Archivos de categoría: Comunicados

Comunicados oficiales de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas dirigidos a prensa, medios especializados, funcionarios públicos en todos sus niveles, activistas y otros integrantes de la sociedad civil.

Cautelar en San Nicolás para protección de los humedales

La sociedad civil logra protección cautelar para la reserva natural Parque Aguiar e Islas del San Nicolás

Ante la decisión en torno a lograr la anulación del Código Urbano Ambiental aprobado ilegalmente.

Desde la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas celebramos la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que suspende la vigencia del Código Urbano Ambiental de San Nicolás en todos los capítulos referentes a la reserva natural Parque Rafael de Aguiar, Isla Ballesteros, sector barrancas del Parque y costa del Arroyo Ramallo.

La acción judicial presentada ante la Corte tiene como finalidad lograr la anulación del Código Urbano Ambiental aprobado ilegalmente mediante ordenanza 9949/19. La ilegalidad denunciada radica en que se aprobó mediante una maniobra fraudulenta destinada a impedir la adecuada participación ciudadana. Además, las organizaciones socioambientales cuestionan el carácter regresivo del Código que quitó la protección y el estatus de conservación con el que contaba el Parque Aguiar y las islas de San Nicolás.

La decisión pre cautelar fue tomada en el marco de una acción de inconstitucionalidad presentada por el Foro Ambiental de San Nicolás -FOMEA- que contó además con la presentación como “amicus curiae“ de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales -FARN- y un grupo de científicos locales especialistas en biología, arqueología y paleontología. Manifestamos nuestra solidaridad y felicitaciones hacia las organizaciones ambientales que impulsan la causa judicial ambiental y éste primer resultado de relevancia jurídica e institucional.

Se cuestionó al municipio local por una visión especulativa de promoción inmobiliaria sobre los espacios públicos de valor ambiental. La decisión de la Corte recae sobre las zonas donde se realizan obras muy cuestionadas como el terraplén camino de la isla Ballesteros, el paseo costero sobre la barranca del Parque donde el municipio pretende construir una avenida, expulsando vecinos e instituciones sociales y deportivas. Incluso la medida cautelar recae también en el sector donde el municipio anunció la construcción de un balneario en el Arroyo Ramallo, lugar que de ninguna manera es apto para tal fin y que, una vez más, las autoridades locales avanzan sin convocar a audiencias públicas como los otros mecanismos vigentes de la democracia ambiental.

La Suprema Corte además intimó a la Municipalidad de San Nicolás a dar respuesta a una serie de requisitos que evidencian la preocupación de los Ministros sobre las irregularidades cometidas por los funcionarios públicos locales en la sanción del Código. Este primer gran avance indica que la impugnación realizada por los vecinos/as de la ciudad tiene fundamentos serios, razonables y ajustados a la normativa vigente, demostrando en esta etapa inicial del proceso judicial que las autoridades del Ejecutivo Municipal y los Concejales que votaron favorablemente el Código impugnado tuvieron un comportamiento ilegal dado que no cumplieron con las leyes que regulan el proceso de aprobación de este tipo de ordenanzas, fundamentalmente no cumplieron con la garantía de Participación Ciudadana mediante la celebración previa de Audiencias Públicas.

El objetivo del Foro Medio Ambiental con el impulso de esta acción judicial es la protección del patrimonio natural de San Nicolás y afianzar la democracia participativa que la legislación establece en materia ambiental.

Contactos de prensa: 
Fabián Maggi  0341-3720859
Maria Gimena Viviani 0336 – 4203844
Argentina15 de Julio 2022

Arremetida contra Humedales

Nueva arremetida contra la Ley de Humedales

Desde el COFEMA impulsan una ley regresiva que desprotege los humedales

Tras una reunión del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), en la que participó el Ministerio de Ambiente de la Nación, se elevó un nuevo proyecto de Ley de Humedales que será remitido en los próximos días al Congreso de la Nación.

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas denunciamos este proyecto de COFEMA como parte del mismo lobby extractivista que desde hace 10 años atenta contra cualquier posibilidad de que una verdadera Ley de Humedales sea sancionada por el Congreso Nacional. Este proyecto oficial es manifiestamente regresivo y afianzará la degradación y retroceso de los humedales en nuestro país, aparentando su protección.

En comparación al proyecto de ley apoyado por más de 300 organizaciones, asambleas, multisectoriales, especialistas y científicos (presentado por el diputado Leonardo Grosso) la iniciativa del COFEMA elimina al menos 25 artículos. La supresión comprende elementos vitales para el diseño de una política federal para proteger integralmente los humedales en el territorio nacional, avalando una visión meramente instrumental de estos ecosistemas, sin control alguno por parte del Estado; altera sutil aunque gravemente la definición de humedal, suprime otras definiciones estratégicas, eliminando principios, conceptos, objetivos de protección, funciones y deberes de la autoridad nacional de aplicación y conductas prohibidas y aniquila el Inventario Nacional de Humedales, entre otros arbitrarios retrocesos. 

Este proyecto del COFEMA tiene el lamentable objetivo de bloquear el proyecto que impulsa la sociedad civil, como ocurrió en el año 2010 con la Ley de Glaciares donde los sectores mineros impulsaron -infructuosamente- un proyecto de Ley de Glaciares que los desprotegía.

Así llevamos 10 años de brutales embestidas de los lobbies de la agroindustria, la gran minería y la especulación inmobiliaria que no quieren ninguna regulación, por más mínima que sea, sobre estos ecosistemas vitales.

El proyecto, consensuado por la sociedad civil, fue ingresado por cuarta vez el pasado 2 de marzo, contando con la firma de más de 15 diputados/as. Sin embargo, insólitamente (no recordamos antecedente alguno), el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, a 4 meses de su presentación (trámite que tarda unos días), no le ha asignado los giros a las comisiones correspondientes dejando el proyecto en un limbo que no permite tratamiento alguno.

Análisis crítico de la propuesta de COFEMA

A continuación, sintetizamos los principales cuestionamientos que realizamos al proyecto impulsado por COFEMA:

  1. Modifica sutil pero gravemente la definición de humedal reduciendo el ámbito de aplicación de la ley y los ecosistemas que protege;
  2. Suprimen la definición de expresiones como “uso racional”, “integridad ecológica”, “Evaluación de Impacto Estratégica” y “Evaluación de Impacto Ambiental”, “Preservación” y “Enfoque ecohidrogeomórifico” (la palabra “racional”, no existe en el proyecto de COFEMA, en contraste con la mención en 29 ocasiones en el otro proyecto)
  3. Pervierte los objetivos de la ley, desechando 9 de ellos, distorsionando los alcances de protección y des-responsabilizando al estado mediante el uso de verbos en modo potencial; 
  4. Elimina directamente todas las funciones de la autoridad nacional de aplicación, desmereciendo cualquier intervención basada en la coordinación interjurisdiccional liderada por una autoridad federal; 
  5. Suprime plazos para que, tras la sanción de la Ley Nacional, las provincias deban elaborar un Ordenamiento Ambiental Territorial que incorpore a los humedales en sus territorios; 
  6. Elimina 11 principios y conceptos esenciales para la gestión de la política racional y sostenible de los humedales. 
  7. Insólitamente, destruye la noción de Inventario Nacional de Humedales al considerarlo facultativo y no como un deber del Estado, lo que implica una sentencia muerte legal para los humedales, antes siquiera de ser reconocidos como tal. También elimina plazos, las escalas de protección y el deber de actualización. 
  8. Quita la moratoria, siendo ello una violación directa de los principios preventivo y precautorio, que son la columna vertebral en materia ambiental. 
  9. Excluye a los pueblos indígenas y a la agricultura familiar del Programa Nacional de Conservación de Humedales. 
  10. Restringe inconstitucionalmente el derecho de acceso a la información pública
  11. Elimina las prohibiciones a las conductas que afectan, alteran, disminuyen, o degradan los humedales de nuestro país.

Contactos de prensa:  Dr. Rafael Colombo +5493426144658
Alejo di Risio +5491123904594
Argentina14 de Julio 2022

Hidrovía a la justicia

Llevamos la hidrovía a la justicia para frenar la destrucción del Paraná

Ante la escandalosa situación en Ramallo y la cuenca del Río Paraná
8 de Julio, 2022

 “La Asociación Civil “Unidos por la Vida y el Ambiente” -UPVA- y la “Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas” interpusieron una Acción de Amparo Ambiental contra el Estado Nacional para que la justicia federal suspenda las obras de dragados ejecutadas y por ejecutarse en los pasos críticos de la Hidrovía Paraná Paraguay, especialmente en el denominado “Paso Las Hermanas y Paso abajo las Hermanas”, frente a la localidad de Ramallo (Pcia. de Buenos Aires). 

“Resulta injustificable, y absolutamente contrario a derecho, realizar obras de estas características frente a la enorme crisis ecológica, climática e hídrica que atraviesa la cuenca de agua dulce más importante de nuestro país, sin contar con una Evaluación Ambiental Estratégica del mal llamado proyecto Hidrovía en el tramo Argentino de la cuenca”.

Enrique Viale, firmante de la acción en carácter de Presidente de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA). 

Las organizaciones afirman que estas obras deben suspenderse urgentemente por ejecutarse sin la realización previa, oportuna y participativa de los estudios de impacto ambiental, conforme el procedimiento legal obligatorio, de toda iniciativa de cambio de trazas en pasos críticos del río Paraná, profundizaciones del calado, sobre-dragados y ensanchamientos del cauce de navegación. Por tal razón, solicitaron preventivamente una medida cautelar que ordene al estado Nacional, suspender toda intervención ingenieril y artificial de estas características sin Estudio de Impacto Ambiental puntual, hasta tanto se dicte sentencia conforme lo peticionado. 

Los detalles de la causa y la falta de control sobre el proyecto

Los abogados patrocinantes de ambas organizaciones, Jorge Daneri, Lucas Micheloud y Fabian Maggi, sostienen que la presente acción es la traducción judicial de un conflicto socioambiental que lleva décadas y está caracterizado por la desambientalizacion y falta de controles estatales que tiene el proyecto de la Hidrovía.

Los cambios globales concretados en el río Paraná en las últimas décadas por el proyecto de la Hidrovía, en conjunto con los impactos climáticos e hidrológicos están desestabilizando todo el sistema de humedales, sitios de valor paleontológico y sus ecosistemas asociados en la región de la cuenca, pero también a las comunidades ribereñas, frente al acceso al agua de forma segura y adecuada.

Suspensión de obras de dragado

En razón del cambio de traza realizado frente a Ramallo, ambas organizaciones solicitaron a la Justicia, disponga que no se concreten más este tipo de intervenciones en el río y sus valles de inundación, como cauce principal, sin cumplir con la aplicación y cumplimiento de las herramientas básicas de la democracia ambiental expuestas. A su vez, denunciaron que la auditoría contratada por la Administración General de Puertos a la empresa SERMAN S.A. no reviste la categoría de Estudio de Impacto Ambiental ni tiene una Declaración de Impacto Ambiental, además de representar un grave conflicto de interés.

Finalmente frente a la inexistente perspectiva de cuencas del proyecto HPP y la escandalosa mercantilización realizada sobre el río Paraná y sus reinos de vida que hace el complejo agroportuario y el sistema de navegación comercial, las organizaciones amparistas solicitaron a la Justicia Federal que adopte la línea jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en casos de gestión democrática de cuenca, y disponga en el marco de la licitación internacional en curso, un plazo preciso para que el Estado Nacional en conjunto con las provincias y con la debida participación ciudadana, conformen el “Comité de Cuenca del río Paraná”, la mayor deuda de la democracia ambiental aún incumplida, en el mayor río de la República.

Kit de Prensa Hidrovía a la justicia – Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas

Contactos de prensa:
Jorge Daneri +54 9 3435 11-3491
Lucas Micheloud +54 9 3413 94-2305
Fabian Andrés Maggi +54 9 3413 72-0859
Alejo di Risio +54911239045

Argentina8 de Julio 2022

Estado de Offshore en Argentina

¿Cuál es el estado del offshore en Argentina?

Ante la confusión y desinformación circulando con respecto a offshore en Argentina aclaramos

La resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata implica que la suspensión del proyecto offshore se mantiene y se imponen importantes y complejos condicionantes.

El Estado Nacional DEBERÁ DICTAR UNA NUEVA Declaración de Impacto Ambiental de la ya dictada, e integrada con los estudios referidos a posibles impactos acumulativos, y que reúna los siguientes recaudos:

1) Luego de otorgar la necesaria participación de la Administración de Parques Nacionales para que cumpla el rol encomendado por las leyes 22.351 y 23.094, deberá evaluarse y valorarse su opinión o dictamen, tomándose entonces las medidas que correspondan en consecuencia.

2) Deberán valorarse, también, las intervenciones participativas organizadas a nivel municipal (audiencia pública consultiva de fecha 30 de mayo de 2022), y nacional (consulta popular que culminó el 19 de mayo de 2022) sobre offshore en Argentina.

3) Deberá incluirse al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el control y fiscalización del cumplimiento de la DIA y su correspondiente Plan de Gestión Ambiental.

4) Las indicaciones de la DIA a dictarse, deberán ser emitidas asertivamente, y no en modo potencial o condicional.

Todo esto ratifica nuestros argumentos y reclamos sobre las irregularidades cometidas en el estudio de impacto ambiental correspondiente, las violaciones a la legislación ambiental y climática vigente y los vicios sistemáticos en el procedimiento administrativo.

Este tipo de accionar es característico de estos megaproyectos que carecen de licencia social y deben proceder avasallando la legislación y jurisprudencia vigente.

Asociación Argentina de Abogados/as ambientalistas – 7 de Junio de 2022

Megafábricas de cerdos

Declaración: América sin megafábricas de cerdos

SUMA TU FIRMA AQUÍ

🔺 ¿Por qué y cómo avanzan las fábricas porcinas en América Latina? 🔺

SUMA TU FIRMA AQUÍ

Desde Homún, Yucatán, México, pueblo maya que ha logrado la suspensión de operaciones de una mega fábrica de 49 mil cerdos, comunidades indígenas y campesinas en resistencia, defensoras y defensores de derechos humanos, ambientalistas, personas expertas y de la academia de Argentina, Chile, Ecuador, Estados Unidos y México suscribimos esta Declaración en donde exigimos el cese de la expansión de las mega fábricas de cerdos en el continente.
Este modelo agroindustrial, que se extiende desde Estados Unidos al resto de América, reproduce los patrones de explotación del capitalismo más voraz que afecta y despoja a los territorios indígenas, genera fractura del tejido social y cultural, violentando la vida pacífica de los pueblos, contaminando la naturaleza y potenciando la crueldad y explotación animal.
Las operaciones de las mega fábricas de cerdos violan el derecho a la salud de las personas y de las comunidades, el derecho al agua y al saneamiento, el derecho a la integridad personal, los derechos laborales, el derecho a la alimentación adecuada y el derecho a la información y la participación al dañar el medio ambiente de manera irreparable.
Estas mega fábricas producen una gran cantidad de desechos tóxicos y orgánicos que contaminan los suelos, el aire y el agua. Cuando los residuos de las mega fábricas de cerdos se descomponen, liberan sulfuro de hidrógeno, amoníaco y cientos de compuestos orgánicos volátiles,[1] además de metano y óxido nitroso, dos potentes gases de efecto invernadero [2] a la atmósfera.
Los olores y la pestilencia causan náuseas, dolores de cabeza, mareos, secreción nasal, picor de garganta, ardor en los ojos, tos y dificultad para respirar.[3] Además, afectan la salud respiratoria de las personas que viven cerca de estas instalaciones y se asocian a enfermedades respiratorias, como el asma en la niñez.
Las mega fábricas de cerdos también usan grandes cantidades de agua: solamente para producir un kilogramo de carne emplean 6 mil litros del líquido. Por otro lado, la contaminación que genera esta industria en el agua puede perjudicar a los seres humanos, a la fauna y al medio ambiente.[4]
Es decir, el almacenamiento y la eliminación de los residuos de las megafábricas de cerdos contamina las aguas superficiales, subterráneas (pozos y cenotes y otras fuentes de donde las comunidades obtienen agua), e incluso los océanos, con heces y orines.
El exceso de nutrientes en los residuos de las megafábricas se asocia a la proliferación de algas nocivas en las aguas superficiales, en las rías y lagunas donde se reproducen las especies marinas necesarias para la subsistencia de las comunidades pesqueras. Esta contaminación puede matar a los peces [5] y causar molestias en el tracto gastrointestinal e infecciones de la piel, los ojos y los oídos en los seres humanos.[6] Además, la contaminación del agua puede ocasionar enfermedades como defectos de nacimiento y a casos de metahemoglobinemia, o “síndrome del bebé azul”[7] hipertiroidismo y diabetes insulinodependiente.[8]
Las condiciones de hacinamiento en las que viven los cerdos deprimen su respuesta inmune y facilitan la transmisión de enfermedades. Por ello, los animales son sometidos a una alta cantidad antibióticos y antivirales para prevenir enfermedades y engordarlos rápidamente. Esta exposición constante a altas dosis de antibióticos favorece el desarrollo de genes de resistencia a dicho antibióticos por parte de las bacterias. Además, las condiciones de hacinamiento pueden provocar nuevas infecciones y potenciales pandemias.
Las operaciones de estos recintos industriales también amenazan el derecho a la tierra, el territorio y los bienes comunes naturales de los pueblos indígenas y campesinos. Estas mega fábricas se establecen de forma desproporcionada en comunidades indígenas y afroamericanas, violando su derecho a la libre determinación, sin acceso a la información, sin evaluaciones de impacto ambiental y social, y sin su consentimiento libre, previo, informado y culturalmente adecuado. Lo anterior, representa una forma del colonialismo ambiental. Ante el abandono del gobierno, y para hacer frente a las violaciones de los derechos humanos provocados por la operación de mega fábricas de cerdos a los pueblos y comunidades, las y los firmantes señalamos firmemente que tenemos el legítimo derecho a organizarnos y defendernos.
Este modelo agroindustrial genera despojo territorial, desplaza otras formas de vida, el patrimonio biocultural y afecta de forma negativa la vida comunitaria. Cuando las comunidades exigen sus derechos se encuentran con la falta de información y de transparencia de la industria, y, en ocasiones, con la represión. Las violaciones a los derechos humanos se dan con la aquiescencia y complicidad de los gobiernos de todos los niveles, en un contexto de captura corporativa de Estado por parte de las empresas de la carne.
La organización de las megafábricas de cerdos en una economía vertical además desplaza otras formas de producir alimentos, incluso carne. El modelo de las mega fábricas de cerdos requiere una gigantesca cantidad de agua potable, soja, maíz y cereales para alimentación animal. Por ello, profundiza el modelo de agronegocio basado en monocultivo, muchas veces transgénico, con devastadoras consecuencias para los territorios (fumigaciones con agrotóxicos, deforestación, muerte de abejas y polinizadores y acaparamiento de tierras). Un aspecto alarmante es que el modelo de producción de alimentos cada vez se aleja más de la ganadería y agricultura sostenibles, en los que cada pueblo pueda producir y acceder a alimentos de una manera culturalmente adecuada, conforme a los cultivos y a la alimentación ancestral y la agroecología, lo cual es la base de la soberanía alimentaria.
Ante los graves impactos y las violaciones a los derechos humanos de las personas y la naturaleza, exigimos que se frene la alarmante expansión de las mega fábricas de cerdos a nuestros países impulsada por acuerdos comerciales, subsidios e incluso bancos de desarrollo. En este sentido, le exigimos a los gobiernos de Argentina, Chile, Ecuador, Estados Unidos y México, bancos y donantes y a las instituciones internacionales que:
● No otorguen más permisos para este tipo de industria ¡Ni una mega fábrica de cerdos más!
● El cierre inmediato de las mega fábricas de cerdos que se encuentran operando
● No subsidien este modelo agroindustrial e inviertan en una agricultura que garantice la soberanía alimentaria mediante la agroecología, el cultivo y la alimentación ancestral
● Respeten el derecho a la libre determinación, a la tierra y el territorio de las comunidades indígenas y campesinas afectadas por la industria porcícola
● Se respete el principio de precaución y prevención frente a las mega fábricas de cerdos

SUMA TU FIRMA AQUÍ

PRIMERAS ADHESIONES
Suscriben:
Acción Ecológica
Agua para todos, agua para la vida
Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza (GARN)
ARTICLE 19, Oficina México y Centroamérica, A. C.
Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas
Atención Comunitaria U Yutzil Kaaj
Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de la Escuela de Nutrición de la Universidad de Buenos Aires, Argentina
CartoCrítica. Investigación, mapas y datos para la sociedad civil
Center for Biological Diversity
Che’en Kuxtal
Co’ox Mayab
Colectivo de Derechos Humanos Yopoi
Consejo Ciudadano por el Agua de Yucatán
Consejo Maya del Poniente de Yucatán “Chik’in-ja”
Coordinadora Ecuatoriana de organizaciones para la Defensa de la Naturaleza y el Medio Ambiente (CEDENMA)
Fundación para el Debido Proceso (DPLF)
Greenpeace México, A. C.
Indignación, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, A. C.
Kanan Derechos Humanos, A. C.
Kanan Lu’um Chapab
Kanan Ts’ono’ot, Guardianes de los cenotes
La Esperanza de Sitilpech
Mundo y Conciencia, A. C.
Museo del Hambre
Observatorio para la Defensa del Territorio Maya
Red Ciudadana por la Sostenibilidad de Yucatán
Red de Abogadas y Abogados por la Soberanía Alimentaria (REDASA)
Red de Apoyo Comunitario (Redacom), Yaxkukul
Seminario Interdisciplinario sobre el Hambre y el Derecho Humano a la Alimentación Adecuada de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires
Slow Food Chile
Universidad Andina Simón Bolívar
Waterkeeper Alliance

Basurero petrolero en Vaca Muerta

Vaca Muerta: Se detectan graves irregularidades en los residuos tóxicos del fracking

Ante la escandalosa situación revelada en un allanamiento de la fiscalía de Neuquén

Por primera vez en el marco de la causa iniciada en diciembre de 2020, fue allanado el interior de las plantas donde están depositados los residuos petroleros de Vaca Muerta. El relevamiento in situ fue llevado adelante por la Fiscalía de Neuquén y se dio en el marco de la investigación penal iniciada por la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas. La causa investiga el escandaloso negocio millonario de los basurales petroleros en Vaca Muerta, al denunciar penalmente a la empresa COMARSA por acumular residuos peligrosos en las dos plantas inspeccionadas: Neuquén y Añelo.

Enormes irregularidades fueron constatadas en dicho allanamiento, con flagrantes violaciones a lo que la ley penal en materia de residuos peligros, dentro de los que se encuentra la “basura petrolera”. Una clase especial de residuo clasificado como “peligroso” puesto  que contiene restos radiactivos y metales pesados. También se encontró suelo empetrolado, líquidos con aceite y líquidos con petróleo, cuyo origen no se encuentra registrado. La planta se encuentra, ya desde hace varios años, en su límite de capacidad de procesamiento, lo cual implica que los residuos provenientes del fracking no deberían ser nuevamente incorporados en esta cadena de procesamiento.

Impresiona aún el descomunal volumen de residuos allí acumulados.

Rafael Colombo, impulsor de la denuncia penal.

En el allanamiento participaron la Ingeniera Cecilia Bianco, del área tóxicos de Taller Ecologista y el investigador Martín Alvarez Mullaly, del Observatorio Petrolero Sur. Bianco es una de las autoras del informe “La Basura del Fracking en Vaca Muerta”, que sistematiza la evidencia que ratifica la entidad, gravedad y cantidad de conductas irregulares detalladas cometidas por la empresa COMARSA y sobre el cual brindó testimonio formal ante el organismo fiscal. Al concluir el allanamiento, enfatizó: “La ausencia de información es escandalosa, incluso en las actas de inspección que se hicieron en ambas plantas. El control de napas, sin pozos freatímetros, es tan solo uno de los múltiples residuos peligrosos que deben tener un seguimiento exhaustivo por ley”.

Por su parte, Rafael Colombo, letrado impulsor de la denuncia en representación  de la Asociación de Abogados/as Ambientalistas, tuvo oportunidad de volver a recorrer las inmediaciones de las plantas pertenecientes a la empresa Comarsa: “Presentamos la denuncia hace poco más de 12 meses y la situación no ha cambiado. La basura del Parque Industrial de Neuquén continúa expuesta a cielo abierto. Impresiona aún el descomunal volumen de residuos allí acumulados. También persiste el riesgo que recae sobre una comunidad de vecinos/as lindantes a la planta, no observándose presencia alguna del estado para prevenir potenciales daños sobre la salud de las familias que allí viven en condiciones de vulnerabilidad”. 

La denuncia penal presentada en diciembre de 2020

El allanamiento fue requerido por la Fiscalía especializada en Delitos Ambientales del Ministerio Público Fiscal de la provincia de Neuquén, en el marco de la investigación en curso que pesa sobre Comarsa, las corporaciones petroleras que operan en Vaca Muerta y los funcionarios públicos del estado provincial.

En diciembre de 2020, la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas reveló el escandaloso negocio millonario de los basurales petroleros en Vaca Muerta, al denunciar penalmente a la empresa COMARSA por acumular residuos peligrosos en sus plantas de Neuquén y Añelo; a las compañías petroleras como YPF, Shell, Chevron, entre otras, por producir esos residuos en el marco de las perforaciones – fracking mediante – para extraer hidrocarburos no convencionales; y a los funcionarios públicos del gobierno provincial responsables.

Rechazo ante la represión en andalgalá

Rechazo ante la represión en Andalgala y el avance de la megaminería

Ante la brutal represión ejercida por las fuerzas de seguridad de Catamarca 

Ante la brutal represión ejercida por las fuerzas de seguridad de la provincia de Catamarca, que el día de ayer reprimieron con gases lacrimógenos y balas de goma a vecinos y vecinas de Choya que realizaban un acampe pacífico, desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas reclamamos la liberación inmediata de la detenida Karina Orquera y el libre ejercicio del derecho a la protesta en todo el territorio nacional.

La minería, como cualquier otra actividad, no debe realizarse sin consulta previa, libre e informada a las comunidades locales. El pueblo de Andalgalá ha realizado más de 600 manifestaciones pacíficas desde 1996 para exigir el cese de las actividades mineras en el cerro Aconquija. Se ha proclamado de manera irresoluta y persistente en contra de la minera canadiense Yamana Gold que se encuentra instalada en su territorio. Desde el año 1997 que, de una forma u otra, la megaminería intenta avanzar en la cuenca del Río Andalgalá en detrimento del marco democrático.

A pesar de encontrarse en zona periglaciar (expresamente prohibido por la Ley de Glaciares) el Proyecto MARA por Yamana Gold ha logrado avanzar en diversas etapas. En los últimos 20 años de lucha contra la megaminería en el país, mediante un ejercicio de democracia directa, la sociedad ha logrado incluir en el marco regulatorio siete leyes provinciales que prohíben la megaminería con uso de sustancias tóxicas. A 45 años de la primera caminata de las Madres de Plaza de Mayo, recuperamos y reivindicamos el derecho a la protesta pacífica como ejercicio de la voluntad popular. La construcción de una verdadera democracia exige el freno de esta práctica extrema del extractivismo, que precisa degradar los marcos institucionales y democráticos para poder avanzar.

La violencia institucional ejercida desde el estado contra defensores ambientales y asambleas constituidas en defensa de sus territorios y bienes comunes, reduce dramáticamente la democracia participativa socio-ambiental, incumpliendo no solo con la legislación constitucional ambiental sino con el Acuerdo de Escazú, ratificado por el Estado Argentino. La ausencia de mecanismos de participación ciudadana en la construcción institucional de las decisiones políticas, compromete la realización de los más elementales derechos humanos ambientales del pueblo catamarqueño, cuya determinación en defensa del agua, la vida, y el valor inherente de sus cerros se impone contra el avance de la megaminería.

Para lograr restituir la legitimidad democrática y el ejercicio pleno de los derechos garantizados por la Carta Fundamental, es necesario que la provincia de Catamarca garantice la voluntad popular y, no solamente le de un freno al proyecto MARA, sino que también avance en el contexto institucional y jurídico y en la defensa de los bienes comunes del territorio

Argentina4 de Mayo 2022

Rechazo al avance de la megaminería

Rechazo ante el avance de la megaminería sobre la institucionalidad democrática

Ante la sanción irregular de la Ley de Zonificación que habilita la megaminería en la meseta central de Chubut y la brutal represión de la protesta social desde la noche del miércoles 15 de diciembre, en vistas de alcanzar la paz social, las personas y organizaciones abajo firmantes reclamamos la derogación inmediata de la Ley XVII Nº 149, promulgada a través del Decreto 1285/21

La decisión del gobierno y la legislatura provincial de avanzar con la megaminería no cuenta con licencia social, a lo que se suma el cuestionamiento de diversos organismos científicos y académicos (entre ellos CENPAT/Conicet y universidades públicas de la zona). La aprobación de la zonificación minera ha sido posible mediante un proceso de  degradación institucional y democrática, agravado por la brutal represión arremetida contra la ciudadanía que ejerce su derecho a la protesta, colmando las calles de Chubut. 

En el año 2003, un 82% de la población de Esquel votó el “No A La Mina”, un plebiscito histórico que dejó claro que la minería no tenía licencia social en la zona. Ese mismo año, se sancionó la primera de muchas leyes provinciales que prohíben la minería a cielo abierto con uso de sustancias tóxicas. En vistas de reforzar este mensaje, el movimiento de asambleas territoriales impulsó dos nuevas instancias de iniciativa popular en 2014 y en 2020. 

A pesar de esto, la dirigencia política provincial buscó avanzar en las medidas para habilitar la megaminería en la provincia y construir un blindaje jurídico y judicial que debilite al máximo el acceso a la justicia en materia de derechos humanos y ambientales. En una sesión del 2 de diciembre, la legislatura de la provincia había reformado  la ley de amparo, limitado las medidas cautelares contra el Estado y designado a  4 jueces del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Chubut.

El accionar de las fuerzas de seguridad en Chubut registra graves violaciones a los derechos humanos, como se desprende de las denuncias presentadas por las asambleas y el registro audiovisual y fotográfico de medios independientes. Estos advierten de personas detenidas de manera arbitraria, múltiples ciudadanos/as y manifestantes heridos de bala de goma, situaciones de persecución y hostigamiento contra defensores/as ambientales; asi como violación directa del artículo 9 del Acuerdo de Escazú. En un contexto de emergencia hídrica, profundizada por la aceleración del cambio climático, la larga trayectoria en la defensa del agua en la provincia de Chubut sólo puede crecer. Al igual que lo sucedido en la provincia de Mendoza hace 2 años, para restituir el pacto social y la legitimidad democrática es necesario garantizar la voluntad popular y, no solamente revertir la zonificación minera, sino avanzar en un contexto institucional y jurídico que garantice el bienestar de las personas y la vida en todo el territorio. Las Iniciativas Populares apoyadas por la misma ciudadanía representan el camino genuino para otorgar a la población local y las comunidades originarias el debido proceso de consulta y participación que fue obturado en más de una ocasión; medidas necesarias para encauzar el proceso en un sentido democrático. Lo que está en peligro hoy en Chubut no es solo el agua y los territorios sino también la paz social, los derechos humanos  y la democracia.

Los pinguinos magallanes

Denuncia penal ante la masacre de pingüinos magallanes en la Reserva de Punta Tombo

➡️ Ante la masacre de pingüinos en Punta Tombo, desde Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y Greenpeace Argentina solicitamos el inmediato embargo del bien para que el terreno forme parte de la reserva. También la incorporación de otros delitos a la denuncia penal ante el Min. Público Fiscal de #Chubut.

🌎 Estamos ante un #Ecocidio. Se generó un daño grave, a gran escala e irreversible contra la biodiversidad, los ecosistemas y los derechos de la madre tierra, comprometiendo la reproducción y desarrollo de una de las colonias de pingüinos más importantes del mundo, alterando significativamente la continuidad de los ciclos vitales de la Naturaleza y afectando severamente su capacidad de regeneración

🌿 Es precisamente por la impunidad de este tipo de crímenes que necesitamos avanzar en la implementación de los #DerechosDeLaNaturaleza y en la sanción de un proyecto de ley que incorpore los #DelitosAmbientales en un Capítulo Penal Ambiental en el Código Penal Argentino. Argentina no posee regulaciones penales-ambientales que estén a la altura de la presente crisis ecológica y de eventos como el de la masacre de pingüinos.

Fumigar

La justicia imputó penalmente a un productor agropecuario por fumigar con agrotóxicos

Ante las sistemáticas fumigaciones desde 2015 a una familia. 

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, en conjunto con Capibara NDS y la Multisectorial Paren de Fumigarnos comunicamos que el pasado martes 26 de octubre, la justicia imputó a un productor agropecuario por ser penalmente responsable de fumigar con agrotóxicos a Norma Cabrera y su familia, en la localidad de Cañada de Gómez, provincia de Santa Fe. Este sería el primer proceso en Santa Fe que podría llegar a una condena por los alcances de la Ley de Residuos Peligrosos.

Asimismo, por solicitud de la fiscalía y la querella, el juez interviniente dictó una medida cautelar ordenando el cese de la aplicación de agrotóxicos de cualquier clase hasta una distancia de 500 metros contados desde el límite de la zona urbana. Desde la querella se señaló que las prácticas llevadas a cabo por el productor agropecuario imputado son un fiel reflejo de un modelo de agroindustria de base biotecnológica que depende de la aplicación de millones de litros de herbicidas agrotóxicos. Durante al menos 6 años, este productor aplicó agrotóxicos a sabiendas de que podría estar dañando la salud de la familia Cabrera y jamás tomó medida alguna para minimizar los riesgos o evitar que se produjeran daños sobre la salud humana o el ambiente.

Adicionalmente, argumentan que nunca se respetó la distancia mínima de la legislación provincial; las fumigaciones se realizaban sin dar previo aviso a la familia Cabrera; no se contó, en muchos casos, con la receta agronómica correspondiente; sin tener en cuenta la dirección del viento; sin importarle en lo más mínimo que inmediatamente frente al campo que arrienda y donde se aplican agrotóxicos de manera indiscriminada, viva una familia compuesta por un matrimonio, sus hijos y nietos. Sin importar que esa familia tenga en su terreno una pequeña y modesta granja para la cría de animales; sin importarle que esa familia tenga una huerta orgánica.

La denuncia de Norma Cabrera.

En 2018 presentó una denuncia penal, acusando al productor aplicador terrestre de los herbicidas agrotóxicos, por ser responsables de la auténtica pesadilla toxicológica y sanitaria, que se suma a una persecución y hostigamiento político por parte de la Municipalidad de Cañada de Gómez.

Las fumigaciones comenzaron en noviembre de 2015 y hasta el día de la fecha. Tanto el Municipio como la Fiscalía local no han tomado intervención ante la amenaza a la salud de la familia Cabrera, su granja y el ambiente. Se han ocasionado graves daños en la salud de Norma Cabrera, su esposo, hijos, y nietos, provocando a su vez el fallecimiento de sus animales de granja y la pérdida de sus huertas de hortalizas.

A lo largo de los últimos 3 años, la investigación penal ha producido significativos avances gracias al compromiso de la fiscalía del Ministerio Público de la Acusación, que ha presentado evidencia que respalda las denuncias realizadas por Norma Cabrera y su familia. Al menos 10 episodios de fumigación, la mayoría de ellas, con apenas 15 metros de distancia entre el límite del campo del productor y el hogar de la familia Cabrera.

Se realizaron extracción de muestras de sangre, tierra y agua que, tras ser debidamente analizadas en laboratorios revelaron la presencia de glifosato en el cuerpo de Norma Cabrera, en la tierra y el agua de la casa.Es por todo lo anterior que la fiscalía y la querella decidieron solicitar la imputación al productor en razón de la cuantiosa evidencia aportada y producida a lo largo de la investigación penal.

Concretamente, el hecho imputado haber envenenado, adulterado y contaminado, de un modo peligroso para la salud, el suelo, la atmósfera y el ambiente en general, en calidad de autor. Desde la fiscalía y la querella solicitamos una medida cautelar donde se le ordena al productor el cese de aplicación de productos fitosanitarios de cualquier clase hasta una distancia de 500 metros contados desde el límite de la zona urbana.