Archivo del autor: AAdeAA

Defensa de la Península Valdés en organismos internacionales frente al avance de a la industria petrolera

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) presentamos formalmente una denuncia ante la UNESCO y RAMSAR sobre el alarmante avance de un proyecto petrolero ilegal en la Península Valdés, ubicada en la Provincia Argentina de Chubut. La península, un ecosistema único y protegido, está en riesgo de sufrir daños ambientales irreparables debido a una inconstitucional modificación de la legislación provincial que permitiría la instalación de oleoductos en el área.

La denuncia pone de manifiesto la inconstitucionalidad de la ley que deroga la ley Nro. 3308 de la Provincia de Río Negro. La misma prohibía la prospección, exploración y extracción petrolífera y gasífera en el Golfo San Matías y en el mar territorial rionegrino. También la construcción de terminales para la carga y descarga de buques que transporten estos productos. La modificación legislativa aprobada sin ningún tipo de consulta a los pueblos originarios ni participación ciudadana, ha abierto la puerta a un oleoducto y un puerto de exportación de combustibles fósiles no convencionales, poniendo en grave peligro el frágil ecosistema de la península.

La Península Valdés ostenta una doble protección como Patrimonio Natural de la Humanidad y Sitio RAMSAR, reconocimientos que subrayan su valor único y excepcional en términos de conservación de la biodiversidad y los hábitats marinos. Hemos destacado ante ambos organismos la importancia de estas designaciones internacionales y cómo la modificación legislativa viola directamente los compromisos asumidos por Argentina en relación con la preservación de este patrimonio. La Convención RAMSAR tiene un papel crucial en designar y proteger humedales de importancia internacional (como lo es el caso de la Península Valdés). Por otro lado, la UNESCO es el organismo de las Naciones Unidas que otorga el estatus de Patrimonio Natural de la Humanidad, que reconoce su valor excepcional y promueve su conservación. Estas presentaciones buscan garantizar la protección de la Península Valdés, un área de importancia mundial para la conservación de mamíferos marinos y humedales costeros.

Además de la presentación ante UNESCO y RAMSAR, vecinas y vecinos preocupados han llevado a cabo presentaciones administrativas en toda la región, desde Chubut a Río Negro, en la Subsecretaría de Ambiente de Cambio Climático, la Defensoría Provincial, la Fiscalía y el CONICET. Estas acciones ciudadanas reflejan la preocupación generalizada por la preservación de este importante ecosistema. A su vez, también se realizó una manifestación en el marco del Artículo 16 de la Ley Provincial de Audiencias Públicas de Río Negro para que se incorpore a vecinos/as como asistentes aunque no tengan domicilio en la provincia. Esto debería garantizar que puedan participar como asistentes los expertos relevantes para la temática. 

La causa por el golfo San Matías 

El 9 de septiembre de 2022, la Legislatura de Río Negro aprobó la Ley N°5.594, que modifica la Ley N°3.308 previa, la cual brindaba una protección especial al Golfo San Matías debido a sus singulares características ecológicas, naturales y socioeconómicas, consideradas únicas a nivel mundial, prohibiendo la instalación de ductos. Esta modificación fue realizada de espaldas a la participación ciudadana y de organizaciones de la sociedad civil, a puertas cerradas y con velocidad nunca vista. Por eso presentamos un Recurso Extraordinario Federal el 31 de mayo pasado para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación modifique la arbitraria y absurda decision del STJ de Rio Negro. 

En él denunciamos que el fallo el STJ de Rio Negro no analiza el reclamo de fondo: la inconstitucionalidad de la Ley 5.594 sancionada en agosto de 2022 por la Legislatura de Rio Negro en clara violacion al principio constitucional de progresividad y no represión y al derecho de información y participación ciudadan. Esto modificó así la histórica Ley 3308 que prohibía la construcción de oleoductos y terminales de carga y descarga de combustibles fósiles en el área natural del Golfo San Matias.  El STJ también le negó la participación en la causa a actores territoriales orgánicos y representativos de la voluntad popular a lo largo de la provincia, entre ellas las organizaciones que presentaron la acción legal:

Forma parte del impulso al megaproyecto Vaca Muerta más allá de las fronteras de los yacimientos de la cuenca Neuquina. El mismo implica la construcción de grandes proyectos de infraestructura para su funcionamiento. El “Proyecto de Oleoducto Vaca Muerta Sur” de YPF pretende también instalar un gran puerto para la exportación de petróleo, que puede contaminar agua, tierra y suelo en el territorio rionegrino, como a su vez, afectar miles de puestos de trabajo en la pesca y el turismo de la zona. 

Contacto de prensa AAdeAA/CAJE: Gonzalo Vergez +54 9 223 426-8927

Exigen suspension de la audiencia pública ilegitima del oleoducto vaca muerta sur

Exigen que se suspenda la Audiencia Pública por el oleoducto y el puerto petrolero en costa rionegrina

Las asambleas de Río Negro, Chubut y el Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro presentan recurso administrativo exigiendo la suspensión de la Audiencia Pública convocada por la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la provincia para el 17 de agosto en la localidad de Sierra Grande. El conjunto de irregularidades existentes en el llamado cercenan la libre participación ciudadana y constituyen una acción más de degradación democrática. Imponen el extractivismo sin escuchar las alertas que expresamos en defensa de un ambiente sensible como el Golfo San Matías y la Península Valdés, patrimonio natural de la humanidad declarado por la Unesco. A su vez impulsan más fracking en Vaca Muerta profundizando las consecuencias de esa explotación.

La violencia de imposición de este proyecto viene coartando múltiples derechos ciudadanos desde su inicio. Hoy se está llegando a esta Audiencia sin aplicar el derecho a la Consulta Previa, Libre e Informada reconocida en la Constitución Nacional, en el Convenio 169 de la OIT y en la Declaración de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas a las comunidades directamente afectadas por el proyecto. Dicho hecho es contrario al espíritu del reciente fallo del juez Muscillo que expresa con claridad la nulidad de cualquier acto administrativo sin consulta. Hay que destacar que no han sido consultados ni el Consejo de Desarrollo de Comunidades Indígenas, ni la Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche, órgano representativo de las comunidades.

Por otra parte, el llamado a evaluación de Estudio de Impacto Ambiental (EIA) carece de voluntad de mayor participación ciudadana. Las 4250 páginas están presentadas en un archivo escaneado que no permite usar motores de búsqueda ni trabajar en él. Así mismo, se pretende que el EIA sea estudiado por la población en 30 días previstos para el llamado a Audiencia, usando el piso mínimo establecido por ley. La cantidad de días en un proceso honesto debería depender, entre otras cosas, del volumen y la complejidad de la documentación a analizar. No es este caso.

La normativa establece ese límite menor, pero entendiendo que el proyecto involucra más 600 km de extensión, que comprende tres provincias que pueden verse afectadas, así como la construcción de dos grandes obras como un centro de acopio y un puerto petrolero de grandes dimensiones, el plazo es claramente insuficiente. Además,  es violatorio de compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino al suscribir el acuerdo de Escazù y hacerlo efectivo en nuestro ordenamiento jurídico interno mediante la Ley 27566. 

Estos mecanismos tornan la Audiencia en un acto absolutamente simulado que pretende algo que sabe que no logrará: garantizar la implementación plena y efectiva del derecho al acceso a la información ambiental y la participación pública en los procesos de decisiones ambientales.

El Estudio de Impacto Ambiental presentado lo realizaron tres consultoras diferentes, con criterios distintos de evaluación de impacto e información poco legible o entendible para la población de interés. Incluso con páginas en inglés. Este estudio técnico -de 4250 páginas-, elaborado por especialistas y profesionales de distintas disciplinas que pretenden que sea estudiado en menos de un mes, asi como que las críticas, inquietudes o dudas se expresen en intervenciones de no más de cinco minutos. Por su parte, el formulario de inscripción es sólo para personas residentes de la provincia, lo que significa quienes residen en el resto de las provincias afectadas, asi como especialistas que pueden aportar pero no residen en Rio Negro, están excluidas. La falta de interés de participación plena denota en no realizar el llamado de manera híbrida dando lugar a distintos actores de interés. Teniendo en cuenta las distancias, el costo del viaje y el tiempo que toma llegar, la modalidad híbrida debería ser parte esencial de la Audiencia. 

Hemos visto en la última semana a la Secretaria de Ambiente, Dina Migani, promover con la empresa YPF el proyecto. No nos sorprende en absoluto, entendiendo que la ministra también es una empresaria del sector petrolero que se beneficiará directamente. Dina Migani y su familia verán acrecentadas sus ganancias con mayor actividad de fracking; su empresa Quinpe SRL que vende químicos a las petroleras, entre ellas a YPF.

El consenso del fracking no logrará imponerse esta vez. Las Asambleas de toda la provincia y organizaciones de Chubut, Neuquén, entre otras,  nos movilizaremos el día 17 de agosto para reafirmar el rechazo a este proyecto de saqueo, contaminación y muerte.

El Golfo no se toca. Si contamina, no es progreso. 

Firmas 

Multisectorial Golfo San Matías – Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro – Observatorio Petrolero Sur – Asociación de Abogades Ambientalistas de Argentina – UnTER Valle Medio – Movimiento Ecuménico de DDHH Regional Viedma y Patagones – Junta Promotora APDH Alto Valle – Pastoral social Diocesis de Viedma- Red Ecosocialista – Asambleas de la Curru Leufú – Asamblea por la Tierra y el Agua de Las Grutas – Asamblea Antimegaminería de Bariloche –Asamblea de Contralmirante Cordero Asamblea en Defensa del Agua y el Territorio Neyen Mapu de Valcheta – Asamblea por el Agua y el Territorio de Wawel Niyeu (I. Jacobacci) – Asamblea por el Agua y la Tierra Fiske Menuco (Roca) – Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Viedma y Patagones – Asamblea Socioambiental de Cipolletti – Asamblea Permanente por el Río Colorado – Asamblea Socioambiental Valle Medio – Asamblea Ambiental Interpueblos de Ing Huergo, Villa Regina, Godoy, Chichinales – Asamblea del Valle de Conesa – Asamblea del Coli Leuvu de Catriel-  Asamblea por el Agua Comarca de Viedma – Agrupación Trawnko

Teléfonos de contacto: 

☎️ 2934 46-0520 Suyhay Quilapán | Asamblea por la Tierra y el Agua de Las Grutas

☎️ 11 7362-3820 Fabricio Di Giacomo | Multisectorial Golfo San Matías 

☎️ 2984 73-4419 Mauro Isueta | Asamblea por el Agua y la Tierra Fiske Menuco (Roca)

☎️ 223 4268927 Gonzalo Vergez | Asociación de Abogada/os Ambientalistas de la Argentina

Entre Ríos y el descuido de las Tierras Públicas en el Delta del Paraná

A partir de una solicitud de Acceso a la Información Pública Ambiental1 que realizamos un grupo de organizaciones2 respecto a la situación legal y catastral de las tierras públicas ubicadas en islas y humedales pertenecientes a la Provincia de Entre Ríos, pudimos saber que la superficie de tierras públicas en islas y humedales del Delta del Paraná suma aproximadamente 188.773 hectáreas y se encuentran desde el año 2011 sin una ley que regule su uso.

Hasta el año 2011 rigió la Ley N° 9603 “de arrendamiento de islas fiscales”. Dicha ley de arrendamiento de islas fiscales fue derogada por la Ley 10.092, conforme la posición de la Fiscalía de Estado de Entre Ríos, mejor conocida como la ley de Arroz del Delta S.A., la cual fue un intento de transmitir por 99 años todas las tierras públicas del delta a una Sociedad Anónima conformada por la propia Ley 10.092, para cultivar arroz y conforme los socios previstos, otros cultivos modificados genéticamente. Fue tan escandaloso el proyecto de negociado, que tuvo una efímera vigencia, ya que, a los dos meses, a partir de la presión social, fue derogada por la Ley 10.100 cayéndose en un vacío legal en lo que respecta al uso de las islas y anegadizos fiscales, pues no fue sancionado el Proyecto de Ley de Emergencia Ambiental presentado por la legisladora mandato cumplido Emma Bargagna. La iniciativa de la legisladora Socialista, debería ser actualizada en razón de las normas de los poderes ejecutivos Provincial y Nacional sobre declaración de la emergencia hídrica y ambiental, y en razón de las Resoluciones dispuestas por la CJSN en los autos “Equistica Defensa del Medio Ambiente Aso. Civ. c/ Santa Fe Provincia de y otros, s/ Amparo Ambiental”, lo que lamentablemente no se concretó.

Entre medio de estas leyes, rigió el Decreto 1186/2010 Gob. que dejó sin efecto todos los contratos de arrendamiento, por no ser la figura legal apropiada ya que los inmuebles de dominio público deben entregarse mediante “Permiso de Uso”, una figura que otorga menores derechos a los particulares. A su vez estableció un “PLAN DE REGULARIZACIÓN DE TIERRAS FISCALES” y ordenó suspender todos los intentos de mensurar éstos inmuebles, que es un mecanismo de apropiación particular de tierras fiscales.

Por nuestra solicitud supimos que, desde entonces, solo se otorgaron Comodatos y Autorizaciones Precarias anuales para ganadería y apicultura (entre 2010 y 2015), y Permisos de Uso de carácter Oneroso para Amarre de Barcazas por 3 años y sus respectivas prórrogas (entre 2014 y 2020). Ambos con sustento en dictámenes de Fiscalía de Estado de la Provincia, donde se hace una interpretación de los Decretos 1186/10 Gob. y 2869/10 Gob.

Vale recordar que las islas y los cursos de agua son bienes de dominio público del Estado, por tanto son bienes que están fuera del comercio, inenajenables, inembargables e imprescriptibles. Y que a su vez en lo que respecta a islas y cursos de agua, el ejercicio de derechos individuales sobre estos bienes colectivos, no debe afectar el funcionamiento ni la sustentabilidad de los ecosistemas de la flora, la fauna, la biodiversidad, el agua, los valores culturales, el paisaje, entre otros3

El Delta del Paraná está compuesto por islas, humedales, anegadizos y cursos de agua, lo que le da su especial fisonomía y su gran valor para la biodiversidad, por sus funciones ecosistémicas y los servicios ambientales que proporciona a la población. Aún más en la realidad de crisis climática que estamos atravesando, debiera entonces ser prioritario el cumplimiento de las normativas que protegen este maravilloso humedal de importancia internacional.

¿Ha recibido la Provincia alguna retribución por el uso de las tierras públicas?

También preguntamos qué sucede con lo que el Estado Entrerriano cobra por el uso de estas tierras, y supimos que: “Durante la vigencia del régimen establecido por la Ley 9603, las sumas percibidas en concepto de canon por permisos de uso, para Amarraderos de Barcazas –único recaudado desde la derogación de esa ley-, ingresaron al Fondo de Colonización.”4

Por tanto, desde 2011 el Estado Entrerriano no ha percibido retribución alguna por el uso que particulares dan a las tierras públicas, y no solo eso, sino que gran parte de esas tierras han sido incendiadas en reiteradas oportunidades, lo que motivó este pedido de informe.

La conclusión es clara, quienes vienen usando las tierras públicas, no solo son ocupantes ilegítimos, sino que nada han retribuido por su uso. Y peor aún, en reiteradas oportunidades han incendiado intencionalmente dichos territorios, causando pérdida de biodiversidad y contaminación del aire, lo que repercute directamente en la calidad de vida de quienes vivimos a la vera de este gran humedal.

¿Cómo están distribuídas las tierras públicas en el Delta?

En cuanto a la superficie de Tierras Fiscales en los Departamentos del Delta, compartimos este cuadro donde puede verse la superficie en hectáreas por Departamento y el % del Total5

  • Diamante 1.807ha. 0.96%
  • Victoria 129.654ha. 68.85%
  • Gualeguay 45.721ha. 24.26%
  • Islas del Ibicuy 11.265ha. 5.98%
  • Total 188.447ha. 100%

*El diferencial con el total compartido más arriba tiene que ver con que hay otras Tierras Fiscales fuera del territorio Delta.

Como podemos ver en el cuadro, gran parte de las tierras públicas se encuentran en el departamento Victoria, superficie que coincide con el Área Natural Protegida.

La “Reserva de Usos Múltiples Humedales e lslas de Victoria”, fue declarada en 2019 mediante Ley N°10.671, comprendiendo la zona de humedales e islas ubicadas en el ejido de la Ciudad Victoria, con una totalidad de 464.000 hectáreas. En febrero 2020 se conformó un Comité Intersectorial de Ordenamiento Territorial, teniendo como objetivo principal realizar un relevamiento de todas las situaciones vinculadas al ámbito biológico y los actores que convergen en el territorio de la reserva, contemplando todos sus aspectos, a fin de poder plasmarlo mediante un proceso de planificación participativa, en el plan de manejo deI área. Se han realizado más de 26 reuniones de trabajo, jornadas y talleres con cada uno de los sectores de los distintos ámbitos, y se han recorrido los principales cursos navegables del área para su reconocimiento, a fin de poder dimensionar y comprender su funcionamiento actual,necesidades y demandas. Se convocó a participar durante esta etapa a los distintos funcionarios y equipos técnicos de los organismos públicos (Dirección de Recursos Naturales, Dirección de Hidráulica, Vialidad, Policía Rural, Prefectura, Secretaria de Turismo. Dirección de Tierras Fiscales, y otros), como así también a ONGs y Agrupaciones ambientalistas.-”

A partir de la reglamentación de la ley que crea la RUM Humedales e Islas de Victoria6 Actualmente este plan de manejo está pronto a aprobarse. Ha sido foco de resistencia por quienes pretenden seguir haciendo mal uso de estos ecosistemas tan valiosos para la vida. Principalmente se han opuesto a la prohibición de ingreso de maquinarias, que son utilizadas para movimientos de suelo (terraplenes) y siembra. Estas actividades están prohibidas por ley, pero en la práctica se realizan, poniendo al descubierto el abandono de estos ecosistemas, o más bien el “dejar hacer” por parte del Estado. 

Tal es así que en la Secretaría de Ambiente de la provincia hay más de 67 expedientes sobre terraplenes ilegales constatados en territorio público como privado a lo largo de todo el Delta del Paraná, información que compartiremos en profundidad en otra nota con foco en ese tema, dada la complejidad del mismo.

En conclusión, debemos salir del reduccionismo productivista, de las ganancias a corto plazo que solo benefician a un puñado de productores. Poder desde una perspectiva de derechos, generar desarrollo sustentable pensando en las futuras generaciones y en la interdependencia de nuestra salud con la salud de los ecosistemas. 
El Delta del Paraná es un refugio para la biodiversidad, un territorio hidrosocial donde han convivido naturaleza y culturas. Un lugar único en el mundo, una biblioteca y farmacia milenaria, de la cual conocemos muy poco y corremos el riesgo de perderla de modo irreversible. El programa Constitucional de Entre Ríos, como política de Estado y sus instrumentos legales para cuidar estos ecosistemas y preservar su integridad ecológica ya existen, como lo hemos expresado en el documento “RENACER DEL RÍO. Propuestas urgentes para la sanación del Delta Argentino”. Resta, ni más ni menos, el compromiso y convicción política para disponer de los medios suficientes para hacer cumplir las mismas.

Proyección de la película “Vuela con Pacha, hacia el Aeroceno”

En el marco de la llegada del 3er Malón de la Paz a Buenos Aires, en defensa de los territorios y derechos humanos de las comunidades indígenas de Jujuy, la comunidad internacional Aerocene invita al estreno en Buenos Aires de “Vuela con Pacha, hacia el Aeroceno (2017-2023…)”. Una película de Aerocene dirigida por Tomás Saraceno y Maximiliano Laina que se exhibe actualmente en la Serpentine Gallery de Londres.


“El agua y la vida valen más que el litio” es el mensaje escrito por los pueblos originarios que se eleva en el aire de las Salinas Grandes de Jujuy, con la comunidad de Aerocene, logrando el vuelo más sustentable de la historia de la humanidad.

Una proyección y un debate urgente para este mundo en ebullición.
El debate, con preguntas abiertas al público, contará con Maristella Svampa, filósofa, Enrique Viale, abogado ambientalista y las representantes de las comunidades aborígenes: Verónica Chávez y Erika Cañari. Presenta Claudia Aboaf, coguionista de la película.

Fecha: Sábado 5 de agosto 2023
Hora:
19 hs
Sala:
Argentina
Lugar:
CCK – Centro Cultural Kirchner
Dirección:
Sarmiento 151, CABA
Entrada libre y gratuita


https://aerocene.org/

Tercer Malón de la Paz a la Buenos Aires en rechazo a la constitución de Jujuy.

Comunidades indígenas de la Provincia de Jujuy y organizaciones de la sociedad civil impulsan acciones por la nulidad de la reforma constitucional

Llega el Tercer Malón de la Paz a la Ciudad de Buenos Aires en rechazo a la reforma constitucional en Jujuy. Más de 60 comunidades indígenas de la provincia y distintas organizaciones y expertos impulsan una acción de inconstitucionalidad para que la reforma se anule. En este marco, el lunes 31 de julio y martes 1 de agosto estarán  realizando distintas actividades en el Congreso Nacional junto a legisladores y legisladoras, representantes de diferentes fuerzas políticas y de organismos de derechos humanos. También han solicitado que la Corte Suprema de Justicia de la Nación los reciba en una audiencia. 

Entre el lunes y el martes, comunidades indígenas integrantes del Tercer Malón de la Paz llegarán a Buenos Aires para exigir la declaración de inconstitucionalidad de la reforma aprobada y sancionada el pasado 20 de junio, entre otros reclamos. La movilización da continuidad a las manifestaciones que las comunidades indígenas vienen llevando adelante,  junto a otros actores sociales, en distintos puntos de la provincia de Jujuy desde hace más de 40 días. 

En este contexto, más de 60 comunidades indígenas junto a organizaciones de sociedad civil presentaron una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Jujuy contra la Constitución provincial. Solicitaron, además, una medida cautelar con el fin de que se suspenda la aplicación de dicha constitución hasta que se dicte sentencia, teniendo en cuenta los daños potencialmente irreversibles que su aplicación puede ocasionar hasta entonces. Esta medida cautelar ya fue rechazada por la justicia jujeña, con lo cual organizaciones y comunidades interpusieron un recurso por el modo irregular de su dictado y por los argumentos meramente formales que se indicaron para justificar su denegación. Este accionar suma un nuevo obstáculo en el acceso a la justicia solicitado por las comunidades y las organizaciones.

Acción de inconstitucionalidad de la reforma

Días atrás,más de 60 comunidades indígenas de la Provincia de Jujuy y organizaciones defensoras de derechos humanos, entre ellas, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y ENDEPA,  presentaron ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Jujuy una acción de inconstitucionalidad. Destacados expertos ya han presentado Amicus Curiae en la causa, y hay organizaciones y especialistas que se incorporarán a la acción en los próximos días. 

La acción presentada tiene como objeto la declaración de la nulidad e inconstitucionalidad de la Constitución de la Provincia de Jujuy (sancionada por la Convención Constituyente el 20 de junio de 2023) y de la Ley Nº 6.302 que declaró la necesidad de la reforma parcial de la Constitución provincial.

Para el caso de que esto no suceda, las partes solicitan que se declare la nulidad e inconstitucionalidad de determinados artículos que han excedido el mandato constituyente, al fijar prohibiciones a la protesta social y legislar vulnerando principios ambientales vigentes.

A su vez, organizaciones y comunidades solicitaron una medida cautelar a efectos de que se suspenda la aplicación de la Constitución de la Provincia de Jujuy reformada hasta tanto se dicte sentencia en la presente acción de inconstitucionalidad. Como respuesta al rechazo de esta medida, por parte de la justicia jujeña, organizaciones y comunidades recurrieron la decisión por el daño que puede ocasionar la aplicación de la constitución cuestionada. Entre otros, se destaca que podrían dictarse leyes en su consecuencia, que produzcan daño y normas inválidas. Además, la resolución fue dictada por un único juez, cuando una resolución de tales características debe ser decidida por el Tribunal en pleno (conformado por nueve jueces), o –en última instancia- mediante la integración de la Sala Contenciosa Administrativa.

¿Qué está pasando en Jujuy?

El pasado 15 de junio la Asamblea Constituyente de la provincia de Jujuy aprobó un texto constitucional que viola derechos garantizados en la Constitución de la Nación Argentina, tanto por su proceso como por su contenido. Este proceso, que requería de una discusión amplia, plural y transparente, se llevó adelante en menos de tres semanas entre la elección de los constituyentes y la aprobación del texto. La reforma constitucional de la provincia de Jujuy violó los derechos de acceso a la información, la participación ciudadana y la consulta previa libre e informada a pueblos indígenas. Tampoco aseguró que las personas defensoras ambientales tuvieran un espacio adecuado para el ejercicio de sus derechos.

Las manifestaciones públicas de comunidades y pueblos indígenas, movimientos sociales, sindicales y políticos de esa provincia, continuaron durante más de 40 días posteriores a la aprobación y tuvieron como respuesta intervenciones represivas por parte de la policía de la provincia en los distintos focos de protesta social. Durante las semanas siguientes se llevaron adelante allanamientos y detenciones arbitrarias, con indicios de hostigamiento y dilaciones no justificadas. La intimidación a comunidades y miembros de la sociedad civil continúan a la fecha.

Acción de Inconstitucionalidad y otros materiales de prensa

Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en derechos humanos y estudios sociales (ANDHES)

Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas – Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE)

Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)

AMAI Asociacion de Mujeres Abogadas Indígenas

Amnistía Internacional Argentina

Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)

Consciente Colectivo

Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (ENDEPA)

Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)

Servicio Paz y Justicia de Argentina (SERPAJ)

violación de derechos humanos y democráticos en Jujuy

Repudio a la violación masiva de derechos humanos y democráticos en Jujuy

Desde la Asociación Argentina de Abogadxs Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) repudiamos la violación masiva de derechos humanos y ambientales que está sucediendo en Jujuy. En los últimos días, hemos visto cómo el gobierno de Gerardo Morales ha llevado a cabo una serie de acciones planificadas contra las personas, líderes de organizaciones sindicales y de comunidades indígenas que están ejerciendo el derecho a la protesta contra la sanción de una reforma de la constitución inconsulta y que afecta sus derechos, incluyendo:

  • Allanamientos a domicilios particulares y centros de trabajo, con nulo control por parte de los juzgados de garantías,
  • Más de 20 detenciones arbitrarias e inmediatas de docentes, sindicalistas, referentes/as de comunidades indígenas y ciudadanos 
  • Detención a abogados/as defensores de manifestantes criminalizados
  • Violación del derecho a la protesta
  • Persecución política a líderes de organizaciones y comunidades indígenas
  • Presencia de la policía en la universidad, con amenazas de represión a los estudiantes
  • Detención de un profesor de la Universidad Nacional de Jujuy
  • Amenaza del gobierno de expropiar la sede de la UBA en Tilcara

Las movilizaciones sociales comenzaron a raíz de la aprobación durante la noche del jueves 15 de una reforma constitucional con una absoluta irregularidad en el procedimiento. No se respetó el derecho a la consulta, ni se respetaron los plazos previstos, ni permitieron la participación de distintos sectores sociales. El procedimiento es incompatible con los derechos de los pueblos indígenas a ser consultados y a participar en asuntos que les afectan de manera directa. Tampoco se tuvieron en cuenta los detalles de los artículos que modifican el derecho a la protesta de organizaciones sociales, estudiantiles, políticas, sindicales y de trabajadores/as. 

Todas estas acciones se dan en rechazo a la aprobación de una reforma constitucional que, desoyendo los legítimos reclamos populares, intenta aprobarse a espaldas del pueblo. A su vez, pretende sostenerse en el ejercicio de un poder ilegítimo pese a que cada vez más localidades, por medio de sus concejos deliberantes o comisiones municipales, han rechazado esta reforma. Esto incluye, hasta ahora, a los departamentos de Purmamarca, Humahuaca, Maimará, Tilcara, Abra Pampa, La Quiaca, Cochinoca, Rinconada, El Aguilar, Puesto del Marqués y Libertador General San Martín.

El Gobierno está utilizando el poder estatal para silenciar las movilizaciones y acciones legítimas en una sociedad democrática contra la reforma constitucional. Estas acciones, sumadas a todas las registradas desde el inicio de la movilización social, constituyen una violación masiva de los derechos humanos y del consenso democrático por parte del gobierno de Jujuy. Este objetivo fue anunciado por el Fiscal del Estado (que anunció que había más de 100 causas), el Ministro de Seguridad y el Procurador General de la provincia, que detallaron los pasos que iban a seguir para criminalizar a las personas que pudieron identificar como participantes de las protestas. El gobierno provincial se ha querellado en todas las causas abiertas, ha solicitado la unificación de todas las causas en dos grandes causas y está buscando estrategias jurídicas para lograr las penas más altas posibles para los/as manifestantes. 

Se conoció también la información de que se libraron órdenes de detención para varios abogados y abogadas que en las últimas semanas defendieron a manifestantes criminalizados/as y/o hicieron presentaciones judiciales en contra de la reforma constitucional. Se los acusa del delito de sedición. Al menos uno de ellos (el Dr. Alberto Nallar) ya fue detenido. Esto constituye una escalada represiva de extrema gravedad en tanto se apunta a defensoras y defensores de los derechos humanos y se obstaculiza el derecho de defensa de los otros criminalizados. Esto se encuentra también en clara violación del Acuerdo de Escazú, ratificado por la Argentina y que protege a los defensores y defensoras ambientales en el territorio. 

Instamos al Poder Ejecutivo y al Poder Judicial, tanto a nivel provincial como nacional, a cumplir con las normas fundamentales del Estado de Derecho. En particular, como lo expresó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a “respetar el derecho a la libertad de expresión, los estándares interamericanos del uso de la fuerza, y a llevar a cabo un proceso de diálogo efectivo, inclusivo e intercultural, en que se respeten los derechos sindicales y de los pueblos originarios.”

El gobierno de Gerardo Morales debe cesar inmediatamente las represiones, respetar los derechos humanos de la población y dar espacio a los reclamos populares. A su vez, debe tomar las medidas necesarias para dejar sin efecto la reforma inconstitucional que su gobierno llevó a cabo. 

Exigimos al gobierno de Gerardo Morales que cese inmediatamente las represiones, respete los derechos humanos de la población y de espacio a los reclamos populares para que se dé marcha atrás con la reforma inconstitucional que su gobierno intenta llevar a cabo.

*Foto de portada: Julia Carrizo

Foto de Eduardo Sarapura en Purmamarca

El litio en conflicto: las demandas históricas de los pueblos que resisten el avance minero y la reforma judicial en Jujuy

Melisa Argento (CAJE) para Tiempo Argentino

Una de las columnas vertebrales del Tercer Malón de la Paz que se movilizó desde todos los rincones de la puna y quebrada jujeña durante estas jornadas de movilización social en Jujuy la constituye las comunidades en resistencia frente a la minería del litio en esta provincia.

Entender cuál es este reclamo sistemáticamente desoído ayuda a comprender cómo de una manera veloz se articularon por tercera vez desde el siglo XX todos los pueblos originarios de esta provincia, que se reconocen como kollas, atacameños, casabindos, quechuas, entre muchos otros.

Desde el año 2011 las comunidades de la cuenca de Salinas Grandes y Laguna Guayatayoc se encuentran organizadas para resistir el avance de la minería de litio en este territorio. Lo hacen porque esta actividad minera utiliza enormes cantidades de agua, perfora en pozos de hasta 400 metros los salares, altera los ciclos hídricos naturales de los humedales altoandinos, y puede por tanto ocasionar tanto la salinización de las fuentes dulces de agua como la sequía de pozos surgentes, vegas y bofedales que son el suministro de agua parala vida.

El riesgo de la destrucción de estos ecosistemas frágiles en zonas áridas y con escasas precipitaciones implicaría el desplazamiento de las poblaciones que allí habitan y la destrucción de sus actividades económicas productivas (cosecha de la sal, agricultura, ganadería, e incluso turismo).

Es por esto que hace años exigen que se respeten los derechos sobre los territorios ancestrales, reconocidos en la Constitución Nacional (artículo 75 inc. 17), así como el derecho a la Consulta Previa Libre e Informada comprendido en el convenio 169 de la OIT y ratificado en Argentina.

Sales de Jujuy desde un Drone
Sales de Jujuy.

El sistemático incumplimiento de estas reglamentaciones a lo largo de más de una década, la escasa implementación sobre sus títulos territoriales de la Ley 21160 de tierras en sus reiterados plazos postergados, más la vulneración social y ambiental de la minería de litio en estos territorios, son los ejes de sus reclamos que la reforma provincial aprobada recientemente pretende erradicar, toda vez que mediante su artículo 50 otorga al Estado provincial todas las facultades vinculadas al tratamiento de los derechos de los pueblos originarios.

Con más de una década de enfrentamiento, donde el accionar de la provincia ha sido el de reconocer cómo únicos interlocutores válidos a aquellas comunidades que han cedido sus pedimentos y permitido la instalación de proyectos extractivos en Susques, en la cuenca de los salares Olaroz y Cauchari, es claro que lo que se pretende con esta reforma es eliminar el conflicto desconociendo directamente otros reclamos territoriales.

Al mismo tiempo en el nuevo artículo 36 se prohíbe la protesta social y específicamente los cortes de ruta, que son la principal forma de acción directa que tienen poblaciones que habitan tanto la Puna como la Quebrada, cuyas vías comunicantes son las rutas 52 hacia Chile y la ruta 9 hacia el límite con Bolivia.

La minería de litio en salares, impulsada en esta provincia, así como en el conjunto de la Puna que hace parte del triángulo del litio (Chile, Argentina y Bolivia con el 58% de los recursos globales) ha intensificado su presión extractivista.

La mayoría de los salares se encuentran pedimentados, y más allá de que en el país existen sólo tres proyectos activos en explotación, cerca de 40 proyectos en diferentes etapas se expanden con dominio del capital trasnacional y amplio margen de autonomía empresarial.

Larreta y Morales
Morales, precandidato a vice de Larreta.

Foto: Camila Godoy / TELAM

La normativa para la extracción de litio en nuestro país otorga un conjunto de facilidades económicas a las corporaciones que están entre los sectores más privilegiados, al tiempo que favorece el comportamiento especulativo sobre los proyectos, erosionando las capacidades regulatorias de control estatal tanto en lo económico como en lo que refiere a los impactos ambientales.

De hecho, no existen estudios hidrogeológicos que puedan dar cuenta del impacto acumulativo (es decir del conjunto de los proyectos en carpeta), ni siquiera cabal conocimiento de ellos tal y como ha quedado expreso en un fallo de la CSJN que compele a Estados provinciales y nacionales a regularizar y elevar toda la información sobre los emprendimientos proyectados, con especial mención a los usos de agua.

En un fallo histórico la Corte reconoce, a menos nominalmente, al territorio de Salinas Grandes y Laguna Guayatayoc como una cuenca única integral, tal y como demandan desde hace una década sus poblaciones. 

Comunidades de Jujuy
Foto: Eduardo Sarapura

Contra un Estado provincial que viene reforzando su perfil “verde” extractivista, las comunidades de Salinas Grandes y Laguna Guayatayoc a lo largo de estos años han agotado todos los canales judiciales y políticos para hacer oír sus reclamos, presentando demandas en las cortes provinciales de Salta y Jujuy (por tratarse de un territorio bi-provincial), han llegado hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el año 2012, elevaron una demanda en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y realizaron su propio protocolo de implementación de la Consulta denominado Kachi Yupi en el año 2015 (que llevaron a las diferencias instancias locales, provinciales y nacionales del poder Legislativo así como a Defensoría del Pueblo de la Nación).

En el año 2019 la empresa provincial JEMSE, ligada de manera accionaria en la extracción de Sales de Jujuy, impulsó nuevamente la licitación de zonas de las Salinas. Ésta fue resistida durante varias jornadas por las comunidades, pero nuevamente el año pasado la provincia emprendió y logró una nueva licitación entregando 11 mil hectáreas que eran de dominio fiscal al capital privado a cambio de 3 millones de dólares.

El reclamo legítimo de los y las pobladoras de la provincia ha intentado hacerse escuchar por diferentes medios, llegando incluso a elevar una carta al reconocido cineasta James Cameron, quien estaba de visita en la provincia y compartía fotos con el gobernador Morales, donde explican las consecuencias destructivas de esta minería sobre los ecosistemas.

Hoy sus demandas se ligan a los sectores sindicales, docentes, bancarios y municipales movilizados durante más de 15 días, que expresan tanto la crítica que desde los territorios afectados emerge frente al extractivismo, así como los reclamos que desde el conjunto de la ciudadanía expresan que este modelo de desarrollo no redunda en mejoras de la calidad de vida para el conjunto de los sectores populares.

*Melisa Argento es investigadora de CONICET. Dra en Ciencias Sociales UBA. Integrante del Grupo de Estudios en Geopolítica y Bienes Comunes del IEALC (GYBC) y del Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE).

Llevamos a la justicia el documento filtrado de YPF que revela estrategias para manipular la opinión pública

Las organizaciones GREENPEACE ARGENTINA, ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ABOGADOS Y ABOGADAS AMBIENTALISTAS, ASOCIACIÓN CIVIL MEDIO AMBIENTE RESPONSABLE,  ECOS DE MAR, SURFRIDER ARGENTINA, FUNDACIÓN PATAGONIA, NATURAL, ASOCIACIÓN DE SURF ARGENTINA, KULA EARTH ASOCIACIÓN CIVIL, ASOCIACIÓN DE SURFISTAS DE NECOCHEA – QUEQUÉN Y ASOCIACIÓN DE GENERAL ALVARADO DE SURF;  manifestamos que el documento titulado “YPF – Exploración Off Shore con Licencia Social” que tomó estado público recientemente expone dramáticamente la atroz manipulación de la opinión pública y la sociedad argentina por parte del sector petrolero.

Éste documento sería considerado por YPF en el marco del proyecto “Campaña de adquisición sísmica offshore Argentina; Cuenca Argentina Norte (Áreas CAN 108, CAN 100 y CAN 114)”, cuya filtración se hizo pública el día 5 de junio en medios de comunicación, redes sociales y prensa especializada, incluso trascendencia internacional, en razón de la gravedad institucional en la que ha incurrido la parte demandada YPF.

El documento evidencia una “estrategia de comunicación” voraz y una “desprejuiciada campaña de manipulación de la información pública” que pretende ostensiblemente: 

  • Correr el foco del enorme riesgo de daño ambiental que este proyecto conlleva para los ecosistemas marinos, la biodiversidad, el clima, las actividades ligadas a la pesca y el turismo y las comunidades costeras. 
  • Desvirtuar la información que debe contar la ciudadanía para otorgar una correcta licencia social. 
  • Afectar la participación ciudadana a través de divulgación de información falsa y publicidad engañosa de las actividades sísmicas y sus impactos sociales, ecológicos y económicos, ya que no se puede ejercer debidamente el derecho a la participación con información falsa e imprecisa.
  • Moldear la opinión pública usando falsas iniciativas populares de junta de firmas, como por ejemplo, exigiendo a Shell que cumpla sus promesas de inversión
  • Estigmatizar y promover una agitación mediática contra defensores y defensoras ambientales que junto a vecinos y vecinas de la costa atlántica se oponen al avance de las actividades sísmicas en nuestro mar.
  • Limitar la democracia ambiental y afectar las bases mismas del Derecho a la Información Pública Ambiental y Participación Ciudadana consagrada en nuestra Constitución Nacional, el Acuerdo de Escazú y otros acuerdos internacionales.

Resulta fundamental dejar en claro que lo que se está manifestando es una maniobra en curso de ejecución para manipular -con fondos públicos- la opinión pública en general, estableciendo una suerte de protocolo con etapas, modelos y parámetros para intervenir y revertir, al menos de forma aparente, la grave carencia de licencia social que tiene el proyecto sísmico frente a la ciudad de Mar del Plata. Esta situación no hace más que agravar los vicios ya denunciados en el causa judicial por deficiente y falsa información y también un reconocimiento expreso por parte de YPF de la falta de licencia social de este proyecto. 

Manipular la opinión pública a través de noticias falsas no solo es ilegal y configura una situación de abuso sobre los derechos de acceso a la información pública y participación ciudadana que requiere de datos e información precisa, cierta, veraz, temprana y adecuada, sino que como publicidad engañosa es una gran estafa a la sociedad democrática.

Escrito completo:

Contacto prensa:
Chiapero Juan Pablo
351 5151732

Exigimos la suspensión de la reforma constitucional

El 15 de junio la Convención Constituyente de Jujuy presidida por Gerardo Morales con la vicepresidencia de Gabriela Burgos aprobó una reforma constitucional ilegítima, inconstitucional y que significa un retroceso en la garantía de derechos humanos.

La ciudadanía jujeña conoció la propuesta de la reforma recién ese día. Desde entonces, comunidades y pueblos indígenas, movimientos sociales, sindicales y políticos se manifestaron en contra de la reforma.

El proceso fue incompatible con los derechos de los pueblos indígenas a ser consultados y a participar en los asuntos a ellos referidos, como lo establece la Constitución Nacional (art. 75 inc. 17), el Convenio 169 de la OIT sobre derechos de los pueblos indígenas, y la decisión de la Corte IDH en el caso Lhaka Honhat.

El proceso no aseguró las condiciones de acceso a la información y participación pública necesaria y previa para la definición de contenidos en materia ambiental, de conformidad con los términos del Acuerdo de Escazú.

Todas las protestas en contra de la reforma fueron reprimidas. La intervención de la policía provincial dejó más de 30 personas detenidas por ‘resistencia a la autoridad’, figura usada con frecuencia para limitar las movilizaciones sociales y el derecho constitucional a peticionar a las autoridades.

Las organizaciones firmantes reclamamos de manera urgente:

  • La suspensión de la reforma constitucional y la habilitación de un proceso de diálogo que permita establecer un mecanismo participativo para la sanción de la reforma parcial de la Constitución.
  • La interrupción de los operativos de represión policial sobre las manifestaciones, que se informe sobre el paradero de todas las personas detenidas y se desarrollen las medidas necesarias para liberar a todas las personas detenidas por ejercer el derecho a la protesta.
  • La investigación de las actuaciones policiales en todas las protestas y que se aseguren las condiciones de atención de las personas heridas.

foto: Telam