: Si bien no aparece en el DNU publicado, la modificación -anunciada expresamente por el presidente en la cadena nacional- permitiría el cambio de uso del suelo de zonas afectadas por el fuego, alentando la destrucción de bosques, humedales y áreas protegidas por el agronegocio y la especulación inmobiliaria

Riesgo Alimentario: La derogación de normas como la Ley de Abastecimiento o la Ley de Góndolas favorecen la exportación del agronegocio en detrimento del abastecimiento interno. Esto representa un riesgo que profundiza la crisis alimentaria global y obtura la soberanía alimentaría. 

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¿Qué significaría para el ambientalismo un triunfo de Javier Milei?

Las posibles transformaciones que podrían imprimirse en el territorio nacional son inconmensurables pero existe suficiente evidencia para prever su rumbo. Desde el negacionismo de la crisis climática hasta la financiarización absoluta de todo lo material, un triunfo de Milei-Villarruel podría marcar un profundización extrema de las desigualdades ambientales.

por Alejo di Risio para elDiarioAr

Entrevistado en el programa Gelatina hace unos días, Martín Kohan describió al candidato Javier Milei como una persona que no concibe a un ser humano como otra cosa que alguien que intercambia bienes según oferta y demanda. A partir de esta definición, podemos deducir rápidamente otra: para Milei y la gente que lo rodea, cualquier objeto o vida no humana puede verse solamente como un activo financiero para ser intercambiado según oferta y demanda. Según esta premisa, todo aquello que no pueda ser financiarizado no sólo puede desaparecer sino que debe. Una especie de darwinismo financiero: la supervivencia, no de los más fuertes, sino de los más rentables.  

Con ese mismo argumentó el diputado electo por la Provincia de Buenos Aires Alberto Benegas Lynch (n) justificó la extinción diaria de especies animales. Fue en una entrevista con Julio Leiva, en la cual también elogió la privatización y concesión del Mar Argentino. Esta propuesta se encuentra inscripta en la plataforma electoral oficial de La Libertad Avanza presentada ante la Justicia. Para la extrema derecha, la conservación de ecosistemas no tiene sentido en términos ambientales ni culturales. Incluso ignoran los beneficios para la salud pública o la dependencia de los sistemas productivos de las condiciones ambientales. Conciben cualquier tipo de bien común como un recurso a ser explotado. Una financiarización absoluta de la vida.

Esta subjetividad transforma inmediatamente cualquier tipo de regulación o consenso logrado sobre la protección del ambiente en una barrera a ser destruida. El derecho de un privado a maximizar sus ganancias no puede ser obstruido por ninguna razón, ni ética ni moral. Es de notar lo contradictorio de pregonar esta mirada ya que niega los servicios ecosistémicos que muchos sistemas productivos tienen especialmente en nuestro país. El más estructural y relevante en este momento es la enorme sequía que afectó a nuestro país este año. La misma devastó las exportaciones del agronegocio, afectando con pérdidas de hasta el 50% a los principales cultivos y teniendo un fuerte impacto en la macroeconomía nacional. 

Sin embargo, fue precisamente en La Rural que Javier Milei dijo que el valor del agua “es cero” en tanto y en cuanto los ríos no sean apropiados por privados. Mientras cerraba el Congreso Económico Argentino el candidato explicó cómo una empresa puede contaminar un río “todo lo que quiera”. En sintonía con las narrativas bolsonaristas y trumpistas, el binomio Milei-Villarruel también afirma que las políticas ambientales son “parte de la agenda del marxismo cultural”, lo que ha derivado en un discurso fuertemente anti-ciencia, que niega los límites planetarios. El mismo también se refleja en el negacionismo climático que llevó a EEUU a retirarse del Acuerdo de París, tratado internacional sobre el calentamiento global. 

El candidato Milei volvió a corroborar su creencia en el “anarcocapitalismo” y a afirmar la premisa que postula que destruir el Estado es una prioridad. Es necesario explicitar que el desmantelamiento del paisaje de instituciones estatales, genera amenazas sustanciales para la protección ambiental. Si bien hoy en día existen profundas injusticias sociales y ambientales en todo el territorio, deslegitimar y desfinanciar la estructura estatal sólo puede empeorar la situación. La existencia misma de instituciones democráticas es un punto de partida en la institucionalidad necesaria para garantizar verdadera justicia social y ambiental a mediano y largo plazo. 

Estos ataques constantes erosionan la legitimidad necesaria para que el Estado supervise y responda ante las injusticias sociales y ambientales. Esto puede ser terreno fértil para una escalada de impunidad corporativa. Incrementaría la cantidad de delitos ambientales, de empresas que sobrepasan la institucionalidad local y provincial o la falta de remediación ante derrames o accidentes. Además, tendría graves repercusiones sobre la capacidad de respuesta del Estado a eventos de clima extremo como inundaciones, o catástrofes ambientales como incendios de humedales o bosques.

A su vez, la creciente escalada de violencia genera una preocupación adicional para la integridad de defensores y defensoras ambientales en el territorio. En una columna publicada en Infobae, el referente intelectual libertario, Benegas Lynch (hijo), es decir el padre del diputado electo, declaró al ambientalismo como enemigo absoluto de la propiedad privada. 

Esta extrema derecha viene cargada de un autoritarismo que intentará disolver a los sindicatos, erradicar la protesta social y suprimir la organización territorial de comunidades que se manifiestan en un marco democrático. Sólo en los últimos días, las amenazas y amedrentamientos virtuales contra figuras públicas varias se multiplicaron hasta llegar a la presidenta de la Cámara de Diputados. 

La habilitación de un régimen de violencia multiplica y expande, a nivel institucional, mediático y político, un entorno propicio para explosiones cotidianas de la democracia. Quienes adopten como propio este legado de hostigamiento y demonización e identifiquen en el ambientalismo y los movimientos territoriales un enemigo se sentirán legitimados para violentar y hostigar a aquellos a quienes responsabilizan de sus propias miserias.

¿Cómo se darían fenómenos de protesta socioambiental regional como el Chubutazo o el Mendozazo si las Fuerzas Armadas estuvieran habilitadas a involucrarse en Seguridad Interior? ¿Cuánto se multiplicarían las violaciones de derechos humanos y ambientales en caso de disminuir las garantías estatales? ¿Cómo se van a desarrollar las provocaciones de fuerzas de choque locales a defensorxs del territorio cuando la tenencia de armas de fuego no esté regulada? 

El avance del binomio Milei-Villarruel condiciona la estabilidad política y democrática de nuestro país. Plantea amenazas sustanciales para los defensores y defensoras ambientales en todo el territorio. Estos retrocesos ambientales son una dimensión más de un proyecto de país que va en retroceso. Al sumarse al rechazo a la salud y educación pública, las propuestas de dolarización e hiperinflación, el apoyo a las políticas de la dictadura, entre otras están suscitando el apoyo a Sergio Massa de un amplio espectro de actores que nunca lo hubieran votado en otro contexto.

Como el propio Massa dijo en el debate, esto no es necesariamente traducible como un acompañamiento al proyecto massista. Pero sí puede entenderse como un voto estratégico para el apoyo a la democracia. Un punto de partida para que las políticas ambientales sigan expandiéndose y hacer políticamente posible lo socioambientalmente necesario. Probablemente, la negativa a acompañar a Milei no alcance para frenar el avance de una subjetividad financiarizada de la vida. Pero avanzar hacia una construcción de una subjetividad solidaria, de una ética del cuidado mutuo o de nociones comunitarias la democracia es necesaria.

Buscan reconocer los Derechos de la Naturaleza en Entre Ríos

La pregunta y razonamiento más sencillo es: sí las empresas y otras entidades pueden tener derechos ¿Por qué no puede tener derechos la naturaleza, de la cual dependemos?

Integrantes de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, la Multisectorial de Humedales de Paraná, la Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza (GARN) y del Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial presentaron proyectos para que la Provincia de Entre Ríos y el Municipio de Paraná reconozcan los Derechos de la Naturaleza o Pachamama. Los proyecto refieren a donde se reproduce y realiza la vida, debiendo asegurarse el respeto integral, su existencia, el mantenimiento, regeneración de sus ciclos y funciones vitales, estructura y procesos evolutivos.

La presentación retoma el legado de Fernando “Pino” Solanas y se basa en el texto del proyecto de ley presentado hace unos años por el Senador de Proyecto Sur. Revisa sus fundamentos y contextualiza las presentaciones en el marco de la presente campaña impulsada por la Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza (GARN).

Es necesario compatibilizar a nivel provincial y municipal el reconocimiento de los Derechos de la Naturaleza con la legislación constitucional de las provincias. Vinculando la iniciativa con el derecho de todos/as los/as habitantes a un ambiente sano, la protección de la diversidad biológica y ecosistemas en particular y los derechos de los pueblos indígenas. Y también acoplando el derecho procesal provincial (acción de amparo, intereses difusos, acción popular, acciones preventivas, etc.) entendido como una “derecho procesal de la naturaleza”.

Los dos proyectos presentados

Proyecto provincial

El proyecto provincial fue presentado en la Cámara de Diputados de la Provincia de Entre Ríos. El mismo fue ingresado por Mesa de Entradas del parlamento provincial se titula Reconocimiento de los derechos de la naturaleza en la provincia de Entre Ríos. Se trata del Expediente N° (Nº 24.836 M.E.), ingresado el 3/11/2022. Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza (GARN) – Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas – Multisectorial de Humedales de Paraná.

La Provincia de Entre Ríos posee una de las Constituciones Provinciales más nuevas de Argentina. En ella se incluyen novedosos derechos con respecto a la naturaleza. Ejemplo de esto es el reconocimiento de la libertad de los ríos. Se hace mención explicita a que las cuencas hídricas comunes y los sistemas de humedales “se declaran libres de construcción de obras de infraestructura a gran escala que puedan interrumpir o degradar la libertad de sus aguas y el desarrollo natural de sus ecosistemas asociados”.

A su vez reconoce la triple función del suelo, en sus dimensión social, ambiental y económica en su Artículo 85. Aunque estos no son reconocimientos explícitos de derechos a la naturaleza, son un gran avance en cuanto a la comprensión de su importancia y funcionamiento de los ecosistemas. 

Proyecto Municipal

El segundo proyecto fue presentado ante el Concejo Municipal de la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos. Fue ingresado por Mesa de Entradas del parlamento local y se titula Reconocimiento de los derechos de la naturaleza en la ciudad de Paraná. Se trata del Expediente N° H.C.D. Nº 789/2022-A-F17, ingresado el 3/11/2022. Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza (GARN) – Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas – Multisectorial de Humedales de Paraná.

En el caso de la Ciudad de Paraná es la Ordenanza N°7.717 (1995), que crea el Código Ambiental, de la ciudad la que reconoce de la siguiente manera, en la declaración de principios y objetivos que:

“Nosotros los representantes del pueblo reconocemos: a) En lo referente al Ambiente, como sujeto del Derecho a todos seres vivos y futuros.”

Código Ambiental de la Ciudad de Paraná

“Este es un fundamental e interesante avance que pocas veces fue comprendido por gobernantes y ciudadanía.” – declaró Enzo Cullaso, integrante de la Multisectorial de Humedales de Paraná y la Asociación de Abogados/as Ambientalistas – “Hoy luego de 20 años, es necesario volver a dialogar sobre la posibilidad de otorgarle entidad jurídica a la naturaleza.”

Más sobre Derechos de la Naturaleza

La naturaleza como sujeto de derecho, implica necesariamente su desmercantilización. Así como el discurso normativo actual prohíbe tratar como mercancía al ser humano, al ser sujeto de derecho la naturaleza debería recibir el mismo trato. Es importante aclarar que lo que protege este proyecto son los “sistemas de vida” lo cual no es un obstáculo para el desarrollo y comercialización, por ejemplo, de actividades agrícola-ganaderas, entre otras. Con los Derechos de la Naturaleza se puede comerciar y comer carne, pescado y granos, por ejemplo, mientras se asegure que quedan ecosistemas funcionando con sus especies nativas.

Asistimos en este siglo a un modelo de producción y consumo que está generando el traspaso de los límites biofísicos, que atenta contra toda forma de vida sobre el planeta, incluida la nuestra.  Es tiempo de madurar como especie, para trascender el egoísta instinto competitivo y abrazar la vida en toda su diversidad de expresiones.

El marco de los Derechos de la Naturaleza comprende que cada pueblo es portador de culturas diversas, como lo son los territorios de este continente. En este contexto, también existen culturas que supieron otorgarle un valor a la naturaleza más allá del uso humano. Quienes reconocieron en sus cosmovisiones la interdependencia con todos los reinos de la vida.

El grado de madurez de cada sociedad abre a la posibilidad de comprender e internalizar otras maneras de vincularse con su entorno. Estas culturas otorgan brújulas para que la humanidad vuelva a percibirse en igualdad, ya no como dueño, sino como parte de un todo.

Matanza de pingüinos en Punta Tombo: organizaciones presentan querella penal

22 de noviembre de 2022.-

Las organizaciones Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, Fundación Patagonia Natural y Greenpeace Argentina presentaron una querella penal respecto al ecocidio de cientos de pingüinos que tuvo lugar en la Reserva Natural Punta Tombo (Chubut), en 2021. En esta reserva se encuentra la mayor colonia de pingüinos de Magallanes del mundo. 

Durante agosto y noviembre de 2021, sin autorización previa de impacto ambiental y mediante la utilización de retroexcavadora, se abrieron caminos, realizaron desmontes de vegetación nativa y movimientos de suelo sobre el Área de la Colonia de Pingüinos de Magallanes y la ribera marina Punta Clara que limita con la Reserva Natural Punta Tombo, lo que ocasionó graves daños a la fauna, flora y los ecosistemas asociados.

Se estima que al menos 175 nidos fueron destruidos en todas las áreas de nidificación. Además, se instaló un alambrado electrificado a lo largo de 900 metros. En diferentes sectores, dicho alambrado impidió la libre circulación de los pingüinos al encontrarse a una altura inferior a la de esta especie. Este hecho ocurrió en el momento crítico del ciclo reproductivo, donde los pichones están eclosionando o tienen muy pocos días de vida, y deben ser alimentados con frecuencia por los pingüinos adultos. 

“Lo sucedido da cuenta que estamos ante una masacre de pinguinos a cielo abierto, actos atroces de crueldad animal y daños a los ecosistemas que no pueden quedar impunes”, sostuvo Lucas Micheloud, Co-director Ejecutivo de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas. “Necesitamos que la justicia condene a los responsables con las máximas penas previstas para estos hechos y que el Congreso de la Nación avance urgentemente en la reforma del código penal tipificando los crímenes ambientales”.

José María Musmeci, Director Ejecutivo de Fundación Patagonia Natural afirmó: “Es necesaria  y muy positiva la intervención de la justicia para reforzar los esfuerzos de conservación constante y limitar el accionar arrogante sobre la biodiversidad que nos pertenece a todos y no al propietario del área”. 

“Estamos frente a un verdadero ecocidio. Este es un claro ejemplo de cómo los ecosistemas y las especies son vulnerados a diario por la actividad humana. No podemos permitir que más hechos como este ocurran, necesitamos con urgencia una ley de delitos ambientales, que contemple penas específicas para estos crímenes”, mencionó Bruno Giambelluca, coordinador de la campaña de clima y energía de Greenpeace. 

Más información sobre la especie: 

El pingüino de Magallanes se caracteriza por medir unos 50 cm de altura aproximadamente, y su plumaje es blanco y negro. El color del plumaje le garantiza un eficiente mimetismo con el medio marino, y una serie de características relativas a la adaptación al clima, le permiten minimizar la pérdida de calor corporal. Se alimentan de peces, como sardinas, pejerreyes, anchoas y otros. Anidan en terrenos blandos cercanos a la costa y padres y madres se turnan para empollar los huevos y buscar alimento. Las crías alcanzan la madurez a los 90 días.

Más información sobre delitos ambientales: 

México y Brasil han avanzando en la tipificación de los delitos ambientales y cuentan con tribunales ambientales especializados. 

En Argentina, el Código Penal vigente, aunque con distintas reformas, es de 1921 y no cuenta actualmente con un capítulo penal ambiental que tipifique conductas cuyo obrar puedan afectar el ambiente y la madre tierra. Solo existen algunos tipos penales en leyes especiales. Algunas de las iniciativas que están hoy en el Congreso de la Nación apuntan a incorporar un capítulo en el código vigente o una ley especial, como la de Fauna y Residuos Peligrosos, y otras proponen una reforma general del Código Penal que incorporen los crímenes ambientales.

Tenemos derecho a una buena Ley de Humedales

Por: Maristella Svampa y Enrique Viale, para elDiarioAr.

La Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección Ambiental de los Humedales cuenta con una larga historia en el Congreso Nacional. Maristella Svampa y Enrique Viale analizan los proyectos en danza, las razones para apoyar el dictamen de minoría y un gesto de la película “Argentina 1985” para, salvando las distancias, pensar sobre cómo los gobernadores cajonearon una iniciativa. Qué pasa en Diputados.

La ya fallecida socióloga Norma Giarracca decía que “no hay séptimo día de descanso en la disputa socioambiental”, primero hay que lograr que sancionen la ley, luego que la reglamenten, después que la apliquen efectivamente, y así, continuar en la lucha. En el camino se generan debates en la sociedad, se confronta, se va produciendo masa crítica y se otorgan herramientas concretas para crear una nueva institucionalidad ambiental, para proteger nuestra salud, la del planeta y de nuestros bienes comunes.

El proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección Ambiental de los Humedales cuenta con un largo y penoso derrotero de 10 años en el Congreso Nacional. En 2013, impulsada por el entonces senador Rubén Giustiniani, se logró una primera media sanción en la Cámara de Senadores, pero luego, al no tratarse, perdió estado parlamentario en la Cámara de Diputados. Exactamente lo mismo ocurrió en 2016 con un proyecto del ex senador Fernando “Pino” Solanas, que también logró media sanción pero terminó cajoneado en la Cámara Baja, sin tratamiento alguno. Así, se echó por tierra un trabajo de años que incluyó decenas de reuniones con especialistas, varias audiencias públicas y el apoyo de un abanico muy amplio de organizaciones, expertos y universidades nacionales. 

Maximiliano Ferraro, presidente Coalición Cívica, en el plenario de comisiones por la Ley de Humedales, el 14 de noviembre de 2022. Victoria Gesualdi/Télam

Ahora bien, si la sanción de la Ley de Bosques (2007) fue difícil pues chocaba directamente con los intereses del agronegocio como también lo fue más tarde la Ley de Glaciares (2010) por el boicot de la gran minería transnacional, la Ley de Humedales se enfrenta no sólo a estos dos lobbies que actúan en conjunto, sino también al de la especulación inmobiliaria, responsable de la destrucción de miles de hectáreas de humedales con sus barrios cerrados y countries náuticos, y caracterizado por sus aceitados vínculos con la más variada fauna política.

Los grandes capitales mineros tampoco quieren una Ley de Humedales ya que no sólo el oro se encuentra en las vegas en la Cordillera sino también el litio en humedales de altura, los salares del norte argentino, que actualmente se explotan de manera incontrolada, con bajísimas regalías y en muchos casos, sin licencia social. 

El plenario de Comisión de la Cámara de Diputados del 14 de noviembre de 2022 que trató la Ley de Humedales. Victoria Gesualdi/Télam

Por su parte, el agronegocio corre permanentemente su frontera sin preocuparse por lo que deforesta con su accionar. Que la Argentina sea uno de los países más arrasados por la expansión de la soja transgénica y otros cultivos, o incluso de la ganadería extensiva, no parece preocuparlos. A esto hay que añadir otro grupo de poder extractivista, el de la producción forestal industrial en las provincias del litoral, sobre todo Corrientes. Esta particular conjunción de intereses contra la Ley de Humedales provoca que las resistencias políticas y mediáticas sean enormes, transversales y busquen clausurar deliberadamente la discusión. En el lenguaje coloquial ya tienen un nombre: son el lobby del fuego.

Ninguno de estos lobbies acepta límite alguno a su actividad extractiva, ignorando tanto el agravamiento de la crisis climática como el reclamo de las poblaciones por proteger los humedales y la salud de las poblaciones. Una de las herramientas que el país necesita para conservar estos ecosistemas tan valiosos es una Ley Nacional de Protección de Humedales que, aunque por sí sola no revertirá mágicamente los procesos destructivos del extractivismo, puede convertirse en un punto de inflexión para empezar a proteger y conservar uniformemente estos ambientes, mucho más en un contexto de emergencia climática. 

Con una correcta Ley de Humedales se ordena y organiza el territorio y las actividades productivas sobre ellos. El conocimiento para la conservación de estos ecosistemas, y sus zonas claves, es fundamental en épocas de sequías y para afrontar los eventos climáticos extremos.

Se ha repetido innumerables veces: como ya lo había hecho en 2020, en marzo de 2022, el diputado por el Frente de Todos, Leonardo Grosso (presidente de la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano de la Cámara de Diputados) impulsó y presentó formalmente el llamado “proyecto consensuado”, que recoge los lineamientos de las discusiones y dictámenes en los anteriores debates legislativos y tiene el respaldo de científicos y expertos, y unas 400 organizaciones, entre asambleas, multisectoriales y colectivos de defensa del territorio. 

Desde hace tres años, con el incremento de los incendios y el avance del humo sobre las ciudades y campos, una gran cantidad de textos, declaraciones, videos, notas periodísticas, testimonios producidos por organizaciones científicas, sociales y ecologistas y periodistas independientes, dan cuenta de esta situación, denunciando los múltiples impactos no sólo sobre los humedales, sino sobre la salud de las personas, muy especialmente sobre niños, ancianos y personas vulnerables. Cada vez más los relatos cotidianos están poblados de salas de urgencia desbordadas y madres que salen corriendo a llevar a sus niños con alergias y ataques de broncoespasmo. “En Rosario no se puede respirar”, repetía una y otra vez un video que se viralizó hace poco, pero que englobaba la experiencia cada vez más angustiante de muchas ciudades y localidades de diferentes provincias, como Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires. “Somos un crematorio a cielo abierto”, decía de modo estremecedor un conocido referente social de Rosario. Los incendios ya arrasaron con casi la mitad del territorio del Delta y el humo llegó incluso a la benemérita ciudad de Buenos Aires, dejando de ser así solo una noticia que afecta mayoritariamente las provincias,  y convirtiéndose ahora también en incipiente sufrimiento ambiental capitalino.

Pese a ello, la discusión sobre la Ley de Humedales fue postergada una y otra vez. Hace poco, dieciocho intendentes de la costa santafesina del Paraná impulsaron un comunicado en el que instaban al Congreso a tratar la ley. “No aceptamos más excusas, no más fuego, no más humo, queremos calidad de vida”.  Cuando parecía que todo estaba dado para tratar la ley, los gobernadores de las provincias del Norte argentino, desde Washington donde estaban de gira, emitieron una carta pública en la cual afirmaban que no es posible tratar el proyecto de manera “exprés”, y que la regulación propuesta avanza sobre las autonomías provinciales y la propiedad privada. Desde el campo científico más de 2000 investigadores salieron a rebatir las excusas de los gobernadores. El proyecto lleva más de diez años de discusión y los gobernadores lo saben. Tampoco desconocen –porque se les ha dicho y argumentado una y otra vez- que lejos de ser prohibitivo, el proyecto consensuado establece un necesario marco normativo, un ordenamiento territorial, una regulación mínima y uniforme para todo el país. 

Máximo Kirchner en el plenario de comisiones de Diputados por la Ley de Humedales. Victoria Gesualdi/Télam

¿Qué pasó la semana pasada?

El jueves pasado se realizó el postergado plenario de Comisiones en la Cámara de Diputados por la Ley de Humedales. El primero en tomar la palabra fue el diputado Maximiliano Ferraro, del interbloque Cambiemos, quien señaló que ellos están “interesados en los humedales”, aunque en realidad presentaron un dictamen propio que desprotege los humedales, a medida de los lobbies del agronegocio y minero. Empezaba nuevamente el boicot a una buena Ley de Humedales. Poco después tomó la palabra el diputado Jorge Vara, de Corrientes, empresario arrocero, quien relativizó el cambio climático y acompañó el dictamen del diputado Maximiliano Ferraro. Incluso se atrevió a decir que “no lo van a correr con eso de los lobbies…”, cuando lo cierto es que tanto él como Ricardo Buryailde, presidente de la Comisión de Agricultura, son el lobby y deberían excusarse de votar, por conflicto de intereses. Vara fue presidente de la “Asociación Correntina de Plantadores de Arroz”, organización empresarial que se encuentra entre las que no quieren esta ley, porque dicha actividad avanza impactando sobre humedales. Buryailde es empresario ganadero, ligado al agronegocio. En su cortoplacismo voraz, los sectores del agronegocio ni siquiera alcanzan a visualizar que el Cambio Climático ya afecta y afectará aún más sus actividades, que la destrucción de los humedales (grandes reguladores hídricos), impactará de modo negativo en su economía particular.  

Los gobernadores peronistas de provincias del Norte argentino, los mismos que semanas atrás -junto al Gobernador Gerardo Morales (Jujuy)- habían obstruido desde Washington el tratamiento parlamentario de la ley, está vez también jugaron un papel protagónico. Presionaron a una decena de diputados/as del Frente de Todos para que se ausenten del plenario, lo cual hizo posible que triunfara como dictamen de Mayoría el proyecto de Cambiemos.

Los diputados ausentes fueron Daniel Brue (Santiago del Estero), Nilda Moyano (Santiago del Estero), Pamela Calletti (Salta), Sergio Casas (La Rioja), Silvana Ginocchio (Catamarca), Anahí Costa (Catamarca), Ana Fabiola Aubone (San Juan), María Graciela Parola (Formosa), Nelly Daldovo (Formosa), Liliana Paponet (Mendoza). Como señaló el naturalista Cesar Massi, justamente la mayoría de ellos/as son representantes de aquellas provincias que los estudios científicos señalan como zonas con “potencial crisis del agua” y “estrés hídrico por aumento de temperatura”. “No se me ocurre peor forma de degradar la democracia” concluyó.

La ausencia estratégica de estos diputados del FdT permitió que avanzara el dictamen de mayoría propuesto por Cambiemos, habilitando así la posibilidad de aprobar una mala ley. Algo, que en el marco de la gran grieta que existe en nuestro país es enormemente llamativo. Esto demuestra el desmedido poder de los lobbies que logran penetrar interpartidariamente, y se alinean en contra cada vez que aparece un proyecto de ley que busca poner mínimos límites a los intereses económicos en nombre de los intereses generales de toda la sociedad y la naturaleza.

Así, hubo dictamen en el plenario de Comisiones en la Cámara de Diputados por el proyecto de Ley de Humedales. Pero quedó como dictamen de Mayoría el de Cambiemos, que no es una buena ley. Y como dictamen de Minoría, el de Grosso, el consensuado, con algunas modificaciones. El final está abierto y puede pasar cualquier cosa, como ya sucedió con la Ley Nacional de Glaciares, que subió al recinto con un dictamen de Minoría, pero finalmente fue aprobada. Por eso, es muy importante la voz de las organizaciones socioambientales y de los expertos y científicos para dar la última batalla en el recinto y se consiga que el dictamen de minoría, el único verdaderamente protector, se convierta en Ley.

Porqué hay que apoyar el dictamen de minoría

Si hacemos un análisis comparativo de los dos proyectos de ley, vemos que las diferencias entre ambos dictámenes son evidentes. El dictamen de Mayoría (Cambiemos) es enormemente regresivo respecto del de minoría (proyecto de Grosso) y pese a que toma –de modo engañoso y estratégico- la misma definición de humedales, flexibiliza notoriamente la protección de los humedales en todo su articulado. Para ir más al detalle comparativo, a diferencia del dictamen de Mayoría, el dictamen de Minoría tiene objetivos más amplios y protectores. Un ejemplo es el principio de no regresión en materia ambiental y, en caso de controversias, resguardar los principios in dubio pro aqua e in dubio pro natura (cuando hay dudas, se debe actuar en favor del agua y de la naturaleza), esto es, en favor de la protección de los humedales. 

También el dictamen de Minoría establece como objetivo de la ley “valorar, reconocer y apoyar los medios de vida y producción, tradicionales y de la economía popular, que en un marco de respeto y conocimiento de su entorno se realicen de forma racional y sustentable.”

El proyecto de Minoría establece que el proceso de Ordenamiento Territorial debe incorporarse en un plazo máximo de 2 años desde la sanción de la ley, mientras que el dictamen de Mayoría establece 1 año desde la publicación del inventario, es decir 4 años desde la sanción de la ley (3+1).

El dictamen de Minoría establece una serie de  principios fundamentales, que deben ser aplicados: el de Participación, la Co-construcción del conocimiento, la Equidad territorial y social, la Perspectiva del paisaje, la Progresividad, la Variabilidad espacio-temporal de los humedales, el Principio in dubio pro natura e in dubio pro aqua (ya citados), el Principio de no regresión y el Resguardo jurídico ambiental. Todos ellos están ausentes en el dictamen de la Mayoría.

Respecto del monitoreo del Ordenamiento Territorial de Humedales (OTH), sólo el proyecto de minoría establece un Monitoreo, actualización y participación ciudadana en el OTH.

Si bien el dictamen de la Minoría eliminó la moratoria, lo modificó y reemplazó por la vía de la transición. Así, éste establece que en el tiempo entre la sanción de la ley y la inclusión de los humedales en el Ordenamiento Ambiental Territorial (OAT), todas las nuevas actividades (o ampliación de existentes) deberán realizar una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) previa, que deberán cumplir con las previsiones de la Ley (muy importante esto) y las normas locales. En cambio, el dictamen de Mayoría, en el mismo periodo hasta que se apruebe el OTH, permite “cambios en el uso del suelo o la ampliación de las actividades existentes en humedales plenamente reconocidos cuando la Autoridad Competente determine que no se verán afectadas significativamente sus características ecológicas.” Abre así un gran espacio para la discrecionalidad, además de exigir que sean “plenamente reconocidos”, lo que en la práctica nunca ocurre.

La flexibilidad ambiental del dictamen de Mayoría se percibe a la hora de referirnos a las exigencias de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). Son más amplias las exigencias de la EIA en el despacho de Minoría que establece que “deberá considerar en todas sus etapas las características e integridad ecológica de los mismos, así como su valor intrínseco y los criterios de manejo racional y uso sustentable que como aplicación de la presente surjan, incorporando el análisis a escala de paisaje y/o regional, a fin de considerar la interdependencia con otros ambientes y posibles impactos acumulativos”.

Pero lo que es fundamental es que el proyecto de Minoría (que el de Mayoría omite) es obligar de modo expreso y taxativo a una EIA previa en el caso de:

“f) La construcción de polders, terraplenes, bordos, albardones o estructuras similares que modifiquen la libre circulación del agua; 

g) La construcción de represas o endicamientos de cualquier escala; 

c) El movimiento de suelos cualquiera sea su fin; 

h) El volcamiento de efluentes, desechos, desperdicios o cualquier otro elemento o sustancia extraños al humedal que pueda resultar contaminante o que modifique sus parámetros estructurales o de funcionamiento; 

l) Las actividades que impliquen monocultivos, cultivos intensivos y/o agricultura industrial.

n) El cambio de uso del suelo; 

p) La exploración y explotación minera, hidrocarburífera y la presencia de reservas para fracking.“

La mayoría de estas actividades actualmente se realizan sin una Evaluación de Impacto Ambiental previa.

Por otro lado, solo el dictamen de Minoría establece la obligación de realizar una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) previa a la realización de fumigaciones aéreas o terrestres. Esto es muy importante y sería un avance significativo ya que actualmente no existe esta obligación y estas pulverizaciones se hacen discrecionalmente. Esto es omitido en el dictamen de Mayoría.

Asimismo, el dictamen de Minoría obliga a la restauración de las áreas degradadas (estableciendo, además, prioridades en territorio indígena, agricultores familiares, comunidades locales y Cambio Climático) y el de Mayoría solo establece un “apoyo” genérico de la autoridad nacional y sin esas prioridades.

El proyecto de Mayoría incorpora en el Comité Nacional de Humedales, entre otros, al Consejo Federal de Minería, el INTA, el Consejo Federal Agropecuario y elimina a los sindicatos. El dictamen de Minoría crea un Consejo que le da más importancia a la sociedad civil (organizaciones sociales, ambientales e indígenas)

Sólo el proyecto de Minoría establece la “responsabilidad solidaria”, en caso de daño ambiental, de empresas o personas que suscriban estudios con datos omitidos o falsos. 

El proyecto de Mayoría pone, insólitamente, como autoridad de aplicación –junto al Ministerio de Ambiente de la Nación- a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación. Es una ley ambiental, no se explica que tiene que hacer esa Secretaría como autoridad de aplicación, lo que –además- generará una dificultad práctica en su efectiva aplicación.

Estas son algunas de las grandes diferencias. Para resumir, el dictamen de la mayoría, propuesto por Cambiemos, desprotege los humedales, al no reconocer el valor intrínseco de éstos, ni resguardar su integridad ecológica con el objeto de garantizar los numerosos servicios ecosistémicos que los humedales nos brindan. Aparentando ser una Ley de protección de Humedales, en realidad es un proyecto regresivo, y está hecho a la medida de los intereses y lobbies que vienen destruyendo los humedales. En cambio, el dictamen de Minoría, propuesto por Grosso, aun con sus modificaciones del proyecto original, es una propuesta robusta y superadora; con conceptos, instrumentos, principios y herramientas muy concretas para una correcta gestión y protección de estos valiosos ecosistemas. 

El desafío actual es lograr que se discuta en el recinto antes de fin de año. A casi 10 años del primer proyecto de ley, ya queda claro que no es a raíz de un problema técnico que no se consigue su aprobación. El triple lobby (agronegocio, minero e inmobiliario) no quiere ninguna regulación, y, ahora, buscarán que no se ponga en debate en el pleno de la Cámara de Diputados para que –una vez más- pierda estado parlamentario. Sin embargo, ha pergeñado un Plan B; aprobar el Dictamen de Mayoría, que propone una ley decididamente menos protectora. Ante esto, la disyuntiva es simple: democracia o lobbies. 

En favor de la vida

Hay una escena en la tan comentada película Argentina1985, la única que se repite dos veces (la primera como ensayo, la segunda, como acto en sí). Es sobre el alegato final del fiscal Julio Strassera contra las Juntas militares, que habla del “gesto neroniano”, esto es, el pulgar hacia abajo, para referirse a los militares que decidían por la vida o muerte de los detenidos-desaparecidos. Distancias aparte, la orden de los gobernadores del norte de cajonear la buena ley ya consensuada, que se continuó con la ausencia estratégica de los y las diputadas de esas provincias, habilitando como dictamen de Mayoría la mala ley de Cambiemos, se corresponde con el gesto neroniano, el del pulgar hacia abajo, que decide discrecionalmente en favor de reducir cada vez más la calidad de vida de los argentinos, en tiempos de emergencia climática. Como ciudadanos y ciudadanas de una democracia que pronto cumplirá 40 años, nos merecemos una buena Ley de Humedales, sabiendo que éste no es el final del camino, sino más bien el principio de una regulación justa, racional y equilibrada. Todavía estamos a tiempo de invertir el gesto neroniano, y llevar el pulgar hacia arriba, en defensa del buen proyecto de ley, del dictamen de Minoría, en favor de la vida.

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Feudalismos o la construcción social de la ley de protección de los humedales

Por Jorge Oscar Daneri para www.analisisdigital.com.ar

Existe una decisión política de agrietar el debate legislativo sobre el proyecto de ley de protección de los humedales, en Argentina. Agrietar entre el Frente de gobierno y la coalición Cambiemos. O entre oficialismo y oposición. Esta es una trampa brutal, injusta a la que no se debe ingresar.

“La Contradicción Fundamental”* es el documento fundante e histórico de aquella Juventud Radical de la Junta Coordinadora Nacional (1973). “La Contradicción Fundamental” afirmaría hoy, que en debates esenciales como vitales, la gestión y defensa de las aguas, sus cuencas y sistemas de humedales, como parte precisamente vital de los derechos humanos, ya no debería estar en discusión. ¿Quién hoy pone en duda la defensa de los derechos humanos? y por lo tanto de los derechos ambientales. Sin duda alguna existen diversas respuestas sobre este “enemigo”.  No es un adversario político quien lo haga.

 ¿Qué estamos entonces debatiendo? Este documento diría que nos debatimos en el escenario de la contradicción central, pueblo y antipueblo. O Pueblo y No Pueblo. Como lo anticipa el mismo documento, la dinámica social y global nos ha metido al antipueblo en el corazón mismo del campo popular, en sus coaliciones mayoritarias, donde tenemos alfiles jugando y siendo serviles voceros y ejecutores del modelo extractivista voraz.

Hace décadas se vienen manifestando en los hechos cotidianos del convivir, procesos de construcción social del derecho ambiental. Existen maravillosos ejemplos en el País que lograron conformar consensos sociales y políticos inapelables y bastante sólidos: leyes provinciales de protección de nuestros ríos, de áreas naturales protegidas, como nacionales de glaciares y bosques, como del AGUA en una diversidad de provincias. Nacieron desde las resistencias de organizaciones y asambleas de derechos humanos y de justicia ecológica, interpelados por la defensa de sus territorios, culturas, ecosistemas, modos sencillos y hermosos, muy queridos de vidas.

La construcción social del derecho ambiental como constitucional (caso Entre Ríos 2008) es una enorme apuesta al ejercicio de la democracia representativa en sistémica conversación y acuerdos con la democracia participativa.

Las mentes feudales no toleran este ejercicio. No les permite ni posibilita la negociación en los sótanos del poder que no tiene grietas, precisamente.

La construcción social que viene sosteniendo el proyecto ahora con dictamen en minoría (Diputado Nacional Leonardo Grosso) es el resultado de un hermoso, fantástico diálogo de saberes sociales, académicos como políticos. Es un hecho hasta amoroso de la democracia. Se debe marcar claramente que quien escribe estas reflexiones nada tiene que ver con el Frente de gobierno o con el Diputado en cuestión.

Los que casi nacimos a la militancia política desde la “contradicción fundamental” de la Junta Coordinadora Nacional de aquella Juventud Radical durante la última dictadura, no muchos, nos sostenemos en la misma y la hemos enriquecido abrazando la Ecología Social y Política.

No se puede, entonces negar o esconder el camino de Raúl Alfonsín hacia la Internacional Socialista y todo lo que ello implicaba. Uno advierte personajes que hoy le rinden homenaje y que son la expresión mayor del No pueblo. Son la expresión impune de un modelo que ha saqueado a la mitad del pueblo argentino y desertificado ecosistemas desde la ratificación de políticas mega extractivistas de la mano de Chevrón o Monsanto.

Venimos “De la Causa contra el Régimen, de la causa por los desposeídos”. De las entrañas de abuelos y padres Radicales. Pero radicales sumergidos en el concepto de Ricardo Rojas. El Radicalismo debe ser el partido de las reformas extremas en sentido democrático. (1931, en El Radicalismo de mañana”).

El Régimen no lo representa el proyecto ahora con dictamen de minoría. No apoyarlo con un voto comprometido y coherente, es precisamente dejar grietas abiertas para la destrucción final de los humedales en el País.

Elisa Carrió no se expresa públicamente sobre estos acontecimientos, precisamente y ahora en este contexto de contrastes y profundas como graves contradicciones expuestas por el miembro informante del proyecto lavado con Dictamen de Mayoría, siendo fundado por un representante de su cuerpo político. ¿Qué sucedió, que nos está pasando a los seres políticos, que intereses del No pueblo los penetra en esta desconstrucción ideológica, de que “vienen por el agua” como exponía Elisa Carrió hace 17 años o cuando defendía el proyecto de ley de la Coalición Cívica de protección (presupuestos mínimos ambientales) de los acuíferos en el año 2014? iniciativa directamente relacionada con el proyecto de ley de protección de los humedales.

Ahora se afina la letra de los dictámenes para seguir jugando a un país mega extractivista y no hacer más ruido a los fondos inversores de más de lo mismo, espantoso mal ejemplo global de elección-imposición como región de sacrificio, de exclusión y expulsión social en los territorios más bioculturales y diversos del cono Sur. Rifamos a la fiesta de sus voracidades de concentración del poder en los territorios, en la gestión de las cuencas y por lo tanto del derecho humano a aguas saludables y públicas en manos de decisiones feudales, confundiendo abusivamente los valores del federalismo de concertación, de la democracia ambiental, para degradar el concepto de unidad básica, elemental como vital de “presupuestos mínimos ambientales” de protección esencial de los ecosistemas de humedales, en el caso que nos ocupa y tanto preocupa.

El Régimen es el poder concentrado de las corporaciones mega mineras y del agronegocio de exportación con sus cómplices feudales de más de lo mismo.

El Régimen son los voceros y militantes de los paraísos fiscales que durante cuatro años condujeron los destinos de nuestra tierra como los que firmaron los contratos con Chevrón en algunos de ellos, de los unos como de los otros de esta inmunda y supuesta grieta.

El Régimen son los que cumplen servilmente con los dictados de textos desde los EEUU en viaje de “negocios” para frenar la ley en su consenso originario.

La Contradicción Fundamental, con una vigencia sorprendente y alarmante, expone “La lucha que por años protagonizaron peronistas y radicales, por ejemplo, con tener sus justificativos parciales (contradicción secundaria), perdió de vista que por sobre ella debía existir una coincidencia fundamental entre ambos en cuanto a las pautas fundamentales del país que necesitamos. Esta afirmación no implica distribuir culpas sino hacer experiencia histórica, comprendiendo los errores que el campo popular cometió al antagonizar sus enfrentamientos intestinos. Ello dividió fuertemente al pueblo, a sus conducciones políticas, a sus clases sociales, y permitió que sobre ésta división cabalgaran quienes tenían intereses contrapuestos a los intereses de la mayoría de los Argentinos representados por el peronismo y el radicalismo”.

Que lejos, que brutalmente lejos estamos de las posiciones históricas de la Unión Cívica Radical como de aquellos fundamentos, por ejemplo, del proyecto de Ley de presupuestos mínimos ambientales de protección de los acuíferos, presentado en el año 2014 por la Coalición Cívica, siendo Diputada de la Nación, Elisa Carrió.

Maquiavélico agrietamiento de la política de estrategia electoral llevada al alma del honorable recinto de la democracia.

Se sigue profundizando la destrucción de aquel proyecto de unión nacional al que convocara una y otra vez Raúl Alfonsín hacia la conformación solidaria y fraterna de un tercer movimiento histórico, nacional y popular, entre Radicales, Peronistas, Socialistas e Izquierdas democráticas, de buena madera, bien de selvas y montes bañadas de ríos libres para pueblos libres.

Ojalá en el recinto, desde los sentipensantes que brotan desde las intimidades más saludables del humano ser, los votos puedan ser de reformas de raíz, como Ricardo Rojas demandaba en su histórico libro, porque ya no es suficiente con uno de los Partidos históricos, sino necesario en la diversidad del arco iris de la política nacional como provinciales, en semejante cambio de época, tremenda crisis de civilización. Se nos va el tiempo, nos degradamos siguiendo dependientes y detrás del mismo modelo de mal desarrollo, pues es el causante de este drama global. Construyamos nuestra propia transición nacional, justa, en paz y radicalmente democrática.   

Ley de Humedales

Cuadro comparativo entre los proyectos de Ley de Humedales con dictamen de minoría y de mayoría

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas realizamos el siguiente cuadro comparativo entre los proyectos de Ley De Humedales con dictámenes de minoría, del proyecto presentado por el Diputado Leonardo Grosso, y el dictamen de mayoría del Diputado Maxi Ferraro.

COMPARATIVO ENTRE LOS DICTAMENES DE MINORÍA (DIP. LEONARDO GROSSO) CON EL DICTAMEN DE MAYORÍA (DIP. MAXI FERRARO)

• OBJETO
El dictamen de mayoría no reconoce, en el objeto de la ley, el valor intrínseco de los humedales, ni el resguardo para su integridad ecológica para asegurar los servicios ecosistémicos que éstos brindan.

OBJETIVOS
Los objetivos de la ley son notoriamente más amplios y protectores en el dictamen de minoría.
Por ejemplo, entre muchos otros, el dictamen de minoría contempla aplicar el principio de no regresión en materia ambiental y, en caso de controversias, resguardar los principios in dubio pro aqua e in dubio pro natura, en favor de la protección de los humedales.
También el dictamen de minoría establece como objetivo de la ley “valorar, reconocer y apoyar los medios de vida y producción, tradicionales y de la economía popular, que en un marco de respeto y conocimiento de su entorno se realicen de forma racional y sustentable.”

DEFINICIONES
Las definiciones del proyecto de minoría son más amplias, y más protectoras, que el proyecto de mayoría.

• OBJETIVOS PARA EL INVENTARIO (INH)
El único que tiene objetivos específicos para el Invetario Nacional de Humedales (INH) es el dictamen de minoría.

• PLAZOS PARA REALIZAR EL ORDENAMIENTO AMBIENTAL DEL TERRITORIO (OAT)
El proyecto de minoría establece que el proceso de Ordenamiento Ambiental del Territorio (OAT) debe incorporarse en un plazo máximo de 2 años desde la sanción de la ley.
El de mayoría de 1 año desde la publicación del inventario, es decir 4 años desde la sanción de la ley (3+1)

PRINCIPIOS
El de minoría dispone la aplicación de los siguientes principios: Participación, Co-construcción del conocimiento, Equidad territorial y social, Perspectiva del paisaje, Progresividad, Variabilidad espacio-temporal de los humedales, Principio in dubio pro natura, Principio in dubio pro aqua, Principio de no regresión, Resguardo jurídico ambiental.
Mientras que el de mayoría los omite.

• MONITOREO DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE HUMEDALES (OTH)
Sólo el proyecto de minoría establece un Monitoreo, actualización y participación ciudadana en el Ordenamiento Territorial de Humedales.

• TRANSICIÓN
El dictamen de minoría establece que en el tiempo entre la sanción de la ley y la inclusión de los humedales en el OAT, todas las nuevas actividades (o ampliación de existentes) deberán realizar una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) previa que deberán cumplir con las previsiones de la Ley (muy importante esto) y las normas locales.
En cambio, el dictamen de mayoría, en el mismo periodo hasta que se apruebe el OTH, permite “cambios en el uso del suelo o la ampliación de las actividades existentes en humedales plenamente reconocidos cuando la Autoridad Competente determine que no se verán afectadas significativamente sus características ecológicas.” Dejando así una gran discrecionalidad, además de exigir que sean “plenamente reconocidos”.

• EXIGENCIAS DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA)
Son mas amplias las exigencias de la EIA en el despacho de minoría que establece que “deberá considerar en todas sus etapas las características e integridad ecológica de los mismos, así como su valor intrínseco y los criterios de manejo racional y uso sustentable que como aplicación de la presente surjan, incorporando el análisis a escala de paisaje y/o regional, a fin de considerar la interdependencia con otros ambientes y posibles impactos acumulativos”.

Pero lo que es fundamental que el proyecto de minoría (y el de mayoría omite) es obligar, expresa y taxativamente, a una EIA previa en el caso de:
f) La construcción de pólders, terraplenes, bordos, albardones o estructuras similares que modifiquen la libre circulación del agua;
g) La construcción de represas o endicamientos de cualquier escala;
c) El movimiento de suelos cualquiera sea su fin;
h) El volcamiento de efluentes, desechos, desperdicios o cualquier otro elemento o sustancia extraños al humedal que pueda resultar contaminante o que modifique sus parámetros estructurales o de funcionamiento;
k) La introducción de especies exóticas -no nativas- con cualquier fin ya sea recreativo, productivo, deportivo, etc.;
l) Las actividades que impliquen monocultivos, cultivos intensivos y/o agricultura industrial.
n) El cambio de uso del suelo;
p) La exploración y explotación minera, hidrocarburífera y la presencia de reservas para fracking.
La mayoría de estas actividades actualmente se realizan sin una EIA previa.

• EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) PREVIA A FUMIGACIONES
Solo el dictamen de minoría establece la obligación de realizar una EIA previa de fumigaciones aéreas o terrestres. Esto es muy importante y sería un avance significativo ya que actualmente no existe esta obligación. Esto es omitido en el dictamen de mayoría.

• OBLIGACIÓN DE RESTAURACIÓN DE ÁREAS DEGRADAS
El Dictamen de minoría obliga a la restauración de las áreas degradas (estableciendo, además, prioridades en territorio indígena, agricultores familiares, comunidades locales y Cambio Climático) y el de Mayoría solo establece un “apoyo” de la autoridad nacional.

• PROGRAMA NACIONAL DE CONSERVACIÓN DE HUMEDALES
El de Minoría crea el Programa Nacional de Conservación de Humedales, con un capítulo específico.
El de Mayoría no tiene nada al respecto.

• COMITÉ O CONSEJO
El proyecto de Mayoría incorpora en el Comité Nacional de Humedales, entre otros, al Consejo Federal de Minería, el INTA, el Consejo Federal Agropecuario y elimina a los sindicatos. El de minoría crea un Consejo que le da más importancia a la sociedad civil (organizaciones sociales, ambientales e indígenas)

• AUTORIDAD DE APLICACIÓN
El proyecto de mayoría pone, insólitamente, como autoridad de aplicación –junto al MAyDS a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.

• RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
Solo el proyecto de Minoría establece la “responsabilidad solidaria”, en caso de daño ambiental, de empresas o personas que suscriban estudios con datos omitidos o falsos.

EN CONCLUSIÓN EL PROYECTO DE LEY DE HUMEDALES CON DICTAMEN DE MAYORÍA ES MUY REGRESIVO EN COMPARACIÓN AL DE MINORÍA

Propuestas urgentes para la regeneración del Delta del Paraná y sus humedales

Desde la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas, el Colectivo de Acción para la Justicia Ecosocial,  Fundación la Hendija y Unidad de Vinculación Ecológica lanzamos el informe “Propuestas urgentes hacia la sanación del Delta Argentino”. Un núcleo de propuestas para recuperar los ecosistemas afectados del Delta del Paraná y sus humedales asociados. Tras las múltiples afectaciones recibidas los últimos años, como los devastadores incendios, la bajante de la cuenca del Paraná o los procesos de pampeanización, los ecosistemas de la región se encuentran altamente afectados y en riesgo. Por esto el informe plantea una hoja de ruta en las políticas públicas necesarias para lograr el punto máximo posible de recuperación de estos ecosistemas, fundamentales en prevenir inundaciones y otras funciones socioambientales. 

El término sanación, podría acercarse al concepto de restauración, como al de recomposición de ecosistemas. Su utilización pretende comprensiones sociales y políticas sobre la necesidad y urgencia de un tratamiento humilde, de igualación con los otros seres de los reinos de vida que intentan aún habitar, sobrevivir, perdurar. 

Esta batería de propuestas, frente al ecocidio producido en el Delta Argentino, es una herramienta en construcción social y política, por lo tanto, dinámica en sus objetivos de sanación del sistema de humedales de agua dulce que lo conforma. El objetivo del mismo es construir un conjunto de propuestas que buscan el desarrollo de una transición ecosocial destinada a lograr la restauración integral del Delta. 

Nos ponemos a disposición de los pueblos en los territorios involucrados y de funcionarios públicos en todas las escalas. Para crear caminos que rescaten historias recientes, recuperen la memoria social y política sobre procesos institucionales y sociales casi olvidados y ponerlos en valor democrático. El objetivo es llegar al Gobierno de Entre Ríos, Santa Fe y Buenos Aires, a la autoridad PIECAS (Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná), al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, Concejos Deliberantes y Parlamentos en el ámbito del Delta. También a organismos de control, universidades,  y a los responsables judiciales de las investigaciones penales en desarrollo que conciernen al Delta y a los ecosistemas del Paraná.

Revelamos la necesidad de fortalecer la acción estatal con perspectiva ecológica frente al ecocidio producido en el Delta Argentino. Presenta un catálogo de propuestas de política y gestión ambiental interjurisdiccional para los tomadores de decisiones. Tanto para el territorio del PIECAS DP, en sus distintos niveles y escalas, para enriquecer la participación sistemática y buscar soluciones inmediatas para sanar nuestros humedales en el Delta Argentino, sus ecosistemas y sistema de cuencas asociados, como de las comunidades que necesitan la preservación y restauración ecológica de estos territorios para su bienestar.

Contactos de prensa:  

Jorge Daneri +54 9 3435 11-3491 
Alejo di Risio +5491123904594

Argentina1 de Noviembre 2022

Fotografía: Pablo Cantador, El Paraná no se toca.

INFORME

Adhesiones:

TEDx
Agrupación Ríos Sanos
ANP Don Sebastián
La Paraná que queremos
UBA
Conciencia Ecológica
Taller de Comunicación Ambiental
Asamblea por la Vida de Chilecito
Propuesta Sur
Marcha Plurinacional de los Barbijos
Salvemos Los Humedales Villa Constitución
Asociación Maestros Rurales Argentinos Delegación BS.AS.
Pañuelos en Rebeldía
ysyry, aguas que corren
CoNA (comunidad nicoleña por el ambiente(
Centro Cultural Almacén de los 33, Territorio de Culturas
grupo de autoconvocadxs “El Paraná no se toca – el río nos une”
Soberanxs
Inta
Comision Permanente por los DDHH.
Biblioteca San Juan Castelar Sur. RADIO BIBLIOTECA ON LINE de Barrio San Juan. Biblioteca Popular Tupac Amaru de Castelar Sur. Huerta vecinal comunitaria de Barrio San Juan Castelar Sur
Espacio Cultural ” La Otra Casa”
Naturalistas en acción
Ale Ciancio, Artivista
Profesional independiente
ECOSUR, Ecología, Cultura y Educación desde los Pueblos del Sur
Paren de fumigar nos
Marcha plurinacional de los barbijos
NA
Frente Grande Comisión de ambiente
Asociación argentino-uruguaya de Economía Ecológica
Asamblea Ambiental Cosquín Auténtica
Multisectorial Provincial Paren de Fumigarnos
Yo mismo
Fundacion Otra Puerta
EcoAsamblea Parque Camet
ECOFEMINISMO GEN. NOSOTRAS
Colectivo Marcha Plurinacional de los Barbijos
Sociedad civil
Vecinos Auto-convocados Suardi ( Por la Salud y Ambiente)
Grupo Socioambiental Lotos
Multisectorial Humedales Rosario
Geopolítica y Bienes Comunes
Soberanxs
Área de ecofeminismos y reproducción social. CIFEG
ASAMBLEA CIUDADANA ONCORDIA
Nexo Comunicación para la Reducción del riesgo de desastres
Geopolítica y Bienes Comunes
Campaña Agua para la Vida