Archivos de categoría: Áreas de trabajo

Proyectos trabajados por la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas Militancia judicial con perspectiva ecológica.

Causa Basureros Petroleros: La Justicia revoca la probation y confirma que debe ir a juicio

NEUQUÉN — Durante los días jueves 16 y viernes 17 de abril se realizaron audiencias clave en la causa contra los directivos de la empresa COMARSA, imputados por contaminación con residuos petroleros y maniobras fraudulentas. El Tribunal de Impugnación resolvió revocar esa decisión la suspensión del juicio a prueba (probation) como mecanismo permite evitar el juicio penal a cambio de cumplir ciertas condiciones, por lo cual la causa irá a juicio. 

Se presentaron las apelaciones desde la Fiscalía de Delitos Ambientales y las querellas de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) y la APDH-Neuquén contra la decisión del juez de garantías Lucas Yancarelli, que había otorgado la suspensión del juicio a prueba. La resolución del Tribunal señaló que la decisión del juez Yancarelli fue arbitraria, irrazonada, inmotivada e infundada. O sea que no tuvo fundamentos sólidos, que ignoró pruebas clave y que avanzó con un criterio propio por fuera de las reglas del proceso.

Esto significa que se anula el beneficio otorgado a los imputados y se confirma que la causa penal debe seguir adelante. No hay cierre del caso: se ratifica que los hechos deben ser investigados hasta el final y juzgados en un juicio oral y público.

El Tribunal decidió apartar al Juez Yancarelli de la causa. Marcó cómo el juez desoyó la oposición de la Fiscalía y de las querellas. En este caso, había planteado con claridad que el caso debía ir a juicio por su gravedad, pero esa posición fue ignorada sin explicación suficiente. El Tribunal consideró que esto implicó una intromisión indebida del juez en el rol de la acusación, rompiendo el equilibrio básico del proceso penal. Además, el Tribunal cuestionó que la decisión se haya tomado en contra de las pruebas técnicas acumuladas durante años de investigación: pericias, informes, estudios ambientales y documentación que dan cuenta de la magnitud del daño y de la conducta de los imputados

La oposición a la probation — ahora convalidada por el Tribunal— se basó en una serie de elementos concretos que muestran la gravedad del caso:

  • La existencia de numerosos planes de tratamiento y saneamiento que fueron incumplidos sistemáticamente por la empresa y sus responsables.
  • El riesgo ambiental persistente y la contaminación efectiva generada por esos incumplimientos.
  • El beneficio económico millonario obtenido por los imputados en ese contexto.
  • La defraudación interna, mediante la adulteración de documentación para obtener beneficios personales.
  • La contradicción de otorgar una salida sin juicio a quienes tenían la obligación de tratar los residuos y cobraron millones por hacerlo.
  • La acumulación de más de 300.000 metros cúbicos de residuos peligrosos, con presencia de sustancias que pueden afectar gravemente la salud.
  • La falta de conocimiento real sobre la magnitud del daño, expresada por el propio imputado: “no sé lo que hay abajo”.
  • La ausencia de un compromiso serio y verificable para tratar correctamente esos residuos.
  • El carácter intencional de la conducta: simulación de tratamiento, encubrimiento de la contaminación, obtención de ganancias y entorpecimiento de la investigación penal.
  • La existencia de un interés público evidente, dado que está en juego la salud de la población de Neuquén y de las generaciones futuras.
  • La obligación del Estado de actuar con debida diligencia en delitos ambientales, investigando y sancionando a los responsables.

El Tribunal reconoció que estos argumentos fueron expuestos de manera clara durante las audiencias, pero que el juez Yancarelli los ignoró al momento de resolver la causa por contaminación más grave en la historia de la provincia de Neuquén. Pone en evidencia el funcionamiento del sistema de gestión de residuos de la industria petrolera en el contexto de Vaca Muerta y abre una discusión de fondo sobre el modelo de explotación y sus consecuencias en los territorios.

Próximos pasos

Desde la querella celebramos la decisión del Tribunal de Impugnación. No se trata solo de una discusión técnica. Se trata de garantizar que un caso de esta magnitud no se cierre sin juicio, sin verdad y sin responsabilidades.

La revocatoria de la probation permite que la causa continúe su curso y que toda la prueba reunida durante años pueda ser debatida en un juicio oral y público, con participación de jurado popular. Ese es el ámbito donde corresponde determinar qué ocurrió, quiénes son responsables y qué reparación corresponde.

El Tribunal de Impugnación asumió competencia y dictó su decisión con efectos inmediatos. Ahora deberá realizarse la audiencia de control de la investigación durante el mes de mayo. En esa instancia se ordenará formalmente la prueba y se definirá el camino hacia el juicio.

Luego de esa etapa, el caso podrá ser elevado a juicio oral y público. Allí, frente a un jurado, se discutirá la responsabilidad penal de los imputados y el alcance del daño producido.

Abandono de la exploración petrolera y gasífera en las costas de Mar del Plata: Shell y Qatar dejan la búsqueda después de años de promesas

Durante años, el offshore petrolero fue presentado en el discurso mediático así como de distintos sectores políticos y empresariales como una suerte de salvación económica. Sin embargo, hoy el proceso va en retroceso. En los últimos días se dieron de baja los permisos de exploración en los bloques de la Cuenca Argentina Norte (CAN) 107 y 109, bajo la titularidad de Shell y Qatar Energy, evidenciando la irresponsabilidad de las empresas petroleras y gasíferas en impulsar proyectos con la promesa de generar divisas, empleo y desarrollo.


15 de abril de 2026 

La Secretaría de Energía de la Nación dio de baja un permiso para explorar el fondo marino en busca de petróleo y gas en el área del Mar Argentino denominada CAN 109, localizada costas afuera de la ciudad de Mar del Plata. Esta decisión se suma a la reciente extinción del permiso para el bloque marítimo denominado CAN 107 comunicada hace pocas semanas. Con este movimiento los permisos de exploración, otorgados en 2019 a Shell Argentina y Qatar Energy (ex Qatar Petroleum), vuelven a estar en manos del Estado, poniendo fin a las promesas de exploración petrolera y gasífera en esas áreas del Mar Argentino, ubicadas a unos 300 kilómetros mar adentro sobre el talud continental.

Para llevar adelante las exploraciones, se ignoraron advertencias técnicas, jurídicas y sociales, y se desoyó a las comunidades costeras. El antecedente del “pozo seco” en otro bloque de la cuenca (Argerich), sumado a la devolución de las áreas CAN 111 y CAN 113, (por parte de Total y BP) terminan por sepultar las expectativas que generaron una serie de promesas económicas realizadas sin evidencia. Similar situación ocurrió con la devolución de 5 áreas de la Cuenca Malvinas Oeste. Estos hechos demuestran que los ingresos proyectados por estas actividades nunca tuvieron la capacidad de alterar realmente la matriz energética y económica del país. Se trató, más bien, de una narrativa inflada para justificar la expansión de la frontera hidrocarburífera.

A costa de impulsar los proyectos, se ocultó el perjuicio ambiental de este modelo: la fase exploratoria daña el mar a través de bombardeos sonoros de baja frecuencia. Los enormes impactos acústicos utilizados para trazar perfiles geológicos generan impactos físicos y conductuales irreversibles a la biodiversidad marina; algunos de ellos temporarios, otros incluso son mortales. 

Ese avance sobre el Mar Argentino se produjo a expensas de debilitar los mecanismos básicos de la democracia ambiental. Las evaluaciones de impacto fueron cuestionadas por su falta de profundidad y transparencia, mientras que las audiencias públicas —lejos de ser espacios reales de participación— se transformaron en instancias formales, vaciadas de contenido, que no lograron canalizar las preocupaciones sociales. A su vez, decidieron avanzar a pesar de la irregular omisión de una Evaluación Ambiental Estratégica, instrumento adecuado para abordar el análisis de los impactos acumulativos de la exploración petrolera en las distintas áreas del Mar Argentino e involucrando a diferentes empresas.

La salida de Shell Argentina de la exploración petrolera offshore también demuestra que se trata de proyectos que no son viables desde el punto de vista económico, ambiental y social. Aún con precios de los hidrocarburos en crecimiento ante los escenarios bélicos globales, el negocio real de las empresas transnacionales fue haber mostrado circunstancialmente acceso a posibles recursos para la valorización de sus acciones. Este negocio especulativo (y de consultoras especializadas) se hace a costa de daños ambientales y pérdidas económicas para nuestro país. También realizando promesas vacías y motivando a la población a posicionarse bajo las falsas esperanzas de trabajo y sustento dignos.

La decisión de dar de baja este permiso no repara los daños ocasionados, pero sí deja una señal clara: el discurso del petróleo y gas offshore como “salvación” económica fue una enorme irresponsabilidad por parte de voceros empresariales y funcionarios públicos. 

Desde las organizaciones firmantes lo dijimos desde el principio: el petróleo offshore no va a resolver los problemas estructurales de nuestro país. Por el contrario, implica nuevos riesgos ambientales y consolida una dependencia de actividades con alto costo ecológico y nulo impacto real en términos de desarrollo.

En un contexto de crisis climática, insistir en falsas soluciones no es solo un error de diagnóstico, sino una forma de profundizar los problemas. El desafío es otro: salir de la lógica de las promesas extractivas y construir alternativas que no comprometan el mar, los territorios y las generaciones futuras.

Firman

Asamblea de la Comunidad Costera de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur

Asamblea Mar Libre de petroleras Partido de la Costa

Asamblea por un Mar Libre de petroleras Mar del Plata

Asamblea por un Mar Libre de petroleras Necochea Quequén

Asamblea por un Mar Libre de petroleras Villa Gesell

Asociación Argentina de Abogados/ass Ambientalistas 

Comarca Marítima Viedma – Patagones – El Cóndor

Confederación Mapuche de Neuquén

Coordinadora Socioambiental Bahía Blanca

Fundación Ambiente y Recursos Naturales

Multisectorial Golfo San Matías

Observatorio de Sismicidad Inducida

Observatorio Petrolero Sur 

Parlamento Mapuche – Tehuelche de Río Negro

Pastoral Social Diócesis de Viedma 

Surfrider Argentina

Amarrando el Delta, ¿aún más?

por Jorge Oscar Daneri para Análisis Digital

Cuando el pueblo de Entre Ríos confrontó desde Gualeguaychú frente a los proyectos de mega plantas de celulosa, nació una Ley que declaró por unanimidad, Área Natural Protegida al sistema de humedales de los departamentos Uruguay, Ibicuy y Gualeguaychú. Fue una celebración de las comunidades todas, la construcción social y sanción de la Ley Nº 9718. Un símbolo comunitario e institucional frente a la política de los hechos consumados desde las gestiones de los gobiernos del país vecino, su prepotencia y la arrogante escala de las mega inversiones sin identidad ni licencia social.

La Ley declara al territorio de humedales “… de Interés Provincial, Cultural, Ambiental y Científico” denominándola, ni más ni menos, “Reserva de los Pájaros y sus Pueblos Libres”.

Dispone que el Gobierno de la Provincia iniciará los trámites pertinentes al efecto de que se declare al área señalada, Reserva de Biosfera, en el marco de UNESCO, con la finalidad de obtener el reconocimiento nacional e internacional.

Algunos tiempos después, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró ilegal el proyecto de barrio privado Amarras, frente a la ciudad de Gualeguaychú, por encontrarse dentro de la Reserva de los Pájaros y sus Pueblos Libres, en Sentencia ejemplar, revirtiendo decisiones lamentables del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos y finalmente ordenando la recomposición ambiental a su estado originario de humedales, al área intervenida y en conflicto jurídico.

Dos puntos significativos de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, exponen sobre la debida aplicación y cumplimiento de los principios, In Dubio Pro Natura, e In Dubio Pro Agua, en la duda a favor de la naturaleza y el agua.

En segundo lugar, la decisión del máximo tribunal del País, destaca el nuevo artículo 85 de la Constitución de Entre Ríos que en el párrafo específico de la Sentencia, considera: “… En particular, no tuvo en cuenta que la provincia tiene a su cargo la gestión y el uso sustentable de las cuencas hídricas y “los sistemas de humedales que se declaran libres de construcción de obras de infraestructura a gran escala que puedan interrumpir o degradar la libertad de sus aguas y el desarrollo natural de sus ecosistemas asociados” (art. 85 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos).

De manera más que sorprendente, no solo que no se desmantela el proyecto Amarras y se inicia el proceso de recomposición ambiental, sino que además aparecen nuevos emprendimientos inmobiliarios de características de urbanizaciones privadas/cerradas similares a la muy mala experiencia social e institucional, Amarras, en la misma área natural del sistema de humedales, supuestamente protegido.

En nuestra verdad, podemos afirmar que se encuentra más desprotegido el sistema ecológico Delta y sus sistemas asociados, que más allá de estar amparado por la norma especializada que así la declara, por la Constitución Provincial, por un FALLO puntual o caso de la Corte Suprema de Justicia, que ratifica su calidad de orden público por excelencia, nada cambia, al contrario, las amarras al delta parecen avanzar.

Cuando el Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná (PIECAS-DP) existió operativa y realmente, por un tiempo, se realizó la primera Evaluación Ambiental Estratégica, un documento central, olvidado. En esas instancias, aún no existía la locura por las arenas para Vaca Muerta, sí se insinuaba ya la fiebre de los barrios privados importados desde Buenos Aires. El proyecto de consultoría de DELTARES (Países Bajos) impulsado durante el gobierno de (Mauricio) Macri en acuerdo con el Instituto Nacional del Agua, planteaba una ruta más corta hacia Punta del Este y un nuevo puente atravesando el valle de inundación “protegido” y de ese modo promocionar la urbanización del Delta sur y un mega puerto de exportación, a metros de Ibicuy, pero siempre en Buenos Aires, donde gobernaba el PRO. Ahora se invierten los signos y sus actores políticos en las provincias y como un mal ajedrez cambian los diseños pero algunos de ellos siguen el juego patético de artificialización voraz de los reinos de vida.

Es urgente la realización de una renovada Evaluación Ambiental Estratégica, de un reordenamiento ambiental del territorio Delta en su conjunto, de una lectura pausada de las diversas propuestas de estudios producidos, existentes y ya financiados, todo detallado en el informe que oportunamente fue presentado por la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) que obra a disposición de los municipios, los miembros del PIECAS y las organizaciones y  seres comprometidos, en el siguiente enlace: Propuestas urgentes para la regeneración del Delta del Paraná.

Desamarrar el Delta, proteger sus cauces que son públicos, que no se pueden represar desarrollando endicamientos, que no se pueden privatizar en beneficio de unos muy pocos, sea para su pampeanización como para su urbanización, que no se puede avanzar en la promoción de su desertificación frente al intento de mayor artificialización por adaptación del cauce a los mega barcos de ultramar de la mal denominada hidrovía, etc., es una prioridad central para cumplir con el contrato social constitucional y la Sentencia del máximo tribunal de la Nación.

Pacto de impunidad en Neuquén: la justicia suspendió el juicio por la causa COMARSA

La decisión del juez Yancarelli de suspender la persecución penal contra los imputados en la causa COMARSA confirma un nuevo capítulo de impunidad en Neuquén. En una audiencia solicitada por la defensa de los empresarios, el magistrado aceptó frenar el avance del proceso judicial en la investigación sobre el escandaloso negocio millonario de la basura petrolera del fracking.

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y la APDH Neuquén rechazamos esta decisión escandalosa, contraria al sentido más básico de justicia frente a hechos de enorme gravedad institucional, sanitaria y territorial. Lo que se está investigando no es un error administrativo ni una irregularidad menor: se trata de la acumulación masiva de residuos peligrosos de la industria hidrocarburífera, el fraude en torno a su supuesto tratamiento y la consolidación de un esquema que permitió convertir la basura petrolera del fracking en un negocio millonario.

La resolución es grave. Yancarelli decidió apartarse de las oposiciones fundamentadas tanto por la Fiscalía de Delitos Ambientales como por la querella integrada por la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y la Asamblea por los Derechos Humanos de Neuquén. Es decir: desoyó a quienes vienen sosteniendo, con prueba y argumentos, la necesidad de llegar a un juicio oral y público.

Lo que está en juego no es un detalle técnico ni una discusión menor. La causa COMARSA expone uno de los casos más escandalosos de contaminación, fraude y negocios alrededor de los residuos petroleros en Vaca Muerta. También muestra hasta qué punto una parte del sistema judicial neuquino sigue funcionando para blindar a los poderosos.

La audiencia contó con la presencia de más de 30 personas que se acercaron con la expectativa de que se rechazara lo solicitado por la defensa, pero se desarrolló como una escena de impunidad abierta. El fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid sostuvo que la oposición del MPF era fundada y, por lo tanto, vinculante, en función de la gravedad del caso. Dijo que esto no es un hecho menor, sino un proceso que involucra delitos ambientales, beneficios económicos millonarios y posibles afectaciones a derechos constitucionales, como el acceso a un ambiente sano. Remarcó que el instituto de la suspensión de juicio a prueba no está pensado para casos de esta naturaleza, ya que —según indicó— busca reducir la persecución penal en sectores vulnerables, y advirtió que concederlo en este contexto podría derivar en “un escenario de impunidad”. Según lo ocurrido en la sala, el propio juez Yancarelli tartamudeó al comunicar su decisión, exhibiendo que ni siquiera podía identificar correctamente a los imputados. En medio de los gritos y la indignación del público presente, terminó ordenando el desalojo de la sala, en una postal tan grotesca como reveladora.

Esta farsa judicial fue montada para beneficiar a los acusados y bloquear la posibilidad de que la causa COMARSA llegue a juicio oral y público.

COMARSA: basura petrolera, fraude y contaminación en Neuquén

COMARSA nunca tuvo capacidad real para tratar residuos petroleros. Se presentó como una empresa tratadora, pero en los hechos no hizo más que acumular gigantescas montañas de basura petrolera a cielo abierto.

Los imputados obtuvieron millonarios dividendos gracias a operaciones fraudulentas de simulación de tratamiento de residuos. Según surge de la acusación, las ganancias llegaron incluso a superar los 40 millones de dólares solo por recibir basura petrolera de YPF. Cuando ya no tuvieron más espacio en el predio inicialmente cedido, ocuparon ilegalmente terrenos aledaños para seguir acopiando basura tóxica, incurriendo también en el delito de usurpación.

A lo largo de su historia más reciente, COMARSA incumplió en cinco oportunidades los planes de retiro de esos residuos acordados con las autoridades competentes: en 2016, 2018, 2020, 2022 y 2025. A eso se suma el incumplimiento actual del supuesto plan de relocalización de residuos petroleros.

Y hay que decirlo con claridad: la relocalización no implica tratamiento ni disposición final. Implica apenas sacar de la vista las montañas de basura petrolera y esconderlas meseta adentro, en Añelo. No resuelve el problema. Lo traslada. Lo encubre. Lo perpetúa.

Un pasivo tóxico que amenaza la salud y las tierras públicas

Seis componentes de esos residuos son cancerígenos. El pasivo ambiental quedará en tierras públicas sin saneamiento real, mientras avanzan proyectos inmobiliarios que no dimensionan el enorme riesgo sanitario al que exponen a potenciales habitantes de los barrios circundantes.

Ese es el trasfondo concreto de la decisión judicial: no se suspendió cualquier causa. Se suspendió el avance hacia un juicio en un expediente que involucra residuos peligrosos, ganancias extraordinarias, ocupación ilegal de tierras y una amenaza persistente sobre la salud de la población.

Por eso no se trata solo de una resolución judicial escandalosa. Se trata de una señal política. Una vez más, en Neuquén, el poder judicial aparece alineado con los intereses de quienes hicieron de la basura petrolera un negocio millonario.

La decisión de Yancarelli vuelve a demostrar el pacto de impunidad entre el poder judicial, el gobierno provincial y el complejo empresarial petrolero con epicentro en Vaca Muerta, en favor de los poderosos. Desde la querella vamos a impugnar la decisión por escandalosa y no ajustada a derecho.

Con la bochornosa decisión, Yancarelli se expone a denuncias por prevaricato y juicio político, en razón de que el juez dictó una resolución injusta y contraria a la ley vigente. No solo estamos hablando de una decisión contraria a la legislación penal de fondo, procesal a nivel provincial sino que también el juez ha desconocido las dimensiones constitucionales y convencionales en materia ambiental. Finalmente, el juez también debe explicarle a la sociedad neuquina porque anuló la posibilidad de un juicio oral y público, con participación de jurado popular y así poder conocer la trastienda del escandaloso negocio millonario de la basura petrolera del fracking.

Un acuerdo de hecho entre sectores del poder judicial, el gobierno provincial y el complejo empresarial petrolero para impedir que se conozca en un juicio público la trama completa del negocio.

Qué sigue en la causa COMARSA

La fiscalía y la querella ya adelantaron que van a impugnar la decisión del juez. Lo harán convencidas de la solidez de la investigación penal realizada y de la abrumadora cantidad de evidencia reunida.

El objetivo es retomar la audiencia de control de investigación y avanzar hacia un juicio oral y público, con participación de jurado popular. Ese juicio es indispensable para que la sociedad neuquina conozca en profundidad cómo operó el negocio de la basura petrolera del fracking, quiénes se enriquecieron con él y quiénes garantizaron su impunidad.

También adelantamos que próximamente daremos a conocer un informe sobre la dimensión criminal económica del caso, que involucra a las más altas autoridades del sistema político y judicial de la provincia de Neuquén.

No es solo COMARSA: es el modelo de impunidad de Vaca Muerta

La causa COMARSA es un caso emblemático porque condensa varias capas del mismo problema: residuos peligrosos, fraude empresarial, tierras públicas degradadas, riesgos sobre la salud y cobertura judicial para los responsables.

Pero además muestra algo más profundo. Muestra el modo en que el fracking en Neuquén no solo produce petróleo y gas: también produce zonas de sacrificio, montañas de residuos tóxicos y mecanismos de protección institucional para quienes se benefician con ese esquema.

Por eso la suspensión del juicio no puede leerse aisladamente. Es parte de una trama mayor. Una trama donde la basura petrolera se acumula, los riesgos quedan para la población y las ganancias para un puñado de empresas. Una trama donde, cuando la investigación avanza, aparece el poder judicial para frenar, desviar o clausurar.

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas sostenemos que esta decisión debe ser revertida. No puede haber impunidad para quienes hicieron de los residuos petroleros un negocio millonario. No puede haber encubrimiento judicial frente a un pasivo tóxico de esta magnitud. No puede negarse a la sociedad neuquina el derecho a conocer, en un juicio oral y público, la verdad completa sobre COMARSA.

La causa debe seguir. El juicio debe realizarse. Y la red de responsabilidades políticas, empresariales y judiciales detrás de este escándalo debe quedar expuesta.

Presentan una acción judicial para proteger Península Valdés del megaproyecto de gas fósil que amenaza al Golfo San Matías

La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales solicitaron a la Justicia Federal la suspensión inmediata de las obras del complejo de gas licuado proyectado frente a la costa de Río Negro.

La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) presentaron una acción preventiva de daño ambiental contra el megaproyecto de gas licuado (GNL) que busca instalarse en el Golfo San Matías, área de la costa atlántica de la Patagonia clave para la biodiversidad del Mar Argentino. La demanda solicita a la Justicia que ordene la suspensión inmediata de las obras y de toda actividad vinculada al proyecto, hasta que se cumpla con lo requerido en la demanda. 

La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) presentaron una acción preventiva de daño ambiental contra el megaproyecto de gas licuado (GNL) que busca instalarse en el Golfo San Matías, área de la costa atlántica de la Patagonia clave para la biodiversidad del Mar Argentino. La demanda solicita a la Justicia que ordene la suspensión inmediata de las obras y de toda actividad vinculada al proyecto, hasta que se cumpla con lo requerido en la demanda. 

COMARSA: Piden elevar a juicio el mayor caso de Basureros Petroleros en Neuquén

Basureros Petroleros

Neuquén, febrero de 2026

La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas solicitó formalmente la elevación a juicio en la causa de los Basureros Petroleros de Vaca Muerta, contra la empresa COMARSA por contaminación peligrosa para la salud, usurpación de tierras públicas y simulación de tratamiento de residuos peligrosos. En el mismo sentido se expidió la Fiscalía de Delitos Ambientales.

Se trata de uno de los casos más graves de contaminación vinculados a la industria del petróleo y gas de Vaca Muerta. Los hechos investigados ocurrieron entre 2013 y febrero de 2025 y están directamente relacionados con la expansión del megaproyecto de hidrocarburos Vaca Muerta y la explosión en la generación de residuos petroleros.

La acusación sostiene que COMARSA gestionó de manera inadecuada residuos peligrosos provenientes de la industria hidrocarburífera, arrojándolos y almacenándolos a cielo abierto en el Parque Industrial Neuquén Oeste, excediendo los límites territoriales y temporales para los cuales estaba habilitada.

La empresa fue autorizada en 2009 por la Secretaría de Ambiente de Neuquén. En 2011 obtuvo habilitación para tratar suelos contaminados con hidrocarburos (cuttings, lodos, fondos de tanque, entre otros).

A partir de 2013, tras el acuerdo YPF–Chevron y el inicio de la explotación no convencional, la generación de residuos se disparó. En 2014 el negocio se cuadruplicó respecto de 2012. Sin embargo, la capacidad de tratamiento no creció en la misma proporción.

La acusación es clara: la empresa se expandió territorialmente sobre predios vecinos y arrojó allí residuos peligrosos que no tenía capacidad técnica de tratar.

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Usurpación de tierras públicas

Entre mediados de 2013 y mediados de 2014, la empresa avanzó sobre tierras de propiedad de la Provincia y del Municipio de Neuquén Capital, ocupando más de 17 hectáreas hacia el oeste y el sur del predio original. Esa expansión excedió ampliamente los límites de su habilitación ambiental.

El escrito de acusación detalla que se habrían utilizado maniobras para disimular la cantidad real de residuos acopiados. Se emitieron certificados de tratamiento para aparentar cumplimiento ante clientes y autoridades, manteniendo así la habilitación y los contratos comerciales.

En 2017, COMARSA tenía 307.000 metros cúbicos de residuos peligrosos acopiados a cielo abierto sin tratamiento completo.

  • 217.000 m³ estaban depositados en tierras ocupadas ilegalmente.
  • 70.000 m³ se encontraban en nueve piletas que operaron sin habilitación ambiental.

Todo ello excedía los riesgos permitidos por las licencias otorgadas.

¿Qué contienen esos residuos?

Los suelos contaminados con hidrocarburos son residuos peligrosos. Contienen hidrocarburos totales de petróleo y compuestos volátiles como benceno, tolueno, etilbenceno y xilenos (BTEX), además de hidrocarburos aromáticos policíclicos como naftaleno, fluoreno y fenantreno. También metales pesados como bario, arsénico y plomo.

El almacenamiento masivo a cielo abierto provocó contaminación del suelo —que continúa hasta hoy— y de la atmósfera por volatilización de componentes tóxicos y por humos negros provenientes de hornos que funcionaron entre 2013 y 2018.

No estamos ante una infracción administrativa menor. Estamos ante una conducta que generó y genera riesgo para la salud de la población de Neuquén Capital y para los ecosistemas del área.

La acusación también señala ocultamiento de información, omisión de registros y maniobras contables que habrían permitido ventajas patrimoniales personales a partir de la distribución de honorarios y dividendos. Se detectaron numerosas salidas de dinero no documentadas.

Mientras tanto, la población convivía con montañas de residuos petroleros a cielo abierto. Las pruebas incluyen:

  • 87 testigos propios.
  • 8 testigos de procedimientos.
  • 99 documentos, informes, expedientes, órdenes de servicio, planos, mapas, actas y análisis periciales contables y financieros.
  • Elementos secuestrados como documentación, cuadernos y computadoras.

La dimensión probatoria refleja la gravedad del caso y el tiempo que llevó construirlo.

Próximos pasos

Las defensas tienen diez días para contestar. Luego se realizará la audiencia de control de acusación conforme al artículo 168 del Código Procesal Penal de Neuquén. Allí se definirá si el caso avanza a juicio oral.

El caso COMARSA no es un episodio aislado. Es la expresión concreta de cómo el modelo hidrocarburífero descarga sus residuos sobre territorios urbanos y periurbanos, y traslada los costos ambientales y sanitarios a la población.

Durante años advertimos que los basureros petroleros de Neuquén eran una bomba ambiental. Hoy la Justicia tiene la oportunidad de establecer responsabilidades penales claras.

La justicia ecosocial exige algo básico: que quienes lucran con las industrias energéticas respondan por los daños y riesgos que generan. Desde la Asociación Argentina de Abogados/as ambientalistas se seguirá actuando como querellante hasta que se esclarezcan los hechos y se determinen las responsabilidades correspondientes.

El Proyecto San Jorge judicializado: Las causas en curso contra la megaminería en Mendoza

Comunicado de prensa acciones judiciales DIA – San Jorge

En ellas se plantea declarar la nulidad, inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la ley 9684 y la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto Minero San Jorge.
Es falso que haya habido aval judicial para el PSJ. Durante la feria del mes de enero, la
justicia civil solamente ha rechazado las medidas cautelares planteadas en los amparos, aunque ello no implica pronunciamiento alguno sobre la cuestión de fondo que recién comienza y se
analizará luego de la feria.

Las acciones judiciales en defensa del agua y el ambiente siguen plenamente vigentes y el Poder Judicial debe avanzar en su tratamiento.

En el Segundo Tribunal de Gestión Asociada a cargo de la Jueza Dra. Iermoli Blanco se encuentran:

En ellas se plantea declarar la nulidad, inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la Ley 9684 y de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto Minero San Jorge (PSJ).
Es falso que haya habido aval judicial para el PSJ. Durante la feria del mes de enero, la justicia civil únicamente rechazó las medidas cautelares planteadas en los amparos, lo cual no implica pronunciamiento alguno sobre la cuestión de fondo, que recién comienza y será analizada luego de la feria judicial.
En el Segundo Tribunal de Gestión Asociada, a cargo de la jueza Dra. Iermoli Blanco, se encuentran los siguientes expedientes:
Expediente N.º 287132.
Amparo presentado por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Asociación Civil de Uspallata “El Suri” e integrantes de Vecinos Autoconvocados de San Carlos, Autoconvocados por el Agua Tunuyán, Asamblea del Pueblo de Alvear y Asamblea Popular por el Agua, con el patrocinio del Dr. Emiliano Bustos Sarmiento.
La acción refiere a una DIA condicionada, incompleta y carente de estudios esenciales, así como a la falta de transparencia de la audiencia pública.
Expediente N.º 287138.
Amparo presentado por la Comunidad Huarpe Guaytamari de Uspallata y la Fundación Cullunche, con el patrocinio de la Dra. Agustina Chaves, Lucio Chaves, Antonella Barnes, Martín Berlanga Darder, Florencia Alderisi y Carime Mercado.
Refiere al incumplimiento del Consentimiento Libre, Previo e Informado a los pueblos originarios, establecido en el Convenio 169 de la OIT; a la violación de la Ley Provincial N.º 6599 (Monumentos Naturales Provinciales); y a la omisión, en todo el proceso del PSJ, de la existencia del proyecto de ley para crear el Área Natural Protegida Uspallata–Polvaredas, presentado por vecinos de Uspallata y actualmente con estado parlamentario.
Expediente N.º 287141.
Amparo presentado por un vecino de Uspallata, con el patrocinio de la Dra. Julieta Lavarello, Martina Barraza Orsini (XUMEK) y Enrique Jasid (CeProDH).
Refiere al agotamiento del caudal del arroyo El Tigre y a su insuficiencia como fuente de agua para abastecer al PSJ, siendo este arroyo el principal afluente de la Ciénaga del Yalguaraz.
Asimismo, ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza se tramitan las siguientes acciones de inconstitucionalidad:
Expediente N.º 238274.
Acción de inconstitucionalidad presentada por ciudadanos de la provincia de Mendoza, con el patrocinio del Dr. Luis Gabriel Escobar Blanco, referida a incumplimientos del Código de Minería.
Expediente N.º 238528.
Acción de inconstitucionalidad presentada por Oikos Red Ambiental, con el patrocinio del Dr. Agustín Sánchez, Juan Carlos Nievas y Manuel Linares, referida a una DIA condicionada, incompleta y carente de estudios esenciales.
Expediente N.º 239042.
Acción de inconstitucionalidad presentada por José Luis Ramón y Jenina Johana Gutiérrez, de la Asociación Civil Progreso Mendoza, y por el Lic. Eduardo Sosa, referida a una DIA condicionada, incompleta y carente de estudios esenciales, y a la falta de transparencia de la audiencia pública.
Expediente N.º 239054.
Acción de inconstitucionalidad presentada por ciudadanos de la provincia de Mendoza, con el patrocinio del Dr. Luis Gabriel Escobar Blanco, referida a la contaminación por arsénico.
En síntesis, las distintas acciones judiciales sostienen el riesgo de daño ambiental irreversible por la aprobación de una Declaración de Impacto Ambiental incompleta, condicionada y carente de estudios esenciales, que impiden determinar tanto la factibilidad del uso del agua como los riesgos de contaminación del río Mendoza y otros recursos hídricos.
Asimismo, se plantea el riesgo de agotamiento del caudal del arroyo El Tigre, principal aportante del ecosistema de la Ciénaga del Yalguaraz; el incumplimiento de la consulta a pueblos originarios establecida en el Convenio 169 de la OIT; la falta de transparencia y de consulta pública debido a las irregularidades de la audiencia pública realizada en el ámbito de la empresa; y el riesgo de liberación de arsénico, entre otros aspectos.
Entre las normas constitucionales y convencionales vulneradas se encuentran los artículos 28, 33, 41, 43 y 75 incisos 22 y 23 de la Constitución Nacional; tratados internacionales que integran el bloque de constitucionalidad federal, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (arts. 1.1, 2 y 25); el Protocolo de San Salvador (art. 11); el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (arts. 2.1, 11 y 12); y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (arts. 2, 6 y 14), todos vinculados de manera directa con la tutela del derecho a la vida, la salud, el agua y el ambiente sano, así como con el acceso efectivo a la justicia.
También se encuentra comprometido el Acuerdo de Escazú (Ley N.º 27.566), en particular sus artículos 1, 4, 6 y 8 (incisos 1, 2 y 3), que imponen obligaciones reforzadas al Estado en materia de acceso a la información ambiental, participación pública y acceso a la justicia en asuntos ambientales.
Asimismo, se vulneran la Ley General del Ambiente (Ley N.º 25.675), la Ley Provincial N.º 5961, la Ley Provincial N.º 7722 y el Código de Minería.
La Justicia de Mendoza debe dar rápido tratamiento a todas estas acciones judiciales, que forman parte de la lucha que viene llevando adelante el pueblo de Uspallata y toda la provincia de Mendoza en defensa del agua y de los bienes comunes.


Contactos de los equipos interdisciplinarios que trabajan en las acciones legales:
– ONG Progreso Mendoza:
Lic. Cristina Patiño – Tel. 260 4332765
Lic. Eduardo Sosa – Tel. 261 4183715
– Dra. Julieta Lavarello – Mat. Prov. Mendoza N.º 10.108 – Tel. 261 3071804
– Dr. Enrique Jasid – Mat. N.º 9968 – Tel. 261 6636751 (CeProDH)
– Lic. Federico Soria – Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Uspallata – Tel. 261 5333477
– Gonzalo Vergez – Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas – Tel. 223 4268927
– Ariadna Fajner Correa – Tel. 261 5933400 (XUMEK)
– Dr. Luis Gabriel Escobar Blanco – Cel. 261 2576066
– Carlos Russo – Cel. 261 3475597

La regulación del metano vinculada a los combustibles fósiles en Argentina

El metano es el segundo gas de efecto invernadero más importante después del dióxido de carbono, pero con un potencial de calentamiento mucho mayor en el corto plazo. A nivel global, se estima que causa el 30% del calentamiento asociado a las actividades humanas. 

En Argentina representa el 32% de las emisiones totales de gases de efecto invernadero, principalmente provenientes de la ganadería (60%) y los combustibles fósiles (20%). Las emisiones de metano del sector de petróleo y gas se deben a fugas, venteo intencional y quema en antorcha, además de los pozos abandonados. Argentina es considerada un “super emisor” regional, junto con Brasil, Venezuela y Colombia. 

En cuanto a la normativa en el país, a pesar de los compromisos internacionales asumidos —como el Global Methane Pledge y la participación en la Coalición Clima y Aire Limpio (CCAC) y la Iniciativa Global del Metano (GMI)—, la regulación nacional aún es incipiente y fragmentada.

A nivel nacional, el marco normativo se apoya en leyes generales de cambio climático (Ley 27.520) y planes estratégicos (Planes Nacionales de Adaptación, Mitigación y Transición Energética). Las normas específicas son escasas: la Resolución 143/1998 regula el venteo y la quema de gas, mientras que la Resolución 970/2023 crea el Programa Nacional de Medición y Reducción de Emisiones Fugitivas, aún pendiente de reglamentación. 

El Proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos de Gestión de Emisiones de Metano en el Sector de Hidrocarburos busca llenar ese vacío, proponiendo la creación de un Plan Nacional de Reducción de Emisiones de Metano, planes de gestión empresariales, programas de detección y reparación de fugas, y la introducción de créditos compensatorios. Sin embargo, el proyecto carece de metas cuantificables y mecanismos sancionatorios robustos.

Las provincias comenzaron a avanzar con regulaciones propias. Chubut aprobó en 2024 una resolución que obliga a las empresas a presentar planes anuales de gestión de emisiones y a realizar monitoreos y reportes públicos. Neuquén y Mendoza implementaron programas piloto y registros provinciales de gases de efecto invernadero, mientras que Río Negro y Santa Cruz incorporaron exigencias ambientales generales en sus marcos hidrocarburíferos. Varias provincias participan además del Sistema de Alerta y Respuesta al Metano del Programa de Naciones Unidas para el Ambiente, que utiliza datos satelitales para detectar emisiones.

A nivel internacional, la tendencia regulatoria muestra un endurecimiento progresivo. Canadá y Estados Unidos han establecido metas nacionales de reducción y exigencias tecnológicas estrictas; la Unión Europea aprobó en 2024 el primer reglamento específico de metano para el sector energético, con obligaciones de monitoreo, reparación de fugas y prohibición del venteo y flaring, mientras que China y Brasil avanzan en estándares técnicos y planes sectoriales.

El documento concluye que Argentina necesita fortalecer su marco jurídico y de política pública con metas de reducción claras, sanciones efectivas y mayor articulación institucional entre Energía, Ambiente y Salud. Asimismo, advierte que el enfoque actual —centrado en la mitigación de fugas y la valorización del gas— reproduce la dependencia de los combustibles fósiles. Propone avanzar hacia una desfosilización progresiva y una transición energética justa, que reduzca emisiones y proteja los derechos de las comunidades.

Acceder al informe:

Se recomienda el documento “Metano en Argentina: una guía básica para entender desde cero” como una primera aproximación clara y accesible para comprender el metano, su vínculo con el sector de petróleo y gas y por qué es urgente hablar de él en Argentina.

Instancia Decisiva en la Justicia Federal por el derrame de la minera Barrick Gold en la cuenca del río Jachal en San Juan

Recurrimos ante la Cámara Federal de Casación Penal para reabrir el Juicio Oral contra los responsables nacionales

La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, como representante de la Asamblea Jachal No Se Toca, declara su profunda preocupación ante la prescripción de la causa penal, por parte de la Jueza Servici de Cubría, contra los funcionarios nacionales responsables de haber frenado, manipulado e incumplido la Ley de Glaciares, en el marco del derrame tóxico de Barrick Gold en Veladero (Jáchal, San Juan) ocurrido en 2015.

El desastre de Jachal es el mayor derrame minero de la historia argentina y sigue impune a más de diez años: no hay juicio oral, no hay condenas y la minera Barrick Gold continúa operando en plena cordillera, dentro de la zona periglaciar protegida por ley.

La decisión de la jueza Cubría es un retroceso grave. No solo abandona la obligación del Estado de proteger las nacientes de agua de alta montaña, sino que además desconoce una década de pruebas que demuestran el rol del propio Gobierno Nacional de entonces en la manipulación del Inventario de Glaciares para permitir que Barrick operara donde la ley lo prohíbe. Sin esa intervención deliberada, Veladero no habría funcionado jamás: el derrame de cianuro, mercurio y metales pesados sobre la cuenca de Jáchal simplemente no habría ocurrido.

Por eso, desde la querella recurrimos ante la Cámara Federal de Casación Penal para reabrir el Juicio Oral contra los responsables nacionales.

El juicio de Jachal es la única vía para terminar con la impunidad política e institucional que rodea a Veladero desde hace años. Allí deben rendir cuentas quienes, desde el Estado Nacional, bloquearon la aplicación de la Ley de Glaciares y habilitaron la explotación minera en territorios que debían estar resguardados como reservas estratégicas de agua.

El pueblo de Jáchal carga con la contaminación, la incertidumbre y la negación sistemática de información. Su lucha es la que mantuvo viva esta causa cuando todos los resortes del poder quisieron cerrarla.

Veladero es el símbolo de un modelo extractivo basado en la desprotección de los territorios de alta montaña, el desprecio por el agua y el blindaje de las corporaciones mineras. La prescripción dictada por Servini solo fortalece ese modelo.

Por eso vamos a Casación: para impedir que esta causa se archive y para que, de una vez por todas, se escuche en un tribunal la verdad completa sobre cómo se violó la Ley de Glaciares para habilitar un proyecto que nunca debía haber existido.

La Argentina necesita justicia social y ambiental, transparencia y responsabilidad de las corporaciones mineras. Esta causa es una prueba decisiva: o se sostiene la impunidad minera, o se abre el camino para proteger de verdad los glaciares, el agua y las comunidades que dependen de ellos.

Exigimos Juicio Oral YA. El país está con Jáchal .

Basureros Petroleros: Allanamiento a la planta de COMARSA en Neuquén

Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) informa que, a pedido de esta querella y de la Fiscalía de Delitos Ambientales, la Justicia autorizó el allanamiento en la planta de COMARSA, ubicada en el Parque Industrial Neuquén Oeste, en la capital provincial. Este paso clave se da en el marco de la causa por los Basureros Petroleros del proyecto Vaca Muerta. Se realiza para avanzar en la investigación penal por usurpación de tierras públicas y contaminación peligrosa en uno de los mayores pasivos petroleros del país y del cual las empresas petroleras son responsables.

El operativo tiene un objetivo concreto: permitir las tareas de campo necesarias para el informe técnico del perito agrimensor designado por la querella, cuyo trabajo es indispensable para reconstruir los límites reales del predio y su expansión.

Esta nueva inspección judicial busca despejar una pregunta central ¿hasta dónde avanzó Comarsa sobre tierras públicas que nunca le fueron cedidas?

Desde la querella afirmamos, en base a lo evidenciado en años de documentación:
COMARSA no solo operó dentro del inmueble concedido a precio vil por la Municipalidad de Neuquén y el Concejo Deliberante, sino que extendió ilegalmente sus actividades sobre terrenos públicos no cedidos, ampliando su huella operativa por fuera de toda autorización estatal.

Esa expansión no es inocua. Sobre esas tierras usurpadas, la empresa acumuló a cielo abierto residuos petroleros tóxicos, provocando la degradación del territorio y afectando el aire, el suelo y la salud de las comunidades que viven y trabajan en las zonas aledañas. A su vez, el lixiviado de estos residuos corre peligor de afectar las napas que existen en la región. Es exactamente el tipo de manejo que las comunidades y organizaciones de la sociedad civil denuncian hace años: montañas de residuos, vapores tóxicos, derrames y un modelo energético que deja contaminación y precariedad donde debería haber controles, reparaciones y políticas públicas serias.

Con este allanamiento, la fiscalía espera demostrar el delito de usurpación, al demostrar la ocupación y el uso ilegal de tierras públicas por parte de la empresa. Y también el delito de contaminación peligrosa, al evidenciar que COMARSA acumuló residuos petroleros en esas mismas tierras, agravando la afectación territorial y social a las comunidades cercanas.

La investigación avanza en un contexto donde Neuquén convive con basureors petroleros abiertos, pozos abandonados sin remediación y zonas saturadas de la infraestructura petrolera sin que ninguna autoridad provincial regule cómo afecta esto a la población. Frente a esa desidia estructural, el allanamiento puede recaba r más evidnecias y avanzar hacia terminar la impunidad actual sobre el entramado que sostiene el proyecto Vaca Muerta.

Desde AAdeAA, como parte querellante, vamos a seguir impulsando las medidas necesarias para que se esclarezcan los hechos, se identifiquen las responsabilidades y se garantice la reparación de los territorios y de las comunidades afectadas.

La contaminación petrolera no es un daño abstracto, ni puede seguir haciéndose en nombre de las divisas y el interés nacional. Las comunidades están afectadas en sus cuerpos y territorios y quienes las afectan deben responder ante la ley