El Poder Ejecutivo Provincial envió a la Legislatura un proyecto de Ley que posibilita la venta de bienes inmuebles del Estado Provincial a través de la conformación de una Agencia Administradora a tales efectos, otorgándole o delegando facultades. La iniciativa simplifica, concentra, generaliza y no conforma excepciones. Así, quedan sus competencias, sus finalidades y su organización libradas a la reglamentación que haga luego el Poder Ejecutivo.
Ante esta propuesta, queremos recordar que el Delta del Paraná constituye el sistema de humedales que nuestra Constitución de Entre Ríos jerarquiza y protege, determinando que: ” …La Provincia concertará con las restantes jurisdicciones el uso y aprovechamiento de las cuencas hídricas comunes. Tendrá a su cargo la gestión y uso sustentable de las mismas, y de los sistemas de humedales, que se declaran libres de construcción de obras de infraestructura a gran escala que puedan interrumpir o degradar la libertad de sus aguas y el desarrollo natural de sus ecosistemas asociados. El Estado asegura la gestión sustentable y la preservación de los montes nativos, de las selvas ribereñas y de las especies autóctonas, fomentando actividades que salvaguarden la estabilidad ecológica. El propietario de montes nativos tiene derecho a ser compensado por su preservación” (Artículo 85º, sexto y séptimo párrafos).
En este marco, debemos tener en cuenta que el Estado Provincial es titular de aproximadamente 188.773 hectáreas de islas en el sistema de humedales (información conforme a la respuesta de una solicitud de acceso a la información pública ambiental realizada oportunamente). Consideramos entonces que el iniciar un proceso de administración y posterior venta a privados sea cual fuera la escala, sería no solo vulnerable jurídicamente para el Estado, sino que podría conllevar consecuencias ecológicas negativas, produciendo un enorme impacto acumulativo y geométrico arrasador sobre las bondades de estos ecosistemas. Remarcamos por esto la necesidad de no habilitar su mercantilización, considerando para esto que el Delta, con todos sus bienes públicos, está fuera del comercio y las islas como sistema son inalienables e imprescriptibles conforme a sentencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Nos oponemos especialmente a lo establecido por el Artículo 16° del proyecto que exceptúa de lo dispuesto por el artículo 55° de la ley 5140, el cual dispone que “Los bienes inmuebles de la Provincia no podrán enajenarse ni gravarse en forma alguna sin expresa disposición de ley”. Así, todos los bienes de la provincia bajo administración de ésta Agencia podrán ser vendidos y gravados sin que intervenga el Poder Legislativo. Además en una Agencia que carece de representación equitativa y democrática, ya que el Poder Ejecutivo es quien decide la conducción, con la facultad de nombrar y remover los principales cargos (Artículo 6° del proyecto).
En un experimento que no prosperó por la maravillosa resistencia social, el ex gobernador Sergio Uribarri, junto con su fiscal de Estado, Julio Rodriquez Signes, ya intentó privatizar todas las tierras públicas en el Delta a través de la efímera y tristemente conocida “Ley del Arroz”. La normativa habilitaba la venta de estos territorios e incluía sus puertos en manos de los dueños -o algunos de ellos- de las corporaciones del agronegocio de exportación transgénica. Esa propuesta aspiraba otorgar por 99 años todas las tierras públicas en el Delta a una Sociedad Anónima y, a través de la misma, gestionar permisos para el cultivo del arroz y semillas genéticamente modificadas. Esta ley, la 10.092, estuvo en vigencia tan sólo dos meses, de diciembre de 2011 a febrero de 2012, gracias a la respuesta en movilización social que provocó semejante “negocio”. Esta experiencia constituye quizás uno de los mayores escándalos políticos vividos en la provincia en los últimos años y, seguramente la actual gestión no repetirá semejante equívoco.
Perder la memoria, es grave; no conocer su historia, también
La Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas con un conjunto de más de cuarenta organizaciones de la Cuenca y del País, presentó hace más de dos años una Propuesta de Sanación del Delta Argentino. Aquí dejamos el documento de acceso público a todos los que amen el ser naturaleza de nuestro ecosistema privilegiado en el planeta y los que tengan responsabilidades directas sobre la gestión de cuencas y del Delta en particular. Más aún, lo entregamos así con las manos abiertas a cada uno de los diputados y senadores de la provincia.
En razón de lo aquí expuesto y dejando expresado que la mayoría del sistema de humedales provincial son áreas naturales protegidas (ANP) -reconocidas por leyes específicasy sentencias relevantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación-, debemos decir que este sistema de humedales, el más grande de la Argentina, debe ser excluido expresamente del proyecto de ley que ha sido remitido para la consideración del Poder Legislativo entrerriano. Y que al ser bienes de dominio público que pertenecen a toda la comunidad, está prohibida su venta, como así también limitados sus usos, conforme las funciones ecológicas y sociales que cumplen, más relevantes aún frente a los delicados y graves escenarios de cambio climático. (Artículo 240 Código Civil y Comercial).
La construcción del concepto de “sistema” fue un debate relevante en la Convención Constituyente de Entre Ríos. Fue esculpido y tallado a la luz de concebirlo como una unidad biocultural abrazada de la diversidad de sus reinos de vida. Desconocer ese anclaje, esa multiplicidad de seres humanos y no humanos desde el concepto del derecho real o los que sean, sin comprender los procesos de reconocimiento y respeto para con la Pachamama y el ciclo del agua, es negar que somos entre ríos. Y como decimos y hemos defendido maravillosamente: somos Entre Ríos Sí, entre represas No. Por eso también entre endicamientos No, ni privados ni públicos; No a la pampeanización y destrucción del sistema de humedales que nos conforma y del que somos parte. Porque, señor gobernador, señores legisladores, el Delta no se vende; somos humedal.
* Enzo Culasso Orué y Jorge Oscar Daneri, miembros de la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas y del Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE). Integrantes de la Unidad de Vinculación Ecologista de la Fundación La Hendija, Paraná.
Por Jorge Daneri (*). La naturaleza, con sus seres dentro, ha esculpido un conjunto de corredores biológicos y culturales invalorables en términos cualitativos, contemplativos. Una ordenanza1 reciente sancionada en la comuna de Villa Urquiza, los comienza a reconocer. La sanción de esta normativa prioriza la preservación de sus bienes culturales, históricos, paleontológicos, arqueológicos y, en definitiva, las diversidades del territorio ambiental que habitan todos los seres, no humanos, como nosotros, los que podemos narrar estas historias.
En estos tiempos podremos ver, acompañar, celebrar su demarcación y cuidado, como en un ejercicio cívico de la participación ciudadana y la gestión de los gobiernos locales. Son acuerdos del porvenir que, ojalá, se lideren con generosidad, con la continuidad de las buenas decisiones aprobadas por consensos amplios y en el caso que nos ocupa, unánimes.
Los corredores bioculturales a jerarquizar, en un diálogo de preservación ecológica y rescate de la memoria fósil y cultural de Villa Urquiza, comienzan a ser identificados, diseñados en su cartelería, en la búsqueda de pasados, recuerdos, relatos, como en la identificación de miradores de paisajes que nos pueden permitir imaginar diálogos, mateadas y abrazos entre Juan L. Ortiz, Cesáreo Bernardo de Quiroz, Gloria Montoy, Polo Martínez y tantos otros creadores que se enamoraron de esa costa soleada y su río mágico y misterioso.
El corredor de los cementerios, comenzando por el Convento, el de las casonas de los abuelos inmigrantes, vascos, alemanes e italianos, también franceses, criollos, nativos.
La selva en galería con sus barrancas legalmente protegidas en el valle de inundación del Paraná Medio. Los árboles centenarios, y esos saltos de agua a reestablecer, restituir a la madre tierra, recuperar para siempre.
Los corredores bioculturales hacia Colonia Nueva, como hacia la balsa y su enorme humedal, en conversación eterna con la reserva natural Berduc, son opciones para disfrutar de la bicicleta con buenos kilómetros de sorpresas y alegrías maravillosas.
La comisión creada por esta ordenanza de preservación está en marcha, funcionando, conformando su reglamento interno, soñando y aterrizando. La integran decenas de instituciones, vecinos. Logra trascender las confrontaciones estériles y seguir los caminos de transiciones para cuidar sus identidades y la serenidad de los seres buenos que nos preceden, respetando el porvenir de las generaciones que continuarán defendiendo la necesidad de comprender y trasmitir estos conceptos que nuestra Constitución Provincial moviliza custodiar y disfrutar como un legado irrenunciable. Esta tarea es la que hoy nos convoca.
Ordenanza Nº 227/22 Municipalidad de Villa Urquiza, Entre Ríos, diciembre 2022.
(*) Abogado ambientalista, integrante de la Unidad de Vinculación Ecologista (UVE) de Fundación La Hendija de Paraná.
Por: Maristella Svampa y Enrique Viale, para elDiarioAr.
La Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección Ambiental de los Humedales cuenta con una larga historia en el Congreso Nacional. Maristella Svampa y Enrique Viale analizan los proyectos en danza, las razones para apoyar el dictamen de minoría y un gesto de la película “Argentina 1985” para, salvando las distancias, pensar sobre cómo los gobernadores cajonearon una iniciativa. Qué pasa en Diputados.
La ya fallecida socióloga Norma Giarracca decía que “no hay séptimo día de descanso en la disputa socioambiental”, primero hay que lograr que sancionen la ley, luego que la reglamenten, después que la apliquen efectivamente, y así, continuar en la lucha. En el camino se generan debates en la sociedad, se confronta, se va produciendo masa crítica y se otorgan herramientas concretas para crear una nueva institucionalidad ambiental, para proteger nuestra salud, la del planeta y de nuestros bienes comunes.
El proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección Ambiental de los Humedales cuenta con un largo y penoso derrotero de 10 años en el Congreso Nacional. En 2013, impulsada por el entonces senador Rubén Giustiniani, se logró una primera media sanción en la Cámara de Senadores, pero luego, al no tratarse, perdió estado parlamentario en la Cámara de Diputados. Exactamente lo mismo ocurrió en 2016 con un proyecto del ex senador Fernando “Pino” Solanas, que también logró media sanción pero terminó cajoneado en la Cámara Baja, sin tratamiento alguno. Así, se echó por tierra un trabajo de años que incluyó decenas de reuniones con especialistas, varias audiencias públicas y el apoyo de un abanico muy amplio de organizaciones, expertos y universidades nacionales.
Ahora bien, si la sanción de la Ley de Bosques (2007) fue difícil pues chocaba directamente con los intereses del agronegocio como también lo fue más tarde la Ley de Glaciares (2010) por el boicot de la gran minería transnacional, la Ley de Humedales se enfrenta no sólo a estos dos lobbies que actúan en conjunto, sino también al de la especulación inmobiliaria, responsable de la destrucción de miles de hectáreas de humedales con sus barrios cerrados y countries náuticos, y caracterizado por sus aceitados vínculos con la más variada fauna política.
Los grandes capitales mineros tampoco quieren una Ley de Humedales ya que no sólo el oro se encuentra en las vegas en la Cordillera sino también el litio en humedales de altura, los salares del norte argentino, que actualmente se explotan de manera incontrolada, con bajísimas regalías y en muchos casos, sin licencia social.
Por su parte, el agronegocio corre permanentemente su frontera sin preocuparse por lo que deforesta con su accionar. Que la Argentina sea uno de los países más arrasados por la expansión de la soja transgénica y otros cultivos, o incluso de la ganadería extensiva, no parece preocuparlos. A esto hay que añadir otro grupo de poder extractivista, el de la producción forestal industrial en las provincias del litoral, sobre todo Corrientes. Esta particular conjunción de intereses contra la Ley de Humedales provoca que las resistencias políticas y mediáticas sean enormes, transversales y busquen clausurar deliberadamente la discusión. En el lenguaje coloquial ya tienen un nombre: son el lobby del fuego.
Ninguno de estos lobbies acepta límite alguno a su actividad extractiva, ignorando tanto el agravamiento de la crisis climática como el reclamo de las poblaciones por proteger los humedales y la salud de las poblaciones. Una de las herramientas que el país necesita para conservar estos ecosistemas tan valiosos es una Ley Nacional de Protección de Humedales que, aunque por sí sola no revertirá mágicamente los procesos destructivos del extractivismo, puede convertirse en un punto de inflexión para empezar a proteger y conservar uniformemente estos ambientes, mucho más en un contexto de emergencia climática.
Con una correcta Ley de Humedales se ordena y organiza el territorio y las actividades productivas sobre ellos. El conocimiento para la conservación de estos ecosistemas, y sus zonas claves, es fundamental en épocas de sequías y para afrontar los eventos climáticos extremos.
Se ha repetido innumerables veces: como ya lo había hecho en 2020, en marzo de 2022, el diputado por el Frente de Todos, Leonardo Grosso (presidente de la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano de la Cámara de Diputados) impulsó y presentó formalmente el llamado “proyecto consensuado”, que recoge los lineamientos de las discusiones y dictámenes en los anteriores debates legislativos y tiene el respaldo de científicos y expertos, y unas 400 organizaciones, entre asambleas, multisectoriales y colectivos de defensa del territorio.
Desde hace tres años, con el incremento de los incendios y el avance del humo sobre las ciudades y campos, una gran cantidad de textos, declaraciones, videos, notas periodísticas, testimonios producidos por organizaciones científicas, sociales y ecologistas y periodistas independientes, dan cuenta de esta situación, denunciando los múltiples impactos no sólo sobre los humedales, sino sobre la salud de las personas, muy especialmente sobre niños, ancianos y personas vulnerables. Cada vez más los relatos cotidianos están poblados de salas de urgencia desbordadas y madres que salen corriendo a llevar a sus niños con alergias y ataques de broncoespasmo. “En Rosario no se puede respirar”, repetía una y otra vez un video que se viralizó hace poco, pero que englobaba la experiencia cada vez más angustiante de muchas ciudades y localidades de diferentes provincias, como Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires. “Somos un crematorio a cielo abierto”, decía de modo estremecedor un conocido referente social de Rosario. Los incendios ya arrasaron con casi la mitad del territorio del Delta y el humo llegó incluso a la benemérita ciudad de Buenos Aires, dejando de ser así solo una noticia que afecta mayoritariamente las provincias, y convirtiéndose ahora también en incipiente sufrimiento ambiental capitalino.
Pese a ello, la discusión sobre la Ley de Humedales fue postergada una y otra vez. Hace poco, dieciocho intendentes de la costa santafesina del Paraná impulsaron un comunicado en el que instaban al Congreso a tratar la ley. “No aceptamos más excusas, no más fuego, no más humo, queremos calidad de vida”. Cuando parecía que todo estaba dado para tratar la ley, los gobernadores de las provincias del Norte argentino, desde Washington donde estaban de gira, emitieron una carta pública en la cual afirmaban que no es posible tratar el proyecto de manera “exprés”, y que la regulación propuesta avanza sobre las autonomías provinciales y la propiedad privada. Desde el campo científico más de 2000 investigadores salieron a rebatir las excusas de los gobernadores. El proyecto lleva más de diez años de discusión y los gobernadores lo saben. Tampoco desconocen –porque se les ha dicho y argumentado una y otra vez- que lejos de ser prohibitivo, el proyecto consensuado establece un necesario marco normativo, un ordenamiento territorial, una regulación mínima y uniforme para todo el país.
¿Qué pasó la semana pasada?
El jueves pasado se realizó el postergado plenario de Comisiones en la Cámara de Diputados por la Ley de Humedales. El primero en tomar la palabra fue el diputado Maximiliano Ferraro, del interbloque Cambiemos, quien señaló que ellos están “interesados en los humedales”, aunque en realidad presentaron un dictamen propio que desprotege los humedales, a medida de los lobbies del agronegocio y minero. Empezaba nuevamente el boicot a una buena Ley de Humedales. Poco después tomó la palabra el diputado Jorge Vara, de Corrientes, empresario arrocero, quien relativizó el cambio climático y acompañó el dictamen del diputado Maximiliano Ferraro. Incluso se atrevió a decir que “no lo van a correr con eso de los lobbies…”, cuando lo cierto es que tanto él como Ricardo Buryailde, presidente de la Comisión de Agricultura, son el lobby y deberían excusarse de votar, por conflicto de intereses. Vara fue presidente de la “Asociación Correntina de Plantadores de Arroz”, organización empresarial que se encuentra entre las que no quieren esta ley, porque dicha actividad avanza impactando sobre humedales. Buryailde es empresario ganadero, ligado al agronegocio. En su cortoplacismo voraz, los sectores del agronegocio ni siquiera alcanzan a visualizar que el Cambio Climático ya afecta y afectará aún más sus actividades, que la destrucción de los humedales (grandes reguladores hídricos), impactará de modo negativo en su economía particular.
Los gobernadores peronistas de provincias del Norte argentino, los mismos que semanas atrás -junto al Gobernador Gerardo Morales (Jujuy)- habían obstruido desde Washington el tratamiento parlamentario de la ley, está vez también jugaron un papel protagónico. Presionaron a una decena de diputados/as del Frente de Todos para que se ausenten del plenario, lo cual hizo posible que triunfara como dictamen de Mayoría el proyecto de Cambiemos.
Los diputados ausentes fueron Daniel Brue (Santiago del Estero), Nilda Moyano (Santiago del Estero), Pamela Calletti (Salta), Sergio Casas (La Rioja), Silvana Ginocchio (Catamarca), Anahí Costa (Catamarca), Ana Fabiola Aubone (San Juan), María Graciela Parola (Formosa), Nelly Daldovo (Formosa), Liliana Paponet (Mendoza). Como señaló el naturalista Cesar Massi, justamente la mayoría de ellos/as son representantes de aquellas provincias que los estudios científicos señalan como zonas con “potencial crisis del agua” y “estrés hídrico por aumento de temperatura”. “No se me ocurre peor forma de degradar la democracia” concluyó.
La ausencia estratégica de estos diputados del FdT permitió que avanzara el dictamen de mayoría propuesto por Cambiemos, habilitando así la posibilidad de aprobar una mala ley. Algo, que en el marco de la gran grieta que existe en nuestro país es enormemente llamativo. Esto demuestra el desmedido poder de los lobbies que logran penetrar interpartidariamente, y se alinean en contra cada vez que aparece un proyecto de ley que busca poner mínimos límites a los intereses económicos en nombre de los intereses generales de toda la sociedad y la naturaleza.
Así, hubo dictamen en el plenario de Comisiones en la Cámara de Diputados por el proyecto de Ley de Humedales. Pero quedó como dictamen de Mayoría el de Cambiemos, que no es una buena ley. Y como dictamen de Minoría, el de Grosso, el consensuado, con algunas modificaciones. El final está abierto y puede pasar cualquier cosa, como ya sucedió con la Ley Nacional de Glaciares, que subió al recinto con un dictamen de Minoría, pero finalmente fue aprobada. Por eso, es muy importante la voz de las organizaciones socioambientales y de los expertos y científicos para dar la última batalla en el recinto y se consiga que el dictamen de minoría, el único verdaderamente protector, se convierta en Ley.
Porqué hay que apoyar el dictamen de minoría
Si hacemos un análisis comparativo de los dos proyectos de ley, vemos que las diferencias entre ambos dictámenes son evidentes. El dictamen de Mayoría (Cambiemos) es enormemente regresivo respecto del de minoría (proyecto de Grosso) y pese a que toma –de modo engañoso y estratégico- la misma definición de humedales, flexibiliza notoriamente la protección de los humedales en todo su articulado. Para ir más al detalle comparativo, a diferencia del dictamen de Mayoría, el dictamen de Minoría tiene objetivos más amplios y protectores. Un ejemplo es el principio de no regresión en materia ambiental y, en caso de controversias, resguardar los principios in dubio pro aqua e in dubio pro natura (cuando hay dudas, se debe actuar en favor del agua y de la naturaleza), esto es, en favor de la protección de los humedales.
También el dictamen de Minoría establece como objetivo de la ley “valorar, reconocer y apoyar los medios de vida y producción, tradicionales y de la economía popular, que en un marco de respeto y conocimiento de su entorno se realicen de forma racional y sustentable.”
El proyecto de Minoría establece que el proceso de Ordenamiento Territorial debe incorporarse en un plazo máximo de 2 años desde la sanción de la ley, mientras que el dictamen de Mayoría establece 1 año desde la publicación del inventario, es decir 4 años desde la sanción de la ley (3+1).
El dictamen de Minoría establece una serie de principios fundamentales, que deben ser aplicados: el de Participación, la Co-construcción del conocimiento, la Equidad territorial y social, la Perspectiva del paisaje, la Progresividad, la Variabilidad espacio-temporal de los humedales, el Principio in dubio pro natura e in dubio pro aqua (ya citados), el Principio de no regresión y el Resguardo jurídico ambiental. Todos ellos están ausentes en el dictamen de la Mayoría.
Respecto del monitoreo del Ordenamiento Territorial de Humedales (OTH), sólo el proyecto de minoría establece un Monitoreo, actualización y participación ciudadanaen el OTH.
Si bien el dictamen de la Minoría eliminó la moratoria, lo modificó y reemplazó por la vía de la transición. Así, éste establece que en el tiempo entre la sanción de la ley y la inclusión de los humedales en el Ordenamiento Ambiental Territorial (OAT), todas las nuevas actividades (o ampliación de existentes) deberán realizar una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) previa, que deberán cumplir con las previsiones de la Ley (muy importante esto) y las normas locales. En cambio, el dictamen de Mayoría, en el mismo periodo hasta que se apruebe el OTH, permite “cambios en el uso del suelo o la ampliación de las actividades existentes en humedales plenamente reconocidos cuando la Autoridad Competente determine que no se verán afectadas significativamente sus características ecológicas.” Abre así un gran espacio para la discrecionalidad, además de exigir que sean “plenamente reconocidos”, lo que en la práctica nunca ocurre.
La flexibilidad ambiental del dictamen de Mayoría se percibe a la hora de referirnos a las exigencias de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). Son más amplias las exigencias de la EIA en el despacho de Minoría que establece que “deberá considerar en todas sus etapas las características e integridad ecológica de los mismos, así como su valor intrínseco y los criterios de manejo racional y uso sustentable que como aplicación de la presente surjan, incorporando el análisis a escala de paisaje y/o regional, a fin de considerar la interdependencia con otros ambientes y posibles impactos acumulativos”.
Pero lo que es fundamental es que el proyecto de Minoría (que el de Mayoría omite) es obligar de modo expreso y taxativo a una EIA previa en el caso de:
“f) La construcción de polders, terraplenes, bordos, albardones o estructuras similares que modifiquen la libre circulación del agua;
g) La construcción de represas o endicamientos de cualquier escala;
c) El movimiento de suelos cualquiera sea su fin;
h) El volcamiento de efluentes, desechos, desperdicios o cualquier otro elemento o sustancia extraños al humedal que pueda resultar contaminante o que modifique sus parámetros estructurales o de funcionamiento;
l) Las actividades que impliquen monocultivos, cultivos intensivos y/o agricultura industrial.
n) El cambio de uso del suelo;
p) La exploración y explotación minera, hidrocarburífera y la presencia de reservas para fracking.“
La mayoría de estas actividades actualmente se realizan sin una Evaluación de Impacto Ambiental previa.
Por otro lado, solo el dictamen de Minoría establece la obligación de realizar una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) previa a la realización de fumigaciones aéreas o terrestres. Esto es muy importante y sería un avance significativo ya que actualmente no existe esta obligación y estas pulverizaciones se hacen discrecionalmente. Esto es omitido en el dictamen de Mayoría.
Asimismo, el dictamen de Minoría obliga a la restauración de las áreas degradadas (estableciendo, además, prioridades en territorio indígena, agricultores familiares, comunidades locales y Cambio Climático) y el de Mayoría solo establece un “apoyo” genérico de la autoridad nacional y sin esas prioridades.
El proyecto de Mayoría incorpora en el Comité Nacional de Humedales, entre otros, al Consejo Federal de Minería, el INTA, el Consejo Federal Agropecuario y elimina a los sindicatos. El dictamen de Minoría crea un Consejo que le da más importancia a la sociedad civil (organizaciones sociales, ambientales e indígenas)
Sólo el proyecto de Minoría establece la “responsabilidad solidaria”, en caso de daño ambiental, de empresas o personas que suscriban estudios con datos omitidos o falsos.
El proyecto de Mayoría pone, insólitamente, como autoridad de aplicación –junto al Ministerio de Ambiente de la Nación- a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación. Es una ley ambiental, no se explica que tiene que hacer esa Secretaría como autoridad de aplicación, lo que –además- generará una dificultad práctica en su efectiva aplicación.
Estas son algunas de las grandes diferencias. Para resumir, el dictamen de la mayoría, propuesto por Cambiemos, desprotege los humedales, al no reconocer el valor intrínseco de éstos, ni resguardar su integridad ecológica con el objeto de garantizar los numerosos servicios ecosistémicos que los humedales nos brindan. Aparentando ser una Ley de protección de Humedales, en realidad es un proyecto regresivo, y está hecho a la medida de los intereses y lobbies que vienen destruyendo los humedales. En cambio, el dictamen de Minoría, propuesto por Grosso, aun con sus modificaciones del proyecto original, es una propuesta robusta y superadora; con conceptos, instrumentos, principios y herramientas muy concretas para una correcta gestión y protección de estos valiosos ecosistemas.
El desafío actual es lograr que se discuta en el recinto antes de fin de año. A casi 10 años del primer proyecto de ley, ya queda claro que no es a raíz de un problema técnico que no se consigue su aprobación. El triple lobby (agronegocio, minero e inmobiliario) no quiere ninguna regulación, y, ahora, buscarán que no se ponga en debate en el pleno de la Cámara de Diputados para que –una vez más- pierda estado parlamentario. Sin embargo, ha pergeñado un Plan B; aprobar el Dictamen de Mayoría, que propone una ley decididamente menos protectora. Ante esto, la disyuntiva es simple: democracia o lobbies.
En favor de la vida
Hay una escena en la tan comentada película Argentina1985, la única que se repite dos veces (la primera como ensayo, la segunda, como acto en sí). Es sobre el alegato final del fiscal Julio Strassera contra las Juntas militares, que habla del “gesto neroniano”, esto es, el pulgar hacia abajo, para referirse a los militares que decidían por la vida o muerte de los detenidos-desaparecidos. Distancias aparte, la orden de los gobernadores del norte de cajonear la buena ley ya consensuada, que se continuó con la ausencia estratégica de los y las diputadas de esas provincias, habilitando como dictamen de Mayoría la mala ley de Cambiemos, se corresponde con el gesto neroniano, el del pulgar hacia abajo, que decide discrecionalmente en favor de reducir cada vez más la calidad de vida de los argentinos, en tiempos de emergencia climática. Como ciudadanos y ciudadanas de una democracia que pronto cumplirá 40 años, nos merecemos una buena Ley de Humedales, sabiendo que éste no es el final del camino, sino más bien el principio de una regulación justa, racional y equilibrada. Todavía estamos a tiempo de invertir el gesto neroniano, y llevar el pulgar hacia arriba, en defensa del buen proyecto de ley, del dictamen de Minoría, en favor de la vida.
Por Jorge Oscar Daneri para www.analisisdigital.com.ar
Existe una decisión política de agrietar el debate legislativo sobre el proyecto de ley de protección de los humedales, en Argentina. Agrietar entre el Frente de gobierno y la coalición Cambiemos. O entre oficialismo y oposición. Esta es una trampa brutal, injusta a la que no se debe ingresar.
“La Contradicción Fundamental”* es el documento fundante e histórico de aquella Juventud Radical de la Junta Coordinadora Nacional (1973). “La Contradicción Fundamental” afirmaría hoy, que en debates esenciales como vitales, la gestión y defensa de las aguas, sus cuencas y sistemas de humedales, como parte precisamente vital de los derechos humanos, ya no debería estar en discusión. ¿Quién hoy pone en duda la defensa de los derechos humanos? y por lo tanto de los derechos ambientales. Sin duda alguna existen diversas respuestas sobre este “enemigo”. No es un adversario político quien lo haga.
¿Qué estamos entonces debatiendo? Este documento diría que nos debatimos en el escenario de la contradicción central, pueblo y antipueblo. O Pueblo y No Pueblo. Como lo anticipa el mismo documento, la dinámica social y global nos ha metido al antipueblo en el corazón mismo del campo popular, en sus coaliciones mayoritarias, donde tenemos alfiles jugando y siendo serviles voceros y ejecutores del modelo extractivista voraz.
Hace décadas se vienen manifestando en los hechos cotidianos del convivir, procesos de construcción social del derecho ambiental. Existen maravillosos ejemplos en el País que lograron conformar consensos sociales y políticos inapelables y bastante sólidos: leyes provinciales de protección de nuestros ríos, de áreas naturales protegidas, como nacionales de glaciares y bosques, como del AGUA en una diversidad de provincias. Nacieron desde las resistencias de organizaciones y asambleas de derechos humanos y de justicia ecológica, interpelados por la defensa de sus territorios, culturas, ecosistemas, modos sencillos y hermosos, muy queridos de vidas.
La construcción social del derecho ambiental como constitucional (caso Entre Ríos 2008) es una enorme apuesta al ejercicio de la democracia representativa en sistémica conversación y acuerdos con la democracia participativa.
Las mentes feudales no toleran este ejercicio. No les permite ni posibilita la negociación en los sótanos del poder que no tiene grietas, precisamente.
La construcción social que viene sosteniendo el proyecto ahora con dictamen en minoría (Diputado Nacional Leonardo Grosso) es el resultado de un hermoso, fantástico diálogo de saberes sociales, académicos como políticos. Es un hecho hasta amoroso de la democracia. Se debe marcar claramente que quien escribe estas reflexiones nada tiene que ver con el Frente de gobierno o con el Diputado en cuestión.
Los que casi nacimos a la militancia política desde la “contradicción fundamental” de la Junta Coordinadora Nacional de aquella Juventud Radical durante la última dictadura, no muchos, nos sostenemos en la misma y la hemos enriquecido abrazando la Ecología Social y Política.
No se puede, entonces negar o esconder el camino de Raúl Alfonsín hacia la Internacional Socialista y todo lo que ello implicaba. Uno advierte personajes que hoy le rinden homenaje y que son la expresión mayor del No pueblo. Son la expresión impune de un modelo que ha saqueado a la mitad del pueblo argentino y desertificado ecosistemas desde la ratificación de políticas mega extractivistas de la mano de Chevrón o Monsanto.
Venimos “De la Causa contra el Régimen, de la causa por los desposeídos”. De las entrañas de abuelos y padres Radicales. Pero radicales sumergidos en el concepto de Ricardo Rojas. El Radicalismo debe ser el partido de las reformas extremas en sentido democrático. (1931, en El Radicalismo de mañana”).
El Régimen no lo representa el proyecto ahora con dictamen de minoría. No apoyarlo con un voto comprometido y coherente, es precisamente dejar grietas abiertas para la destrucción final de los humedales en el País.
Elisa Carrió no se expresa públicamente sobre estos acontecimientos, precisamente y ahora en este contexto de contrastes y profundas como graves contradicciones expuestas por el miembro informante del proyecto lavado con Dictamen de Mayoría, siendo fundado por un representante de su cuerpo político. ¿Qué sucedió, que nos está pasando a los seres políticos, que intereses del No pueblo los penetra en esta desconstrucción ideológica, de que “vienen por el agua” como exponía Elisa Carrió hace 17 años o cuando defendía el proyecto de ley de la Coalición Cívica de protección (presupuestos mínimos ambientales) de los acuíferos en el año 2014? iniciativa directamente relacionada con el proyecto de ley de protección de los humedales.
Ahora se afina la letra de los dictámenes para seguir jugando a un país mega extractivista y no hacer más ruido a los fondos inversores de más de lo mismo, espantoso mal ejemplo global de elección-imposición como región de sacrificio, de exclusión y expulsión social en los territorios más bioculturales y diversos del cono Sur. Rifamos a la fiesta de sus voracidades de concentración del poder en los territorios, en la gestión de las cuencas y por lo tanto del derecho humano a aguas saludables y públicas en manos de decisiones feudales, confundiendo abusivamente los valores del federalismo de concertación, de la democracia ambiental, para degradar el concepto de unidad básica, elemental como vital de “presupuestos mínimos ambientales” de protección esencial de los ecosistemas de humedales, en el caso que nos ocupa y tanto preocupa.
El Régimen es el poder concentrado de las corporaciones mega mineras y del agronegocio de exportación con sus cómplices feudales de más de lo mismo.
El Régimen son los voceros y militantes de los paraísos fiscales que durante cuatro años condujeron los destinos de nuestra tierra como los que firmaron los contratos con Chevrón en algunos de ellos, de los unos como de los otros de esta inmunda y supuesta grieta.
El Régimen son los que cumplen servilmente con los dictados de textos desde los EEUU en viaje de “negocios” para frenar la ley en su consenso originario.
La Contradicción Fundamental, con una vigencia sorprendente y alarmante, expone “La lucha que por años protagonizaron peronistas y radicales, por ejemplo, con tener sus justificativos parciales (contradicción secundaria), perdió de vista que por sobre ella debía existir una coincidencia fundamental entre ambos en cuanto a las pautas fundamentales del país que necesitamos. Esta afirmación no implica distribuir culpas sino hacer experiencia histórica, comprendiendo los errores que el campo popular cometió al antagonizar sus enfrentamientos intestinos. Ello dividió fuertemente al pueblo, a sus conducciones políticas, a sus clases sociales, y permitió que sobre ésta división cabalgaran quienes tenían intereses contrapuestos a los intereses de la mayoría de los Argentinos representados por el peronismo y el radicalismo”.
Que lejos, que brutalmente lejos estamos de las posiciones históricas de la Unión Cívica Radical como de aquellos fundamentos, por ejemplo, del proyecto de Ley de presupuestos mínimos ambientales de protección de los acuíferos, presentado en el año 2014 por la Coalición Cívica, siendo Diputada de la Nación, Elisa Carrió.
Maquiavélico agrietamiento de la política de estrategia electoral llevada al alma del honorable recinto de la democracia.
Se sigue profundizando la destrucción de aquel proyecto de unión nacional al que convocara una y otra vez Raúl Alfonsín hacia la conformación solidaria y fraterna de un tercer movimiento histórico, nacional y popular, entre Radicales, Peronistas, Socialistas e Izquierdas democráticas, de buena madera, bien de selvas y montes bañadas de ríos libres para pueblos libres.
Ojalá en el recinto, desde los sentipensantes que brotan desde las intimidades más saludables del humano ser, los votos puedan ser de reformas de raíz, como Ricardo Rojas demandaba en su histórico libro, porque ya no es suficiente con uno de los Partidos históricos, sino necesario en la diversidad del arco iris de la política nacional como provinciales, en semejante cambio de época, tremenda crisis de civilización. Se nos va el tiempo, nos degradamos siguiendo dependientes y detrás del mismo modelo de mal desarrollo, pues es el causante de este drama global. Construyamos nuestra propia transición nacional, justa, en paz y radicalmente democrática.
Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas realizamos el siguiente cuadro comparativo entre los proyectos de Ley De Humedales con dictámenes de minoría, del proyecto presentado por el Diputado Leonardo Grosso, y el dictamen de mayoría del Diputado Maxi Ferraro.
COMPARATIVO ENTRE LOS DICTAMENES DE MINORÍA (DIP. LEONARDO GROSSO) CON EL DICTAMEN DE MAYORÍA (DIP. MAXI FERRARO)
• OBJETO El dictamen de mayoría no reconoce, en el objeto de la ley, el valor intrínseco de los humedales, ni el resguardo para su integridad ecológica para asegurar los servicios ecosistémicos que éstos brindan.
• OBJETIVOS Los objetivos de la ley son notoriamente más amplios y protectores en el dictamen de minoría. Por ejemplo, entre muchos otros, el dictamen de minoría contempla aplicar el principio de no regresión en materia ambiental y, en caso de controversias, resguardar los principios in dubio pro aqua e in dubio pro natura, en favor de la protección de los humedales. También el dictamen de minoría establece como objetivo de la ley “valorar, reconocer y apoyar los medios de vida y producción, tradicionales y de la economía popular, que en un marco de respeto y conocimiento de su entorno se realicen de forma racional y sustentable.”
• DEFINICIONES Las definiciones del proyecto de minoría son más amplias, y más protectoras, que el proyecto de mayoría.
• OBJETIVOS PARA EL INVENTARIO(INH) El único que tiene objetivos específicos para el Invetario Nacional de Humedales (INH) es el dictamen de minoría.
• PLAZOS PARA REALIZAR EL ORDENAMIENTO AMBIENTAL DEL TERRITORIO(OAT) El proyecto de minoría establece que el proceso de Ordenamiento Ambiental del Territorio (OAT) debe incorporarse en un plazo máximo de 2 años desde la sanción de la ley. El de mayoría de 1 año desde la publicación del inventario, es decir 4 años desde la sanción de la ley (3+1)
• PRINCIPIOS El de minoría dispone la aplicación de los siguientes principios: Participación, Co-construcción del conocimiento, Equidad territorial y social, Perspectiva del paisaje, Progresividad, Variabilidad espacio-temporal de los humedales, Principio in dubio pro natura, Principio in dubio pro aqua, Principio de no regresión, Resguardo jurídico ambiental. Mientras que el de mayoría los omite.
• MONITOREO DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE HUMEDALES(OTH) Sólo el proyecto de minoría establece un Monitoreo, actualización y participación ciudadana en el Ordenamiento Territorial de Humedales.
• TRANSICIÓN El dictamen de minoría establece que en el tiempo entre la sanción de la ley y la inclusión de los humedales en el OAT, todas las nuevas actividades (o ampliación de existentes) deberán realizar una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) previa que deberán cumplir con las previsiones de la Ley (muy importante esto) y las normas locales. En cambio, el dictamen de mayoría, en el mismo periodo hasta que se apruebe el OTH, permite “cambios en el uso del suelo o la ampliación de las actividades existentes en humedales plenamente reconocidos cuando la Autoridad Competente determine que no se verán afectadas significativamente sus características ecológicas.” Dejando así una gran discrecionalidad, además de exigir que sean “plenamente reconocidos”.
• EXIGENCIAS DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) Son mas amplias las exigencias de la EIA en el despacho de minoría que establece que “deberá considerar en todas sus etapas las características e integridad ecológica de los mismos, así como su valor intrínseco y los criterios de manejo racional y uso sustentable que como aplicación de la presente surjan, incorporando el análisis a escala de paisaje y/o regional, a fin de considerar la interdependencia con otros ambientes y posibles impactos acumulativos”.
Pero lo que es fundamental que el proyecto de minoría (y el de mayoría omite) es obligar, expresa y taxativamente, a una EIA previa en el caso de: f) La construcción de pólders, terraplenes, bordos, albardones o estructuras similares que modifiquen la libre circulación del agua; g) La construcción de represas o endicamientos de cualquier escala; c) El movimiento de suelos cualquiera sea su fin; h) El volcamiento de efluentes, desechos, desperdicios o cualquier otro elemento o sustancia extraños al humedal que pueda resultar contaminante o que modifique sus parámetros estructurales o de funcionamiento; k) La introducción de especies exóticas -no nativas- con cualquier fin ya sea recreativo, productivo, deportivo, etc.; l) Las actividades que impliquen monocultivos, cultivos intensivos y/o agricultura industrial. n) El cambio de uso del suelo; p) La exploración y explotación minera, hidrocarburífera y la presencia de reservas para fracking. La mayoría de estas actividades actualmente se realizan sin una EIA previa.
• EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) PREVIA A FUMIGACIONES Solo el dictamen de minoría establece la obligación de realizar una EIA previa de fumigaciones aéreas o terrestres. Esto es muy importante y sería un avance significativo ya que actualmente no existe esta obligación. Esto es omitido en el dictamen de mayoría.
• OBLIGACIÓN DE RESTAURACIÓN DE ÁREAS DEGRADAS El Dictamen de minoría obliga a la restauración de las áreas degradas (estableciendo, además, prioridades en territorio indígena, agricultores familiares, comunidades locales y Cambio Climático) y el de Mayoría solo establece un “apoyo” de la autoridad nacional.
• PROGRAMA NACIONAL DE CONSERVACIÓN DE HUMEDALES El de Minoría crea el Programa Nacional de Conservación de Humedales, con un capítulo específico. El de Mayoría no tiene nada al respecto.
• COMITÉ O CONSEJO El proyecto de Mayoría incorpora en el Comité Nacional de Humedales, entre otros, al Consejo Federal de Minería, el INTA, el Consejo Federal Agropecuario y elimina a los sindicatos. El de minoría crea un Consejo que le da más importancia a la sociedad civil (organizaciones sociales, ambientales e indígenas)
• AUTORIDAD DE APLICACIÓN El proyecto de mayoría pone, insólitamente, como autoridad de aplicación –junto al MAyDS a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.
• RESPONSABILIDAD SOLIDARIA Solo el proyecto de Minoría establece la “responsabilidad solidaria”, en caso de daño ambiental, de empresas o personas que suscriban estudios con datos omitidos o falsos.
EN CONCLUSIÓN EL PROYECTO DE LEY DE HUMEDALES CON DICTAMEN DE MAYORÍA ES MUY REGRESIVO EN COMPARACIÓN AL DE MINORÍA
Desde la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas, el Colectivo de Acción para la Justicia Ecosocial, Fundación la Hendija y Unidad de Vinculación Ecológica lanzamos el informe “Propuestas urgentes hacia la sanación del Delta Argentino”. Un núcleo de propuestas para recuperar los ecosistemas afectados del Delta del Paraná y sus humedales asociados. Tras las múltiples afectaciones recibidas los últimos años, como los devastadores incendios, la bajante de la cuenca del Paraná o los procesos de pampeanización, los ecosistemas de la región se encuentran altamente afectados y en riesgo. Por esto el informe plantea una hoja de ruta en las políticas públicas necesarias para lograr el punto máximo posible de recuperación de estos ecosistemas, fundamentales en prevenir inundaciones y otras funciones socioambientales.
El término sanación, podría acercarse al concepto de restauración, como al de recomposición de ecosistemas. Su utilización pretende comprensiones sociales y políticas sobre la necesidad y urgencia de un tratamiento humilde, de igualación con los otros seres de los reinos de vida que intentan aún habitar, sobrevivir, perdurar.
Esta batería de propuestas, frente al ecocidio producido en el Delta Argentino, es una herramienta en construcción social y política, por lo tanto, dinámica en sus objetivos de sanación del sistema de humedales de agua dulce que lo conforma. El objetivo del mismo es construir un conjunto de propuestas que buscan el desarrollo de una transición ecosocial destinada a lograr la restauración integral del Delta.
Nos ponemos a disposición de los pueblos en los territorios involucrados y de funcionarios públicos en todas las escalas. Para crear caminos que rescaten historias recientes, recuperen la memoria social y política sobre procesos institucionales y sociales casi olvidados y ponerlos en valor democrático. El objetivo es llegar al Gobierno de Entre Ríos, Santa Fe y Buenos Aires, a la autoridad PIECAS (Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná), al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, Concejos Deliberantes y Parlamentos en el ámbito del Delta. También a organismos de control, universidades, y a los responsables judiciales de las investigaciones penales en desarrollo que conciernen al Delta y a los ecosistemas del Paraná.
Revelamos la necesidad de fortalecer la acción estatal con perspectiva ecológica frente al ecocidio producido en el Delta Argentino. Presenta un catálogo de propuestas de política y gestión ambiental interjurisdiccional para los tomadores de decisiones. Tanto para el territorio del PIECAS DP, en sus distintos niveles y escalas, para enriquecer la participación sistemática y buscar soluciones inmediatas para sanar nuestros humedales en el Delta Argentino, sus ecosistemas y sistema de cuencas asociados, como de las comunidades que necesitan la preservación y restauración ecológica de estos territorios para su bienestar.
Contactos de prensa:
Jorge Daneri +54 9 3435 11-3491 Alejo di Risio +5491123904594
Asociación Maestros Rurales Argentinos Delegación BS.AS.
Pañuelos en Rebeldía
ysyry, aguas que corren
CoNA (comunidad nicoleña por el ambiente(
Centro Cultural Almacén de los 33, Territorio de Culturas
grupo de autoconvocadxs “El Paraná no se toca – el río nos une”
Soberanxs
Inta
Comision Permanente por los DDHH.
Biblioteca San Juan Castelar Sur. RADIO BIBLIOTECA ON LINE de Barrio San Juan. Biblioteca Popular Tupac Amaru de Castelar Sur. Huerta vecinal comunitaria de Barrio San Juan Castelar Sur
Espacio Cultural ” La Otra Casa”
Naturalistas en acción
Ale Ciancio, Artivista
Profesional independiente
ECOSUR, Ecología, Cultura y Educación desde los Pueblos del Sur
Paren de fumigar nos
Marcha plurinacional de los barbijos
NA
Frente Grande Comisión de ambiente
Asociación argentino-uruguaya de Economía Ecológica
Asamblea Ambiental Cosquín Auténtica
Multisectorial Provincial Paren de Fumigarnos
Yo mismo
Fundacion Otra Puerta
EcoAsamblea Parque Camet
ECOFEMINISMO GEN. NOSOTRAS
Colectivo Marcha Plurinacional de los Barbijos
Sociedad civil
Vecinos Auto-convocados Suardi ( Por la Salud y Ambiente)
Grupo Socioambiental Lotos
Multisectorial Humedales Rosario
Geopolítica y Bienes Comunes
Soberanxs
Área de ecofeminismos y reproducción social. CIFEG
ASAMBLEA CIUDADANA ONCORDIA
Nexo Comunicación para la Reducción del riesgo de desastres
Desde el COFEMA impulsan una ley regresiva que desprotege los humedales
Tras una reunión del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), en la que participó el Ministerio de Ambiente de la Nación, se elevó un nuevo proyecto de Ley de Humedales que será remitido en los próximos días al Congreso de la Nación.
Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas denunciamos este proyecto de COFEMA como parte del mismo lobby extractivista que desde hace 10 años atenta contra cualquier posibilidad de que una verdadera Ley de Humedales sea sancionada por el Congreso Nacional. Este proyecto oficial es manifiestamente regresivo y afianzará la degradación y retroceso de los humedales en nuestro país, aparentando su protección.
En comparación al proyecto de ley apoyado por más de 300 organizaciones, asambleas, multisectoriales, especialistas y científicos (presentado por el diputado Leonardo Grosso) la iniciativa del COFEMA elimina al menos 25 artículos. La supresión comprende elementos vitales para el diseño de una política federal para proteger integralmente los humedales en el territorio nacional, avalando una visión meramente instrumental de estos ecosistemas, sin control alguno por parte del Estado; altera sutil aunque gravemente la definición de humedal, suprime otras definiciones estratégicas, eliminando principios, conceptos, objetivos de protección, funciones y deberes de la autoridad nacional de aplicación y conductas prohibidas y aniquila el Inventario Nacional de Humedales, entre otros arbitrarios retrocesos.
Este proyecto del COFEMA tiene el lamentable objetivo de bloquear el proyecto que impulsa la sociedad civil, como ocurrió en el año 2010 con la Ley de Glaciares donde los sectores mineros impulsaron -infructuosamente- un proyecto de Ley de Glaciares que los desprotegía.
Así llevamos 10 años de brutales embestidas de los lobbies de la agroindustria, la gran minería y la especulación inmobiliaria que no quieren ninguna regulación, por más mínima que sea, sobre estos ecosistemas vitales.
El proyecto, consensuado por la sociedad civil, fue ingresado por cuarta vez el pasado 2 de marzo, contando con la firma de más de 15 diputados/as. Sin embargo, insólitamente (no recordamos antecedente alguno), el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, a 4 meses de su presentación (trámite que tarda unos días), no le ha asignado los giros a las comisiones correspondientes dejando el proyecto en un limbo que no permite tratamiento alguno.
A continuación, sintetizamos los principales cuestionamientos que realizamos al proyecto impulsado por COFEMA:
Modifica sutil pero gravemente la definición de humedal reduciendo el ámbito de aplicación de la ley y los ecosistemas que protege;
Suprimen la definición de expresiones como “uso racional”, “integridad ecológica”, “Evaluación de Impacto Estratégica” y “Evaluación de Impacto Ambiental”, “Preservación” y “Enfoque ecohidrogeomórifico” (la palabra “racional”, no existe en el proyecto de COFEMA, en contraste con la mención en 29 ocasiones en el otro proyecto)
Pervierte los objetivos de la ley, desechando 9 de ellos, distorsionando los alcances de protección y des-responsabilizando al estado mediante el uso de verbos en modo potencial;
Elimina directamente todas las funciones de la autoridad nacional de aplicación, desmereciendo cualquier intervención basada en la coordinación interjurisdiccional liderada por una autoridad federal;
Suprime plazos para que, tras la sanción de la Ley Nacional, las provincias deban elaborar un Ordenamiento Ambiental Territorial que incorpore a los humedales en sus territorios;
Elimina 11 principios y conceptos esenciales para la gestión de la política racional y sostenible de los humedales.
Insólitamente, destruye la noción de Inventario Nacional de Humedales al considerarlo facultativo y no como un deber del Estado, lo que implica una sentencia muerte legal para los humedales, antes siquiera de ser reconocidos como tal. También elimina plazos, las escalas de protección y el deber de actualización.
Quita la moratoria, siendo ello una violación directa de los principios preventivo y precautorio, que son la columna vertebral en materia ambiental.
Excluye a los pueblos indígenas y a la agricultura familiar del Programa Nacional de Conservación de Humedales.
Restringe inconstitucionalmente el derecho de acceso a la información pública
Elimina las prohibiciones a las conductas que afectan, alteran, disminuyen, o degradan los humedales de nuestro país.
Contactos de prensa: Dr. Rafael Colombo +5493426144658 Alejo di Risio +5491123904594 Argentina – 14 de Julio 2022