La Asociación Argentina de Abogadas/os Ambientalistas solicitó acceso a información pública ambiental con el objetivo de conocer el Memorándum de entendimiento con el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos de América, impulsado desde la Administración General de Puertos del Estado nacional, información que trascendió a mediados de marzo de 2024 desde el área de comunicación oficial de la Presidencia.
Juan Bernasconi, en su carácter de subdirector de la Gerencia General de la Administración General de Puertos (AGP), respondió acompañando el siguiente texto oficial.
De esta manera tomamos conocimiento de que el acuerdo fue iniciado y firmado por la autoridad de la AGP durante la gestión del Presidente Alberto Fernández —pocos días antes de la finalización del mandato— y fue ratificado por el actual gobierno. El documento fue suscripto por Juan Carlos Mario Beni, Interventor de la AGP, dependiente directamente del ex ministro de Economía, Sergio Massa.
El representante del Cuerpo de Ingenieros Daniel H. Hibner, brigadier general del Comando del Ejército de los Estados Unidos de América —conforme obra en el documento oficialmente remitido— lo suscribió el 5 de enero de 2024.
En este, las partes se “comprometen al intercambio de información y cooperación sobre políticas diversas en todo lo relacionado a la gestión del río Paraná”, como a las cuencas argentinas en su conjunto, y se destacan los siguientes puntos acordados:
Cuestiones de políticas públicas hídricas.
Gestión de cuencas hidrográficas.
Políticas de control de inundaciones y gestión de recursos hídricos.
Preservación de ambientes fluviales, humedales y evaluación del hábitat.
Sedimentación y dragado.
Todo lo imaginable sobre la expansión de canales de navegación, puertos, su ampliación y profundizaciones. Los ingenieros, además, tienen la capacidad de “diseñar ecosistemas”, en función de adaptar, optimizar y rentabilizar para el capital, que es el objetivo supremo, interviniendo los ecosistemas originales que las artes de la naturaleza (o de los dioses…) supieron crear.
Se comprometen a establecer “la dirección estratégica” en la gestión política de las cuencas, ni más ni menos. Este punto es central en el modo lineal y extractivista de visualizar el río y la cuenca, simplificando y “emprolijando” la naturaleza, la complejidad y sinergias con tantos reinos de vida, diversidades todas.
Es importante destacar el punto 5, c, del Memorándum, en razón de que cualquier acuerdo destinado a ser ejecutado en las cuencas basado en un proyecto concreto o actividad deberá ser realizado por un convenio vinculante, puntual. Eso sí, en la cláusula 6 establece restricciones sobre la divulgación de informes, programas, etc.
Foto: Mauri Garin.
La Administración de Puertos como Jefatura de Gabinete
Es alarmante observar como la AGP se excede de manera alevosa en el ejercicio y abuso de facultades, competencias, que no le son propias. Así se invaden las de las áreas de mayor jerarquía ambiental del país, punto focal de convenciones internacionales directamente aplicables a la gestión de cuencas, en particular en el río Paraná (RAMSAR de protección de humedales, Adaptación al Cambio Climático). Se vulnera también el Acuerdo Regional de Escazú, por citar solo los más conocidos, además del Convenio 169 de la OIT, sobre pueblos originarios, entre otros ministerios afectados.
En el Memorándum se ignoran tanto el Instituto Nacional del Agua (INA) y el ámbito de concertación de las políticas hídricas con las provincias (COHIFE), al que nos referimos seguidamente.
El federalismo de concertación, negado
Desde nuestra visión jurídica e institucional, el presente acuerdo no se encuentra vigente, debido a que las provincias involucradas —titulares de los bienes naturales (recursos) que las conforman— no lo han consensuado mediante un tratado inter-jurisdiccional.
Se debe tener presente que en las provincias existen legislaciones sobre el proceso de estudios de impacto ambiental que exigen la intervención previa en investigaciones, estudios, e incluso en la formulación de los términos de referencia (TdeR) de los mismos. Entre Ríos, aún más, presenta normas que determinan que no se pueden estudiar sus bienes naturales sin acuerdo de la provincia, sin previa intervención del Poder Legislativo. La Ley de Libertad de los Ríos (9092) puntualmente dispone:
“Art. 4. Todo estudio, evaluación, proyecto económico, social o ambiental sobre el desarrollo regional integrado y sostenible a ejecutarse en el territorio de la provincia, con incidencia en los ríos indicados en el artículo 1º y sus recursos naturales, es de atribución exclusiva de la provincia, en cuanto a su planificación y desarrollo.
Si para la ejecución de lo expresado en el párrafo anterior es necesaria la intervención de otros Estados provinciales y/o el Estado nacional, los convenios interjurisdiccionales a suscribirse se harán ad-referéndum del Poder Legislativo.
Los estudios e investigaciones, tanto del sector oficial como privado, que se realicen en relación a los recursos naturales comprendidos en el artículo 2, deberán ser comunicados a la comisión creada por el artículo 6º de la presente ley”.
En la misma inteligencia, un párrafo constitucional histórico (Entre Ríos) fue consolidado por un caso judicial concreto por la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación en “Majul, Julio Jesús c/ Municipalidad de Pueblo General Belgrano y otro s/Acción de Amparo Ambiental” el que dispone:
“La provincia concertará con las restantes jurisdicciones el uso y aprovechamiento de las cuencas hídricas comunes. Tendrá a su cargo la gestión y uso sustentable de las mismas, y de los sistemas de humedales, que se declaran libres de construcción de obras de infraestructura a gran escala que puedan interrumpir o degradar la libertad de sus aguas y el desarrollo natural de sus ecosistemas asociados” (artículo 85, 6° párrafo, de la Constitución de Entre Ríos).
Lo expuesto aquí viene legitimado por la experiencia judicial, política y social llevada adelante en el caso de intento de construcción de la represa hidroeléctrica de Paraná Medio (1996-97), precisamente de la mano de ingenieros militares del mismo país asociados a mega empresas privadas diversas. La Justicia Federal de Entre Ríos destacó la relevancia del ejercicio del federalismo de concertación y su democracia ambiental, marcando la ausencia de acuerdos entre el Estado nacional y las provincias de la cuenca del Paraná, como ya lo había expresado el Defensor del Pueblo de la Nación, declarando inconstitucional el decreto de Carlos Menem que adjudicaba la construcción de la mega represa hidroeléctrica de manera directa.
Las historias se repiten, casi como sin grietas, visto los firmantes de un lado y del otro.
Las manifestaciones públicas de Laura Richardson, jefa del Comando Sur de los Estados Unidos de América, sobre los intereses de su país y de corporaciones en los bienes naturales del Cono Sur y la gestión del agua dulce, es claramente la visión estratégica que movilizan acuerdos de las características aquí consideradas.
La geopolítica de la alianza estratégica con China durante el gobierno presidido por Cristina Fernández y ratificada por Mauricio Macri, como ahora este Memorándum, ponen el acento en que, si desde las organizaciones de la sociedad civil no estamos atentos y alertas, el proceso de mega extractivismo voraz y desolador determinará finalmente la consolidación de nuestra región del Cono Sur como zona de sacrificio y expulsiones. Paraguay realizó un acuerdo casi calcado suscripto con el mismo cuerpo de ingenieros hace más de un año, aún no ratificado por su Poder Legislativo.
Foto: Mauri Garin.
Comité de cuenca para el ejercicio de la soberanía nacional
Este escenario político nos convoca a cerrar acuerdos mayores de confraternidad y solidaridad entre los sectores políticos y sociales, no solo en nuestro país, sino también en la cuenca toda.
La soberanía nacional, en sus dimensiones alimentaria, energética, de transporte público nacional, así como una transición agroecológica y de ordenamiento de los territorios y sus cuencas, se vienen entregando desde el menemismo a la fecha sin límites. Es un enorme desafío cívico de compromiso y convicciones desplegar, desde los sentires, gritos y esperanzas de la madre tierra, una inapelable e impecable resistencia y construcción constante de alternativas desde los territorios y sus organizaciones sociales y políticas diversas, democráticas, coherentes y con convicciones hacia transiciones democráticas y en paz de sociedades sustentables.
Diversos órganos de control criticaron y denunciaron todo el proceso de la denominada Hidrovía Paraná Paraguay, con decenas de observaciones de todo tipo, en particular, el Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Troncal Navegable, conformado en la gestión nacional precedente, hoy casi inactivo.
Estos documentos y sus referencias, sino todos, obran en la causa judicial que llevamos adelante desde hace más de dos años frente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Justicia Federal de San Nicolás, en el caso río Paraná, motivados por los incumplimientos de la legislación ambiental en el desarrollo del proyecto Hidrovía. Denunciamos y demandamos la realización de los estudios de impacto ambiental en pasos críticos concretos, respeto por la aplicación de las herramientas de la democracia ambiental, como la urgente realización de una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), frente a la mayor crisis hídrica ambiental registrada.
Finalmente, hemos peticionado que sea la Justicia la que ordene la conformación del Comité de Cuenca del río Paraná. Diversas leyes y acuerdos federales así lo disponen, solo citamos dos:
La Ley del Régimen General del Agua, 25.688, en su artículo 4° dispone: “Créanse, para las cuencas interjurisdiccionales, los comités de cuencas hídricas con la misión de asesorar a la autoridad competente en materia de recursos hídricos y colaborar en la gestión ambientalmente sustentable de las cuencas hídricas”.
Los principios rectores de política hídrica de la República Argentina (2003), que fueron consensuados en el ámbito del Consejo Hídrico Federal (COHIFE) entre la nación y las provincias para convertirla en una política de Estado a largo plazo. Estas facultades han sido, como se expresa, gravemente vulneradas por la AGP, en cabeza de los funcionarios firmantes del Memorándum. Una navegación por estos es suficiente para ver la gravedad institucional del caso que nos ocupa.
El Régimen Incentivo de Grandes Inversiones (RIGI) que promueve el proyecto de ley Bases con media sanción en Diputados potenciaría de manera acumulativa los impactos de todo tipo sobre los ecosistemas y sus pueblos, violando las herramientas convencionales ya expuestas. Categóricamente el Presidente Javier Milei lo ha afirmado: el gobierno niega el cambio climático.
La Justicia tiene la palabra ante un Estado, ayer y hoy, violador sistemático del pacto federal originario de 1853, así como de la reforma constitucional de 1994, y también de las Constituciones provinciales todas, en la gestión de sus bienes naturales, bienes que conforman y constituyen el ser nación y Estado.
Este Memorándum intenta imponer ilegal y autoritariamente, modelos de gestión unitarios, parciales como lineales, que son precisamente los causantes de semejante crisis climática, ambiental, social y civilizatoria.
Sostenemos la necesidad imperiosa de la conformación del Comité de Cuenca del río Paraná en el tramo nacional. Rechazamos la mirada limitada y focalizada en una vía de circulación de mercaderías, que ahora, con este acuerdo imperial, nos aleja aún más de las necesarias concertaciones hacia una transición eco-social en el Cono Sur y Sudamérica toda, como lo están intentando, con esfuerzos políticos no menores, los Presidentes de Colombia y Brasil sobre “deforestación cero” en Amazonia, escenario clave para evitar la desertificación de la cuenca del Plata frente a la extinción en décadas de los ríos voladores que ella nos brinda como un misterio cuyo velo se va corriendo, dato inexistente en la política exterior argentina.
Quizás recibir una caricia del poema de Juan L. Ortiz, extraído de “Fui al río” (de El ángel inclinado, 1937), pueda conmover esta ceguera absurda y sentipensar de lo que se trata.
El RIGI, régimen de incentivo para las grandes inversiones que constituye uno de los núcleos centrales de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos en verdad debería llamarse Reinado increíble de los grandes inversionistas. Dicho en palabras simples, en este momento se discute en la cámara de Senadores el otorgamiento de la media sanción que le falta a una Ley que -de aprobarse- entregará de manera no conocida en la historia de nuestro país, la soberanía total sobre territorio y bienes comunes al sector financiero especulativo.
El nivel de destrucción de las capacidades de control que tiene un Estado, en materia de derechos sociales, económicos, culturales y políticos que tiene esta versión reforzada de la dichosa Ley Ómnibus, excede toda capacidad de adjetivación que tengamos en la ya prolífica politología. Difícil es decir cuál de los capítulos y artículos de esta normativa ataca más la democracia -aun severamente imperfecta- que supimos conseguir y los derechos por los que luchamos generaciones enteras a lo largo, al menos del siglo XX y lo que va del XXI. En términos históricos retrocedimos dos siglos y sin duda, el mayor logro de La Libertad Avanza es el de tergiversar hasta su indefinición la propia noción de libertad, dinamitar por dentro todos los consensos históricos y llevarnos de nuevo a los imaginarios del siglo XIX, conservador, oligárquico y profundamente antidemocrático.
Mientras el poroteo legislativo y el “lobby del toma y daca” transcurre, amplios sectores de lo que es el heterogéneo campo popular analizan azorados los posibles impactos que esta normativa tendría sobre sus vidas cotidianas y sus proyecciones de futuro. La entrega de facultades extraordinarias (casi la suma total del poder público) a un presidente convirtiéndolo en un autócrata total que podría decidir en lo que atañe al sector económico, financiero, social, laboral, ambiental, científico, es uno de los más grandes golpes a la democracia. Hace no poco tiempo, para emprender este tipo de profundidad en las transformaciones fue necesario un régimen del terror, la más feroz dictadura militar de carácter institucional, con la desaparición forzosa de 30 mil almas y la persecución de millones más, en crímenes de lesa humanidad aún hoy sometidos a juicios políticos y condena social.
Esa doctrina del shock, como dice Naomi Kleim, era posible de implementarse sólo bajo ese despliegue de violencia de Estado y vulneración de todas las libertades políticas y sociales. Hoy en el nombre de esa libertad, se pretenden destruir el mundo del empleo, con una reforma laboral que implica entre otras cosas, la pérdida de las indemnizaciones por despidos, la mayor (aún) flexibilización y precarización en la contratación temporal laboral, la reducción del tiempo de las licencias por maternidades, la eliminación de la posibilidad de jubilación de miles de personas y, principalmente afectadas, las mujeres que han dedicado su vida al trabajo de la reproducción social y la producción del valor que sostiene al dichoso “dios mercado”.
Entre los superpoderes del Ejecutivo estaría el de modificar toda la Administración Pública Nacional, eliminar cuánta institucionalidad crea que sobra, sabiendo que destruye aquellas políticas que son las únicas que han llegado hasta todos los rincones del interior, como la Secretaría de Agricultura Familiar y el programa Pro Huerta. El nivel de depredación ha quedado absolutamente claro en los ataques al sistema Nacional de Educación Pública y al Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), dos instituciones que no sólo nos han dado los más grandes reconocimientos internacionales en el mundo entero sino que además representan la nada misma en materia presupuestal y gasto público -en comparación con la enorme cifra de subsidios al sector privado, corporaciones e incluso dietas públicas y judiciales.
En todo esto, el RIGI es sin duda el caballito de batalla de la destrucción. Este régimen, que fue reforzado en esta nueva versión de la Ley de Bases extendiéndose hacia todos los sectores económicos. La entrega total hacia el sector financiero se manifiesta en los enormes beneficios económicos como exención impositiva (IVA y retención de ganancias), eliminación de aranceles, excepción de pago de derechos de importación y después de tres años de exportación. Su implicancia pasa por encima de todos los niveles de estatalidad provincial, viola la condición federal de la Argentina y la propia Constitución Nacional (en su artículo 124 por nombrar solo uno, dado que se impone su implementación por sobre las autonomías provinciales). Por eso lejos de ser sólo una Ley, estamos frente a una reforma constitucional total camuflada, como plantean las voces de los constitucionalistas más relevantes y dentro de todo el amplio espectro político ideológico. El RIGI reafirma el poder del dinero por sobre el republicano, y dentro de un modelo extractivista y colonial.
Fomenta la inversión extranjera – pero también nacional- mayor de 200 millones de dólares en sectores como agroindustria, infraestructura, forestal, minería, gas y petróleo, energía, tecnología. Y aunque muchas de estos sectores ya estaban cubiertos por la normativa de los años 90 neoliberales y los tratados de inversiones, lo que el RIGI les otorga es el arbitraje internacional. Cualquier conflicto que tuviera una población o Estado en sus diversas escalas (por contaminación ambiental, evasión de impuestos, delitos o lo que fuera) deberá resolverse solo en arbitraje internacional. En el CIADI. El Estado Nacional entrega la posibilidad de arbitrio, todo litigio se dirime en esta institución que pertenece al Banco Mundial, tiene su sede en Washington y ha sido estructurada para legislar a favor del capital. Argentina es el país más demandado en el CIADI en la actualidad.
Por si esto fuera poco el articulo 191 ese que a Rodríguez Chirillo (secretario de Energía) no se le cae la cara en decir que no leyó bien, dice que los VPU no podrán ver alterado su suministro de recurso ni su regulación durante 30 años. Esto quiere decir, que, en contexto de crisis socioambiental donde cotidianamente vemos incrementarse las condiciones climáticas adversas (ola de calor o temperaturas extremas, sequias) y/o las lisas y llanas “catástrofes” inundaciones, incendios, ciclones, si una parte de la población de nuestro país se quedara sin agua o sin energía, como de hecho ya pasa en muchas ciudades, de todas formas el capital controlante de un proyecto extractivo tendría prioridad por sobre esa población. Es la radicalización de un sistema ecocida, al que no le tiembla el pulso para imaginar su violencia criminal, su necropolítica social y ambiental.
Por este motivo, 50 organizaciones de la sociedad han presentado una carta al conjunto de los senadores y senadoras denunciando que este proyecto contradice principios jurídicos nacionales e internacionales vigentes en materia ambiental e implica disminuir los niveles de protección existentes. [1] Los inversionistas no están obligados a la presentación de Estudios de Impacto Ambiental ni la realización de Evaluaciones de Impactos Acumulativos de sus proyectos. No hay separación posible entre la promoción de una matriz económica primario-extractiva exportadora y la degradación ambiental.
Como tampoco es escindible de la degradación social. Estos capitales no estarían obligados al encadenamiento productivo local, ni a la transferencia tecnológica ni de conocimientos, ni a la generación de trabajo local, provincial o nacional. Tampoco están obligados a declarar el origen de los capitales involucrados. De manera que, la destrucción del entramado socio productivo y las capacidades industriales del país tienen riesgos inmediatos, sobre los puestos de trabajo de 300 mil personas, sobre la pérdida de respuesta soberana ante las necesidades y urgencias en materia de salud socio sanitaria (elaboración de kit para la detección de covid, barbijos, repelentes contra el dengue, vacunas, respiradores como ejemplos recientes) y, abre el juego al ingreso de capitales no declarados ni legales algo que en todas las economías completamente liberalizadas ha impactado en un crecimiento de la expansión del narcotráfico.
Es el experimento de lograr una Argentina de enclave total. Por eso la Ley de Bases para la destrucción no puede ser aprobada.
Llevando más de 200 mil firmas de las comunidades costeras desde Buenos Aires a Tierra del Fuego, la activista argentina, Juliana Orihuela, participó de la Asamblea General de Accionistas (AGN) de la empresa estatal de Noruega, Equinor, para pedir un mar libre de petroleras. En la ciudad de Stavanger, la capital de la industria hidrocarburífera de ese país, hizo entrega de un documento que pesaba 7 kilos constatando la oposición a los desarrollos offshore de la compañía.
“Estoy aquí para instar a los accionistas a retirarse de nuestras costas y abandonar los proyectos offshore. He traído conmigo más de 200.000 firmas de ciudadanos y ciudadanas argentinas que se han expresado en contra de estos proyectos offshore. No hay licencia social en Argentina para estos proyectos y que deberían retirarse”,
señaló Orihuela, proveniente de la ciudad de Necochea.
Equinor es la empresa que lidera la búsqueda de gas y petróleo en aguas ultraprofundas de la plataforma marítima de la Argentina, en la zona más crítica para la biodiversidad, que es el talud continental. Allí convergen corrientes subantárticas con las que vienen de Brasil, lo que convierte a esta zona del Océano Atlántico en un vergel de vida.
Este mes, la empresa noruega planea realizar la primera perforación en la llamada Cuenca Argentina Norte, un proyecto que se denomina “pozo Argerich”. A pesar del alto impacto ambiental, observadores de la propia industria petrolera ya han adelantado que es muy posible que el emprendimiento tenga un resultado financiero negativo, que no justifica su desarrollo.
Apenas se anunciaron los proyectos offshore, bajo el gobierno de Alberto Fernández, hubo gran resistencia social a los mismos, que se denominó Atlanticazo. Desde entonces, cada día 4 del mes, se realizan en las principales ciudades costeras marchas de protesta para denunciar los posibles impactos de la actividad, tanto de exploración como de posible explotación. Hay consenso científico sobre la afectación a especies únicas como ballenas, pingüinos, delfines y tiburones, tanto por el ruido como por la ocurrencia de derrames.
La quema de combustibles fósiles es la principal causa de las alteraciones en la atmósfera, que están cambiando el clima en todo el planeta. De desarrollarse esta industria en las aguas de la Argentina, recién comenzaría la producción en 2031, cuando el uso de hidrocarburos necesita reducirse drásticamente para poder cumplir con los objetivos del Acuerdo de París (limitar la suba de la temperatura a 1,5 C), que fue suscrito tanto por la Argentina como por Noruega y es de cumplimiento obligatorio.
Equinor es considerada como un villano climático ya que apenas el 1 por ciento de sus inversiones están orientadas a energías limpias, mientras que el resto sigue concentrado en combustibles fósiles. La resistencia contra la expansión de la empresa no sólo se registra en la Argentina, sino que además, ocurre en la propia Noruega, en Canadá y el Mar del Norte. Y son todos miembros de la campaña Equinor Out.
Desde hace cinco meses, nos encontramos inmensos en un vertiginoso proceso de despojo de derechos (sociales, laborales, económicos, ambientales), de entrega explícita, sin pudor alguno, a los grandes grupos económicos nacionales y transnacionales, a la vista de todo el mundo. La denominada nueva Ley Bases, que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados empeora notablemente la anterior, aquella que fuera retirada por el gobierno en febrero pasado. De ser aprobada por el Senado, la Ley Bases nos convertiría en un no-país, sin control del territorio, ni estado de derecho. Nos quedaría solo la bandera, el himno, el escudo y la selección nacional de futbol (¡si no la privatizan!).
La Ley Bases habilita, por un lado, lo que algunos políticos y políticas levantamanos parecen ya haber olvidado de febrero a esta parte, y es el hecho de que otorga facultades extraordinarias al presidente, casi la suma del poder público, convirtiéndolo en un autócrata consumado que podrá decidir por decreto, a gusto y piacere, en casi todos los campos (económico, financiero, social, laboral, ambiental, científico, cultural). Estamos acá ante una situación paradójica sumamente grave desde el punto de vista institucional: sin golpe de estado ni disolución del Congreso, es el propio Congreso Nacional el que renuncia a gran parte de sus potestades, para cederlas a manos de un ejecutivo abiertamente antidemocrático y antiderechos.
Por otro lado, la Ley Bases implica una nueva escalada en términos de despojo de soberanía nacional. De aprobarse el Régimen de Incentivo de las Grandes Inversiones (RIGI), esta nueva normativa nos convertirá en una suerte de no-país, sin leyes que contemplen el interés nacional, un territorio completamente colonizado por las corporaciones, sometido de modo irrestricto a tribunales extranjeros en cuestiones tan estratégicas como aquellas relativas a nuestros bienes naturales. Nuevamente, acá estamos ante una paradoja: será a partir de leyes nacionales que la Argentina se quedará sin capacidad ni herramientas institucionales y judiciales posibles para actuar en su propia defensa y la de sus ciudadanos.
La creación del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) declara como objetivo atraer inversiones de más de 200 millones de dólares con fines de exportación a través de una serie de beneficios aduaneros, tributarios, cambiarios y regulatorios. Al igual que el Régimen de Inversiones para la Actividad Minera, creado en 1993 mediante la Ley N° 24.196, el RIGI otorga estabilidad fiscal por un período de 30 años para las empresas beneficiarias a escala nacional, provincial y municipal, limitando a las tres jurisdicciones en su capacidad de realizar modificaciones al alza sobre los beneficios mencionados.
La Ley Bases nos propone más extractivismo y menos soberanía; más colonialismo y reprimarización de la economía, mayores ganancias de las grandes transnacionales mineras, petroleras y del agronegocio
En esta línea, la Ley Bases nos propone más extractivismo y menos soberanía; más colonialismo y reprimarización de la economía, mayores ganancias de las grandes transnacionales mineras, petroleras y del agronegocio. Ciertamente, podría decirse que la Argentina ya conoce y padece todo esto desde hace 40 años, cuando el régimen de Carlos Menen reconfiguró la sociedad en un sentido neoliberal, desmantelando el Estado y privatizando grandes empresas públicas. Sin embargo, el RIGI profundiza este régimen de privilegio que ya tiene la minería hacia otros sectores, incluso avasallando facultades de los gobiernos provinciales, ya que a diferencia de la Ley 24.196 que indica que la adhesión al Régimen minero es una opción de las Provincias, en el caso del RIGI la aprobación del proyecto de ley Bases las incluye de manera compulsiva.
La entrega y retrocesos que propone la Ley Bases nos obliga a recordar que luego lleva décadas recuperar derechos, conquistas sociales y bienes naturales y sociales perdidos. Fíjense con todo aquello que se entregó y se retrocedió durante la fiesta menemista de privatizaciones y nuevas normativas de saqueo. Algunos parecen olvidar que de esa fiesta neoliberal salimos supuestamente más globalizados, pero también más pobres, más desiguales y menos soberanos. Gran parte de lo que se perdió todavía no pudo ser recuperado, como los trenes que vertebraban el país. Los retrocesos legales, relativos a la legislación minera de saqueo, continúan intactos.
La Ley Bases es una vuelta de tuerca del extractivismo. Es algo así como el golpe del final. Profundizará hasta el paroxismo el modelo primario exportador colonial, no solo de la mano del extractivismo depredatorio que ya conocemos sino también del nuevo extractivismo verde que asoma detrás de una transición energética corporativa y neocolonial. En materia ambiental significaría una ilegal delegación legislativa en materia de gestión ambiental de hidrocarburos, el otorgamiento de privilegios impositivos y cambiarios para las industrias extractivas inaceptable sin siquiera contemplar o incorporar una mirada social ni ambiental. Permitiría la eliminación de organismos fundamentales para el sector ambiental como la Administración de Parques Nacionales o Acumar (Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo) y organismos científicos. A su vez, permitiría la disolución de fondos – hoy escasos- destinados a conservar bosques nativos y combatir grandes incendios. Por si esto fuera poco, además de ello, apunta a la limitación de los espacios de participación pública.
Esta ley establece la prioridad a las empresas (mineras, petroleras o del agronegocio) que usen insumos, como agua o energía, por encima de las necesidades de la población. Todos los extractivismos consumen enormes cantidades de agua y energía, desde la minería a cielo abierto, la minería del litio y el fracking en Vaca Muerta. Es decir que si en alguna provincia de Argentina escasea el agua (como sucede hace tiempo en Catamarca), las provincias no podrán priorizar el consumo humano. Agreguemos a esto lo que podría suceder o más bien, lo que ya está sucediendo en contextos repetidos de colapsos localizados, como los que se producen en la actualidad, provocados por eventos extremos (inundaciones, incendios, tormentas, tornados) o por stress hídricos (sequías). Las consecuencias serán tan imaginables como catastróficas para el conjunto de la población, con un Estado inexistente o atado de manos para tomar cualquier decisión orientada al bien público. Solo existirán los intereses y necesidades de las empresas.
Ninguno de los artículos específicos del RIGI impone condiciones a las empresas beneficiarias que impliquen la presentación de Estudios de Impacto Ambiental ni la realización de Evaluaciones de Impactos Acumulativos de sus proyectos. Tampoco establece condicionamientos a la generación de puestos de trabajo a escala local, provincial o nacional, ni se explicita ningún tipo de política de escalamiento en cadenas de valor, o transferencia de tecnología.
Finalmente, en medio de esta vorágine destructiva, uno se pregunta que se oculta en esta entrega de facultades extraordinarias, a un presidente que dice odiar el estado y la justicia social y que elogia todo el tiempo a empresarios llamándolos “héroes” y promoviendo que fuguen divisas. ¿Qué hay detrás del RIGI, que sorprende en su abierta y absoluta concesión que implica incluso una entrega de todo por nada?
En realidad, nos quieren convertir en una zona de “Crack-Up capitalismo”, concepto acuñado por el historiador Quinn Slobodian en un libro publicado en 2023. Con Crack-Up capitalismo (que se puede traducir como choque, desplome, desmoronamiento), el autor se refiere a la creación de zonas liberadas para el capitalismo de mercado, sin límite alguno, sin derechos sociales, sin regulaciones estatales, libres de impuestos. Canary Wharf en Londres, Liechtenstein, comunidades cerradas en Estados Unidos y enclaves privados en Sudáfrica y Centroamérica, y Dubai entre otros, son ejemplos de esta peligrosa tendencia. No por casualidad el subtítulo del libro Crack-up Capitalism es “Los radicales del mercado y el sueño de un mundo sin democracia”.
Vivimos tiempos ominosos, de policrisis civilizatoria, en el cual proliferan proyectos políticos monstruosos que alientan utopías reaccionarias que buscan fagocitar todo lo que sea sinónimo de derechos sociales, de estado protector y cierto igualitarismo de masas
Ciertamente,esa es la aspiración del anarco-capitalismo; la de convertirnos en una zona de mercado en estado puro, un modelo afín a las aspiraciones libertarias de los superricos, como Elon Musk o, en su versión local, el magnate dueño de Mercado libre, que no quieren regulaciones estatales y sociales que controlen el capital ni pagar impuestos al Estado. Lo notable hoy de este experimento reaccionario es que hasta ahora el capitalismo libertario se había animado con determinadas ciudades o zonas; nunca con un país completo. Pero Milei les devuelve el sueño hecho realidad, entregándoles en bandeja la Argentina como territorio “libre” para un pancapitalismo en el cual solo existen el mercado y el derecho del capital.
Vivimos tiempos ominosos, de policrisis civilizatoria, en el cual proliferan proyectos políticos monstruosos que alientan utopías reaccionarias que buscan fagocitar todo lo que sea sinónimo de derechos sociales, de estado protector y cierto igualitarismo de masas. En esa línea, la Argentina todavía no es un modelo del horror y de autoritarismo, como lo es Bukele (presidente de El Salvador) con sus cárceles, sino un experimento de liquidación del Estado y todo depende si en estos meses ese proyecto se consolida para que se convierta en un modelo a seguir internacionalmente. Así, hoy nuestro país es un experimento que a nivel global se sigue muy de cerca, con mucha atención, porque está hecho a medida del deseo del pancapitalismo y de odio a la democracia.
Milei es un experimento a nivel internacional que busca mostrar cómo y hasta dónde se puede avanzar con un capitalismo concentrador, desmesurado y ecocida y hasta donde es posible despojar de derechos de manera rápida a toda una población, sin que ésta diga basta. Hasta dónde es posible que la ciudadanía de a pie en un país aguante tanta demolición institucional y crueldad social. Le toca decidir al Senado Nacional en esta encrucijada mayor de nuestra historia nacional. Y está en nuestras manos que el proyecto destructivo de Milei no se convierta en un experimento consolidado y empecemos de una vez por todas a pensar colectivamente en cómo reconstruir derechos, estado y sociedad en clave de solidaridad, de sostenibilidad de la vida y de transiciones ecosociales justas.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 02 de enero de 2024
Presidencia de la Cámara De Diputados de la Nación Argentina
Sr. Presidente Martín Menem
Presidencias de Bloques
Presidente del Bloque Unidad por la Patria – Germán Pedro Martinez
Presidente del Bloque La Libertad Avanza – Oscar Zago
Presidente del Bloque PRO – Cristian Adrián Ritondo
Presidente del Bloque UCR – Rodrigo De Loredo
Presidente del Bloque Hacemos Coalición Federal – Miguel Angel Pichetto
Presidente del Bloque Innovación Federal – Pamela Calletti
Presidente del Bloque Frente de Izquierda y de Trabajadores Unidad – Myriam Bregman Presidente del Bloque Por Santa Cruz – Sergio Edgardo Acevedo
Presidente del Bloque Producción y Trabajo – Nancy Viviana Picón Martinez
Presidente del Bloque Buenos Aires Libre – Carolina Píparo
Presidente del Bloque Avanza Libertad – José Luis Espert
Presidente del Bloque CREO – Paula Omodeo
Presidente del Bloque La Unión Mendocina – Álvaro Martinez
Diputadas y Diputados de la Nación Argentina
HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA S / D
Ref: Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos a
Las organizaciones de sociedad civil aquí firmantes se dirigen a Ustedes, y piden hagan extensiva esta nota a quienes integran sus bloques, en relación al Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos (en adelante proyecto de ley), recientemente remitido por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) para su tratamiento en sesiones extraordinarias de esta Honorable Cámara (0025-PE-2023).
En primer lugar, expresamos nuestra más profunda preocupación por las medidas contenidas en el proyecto de ley de referencia por cuanto suponen serios retrocesos en la legislación ambiental lograda tras mucho esfuerzo, discusiones parlamentarias y trabajo de consenso entre diversos actores sociales, a lo largo de los últimos años en la Argentina.
Deseamos recordar expresamente el artículo 41 de nuestra Constitución Nacional que reza: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales. Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.”
En pos del cumplimiento de este mandato constitucional, la sociedad argentina ha comprometido tiempo y esfuerzo para el desarrollo de un importante plexo normativo que, aunque incompleto y de implementación parcial ha permitido generar un adecuado balance entre el estímulo a la producción, la conservación y restauración del ambiente y el desarrollo social.
Es importante destacar que la legislación ambiental vigente se ha desarrollado conforme mandatos de la Ley General del Ambiente y respetando procesos participativos que han involucrado a los más diversos sectores sociales.
Además, queremos solicitar la ampliación de giros de comisión para el tratamiento del proyecto dado que este abarca numerosos temas que no competen únicamente y en algunos casos van más allá de las capacidades de las comisiones a las cuales actualmente tiene giro (Presupuesto y Hacienda, de Asuntos Constitucionales, de Legislación General y de Relaciones Exteriores). En línea con los temas analizados en este documento, las comisiones faltantes para el análisis del proyecto son: de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano, de Energía y Combustibles, de Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios y de Agricultura y Ganadería.
A continuación, puntualizamos una serie de aspectos del proyecto de ley, a saber: TÍTULO VI: INTERIOR, TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES. CAPÍTULO III, AMBIENTE.
➢ LEY 26.562 CONTROL DE ACTIVIDADES DE QUEMA
ARTICULO 497.- Sustitúyese el artículo 2° de la Ley N° 26.562 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema. ARTICULO 498.- Sustitúyese el artículo 3° de la Ley N° 26.562 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema.
El proyecto de ley propone reformas a la Ley 26.562 de presupuestos mínimos para el control de actividades de quema. Mantiene la definición de “quema”, pero agrega una definición de “aprovechamiento productivo” entendido como toda “actividad que tenga una finalidad de lucro y que no tenga relación alguna con la protección medioambiental del terreno”. Esto permitiría el avance sin control ni autorización previa de quemas para desarrollo de infraestructura diversa, plantaciones, cultivos que no se comercialicen, etc.
El proyecto de ley mantiene la prohibición de actividad de quema sin autorización, pero estableciendo un plazo de 30 días hábiles para que la autoridad competente responda a la solicitud. En caso de falta de respuesta, se considerará que la quema ha sido autorizada “tácitamente”. De esta manera, el silencio es interpretado de manera positiva y autoriza de manera tácita a avanzar con quemas sin presencia ni control de parte de las autoridades locales especializadas en manejo del fuego, sin ponderación de parámetros ambientales, incluyendo acumulativos, de tipo técnicos relativos al manejo del fuego, y cuidado de la seguridad y salud pública, y sin sanciones en caso de eventuales impactos negativos al quedar configurada como una “quema autorizada”.
Los incendios devastadores en numerosas provincias se han convertido en una problemática ambiental en las últimas décadas que requiere de una implementación efectiva de la ley de control de quemas vigente y el sistema nacional todo de manejo del fuego. El proyecto de ley lejos está de brindar soluciones que construyan sobre los avances alcanzados y aportar a un robusto y permanente monitoreo y accionar preventivo con la comunidad para prevenir quemas y hacer un manejo responsable del fuego en territorio argentino.
Solicitamos a la Cámara Baja que rechace los artículos 497 y 498 del proyecto de Ley. LEY 26.331 DE BOSQUES NATIVOS
ARTICULO 500.- Sustitúyese el artículo 26 de la Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos ARTICULO 501.- Sustitúyese el artículo 31 de la Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección.
La propuesta elevada por el PEN al Congreso implica el más grave retroceso que podría imaginarse en materia de protección de Bosques Nativos. La Ley 26.331 impulsa la conservación, uso sostenible y restauración de los bosques nativos y regula el desmonte con estrictos requerimientos de participación ciudadana, como audiencias públicas, y procesos de evaluación de impacto ambiental (EIA), sobre la base de un ordenamiento ambiental de los bosques nativos impulsados a nivel provincial, con control de Nación.
No cabe duda que el escenario nacional de los bosques nativos en Argentina sería muy diferente al actual si el país no contara con la Ley 26.331. Esta norma logró visibilizar la problemática de pérdida de los bosques nativos y difundir la importancia de estos y los beneficios ambientales y sociales que proveen. También, aunque con muchas dificultades, se ha logrado crear y fortalecer la institucionalidad nacional y local en materia de gestión. La mejor estrategia para afrontar la problemática socioambiental que acarrean los desmontes en Argentina es trabajar con los instrumentos que la Ley de Bosques Nativos prevé desde 2007, aplicándolos, financiándolos y mejorándolos.
Según datos oficiales la superficie total de bosques nativos en Argentina es de 53.184.501 hectáreas. En caso de aprobarse la modificación propuesta por el proyecto de ley, las exigencias legales de EIA y participación ciudadana ya no serán requeridas para bosques categorizados en verde (categoría III) que alcanzan las 10.192.063 has (19% del total de la superficie de bosque nativo del país). Estos requerimientos son importantes porque si bien la categoría verde representa bosques de bajo valor de conservación que legalmente pueden desmontarse, la norma nacional asegura, por un lado, que haya una instancia de análisis de impactos sociales y ambientales y participación del público que puede ser afectado por tal cambio de uso del suelo. Por el otro, de contar la ley con los fondos correspondientes, podría ofrecerse apoyo financiero al titular del predio para que invierta en su recuperación y manejo sostenible, desalentando un posible desmonte.
Sumado a esto, el proyecto de ley pretende habilitar desmontes hoy prohibidos por la Ley 26.331 en las categorías roja (I) y amarilla (II). Se tratan de bosques de muy alto valor de conservación a proteger a perpetuidad que no debe transformarse) y II de mediano valor de conservación a manejar de forma sostenible, respectivamente. Están categorizadas en rojo 10.992.353 has (21%), mientras que están categorizadas en amarillo 32.000.085 has (60%)2. De esta manera, de aprobarse el proyecto de ley del PEN, más de 42 millones de hectáreas, 71% de los bosques nativos de la Argentina hoy bajo protección a perpetuidad, quedarán desprotegidos y a merced de desmontes a gran escala, afectando a su biodiversidad y los beneficios sociales, ambientales y culturales que proveen a las personas.
Por otro lado, el proyecto de ley elimina la mención específica al acceso a la información de los pueblos indígenas y las comunidades campesinas, lo que contradice los derechos garantizados por la Ley General del Ambiente, la Ley de Acceso a la Información Pública Ambiental, el Acuerdo de Escazú y el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas.
En materia de financiamiento, el proyecto de ley deroga la obligación del Estado Nacional de constituir anualmente el Fondo Nacional de Conservación y Enriquecimiento de Bosques Nativos con el 0,3 % del Presupuesto Nacional y el 2% de las retenciones a las exportaciones de productos agrícolas y forestales. Deja por lo tanto el financiamiento de la implementación de la Ley de Bosques Nativos a merced de la asignación presupuestaria que desee realizar el PEN.
En más de 15 años de vigencia de la Ley de Bosques Nativos, la asignación presupuestaria comprometida en el artículo 31 vigente, nunca se constituyó enteramente. Los fondos asignados oscilaron anualmente entre el 3 y el 15% de lo establecido por ley. Dotar de partidas suficientes al fondo de la Ley 26.331 es fundamental para avanzar hacia una progresiva y definitiva protección de nuestros bosques ya que de allí surgen los recursos para fortalecer las capacidades en territorio de las provincias, contratando personal, adquiriendo materiales de trabajo, tecnología, vehículos y otras herramientas prevenir desmontes ilegales e impulsar proyectos de conservación, uso sostenible y restauración de bosques nativos.
El establecimiento de zonas de protección mediante ordenamiento territorial y de un fondo para la conservación de bosques nativos constituyen el corazón de la Ley de Bosques indispensables para atender la emergencia forestal en la que el país aun permanece con una tasa promedio de pérdida de bosque nativo que no baja del 0,5% anual (CIAM MAyDS), y que en 2022 se tradujo en 211.974 has de bosque perdidas, más de 96.000 has en zonas prohibidas (roja y amarilla).
El proyecto de ley hiere de muerte a nuestros bosques nativos, su biodiversidad y los medios y modos de vida de comunidades enteras. Implica además anular las 23 leyes provinciales de ordenamiento territorial de bosques nativos (OTBN) que fueron dictadas al ritmo de los parámetros que la Ley 26331 y de las actividades permitidas y de las prohibidas.
Pero no sólo esto, la norma propuesta contiene una gravedad inusitada para la economía del país, de una dimensión no considerada. Nos referimos a la incidencia que la política en materia de lucha contra la deforestación tiene en relación a las exportaciones en varios mercados del mundo, donde se exige, para la introducción de productos, que el país muestre una fuerte política combatiendo la
deforestación y la degradación forestal. Tomemos como ejemplo el Reglamento Europeo sobre productos libres de deforestación, adoptado en junio de 2023 que tiene efecto directo sobre las exportaciones de Argentina en materia de, soja, ganado bovino y madera. En caso de confirmarse una norma como la propuesta argentina tendría mayores posibilidades de ser considerada un país con nivel de riesgo alto y por ende sus productos exportables ser sujeto de una mayor intensidad de fiscalización y monitoreo por parte de la Unión Europea y demás mercados que evalúan normas similares.
Solicitamos a la Cámara Baja que rechace de plano estas reformas.
➢ LEY 26.639 DE GLACIARES
ARTICULO 502.- Sustitúyese el artículo 1° de la Ley N° 26.639, Régimen de presupuestos mínimos para la preservación de los glaciares y del ambiente periglacial ARTICULO 503.- Sustitúyese el artículo 2° de la Ley N° 26.639, Régimen de presupuestos mínimos para la preservación de los glaciares y del ambiente periglacial.
El proyecto de ley pretende modificar la Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la preservación de los Glaciares y del Ambiente y del Ambiente Periglacial con el fin explícito de habilitar la actividad económica en la zona periglacial. Esto sugiere un cambio en la orientación de la ley hacia consideraciones económicas en detrimento de los objetivos ambientales y de conservación, y genera preocupación en tanto implicaría la desprotección de áreas hoy preservadas por la ley.
Para facilitar la intervención sobre estos ambientes protegidos, el texto propuesto recorta la definición amplia de glaciar presente en la ley vigente y la restringe a una protección limitada a determinados glaciares. Ello da respuesta a un reclamo histórico del sector minero en detrimentode la protección ecosistémica constituyendo una clara vulneración al principio de no regresión ambiental contenido en el Acuerdo de Escazú (en plena vigencia y ratificado por nuestro país).
A su vez, la protección está condicionada a una serie de requisitos restrictivos y discrecionales que redundan en la desprotección de áreas hoy preservadas por la ley vigente como, por ejemplo, la limitación a glaciares sólo incluidos en el Inventario Nacional de Glaciares en tanto éste es incompleto por excluir pequeños glaciares; la existencia de una “función hídrica efectiva y relevante” como condición necesaria para justificar la protección de glaciares y ambiente periglacial a pesar de que ya estén incluidos en el Inventario Nacional de Glaciares, entre otros. Sumado a ello, el mensaje presidencial al inicio del proyecto de ley señala que de este modo se revierte un “avasallamiento” del poder federal sobre las provincias. Esta posición desconoce el mandato constitucional de la Nación de establecer un umbral mínimo de protección del ambiente (art. 41, Constitución Nacional).
El proyecto aduce serias contradicciones legales, confunde la naturaleza de herramientas como el Inventario Nacional de Glaciares, entre otras falencias. Como consecuencia de todo lo expuesto, se vulnera la protección de ambientes que ya están en retroceso y que son centrales como reservorios de agua dulce, y que tienen funciones clave para la adaptación y mitigación al cambio
climático y para la regulación hídrica, especialmente en zonas desérticas, no sólo para la vida humana sino para sostener el funcionamiento de los ecosistemas.
Solicitamos a la Cámara Baja que rechace los artículos 502 y 503 del proyecto de Ley.
TÍTULO III – REORGANIZACIÓN ECONÓMICA CAPÍTULO VIII – BIOECONOMÍA SECCIÓN III – RÉGIMEN FEDERAL DE PESCA (LEY 24922)
➢ LEY 24.922 REGIMEN FEDERAL DE PESCA (LFP)
ARTÍCULO 242.- Sustitúyese el artículo 7° de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 243.- Sustitúyese el artículo 9° de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 244.- Derógase el artículo 25 de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 245.- Sustitúyese el artículo 26 de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 246.- Sustitúyese el artículo 27 de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 247.- Sustitúyese el artículo 27 bis de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 248.- Sustitúyese el cuarto párrafo del artículo 28 de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 249.- Sustitúyese el artículo 29 de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 250.- Derógase el artículo 34 de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 251.- Sustitúyese el artículo 36 de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 252.- Derógase el artículo 40 de la Ley No 24.922 ARTÍCULO 253.- Se respetarán y serán válidos los permisos, autorizaciones de pesca y cuotas ya otorgadas mediante la Ley No 24.922 hasta su vencimiento.
El proyecto de ley propende a flexibilizar el proceso para otorgar permisos de pesca con cambios a las condiciones y prioridades hoy dispuestas y concentrando ese otorgamiento en la autoridad de aplicación, sin involucramiento del Consejo Federal Pesquero (CFP).
Asimismo, deroga la obligatoriedad de desembarcar la producción de los buques pesqueros en muelles argentinos pudiendo descargarse en otros puertos o mediante transbordos en alta mar lo que puede afectar la transparencia y trazabilidad de la pesca.
Existe en el mundo una política que desalienta la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. Para esos estándares internacionales que han sido adoptados por Europa y Estados Unidos, una decisión como la eliminación del artículo 25 de la Ley 24.922 o las varias medidas de desregulación en los controles sobre la actividad en aguas de jurisdicción nacional provocará una pésima calificación en materia de lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, con la imposibilidad de ingreso a esos mercados.
Otro aspecto muy grave de la reforma es el traslado de funciones desde el CFP hacia la autoridad de aplicación nacional, lo que importa una mengua de los derechos de las provincias costeras que participan en dicho órgano. El CFP adopta decisiones tanto para el sector de dominio provincial (art. 3 LFP) como en el sector de dominio y jurisdicción nacional (art. 4 LFP), es decir, la Nación y las provincias costeras concertan y comparten las decisiones políticas de todos los espacios de jurisdicción nacional. Una reforma unilateral como la propuesta de aspectos que atacan
competencias exclusivas de las provincias que habían adherido mediante el mecanismo del artículo 69 LFP a un formato que ahora se les modifica, requerirá de una revisión y actualización de dichas leyes provinciales aceptando el nuevo texto. Se abre todo un proceso con resolución incierta, que podría provocar un colapso de la estructura normativa y económica del sector.
La Ley 24.922 ya adolece de insuficientes previsiones en materia de externalidades negativas que la pesca, como toda actividad productiva, puede tener sobre el ambiente, lo cual es necesario atender con fines de mejora, entrecruzando los principios que trajo la legislación ambiental vigente, particularmente el enfoque ecosistémico, el acceso a la información y la participación ciudadana. La capacidad actual para fiscalizar las cuotas, la pesca incidental y las áreas de veda en la Zona Económica Exclusiva ( ZEE) es de por si limitada, por ello el conjunto de reformas propuesto por la ley ómnibus del PEN podría facilitar una profundización del extractivismo en el mar, con usos que no sigan pautas de conservación ni consideren los impactos sobre la biodiversidad marina.
Solicitamos a la Cámara Baja que rechace los artículos 242, 243, 244, 245, 246, 247, 248, 249, 250, 251, 252 y 253 del proyecto de Ley.
TÍTULO III – REORGANIZACIÓN ECONÓMICA CAPÍTULO IX – ENERGÍA SECCIÓN IX – DE LA TRANSICIÓN ENERGÉTICA
ARTICULO 320.- A los efectos de cumplir con los objetivos de emisiones netas absolutas de Gases Efectos Invernadero (GEI) comprometidos por la República Argentina en las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional en el marco del Acuerdo de París, Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL a asignar derechos de emisión de GEI a cada sector y subsector de la economía compatibles con el cumplimiento de las metas de emisiones de GEI comprometidas por el país para el 2030 y sucesivas. ARTICULO 321.- Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL a establecer anualmente límites de derechos de emisión de GEI, compatibles con el objetivo comprometido, de cumplimiento anual y obligatorio para todos los sujetos del sector público y privado, de forma tal que quienes contaminan sean responsables, en la medida que les corresponda, de cumplir con las metas de emisiones de GEI comprometidas por el país y asumiendo que existirá un porcentaje de nueva capacidad/producción/demandantes a los que también se les deberá asignar derechos de emisión sin costo para que este mecanismo no represente una barrera de ingreso ni discriminatorio. ARTICULO 322.- Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL a monitorear el avance en el cumplimiento de las metas de emisiones de GEI y en caso de incumplimiento penalizarlo. ARTICULO 323.- Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL a establecer un mercado de derechos de emisión de GEI, en el cual quienes hayan sobre cumplido su meta puedan vender los servicios a aquellos que los necesiten para lograr su objetivo y evitar la penalización. ARTICULO 324.- Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL a establecer las reglas del mercado de derechos de emisión de GEI, la plataforma de registro de las transacciones y resguardar que no existan posiciones dominantes u oligopolio. La demanda y los responsables de actividades emisoras de GEI serán los encargados de dar cumplimiento a las metas de emisiones de GEI del país para lo cual el Estado Nacional generará
condiciones e instrumentos para facilitar a las empresas privadas, al sector público y a otros organismos, el logro de las mismas y el acceso a financiamiento climático.
Esta sección del proyecto de ley lejos está de proponer de qué manera se llevará a cabo la transición energética hacia una matriz energética más limpia en Argentina, y cuál será la hoja de ruta para cumplir con los compromisos internacionales de reducción de emisiones a 2030 y carbono neutralidad a 2050 en el marco del Acuerdo de París.
El proyecto se enfoca en el establecimiento de mercados de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (GEI), lo cual porta un potencial para estimular mayores niveles de emisión, y adolece de una visión mercantilizadora de la naturaleza. Pretende asignar derechos de emisión de GEI a cada sector y subsector de la economía “compatibles con el cumplimiento de las metas de emisiones de GEI comprometidas por el país para el 2030 y sucesivas”. Sin embargo, no hace referencia a la necesidad y urgencia de reducir las emisiones de GEI desde las fuentes, teniendo en cuenta que el sector energético y de Agricultura, Ganadería, Silvicultura, y Otros Usos de la Tierra (AGSOUT) se llevan las porciones de la torta más grandes del Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero.
Asimismo, se faculta al Poder Ejecutivo Nacional para la asignación de derechos de emisión de GEI, establecimiento de límites de emisión, monitoreo de avances, establecimiento de un mercado y sus reglas, además de la plataforma de registro, y penalización en caso de incumplimiento. El interrogante que de aquí se desprende es: si estas actividades quedan vinculadas al PEN, ¿cuál es el rol y función de las demás áreas gubernamentales y no gubernamentales competentes en la temática?
Por otro lado, hace mención a la posibilidad de que exista un “porcentaje de nueva capacidad/producción/demandantes a los que también se les deberá asignar derechos de emisión sin costo para que este mecanismo no represente una barrera de ingreso ni discriminatorio”. Esto, además de resultar sumamente contradictorio con los objetivos de reducción de emisiones, no queda claro si estaría asumiendo que el derecho de emisión será mayor para algún sector/subsector en particular, o que se tendrían que reajustar los demás derechos de emisión para cumplir con los compromisos internacionales a 2030 y 2050.
Establece que se realizará un monitoreo del cumplimiento de las metas de emisiones de GEI y que, en caso de incumplimiento, se penalizará. Si bien este punto es importante, no establece el proyecto de ley cómo y con qué metodologías realizará dicho monitoreo, ni tampoco hace alusión a cómo serán establecidas las penas por supuestos incumplimientos.
Los mecanismos de mercado de carbono pueden ser una herramienta válida, luego de agotadas las medidas tendientes a la reducción de emisiones y deben estar enmarcados en una estrategia que tenga en cuenta los compromisos internacionales, particularmente el de carbono neutralidad a 2050, pero también que garantice salvaguardas socioambientales y tenga en cuenta a actores fundamentales como academia, sociedad civil, comunidades originarias y locales, jóvenes, y
grupos en situación de vulnerabilidad, entre otros. Esta sección del proyecto de ley no hace referencia a cómo se articulará entre los diversos actores y sectores, además de no mencionar qué sucederá con la Estrategia Nacional para el Uso de Mercados de Carbono sancionada a través de la Resolución 385/2023 por el gobierno anterior. En esta línea, el Congreso debiera avanzar hacia una discusión de una nueva Ley de Transiciones Energéticas que incorpore, entre otras cuestiones, la contabilización de emisiones de GEI.
Solicitamos a la Cámara Baja que rechace los artículos 320, 321, 322 y 324 del proyecto de Ley.
PALABRAS FINALES
El proyecto de ley que nos convoca hace una lectura parcial y fragmentada de la Constitución Nacional.
Enfatiza en los beneficios de la libertad a los que se refiere el Preámbulo pero elude el derecho al ambiente sano, equilibrado y sustentable y el deber de preservarlo reconocidos en el art. 41 del texto constitucional. Es fundamental que, al momento de debatir el proyecto de ley objeto de análisis, los diputados y senadores no pierdan de vista este derecho-deber.
El principio de no regresión contenido en el Acuerdo de Escazú (Ley 27.566) establece que la legislación no puede empeorar la situación del derecho vigente desde las perspectivas de su alcance y amplitud.
El proyecto de ley vulnera el principio de no regresión ambiental dado que los cambios propuestos a la normativa vigente implicarían una disminución de los niveles de protección ambiental ya alcanzados.
Para que Argentina sea una potencia mundial es crucial construir sobre lo ya construido evitando destruir los logros alcanzados hasta la fecha. Entre esos logros, se encuentran las normas que este proyecto de ley pretende reformar y que conforman la columna vertebral de la protección del ambiente y los recursos naturales en la Argentina.
Cualquier intento de retroceder en los niveles de protección y conservación del ambiente alcanzados debe ser considerado ilegal e inconstitucional.
Exhortamos a la Cámara de Diputados a no hacer lugar a estas propuestas que colisionan de lleno contra principios jurídicos y normativa nacional e internacional vigente en el país, afectando los resultados económicos productivos de diversas actividades socioeconómicas que se pretenden beneficiar y arriesgando seriamente el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en los foros multilaterales ambientales.
En una sesión escondida y disimulada por la discusión de la ley Bases en Buenos Aires, los diputados provinciales elaboraron una nueva zonificación que revierte la protección de algunos territorios. Cambios a medida de las grandes empresas tanineras y el agronegocio. La Mafia del Desmonte en acción.
Martes 30 de abril, 2.40 de la madrugada, Legislatura de la provincia de Chaco. De espaldas a la sociedad, diputados provinciales votaron modificar el mapa de la Ley de Bosques, habilitando que más de un 1 millón de hectáreas puedan ser desmontadas, arrasadas. Escondieron una sesión dentro de otra. Los flashes en la Capital (en el mismo momento se estaba tratando en el Congreso Nacional la Ley Bases) permitieron el camuflaje perfecto para aprobar un negociado mayúsculo. Así, en un tratamiento express, la legislatura de Chaco votó una ley que reduce dramáticamente la protección de sus bosques y permitirá el avance de las topadoras sobre el monte nativo, territorios de campesinos e indígenas, y de especies en peligro de extinción como el yaguareté, entre otros.
Y todo a medida de las grandes empresas tanineras y el agronegocio. La Mafia del Desmonte en acción.
A partir de la sanción, en el año 2007, de la Ley Nacional de Protección de Bosques Nativos, cada provincia tiene que realizar un mapa donde se pintan –de rojo, amarillo y verde– los bosques nativos para su preservación (Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, OTBN). Sólo en el área verde (de bajo valor de conservación) se permite el desmonte pero dentro de los criterios establecidos en la ley. Este ordenamiento, señala la ley nacional, tiene que realizarse mediante un proceso participativo y respetando los criterios de sustentabilidad ambiental que establece la norma.
Chaco realizó su OTBN en el año 2009. Debería haberlo actualizado cada 5 años, siempre para más protección, nunca para menos. Jamás lo hizo, hasta ahora que lo hizo en sentido inverso al espíritu y letra de la Ley de Bosques. Una carta blanca al Ecocidio. 1.250.000 hectáreas de monte nativo a merced del negocio de unos pocos.
Es que la norma votada en la madrugada es manifiestamente ilegal e inconstitucional ya que dispone un mapa regresivo, yendo contra principios reconocidos por el Acuerdo de Escazú (del cual Argentina forma parte), de la Ley General del Ambiente, de la Ley de Bosques Nativos y hasta de los laxos criterios de sustentabilidad del Consejo Federal de Medioambiente (COFEMA).
La organización ecologista Greenpeace advirtió que la nueva normativa forestal de Chaco “no respeta el principio de no regresión ambiental ya que permitirá el desmonte en zonas actualmente clasificadas en la Categoría II (amarillo), al pasarlas a Categoría III (verde), algo prohibido por la normativa nacional. Se trata de un área de corredores de conservación y de amortiguamiento del Parque Nacional Copo, la Reserva La Pirámide y la Reserva Provincial Loro Hablador. Esto pone en riesgo la supervivencia de grandes mamíferos, como el yaguareté. De esta forma no se cumple con los Criterios 1, 2, 3, 4 y 5 de Sustentabilidad Ambiental establecidos por la Ley Nacional de Bosques”.
Incluso el nuevo mapa pretende “legalizar” las recategorizaciones prediales (que permitieron desmontar ilegalmente miles de hectáreas), otorgadas fundamentalmente en la gestión del exgobernador Domingo Peppo, que fueron realizadas en contra de las normas ambientales vigentes, como denunció la organización APDH.
Por otra parte, Greenpeace destacó la falta de participación de pueblos originarios en la elaboración de la nueva zonificación. “No se realizaron talleres en sus territorios y en su idioma originario, requisito para cumplir con la consulta libre, previa e informada establecida en tratados internacionales firmados por Argentina. La grave crisis climática y de biodiversidad en la que nos encontramos nos obliga a poner fin a los desmontes y promover el manejo sustentable y la restauración de los bosques nativos, respetando los derechos y territorios de las comunidades indígenas”, apuntó.
Como señala la antropóloga e investigadora del Conicet Malena Castilla, y según los datos del Monitoreo de los Bosques Nativos, en Chaco, desde el año 1998 (década en la cual se aprobó la utilización de la soja transgénica) hasta el 2022 se deforestaron 859.503 hectáreas de bosques nativos. Solo en el año 2023 se desmontaron en esa provincia más de 57.000 hectáreas, de manera completamente ilegal.
Las causas del desmonte en Chaco se deben, fundamentalmente, a dos factores:
En primer lugar, el aumento de la frontera del agronegocio (soja transgénica principalmente y pasturas para ganado) sobre monte y territorio campesino e indígena.
Y, por otro lado, a la actividad de extracción del tanino, subproducto de los quebrachos desmontados, por parte de las poderosas empresas tanineras. El tanino se usa principalmente para el procesamiento y curtido del cuero y también, en menor medida, para el encamisamiento de tubos petroleros. Actividad netamente extractivista y colonial (recordemos la británica La Forestal hace más de un siglo) que promueve una economía de enclave, que se realiza de manera cuasi minera y basada en la destrucción del monte. Monopolio controlado por un puñado de corporaciones, ligadas siempre al poder político, con escaso eslabonamiento local y concentración fundiaria (también se da en la soja). La megaempresa Indunor S.A., del grupo Italiano Silvateam, y Unitan, también de capitales transnacionales, son las dos tanineras responsables de, al menos, la pérdida de 30.000 hectáreas anuales de masa boscosa en la provincia.
Chaco es uno de los grandes ejemplos de lo que venimos denunciando hace décadas en América Latina: las actividades extractivistas solo dejan como resultado más pobreza y exclusión. Es que a pesar del brutal retroceso de los montes chaqueños y que la producción agroganadera incrementó sus superficies cultivadas, los índices de pobreza e indigencia de la provincia no sólo no se modificaron sino que empeoraron notablemente.
Pero aquí siquiera el debate gira en torno al enfrentamiento entre “ambiente o desarrollo”. Es importante entender que detrás de la destrucción del monte chaqueño hay una concentrada y millonaria maquinaria político/corporativa que se enriquece y maneja los hilos de la provincia según sus propios intereses. A este comportamiento la sociología lo ha bautizado como “la Puerta Giratoria”. Funcionarios/Empresarios que pasan de un lado a otro del mostrador sin disimulo y para favorecer sus propios negocios. Esto no solo es indignante e inmoral sino que está previsto como un delito por nuestra legislación: “negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas”, conforme al artículo 265 del Código Penal.
Con la organización Greenpeace iremos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación a denunciar esta ilegalidad y solicitaremos que, mediante una medida cautelar, suspenda la aplicación de esta regresión normativa. Lo haremos en la causa conocida como “Yaguareté” (porque la iniciamos en nombre y representación de esa especie animal que se encuentra casi extinta como consecuencia de la pérdida de su hábitat, el monte). Iniciada en el año 2019 ante el máximo Tribunal tiene como demandadas a las provincias de Chaco, Formosa, Santiago del Estero y Salta y al Estado Nacional y Parques Nacionales en preservación de los bosques nativos en una de las zonas de mayor desmonte del mundo (el Gran Chaco Argentino).
También acompañaremos las acciones judiciales que harán organizaciones locales, como Somos Monte o Conciencia Solidaria que histórica y valientemente le pusieron el cuerpo a la protección de los bosques. Con una justicia independiente no habría ninguna duda de la suspensión judicial del nuevo ordenamiento que permite el Ecocidio, la ilegalidad e inconstitucionalidad es tan manifiesta que no se requiere un gran proceso.
Pero no alcanzará sólo con conseguir la anulación judicial de la regresión normativa que se votó en la Legislatura chaqueña. Hay que ir más allá. Es indispensable desarticular a esta Mafia del Desmonte de Chaco y eliminar su cooptación sobre el Estado Chaqueño (en sus tres poderes). Esa organización criminal que se enriquece a costa del Ecocidio dejando exclusión, pobreza y destrucción. Si sigue en funcionamiento, el futuro de uno de los ecosistemas más importantes de América del Sur, el gran Chaco Argentino (y la población, flora y fauna que allí viven) tienen solo como destino su desaparición definitiva.
Además de los límites ecológicos del planeta y el agotamiento de recursos, hay una fuerte erosión del sistema democrático y la tendencia a la refeudalización de las sociedades.
Aunque soy ecologista, estoy lejos de pensar que el colapso de las sociedades es o sólo puede ser ambiental. En realidad, si miramos con perspectiva histórica, la desaparición de determinadas sociedades no refleja solamente causas climáticas o ecológicas, como la deforestación, la erosión del suelo, la pérdida de biodiversidad, la mala gestión del agua, entre otros factores, hoy agravados por el extractivismo y la crisis climática, así como por la gran escala de los fenómenos. El colapso involucra también factores determinantes de orden político y geopolítico.
Autores como el ya fallecido español Ramón Fernández Durán, cofundador de Ecologistas en Acción (quien dejó una gran obra que analiza el rol de la energía en el declive del capitalismo global) incluyen, además de los límites ecológicos del planeta y el agotamiento de recursos, una fuerte erosión del sistema democrático y la tendencia a la refeudalización de las sociedades, en el marco de una clima de guerra.
De hecho, hoy está de moda hablar de policrisis para caracterizar el momento postpandémico, en el cual se entrecruzan crisis múltiples, desde la crisis social vinculada al aumento de las desigualdades, la aceleración de la crisis climática, la crisis energética, la escalada de la guerra a nivel global y, por supuesto, la expansión de las extremas derechas, de fuerte vocación anti-igualitaria y antidemocrática. Asimismo suele decirse que la policrisis civilizatoria podría adquirir rasgos de “tormenta perfecta”, en la medida en que estas dimensiones tienden a superponerse y potenciarse, generando escenarios de mayor incertidumbre, incluso de (auto)destrucción política a gran escala. Así que, a la hora actual, las sociedades no solo se encaminan conscientemente al ecocidio, sino antes que nada, al suicidio político de sus instituciones democráticas.
En Argentina, el triunfo de Javier Milei y los primeros meses de su gobierno nos han instalado de modo hiperbólico en el campo del suicidio político, en lo que se refiere a valores, ideas y creencias democráticas. Nada mejor que recordar el libro “Cómo mueren las democracias”, escrito en 2018, en el cual S.Levitsky y D. Ziblatt, impulsados por el caso de Donald Trump, desarrollan cuatro indicadores de un comportamiento autoritario. Según los autores, el hecho de incurrir en uno solo de ellos, colocaría ya a un gobierno en la vía del autoritarismo. Sin embargo, en sólo cuatro meses Milei cumple acabadamente con los cuatro puntos, y pretende avanzar a pasos acelerados hacia un modelo autocrático.
El primer indicador se refiere al “rechazo (o débil aceptación) de las reglas democráticas de juego”. Así, la escasa vocación republicana del nuevo presidente arrancó con el inconstitucional DNU (todavía vigente) y en la fracasada Ley Ómnibus; se hizo visible en el trato violento y despectivo hacia el Congreso Nacional (al que ha tratado de “nido de ratas”); También lo reflejan sus declaraciones previas acerca de si cree o no en el régimen democrático. Como otras extremas derechas hoy en boga, Milei dice creer en la libertad (a la que entiende como “libertad individual”, sobre la base de mercados libres y propiedad privada), pero no en la democracia (que en su formato constitucional requiere el equilibrio de poderes y de una mirada colectiva de la sociedad basada en el bien común).
El segundo indicador alude a la “negación de la legitimidad de los adversarios políticos”. En esto Milei ha dado más que pruebas suficientes, a través del insulto y la agresión reiterada. En el plano nacional, los adversarios políticos son tratados de “delincuentes”, “traidores”, “corruptos” y “extorsionadores”. En el plano internacional, tampoco ha ahorrado calificativos: se ha referido a Gustavo Petro de Colombia como “asesino” y “terrorista”, y durante la campaña electoral había tildado a Lula da Silva de “corrupto” y “ladrón”.
El tercero refiere a la “Tolerancia y /o fomento de la violencia”. Dicha intolerancia se manifiesta en una tendencia a la obscenidad serial, muy particularmente a través del uso de las redes sociales, en las que Milei invierte horas de su trabajo presidencial. Con estupor, hemos visto como repostea publicaciones vulgares y violentas contra gobernadores (como sucedió con el de Chubut, Ignacio Torres), o como en reuniones dejaba trascender la promesa de “mear a todos” los gobernadores, si no aprobaban su paquete de leyes. Hemos asistido al ensañamiento con algunos artistas (Lali Espósito) y en general para con todo aquel/la y que tenga cierta visibilidad pública y que critique o se atreva a discrepar con algunos de sus dichos o medidas.
El último indicador se refiere a la “predisposición a restringir libertades civiles de la oposición, incluidos los medios de comunicación”. En aras de ser expeditiva, enumero aquí solo dos elementos: uno, el alarmante dispositivo represivo puesto en marcha a nivel nacional para disuadir o no permitir movilizaciones sociales opositoras, de la mano de la actual ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. El llamado “protocolo antipiquetes” ha sido cuestionado por la totalidad de los organismos de Derechos Humanos, y ha generado en marzo de este año pedidos de informe de la OEA –y la CIDH– en relación “a la libertad de expresión y de reunión pacífica”, así como por “las constantes agresiones a periodistas y obstáculos a la cobertura periodística”. Dos, los desaforados insultos a periodistas o medios que se atrevan a cuestionar mínimamente al presidente y sus políticas, más allá de cual sea la filiación político-ideológica. Lo escuchamos hablar con frecuencia de “periodistas ensobrados” (que cobran coimas), pese a lo cual no ha hecho ninguna denuncia judicial. Recientemente calificó el espacio periodístico como “corrompido, ensuciado, prostituido”; acusándolo de ejercer “la extorsión, la mentira, la difamación y la calumnia”. En fin, ya son más de veinte los periodistas de relieve nacional que han sufrido sus ataques de ira y vulgaridad.
Todo ello sin mencionar que en tan sólo cuatro meses Milei implementó una brutal política de ajuste económico neoliberal que potencia el fenómeno de la pobreza y la exclusión; que su política se encamina no solo a reducir sino decididamente a destruir la capacidad reguladora del Estado; y que su ataque virulento contra la educación pública, la ciencia y la cultura constituye un primer paso en la tarea de disciplinamiento de la sociedad.
Nunca, en tiempos de régimen institucional, los y las argentinas hemos estado tan cerca de un gobierno autocrático y de un Estado de excepción como hasta ahora. Sin embargo, este inventario rápido que acabo de hacer, está lejos de ser secreto o clandestino; al contrario, opera a plena luz del día, con grandilocuencia y crueldad, frente a la sorpresa muchos, pero también de cara a la complicidad y el silencio de otros tantos. En este punto, poco vale responsabilizar a la gestión anterior o al conjunto de las anteriores administraciones. Ningún fracaso político-económico anterior ni tampoco las disfunciones o problemas que pudiera tener el Estado argentino en sus diferentes facetas –político, social, de derechos humanos, cultural, educativo, sanitario, entre tantos otros- justifican la actual liquidación del legado democrático, que hoy el gobierno de Milei viene realizando con una brutalidad desenfrenada.
Este es el punto que quisiera subrayar para cerrar este artículo. Las democracias no sólo se quiebran porque una sociedad harta de frustraciones decide votar a un presidente de abierta vocación autoritaria, y éste avanza sobre las instituciones. Las democracias mueren porque cuentan con la anuencia y complicidad de una parte importante del arco político- partidario; que en este caso involucra a las fuerzas de centroderecha y derecha; esas mismas fuerzas que hasta hace poco se consideraban a sí mismas como parte del campo democrático y republicano. Y que jamás hubieran permitido a un gobierno opositor ni el diez por ciento de los atropellos institucionales que a gran escala está llevando a cabo Javier Milei. La centroderecha y la derecha argentina, que hoy están siendo absorbidas aceleradamente por la extrema derecha antidemocrática, son corresponsables de esta tragedia mayor que estamos viviendo como país.
En suma, los indicadores que proponen Levistky y Zibaltt para leer el quiebre de las democracias, son ante todo un mensaje-recordatorio que deberían tener en cuenta el conjunto de las fuerzas políticas argentinas que aun hoy se siguen diciendo y considerando democráticas.
Las abejas contemplan a los nuevos presidentes electos de las comisiones de Agricultura y otras yerbas de las cámaras del Congreso de la Nación. Y convocan a asambleas en todos los montes aún en pie. Están evaluando elegir una delegación para conversar con el yaguareté sabio, aparecido hace un tiempo en la selva misionera. El gran felino de los verdes tupidos, negados por los deforestadores tan bien representados y no pocos jueces que deben velar por preservarlos. Entonces las abejas deciden concretar el encuentro. En el salto encantado de sus aguas, donde los monos carayá dorados y negros harán de facilitadores para tejer la conversación.
¿Seguirán estos seres siendo responsables no menores de la degradación, la desolación y la devastación de nuestros rincones de vida y sus milagros?, pregunta la abeja delegada.
El yaguareté responde: Abeja querida ¿No te das cuenta, no comprendes que ellos miran el mundo desde Davos, montados a ese mismo relato de los noventa que surca como aguas envenenadas a través del Gran Chaco Walambá? Son esos mismos que arrasan nuestras tierras de montes y selvas, de culturas milenarias, con las corporaciones de la soja y de otras simplificaciones químicas.
LOS NO REPRESENTANTES
La presidencia de la comisión de Agricultura de la Cámara Alta nacional quedó en manos de Alfredo De Ángeli, proveniente originariamente de la Federación Agraria Argentina. Pero no la del “Grito de Alcorta”, sino de la complicidad con las corporaciones del agronegocio de mega exportación, extractivismo depredador y voraz.
Atilio Benedetti en la misma comisión, pero en Diputados. ¿Radical? No de aquellos que lideraban la causa de los desposeídos, la causa contra el “Régimen” y la Reforma Universitaria, para plantar aquí tres sentipensares de aquella ideología de «reformas extremas en sentido democrático», hoy tan vaciada y funcional a cualquier otra cosa, salvo honrosas excepciones.
Estos dos legisladores representan al pueblo de Entre Ríos. Lo hacen en un contexto en donde en la provincia se debate un proyecto de Ley de Agroquímicos que resulta ser más y peor de lo mismo, el proyecto de la casta dirigencial de los agrotóxicos, venenos de tierras, aguas y seres humanos y no humanos. De Transición hacia la Agroecología, ni mu.
Son los mismos representantes en donde en el circo de intereses giratorios, se vienen vaciando a paso sostenido la educación pública, la autonomía Universidaria, los derechos inclusivos, el INCAA, Télam y ahora Pro Huerta, tan necesario para esa continuidad de recuperar los saberes de cultivar la tierra y que, con aciertos y errores, también aporta dignidad y compromiso. No les importa; simplifican y engloban despidos y expulsiones en paquete, en container, envueltos en esa transversalidad maldita entre región de sacrificio y expulsiones en donde se nos condena desde la denominada Republiqueta de la Soja de Syngenta, a la desertificación de los territorios y las mentes. Y levantan la mano, mano muda de solidez alguna, para acompañar necesidades y urgencias, en las antípodas de las raíces ideológicas de sus “no representaciones”.
EN EL MONTE
Las abejas finalmente decidieron con el yaguareté conformar la coordinación asamblearia del Chaco Walambá, con un Ministerio de los Seres No Humanos y Humanos. No aceptan eso de Capital. El Ministerio de Economía se denominará de la Soberanía Alimentaria y la Sanación de los Reinos de Vida. Se reconformarán los de Memoria Milenaria de las Diversidades Culturales y la Reciente; la de los Derechos Humanos y los la Pachamama y la Naturaleza.
En sus colmenas seguirán creando y sembrando las semillas de las diversidades del amor de y para la tierra, con la sabiduría ignorada como agraviada de estos modos de hacer política agraria retrógrada y para pocos, muy pocos.
LA VIDA
Debemos convocarnos a construir una política de la vida y para la vida y una potencia afectiva de actuar ante la devastación y la guerra que nuestra especie le ha declarado al mundo, nos convocan Omar Giraldo e Ingrid Toro, hacia una ética del saber habitar1.
Y el Manifiesto por la Vida, precisamente nos enseña que «la ética para la sustentabilidad va más allá del propósito de otorgar a la naturaleza un valor intrínseco universal, económico o instrumental. Los bienes ambientales son valorizados por la cultura a través de cosmovisiones, sentimientos y creencias que son resultado de prácticas milenarias de transformación y co-evolución con la naturaleza. El reconocimiento de los límites de la intervención cultural en la naturaleza significa también aceptar los límites de la tecnología que ha llegado a suplantar los valores humanos por la eficiencia de su razón utilitarista. La bioética debe moderar la intervención tecnológica en el orden biológico. La técnica debe ser gobernada por un sentido ético de su potencia transformadora de la vida»2.
Y como las luchas amorosas por las vidas es también una celebración de las existencias y esos otros mundos posibles, las gurisas y los gurises de nuestras escuelas rurales fumigadas, como sus maestras y maestros, contemplan con convicción y esperanza, abrazados a los tiempos de la naturaleza, sosteniéndose en la dignidad de sus saberes, afectos y sueños, esa sentencia luminosa que seguramente la Corte Interamericana de Derecho Humanos sabrá brindar en beneficio de los más vulnerables y las futuras generaciones de familias agroecológicas, bien a escala humana, hacia la curación de los territorios, transitando la sanación y celebración de sus diversidades. Es demasiada la trascendencia y relevancia de este grito de la tierra y sus seres pequeños y adolescentes, sus docentes, para no gritar a todos los vientos: ¡Basta!.
(*) Abogado ambientalista, integrante de la Unidad de Vinculación Ecologista (UVE) de la Fundación La Hendija y de la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas (AAdeAA).
Afectividad Ambiental. Sensibilidad, empatía, estéticas del habitar. Ed. Ecosur, México. Octubre 2020.
Manifiesto por la Vida, por una ética para la sustentabilidad. Bogotá, 2002.
El Pacto Ecosocial e Intercultural del Sur surge como un proyecto conjunto de individuos y organizaciones de diversos países latinoamericanos. Nos inspira la imperiosa necesidad de construir estructuras sociales que respondan y contrarresten las tendencias del reacomodo capitalista, la concentración de riqueza y la devastación de ecosistemas, fenómenos que emergen en medio de la crisis civilizatoria.
Nuestro propósito es colaborar en la configuración de un horizonte colectivo de transformación para Nuestra América, asegurando un futuro digno para todos. Este 2024, hemos elegido a Perú como sede para nuestra Asamblea Anual, un evento significativo destinado a compartir perspectivas, trazar directrices de acción y fortalecer la colaboración entre nuestros miembros.
En este marco, nos complace anunciar la realización de dos importantes foros públicos:
Foro Público en Lima: «Crisis Climática, Extractivismos y Conflictos Sociales»
Fecha y hora: 9 de abril a las 6 pm. –
Lugar: Hotel Carrera, Jirón León Velarde 123, Lince.
Contaremos con la participación de destacados ponentes como Edgardo Lander (Venezuela), Esperanza Martínez (Ecuador), José De Echave (Perú), Olivia Bisa (Perú) y Breno Bringel (Brasil).
Nuestro objetivo es crear un espacio de diálogo y reflexión crítica sobre la compleja relación entre la crisis climática, los extractivismos y los conflictos sociales en América Latina, buscando alternativas para el bienestar colectivo.
Foro Público en Cusco: «Propuesta frente a la Crisis Climática, Extractivismos y Autoritarismos»
Fecha y hora: 10 de abril a partir de las 5 pm.
Lugar: Salón de Grados del Paraninfo Universitario, Plaza de Armas del Cusco.
Contaremos con la presencia de Marilyn machado (Colombia), Carmen Aliaga (Bolivia/ Mexico)Rocio Silva Santiesteban (Perú) Raúl Santillán (Perú), Diana Flores (Perú) Maristella Svampa (Argentina), Sabrina Fernandes (Brasil), Mario Rodríguez (Bolivia) Elsa Merma (Perú), Jaime Borda(Perú)
Además, disfrutaremos de una feria del libro y una exposición fotográfica.
El Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) celebra los resultados exitosos del tercer festival “Pueblos Puentes de Agua”, realizado en la localidad de Jachal, San Juan. Se posiciona este festival como un acontecimiento emblemático en la lucha por la justicia ambiental en Argentina.
Durante los días viernes 22, sábado 23 y domingo 24 de marzo, una amplia gama de asambleas, organizaciones y ciudadanxs autoconvocadxs se congregaron en un espacio de diálogo y acción colectiva en defensa del ambiente y los derechos humanos. Este evento, celebrado en la carpa de la dignidad de Jachal, no solo sirvió como un punto de encuentro, sino también como una plataforma para el intercambio de experiencias y la articulación de estrategias en la ecología política latinoamericana.
Los talleres temáticos abordaron aspectos fundamentales como la coyuntura actual, la autodefensa de los territorios, la formación ambiental y la importancia de la conversación en los procesos de resistencia y transformación social. Además, se conmemoraron hitos importantes, como el vigésimo primer aniversario del plebiscito en Esquel, que marcó tendencia a nivel regional e internacional. El mismo fue fundamental para la aprobación de las siete leyes provinciales que regulan la megamineria y el cianuro en la Argentina. Luego se realizó una marcha en honor a los 30.000 desaparecidxs presentes, en el marco de un Día de la Memoria y la Verdadera Justicia muy especial debido al contexto político argentino.
Destacamos especialmente el homenaje realizado por la asamblea de Jachal, que no solo representa la lucha local contra la explotación minera irresponsable, sino también un símbolo de resistencia en el contexto de la defensa del territorio. La solidaridad entre comunidades y la búsqueda de soluciones colectivas reflejan el espíritu de resistencia y lucha que impulsan nuestros esfuerzos en toda la región.
Expresamos nuestro profundo agradecimiento a la Asamblea de Jachal por su solidaria recepción y excelente organización, así como a todos los participantes por su compromiso y contribución a defensa de los derechos sociales y ambientales en todo el país.
Estos encuentros no solo marcan un hito en la consolidación de redes ecoterritoriales de resistencia y acción, sino que también ponen en valor la solidaridad y la colaboración mutua en tiempos de invididualismo, y de de ataques a la defensa ambiental en América Latina.
Entre las organizaciones asistentes al 3ºer festival Puentes de Agua se encuentran:
Asamblea Agüita Pura para San Juan
Asamblea Jáchal no se Toca
Coordinadora Plurinacional Basta de Falsas Soluciones
Red Ecosocialista San Juan
Asamblea Agua Pura Valle Fértil
Rebelión o Extinción Argentina
Asamblea Mar libre de petroleras mar del plata
Red de Comunidades Costeras
Asamblea de la Comunidad Costera de Tierra del Fuego AeIAS
Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial-CAJE
“Yo Amo a Mis Sierras” asamblea vecinal autoconvocada
Encuentro de Asambleas Socioambientales de San Luis
Después de la Deriva
Centro comunitario yakacuaha
Asamblea popular por el agua San blas de Los Sauces
Por el Monte Salsipuedes
Asamblea No a la Mina Esquel
Asamblea de Famatina
Asamblea el Algarrobo
La Revuelta
Red Plurinacional de Pueblos Fumigados
Asamblea Exaltación Salud
Ambiente en Lucha San Juan (iuniversitariasanjuan)
Campaña Plurinacional en defensa del Agua para la Vida
Campaña Fuera Mekorot
Colectivo de trabajadorxs del CENPAT, Ciencias y Territorios