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Comunicados oficiales de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas dirigidos a prensa, medios especializados, funcionarios públicos en todos sus niveles, activistas y otros integrantes de la sociedad civil.

Planta de combustibles en Paysandú: organizaciones exigimos información y cumplimiento del Estatuto del Río Uruguay

La iniciativa avanza del lado uruguayo sin que, hasta el momento, exista información pública suficiente ni conste el cumplimiento del procedimiento de información y consulta previa previsto en el Estatuto del Río Uruguay, que obliga a ambos Estados a actuar de buena fe cuando una obra puede generar impactos sensibles en la otra orilla.

Según las respuestas oficiales recibidas por nuestra organización, la CARU no cuenta aún con documentación técnica ni estudios del proyecto, a pesar de las reiteradas consultas y de las noticias públicas sobre el avance de permisos ambientales en Uruguay. Esta situación resulta alarmante.

El Estatuto del Río Uruguay no es una formalidad: es una herramienta de prevención. Establece que antes de autorizar obras o iniciar actividades debe compartirse información completa para evaluar posibles impactos sobre el agua, los ecosistemas y las poblaciones ribereñas. Saltear esos pasos implica repetir errores ya conocidos en la cuenca.

La experiencia histórica demuestra que cuando los proyectos avanzan sin información ni control binacional, el daño llega primero y la reparación nunca.

A través de los pedidos de acceso a la información, exigimos que el Estado argentino informe con claridad qué gestiones realizó la Cancillería para exigir el cumplimiento del procedimiento binacional previsto en los artículos 7 a 13 del Estatuto del Río Uruguay; si se solicitaron formalmente estudios, evaluaciones de impacto y detalles técnicos del proyecto a Uruguay; qué actuaciones concretas se impulsaron en el ámbito de la CARU; y qué compromisos se asumieron en reuniones bilaterales recientes vinculadas a esta planta.

También reclamamos que la Provincia de Entre Ríos haga pública toda la información disponible, así como los contenidos y resultados de las reuniones mantenidas con autoridades uruguayas y nacionales.

El acceso a la información ambiental es un derecho básico. Sin información oportuna no hay participación social posible, ni control ciudadano, ni prevención real del daño. Cuando se trata de un río compartido, el silencio institucional se transforma en una forma de irresponsabilidad política.

No se trata de oponerse por reflejo ni de discutir slogans tecnológicos. Se trata de defender el agua, los ecosistemas y las economías locales, y de evitar que decisiones tomadas a espaldas de las comunidades se consoliden como hechos irreversibles.

Desde la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas advertimos que no puede volver a aplicarse la lógica de los hechos consumados en el Río Uruguay. La cooperación entre Estados no es una opción: es una obligación jurídica y política.

Si no hay información completa, pública y previa, no hay licencia social ni legal. Y si el derecho a saber es vulnerado, las herramientas judiciales seguirán estando sobre la mesa.

Ley de Glaciares: comunidad jurídica alerta sobre la inconstitucionalidad del proyecto de reforma

Más de 85 constitucionalistas y académicos enviaron una carta al Congreso de la Nación en la que advierten que el proyecto de reforma de la Ley de Glaciares —que será tratado en los próximos días durante las sesiones extraordinarias convocadas por el Poder Ejecutivo— es inconstitucional y pone en jaque el derecho constitucional ambiental.

Entre las personalidades del ámbito jurídico que acompañan el pronunciamiento se encuentran Daniel Sabsay, Roberto Gargarella, Leila Devia, Andrés Gil Dominguez, Florencia Saulino, Lilian del Castillo, Marcelo López Alfonsín, Marisa Herrera, Aldo Rodríguez Salas, Mariela Puga, Guillermo Scheibler, Fabiana Schafrik, Aníbal Falbo y Valeria Berros, entre otros, quienes alertan sobre el carácter regresivo de este proyecto de reforma, ya que reduce protecciones ya previstas por ley vigente, y viola el sistema de Presupuestos Mínimos garantizado en el artículo 41 de la Constitución Nacional.

En este artículo, la Constitución le atribuye al Congreso Nacional la facultad de dictar normas de presupuestos mínimos de protección ambiental. Por su parte, las provincias pueden complementar las normas emanadas, pero en ningún caso pueden perforar el piso de protección ni disminuirla. La competencia complementaria de las provincias es maximizadora y debe ejercerse en el sentido de aumentar el potencial del sistema de protección, de acuerdo a las características de los ecosistemas e institucionalidades de cada jurisdicción.

Por el contrario, la iniciativa impulsada por el Ejecutivo permite que cada provincia verifique y decida qué glaciares, y ambientes periglaciales, proteger o no según sus propios criterios. Esto pone en riesgo las fuentes de agua propias dentro del territorio provincial, como el agua de las provincias que estén cuenca abajo. “La reforma no constituye una mera modificación, sino que subvierte por completo el sistema vigente. Su redacción desmantela la esencia de las Leyes de Presupuestos Mínimos: el objeto de ese tipo de normas es establecer un piso de regulación y que el techo lo pongan las provincias”, explicaron en la carta.

Un punto crítico es que la reforma vacía de contenido al Inventario Nacional de Glaciares, un instrumento técnico-científico de información pública que identifica y caracteriza los glaciares  del país. Al subordinar ese conocimiento científico a decisiones provinciales, el proyecto anula la operatividad del presupuesto mínimo de protección y rompe con el enfoque ecosistémico que reconoce que los glaciares y las cuencas hídricas exceden los límites jurisdiccionales.

“La eliminación de la protección de un glaciar en una jurisdicción puede afectar directamente el acceso al agua y los derechos ambientales de otras provincias”, advierte el documento, que también recuerda que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha ratificado el carácter operativo —y no meramente declarativo— de los presupuestos mínimos ambientales. “Sin un criterio de protección nacional, cada provincia podría establecer principios distintos, generando desigualdad en la protección del agua y potenciales conflictos entre jurisdicciones por la gestión de cuencas”, agregaron.

Agregaron además que, de aprobarse, esta reforma sentaría un precedente peligroso para todo el sistema de leyes ambientales vigentes y futuras, abriendo la puerta a retrocesos similares en otras normas clave, cuyos impactos alcanzan a la ciudadanía de forma directa, como también a actividades productivas clave.

Ley de Glaciares: ¿qué establece?

La Ley de Glaciares vigente, pionera en la región y en el mundo, fue sancionada hace 15 años y define los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial como reservas estratégicas de agua, crea el Inventario Nacional de Glaciares (ING) y prohíbe actividades que puedan afectar su condición natural, particularmente aquellas vinculadas a la minería y a la industria de hidrocarburos.

Argentina posee uno de los patrimonios glaciares más extensos del mundo: casi 17.000 cuerpos de hielo distribuidos a lo largo de más de 5.000 km, desde Jujuy hasta Tierra del Fuego, la Antártida y las Islas del Atlántico Sur. Sin embargo, estas reservas hídricas son altamente vulnerables, motivo por el cual se sancionó la Ley de Glaciares.

En la última década, la superficie de los glaciares argentinos se redujo aproximadamente un 17%. Esta tendencia se inscribe en un proceso global de acelerada pérdida de hielo: según un estudio de la revista Nature, publicado en 2025, entre 2000 y 2023 los glaciares del mundo perdieron en promedio 273.000 millones de toneladas de hielo por año, como consecuencia del cambio climático asociado a la quema de combustibles fósiles.

En este marco, organizaciones como FARN, Greenpeace, Aves Argentinas, la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas-Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (AAdeAA–CAJE) y Jóvenes por el Clima han exigido y alertado en distintas oportunidades que no se avance con ningún cambio que debilite la ley vigente, y advirtieron que “debilitarla no generará desarrollo sostenible, sino mayor vulnerabilidad climática, pérdida de agua, impactos sociales y costos económicos crecientes”.

Organizaciones ambientales advierten sobre los riesgos de modificar Ley de Glaciares

Se tratará en febrero durante las sesiones extraordinarias

Buenos Aires, 20 de enero de 2025- Greenpeace, Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Aves Argentinas, la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas-Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (AAdeAA–CAJE) y Jóvenes por el Clima alertan que durante febrero, en el marco de las sesiones extraordinarias del Congreso, se avanzará con el tratamiento de la modificación a la Ley de Glaciares. Desde las organizaciones advierten que esta iniciativa, que ya obtuvo un dictamen exprés en el Senado de la Nación, representa un grave retroceso en la protección de los glaciares y del ambiente periglacial, y exigen que no se avance con ningún cambio que debilite la ley vigente.

“Modificar la Ley de Glaciares en plena crisis climática e hídrica implica reducir la protección de reservas de agua dulce estratégicas para los argentinos y poner en riesgo la seguridad hídrica de más de 7 millones de personas. Los glaciares y el ambiente periglacial no son ‘hielo sin valor’: regulan los caudales de los ríos, sostienen las cuencas en contextos de sequía y cumplen un rol clave frente al aumento de las temperaturas”, dijo Matías Arrigazzi, del equipo de Greenpeace.

Argentina cuenta con casi 17.000 glaciares inventariados en 12 provincias, que alimentan 36 cuencas hídricas a lo largo de más de un millón de kilómetros cuadrados. Los glaciares y el ambiente periglacial representan reservas hídricas estratégicas para el presente y el futuro de la población.

“Los ambientes periglaciarios no son territorios vacíos: albergan una gran diversidad de formas de vida que cumplen funciones ecológicas clave y sostienen equilibrios ambientales delicados. Muchas de estas especies y procesos naturales trascienden las fronteras políticas de las provincias, la naturaleza no reconoce límites administrativos. Hoy, estos ambientes y la biodiversidad que resguardan están seriamente amenazados, y su protección requiere una mirada integral, federal y basada en la ciencia”, destacó Hernán Casañas, Director Ejecutivo de Aves Argentinas.

Las organizaciones advierten además que el proyecto de modificación es inconstitucional. Vulnera el artículo 41 de la Constitución Nacional, el principio precautorio y de prevención establecidos en la Ley General del Ambiente y el principio de no regresión ambiental reconocido en el Acuerdo de Escazú. La iniciativa traslada a las provincias la definición de qué glaciares y qué porciones del ambiente periglacial deben protegerse, rompiendo el carácter nacional y uniforme de los presupuestos mínimos ambientales y habilitando criterios desiguales para sistemas hídricos que no reconocen límites políticos.

“La reforma propuesta es altamente regresiva e inconstitucional, y terminará por erosionar las bases mismas de la seguridad jurídica que pretende promover. La Ley de Glaciares no necesita ser reformada; necesita, simplemente, ser cumplida”, sostuvo Andrés Nápoli, Director Ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN).

“Aprobar esta modificación implica desproteger nuestras reservas estratégicas de agua dulce, reemplazando criterios técnicos y científicos por presiones políticas y económicas coyunturales, con consecuencias irreversibles para millones de argentinos durante décadas”, señaló Mercedes Pombo, cofundadora de Jóvenes por el Clima

Asimismo, dejar a evaluación administrativa provincial el “valor hídrico relevante” de glaciares y ambiente periglacial es científicamente incorrecto. Estas áreas almacenan grandes volúmenes de hielo en profundidad y cumplen un rol esencial en la regulación hídrica. Su destrucción implica la pérdida irreversible de agua que no puede recuperarse y abre la puerta a repetir episodios de contaminación ya conocidos, como los derrames registrados en proyectos mineros en zonas cordilleranas.

“Lo que está en juego es el agua. Se plantea sacrificar a los glaciares de miles de años, que dan agua para la vida, el trabajo y la agricultura para proyectos de grandes mineras transnacionales. Pero estos ríos nutren gran parte de nuestro país”, sostuvo Enrique Viale, Presidente y Fundador de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas.

La Ley de Glaciares es una norma pionera a nivel mundial: declara a los glaciares y al ambiente periglacial como bienes públicos y reservas estratégicas de agua, fue ratificada como constitucional por la Corte Suprema y demostró ser efectiva al proteger estas áreas frente al avance de más de 40 proyectos extractivos. Debilitarla no generará desarrollo sostenible, sino mayor vulnerabilidad climática, pérdida de agua, impactos sociales y costos económicos crecientes.

Megaincendios en la Patagonia Norte: lo que está pasando y lo que no nos están contando

El noroeste de la Patagonia —los bosques andino-patagónicos y, en particular, la Comarca Andina del Paralelo 42 (sur de Río Negro y norte de Chubut)— vuelve a arder. Año tras año, los incendios se vuelven más extensos, más difíciles de controlar y más destructivos para las comunidades, los ecosistemas y las economías locales. Lo que está en juego no es solo la pérdida de bosque: se queman casas, chacras, escuelas, redes comunitarias, agua, salud, y el futuro mismo de un territorio.

Elaboramos este informe desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas – Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (AAdeAA-CAJE) para presentar evidencia y claridad política: los megaincendios son un fenómeno multicausal, atravesado por la crisis climática, décadas de políticas de reemplazo del bosque nativo por especies exóticas de alto riesgo (como el pino radiata), expansión de áreas de interfase sin planificación, y un Estado cada vez más ausente en prevención, investigación y respuesta.

A eso se suma un giro peligroso: el Gobierno nacional decidió correr el manejo del fuego del ámbito ambiental y colocarlo bajo una lógica de “seguridad interna”, mientras recorta fondos, precariza brigadistas y alimenta lecturas represivas y racistas —con el pueblo mapuche como blanco preferido—. En paralelo, circulan teorías conspirativas que funcionan como cortinas de humo: desvían la responsabilidad política y ocultan lo que sí existe y es verificable, como la presión inmobiliaria, la disputa por los territorios y el intento de flexibilizar normas que hoy impiden el negocio con la tierra quemada.

Este informe es urgente porque los megaincendios ya no son una excepción: son un síntoma de época. Y porque frente al fuego hay dos caminos: la reacción tardía y militarizada, o la prevención con ciencia, planificación territorial, recursos, brigadistas con salarios y equipos dignos, y una política pública que no entregue territorios a la especulación. En el informe describimos:

1) Contexto y matriz político-social de los incendios

Una lectura integral de lo que pasa en la Norpatagonia: crisis climática, sequía persistente, olas de calor, tormentas eléctricas en estación seca, invasión de exóticas, crecimiento de zonas de interfase, desinformación y construcción del “enemigo interno”. El informe recupera el rol de la organización comunitaria y el trabajo de brigadistas y bomberos, y advierte: sin prevención y sin política pública, el daño se multiplica.

2) Marco normativo vigente: las leyes que hoy protegen los territorios quemados

En tiempos de desinformación, el informe remarca algo central: hay leyes nacionales plenamente vigentes que protegen bosques y territorios tras el fuego, y limitan la especulación y la extranjerización. Se explican de forma clara:

  • Ley de Bosques Nativos (26.331): obliga a ordenar el territorio por categorías de conservación (OTBN), exige evaluación de impacto y participación pública para actividades que afecten bosques, y establece un fondo para compensar a provincias por conservar.
  • Ley de Manejo del Fuego (26.815 y reforma 27.604): crea el Sistema Federal de Manejo del Fuego y define obligaciones de prevención y planificación. Además, incorpora la prohibición de cambiar el uso del suelo por décadas cuando hay incendios, justamente para evitar el negocio inmobiliario y permitir la restauración.
  • Ley de Tierras Rurales (26.737): limita la concentración de tierras rurales en manos extranjeras y protege zonas sensibles, incluyendo áreas vinculadas al agua y a fronteras. El informe recuerda que, pese a intentos de derogación vía DNU, la ley se mantiene vigente por medidas judiciales.

3) Marco presupuestario: el desfinanciamiento como decisión política

El informe muestra cómo el recorte y la subejecución presupuestaria erosionan la capacidad real de prevenir y combatir incendios. Se releva la caída de fondos del Servicio Nacional de Manejo del Fuego, la subejecución (incluido el caso de 2024), y la disolución del Fondo Nacional de Manejo del Fuego mediante decreto. El resultado es concreto: menos prevención, menos equipamiento, peores condiciones laborales para brigadistas y una respuesta más lenta y más débil en plena emergencia.

4) Líneas de acción: qué podemos hacer

El documento cierra con propuestas para la acción colectiva y política: defender las leyes vigentes, exigir ejecución presupuestaria y políticas de prevención, fortalecer educación y alfabetización en manejo del fuego en zonas de interfase, discutir seriamente qué significa “cuidar el bosque” en tiempos de crisis climática y enfrentar la desinformación y la estigmatización de comunidades.

Reforma del sistema de inteligencia: una norma que pone en riesgo garantías constitucionales básicas

El pasado 31 de diciembre el Poder Ejecutivo dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 941/2025, mediante el cual reformó el funcionamiento del sistema de inteligencia argentino. No con una ley debatida en el Congreso, sino de forma unilateral durante su receso. 

¿Por qué te tiene que importar? 

Porque modifica la manera en la que el Estado puede vigilarte y así afecta directamente tu libertad, tu autonomía y tu privacidad.

No tenés forma de saber cómo son usados tus datos personales

El DNU obliga a más de 15 organismos públicos a compartir datos personales de la población con la SIDE, sin establecer procedimientos concretos ni mecanismos de control. El decreto se vuelve así una herramienta para realizar vigilancia masiva. Además, la acumulación de grandes cantidades de datos en un solo organismo es todavía más peligrosa en la medida en que el Estado no tiene una política adecuada de seguridad de la información y las filtraciones son frecuentes. 

El decreto no prevé ningún tipo de control ciudadano sobre el accionar de la SIDE y concentra todavía más poder en esta agencia. Puede pedir información a provincias y municipios, aprobar presupuestos secretos, compartir tus datos con agencias de otros países sin autorización judicial. Y todo bajo absoluto secreto. Nadie sabrá qué hacen con tu información ni a quién se la dan.

Nadie controla a los que controlan

El decreto establece que las actividades de inteligencia son encubiertas por definición. Esto significa que no vas a poder saber si te están investigando, por qué, ni qué información tienen sobre vos. El carácter encubierto puede frustrar eventuales investigaciones para probar responsabilidades del Estado. No hay forma de reclamar si se equivocan o abusan. El secreto es la regla.

Una SIDE que te puede detener

Por primera vez en democracia, los agentes de inteligencia tienen poder para detenerte. La SIDE puede proceder a la “aprehensión” de personas sin que quede claro bajo qué criterios ni con qué garantías, y sin autorización judicial. Esto deja habilitado el camino a detenciones arbitrarias, a la persecución y a la intimidación. Es transformar a los servicios de inteligencia en una especie de policía secreta y sin control. 

Los militares volverían a tareas de seguridad interior

Durante décadas, Argentina trabajó para separar claramente defensa (militares) de seguridad interna (policías). Era una lección aprendida de la dictadura: los militares no deben ejercer funciones de control de la población civil. Este decreto permite que las Fuerzas Armadas realicen tareas de inteligencia sobre “organizaciones no estatales” —sin aclarar cuáles ni los criterios que harían que las organizaciones ingresaran en esa categoría— y les quita el control civil. Es un retroceso histórico peligroso.

El regreso de la idea del “enemigo interno”

En este DNU se expande de manera significativa el concepto de contrainteligencia, que pasa a incluir la prevención de acciones de infiltración, espionaje, sabotaje, influencia, injerencia o interferencia de factores externos en detrimento del proceso decisorio de las autoridades públicas, de los intereses estratégicos nacionales y/o de la población en general, incluso en “abordajes multidimensionales” de actores estatales y no estatales. Al modificar el artículo 4° de la Ley 25.520, las prohibiciones pensadas para que las agencias de inteligencia no puedan hacer tareas de inteligencia política (no influir sobre la vida política, social, económica, partidos, opinión pública) se vuelven irrelevantes porque se incluye una excepción muy amplia: las actividades de contrainteligencia previstas quedan habilitadas a realizar estas prácticas hasta ahora prohibidas. En los hechos, esto flexibiliza los límites legales a la inteligencia interior y habilita el espionaje político en nombre de la contrainteligencia.

La vaguedad de ciertos términos abre preguntas sobre cómo será la aplicación efectiva de estas disposiciones, y esta preocupación se incrementa ante la difusión en diciembre pasado de un supuesto Plan de Inteligencia Nacional (PIN), en el que se identificaban expresamente como “enemigos internos” a anarquistas, pueblos originarios, ambientalistas y periodistas que “desinformaran” o “deslegitimaran” al gobierno. 

Así, se ponen en grave riesgo los derechos de libertad de expresión, de asociación y de petición a las autoridades. Reclamar por una ley (como la de Glaciares o Fondos para Discapacidad) nos convierte en un objetivo de inteligencia y pasibles de ser espiados, infiltrados y hasta detenidos. 

¿Por qué ahora? ¿Por qué así?

Este DNU, manifiestamente inconstitucional, rompe consensos básicos, amplía el margen de discrecionalidad estatal, debilita los controles y posibilita prácticas que creíamos superadas. Al habilitar herramientas para vigilar, perseguir y detener, es una señal directa hacia quienes defendemos derechos, territorios y democracia.

Una vez más, se toman decisiones de extrema relevancia sin debate legislativo. Es evidente que lo que exige nuestra Constitución para el dictado de decretos de necesidad y urgencia no se cumple: no hay circunstancias excepcionales que impidan al Congreso sancionar leyes, y es claro que reformas tan trascendentes como éstas, lejos de ser adoptadas de manera unilateral, deberían realizarse cuando hay acuerdos entre diversas fuerzas políticas. El Congreso debe rechazar este decreto. 

FIRMAS:

  1. Amnistía Internacional Argentina
  2. Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas / CAJE
  3. Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)
  4. Poder Ciudadano
  5. CELS
  6. Democracia en Red
  7. Fundación SES
  8. Fundación Vía Libre
  9. Campaña Argentina por el Derecho a la Educaciòn (CADE)
  10. Fundación Ambiente y Recursos  Naturales (FARN)
  11. Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) 
  12. Fundación para el Desarrollo Humano Integral 
  13. Fundación Protestante Hora de Obrar
  14. Xumek- Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos
  15. Fundación Cambio Democrático
  16. Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)
  17. Instituto Latinoamericano de Seguridad y Democracia (ILSED)
  18. Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes (CAREF)
  19. Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES)
  20. Consciente Colectivo
  21. Fundación Huésped 
  22. Greenpeace
  23. Federación Ecuménica de Cuyo (FEC)

Un protocolo sin consulta

La Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro, con el patrocinio legal de la Asociación Argentina de Abogades Ambientalistas, interpuso el martes 30 de diciembre una demanda judicial solicitando que se declare la inconstitucionalidad del Protocolo de Consulta Previa, Libre e Informada (Ley N° 5755/2024) y de su decreto reglamentario, sancionados por la Legislatura de Río Negro durante el año 2024.

Dicho protocolo fue sancionado de manera unilateral por el Estado provincial, sin consultar a las comunidades originarias, incluso desoyendo sus disidencias y observaciones expresamente formuladas durante el proceso previo.

Sostenemos, sin margen de duda, que no existió participación alguna de autoridades indígenas, comunidades ni de pobladores dispersos en la confección y redacción del protocolo de consulta, incumpliendo de este modo los estándares constitucionales y convencionales vigentes.

La norma impugnada deriva en un procedimiento de consulta altamente restrictivo respecto de la participación de los pueblos indígenas, sus autoridades, comunidades y pobladores dispersos, limitando su intervención en la toma de decisiones vinculadas a leyes o disposiciones administrativas que afectan directa o indirectamente a sus territorios.

Desde el punto de vista jurídico, este esquema resulta contrario al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y a los artículos 75 incisos 17 y 22 de la Constitución Nacional.

En los hechos, esta “consulta sin consulta” se reduce a un trámite administrativo diseñado a la medida de proyectos extractivistas, mineros e hidrocarburíferos, que buscan avanzar sobre territorios ancestrales sin garantizar la participación real de los pueblos indígenas.

Es claro que el Gobierno de Rio Negro, no quiere incluir en la participación real de un Protocolo de Consulta, Libre, Previa e informada a las comunidades ni mucho organizaciones indígenas. Solo quiere que las mismas asientan sin debate previo, a los fines de legitimar iniciativas unilaterales.

La consulta previa, libre e informada es un derecho colectivo de los pueblos indígenas. Desde la Asociación Argentina de Abogades Ambientalistas acompañamos esta demanda porque defender la participación real es defender los territorios, la democracia y el respeto por los derechos de los pueblos originarios.

Una vez más vemos como se consolida un modelo de toma de decisiones autoritario, funcional a intereses extractivistas y ajeno a toda lógica democrática. Frente a este escenario, reafirmamos que no habrá licencia social ni legitimidad posible sin consulta real, libre, previa e informada, construida desde y con las comunidades, y no a espaldas de ellas.

La inacción climática estatal vuelve a empeorar los incendios en la Patagonia

Una vez más, la sociedad es testigo de cómo el fuego avanza sobre el bosque andino patagónico y sus poblaciones aledañas. Un enorme patrimonio milenario de flora y fauna autóctonas, y las sociedades que dependen de ellos, es arrasado año tras año. Lejos de ser fenómenos aislados, estos megaincendios son consecuencia directa de decisiones humanas.  

Los incendios que actualmente atraviesan la Patagonia son otro de los síntomas alarmantes de los impactos de la crisis climática global, cuya causa principal es la quema de combustibles fósiles. Las condiciones meteorológicas cada vez más extremas y frecuentes, que propician sequías prolongadas y cambios en los patrones climáticos locales, favorecen la propagación del fuego  directamente empeorados por la crisis climática.

Foto: Joel Reyero

A esto se le suma la inacción estatal en materia de mitigación y prevención, que podría mejorar las condiciones territoriales de cara a la temporada de incendios. El crecimiento desmedido de extensas plantaciones forestales con especies exóticas invasoras y profundamente adaptadas a un régimen mayor de incendios, como los pinos, sumado al desmanejo y la falta de regulación respecto de estos pinares y el riesgo que implican en la población y el ecosistema nativo, generan un caldo de cultivo para estos fenómenos. Además, el crecimiento demográfico exponencial y la falta de planificación urbana, la desinformación y los reiterados intentos de modificar la legislación respecto del uso del suelo, con marcados intereses inmobiliarios y de otro tipo, crean las condiciones para agravar los efectos devastadores del fuego. 

Durante la última temporada de incendios en la Patagonia, la superficie de bosques afectados por incendios forestales se cuadruplicó: pasó de 7.747 hectáreas entre octubre de 2023 y marzo de 2024, a 31.722 hectáreas entre octubre de 2024 y marzo de 2025. Investigadores del CONICET advierten que esta tendencia creciente aumentaría por seis hacia fines del siglo XXI. Este escenario se inscribe en un contexto de desfinanciamiento del Servicio Nacional de Manejo del Fuego, que pone en riesgo la estructura del organismo responsable no solo de la supresión y el combate de incendios, sino también de las indispensables tareas de prevención. 

Foto: Joel Reyero

Es necesario que el Estado responda de manera coordinada a los megaincendios. Los recursos para la prevención del fuego, en todo el territorio nacional, deben emplearse en su máxima capacidad. Para esto es necesario avanzar en el refuerzo del equipamiento y la formalización laboral del personal de brigadas, restablecer el financiamiento pleno del Servicio de Manejo del Fuego, y coordinar los operativos necesarios entre los múltiples actores estatales, tanto de Nación, como provinciales y municipales. La creación de comités de crisis, que incluyan la participación comunitaria local en la alerta temprana y monitoreo, son cruciales. 

La crisis climática está aquí y es ahora, podemos elegir responder ante ella o seguir intentando mirar para otro lado mientras el fuego incrementa cada vez más.  

Más datos sobre el manejo del fuego y la promoción de los fósiles

  • Durante 2024, el Gobierno ejecutó apenas el 22 % del presupuesto estatal asignado al Servicio Nacional de Manejo del Fuego (SNMF), pese a tratarse del año con la mayor cantidad de focos ígneos de al menos los últimos ocho años. En 2025, la subejecución presupuestaria volvió a repetirse: el SNMF dejó sin ejecutar el 25 % de los recursos asignados, lo que equivale a casi $20.000 millones que podrían haberse destinado a mejorar la infraestructura, el equipamiento, las capacitaciones y las condiciones laborales de las y los brigadistas.
  • De acuerdo a la Ley de Presupuesto 2026, la partida presupuestaria del Servicio Nacional de Manejo del Fuego (SNMF) contará con $20.131 millones, lo que implica una caída real del 69% con respecto a 2023 y del 78,5% con respecto a 2025.
  • Las metas físicas del SNMF tendrán una marcada reducción en las horas de vuelo previstas y ejecutadas. Mientras que en 2023 estaban programadas 5.100 horas —aunque solo se concretaron 3.058—, para 2026 se proyectan 3.100. A esta disminución se le suma la caída en los informes de alerta temprana y de evaluación de peligro de incendios, instrumentos clave para un enfoque preventivo. En este caso, se pasa de 2.310 informes previstos en 2025 a apenas 1.850 en 2026.
  • El Presupuesto 2026 asigna $651.600 millones a los subsidios a la oferta de hidrocarburos, lo que representa un aumento real del 6% respecto al valor de 2025. Esto equivale al 0,44% del presupuesto total nacional.

Organizaciones firmantes

  1. Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)
  2. Observatorio Petrolero Sur (OPSur)
  3. Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas/Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial
  4. Sustentabilidad Sin Fronteras (SSF)
  5. SurfRider Argentina
  6. Gabriel Blanco, autor coordinador de los informes de evaluación 5 y 6 del IPCC
  7. Multisectorial Golfo San Matías
  8. Colectiva Mirá Socioambiental
  9. Tramatierra
  10. Taller Ecologista
  11. Multisectorial de la Comarca Marítima, Viedma, Carmen de Patagones, El Condor
  12. Casa Río Lab
  13. Consciente Colectivo
  14. Fundación Ambiente, Desarrollo y Hábitat Sustentables
  15. Asociación de Amigos de la Patagonia
  16. Instituto de Salud Socioambiental (InSSA)
  17. Greenpeace Argentina 
  18. Defensores del Pastizal 
Ley de Glaciares

Ley de Glaciares: alerta por el proyecto del gobierno que busca aprobarse en el Senado

El gobierno impulsa una reforma regresiva de la Ley de Glaciares durante las sesiones extraordinarias

El gobierno nacional avanzó con un proyecto para modificar la Ley N.º 26.639, conocida como Ley de Glaciares, que ya ingresó al Senado y busca ser aprobado en sesiones extraordinarias durante el verano. La iniciativa apunta a desmantelar el régimen de presupuestos mínimos que hoy protege glaciares y ambiente periglacial, es decir, las reservas estratégicas de agua más importantes de la Argentina.

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (AAdeAA–CAJE) advertimos que esta reforma representa un grave retroceso en la protección del agua, en un contexto de crisis climática, retroceso acelerado de glaciares y creciente estrés hídrico en todo el país.

Qué cambia el proyecto que modifica la Ley de Glaciares


Cuadro comparativo realizado AAdeAA-CAJE


El proyecto del gobierno introduce cambios estructurales que alteran por completo la letra y el espíritu de la ley vigente.

En primer lugar, todos los glaciares podrían ser destruidos. La reforma elimina la protección automática que hoy establece la ley y la reemplaza por un sistema discrecional: mediante una simple declaración de una autoridad provincial, un glaciar puede quedar fuera de la protección legal y ser habilitado para actividades extractivas.

En segundo lugar, el proyecto elimina la prohibición expresa de realizar minería sobre el ambiente periglacial. La Ley de Glaciares vigente reconoce que glaciares y periglaciares conforman un sistema único, indispensable para la regulación del agua. Desproteger el periglacial implica, en los hechos, permitir la destrucción del glaciar. Es como proteger el hielo pero apagar el freezer: el resultado es su desaparición.

Una falsa “federalización” de la protección del agua

La reforma propone que cada provincia decida qué glaciares y qué ríos pueden ser entregados a la megaminería y a la exploración hidrocarburífera. De este modo, se eliminan los presupuestos mínimos ambientales nacionales, que hoy garantizan un piso común de protección en todo el territorio argentino.

Esto no fortalece el federalismo : lo debilita. Los glaciares alimentan cuencas hídricas que atraviesan varias provincias. Permitir que una sola jurisdicción defina su destino afecta directamente a comunidades y territorios aguas abajo y abre la puerta a un dumping ambiental, donde las provincias compiten por ver quién flexibiliza más para atraer inversiones extractivas.

Un retroceso ambiental y jurídico inadmisible

Modificar la Ley de Glaciares en este sentido es ambientalmente riesgoso y jurídicamente ilegal. El proyecto viola el principio de no regresión ambiental, reconocido por la Constitución Nacional y por el Acuerdo de Escazú (Ley 27.566), que prohíbe disminuir los niveles de protección ya alcanzados.

En lugar de fortalecer la protección del agua frente a la crisis climática, el gobierno busca debilitar la única norma que pone un límite claro al avance de la megaminería en las cabeceras de los ríos.

Desde AAdeAA–CAJE reafirmamos un principio básico: proteger los glaciares y el ambiente periglacial es proteger el agua, las cuencas y el futuro de nuestras comunidades.

Llamamos a la ciudadanía, a las organizaciones sociales, a las comunidades, al periodismo y a los representantes legislativos a defender la Ley de Glaciares y a impedir cualquier retroceso en la protección de las reservas estratégicas de agua de la Argentina.

Porque sin glaciares no hay agua.
Y sin agua, no hay vida.

Ley de Glaciares

Glaciares en riesgo: por qué más de 25 organizaciones rechazan cualquier retroceso en la ley que protege el agua de la Argentina

En las últimas semanas comenzó a circular la propuesta de modificar la Ley N.º 26.639, conocida como Ley de Glaciares. El planteo no es menor: se trata de la norma que protege las reservas de agua más estratégicas del país, ubicadas en la cordillera y en las zonas de altura donde el hielo, la roca y el frío regulan el flujo de los ríos que alimentan a ciudades enteras.

Frente a este escenario, más de 25 organizaciones de distintos territorios publicaron hoy un documento conjunto. El mensaje es claro: retroceder en la protección de glaciares y ambientes periglaciales es abrir la puerta a daños irreversibles en un ecosistema ya presionado por la crisis climática, y con ello comprometer el abastecimiento de agua de millones de personas.

La Ley de Glaciares fue sancionada en 2010 tras años de litigios, estudios científicos, movilización ciudadana y debates legislativos complejos. No es una norma simbólica: establece límites concretos a actividades que destruyen o alteran glaciares y ambientes periglaciales, especialmente la megaminería y la explotación hidrocarburífera en alta montaña.

En regiones áridas y semiáridas —que representan buena parte del país— la existencia misma de comunidades, economías regionales y ecosistemas depende del agua regulada por estos cuerpos de hielo. Debilitarlos no solo es imprudente: es una apuesta peligrosa en un escenario de calentamiento global acelerado y retroceso comprobado de los glaciares.

Glaciares y periglaciares no son entidades aisladas: funcionan como un solo sistema hídrico y ecológico. Almacenan agua en invierno, la liberan en verano y sostienen caudales cuando no llueve. Intervenir estas zonas, perforarlas, remover roca o construir infraestructura pesada altera esa función básica y desencadena impactos que pueden sentirse cientos de kilómetros río abajo.

Por eso la ley prohíbe actividades de alto impacto donde el daño sería permanente. No porque “se oponga al desarrollo”, sino porque define qué tipo de desarrollo no puede seguir destruyendo las bases físicas que lo hacen posible.

El documento publicado por las organizaciones reconoce el papel central del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA). Su trabajo permitió construir el Inventario Nacional de Glaciares, una herramienta científica única en la región que identificó, caracterizó y ubicó miles de cuerpos de hielo y áreas periglaciales.

Fortalecer al IANIGLA —en vez de debilitar las normas que sustentan su trabajo— es una condición mínima para enfrentar la crisis climática con información pública, independiente y confiable.

El planteo de modificar la ley no solo es ambientalmente riesgoso: es jurídicamente improcedente.
El Acuerdo de Escazú, incorporado al derecho argentino, obliga a los Estados a garantizar el principio de no regresión: ninguna política pública puede reducir los niveles de protección ya alcanzados.

Modificar la Ley de Glaciares para flexibilizar controles o habilitar actividades prohibidas chocaría frontalmente con ese compromiso internacional y abriría un conflicto jurídico de enorme escala.

Las organizaciones firmantes coinciden en un punto central: no hay desarrollo posible si se destruyen las fuentes de agua que sostienen al país.
En un escenario de sequías extremas, retroceso de glaciares, incendios y eventos climáticos cada vez más violentos, debilitar la única norma que protege las cabeceras de los ríos equivale a poner en riesgo la vida cotidiana, la producción y el futuro de regiones enteras.

La discusión no es técnica: es profundamente política. Se trata de elegir entre un modelo extractivo que sacrifica territorios enteros o un horizonte que reconoce que el agua es un bien común, esencial e irremplazable.

A continuación el documento completo firmado por más de 25 organizaciones de todo el país

Organizaciones firmantes:

Fundación Ambiente y Recursos Naturales

Fundación Biodiversidad Argentina

Fundación Habitar y Desarrollo

Agencia de Cooperación para el Desarrollo

Consciente Colectivo

Ecohouse

Aves Argentinas

Círculo de Políticas Ambientales

Natura Argentina

Proyectar

Red Universitaria para la Crisis Climática

Banco de Bosques

Fundación Internacional para la Restauración de Ecosistemas Argentina

Wildlife Conservation Society Argentina

Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas

Asociación para la Conservación y el Estudio de la Naturaleza

Por el Mar

Greenpeace

Fundación Ambiente y Medio

Fundación Yuchan

Argentina Limpia

Fundación Vida Silvestre

Hora de Obrar

Los Verdes

Wetlands International

Asamblea Jáchal No Se Toca

Sin Azul No Hay Verde

Bios Argentina

Red Nacional de Acción Ecologista

Conservación Patagonica

Conciencia Solidaria

Fundación Espacios Verdes

FUNDEPS

Jóvenes por el Clima Argentina

Fundación Cambio Democrático

Red Ambiental OIKOS

Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos

Fundación Rewilding Argentina

Derrrame Veladero San Juan

Instancia Decisiva en la Justicia Federal por el derrame de la minera Barrick Gold en la cuenca del río Jachal en San Juan

Recurrimos ante la Cámara Federal de Casación Penal para reabrir el Juicio Oral contra los responsables nacionales

La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, como representante de la Asamblea Jachal No Se Toca, declara su profunda preocupación ante la prescripción de la causa penal, por parte de la Jueza Servici de Cubría, contra los funcionarios nacionales responsables de haber frenado, manipulado e incumplido la Ley de Glaciares, en el marco del derrame tóxico de Barrick Gold en Veladero (Jáchal, San Juan) ocurrido en 2015.

El desastre de Jachal es el mayor derrame minero de la historia argentina y sigue impune a más de diez años: no hay juicio oral, no hay condenas y la minera Barrick Gold continúa operando en plena cordillera, dentro de la zona periglaciar protegida por ley.

La decisión de la jueza Cubría es un retroceso grave. No solo abandona la obligación del Estado de proteger las nacientes de agua de alta montaña, sino que además desconoce una década de pruebas que demuestran el rol del propio Gobierno Nacional de entonces en la manipulación del Inventario de Glaciares para permitir que Barrick operara donde la ley lo prohíbe. Sin esa intervención deliberada, Veladero no habría funcionado jamás: el derrame de cianuro, mercurio y metales pesados sobre la cuenca de Jáchal simplemente no habría ocurrido.

Por eso, desde la querella recurrimos ante la Cámara Federal de Casación Penal para reabrir el Juicio Oral contra los responsables nacionales.

El juicio de Jachal es la única vía para terminar con la impunidad política e institucional que rodea a Veladero desde hace años. Allí deben rendir cuentas quienes, desde el Estado Nacional, bloquearon la aplicación de la Ley de Glaciares y habilitaron la explotación minera en territorios que debían estar resguardados como reservas estratégicas de agua.

El pueblo de Jáchal carga con la contaminación, la incertidumbre y la negación sistemática de información. Su lucha es la que mantuvo viva esta causa cuando todos los resortes del poder quisieron cerrarla.

Veladero es el símbolo de un modelo extractivo basado en la desprotección de los territorios de alta montaña, el desprecio por el agua y el blindaje de las corporaciones mineras. La prescripción dictada por Servini solo fortalece ese modelo.

Por eso vamos a Casación: para impedir que esta causa se archive y para que, de una vez por todas, se escuche en un tribunal la verdad completa sobre cómo se violó la Ley de Glaciares para habilitar un proyecto que nunca debía haber existido.

La Argentina necesita justicia social y ambiental, transparencia y responsabilidad de las corporaciones mineras. Esta causa es una prueba decisiva: o se sostiene la impunidad minera, o se abre el camino para proteger de verdad los glaciares, el agua y las comunidades que dependen de ellos.

Exigimos Juicio Oral YA. El país está con Jáchal .