Comunicados oficiales de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas dirigidos a prensa, medios especializados, funcionarios públicos en todos sus niveles, activistas y otros integrantes de la sociedad civil.
Ante los incendios catastróficos que asedian el Delta del Paraná, organizaciones ambientalistas presentaron ante el gobierno de Entre Ríos un pedido de Acceso a la Información Pública y Ambiental exigiendo que se revele la situación de las tierras públicas ubicadas en las islas y humedales de la provincia de Entre Ríos. La solicitud fue presentada el día de ayer por la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, en conjunto con la Multisectorial por los Humedales de Paraná y de Rosario, la organización El Paraná No se Toca y Salvemos los Humedales Villa Constitución.
La solicitud de acceso a la información pública ambiental es presentada por los enormes incendios que vienen sufriendo los humedales del Delta del Paraná. La situación del daño a los ecosistemas se intensifica a niveles nunca vistos con la bajante histórica que sufre nuestro río Paraná. Según las últimas noticias gran parte de los focos de incendios se registran en tierras que no presentan titular catastral claro, con fuertes indicios que se generan en tierras de dominio público del Estado Entrerriano.
El Estado entrerriano posee aproximadamente más de 300 mil hectáreas protegidas de islas y humedales.
La información solicitada apunta a una comprensión global y una rendición de cuentas sobre qué tierras posee la provincia de Entre Ríos sobre islas y humedales. También exigieron saber con qué criterios y condiciones las mismas fueron cedidas (algunas incluso gratuitamente), a quienes y para qué se utilizan. Y si sobre las mismas realizaron terraplenes o construcciones que afecten el régimen hidrológico de la cuenca y de los ecosistemas de humedales allí presentes.
También solicitaron información sobre las infracciones labradas en el contexto de incendios desde 2020, los Planes de Ordenamiento Ambiental Territorial existentes, si se han realizado Evaluaciones de Impacto Ambiental. Por último exigieron saber las acciones realizadas el Comité de Emergencia Ambiental del PIECAS.
El acceso a la información pública y ambiental es fundamental para garantizar la posibilidad de participación y control de las decisiones sobre los bienes comunes. También es fundamental para generar el marco jurídico y regulatorio para evitar la producción de daños de difícil o imposible recuperación en territorios. Especialmente la Ley de Humedales, fundamental para preservar ecosistemas que merecen un cuidado extremo por los graves impactos que vienen sufriendo y el contexto de amenaza en un escenario de crisis ambiental global.
Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y la Red Latinoamericana de Universidades Frente al Cambio Climático abrimos la convocatoria al Seminario Virtual: Temas Fundamentales de Política y Derecho Ambiental en Argentina. Gracias al apoyo del Observatorio Ambiental de la Universidad Nacional de Rosario y la Fundación Friedrich Ebert Stiftung Argentina este espacio podrá impartirse de manera gratuita y con inscripción previa.
Promover la formación de funcionarios y empleados municipales, referentes de movimientos sociales y ambientales, organizaciones sindicales y partidos políticos, docentes de enseñanza media, en diferentes aspectos relacionados con la política y el derecho ambiental de la República Argentina.
Estimar la creación y desarrollo de espacios estables que tengan por objeto educar desde una perspectiva ambiental y social.
Particulares
Brindar un panorama general, aunque especializado, sobre los temas y problemas fundamental de la política y el derecho ambiental en Argentina, a partir de ejes seleccionados de acuerdo a criterios que combinen una dimensión coyuntural, aunque también situada históricamente en el pasado reciente nacional e internacional.
Aproximar a los/as participantes hacia la cuestión ambiental en Argentina, haciendo énfasis en políticas públicas, dispositivos legales,diseños institucionales, matrices económico productivas y movimientos sociales
2. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN
Los/as cursantes podrán optar por presentar un trabajo monográfico de hasta 5 carillas, analizando alguno de los temas tratados durante el seminario y recibiendo la certificación en calidad de ASISTENTES y APROBACIÓN del Seminario.
Quienes opten por no presentar trabajo monográfico, recibirán certificación en calidad de ASISTENTES al Seminario.
3. DURACIÓN
El seminario estará estructurado a partir de 6 encuentros semanales consecutivos, con carácter virtual, de 1 hora de duración. La conclusión del mismo, tendrá lugar a partir de la organización de una conferencia de cierre.
4. CALENDARIO
5. INSCRIPCIÓN
Para inscribirse comunicarse al teléfono 11 6 459 1983 o mandar un correo electrónico a: seminarioambiental4@gmail.com
6. PROGRAMA
ENCUENTRO N° 1: EDUCACIÓN Y AMBIENTE EN ARGENTINA.
La educación ambiental en la Constitución Nacional. La ley de educación nacional N° 26.206. La educación como instrumento de la política y la gestión ambiental en la ley general del ambiente N° 25.675. La formación ambiental en la función pública a través de la Ley Yolanda N° 27.592. La ley de Educación Ambiental Nacional N° 27.621. Propuestas para instrumentar un plan de educación ambiental.
Docente a cargo: Jorge Cuello. Abogado. Especialista y docente universitario de Derecho Ambiental UBA y UASB. Red Latinoamericana de Universidades frente al Cambio Climático. Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas. Departamento de Control de Gestión Ambiental de la AGN.
ENCUENTRO N° 2: LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA EN ARGENTINA.
Las fronteras de lo humano. Buen vivir (Sumak kawsay) y Derechos de la Naturaleza. Los derechos de la naturaleza en el mundo. Los casos de Ecuador y Bolivia. No caer en las trampas de la naturaleza. Los derechos de la naturaleza en el debate constituyente en Chile. La situación en Argentina y la región.
Docente a cargo: Valeria Berros: Abogada y Doctora en Derecho (UNL). Investigadora Adjunta del CONICET. Former Fellow del Rachel Carson Center for Environment and Society de la Universidad de Münich. Profesora de la Universidad Nacional del Litoral. Profesora de la Carrera de Especialización en Derecho de Daños y de la Carrera de Especialización en Derecho Ambiental y Tutela del Patrimonio Cultural de la UNL co-titulada con la Universidad de Limoges.
ENCUENTRO N° 3: DERECHO PENAL Y AMBIENTE. LOS DELITOS AMBIENTALES COMO DELITOS DE LOS PODEROSOS.
Derecho penal y Ambiente. El Código Tejedor de 1864. El Código de Rodolfo Moreno (Hijo) de 1921. El bien jurídico protegido en materia penal: antropocentrismo y mercantilización de la naturaleza: Delitos contra las personas y delitos contra la propiedad. Delitos contra la Seguridad Pública: Incendios. Delitos contra la Salud: envenenamiento de aguas. Antropocentrismo penal atenuado: Ley de Maltrato Animal y Ley de Conversación de la Fauna. El tipo “penal-ambiental” en la Ley de Residuos Peligrosos N° 24.051. Hacia un derecho penal ecocéntrico: el bien jurídico “Ambiente” y “Naturaleza”: anteproyectos de Código Penal. Comisión Zaffaroni y Comisión Borinsky. El debate parlamentario en Argentina: análisis de los proyectos presentado en el Congreso Nacional.
Docente a cargo: Rafael Colombo. Abogado. Docente de grado y posgrado (UNL y UCSF). Asesor parlamentario. Co-fundador de Capibara. Naturaleza, Derecho y Sociedad. Integrante del equipo legal de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas.
ENCUENTRO N° 4. EL DERECHO SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO EN ARGENTINA.
Introducción a la problemática del Cambio Climático. Efecto Invernadero. Violencia Ambiental y Calentamiento Global. Esperanzas para las Generaciones Futuras desde la Ética de la Sostenibilidad. Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático ley Nº 24.295. Protocolo de Kioto. Agenda 2030 de Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible. Acuerdo de París Ley Nº. 27270. Ley de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático global N° 27.520. Código Civil y Comercial de la Nación unificado.
Docente a cargo: Matias N. De Bueno. Abogado. Especialista en Derecho Ambiental UBA y UCLM, Toledo, España. Profesor Adjunto de Derecho Ambiental, Derecho Privado y Taller de Acceso a la Información Jurídica, Facultad de Derecho-UNR. Director del Observatorio Ambiental de la Universidad Nacional de Rosario.
ENCUENTRO N° 5: HUMEDALES, TERRITORIOS EN CONFLICTO.
¿Qué son los humedales? Situación mundial, regional y en Argentina. Importancia de los humedales. Conflictos territoriales. Herramientas de política y gestión de los humedales.Convenciones internacionales de tutela: Convención Ramsar, Constitucional Nacional, Código Civil y Comercial de la Nación Ley General del Ambiente presupuestos mínimos y legislación provincial. Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento del Delta del Paraná (PIECAS-DP). Doctrina judicial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El largo camino hacia la ley de Presupuestos Mínimos de Humedales. El debate parlamentario en Argentina: análisis de los proyectos presentados en el Congreso Nacional. Las decisiones públicas en el marco de la democracia participativa. El rol de las Organizaciones Territoriales de base y las ONG.
Docente: Romina Araguas. Abogada, Mag. en Derecho Ambiental y Urbanístico – Limoges; Especialista en Derecho Ambiental y Tutela del Patrimonio Cultural UNL. Miembro de El Paraná No se Toca. Docente de Prácticas Profesionales Comunitaria en la UNR Facultad de Derecho.
ENCUENTRO N° 6: POLÍTICA, DERECHO Y ESTADO FRENTE A DEFORESTACIÓN EN ARGENTINA
El estado de los bosques en el mundo. América Latina y Argentina. Principales amenazas contra los bosques nativos. Estrategias de protección antes de la Ley de Bosques: parques nacionales, áreas naturales protegidas. Protección vía convencional: Cambio Climático, Desertificación, Diversidad Biológica, Pueblos Indígenas. Ley de Presupuestos Mínimos para la Preservación de Bosques Nativos N° 26.331: balance a 14 años de su sanción. Experiencias institucionales relevantes. Jurisprudencia de la CSJN sobre Bosques Nativos. Más allá del límite humano: la protección de los bosques desde la perspectiva de los Derechos de la Naturaleza. El caso de la Amazonía Colombiana. Excurso sobre Cambio Climático y bosques.
Docente: Lucas D. Micheloud. Abogado. Especialista en Derecho Ambiental. Docente Universitario. Asesor Parlamentario. Co-Director Ejecutivo de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA).
ENCUENTRO 7. CONFERENCIA DE CIERRE. EXTRACTIVISMO Y NEOEXTRACTISMO EN AMÉRICA LATINA
Docente: Enrique Viale. Abogado, fundador de la Asociación Argentina deAbogados/as Ambientalistas, miembro del Tribunal Ético por los Derechos de la Naturaleza y la Madre Tierra e integrante del Comité Ejecutivo de la Global Alliance for the Rights of Nature (GARN).
Debido a la falta de transparencia y la opacidad corporativa que rodea el avance de Vaca Muerta sobre el territorio mendocino, desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas hemos presentado un pedido de Acceso a la Información Pública y Ambiental exigiendo al Estado la información fehaciente sobre las autorizaciones otorgadas a la empresa YPF para realizar en fracking en Mendoza verificando que la ley vigente se encuentra en cumplimiento.
Asimismo, el pedido demanda que la Secretaría de Ambiente de la provincia de Mendoza revele y publique la información necesaria para garantizar las instancias de participación en políticas públicas ambientales por parte de la ciudadanía. Para esto el acceso oportuno a la información pública ambiental es indispensable para la participación pública, derecho fundado en uno de los pilares del sistema republicano de gobierno que es el de publicidad de los actos de gobierno y la transparencia de la administración.
La información que falta sobre el fracking en Mendoza
Entre los datos exigidos por la Asociación para desvelar el fracking en Mendoza se encuentran los siguientes. Para cada uno de ellos se pide la resolución administrativa correspondiente, su fecha de publicación en el boletín oficial, y los procedimientos de evaluación de impacto ambiental correspondientes.
Si la empresa YPF ha presentado proyectos de exploración o explotación de hidrocarburos en formaciones no convencionales.
Cuántos pozos de exploración y explotación de no convencionales tiene autorizados la empresa YPF en la formación de Vaca Muerta, en el sur de Mendoza, cuando comenzarían, su ubicación y los correspondientes estudios de impacto ambiental.
La cantidad de pozos de exploración y explotación de hidrocarburos de formaciones no convencionales, que autorizó o pretende autorizar a la empresa YPF en los bloques CN-VII y Paso de las Bardas Norte, en el yacimiento Cerro Morado Este, área Chachahuen, en el sur de Mendoza y su ubicación.
Si se ha garantizado el procedimiento de Consulta, libre, previa e informada de las Comunidades indígenas del Pueblo Mapuche que pudieren ser afectadas por los proyectos de exploración y explotación en yacimientos no convencionales.
El volumen que se pretende extraer en gas y petróleo, la cantidad de agua empleada o que pretende emplear en cada pozo de exploración y explotación de hidrocarburos en formaciones no convencionales.
El volumen de residuos petroleros generados por la empresa YPF, y si la misma cuenta con un seguro de responsabilidad ambiental de cobertura total para la recomposición de los daños socio ambientales que las actividades pudieran ocasionar.
El plan de tratamiento de residuos, qué empresas lo tendrán a su cargo, y cuáles serán las empresas a cargo del transporte; el tratamiento diferenciado para residuos sólidos, semisólidos y líquidos, la distancia entre plantas de tratamiento de residuos peligrosos y plantas de operaciones con los cursos de agua superficial más cercanos, y las áreas urbanas más cercanas, instalaciones para realizar el tratamiento, tales como hornos incineradores, pirolíticos o de desorción térmica, piletas, depósitos, entre otros.
A su vez que se publiquen las actas de infracción contra YPF, campañas de monitoreo, auditorías sobre las campañas de hidrofractura, y la documentación que garantice el cumplimiento de la normativa ambiental.
Contactos de prensa: Alejo di Risio +5491123904594
Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, en conjunto con organizaciones de la región, lanzamos el Frente Parlamentario Global por los Derechos de la Naturaleza. Llevamos a cabo la propuesta lanzada en Glasgow, Escocia, durante la Conferencia de las Partes 26 y creamos una plataforma mundial de impulsores de Derechos de la Naturaleza. Personas independientes, parlamentarios, Diputados/as, Concejales y funcionarios públicos unen fuerzas para impulsar este paradigma no antropocéntrico.
Con base en las cosmovisiones de los pueblos indígenas que asumen que todas las comunidades humanas son parte de la Naturaleza, avanzamos en el marco jurídico y regulatorio que necesitamos para avanzar hacia una sociedad con justicia ecosocial. Todos los seres humanos y no humanos estamos interconectados e interrelacionados en una comunidad que necesita practicar la complementariedad, la reciprocidad y la cooperación para mantener el equilibrio dinámico de la Naturaleza.
“Promover la elaboración y ejecución de políticas pu´blicas, programas, presupuestos y proyectos que contribuyan al avance efectivo de los Derechos de la Naturaleza.”
Propuesta del Frente Parlamentario Global por los Derechos de la Naturaleza
Los Derechos de la Naturaleza son un proceso en construcción que se nutre de los saberes ancestrales indígenas y de otras comunidades tradicionales, y de corrientes científicas, éticas y jurídicas para forjar una visión alternativa frente a la crisis sistémica de la comunidad de la Tierra.
Declaración del Frente Parlamentario Global por los Derechos de la Naturaleza:
Los derechos inherentes de la Madre Tierra son inalienables en tanto derivan de la misma fuente de existencia. Así como los seres humanos tienen derechos humanos, todos los demás seres de la Madre Tierra también tienen derechos, que son específicos a su condición y apropiados para su rol y función dentro de las comunidades en las cuales existen.
Conferencia de prensa desde la Amazonía del Tribunal Internacional de los #DerechosDeLaNaturaleza.
La defensa de las cosmovisiones, la cultura y el territorio de los pueblos tradicionales y comunidades locales deben ir de la mano con la ciencia, la ética y el propio concepto de los Derechos de la Naturaleza, adoptándolos como el norte de la concepción e interpretación de este nuevo paradigma como propuesta alternativa.
Organizaciones que integran el Frente Parlamentario Global por los Derechos de la Naturaleza
Ante la decisión en torno a lograr la anulación del Código Urbano Ambiental aprobado ilegalmente.
Desde la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas celebramos la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que suspende la vigencia del Código Urbano Ambiental de San Nicolás en todos los capítulos referentes a la reserva natural Parque Rafael de Aguiar, Isla Ballesteros, sector barrancas del Parque y costa del Arroyo Ramallo.
La acción judicial presentada ante la Corte tiene como finalidad lograr la anulación del Código Urbano Ambiental aprobado ilegalmente mediante ordenanza 9949/19. La ilegalidad denunciada radica en que se aprobó mediante una maniobra fraudulenta destinada a impedir la adecuada participación ciudadana. Además, las organizaciones socioambientales cuestionan el carácter regresivo del Código que quitó la protección y el estatus de conservación con el que contaba el Parque Aguiar y las islas de San Nicolás.
La decisión pre cautelar fue tomada en el marco de una acción de inconstitucionalidad presentada por el Foro Ambiental de San Nicolás -FOMEA- que contó además con la presentación como “amicus curiae“ de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales -FARN- y un grupo de científicos locales especialistas en biología, arqueología y paleontología. Manifestamos nuestra solidaridad y felicitaciones hacia las organizaciones ambientales que impulsan la causa judicial ambiental y éste primer resultado de relevancia jurídica e institucional.
Se cuestionó al municipio local por una visión especulativa de promoción inmobiliaria sobre los espacios públicos de valor ambiental. La decisión de la Corte recae sobre las zonas donde se realizan obras muy cuestionadas como el terraplén camino de la isla Ballesteros, el paseo costero sobre la barranca del Parque donde el municipio pretende construir una avenida, expulsando vecinos e instituciones sociales y deportivas. Incluso la medida cautelar recae también en el sector donde el municipio anunció la construcción de un balneario en el Arroyo Ramallo, lugar que de ninguna manera es apto para tal fin y que, una vez más, las autoridades locales avanzan sin convocar a audiencias públicas como los otros mecanismos vigentes de la democracia ambiental.
La Suprema Corte además intimó a la Municipalidad de San Nicolás a dar respuesta a una serie de requisitos que evidencian la preocupación de los Ministros sobre las irregularidades cometidas por los funcionarios públicos locales en la sanción del Código. Este primer gran avance indica que la impugnación realizada por los vecinos/as de la ciudad tiene fundamentos serios, razonables y ajustados a la normativa vigente, demostrando en esta etapa inicial del proceso judicial que las autoridades del Ejecutivo Municipal y los Concejales que votaron favorablemente el Código impugnado tuvieron un comportamiento ilegal dado que no cumplieron con las leyes que regulan el proceso de aprobación de este tipo de ordenanzas, fundamentalmente no cumplieron con la garantía de Participación Ciudadana mediante la celebración previa de Audiencias Públicas.
El objetivo del Foro Medio Ambiental con el impulso de esta acción judicial es la protección del patrimonio natural de San Nicolás y afianzar la democracia participativa que la legislación establece en materia ambiental.
Contactos de prensa: Fabián Maggi 0341-3720859 Maria Gimena Viviani 0336 – 4203844 Argentina – 15 de Julio 2022
Desde el COFEMA impulsan una ley regresiva que desprotege los humedales
Tras una reunión del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), en la que participó el Ministerio de Ambiente de la Nación, se elevó un nuevo proyecto de Ley de Humedales que será remitido en los próximos días al Congreso de la Nación.
Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas denunciamos este proyecto de COFEMA como parte del mismo lobby extractivista que desde hace 10 años atenta contra cualquier posibilidad de que una verdadera Ley de Humedales sea sancionada por el Congreso Nacional. Este proyecto oficial es manifiestamente regresivo y afianzará la degradación y retroceso de los humedales en nuestro país, aparentando su protección.
En comparación al proyecto de ley apoyado por más de 300 organizaciones, asambleas, multisectoriales, especialistas y científicos (presentado por el diputado Leonardo Grosso) la iniciativa del COFEMA elimina al menos 25 artículos. La supresión comprende elementos vitales para el diseño de una política federal para proteger integralmente los humedales en el territorio nacional, avalando una visión meramente instrumental de estos ecosistemas, sin control alguno por parte del Estado; altera sutil aunque gravemente la definición de humedal, suprime otras definiciones estratégicas, eliminando principios, conceptos, objetivos de protección, funciones y deberes de la autoridad nacional de aplicación y conductas prohibidas y aniquila el Inventario Nacional de Humedales, entre otros arbitrarios retrocesos.
Este proyecto del COFEMA tiene el lamentable objetivo de bloquear el proyecto que impulsa la sociedad civil, como ocurrió en el año 2010 con la Ley de Glaciares donde los sectores mineros impulsaron -infructuosamente- un proyecto de Ley de Glaciares que los desprotegía.
Así llevamos 10 años de brutales embestidas de los lobbies de la agroindustria, la gran minería y la especulación inmobiliaria que no quieren ninguna regulación, por más mínima que sea, sobre estos ecosistemas vitales.
El proyecto, consensuado por la sociedad civil, fue ingresado por cuarta vez el pasado 2 de marzo, contando con la firma de más de 15 diputados/as. Sin embargo, insólitamente (no recordamos antecedente alguno), el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, a 4 meses de su presentación (trámite que tarda unos días), no le ha asignado los giros a las comisiones correspondientes dejando el proyecto en un limbo que no permite tratamiento alguno.
A continuación, sintetizamos los principales cuestionamientos que realizamos al proyecto impulsado por COFEMA:
Modifica sutil pero gravemente la definición de humedal reduciendo el ámbito de aplicación de la ley y los ecosistemas que protege;
Suprimen la definición de expresiones como “uso racional”, “integridad ecológica”, “Evaluación de Impacto Estratégica” y “Evaluación de Impacto Ambiental”, “Preservación” y “Enfoque ecohidrogeomórifico” (la palabra “racional”, no existe en el proyecto de COFEMA, en contraste con la mención en 29 ocasiones en el otro proyecto)
Pervierte los objetivos de la ley, desechando 9 de ellos, distorsionando los alcances de protección y des-responsabilizando al estado mediante el uso de verbos en modo potencial;
Elimina directamente todas las funciones de la autoridad nacional de aplicación, desmereciendo cualquier intervención basada en la coordinación interjurisdiccional liderada por una autoridad federal;
Suprime plazos para que, tras la sanción de la Ley Nacional, las provincias deban elaborar un Ordenamiento Ambiental Territorial que incorpore a los humedales en sus territorios;
Elimina 11 principios y conceptos esenciales para la gestión de la política racional y sostenible de los humedales.
Insólitamente, destruye la noción de Inventario Nacional de Humedales al considerarlo facultativo y no como un deber del Estado, lo que implica una sentencia muerte legal para los humedales, antes siquiera de ser reconocidos como tal. También elimina plazos, las escalas de protección y el deber de actualización.
Quita la moratoria, siendo ello una violación directa de los principios preventivo y precautorio, que son la columna vertebral en materia ambiental.
Excluye a los pueblos indígenas y a la agricultura familiar del Programa Nacional de Conservación de Humedales.
Restringe inconstitucionalmente el derecho de acceso a la información pública
Elimina las prohibiciones a las conductas que afectan, alteran, disminuyen, o degradan los humedales de nuestro país.
Contactos de prensa: Dr. Rafael Colombo +5493426144658 Alejo di Risio +5491123904594 Argentina – 14 de Julio 2022
Ante la escandalosa situación en Ramallo y la cuenca del Río Paraná
8 de Julio, 2022
“La Asociación Civil “Unidos por la Vida y el Ambiente” -UPVA- y la “Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas” interpusieron una Acción de Amparo Ambiental contra el Estado Nacional para que la justicia federal suspenda las obras de dragados ejecutadas y por ejecutarse en los pasos críticos de la Hidrovía Paraná Paraguay, especialmente en el denominado “Paso Las Hermanas y Paso abajo las Hermanas”, frente a la localidad de Ramallo (Pcia. de Buenos Aires).
“Resulta injustificable, y absolutamente contrario a derecho, realizar obras de estas características frente a la enorme crisis ecológica, climática e hídrica que atraviesa la cuenca de agua dulce más importante de nuestro país, sin contar con una Evaluación Ambiental Estratégica del mal llamado proyecto Hidrovía en el tramo Argentino de la cuenca”.
Enrique Viale, firmante de la acción en carácter de Presidente de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA).
Las organizaciones afirman que estas obras deben suspenderse urgentemente por ejecutarse sin la realización previa, oportuna y participativa de los estudios de impacto ambiental, conforme el procedimiento legal obligatorio, de toda iniciativa de cambio de trazas en pasos críticos del río Paraná, profundizaciones del calado, sobre-dragados y ensanchamientos del cauce de navegación. Por tal razón, solicitaron preventivamente una medida cautelar que ordene al estado Nacional, suspender toda intervención ingenieril y artificial de estas características sin Estudio de Impacto Ambiental puntual, hasta tanto se dicte sentencia conforme lo peticionado.
Los detalles de la causa y la falta de control sobre el proyecto
Los abogados patrocinantes de ambas organizaciones, Jorge Daneri, Lucas Micheloud y Fabian Maggi, sostienen que la presente acción es la traducción judicial de un conflicto socioambiental que lleva décadas y está caracterizado por la desambientalizacion y falta de controles estatales que tiene el proyecto de la Hidrovía.
Los cambios globales concretados en el río Paraná en las últimas décadas por el proyecto de la Hidrovía, en conjunto con los impactos climáticos e hidrológicos están desestabilizando todo el sistema de humedales, sitios de valor paleontológico y sus ecosistemas asociados en la región de la cuenca, pero también a las comunidades ribereñas, frente al acceso al agua de forma segura y adecuada.
Suspensión de obras de dragado
En razón del cambio de traza realizado frente a Ramallo, ambas organizaciones solicitaron a la Justicia, disponga que no se concreten más este tipo de intervenciones en el río y sus valles de inundación, como cauce principal, sin cumplir con la aplicación y cumplimiento de las herramientas básicas de la democracia ambiental expuestas. A su vez, denunciaron que la auditoría contratada por la Administración General de Puertos a la empresa SERMAN S.A. no reviste la categoría de Estudio de Impacto Ambiental ni tiene una Declaración de Impacto Ambiental, además de representar un grave conflicto de interés.
Finalmente frente a la inexistente perspectiva de cuencas del proyecto HPP y la escandalosa mercantilización realizada sobre el río Paraná y sus reinos de vida que hace el complejo agroportuario y el sistema de navegación comercial, las organizaciones amparistas solicitaron a la Justicia Federal que adopte la línea jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en casos de gestión democrática de cuenca, y disponga en el marco de la licitación internacional en curso, un plazo preciso para que el Estado Nacional en conjunto con las provincias y con la debida participación ciudadana, conformen el “Comité de Cuenca del río Paraná”, la mayor deuda de la democracia ambiental aún incumplida, en el mayor río de la República.
Ante la confusión y desinformación circulando con respecto a offshore en Argentina aclaramos
La resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata implica que la suspensión del proyecto offshore se mantiene y se imponen importantes y complejos condicionantes.
El Estado Nacional DEBERÁ DICTAR UNA NUEVA Declaración de Impacto Ambiental de la ya dictada, e integrada con los estudios referidos a posibles impactos acumulativos, y que reúna los siguientes recaudos:
1) Luego de otorgar la necesaria participación de la Administración de Parques Nacionales para que cumpla el rol encomendado por las leyes 22.351 y 23.094, deberá evaluarse y valorarse su opinión o dictamen, tomándose entonces las medidas que correspondan en consecuencia.
2) Deberán valorarse, también, las intervenciones participativas organizadas a nivel municipal (audiencia pública consultiva de fecha 30 de mayo de 2022), y nacional (consulta popular que culminó el 19 de mayo de 2022) sobre offshore en Argentina.
3) Deberá incluirse al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el control y fiscalización del cumplimiento de la DIA y su correspondiente Plan de Gestión Ambiental.
4) Las indicaciones de la DIA a dictarse, deberán ser emitidas asertivamente, y no en modo potencial o condicional.
Todo esto ratifica nuestros argumentos y reclamos sobre las irregularidades cometidas en el estudio de impacto ambiental correspondiente, las violaciones a la legislación ambiental y climática vigente y los vicios sistemáticos en el procedimiento administrativo.
Este tipo de accionar es característico de estos megaproyectos que carecen de licencia social y deben proceder avasallando la legislación y jurisprudencia vigente.
Asociación Argentina de Abogados/as ambientalistas – 7 de Junio de 2022
Desde Homún, Yucatán, México, pueblo maya que ha logrado la suspensión de operaciones de una mega fábrica de 49 mil cerdos, comunidades indígenas y campesinas en resistencia, defensoras y defensores de derechos humanos, ambientalistas, personas expertas y de la academia de Argentina, Chile, Ecuador, Estados Unidos y México suscribimos esta Declaración en donde exigimos el cese de la expansión de las mega fábricas de cerdos en el continente. Este modelo agroindustrial, que se extiende desde Estados Unidos al resto de América, reproduce los patrones de explotación del capitalismo más voraz que afecta y despoja a los territorios indígenas, genera fractura del tejido social y cultural, violentando la vida pacífica de los pueblos, contaminando la naturaleza y potenciando la crueldad y explotación animal. Las operaciones de las mega fábricas de cerdos violan el derecho a la salud de las personas y de las comunidades, el derecho al agua y al saneamiento, el derecho a la integridad personal, los derechos laborales, el derecho a la alimentación adecuada y el derecho a la información y la participación al dañar el medio ambiente de manera irreparable. Estas mega fábricas producen una gran cantidad de desechos tóxicos y orgánicos que contaminan los suelos, el aire y el agua. Cuando los residuos de las mega fábricas de cerdos se descomponen, liberan sulfuro de hidrógeno, amoníaco y cientos de compuestos orgánicos volátiles,[1] además de metano y óxido nitroso, dos potentes gases de efecto invernadero [2] a la atmósfera. Los olores y la pestilencia causan náuseas, dolores de cabeza, mareos, secreción nasal, picor de garganta, ardor en los ojos, tos y dificultad para respirar.[3] Además, afectan la salud respiratoria de las personas que viven cerca de estas instalaciones y se asocian a enfermedades respiratorias, como el asma en la niñez. Las mega fábricas de cerdos también usan grandes cantidades de agua: solamente para producir un kilogramo de carne emplean 6 mil litros del líquido. Por otro lado, la contaminación que genera esta industria en el agua puede perjudicar a los seres humanos, a la fauna y al medio ambiente.[4] Es decir, el almacenamiento y la eliminación de los residuos de las megafábricas de cerdos contamina las aguas superficiales, subterráneas (pozos y cenotes y otras fuentes de donde las comunidades obtienen agua), e incluso los océanos, con heces y orines. El exceso de nutrientes en los residuos de las megafábricas se asocia a la proliferación de algas nocivas en las aguas superficiales, en las rías y lagunas donde se reproducen las especies marinas necesarias para la subsistencia de las comunidades pesqueras. Esta contaminación puede matar a los peces [5] y causar molestias en el tracto gastrointestinal e infecciones de la piel, los ojos y los oídos en los seres humanos.[6] Además, la contaminación del agua puede ocasionar enfermedades como defectos de nacimiento y a casos de metahemoglobinemia, o “síndrome del bebé azul”[7] hipertiroidismo y diabetes insulinodependiente.[8] Las condiciones de hacinamiento en las que viven los cerdos deprimen su respuesta inmune y facilitan la transmisión de enfermedades. Por ello, los animales son sometidos a una alta cantidad antibióticos y antivirales para prevenir enfermedades y engordarlos rápidamente. Esta exposición constante a altas dosis de antibióticos favorece el desarrollo de genes de resistencia a dicho antibióticos por parte de las bacterias. Además, las condiciones de hacinamiento pueden provocar nuevas infecciones y potenciales pandemias. Las operaciones de estos recintos industriales también amenazan el derecho a la tierra, el territorio y los bienes comunes naturales de los pueblos indígenas y campesinos. Estas mega fábricas se establecen de forma desproporcionada en comunidades indígenas y afroamericanas, violando su derecho a la libre determinación, sin acceso a la información, sin evaluaciones de impacto ambiental y social, y sin su consentimiento libre, previo, informado y culturalmente adecuado. Lo anterior, representa una forma del colonialismo ambiental. Ante el abandono del gobierno, y para hacer frente a las violaciones de los derechos humanos provocados por la operación de mega fábricas de cerdos a los pueblos y comunidades, las y los firmantes señalamos firmemente que tenemos el legítimo derecho a organizarnos y defendernos. Este modelo agroindustrial genera despojo territorial, desplaza otras formas de vida, el patrimonio biocultural y afecta de forma negativa la vida comunitaria. Cuando las comunidades exigen sus derechos se encuentran con la falta de información y de transparencia de la industria, y, en ocasiones, con la represión. Las violaciones a los derechos humanos se dan con la aquiescencia y complicidad de los gobiernos de todos los niveles, en un contexto de captura corporativa de Estado por parte de las empresas de la carne. La organización de las megafábricas de cerdos en una economía vertical además desplaza otras formas de producir alimentos, incluso carne. El modelo de las mega fábricas de cerdos requiere una gigantesca cantidad de agua potable, soja, maíz y cereales para alimentación animal. Por ello, profundiza el modelo de agronegocio basado en monocultivo, muchas veces transgénico, con devastadoras consecuencias para los territorios (fumigaciones con agrotóxicos, deforestación, muerte de abejas y polinizadores y acaparamiento de tierras). Un aspecto alarmante es que el modelo de producción de alimentos cada vez se aleja más de la ganadería y agricultura sostenibles, en los que cada pueblo pueda producir y acceder a alimentos de una manera culturalmente adecuada, conforme a los cultivos y a la alimentación ancestral y la agroecología, lo cual es la base de la soberanía alimentaria. Ante los graves impactos y las violaciones a los derechos humanos de las personas y la naturaleza, exigimos que se frene la alarmante expansión de las mega fábricas de cerdos a nuestros países impulsada por acuerdos comerciales, subsidios e incluso bancos de desarrollo. En este sentido, le exigimos a los gobiernos de Argentina, Chile, Ecuador, Estados Unidos y México, bancos y donantes y a las instituciones internacionales que: ● No otorguen más permisos para este tipo de industria ¡Ni una mega fábrica de cerdos más! ● El cierre inmediato de las mega fábricas de cerdos que se encuentran operando ● No subsidien este modelo agroindustrial e inviertan en una agricultura que garantice la soberanía alimentaria mediante la agroecología, el cultivo y la alimentación ancestral ● Respeten el derecho a la libre determinación, a la tierra y el territorio de las comunidades indígenas y campesinas afectadas por la industria porcícola ● Se respete el principio de precaución y prevención frente a las mega fábricas de cerdos
PRIMERAS ADHESIONES Suscriben: Acción Ecológica Agua para todos, agua para la vida Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza (GARN) ARTICLE 19, Oficina México y Centroamérica, A. C. Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas Atención Comunitaria U Yutzil Kaaj Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de la Escuela de Nutrición de la Universidad de Buenos Aires, Argentina CartoCrítica. Investigación, mapas y datos para la sociedad civil Center for Biological Diversity Che’en Kuxtal Co’ox Mayab Colectivo de Derechos Humanos Yopoi Consejo Ciudadano por el Agua de Yucatán Consejo Maya del Poniente de Yucatán “Chik’in-ja” Coordinadora Ecuatoriana de organizaciones para la Defensa de la Naturaleza y el Medio Ambiente (CEDENMA) Fundación para el Debido Proceso (DPLF) Greenpeace México, A. C. Indignación, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, A. C. Kanan Derechos Humanos, A. C. Kanan Lu’um Chapab Kanan Ts’ono’ot, Guardianes de los cenotes La Esperanza de Sitilpech Mundo y Conciencia, A. C. Museo del Hambre Observatorio para la Defensa del Territorio Maya Red Ciudadana por la Sostenibilidad de Yucatán Red de Abogadas y Abogados por la Soberanía Alimentaria (REDASA) Red de Apoyo Comunitario (Redacom), Yaxkukul Seminario Interdisciplinario sobre el Hambre y el Derecho Humano a la Alimentación Adecuada de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires Slow Food Chile Universidad Andina Simón Bolívar Waterkeeper Alliance
Ante la escandalosa situación revelada en un allanamiento de la fiscalía de Neuquén
Por primera vez en el marco de la causa iniciada en diciembre de 2020, fue allanado el interior de las plantas donde están depositados los residuos petroleros de Vaca Muerta. El relevamiento in situ fue llevado adelante por la Fiscalía de Neuquén y se dio en el marco de la investigación penal iniciada por la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas. La causa investiga el escandaloso negocio millonario de los basurales petroleros en Vaca Muerta, al denunciar penalmente a la empresa COMARSA por acumular residuos peligrosos en las dos plantas inspeccionadas: Neuquén y Añelo.
Enormes irregularidades fueron constatadas en dicho allanamiento, con flagrantes violaciones a lo que la ley penal en materia de residuos peligros, dentro de los que se encuentra la “basura petrolera”. Una clase especial de residuo clasificado como “peligroso” puesto que contiene restos radiactivos y metales pesados. También se encontró suelo empetrolado, líquidos con aceite y líquidos con petróleo, cuyo origen no se encuentra registrado. La planta se encuentra, ya desde hace varios años, en su límite de capacidad de procesamiento, lo cual implica que los residuos provenientes del fracking no deberían ser nuevamente incorporados en esta cadena de procesamiento.
Impresiona aún el descomunal volumen de residuos allí acumulados.
Rafael Colombo, impulsor de la denuncia penal.
En el allanamiento participaron la Ingeniera Cecilia Bianco, del área tóxicos de Taller Ecologista y el investigador Martín Alvarez Mullaly, del Observatorio Petrolero Sur. Bianco es una de las autoras del informe “La Basura del Fracking en Vaca Muerta”, que sistematiza la evidencia que ratifica la entidad, gravedad y cantidad de conductas irregulares detalladas cometidas por la empresa COMARSA y sobre el cual brindó testimonio formal ante el organismo fiscal. Al concluir el allanamiento, enfatizó: “La ausencia de información es escandalosa, incluso en las actas de inspección que se hicieron en ambas plantas. El control de napas, sin pozos freatímetros, es tan solo uno de los múltiples residuos peligrosos que deben tener un seguimiento exhaustivo por ley”.
Por su parte, Rafael Colombo, letrado impulsor de la denuncia en representación de la Asociación de Abogados/as Ambientalistas, tuvo oportunidad de volver a recorrer las inmediaciones de las plantas pertenecientes a la empresa Comarsa: “Presentamos la denuncia hace poco más de 12 meses y la situación no ha cambiado. La basura del Parque Industrial de Neuquén continúa expuesta a cielo abierto. Impresiona aún el descomunal volumen de residuos allí acumulados. También persiste el riesgo que recae sobre una comunidad de vecinos/as lindantes a la planta, no observándose presencia alguna del estado para prevenir potenciales daños sobre la salud de las familias que allí viven en condiciones de vulnerabilidad”.
La denuncia penal presentada en diciembre de 2020
El allanamiento fue requerido por la Fiscalía especializada en Delitos Ambientales del Ministerio Público Fiscal de la provincia de Neuquén, en el marco de la investigación en curso que pesa sobre Comarsa, las corporaciones petroleras que operan en Vaca Muerta y los funcionarios públicos del estado provincial.
En diciembre de 2020, la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas reveló el escandaloso negocio millonario de los basurales petroleros en Vaca Muerta, al denunciar penalmente a la empresa COMARSA por acumular residuos peligrosos en sus plantas de Neuquén y Añelo; a las compañías petroleras como YPF, Shell, Chevron, entre otras, por producir esos residuos en el marco de las perforaciones – fracking mediante – para extraer hidrocarburos no convencionales; y a los funcionarios públicos del gobierno provincial responsables.