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Cumplir íntegramente la Ley de libertad de los ríos y la Constitución Provincial

por Jorge Daneri y Enzo Culasso Orué para Análisis Digital

La ley de libertad de los ríos(1) en Entre Ríos fue construida con una enorme participación y movilización social durante los años 1996/1997 y sancionada por unanimidad el 25 de setiembre de 1997, luego de dos sentencias históricas de la Justicia Federal que declaró inconstitucional el Decreto Presidencial que avanzaba desde el poder central con el proceso de construcción de represas hidroeléctricas en el sector medio del río Paraná.

Luego, en un hecho casi sin precedentes, la ley de libertad de los ríos abrazó la Constitución Provincial en la reforma del año 2008 en su Artículo 85, estableciendo que las cuencas hídricas comunes y los sistemas de humedales se declaran libres de construcción de obras de infraestructura a gran escala que puedan interrumpir o degradar la libertad de sus aguas y el desarrollo natural de sus ecosistemas asociados.

La reciente adjudicación de la Licitación de la denominada Vía Navegable Troncal, o hidrovía, desde una visión extractivista brutal, no solo está interrumpiendo y degradando el desarrollo natural de los ecosistemas asociados (islas y humedales) sino que también pone en crisis el mandato de custodia del derecho humano de acceso al agua potable, como la misma norma madre lo ordena.

En estos tiempos de negacionistas de casi todos los colores políticos aliados al poder de turno, prestamos particular atención a los siguientes tres artículos de la Ley liberadora, buscando la necesaria comprensión de la política mayoritaria frente al incumplimiento de décadas, más aún, frente a la crisis ambiental y climática, siendo desolador avanzar con mayores profundizaciones artificiales del río Paraná:

Art. 2. “Declárense los ríos y demás cursos de agua de la Provincia de Entre Ríos bienes de la naturaleza y recursos naturales de especial interés para su cuidado, conservación y aprovechamiento sostenible, en particular en lo referido a la calidad de las aguas, cantidad, distribución y uso jerarquizado, como al sustento de la biodiversidad.

Art. 3. Decláranse de interés provincial todos los proyectos de conservación y recuperación de suelos, bosques, vegetación y fauna, especialmente nativas, en riberas, barrancas y zonas aledañas a ríos, lagos, arroyos e islas.

Art. 4. Todo estudio, evaluación, proyecto económico, social o ambiental sobre el desarrollo regional integrado y sostenible a ejecutarse en el territorio de la Provincia, con incidencia en los ríos indicados en el Artículo 1º y sus recursos naturales, es de atribución exclusiva de la Provincia, en cuanto a su planificación y desarrollo.

Si para la ejecución de lo expresado en el párrafo anterior es necesaria la intervención de otros Estados Provinciales y/o el Estado Nacional, los convenios interjurisdiccionales a suscribirse se harán ad-referéndum del Poder Legislativo”.

Casi 30 años de vigencia de esta ley, violada, entre otras razones, por la inexistencia del protagonismo legislativo provincial y las áreas de competencia ambiental, con la convicción, compromiso y foco en la aplicación y cumplimiento de estas normas. La Comisión que la Ley crea no existe, lo que hiere gravemente a la propia norma en su objetivo de sostenibilidad del sistema de humedales, muy concretamente. La realidad habla por sí sola, la escala de incumplimiento es temeraria.

El Art. 6 de la norma en estudio, dispone: “Créase la Comisión Provincial de Evaluación y Propuesta para el Desarrollo Regional Integrado y Sostenible, rigiéndose por los preceptos fijados por los artículos 41º y 124º de la Constitución Nacional”.

Jamás fue convocada dicha Comisión, y justamente es el dominio originario de las provincias sobre los bienes naturales comunes existentes en sus territorios, que la mal llamada hidrovía viola, porque ese lecho del río que se draga les pertenece a las provincias, que no han participado ni participan de manera alguna en la gestión de la cuenca, porque tampoco se ha constituido el Comité de Cuenca de la mayor cuenca de nuestro país.

Finalmente, el proyecto hidrovía sigue, con sus funcionarios militantes del extractivismo voraz, desarrollando y concretando -sin estudios de impacto ambiental con evaluaciones independientes, inexistencia total de la máxima autoridad ambiental nacional, sin una evaluación ambiental estratégica-  mayores profundizaciones, sobre-dragados y canales más anchos.

Y los legisladores provinciales mirando el campeonato del mundo de la pelota redonda y sus ombligos, mientras el federalismo que dicen defender se cae a pedazos. Solo reflexionar sobre las razones de construcción del túnel Paraná Santa Fe, todo lo dice, lo denuncia, lo reivindica, cuando existieron en nuestra tierra políticas de estado y un real federalismo en la convicciones y compromisos frente a las decisiones políticas.

En el mismo contexto, la falta de actuación y presencia público institucional del PIECAS, es alarmante. Comité del Paraná inferior totalmente ausente y negado en el proceso licitatorio.

Mientras tanto, pareciera que solo el pueblo cuida lo que es del pueblo, como quedó expresado en la audiencia pública del Río Paraná, donde una abrumadora mayoría dijo: 

“No a los 44 pies”. 
“Pretender adaptar el río a los barcos de ultramar es un crimen social y ambiental”.


(*) Miembros de la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas, el Colectivo de Acción por la Justicia EcoSocial y la Unidad de Vinculación Ecologista, Fundación La Hendija.
(1) Ley Anti Represas. Libertad de los Ríos Paraná y Uruguay. Ley 9092. Paraná, 25 de septiembre de 1997.

Arenas siliceas

El Delta, hacia una urgente y democrática Evaluación Ambiental Estratégica

La Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas con el Colectivo de Acción por la Justica Ecosocial (CAJE) a realizado una conjunto de solicitudes de acceso a la información pública ambiental y una serie de propuestas de acción política y técnica destinadas al Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, atento su rol de dirección, por un período, del Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná (PIECAS-DP).

En primera instancia, se solicita se provea la documentación completa relacionada con la extracción, explotación, procesamiento y transporte de arenas silíceas con destino al yacimiento de hidrocarburos no convencionales en Vaca Muerta.

La profundización del modelo extractivista de las arenas silíceas en el territorio provincial, particularmente en el contexto de su sistema de humedales,  es realmente alarmante. En la presentación, se propone la utilización de dos herramientas precisas dispuestas en la renovada Constitución Provincial de Entre Ríos, con carácter de urgente, un estudio de impacto ambiental acumulativo y una Evaluación Ambiental Estratégica.

Fundamenta lo que promovemos en el marco de la Constitución Provincial, su artículo 84 ordena que: “Un ente tendrá a su cargo el diseño y aplicación de la política ambiental. Son sus instrumentos, sin perjuicio de otros que se establezcan: la evaluación ambiental estratégica; un plan de gestión estratégico; el estudio y evaluación de impacto ambiental y acumulativo; el ordenamiento ambiental territorial; los indicadores de sustentabilidad; el libre acceso a la información; la participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones que afecten derechos y la educación ambiental, atendiendo principalmente a las culturas locales. La ley determinará la creación de un fondo de recomposición ambiental, y estrategias de mitigación y adaptación vinculadas a las causas y efectos del cambio ambiental global.”

En esta línea, el Estado nacional dispone de la Resolución de la máxima autoridad ambiental Número 434/19 en la que se establece todo el proceso de desarrollo de la herramienta técnico  institucional de Evaluación Ambiental Estratégica.

No podemos dejar de mencionar, que el PIECAS desarrollo una de las primeras experiencias  en el País aplicando la misma, hace casi 15 años, siendo un documento relevante para su consideración en esta segunda iniciativa que aquí promovemos a la autoridad provincial y por su intermedio, al seno del PIECAS.

En primera instancia se requiere de la Provincia de Entre Ríos: 

1. Detalle de un listado pormenorizado de la totalidad de los emprendimientos de extracción de este tipo de arenas para su comercialización y destino hacia Vaca Muerta, desde su comienzo hasta la actualidad.

2. Se nos provea de un amplio Mapa con cada una de las ubicaciones, de modo digital o en papel, o en su caso, las coordenadas georreferenciadas de cada explotación, tanto para extracción como para procesamiento.

3. Se nos haga llegar copia de todas las Declaraciones de Impacto Ambiental y/o actos administrativos de aprobación o rechazo de los mismos de conformidad a los Decretos Reglamentarios vigentes sobre EIA.

4. Se nos informe los proyectos en ejecución de extracción de las arenas en cuestión, que no se encuentren autorizados, aprobados y que tengan en trámite sus EIA correspondientes.

5. Se nos informe de las explotaciones clandestinas de las que vuestra autoridad tenga conocimiento y si existen, en cada caso, sanciones, multas y clausuras.

6. Detalle de las causas judiciales vinculadas a cada uno de estos emprendimientos extractivos, de cualquiera de los fueros donde se tramitan.

7. Se nos informe sobre las empresas habilitadas para transportar dichas arenas, los medios de transporte utilizados.

Especial petición y propuesta:

Finalmente y en segunda instancia peticionamos, en atención al documento de Línea de Base y Evaluación Ambiental Estratégica existente en el PIECAS, se adopte la iniciativa de desarrollar una renovada Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) con foco en este escenario que tome como área de trabajo, el Delta y el Pre Delta en todo su conjunto y sinergias. Requerimos se avance paralela y sinérgicamente, en el desarrollo de los Términos de Referencia de un estudio de impacto ambiental acumulativo, de la totalidad de los emprendimientos de extracción de dichas arenas silíceas con destino a Vaca Muerta, más aún en las dos Áreas Naturales Protegidas de humedales que se encuentran en el territorio que nos ocupan, como dos Parques Nacionales y un Sitio RAMSAR, entre otras razones vinculados al concepto de sistema de humedales y sus ecosistemas asociados que nuestra Constitución Provincial (Art. 85) expresamente ordena proteger con especial foco, frente a escalas que parecerían absurdas por lo que hasta aquí se conoce.

 (*) Miembro Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial. (CAJE).

Las abejas, los tóxicos comisionados y la ética de la sustentabilidad

Por Jorge Daneri (*) para Era Verde

Las abejas contemplan a los nuevos presidentes electos de las comisiones de Agricultura y otras yerbas de las cámaras del Congreso de la Nación. Y convocan a asambleas en todos los montes aún en pie. Están evaluando elegir una delegación para conversar con el yaguareté sabio, aparecido hace un tiempo en la selva misionera. El gran felino de los verdes tupidos, negados por los deforestadores tan bien representados y no pocos jueces que deben velar por preservarlos. Entonces las abejas deciden concretar el encuentro. En el salto encantado de sus aguas, donde los monos carayá dorados y negros harán de facilitadores para tejer la conversación.

¿Seguirán estos seres siendo responsables no menores de la degradación, la desolación y la devastación de nuestros rincones de vida y sus milagros?, pregunta la abeja delegada.

El yaguareté responde: Abeja querida ¿No te das cuenta, no comprendes que ellos miran el mundo desde Davos, montados a ese mismo relato de los noventa que surca como aguas envenenadas a través del Gran Chaco Walambá? Son esos mismos que arrasan nuestras tierras de montes y selvas, de culturas milenarias, con las corporaciones de la soja y de otras simplificaciones químicas.

LOS NO REPRESENTANTES

La presidencia de la comisión de Agricultura de la Cámara Alta nacional quedó en manos de Alfredo De Ángeli, proveniente originariamente de la Federación Agraria Argentina. Pero no la del “Grito de Alcorta”, sino de la complicidad con las corporaciones del agronegocio de mega exportación, extractivismo depredador y voraz.

Atilio Benedetti en la misma comisión, pero en Diputados. ¿Radical? No de aquellos que lideraban la causa de los desposeídos, la causa contra el “Régimen” y la Reforma Universitaria, para plantar aquí tres sentipensares de aquella ideología de «reformas extremas en sentido democrático», hoy tan vaciada y funcional a cualquier otra cosa, salvo honrosas excepciones.

Estos dos legisladores representan al pueblo de Entre Ríos. Lo hacen en un contexto en donde en la provincia se debate un proyecto de Ley de Agroquímicos que resulta ser más y peor de lo mismo, el proyecto de la casta dirigencial de los agrotóxicos, venenos de tierras, aguas y seres humanos y no humanos. De Transición hacia la Agroecología, ni mu.

Son los mismos representantes en donde en el circo de intereses giratorios, se vienen vaciando a paso sostenido la educación pública, la autonomía Universidaria, los derechos inclusivos, el INCAA, Télam y ahora Pro Huerta, tan necesario para esa continuidad de recuperar los saberes de cultivar la tierra y que, con aciertos y errores, también aporta dignidad y compromiso. No les importa; simplifican y engloban despidos y expulsiones en paquete, en container, envueltos en esa transversalidad maldita entre región de sacrificio y expulsiones en donde se nos condena desde la denominada Republiqueta de la Soja de Syngenta, a la desertificación de los territorios y las mentes. Y levantan la mano, mano muda de solidez alguna, para acompañar necesidades y urgencias, en las antípodas de las raíces ideológicas de sus “no representaciones”.

EN EL MONTE

Las abejas finalmente decidieron con el yaguareté conformar la coordinación asamblearia del Chaco Walambá, con un Ministerio de los Seres No Humanos y Humanos. No aceptan eso de Capital. El Ministerio de Economía se denominará de la Soberanía Alimentaria y la Sanación de los Reinos de Vida. Se reconformarán los de Memoria Milenaria de las Diversidades Culturales y la Reciente; la de los Derechos Humanos y los la Pachamama y la Naturaleza.

En sus colmenas seguirán creando y sembrando las semillas de las diversidades del amor de y para la tierra, con la sabiduría ignorada como agraviada de estos modos de hacer política agraria retrógrada y para pocos, muy pocos.

LA VIDA

Debemos convocarnos a construir una política de la vida y para la vida y una potencia afectiva de actuar ante la devastación y la guerra que nuestra especie le ha declarado al mundo, nos convocan Omar Giraldo e Ingrid Toro, hacia una ética del saber habitar1.

Y el Manifiesto por la Vida, precisamente nos enseña que «la ética para la sustentabilidad va más allá del propósito de otorgar a la naturaleza un valor intrínseco universal, económico o instrumental. Los bienes ambientales son valorizados por la cultura a través de cosmovisiones, sentimientos y creencias que son resultado de prácticas milenarias de transformación y co-evolución con la naturaleza. El reconocimiento de los límites de la intervención cultural en la naturaleza significa también aceptar los límites de la tecnología que ha llegado a suplantar los valores humanos por la eficiencia de su razón utilitarista. La bioética debe moderar la intervención tecnológica en el orden biológico. La técnica debe ser gobernada por un sentido ético de su potencia transformadora de la vida»2.

Y como las luchas amorosas por las vidas es también una celebración de las existencias y esos otros mundos posibles, las gurisas y los gurises de nuestras escuelas rurales fumigadas, como sus maestras y maestros, contemplan con convicción y esperanza, abrazados a los tiempos de la naturaleza, sosteniéndose en la dignidad de sus saberes, afectos y sueños, esa sentencia luminosa que seguramente la Corte Interamericana de Derecho Humanos sabrá brindar en beneficio de los más vulnerables y las futuras generaciones de familias agroecológicas, bien a escala humana, hacia la curación de los territorios, transitando la sanación y celebración de sus diversidades. Es demasiada la trascendencia y relevancia de este grito de la tierra y sus seres pequeños y adolescentes, sus docentes, para no gritar a todos los vientos: ¡Basta!.

(*) Abogado ambientalista, integrante de la Unidad de Vinculación Ecologista (UVE) de la Fundación La Hendija y de la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas (AAdeAA).

  • Afectividad Ambiental. Sensibilidad, empatía, estéticas del habitar. Ed. Ecosur, México. Octubre 2020.
  • Manifiesto por la Vida, por una ética para la sustentabilidad. Bogotá, 2002.