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Exigen al Estado revelar el trasfondo del fracking en Mendoza

Debido a la falta de transparencia y la opacidad corporativa que rodea el avance de Vaca Muerta sobre el territorio mendocino, desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas hemos presentado un pedido de Acceso a la Información Pública y Ambiental exigiendo al Estado la información fehaciente sobre las autorizaciones otorgadas a la empresa YPF para realizar en fracking en Mendoza verificando que la ley vigente se encuentra en cumplimiento. 

Asimismo, el pedido demanda que la Secretaría de Ambiente de la provincia de Mendoza revele y publique la información necesaria para garantizar las instancias de participación en políticas públicas ambientales por parte de la ciudadanía. Para esto el acceso oportuno a la información pública ambiental es indispensable para la participación pública, derecho fundado en uno de los pilares del sistema republicano de gobierno que es el de publicidad de los actos de gobierno y la transparencia de la administración.

La información que falta sobre el fracking en Mendoza

Entre los datos exigidos por la Asociación para desvelar el fracking en Mendoza se encuentran los siguientes. Para cada uno de ellos se pide la resolución administrativa correspondiente, su fecha de publicación en el boletín oficial, y los procedimientos de evaluación de impacto ambiental correspondientes.

  • Si la empresa YPF ha presentado proyectos de exploración o explotación de hidrocarburos en formaciones no convencionales.
  • Cuántos pozos de exploración y explotación de no convencionales tiene autorizados la empresa YPF en la formación de Vaca Muerta, en el sur de Mendoza, cuando comenzarían, su ubicación y los correspondientes estudios de impacto ambiental.
  • La cantidad de pozos de exploración y explotación de hidrocarburos de formaciones no convencionales, que autorizó o pretende autorizar a la empresa YPF en los bloques CN-VII y Paso de las Bardas Norte, en el yacimiento Cerro Morado Este, área Chachahuen, en el sur de Mendoza y su ubicación. 
  • Si se ha garantizado el procedimiento de Consulta, libre, previa e informada de las Comunidades indígenas del Pueblo Mapuche que pudieren ser afectadas por los proyectos de exploración y explotación en yacimientos no convencionales. 
  • El volumen que se pretende extraer en gas y petróleo, la cantidad de agua empleada o que pretende emplear en cada pozo de exploración y explotación de hidrocarburos en formaciones no convencionales.
  • El volumen de residuos petroleros generados por la empresa YPF, y si la misma cuenta con un seguro de responsabilidad ambiental de cobertura total para la recomposición de los daños socio ambientales que las actividades pudieran ocasionar.
  • El plan de tratamiento de residuos, qué empresas lo tendrán a su cargo, y cuáles serán las empresas a cargo del transporte; el tratamiento diferenciado para residuos sólidos, semisólidos y líquidos, la distancia entre plantas de tratamiento de residuos peligrosos y plantas de operaciones con los cursos de agua superficial más cercanos, y las áreas urbanas más cercanas, instalaciones para realizar el tratamiento, tales como hornos incineradores, pirolíticos o de desorción térmica, piletas, depósitos, entre otros.
  • A su vez que se publiquen las actas de infracción contra YPF, campañas de monitoreo, auditorías sobre las campañas de hidrofractura, y la documentación que garantice el cumplimiento de la normativa ambiental. 

Contactos de prensa:   Alejo di Risio +5491123904594

Argentina9 de Agosto 2022

fracking en Mendoza

Rechazo al informe de la Universidad de Cuyo sobre fracking en Mendoza

Ante el informe presentado por la UNCuyo sobre Fracking en Mendoza 

Desde la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas acompañamos los reclamos de la Asociación Civil “OIKOS Red Ambiental” y denunciamos la incertidumbre científica con la cual el Gobierno de Mendoza quiere aprobar el fracking en la provincia. Hacemos responsable al Gobierno frente a los riesgos graves del fracking, como por ejemplo la afectación a acuíferos subterráneos, la sismicidad inducida, y el peligro de contaminación por residuos radiactivos.

El informe titulado “Producción De Hidrocarburos En Reservorios No Convencionales En Mendoza. Consideraciones sobre el Método de Estimulación Hidráulica” fue elaborado por la Universidad Nacional de Cuyo en el mes de junio de 2018. El Gobierno de Mendoza solicitó su incorporación al expediente en el que se cuestiona ante la Suprema Corte de Mendoza la constitucionalidad del decreto 248/18 que regula el procedimiento de evaluación de impacto ambiental de la exploración y explotación de hidrocarburos por medio de fractura hidráulica.

El escrito de la Asociación Civil Oikos

La Asociación Civil OIKOS presentó el día 2 de septiembre un escrito en el cual se enumeran las irregularidades e inconsistencias del informe usado para justificar el avance del fracking. En el mismo denunciaron la falta de asidero científico, la falta de citas a fuentes y estudios científicos, la referencia constante a información de organizaciones afines a la industria petrolera y fundamentalmente la falta de información de “línea base” sobre aspectos importantes y fundamentales de las regiones en el territorio mendocino donde se realizarían las actividades de fracking.

Desde OIKOS se observó además que es un informe desactualizado, que se realizó sin documentar ninguna visita de campo, relevamiento o monitoreo territorial,  no especifica las  facultades que intervinieron ni los docentes, profesores y/o especialistas que participaron en su redacción y no detalla la presencia de comunidades indígenas a fin de dar acabado cumplimiento de la normativa constitucional y convencional en relación a la consulta, libre, previa e informada. 

A su vez, es de notar que el informe se redactó después de la publicación del Decreto N°248 en marzo de 2018, lo que significa no sólo que la información presentada no se tuvo en cuenta a la hora de redactar dicho decreto sino que tampoco estuvo disponible para la ciudadanía de Mendoza a la fecha de la audiencia pública de diciembre de 2017, lo cual implica una vulneración preocupante al derecho a la participación pública.

 Por otro lado, el informe no discute la posibilidad de contaminación, ni analiza los pasivos ambientales, ni hace mención alguna a los riesgos de contaminación por material radiactivo. En relación al informe de la UNCuyo y el informe de la Secretaría de Ambiente la reconocida organización internacional “Earthjustice” afirmó: “estos dos documentos presentan graves debilidades por la poca profundidad de su análisis, su dependencia en un número muy limitado de fuentes científicas, y por obviar o completamente ignorar varios impactos graves de la técnica”. Respecto a este último punto, se destaca que “los informes no hacen un análisis serio de ciertos riesgos graves, como por ejemplo la afectación a acuíferos subterráneos y la sismicidad inducida, y completamente ignoran a otros como el peligro de contaminación por residuos radiactivos (los NORM)”.  

A su vez, el informe no analiza las complejidades geológicas y no caracteriza para este territorio la posibilidad de contaminación inherente a las fallas y fracturas.

Esta dimensión debería ser la más exhaustiva del informe, incluyendo aspectos geológicos, hídricos, ecosistémicos y socioeconómicos, fundamental para entender la gravedad y probabilidad de riesgos inherentes del fracking. El informe tampoco considera el peligro de sismos provocados por la inyección de aguas de producción, la principal práctica que puede ocasionar sismicidad inducida. La ausencia de referencias a esta cuestión es de particular gravedad en un contexto donde se han observado sismos en la zona de Sauzal Bonito (Neuquén) ante la llegada de los no convencionales. 

Estas inconsistencias científicas, evidencian que el “informe” que ofrece la UNCuyo para analizar los costos y beneficios del fracking no alcanzan el nivel de competencia técnica exigido por el principio precautorio. No es posible que la Dirección de Protección Ambiental de la Secretaría de Ambiente de Mendoza apoyado únicamente en estas fuentes de información, pudiese realizar de forma eficaz su labor de evaluación de impactos ambientales a la hora de revisar proyectos de fracking. 

Acompañamos las denuncias efectuadas por OIKOS a fin de que se subsanen las omisiones del informe de la UNCuyo respondiendo todos los aspectos cuestionados y reclamamos la inconstitucionalidad del Decreto reglamentario 248 en Mendoza. El escrito completo es de público acceso en este link.

Derechos de la Naturaleza

🌿 Derechos de la Naturaleza en Mendoza

➡️ Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y la Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza, estaremos presentando el Proyecto de Ley: “Los Derechos de la Naturaleza en la Provincia de Mendoza, Argentina”.

Necesitamos reconocer este valor para acercarnos a las formas de entender el ambiente, la naturaleza y los ecosistemas por su valor propio, independientes de los valores otorgados por los seres humanos. Descargá al Proyecto de Ley:

Sin perjuicio de que la iniciativa aludida corresponde a un parlamento federal, desde nuestro despacho realizamos los ajustes correspondientes a los fines de promover la presente iniciativa en el ámbito legislativo de la provincia de Mendoza. Hasta la fecha, en la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe y el Concejo Municipal de la ciudad de Santa Fe, se han presentado iniciativas en el mismo sentido.

También tomamos conocimiento de que las provincias de Neuquén, Entre Ríos y Córdoba, como así también otros distritos municipales, va camino a presentar sus propios proyectos.

Asimismo, este proyecto recoge los aportes de la Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza (GARN) , en el marco de una campaña sobre derechos de la naturaleza que tiene, entre otros objetivos, promover legislación que reconozca los derechos de la naturaleza en la república argentina.

Por los motivos que expondremos a continuación, entendemos que resulta oportuno iniciar la senda por el reconocimiento de los Derechos de la Naturaleza, desde la Cámara Senadores y Senadoras de la Provincia de Mendoza