Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial, nos hemos presentado como Amicus Curiae ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. En articulación con diversas comunidades territoriales, respaldamos el plebiscito impulsado por el Concejo Deliberante de Ingeniero Jacobacci, que busca dar voz a la comunidad sobre la instalación de la megaminería con el llamado Proyecto Calcatreu.
El proyecto Calcatreu es un emprendimiento de megaminería aurífera que pretende operar en las cercanías de la ciudad de Ingeniero Jacobacci, en la provincia de Río Negro. Este proyecto propone la extracción de oro mediante el uso de cianuro, un compuesto químico altamente tóxico que representa un riesgo crítico para los sistemas hídricos de los cuales dependen las comunidades y para los ecosistemas locales. La extracción a cielo abierto implica remover grandes volúmenes de tierra, un proceso que consume enormes cantidades de agua en una región caracterizada por su aridez y vulnerabilidad hídrica.
Calcatreu no solo amenaza con contaminar las napas subterráneas y reducir la disponibilidad de agua para las comunidades, sino que también perpetúa un modelo extractivista que históricamente ha dejado destrucción ambiental, pobreza y dependencia económica en las regiones afectadas. Este proyecto, presentado como una promesa de desarrollo, pone en riesgo la salud, la biodiversidad y las actividades productivas tradicionales de Ingeniero Jacobacci, como la ganadería y la agricultura, comprometiendo su sostenibilidad y calidad de vida a largo plazo. No podemos aceptar que se avance sin la licencia social de quienes sufrirán las consecuencias directas.
A su vez, las comunidades indígenas y territoriales, principales guardianas de estos ecosistemas, no han sido consultadas, en flagrante violación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que exige su participación en decisiones que afecten sus territorios. Este atropello no solo desconoce sus derechos constitucionales, sino que perpetúa una lógica colonial para justificar el saqueo de sus tierras.
La participación ciudadana no es negociable. El plebiscito es una herramienta fundamental para garantizar la participación ciudadana, derecho consagrado en el artículo 41 de nuestra Constitución, la Ley General del Ambiente y el Acuerdo de Escazú. Estas normativas no son adornos legales, son pilares de una democracia que reconoce que el ambiente no es un recurso, sino uno de los comunes necesarios como base de la vida misma.
A su vez, rechazamos rotundamente las recientes afirmaciones del intendente Mellado de que la audiencia pública realizada sobre el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) es suficiente. Las audiencias no son vinculantes y se limitan a recibir opiniones, mientras que el plebiscito pone en manos del pueblo la decisión final sobre el futuro de su territorio. No permitiremos que las autoridades confundan deliberadamente a la población para evitar que ejerza su derecho a decidir.
En nuestro país los mapas de la pobreza coinciden con los mapas del extractivismo. La historia reciente de Argentina y de América Latina nos enseña que, sin participación ciudadana efectiva, los intereses mineros avanzan a costa de las comunidades y los ecosistemas. El plebiscito en Jacobacci es una oportunidad histórica para demostrar que otro camino es posible, uno que respete la vida, el agua y la dignidad de las personas.
La megaminería como la que propone el proyecto Calcatreu no solo pone en riesgo el ambiente local; perpetúa un modelo económico insostenible basado en exportar nuestros bienes naturales a costos irrisorios, sin beneficios reales para las comunidades afectadas o el país. A su vez, Calcatreu es un emblema en Río Negro ya que detrás de este proyecto se encuentran en puerta 53 proyectos mineros más.
Exigimos al Superior Tribunal de Justicia de Río Negro que ratifique el plebiscito de Calcatreu, asegurando el respeto por el derecho de los habitantes de Ingeniero Jacobacci a decidir sobre su futuro. Este caso es un símbolo de la lucha por una Argentina que priorice la vida sobre la ganancia, el cuidado del ambiente sobre la explotación, y la participación ciudadana sobre los intereses corporativos.
Un colectivo que agrupa a cámaras empresariales, organizaciones territoriales y ambientales solicitaron una medida cautelar para garantizar la participación de la ciudadanía de Chubut en el debate por la realización del proyecto Vaca Muerta Oil Sur.
El proyecto Vaca Muerta Oil Sur contempla la realización de un ducto que transportará hidrocarburos desde Vaca Muerta atravesando toda la provincia de Río Negro y parte de Neuquén y finalizará en un puerto de carga con dos monoboyas en el Golfo San Matías, en Río Negro.
Cámaras empresariales, organizaciones territoriales y ambientales se presentaron en el Juzgado Federal de Viedma, provincia de Rio Negro, solicitando una medida cautelar que garantice la participación social de las ciudadanas y ciudadanos de Chubut, a partir de la celebración de una nueva audiencia pública en la que puedan expresarse respecto de los impactos ambientales del mencionado proyecto.
“La biodiversidad no entiende de fronteras y quienes trabajan por su conservación al igual que los colectivos sociales y comunidades potencialmente afectadas tienen derecho a participar, expresarse y ser escuchados”, dijo Roxana Schteinbarg, del Instituto de Conservación de Ballenas.
La planificación del oleoducto con las monoboyas en el Golfo San Matías fue posible debido a la modificación de la Ley 3308 que lo protegía. La reforma, a cargo de la Legislatura de Río Negro, fue realizada de manera inconsulta y vulnerando los principios de no regresión y de progresividad en las condiciones de protección ambiental incluídos en la normativa ambiental vigente, como la Ley General del Ambiente y el Acuerdo de Escazú. La ley reformada otorgaba explícitamente protección a las aguas jurisdiccionales de los impactos que produce la actividad petrolera, como la contaminación por hidrocarburos.
En julio de 2023, las autoridades provinciales convocaron a una audiencia pública presencial para el 17 de agosto, en la ciudad de Sierra Grande, donde solamente podían participar residentes de Río Negro que se desplazasen hasta alli. Esto suscitó una fuerte oposición por parte del movimiento socio-ambiental vecinal y de las comunidades de pueblos originarios de la zona, no sólo a raíz de las restricciones y obstáculos que debieron enfrentar en el acceso a la audiencia, sino también por la documentación presentada por YPF en torno al Estudio de Impacto Ambiental, las cuales viciaron el proceso democrático.
“Restringir la participación a una pequeña porción de la población donde este proyecto tiene incumbencia, es una afrenta a los principios democráticos que nos rigen como Nación. El Golfo San Matías, la Península Valdés y el mar Argentino son patrimonio de la humanidad y las decisiones que afecten este patrimonio no pueden tomarse a puertas cerradas”, dijo Fabricio Di Giacomo, de Las Grutas.
“El retroceso en la protección del Golfo San Matías es inconstitucional y el oleoducto atenta contra la biodiversidad de Península Valdés, sitio de patrimonio de la humanidad que atrae el turismo en la provincia de Chubut, una actividad fundamental para dinamizar la economía de nuestras comunidades que desde hace 22 años le decimos no a la megaminería, no al extractivismo y sí al turismo, al agua y la vida”, agregó Cristina Aguero, de “Asamblea Esquel No a La Mina”.
Entre los demandantes, se incluyen: la Cámara de Turismo y Servicios dept Península de Valdés; la Asociación Argentina de Guías Balleneros; Península Valdés Orca Research; la Asociación de Abogados y Abogadas Ambientalistas; la Asamblea en Defensa del Territorio de Puerto Madryn; la Fundación Patagonia Natural; la Asociación de Agencias de Viajes y Turismo de la Península de Valdés; la Asociación de Guías Profesionales de Turismo del Chubut; la Asamblea No A La Mina de Esquel; la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN); el Instituto de Conservación de Ballenas (ICB); la Fundación Inalafquen y Surfrider Argentina.
Ante la Nueva Licitación de la Vía Navegable Troncal
22 de Noviembre 2024
Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) manifestamos nuestra profunda preocupación frente al reciente anuncio del Gobierno argentino sobre la licitación de la Vía Navegable Troncal, con una concesión inicial de 30 años, extensible por otros 30, proyectando sus efectos hasta 2085, el equivalente a quince mandatos presidenciales. Este proyecto, mal llamado”Hidrovía”, trasciende lo técnico para convertirse en un símbolo de las dinámicas extractivistas que han marcado la relación histórica del país con sus ríos y territorios.
El modelo propuesto desde el gobierno de La Libertad Avanza, responde a una lógica privatizadora y desreguladora que prioriza los intereses económicos de unos pocos sobre las necesidades colectivas. Esto refuerza un esquema agroexportador y financiarizado que ha intensificado en las últimas décadas las desigualdades socioambientales, afectando de manera estructural la integridad del Río Paraná y las comunidades que dependen de él.
El Paraná no puede ser reducido a una vía de tránsito comercial, sino como un enorme territorio que constituye un entramado vital. Alberga una biodiversidad única y sostiene los ciclos ecológicos esenciales para el bienestar de ocho provincias argentinas, en las cuales viven 12 millones de personas. Sin embargo, su gestión ha sido históricamente funcional a un modelo de maldesarrollo basado en la exportación de naturaleza, que reduce los territorios para maximizar las ganancias de sectores como el sojero, minero y forestal. Esta visión reduccionista ha provocado un deterioro alarmante de la cuenca, tanto en términos ambientales como sociales.
Desde la AAdeAA hemos señalado reiteradamente que la mal llamada “Hidrovía” representa mucho más que un proyecto infraestructural: es un ataque a los derechos del río, entendidos como parte integral de los derechos de los pueblos y de los ecosistemas. Perpetuar este modelo no solo compromete la capacidad del Paraná para sostener sus ciclos vitales, sino que amenaza con erosionar las diversidades ecológicas, económicas y culturales que hacen de la región un territorio vivo y en constante devenir.
Este debate no es solo técnico ni económico; es político y ético. En un contexto de crisis ecológica global, insistir en la lógica de la acumulación y el saqueo es perpetuar un camino de devastación. Nos urge repensar nuestras relaciones con los ríos y los territorios desde un horizonte ecosocial, en el que primen la justicia ambiental y el respeto por las múltiples formas de vida que sostienen nuestra existencia común.
Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) hemos denunciado en múltiples ocasiones que la existencia misma de la “Hidrovía” representa un atentado contra los derechos del río.
En este contexto, es fundamental recordar que el Paraná no debe ser considerado simplemente como una vía fluvial para el comercio internacional. Debe ser reconocido como un sistema ecológico complejo que sustenta a millones de personas y alberga una rica biodiversidad. La transformación del río en una “hidrovía” ha llevado a una serie de intervenciones destructivas, incluyendo dragados y canalizaciones que han alterado su régimen hidrológico.
Particularmente denunciamos, que no se puede avanzar en este proceso licitatorio, sin la realización de estudios de impacto ambiental y su evaluación por la máxima autoridad ambiental nacional de manera concertada con las autoridades ambientales de las provincias involucradas en la ribera del Paraná Paraguay.
No se puede avanzar en este proyecto licitatorio, sin un órgano de control independiente y abierto también a las Provincias y la democracia ambiental en la aplicación y cumplimiento de sus herramientas de participación ciudadana, con los tiempos, responsabilidad y dedicación que lo expuesto determina.
Más aún, en la mayor crisis hídrica de la historia registrada, avanzar como se propone oficialmente desde la nación, va a llevar a profundizar todos los procesos de desertificación, destrucción del sistema de humedales de agua dulce más importante del país y las costas del del, afectando directa e indirecta a más de veinte millones de argentinos y el sistema de vida milenario que lo contiene en esta nuestra naturaleza litoraleña y mesopotámica.
La profundización, que se planea lleva de 36 a 42 pies, provocará mayores niveles de desertificación a lo largo del Delta del Paraná, uno de los humedales de mayor importancia de nuestro país. La misma está liderada por el sector privado, el poder económico concentrado del agronegocio en el polo agroexportador de Rosario, con todos los privilegios del descontrol. Esto constituye un agravio al federalismo de concertación y una violación grosera y sistemática de todo el contexto convencional internacional como regional. Así lo denunciamos públicamente, y así lo hacemos ante los tribunales de la Nación.
Es esencial construir un futuro donde el desarrollo vaya de la mano con la justicia social y el respeto por los ecosistemas. Solo así podremos garantizar que todos los argentinos se beneficien equitativamente de nuestros bienes naturales.
Solicitamos a las Provincias se pongan a la altura de las circunstancias y en su caso, de no ser escuchados por el Gobierno Nacional, accedan ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por ser negadas de manera vergonzosa y brutal en el caso que nos ocupa.
Solicitamos a las áreas ambientales provinciales involucradas, procedan conforme a Derecho haciendo valer sus competencias, sus constituciones provinciales y en particular los artículos 41, 42 (rol de las provincias en los órganos de control) 124 de la Constitución Nacional.
Como hemos advertido desde la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (1), se está ejecutando el derrocamiento (destrucción) de pasos rocosos (diques naturales de rocas por debajo del río) en el cauce principal del río Paraguay.(2)
El río Paraguay nace en Brasil, en el gran Pantanal, el humedal más grande del planeta (superficie de Francia) y aguas arriba del Sistema de humedales del río Paraná en sus tamos medio e inferior.
La cuenca del Plata, Holmes/Meitin, 2017.
La destrucción de estos diques naturales, aproximadamente trece, cambiará para siempre el régimien hidrológico natural del mismo, produciendo impactos irreversibles directos en el sistema de humedales del Paraguay con procesos acumulativos negativos en el gran panantal y aguas abajo, modificando radicalmente velocidades, turbulencias, procesos de sedimentación, ritmos de las inundaciones o profundización de las sequías, ni más ni menos, en un contexto climático antrópico casi desolador y donde cada día los ecosistemas y sus gentes, disponen de menos y menos agua.
Es decir, en la mayor crisis hídrica y ambiental de Sudamérica, se pretende seguir navegando con barcos cada vez de mayor dimensiones, hasta el corazón mismo del Pantanal hermano.
Durante la decada del neoliberalismo de fines del pasado Siglo, se intentó desarrollar este proyecto de demolición de los pasos rocosos usando explosivos. Organizaciones sociales y ecologistas de la Cuenca lograron detener este ecocidio. Una historia no menor, que no es ahora el objetivo de narrar en la presente nota.
De lo que se trata, es que resulta relevante que la Cancillería Argentina como de Brasil y Bolivia, convoquen al gobierno de Paraguay a una reunión urgente de Cancilleres en el marco del Acuerdo Marco Ambiental del MERCOSUR, con la finalidad de poder acceder a los estudios de impacto ambiental, si los mismos existen, saber de sus autores y de la necesaria evaluación previa por parte de los Estados miembros, en razón de las consecuencias ambientales y sociales que esta decisión puede causar en la cuenca del Paraguay-Paraná.
Se solicito hace casi dos meses a la Cancillería Argentina su urgente intervención. A la fecha no disponemos de una respuesta oficial. Paraguay no puede avanzar en semejante decisión sin un acuerdo serio y con el desarrollo de todos los procesos de estudios más que sinérgicos en un sistema de humedales que sobrevive en los territorios de cinco países.
Del análisis de los estudios técnicos ambientales realizados a mediados de los 90, podemos advertir y llamar la atención de que los consultores actuantes en los estudios oficiales “… parecen haber considerado el mejoramiento de la navegación como una cuestión que atañe, a si únicamente el dragado de bancos arenosos y el derrocamiento bajarían el nivel del agua en un solo canal, a la vez. Incluso la más amplia investigación realizada por TGCC parte de este punto de vista. Los análisis sobre otros efectos hidrológicos del proyecto, la hidráulica y la sedimentación, (Volúmen 5) son meras opiniones y no análisis rigurosos.”(3)
El Panel de Expertos oportunamente conformado, realizaron en sus informes un sinnúmero de preguntas que aún no tienen respuestas públicas. Así también expone que la reducción de la superficie inundada del terreno aluvional antes mencionado, serán relevantes y de impactos aumulativos diversos en los ecosistemas asociados.
La realidad geomorfológica e hidrológica del Pantanal, no está representada en el modelo utilizado y no es válido para el Pantanal (Dunne). Los pronósticos de que los cambios en el nivel del río Paraguay como consecuencias de las alteraciones del canal y los cambios en el uso de la tierra en la cuenca, serán pequeños, no son válidos. Debido a su dudosa precisión, estos pronósticos sobre el nivel del agua no se pueden usar para calcular de forma segura los cambios en el área inundada. Por lo demás las complejas interacciones temporales y espaciales entre el nivel del río Paraguay y el nivel de los grandes y pequeños afluentes, la contribución de la precipitación local y el escurrimiento se combinan y hacen que el uso de modelos sea casi prácticamente imposible sin la ayuda de una documentación acumulada, que no existe. Sobre la base de un análisis inadecuado sobre la variación de las áreas inundadas, la mayoría de las evaluaciones de impactos sobre los procesos ecológicos y las especies asociadas a los humedales, también son incorrectos.(4)
Se detallan seguidamente los dos tramos, en esta oportunidad, de mayor preocupación.
1) Tramo Confluencia-Asunción: compartido con Argentina. (Confluencia es el punto de encuentro del río Paraguay con el río Paraná, entre las provincias de Chaco y Corrientes, y la República de Paraguay).
2) Tramo Asunción-Desembocadura del Río Apa: es el tramo de soberanía totalmente paraguaya. Aquí están las propuestas de modificación del canal más conflictivas de la primera fase de las obras previstas por el proyecto, donde se encuentran lmas de una decena de los pasos rocosos.
“Los umbrales rocosos funcionan como presas naturales; si se eliminan, se eliminarán áreas extensas del Pantanal… El colapso de los umbrales como medio de profundización, el canal navegable causará un impacto irreversible en la hidrología del Alto Paraguay. Además, la eliminación de un paso rocoso puede provocar la aparición de otro, previamente sumergido. Esta es una posibilidad real en Alto Paraguay, donde ha estado la ocurrencia de afloramientos rocosos cada 40 km en y donde las pendientes que predominan en el cauce son tan suaves (en Perfil de la Facultad de SDSU – Dr. Victor M. Ponce – Informe de la Vía Navegable – https://ponce.sdsu.edu/hidroviareportportuguesechapter0.html)
La aceleración de la concentración de escorrentía causada por las mejoras en las condiciones de navegación intensificarán la mayoría de las inundaciones anuales, podría reducir el período de retorno de las sequías plurianuales, y podría posiblemente causar un cambio climático regional, en el sentido de intensificar la aridez. El Pantanal existe por sus características condiciones climáticas/geológicas/geomorfológicas para retener agua, sedimentos y nutrientes. El aumento de la magnitud de las inundaciones se traducirá en un aumento de las pérdidas de sedimentos y nutrientes (Victor M. Ponce. Relatorio Hidrovía, PDF)
Argentina, por su total falta de intervención en los procesos de estudios -si realmente existen, decimos estudios ambientales sinérgicos de este proyecto que ahora se está ejecutando por las autoridades Paraguayas- y su evaluación previa, esta renunciando a un ejercicio de su soberanía y violando el cumplimiento y aplicación de los principios básicos que dan razón de ser al federalismo de concertación en el marco de los acuerdos preexistentes a la Constitución Nacional y por lo tanto, no garantizando el cumplimiento de la legislación ambiental nacional, regional y convencional.
Brasil, en un contraste más que interesante, decidió no dragar las nacientes del río Paraguay y los tramos protegidos, ámpliamente mayoritarios, en la mal llamada hidrovía. (5)
Lo que está liderando Paraguay, es una atrocidad ecológica y social que se puede tipificar penalmente como un ecocidio que merece toda la crítica y juzgamiento institucional regional, como ético. Estamos frente a un silencio oficial, realmente destructor de ecosistemas y futuros para los seres humanos y no humanos por-venir.
Finalmente, desde la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas hemos realizado el 6 de Setiembre una solicitud de acceso a la información pública y requerimiento de urgente convocatoria a las autoridades ambientales y de las Cancillerías de los países involucrados, a los efectos de considerar los graves impactos ambietales y sociales que todo este escenario de derrocamientos determinaría. El silencio de la Cancillería Argentina, con plazos legales vencidos, es escandaloso.
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Autores.
Alcides Faría. Ecología en Acción. ECOA, Campo Grande, Brasil.
Jorge Daneri. Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas y Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial. CAJE.
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1 Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas y Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial.
2 “Alerta por la irresponsable intervención en los ríos Paraguay y Paraná: un ecocidio inminente.”
3 Efectos ambientales e hidrológicos del proyecto de Hidrovía Paraguay Paraná. Resumen de los Estudios de Impacto. Por Thomás Dunne. Capítulo 5. Panel de Expertos Independientes. página
4 Efectos ecológicos de la Hidrovía Paraguay Paraná. Son adecuados los estudios de impacto sobre el Pantanal? Por John Melack. Página 119. Panel de Expertos.
Rawson, 7 de noviembre de 2024.- Las organizaciones querellantes en la causa de la masacre de los pingüinos Magallanes de Punta Tombo, Fundación Patagonia Natural, Greenpeace y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas celebran la decisión del Tribunal Colegiado de Juicio.
En veredicto sin precedentes, la justicia encontró culpable a La Regina de los cargos de daño ambiental agravado y crueldad animal. Ahora, quedará pendiente que los jueces emitan la sentencia y determinen la pena. Las organizaciones esperan que la sentencia refleje la comprobación del daño ocasionado expuesto por testigos locales e internacionales a lo largo de una semana de juicio oral y público.
Matías Arrigazzi, biólogo e integrante del equipo de campañas de Greenpeace Andino sostuvo. “Este caso es un hito para la justicia ambiental y la protección de los pingüinos y la naturaleza. Esta masacre de más de un centenar de pingüinos, que despertó gran indignación de la ciudadanía, hoy recibe justicia. Este hecho constituye un antecedente histórico que, esperamos, siente las bases para implementar políticas y acciones más estrictas que eviten futuros atentados contra los animales y el ambiente”.
La Reserva Punta Tombo alberga una de las mayores colonias continentales de pingüinos de Magallanes del planeta. Lamentablemente, en 2021, esta reserva fue testigo de una masacre sin precedentes. Un centenar de pingüinos, huevos y pichones muertos y un estimado de 175 nidos destruidos fue el saldo que dejó el paso de maquinaria pesada por encima de la colonia, lo que provocó además el desmonte de vegetación nativa.
Lucas Micheloud, abogado ambientalista y Co-director de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas expresó: “Estamos ante una condena histórica y un punto de inflexión decisivo en la lucha contra la impunidad ambiental en Argentina. Es un poderoso precedente que enfrenta la criminalidad ecológica. Hoy, la justicia ha enviado un mensaje muy claro a toda la sociedad: destruir la naturaleza y maltratar a los animales no humanos tiene consecuencias penales”
Por su parte, José María Musmeci, presidente de la Fundación Patagonia Natural agregó “Respecto al fallo de la justicia por los pingüinos de Magallanes y el sistema Punta Clara – Punta Tombo, el fallo es el que esperábamos. Ahora, las expectativas están puestas hacia delante, sobre todo en las herramientas que tendremos a disposición en el ámbito de la justicia para defender la biodiversidad, los ecosistemas y las áreas protegidas”
Sobre la Reserva Punta Tombo:
Punta Tombo se extiende a lo largo de más de 210 hectáreas en la estepa patagónica, ubicándose sobre la costa del Océano Atlántico, en el departamento Florentino Ameghino, a 110 km de la ciudad de Rawson, capital provincial. El pingüino Magallánico, cuyo Estado de Conservación de acuerdo a la catalogación en la lista roja de la IUCN es de Casi Amenazado, no sólo ha sufrido los impactos de la actividad humana en tierra, sino que también está amenazado por actividades que avanzan sobre el mar, principalmente la industria petrolera, la pesca intensiva y los efectos del cambio climático sobre los océanos.
Contactos de prensa:
Lucas Micheloud (Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas) +54 9 341 304-2305
Florencia Rey (Fundación Patagonia Natural) +54 9 280 430-5115
Neuquén, 29 de octubre de 2024 – El Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza (TIDN) presentará el próximo lunes 4 de noviembre el veredicto oficial sobre el caso “Megaproyecto Vaca Muerta”, en el cual se documentaron graves impactos del megaproyecto de fracking en la región patagónica de Argentina sobre la Naturaleza y los derechos ahumanos. La presentación de la sentencia será la culminación de un proceso que comenzó en diciembre de 2019 y que incluyó una visita de campo en marzo y abril de 2023 para recolectar evidencia en terreno.
El lunes 4 de noviembre a las 09:30 hs., se hará entrega de la sentencia ante diversas autoridades publicas y organismos oficiales, comenzando con la Gobernación de Neuquén, dónde también convoca a la prensa frente a la Casa de Gobierno provincial para este evento abierto, dónde los y las jueces y juezas del Tribunal y organizaciones locales atenderán a los medios de comunicación.
A las 11:00 hs., la delegación se dirigirá a la Ruka de la Meseta donde entregará formalmente el veredicto a la Confederación Mapuche de Neuquén.
Luego por la tarde, a las 17 horas, se hará la presentación pública de la sentencia en la Universidad Nacional del Comahue de Neuquén. Este evento será abierto al público con registro presencial y en línea.
Finalizado esto último, la agenda del Tribunal continuará el día martes 5 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con más actividades, entre las que se incluyen la presentación del libro “La naturaleza sí posee derechos”, de los autores Alberto Acosta y Enrique Viale, de lanzamiento reciente por la editorial Siglo XXI, que tendrá lugar a las 17 hs. en Yunta Bar.
Contexto y antecedentes
Vaca Muerta, una de las principales reservas de petróleo y gas no convencional del mundo, se ha convertido en un territorio de alta disputa. La explotación masiva mediante fracking en la región ha resultado en profundos impactos ambientales y sociales, particularmente para las comunidades locales, entre ellas los pueblos indígenas mapuches. Durante la visita de campo, la delegación del TIDN documentó denuncias de contaminación del agua y aire, afectaciones de salud en las comunidades, y la criminalización de la resistencia comunitaria frente al avance del extractivismo.
Los resultados preliminares de la visita, presentados ante el Congreso Nacional en 2023, ya habían puesto en evidencia una crisis ambiental y de derechos humanos. Las comunidades locales enfrentan la contaminación de fuentes de agua, movimientos sísmicos relacionados con el fracking y un acceso limitado a servicios básicos, como el agua potable. La presencia de basurales petroleros abandonados y el desmedido impacto de la industria en la biodiversidad reflejan un modelo de desarrollo basado en la explotación sin límites, que ha empobrecido a la región y puesto en riesgo el equilibrio ecosistémico y la salud de los habitantes.
El veredicto del TIDN sobre el caso de Vaca Muerta es un llamado urgente a repensar el vigente modelo de explotación de combustibles fósiles en la región y a defender los Derechos de la Naturaleza y de sus comunidades. Esta sentencia ética tiene como objetivo sentar un precedente en la lucha contra el extractivismo desmedido y plantea la necesidad de una transición justa, popular y post-extractivista.
El Tribunal de los Derechos de la Naturaleza
El Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza es una institución internacional creada por ciudadanos para investigar y dar a conocer las violaciones de los derechos de la Naturaleza y los de sus defensores y defensores. Los veredictos éticos del Tribunal podrían proporcionar una herramienta necesaria en la lucha por la justicia ambiental. El Tribunal ha conocido casos en Ecuador, Perú, Francia, España, Inglaterra, Alemania, los Balcanes, Guyana Francesa, Brasil, Canadá, fracking en Estados Unidos, Argentina, Chile, Bolivia, Australia, y México y contra empresas petroleras como Total, Chevron Texaco, Shell, British Petroleum y empresas mineras como Newmont Mining Corporation, ECSA, Vale, entre otras.
En está ocasión el panel de jueces y juezas se encuentra integrado por Patricia Gualinga (Ecuador), Alberto Acosta (Ecuador), Yuvelis Morales (Colombia), Rafael Colombo (Argentina), Claudia Aboaf (Argentina), Enrique Viale (Argentina) y Gabriela Cabezón Cámara (Argentina).
25 de Octubre – En un contexto de crisis hídrica y ambiental en el río Paraná, la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas ha solicitado al Gobierno Nacional el acceso a la información ambiental completa sobre las recientes modificaciones en el contrato de concesión de la Vía Navegable Troncal del Paranáque dispone mayores profundizaciones y ensanchamientos del canal.
La solicitud se ampara en el derecho de acceso a la información pública garantizado por la Ley Nacional 25.831 y el Acuerdo de Escazú, que establece el deber de brindar información ambiental de forma oportuna y accesible a toda la ciudadanía.
Importancia de la transparencia ambiental en el contrato del río Paraná
La transparencia en el manejo de la Vía Navegable Troncal del Paraná es esencial para garantizar un uso sostenible de este recurso vital para la región. La cuenca del Paraná, que atraviesa varias provincias y es clave para el ecosistema y la economía nacional, enfrenta actualmente una de sus peores bajantes registradas, lo cual afecta el suministro de agua potable y la salud de los humedales y ecosistemas asociados. El acceso a la información sobre el contrato de concesión permite que la sociedad y las organizaciones tengan claridad sobre las implicancias de las decisiones gubernamentales para la cuenca, la biodiversidad, y la calidad de vida en las comunidades locales.
Derechos de acceso a la información ambiental y Acuerdo de Escazú
La Ley 25.831, que garantiza el derecho de acceso a la información ambiental, establece que cualquier persona o entidad puede solicitar información sobre el ambiente sin tener que justificar un interés especial. Esta ley, junto con el Acuerdo de Escazú, firmado por Argentina, promueve el acceso libre y transparente a información ambiental relevante para la sociedad.
Enfatizamos también que el acceso a esta información es indispensable para la participación ciudadana en políticas públicas, ya que los ciudadanos tienen derecho a conocer y comprender las decisiones que afectan su ambiente y su calidad de vida. El Acuerdo de Escazú establece el “Principio de Máxima Publicidad”, que indica que el Estado debe ofrecer proactivamente esta información y ponerla a disposición pública, en un formato accesible y claro.
Información solicitada sobre la Vía Navegable Troncal
Específicamente, la Asociación ha solicitado la entrega del texto completo del contrato de concesión del río Paraná y todas sus modificaciones, además de los anexos de la Disposición 24/2024, los cuales no son publicados con el texto de la Disposición que los referencia, pero reiteramos, no son publicados de manera íntegra y accesible. Lo expuesto se manifiesta accediendo en el Boletín Oficial. Esta información es fundamental para comprender el alcance e impacto de las modificaciones introducidas.
En ese sentido, solicitamos especialmente la totalidad de los anexos obrantes en el expediente, ya que en el propio Boletín Oficial al final mencionan que “NOTA : El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n.”
La falta de acceso a esta información pública es una barrera a la participación de la ciudadanía en el control de decisiones estratégicas que afectan a un bien común. En caso de recibir una respuesta incompleta o falta de respuesta, la Asociación formulará la correspondiente reserva de acción judicial.
28 de octubre de 2024 – Chubut, Argentina – Luego de comenzado en el edificio del Superior Tribunal de Justicia de Chubut el juicio oral contra Ricardo La Regina, acusado de destruir más de 175 nidos de pingüinos de Magallanes en la Reserva Natural Punta Tombo, utilizando maquinaria pesada sin permiso ni estudio de impacto ambiental, en absoluto desmedro de la vida y de los ecosistemas. Este acto, que afectó gravemente a una de las mayores colonias de pingüinos del continente, representa el primer juicio en Argentina que aborda delitos ambientales y crueldad animal con posibilidad de condena efectiva.
La defensa solicitó probation y luego intentó suspender el juicio a cambio de la donación de 300 hectáreas para extender la reserva, pero el tribunal rechazó la propuesta. Lo hizo priorizando el interés público, conforme al Acuerdo de Escazú, que garantiza justicia y transparencia en este tipo de casos. La defensa también intentó introducir un video de cobertura mediática y una declaración sobre el “compromiso familiar” de La Regina con los pingüinos, pero ambas fueron objetadas y rechazadas por el tribunal. Cabe recordar el acusado creció en contacto con este ecosistema, lo que refuerza su conocimiento y responsabilidad sobre el impacto ambiental de sus acciones.
Luego de un tenso inicio, con tres cuartos intermedios en pocas horas, el juicio continua. Se espera que continue hasta entrada la semana próxima. Este juicio representa un punto de inflexión para la justicia ambiental argentina. Como organizaciones querellantes, Grenpeace Argentina, Fundación Patagonia Natural y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas están comprometidas en hacer que este caso no solo obtenga justicia para los pingüinos y su hábitat, sino que también genere un cambio sistémico en las políticas de conservación.
La participación activa de la sociedad civil es fundamental para asegurar que este proceso legal sea una victoria no solo para los pingüinos y el ambiente, sino para la ciudadanía en su conjunto.
El empresario ganadero Ricardo Adolfo La Regina enfrenta cargos por daño agravado y crueldad animal por la matanza de pingüinos
La atroz matanza de pingüinos de Magallanes en Punta Tombo, perpetrada entre agosto y diciembre de 2021, llegará finalmente a juicio oral el próximo 28 de octubre. En este proceso judicial, sin precedentes en Argentina, buscaremos la condena por los delitos de daños ambientales agravados (art. 184, inc. 5° del Código Penal) y crueldad animal (Ley 14.346). Estamos próximo a construir un precedente que constituya un punto de inflexión para que la impunidad no siga ganando terreno frente a los crímenes contra la naturaleza.
El empresario ganadero Ricardo Adolfo La Regina enfrenta cargos por daño agravado y crueldad animal, tras una serie de acciones ilegales y deliberadas perpetradas en la Estancia La Perla, lindante con el Área Natural Protegida Punta Tombo y con el Área Maritima protegida Punta Tombo que dispone la protección de Punta Tombo y Punta Clara, las que constituyen zonas de alimentación y tránsito del Pingüino de Magallanes, ambas se encuentran dentro del Sistema de Áreas Naturales Protegidas, y es núcleo de la Reserva Biosfera de UNESCO Patagonia Azul. Se trata, en otras palabras, de un ecosistema de altísimo valor ecológico, sujeto a rigurosa protección.
Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, junto a Greenpeace y Fundación Patagonia Natural denunciamos y nos constituimos como querellantes en este proceso, y formulamos junto al Ministerio Público Fiscal de Trelew y la Fiscalía de Estado de la Provincia de Chubut una categórica acusación contra el ganadero por usar máquina retroexcavadora para desmontar más de 1000 m2 de vegetación nativa, abriendo caminos sin estudios de impacto ambiental ni autorizaciones, destruyendo el hábitat reproductivo de los pingüinos, aplastando 175 nidos. Además, lo querellamos por el arrollamiento y muerte de centenares de pingüinos, incluyendo pichones y huevos, y la instalación de un cerco eléctrico de 6 hilos obstaculizando el libre tránsito durante la anidación.
La evidencia que llevaremos al juicio oral es categórica: imágenes satelitales aportadas por la propia National Geographic, fotografías y videos (terrestres y aéreos), informes y testimonios de expertos probarán la devastación de Punta Tombo. Exigimos una condena histórica que refleje la magnitud del daño ambiental y la crueldad practicada hacia los animales no humanos, enviando un mensaje claro a la sociedad: la protección de la naturaleza no es negociable.
Por otro lado, este caso como otros crímenes ambientales, expone una falla sistémica en nuestro marco legal: los tipos penales se basan en una perspectiva antropocéntrica que considera el ambiente y a los animales no humanos como recursos, cosas muebles u objetos, negando su valor intrínseco. La dominación cartesiana de la naturaleza, funcional al extractivismo, se traduce en su mercantilización y en la negación de los derechos inherentes a la naturaleza y los animales no humanos, con quienes cohabitamos el planeta.
Es por ello que la destrucción del ecosistema de Punta Tombo y Punta Clara exige no solo una condena ejemplar, sino también una profunda reflexión sobre la necesidad de reformar el Código Penal para incorporar delitos penales ecocéntricos y reconocer a los animales no humanos como sujetos de derecho. Además, los hechos enrostrados al ganadero configuran, a nuestro entender, un verdadero ecocidio, pero esta figura aún no está contemplada en nuestro sistema penal.
La condena ejemplar debe servir para cambiar nuestra cultura jurídica. El reconocimiento de los pingüinos como seres sintientes, como lo hizo la jueza penal de Rawson Ana Carina Breckle en la sentencia que resolvió la elevación a juicio oral, ha sido un gran avance en la ecologización del proceso, pero necesitamos ir más allá. Es evidente que los animales, como seres sintientes, experimentan dolor, placer y otros sentimientos, pero el simple reconocimiento de su sensibilidad no alcanza. Es necesario asignarles un nuevo estatuto jurídico que los reconozca como sujetos de derechos. La naturaleza, incluida la vida animal, como sujetos de derechos. Alberto Acosta y Enrique Viale, en su libro: “La Naturaleza sí tiene derechos, aunque algunos no lo crean”, afirman que, así como el siglo XX fue el siglo de los derechos humanos, el XXI debe ser el de los derechos de la naturaleza. Punta Tombo debe ser un llamado a comprender esta necesidad de reconocimiento legal de los derechos de nuestra madre tierra.
Tenemos la convicción que este caso concluirá con una condena histórica por daños agravados al ambiente y actos de crueldad animal. Sin embargo, necesitamos reformas ecocéntricas que incorporen tipos penales específicos para sancionar con mayor rigurosidad la nueva criminalidad ambiental: la deforestación indiscriminada, los incendios forestales, la contaminación masiva de ríos y océanos, y la destrucción de glaciares y la biodiversidad. Impulsar la efectiva aplicación de la justicia ecológica requiere erradicar la impunidad histórica de los poderosos que ha favorecido la destrucción del ambiente; este juicio debe sentar un precedente necesario para lograrlo.
Sabemos que la defensa de La Regina minimizará el impacto en Punta Tombo, apelando a una visión obsoleta de la propiedad privada, restando entidad a la catástrofe ecológica. Pero este juicio se centra en algo mayor: el choque entre dos visiones irreconciliables del mundo, una que ignora la naturaleza y otra que la defiende. Como querellantes, vamos a fondo. La impunidad no es una opción.
Lucas Micheloud, Co-Director Ejecutivo de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y querellante en el proceso penal de Tombo.
Las organizaciones querellantes Greenpeace Argentina, Fundación Patagonia Natural y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA ) exigen justicia por la masacre de pingüinos en Punta Tombo. La reserva alberga a la colonia continental de pingüinos Magallanes más grande del mundo.
Chubut, Argentina – 25 de octubre de 2024. Las organizaciones ambientales Greenpeace Argentina, Fundación Patagonia Natural y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA) impulsan un juicio histórico en el que se busca justicia por la matanza de más de un centenar de pingüinos de Magallanes, incluidos huevos y pichones en la Reserva Natural de Punta Tombo, sumado a 175 nidos destruidos de acuerdo a informes técnicos realizados. Este caso sin precedentes, que aborda los cargos de daño ambiental agravado y crueldad contra los animales, podría marcar un antes y un después en la defensa de la biodiversidad en Argentina.
Se trata de una oportunidad histórica para la justicia ambiental. El próximo 28 de octubre comenzará el juicio oral por daño ambiental agravado a ecosistemas costeros y crueldad animal, un hecho sin precedentes en el país. Aunque algunos casos ambientales han llegado a la justicia, la mayoría son archivados o se resuelven con juicios abreviados que no llegan a juicio oral. Este proceso es clave no solo para este caso particular, sino para abrir la puerta a una mayor aplicación de la ley en los crímenes ambientales.
La masacre de los pingüinos de Punta Tombo expone las graves falencias en la protección de áreas naturales y la debilidad del sistema jurídico para abordar adecuadamente los delitos ambientales. Greenpeace Argentina, Fundación Patagonia Natural y la AAdeAA resaltan que la matanza de pingüinos es un símbolo de la urgencia con la que debemos actualizar nuestras leyes para proteger la biodiversidad y los ecosistemas de los cuales dependemos.
Las organizaciones querellantes exigen verdadera justicia para los pingüinos y la naturaleza. Este hito en la defensa de la biodiversidad necesita:
La creación de un capítulo específico de delitos ambientales en el Código Penal, que contemple sanciones a los daños causados a los ecosistemas y la fauna.
Medidas cautelares inmediatas para garantizar la protección de la colonia de pingüinos durante el juicio, incluyendo la implementación de monitoreos estrictos y la prohibición de actividades que alteren el hábitat.
Un proceso judicial justo, transparente y ejemplar que siente las bases para la persecución efectiva de delitos ambientales en el futuro.
Este juicio representa un punto de inflexión en la justicia ambiental argentina. Las organizaciones querellantes están comprometidas en hacer que este caso no solo obtenga justicia para los pingüinos y su hábitat, sino que también genere un cambio sistémico en las políticas de conservación. La participación activa de la sociedad civil es fundamental para asegurar que este proceso legal sea una victoria no solo para los pingüinos y el ambiente, sino para la ciudadanía en su conjunto.
Sobre la Reserva Punta Tombo:
La Reserva Punta Tombo, ubicada en la provincia del Chubut, alberga una de las mayores colonias continentales de pingüinos de Magallanes del planeta. Lamentablemente, en el año 2021, esta reserva fue testigo de una masacre sin precedentes. Se utilizó maquinaria pesada que pasó por encima de la mayor colonia de pingüinos de Magallanes del mundo para trazar caminos, lo que provocó a su vez el desmonte de vegetación nativa.
Este acto atroz, que despertó la indignación de la ciudadanía, constituye un ecocidio, un daño grave e irreversible contra la biodiversidad, los ecosistemas y los derechos de la naturaleza.
Además, se instaló un alambrado electrificado a lo largo de 900 metros. En diferentes sectores, dicho alambrado impidió la libre circulación de los pingüinos al encontrarse a una altura inferior a la de esta especie. Este hecho ocurrió en el momento crítico del ciclo reproductivo, donde los pichones están eclosionando o tienen muy pocos días de vida, y deben ser alimentados con frecuencia por los pingüinos adultos.
Punta Tombo se extiende a lo largo de más de 210 hectáreas en la estepa patagónica, ubicándose sobre la costa del Océano Atlántico, en el departamento Florentino Ameghino, a 110 km de la ciudad de Rawson, capital provincial. El pingüino Magallánico, cuyo Estado de Conservación de acuerdo a la catalogación en la lista roja de la IUCN es de Casi Amenazado, no sólo ha sufrido los impactos de la actividad humana en tierra, sino que también está amenazado por actividades que avanzan sobre el mar, principalmente la industria petrolera, la pesca intensiva y los efectos del cambio climático sobre los océanos.