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Río Paraná

Hacia la gestión imperial de los ríos

Protocolo para ceder soberanía

por Jorge Daneri para El Cohete a la Luna

La Asociación Argentina de Abogadas/os Ambientalistas solicitó acceso a información pública ambiental con el objetivo de conocer el Memorándum de entendimiento con el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos de América, impulsado desde la Administración General de Puertos del Estado nacional, información que trascendió a mediados de marzo de 2024 desde el área de comunicación oficial de la Presidencia.

Juan Bernasconi, en su carácter de subdirector de la Gerencia General de la Administración General de Puertos (AGP), respondió acompañando el siguiente texto oficial.

De esta manera tomamos conocimiento de que el acuerdo fue iniciado y firmado por la autoridad de la AGP durante la gestión del Presidente Alberto Fernández —pocos días antes de la finalización del mandato— y fue ratificado por el actual gobierno. El documento fue suscripto por Juan Carlos Mario Beni, Interventor de la AGP, dependiente directamente del ex ministro de Economía, Sergio Massa.

El representante del Cuerpo de Ingenieros Daniel H. Hibner, brigadier general del Comando del Ejército de los Estados Unidos de América —conforme obra en el documento oficialmente remitido— lo suscribió el 5 de enero de 2024.

En este, las partes se “comprometen al intercambio de información y cooperación sobre políticas diversas en todo lo relacionado a la gestión del río Paraná”, como a las cuencas argentinas en su conjunto, y se destacan los siguientes puntos acordados:

  • Cuestiones de políticas públicas hídricas.
  • Gestión de cuencas hidrográficas.
  • Políticas de control de inundaciones y gestión de recursos hídricos.
  • Preservación de ambientes fluviales, humedales y evaluación del hábitat.
  • Sedimentación y dragado.

Todo lo imaginable sobre la expansión de canales de navegación, puertos, su ampliación y profundizaciones. Los ingenieros, además, tienen la capacidad de “diseñar ecosistemas”, en función de adaptar, optimizar y rentabilizar para el capital, que es el objetivo supremo, interviniendo los ecosistemas originales que las artes de la naturaleza (o de los dioses…) supieron crear.

Se comprometen a establecer “la dirección estratégica” en la gestión política de las cuencas, ni más ni menos. Este punto es central en el modo lineal y extractivista de visualizar el río y la cuenca, simplificando y “emprolijando” la naturaleza, la complejidad y sinergias con tantos reinos de vida, diversidades todas.

Es importante destacar el punto 5, c, del Memorándum, en razón de que cualquier acuerdo destinado a ser ejecutado en las cuencas basado en un proyecto concreto o actividad deberá ser realizado por un convenio vinculante, puntual. Eso sí, en la cláusula 6 establece restricciones sobre la divulgación de informes, programas, etc.

Foto: Mauri Garin.

La Administración de Puertos como Jefatura de Gabinete

Es alarmante observar como la AGP se excede de manera alevosa en el ejercicio y abuso de facultades, competencias, que no le son propias. Así se invaden las de las áreas de mayor jerarquía ambiental del país, punto focal de convenciones internacionales directamente aplicables a la gestión de cuencas, en particular en el río Paraná (RAMSAR de protección de humedales, Adaptación al Cambio Climático). Se vulnera también el Acuerdo Regional de Escazú, por citar solo los más conocidos, además del Convenio 169 de la OIT, sobre pueblos originarios, entre otros ministerios afectados.

En el Memorándum se ignoran tanto el Instituto Nacional del Agua (INA) y el ámbito de concertación de las políticas hídricas con las provincias (COHIFE), al que nos referimos seguidamente.

El federalismo de concertación, negado

Desde nuestra visión jurídica e institucional, el presente acuerdo no se encuentra vigente, debido a que las provincias involucradas —titulares de los bienes naturales (recursos) que las conforman— no lo han consensuado mediante un tratado inter-jurisdiccional.

Se debe tener presente que en las provincias existen legislaciones sobre el proceso de estudios de impacto ambiental que exigen la intervención previa en investigaciones, estudios, e incluso en la formulación de los términos de referencia (TdeR) de los mismos. Entre Ríos, aún más, presenta normas que determinan que no se pueden estudiar sus bienes naturales sin acuerdo de la provincia, sin previa intervención del Poder Legislativo. La Ley de Libertad de los Ríos (9092) puntualmente dispone:

“Art. 4. Todo estudio, evaluación, proyecto económico, social o ambiental sobre el desarrollo regional integrado y sostenible a ejecutarse en el territorio de la provincia, con incidencia en los ríos indicados en el artículo 1º y sus recursos naturales, es de atribución exclusiva de la provincia, en cuanto a su planificación y desarrollo.

Si para la ejecución de lo expresado en el párrafo anterior es necesaria la intervención de otros Estados provinciales y/o el Estado nacional, los convenios interjurisdiccionales a suscribirse se harán ad-referéndum del Poder Legislativo.

Los estudios e investigaciones, tanto del sector oficial como privado, que se realicen en relación a los recursos naturales comprendidos en el artículo 2, deberán ser comunicados a la comisión creada por el artículo 6º de la presente ley”.

En la misma inteligencia, un párrafo constitucional histórico (Entre Ríos) fue consolidado por un caso judicial concreto por la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación en “Majul, Julio Jesús c/ Municipalidad de Pueblo General Belgrano y otro s/Acción de Amparo Ambiental” el que dispone:

“La provincia concertará con las restantes jurisdicciones el uso y aprovechamiento de las cuencas hídricas comunes. Tendrá a su cargo la gestión y uso sustentable de las mismas, y de los sistemas de humedales, que se declaran libres de construcción de obras de infraestructura a gran escala que puedan interrumpir o degradar la libertad de sus aguas y el desarrollo natural de sus ecosistemas asociados” (artículo 85, 6° párrafo, de la Constitución de Entre Ríos).

Lo expuesto aquí viene legitimado por la experiencia judicial, política y social llevada adelante en el caso de intento de construcción de la represa hidroeléctrica de Paraná Medio (1996-97), precisamente de la mano de ingenieros militares del mismo país asociados a mega empresas privadas diversas. La Justicia Federal de Entre Ríos destacó la relevancia del ejercicio del federalismo de concertación y su democracia ambiental, marcando la ausencia de acuerdos entre el Estado nacional y las provincias de la cuenca del Paraná, como ya lo había expresado el Defensor del Pueblo de la Nación, declarando inconstitucional el decreto de Carlos Menem que adjudicaba la construcción de la mega represa hidroeléctrica de manera directa.

Las historias se repiten, casi como sin grietas, visto los firmantes de un lado y del otro.

Las manifestaciones públicas de Laura Richardson, jefa del Comando Sur de los Estados Unidos de América, sobre los intereses de su país y de corporaciones en los bienes naturales del Cono Sur y la gestión del agua dulce, es claramente la visión estratégica que movilizan acuerdos de las características aquí consideradas.

La geopolítica de la alianza estratégica con China durante el gobierno presidido por Cristina Fernández y ratificada por Mauricio Macri, como ahora este Memorándum, ponen el acento en que, si desde las organizaciones de la sociedad civil no estamos atentos y alertas, el proceso de mega extractivismo voraz y desolador determinará finalmente la consolidación de nuestra región del Cono Sur como zona de sacrificio y expulsiones. Paraguay realizó un acuerdo casi calcado suscripto con el mismo cuerpo de ingenieros hace más de un año, aún no ratificado por su Poder Legislativo.

Foto: Mauri Garin.

Comité de cuenca para el ejercicio de la soberanía nacional

Este escenario político nos convoca a cerrar acuerdos mayores de confraternidad y solidaridad entre los sectores políticos y sociales, no solo en nuestro país, sino también en la cuenca toda.

La soberanía nacional, en sus dimensiones alimentaria, energética, de transporte público nacional, así como una transición agroecológica y de ordenamiento de los territorios y sus cuencas, se vienen entregando desde el menemismo a la fecha sin límites. Es un enorme desafío cívico de compromiso y convicciones desplegar, desde los sentires, gritos y esperanzas de la madre tierra, una inapelable e impecable resistencia y construcción constante de alternativas desde los territorios y sus organizaciones sociales y políticas diversas, democráticas, coherentes y con convicciones hacia transiciones democráticas y en paz de sociedades sustentables.

Diversos órganos de control criticaron y denunciaron todo el proceso de la denominada Hidrovía Paraná Paraguay, con decenas de observaciones de todo tipo, en particular, el Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Troncal Navegable, conformado en la gestión nacional precedente, hoy casi inactivo.

Estos documentos y sus referencias, sino todos, obran en la causa judicial que llevamos adelante desde hace más de dos años frente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Justicia Federal de San Nicolás, en el caso río Paraná, motivados por los incumplimientos de la legislación ambiental en el desarrollo del proyecto Hidrovía. Denunciamos y demandamos la realización de los estudios de impacto ambiental en pasos críticos concretos, respeto por la aplicación de las herramientas de la democracia ambiental, como la urgente realización de una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), frente a la mayor crisis hídrica ambiental registrada.

Finalmente, hemos peticionado que sea la Justicia la que ordene la conformación del Comité de Cuenca del río Paraná. Diversas leyes y acuerdos federales así lo disponen, solo citamos dos:

  • La Ley del Régimen General del Agua, 25.688, en su artículo 4° dispone: “Créanse, para las cuencas interjurisdiccionales, los comités de cuencas hídricas con la misión de asesorar a la autoridad competente en materia de recursos hídricos y colaborar en la gestión ambientalmente sustentable de las cuencas hídricas”.
  • Los principios rectores de política hídrica de la República Argentina (2003), que fueron consensuados en el ámbito del Consejo Hídrico Federal (COHIFE) entre la nación y las provincias para convertirla en una política de Estado a largo plazo. Estas facultades han sido, como se expresa, gravemente vulneradas por la AGP, en cabeza de los funcionarios firmantes del Memorándum. Una navegación por estos es suficiente para ver la gravedad institucional del caso que nos ocupa.

El Régimen Incentivo de Grandes Inversiones (RIGI) que promueve el proyecto de ley Bases con media sanción en Diputados potenciaría de manera acumulativa los impactos de todo tipo sobre los ecosistemas y sus pueblos, violando las herramientas convencionales ya expuestas. Categóricamente el Presidente Javier Milei lo ha afirmado: el gobierno niega el cambio climático.

La Justicia tiene la palabra ante un Estado, ayer y hoy, violador sistemático del pacto federal originario de 1853, así como de la reforma constitucional de 1994, y también de las Constituciones provinciales todas, en la gestión de sus bienes naturales, bienes que conforman y constituyen el ser nación y Estado.

Este Memorándum intenta imponer ilegal y autoritariamente, modelos de gestión unitarios, parciales como lineales, que son precisamente los causantes de semejante crisis climática, ambiental, social y civilizatoria.

Sostenemos la necesidad imperiosa de la conformación del Comité de Cuenca del río Paraná en el tramo nacional. Rechazamos la mirada limitada y focalizada en una vía de circulación de mercaderías, que ahora, con este acuerdo imperial, nos aleja aún más de las necesarias concertaciones hacia una transición eco-social en el Cono Sur y Sudamérica toda, como lo están intentando, con esfuerzos políticos no menores, los Presidentes de Colombia y Brasil sobre “deforestación cero” en Amazonia, escenario clave para evitar la desertificación de la cuenca del Plata frente a la extinción en décadas de los ríos voladores que ella nos brinda como un misterio cuyo velo se va corriendo, dato inexistente en la política exterior argentina.

Quizás recibir una caricia del poema de Juan L. Ortiz, extraído de “Fui al río” (de El ángel inclinado, 1937), pueda conmover esta ceguera absurda y sentipensar de lo que se trata.

“…

en la angustia vaga de sentirme solo

entre las cosas últimas y secretas.

De pronto sentí el río en mí,

corría en mí con sus orillas trémulas de señas,

con sus hondos reflejos apenas estrellados.

Corría el río en mí con sus ramajes.

Era yo un río en el anochecer,

y suspiraban en mí los árboles,

y el sendero y las hierbas se apagaban en mí.

Me atravesaba un río, me atravesaba un río!”

Jorge Daneri es miembro del Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) y de la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas.
Río Paraná

Río Paraná: revelamos el alarmante acuerdo con el Ejército de Estados Unidos

7 de mayo, 2024, Argentina

Desde la la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial revelaron el contenido del acuerdo secreto que plantea serias implicaciones para el ambiente y la soberanía nacional en Argentina y en el Río Paraná. 

Lo sucedido en marzo es motivo de preocupación ya que es una profunda irregularidad anunciar un acuerdo sin revelar su contenido. A través de una actuación legal administrativa, hemos logrado acceder al acuerdo que, hasta hoy, había permanecido en secreto. Lo compartimos a la sociedad a través de este medio y realizamos un primer análisis mediante la presente.

Este Memorandum establece una supuesta colaboración conjunta entre la Administración General de Puertos de Argentina y el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos de América. Es el entendimiento de estas organizaciones que es imposible entender este marco como una colaboración de partes iguales. El rol histórico y actual del Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos debe entenderse como un cesión de injerencia territorial, política social y cultural sobre el territorio y las instituciones locales. Si bien a primera vista, parecería un acuerdo técnico, su contenido revela implicaciones profundamente políticas. Entre los puntos destacados que habrá injerencia del Ejercito de Estados Unidos estarán: 

  • Políticas de control de inundaciones y gestión de recursos hídricos.
  • Cuestiones de políticas públicas hídricas.
  • Gestión de cuencas hidrográficas.
  • Preservación de ambientes fluviales, humedales y evaluación del hábitat.
  • Sedimentación y dragado.
  • Expansión de canales de navegación, puertos, su ampliación y profundizaciones.
  • Capacidad para “diseñar ecosistemas” y compromisos de investigación y desarrollo.

Sin embargo, lo más preocupante es que este acuerdo, que afecta directamente los bienes comunes y la mayor cuenca de nuestro país, ha sido ratificado sin la participación de los actores políticos pertinentes. En primer paso, un acuerdo de tan enorme implicancia debería ser ratificado en el Congreso Nacional. En segunda instancia, las provincias involucradas, quienes son las titulares de los bienes naturales, deben también ser consultadas y hechas partícipe de la decisión. Esta falta de consenso va en contra de los principios fundamentales del federalismo y la democracia ambiental.

Entre los nuevos datos, se encuentra el hecho de que el Memorándum de Entendimiento (MOU) anunciado en Marzo por la administración de Javier Milei, fue iniciado por la Administración General de Puertos durante la gestión del Presidente Alberto Fernández, bajo la firma del entonces interventor Jose Carlos Beni. Esto significa que el acuerdo fue realizado a espaldas de la población y de la institucionalidad política y democrática. Sólo dándose a conocer al público cuando la actual gestión ratificó este rumbo. 

Desde una perspectiva jurídica e institucional, es necesario un Tratado Interjurisdiccional que ratifique este Memorándum o cualquier acuerdo posterior que afecte a programas, proyectos o investigaciones en estas áreas. Además, es crucial señalar que la realización de proyectos concretos o actividades en las cuencas debe ser respaldada por convenios vinculantes y sujetos a la legislación vigente en cada provincia.

Este acuerdo también plantea preocupaciones sobre la divulgación de información y la falta de transparencia en el proceso. Restricciones sobre la divulgación de informes y programas podrían limitar el acceso a información crucial para la toma de decisiones informadas por parte del público y las autoridades pertinentes.

Es imposible desligar esta avanzada de las declaraciones de altos rangos de Estados Unidos en torno a garantizar a cualquier costo su propio acceso a los mal llamados “recursos naturales”. La injerencia de actores externos en nuestro territorio solo fomenta un mayor extractivismo y una mayor primarización de la economía.

Esto profundiza y pretende fijar el rol de los países del Sur Global como proveedores de naturaleza.

A medida que se pierde capacidad de decidir sobre los propios territorios, el avance del extractivismo descontrolado exacerba las grandes afectaciones que atraviesa el sistema de humedales que compone la cuenca del Paraná.

Es necesario instar a una revisión inmediata de este Memorándum de Entendimiento y a la necesaria conformación de un Comité de Cuenca que integre a los diferentes sectores sociales, culturales y ambientales que deben tener fundamental voz en la gobernanza y en la participación política de las decisiones alrededor de la cuenca del Río Paraná y cualquier proyecto que la modifique. La protección y conexión con nuestros ríos y ecosistemas es fundamental para el bienestar de nuestro país y su población.

Contaminación del Río Paraná

Solicitan conocer el contenido del acuerdo con la Embajada de Estados Unidos por la gestión y control del Río Paraná

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial, expresamos nuestra preocupación ante la reciente noticia sobre el inicio de actividades conjuntas entre la Administración General de Puertos y el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos, en el marco de un “proceso de colaboración conjunta e intercambio de información y gestión“. Esta colaboración se enmarca en un Memorándum de Entendimiento conjunto, cuyo contenido y alcance nos resultan desconocidos.

Dada la relevancia de esta colaboración para la gestión de la vía navegable troncal, específicamente el río Paraná, consideramos fundamental el acceso público a la totalidad del Memorándum de Entendimiento y cualquier otra información pertinente. Específicamente, solicitamos detalles sobre los objetivos, alcances y procedimientos establecidos en este acuerdo, así como cualquier evaluación de impacto ambiental realizada o prevista.

Es importante recordar que el río Paraná, conocido erróneamente como “Hidrovía Paraná-Paraguay”, opera sin una Evaluación Ambiental Estratégica ni Estudios de Impactos Acumulativos. Esta situación es aún más preocupante debido a la ausencia de un Comité de Cuencas que coordine políticas y acciones a nivel federal para mitigar los impactos ambientales en el río.

Reafirmamos la necesidad de garantizar el pleno cumplimiento de las herramientas de la democracia ambiental en la gestión de la cuenca del río Paraná. Esta cuenca ha sufrido consecutivamente impactos en la salud de la población y sus ecosistemas, como lo demuestra la crisis que enfrenta el sistema de humedales del Delta del Paraná, afectado por quemas indiscriminadas y cambios en los usos del suelo, exacerbados por la sequía histórica y el cambio climático.

Las solicitudes de acceso a la información pública han sido presentadas ante la Cancillería Argentina, y mediante esta, a la Administración General de Puertos. Asimismo, hemos notificado al Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Navegable, reafirmando nuestro compromiso con la transparencia y la participación ciudadana en asuntos ambientales de relevancia nacional.

Finalmente, no podemos dejar de señalar que esta preocupación y acción de la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas como del CAJE,  ahora de petición de acceso al conocimiento de lo acordado por las partes intervinientes, se expone y formaliza institucionalmente, frente a la posibilidad de profundización en la pérdida de soberanía sobre el río Paraná y todo lo que esto implica en el agravamiento del modelo extractivista vigente, como en los posibles pasos de concreción de anuncios electorales que convocaron en dicha oportunidad a la privatización de nuestros ríos, el agua, como un reciente llamado oficial a la explotación de los recursos naturales por parte de los inversores extranjeros.

Contacto de prensa AAdeAA/CAJE: Alejo di Risio +541123904594

Pedimos acceso a la información pública por nuestros Ríos

14 de Febrero 2024

La Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas solicitó a la Cancillería Argentina y a la Secretaría de Turismo y Ambiente de la Nación,  provea información pública ambiental relevante acerca de la intervención que dichos Ministerio y Secretaría, han desplegado en el marco del “Proyecto de Profundización y Extensión del Canal de Acceso al Puerto de Montevideo a 14 metros.”

Puntualmente se peticiona:

1- Se haga llegar copia del Acto Administrativo de aceptación y/o aprobación de los EIAs (Estudios de Impactos Ambientales) como las consecuentes instrucciones emitidas hacia la Delegación Argentina en el marco del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, todo en el contexto de la información pública oficial. 

2- Se entregue también copia de la Declaración de Impacto Ambiental emitida por la autoridad competente de la Rca. Oriental del Uruguay y documento final emitido por ésta Secretaría de Turismo, Ambiente y Deporte de la República Argentina. 

3. Se entregue copia de la Evaluación de Impacto Ambiental final, aprobada por el Estado hermano de la República Oriental del Uruguay. 

4. En esta inteligencia, se entregue copia completa del Expediente de intercambios y requerimientos de cumplimiento de las solicitudes  y respuestas técnicas de la Delegación Uruguaya, en su totalidad, tanto de la gestión o delegación saliente del gobierno precedente, como de la nueva Delegación Argentina. 

5. Sin perjuicio de lo anterior, solicitamos la documentación integral correspondiente al acto administrativo del Ministerio de Ambiente de la República Oriental del Uruguay de clasificación o categorización, de acuerdo al Decreto 349/005 del Proyecto de profundización a – 14 m. 

6. En reemplazo de la documentación expuesta, se identifiquen los links de acceso a los mismos de encontrarse así publicados. De no existir dichos vínculos informáticos, se nos informe las razones de su no publicación. 

7. En nuestra comprensión, atento la difusión pública más que amplia de la noticia del acuerdo arribado, la Delegación de la República Oriental del Uruguay, a través siempre de la Comisión Administradora del Río de la Plata CARP, en enero de 2024, habría presentado “papeles” y la República Argentina comunicó, casi de inmediato, 4 días después, a través de la CARP, que la documentación presentada “resulta completa y suficiente para que la República Argentina evalúe el efecto probable que la obra ocasionará a su Interés de la navegación o al régimen del río.” Y “que en consecuencia la República Argentina comunica a la República Oriental del Uruguay que, analizada que fuera la documentación completa recibida, no tiene objeciones que formular respecto del Proyecto de Profundización y Extensión del Canal de Acceso al Puerto de Montevideo a 14 metros.” Solicitamos, de no estar en los puntos requeridos precedentemente, toda la documentación final acompañada y aquí precedentemente señalada, que dio viabilidad al proyecto que nos ocupa. 

8. Se nos informe las publicaciones realizadas en el Boletín Oficial de la Nación de la totalidad de los actos administrativos e informes precedentemente enunciados y solicitados. 

9. Se nos haga llegar copia certificada de todos estos documentos, de no existir oficialmente en portal web, y se nos entregue copia del acuerdo bilateral suscripto, conforme el anuncio oficialmente. 

La Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas manifiesta su particular preocupación por la celeridad del proceso señalado y la conformidad prestada, más aún teniendo en cuenta los antecedentes existente en la cuenca del río Uruguay, sobre la importancia del intercambio de información sensible en términos ambientales como de reciprocidad en la gestión de las cuencas compartida con la hermana República del Uruguay, por lo que sorprende la celeridad de la nueva gestión de gobierno en la viabilización técnica como política y el comunicar su consentimiento para la obra señalada. Estas razones dan fundamento a la necesidad de acceder a la documentación requerida por medio del instrumento de acceso a la información pública ambiental utilizado por la Asociación. 

Contacto: Jorge Daneri / jorgedaneri@hotmail.com

desierto

La conquista del río, como aquel desierto

por Jorge Daneri para Era Verde

Hace más de un siglo, deliberadamente le asignaron al desierto el sentido de un territorio vacío, sin vida, sin belleza. Y también lo vincularon con lo «salvaje», con sus habitantes mapuches, tehuelches, onas, yaganes y pehuenches. Este orden de las palabras no fue natural; fue el argumento para la conquista, el dominio y el exterminio.

Desde la última década del Siglo XX, como en estos tiempos, el río Paraná se transformó en el nuevo “desierto” para nuevos conquistadores, sin reinos de vida, sin diversidad biológica, sin deltas, sin valles de inundación, sin pescadores artesanales, sin agriculturas a escala humana. Es un río modelado por las corporaciones del agronegocio y el poder corruptor y corrupto de los unos y los otros. Vienen por el río desaprovechado para convertirlo en la nueva quimera del “desierto”; pero ahora sí, se exhibe en desierto. Para ellos no es el río más grande y biodiverso del Cono Sur. Es una vía «troncal» que se va vaciando de troncos, montes y selvas, y con ello sus comunidades, para profundizar el saqueo de suelos, aguas y sueños, explotando absolutamente todo y a todas las diversidades y mucho más. Es un plan sostenido por un modelo de tanta simplificación que se quedarán sin río; será un desierto más, de verdad, nosotros también, y los pueblos con él. Este camino hacia el desierto del río, desnuda y denuncia el desierto de la política, la democracia y la “no vida”. El extractivismo viene vaciando las ideologías y adquiriendo los botines temporales, millonarios y más que limitados en manos de la representación política mayoritaria.

Los saqueadores, unos y otros, desde el poder vigente que se lo mire, el privado concentrado o el de la representación política retrógrada y feudo progresista, tanto del oficialismo como de la oposición aún mayoritarias. Sabemos en estas horas que no van a desarrollar estudios de impacto ambiental previos a las licitaciones de la hidrovía, no van a poner en marcha una evaluación ambiental estratégica en modo independiente, académica como populares en la convocatoria legal de las herramientas de participación ciudadana. No van a convocar a un Panel de Expertos Independientes, como en algunas otras experiencias en el mundo que por lo menos intenta hacer más o menos bien eso de la gestión democrática de cuencas, no. Todo quedará, como Carlos Menem lo hizo, en manos de los adjudicatarios del meganegocio del dragado y la fiesta en la profundización y ampliación de los canales sin límites, de más de lo mismo, del río y el modelo del desierto.

La crisis ambiental, el cambio climático, el cambio ambiental global, la huella ecológica, todas y cada una, no existen en el manual privatizador de todas y todos.

LA LEY Y UN AMPARO POSIBLE

Pero lo más grave, es que feudos y cuasi feudos provinciales, son cómplices de esta sin razón y vergüenza. No tienen frenos institucionales aún y sí capitanes Capitaniches. Pero no de los barcos, capitanes cipayos como le gusta decir a un periodista de Página/12.

Si la Corte Suprema de Justicia de la Nación no dicta urgentemente el o los fallos que debe crear, cultivar para patear el tablero de este suicidio colectivo, si son coherentes con el reciente pasado jurisprudencial de la misma, al río tendremos que velarlo en el altar de la impunidad e iniciar los exilios forzados, con nuestros hijos y nietos, hacia aquel «desierto», apropiándonos de los Lagos Escondidos y los más escondidos aún, como lo vienen haciendo desde hace más de un siglo, en estos dos territorios paraísos de este mundo, que no solo no son desiertos, sino esperanzas de esos otros mundos posibles.

No son los ríos los que deben adaptarse a los barcos. Es precisamente todo lo contrario, Y ahora, aún más, le guste o no les guste a los dueños del poder y los negociadores en los sótanos de más de estas miserias que están destruyendo el valor supremo como sagrado de la Pachamama, el agua, sus ríos voladores y este Paraná que llevamos en nuestros cuerpos y todos los días nos bendice.

atanor

Feudalismos o la construcción social de la ley de protección de los humedales

Por Jorge Oscar Daneri para www.analisisdigital.com.ar

Existe una decisión política de agrietar el debate legislativo sobre el proyecto de ley de protección de los humedales, en Argentina. Agrietar entre el Frente de gobierno y la coalición Cambiemos. O entre oficialismo y oposición. Esta es una trampa brutal, injusta a la que no se debe ingresar.

“La Contradicción Fundamental”* es el documento fundante e histórico de aquella Juventud Radical de la Junta Coordinadora Nacional (1973). “La Contradicción Fundamental” afirmaría hoy, que en debates esenciales como vitales, la gestión y defensa de las aguas, sus cuencas y sistemas de humedales, como parte precisamente vital de los derechos humanos, ya no debería estar en discusión. ¿Quién hoy pone en duda la defensa de los derechos humanos? y por lo tanto de los derechos ambientales. Sin duda alguna existen diversas respuestas sobre este “enemigo”.  No es un adversario político quien lo haga.

 ¿Qué estamos entonces debatiendo? Este documento diría que nos debatimos en el escenario de la contradicción central, pueblo y antipueblo. O Pueblo y No Pueblo. Como lo anticipa el mismo documento, la dinámica social y global nos ha metido al antipueblo en el corazón mismo del campo popular, en sus coaliciones mayoritarias, donde tenemos alfiles jugando y siendo serviles voceros y ejecutores del modelo extractivista voraz.

Hace décadas se vienen manifestando en los hechos cotidianos del convivir, procesos de construcción social del derecho ambiental. Existen maravillosos ejemplos en el País que lograron conformar consensos sociales y políticos inapelables y bastante sólidos: leyes provinciales de protección de nuestros ríos, de áreas naturales protegidas, como nacionales de glaciares y bosques, como del AGUA en una diversidad de provincias. Nacieron desde las resistencias de organizaciones y asambleas de derechos humanos y de justicia ecológica, interpelados por la defensa de sus territorios, culturas, ecosistemas, modos sencillos y hermosos, muy queridos de vidas.

La construcción social del derecho ambiental como constitucional (caso Entre Ríos 2008) es una enorme apuesta al ejercicio de la democracia representativa en sistémica conversación y acuerdos con la democracia participativa.

Las mentes feudales no toleran este ejercicio. No les permite ni posibilita la negociación en los sótanos del poder que no tiene grietas, precisamente.

La construcción social que viene sosteniendo el proyecto ahora con dictamen en minoría (Diputado Nacional Leonardo Grosso) es el resultado de un hermoso, fantástico diálogo de saberes sociales, académicos como políticos. Es un hecho hasta amoroso de la democracia. Se debe marcar claramente que quien escribe estas reflexiones nada tiene que ver con el Frente de gobierno o con el Diputado en cuestión.

Los que casi nacimos a la militancia política desde la “contradicción fundamental” de la Junta Coordinadora Nacional de aquella Juventud Radical durante la última dictadura, no muchos, nos sostenemos en la misma y la hemos enriquecido abrazando la Ecología Social y Política.

No se puede, entonces negar o esconder el camino de Raúl Alfonsín hacia la Internacional Socialista y todo lo que ello implicaba. Uno advierte personajes que hoy le rinden homenaje y que son la expresión mayor del No pueblo. Son la expresión impune de un modelo que ha saqueado a la mitad del pueblo argentino y desertificado ecosistemas desde la ratificación de políticas mega extractivistas de la mano de Chevrón o Monsanto.

Venimos “De la Causa contra el Régimen, de la causa por los desposeídos”. De las entrañas de abuelos y padres Radicales. Pero radicales sumergidos en el concepto de Ricardo Rojas. El Radicalismo debe ser el partido de las reformas extremas en sentido democrático. (1931, en El Radicalismo de mañana”).

El Régimen no lo representa el proyecto ahora con dictamen de minoría. No apoyarlo con un voto comprometido y coherente, es precisamente dejar grietas abiertas para la destrucción final de los humedales en el País.

Elisa Carrió no se expresa públicamente sobre estos acontecimientos, precisamente y ahora en este contexto de contrastes y profundas como graves contradicciones expuestas por el miembro informante del proyecto lavado con Dictamen de Mayoría, siendo fundado por un representante de su cuerpo político. ¿Qué sucedió, que nos está pasando a los seres políticos, que intereses del No pueblo los penetra en esta desconstrucción ideológica, de que “vienen por el agua” como exponía Elisa Carrió hace 17 años o cuando defendía el proyecto de ley de la Coalición Cívica de protección (presupuestos mínimos ambientales) de los acuíferos en el año 2014? iniciativa directamente relacionada con el proyecto de ley de protección de los humedales.

Ahora se afina la letra de los dictámenes para seguir jugando a un país mega extractivista y no hacer más ruido a los fondos inversores de más de lo mismo, espantoso mal ejemplo global de elección-imposición como región de sacrificio, de exclusión y expulsión social en los territorios más bioculturales y diversos del cono Sur. Rifamos a la fiesta de sus voracidades de concentración del poder en los territorios, en la gestión de las cuencas y por lo tanto del derecho humano a aguas saludables y públicas en manos de decisiones feudales, confundiendo abusivamente los valores del federalismo de concertación, de la democracia ambiental, para degradar el concepto de unidad básica, elemental como vital de “presupuestos mínimos ambientales” de protección esencial de los ecosistemas de humedales, en el caso que nos ocupa y tanto preocupa.

El Régimen es el poder concentrado de las corporaciones mega mineras y del agronegocio de exportación con sus cómplices feudales de más de lo mismo.

El Régimen son los voceros y militantes de los paraísos fiscales que durante cuatro años condujeron los destinos de nuestra tierra como los que firmaron los contratos con Chevrón en algunos de ellos, de los unos como de los otros de esta inmunda y supuesta grieta.

El Régimen son los que cumplen servilmente con los dictados de textos desde los EEUU en viaje de “negocios” para frenar la ley en su consenso originario.

La Contradicción Fundamental, con una vigencia sorprendente y alarmante, expone “La lucha que por años protagonizaron peronistas y radicales, por ejemplo, con tener sus justificativos parciales (contradicción secundaria), perdió de vista que por sobre ella debía existir una coincidencia fundamental entre ambos en cuanto a las pautas fundamentales del país que necesitamos. Esta afirmación no implica distribuir culpas sino hacer experiencia histórica, comprendiendo los errores que el campo popular cometió al antagonizar sus enfrentamientos intestinos. Ello dividió fuertemente al pueblo, a sus conducciones políticas, a sus clases sociales, y permitió que sobre ésta división cabalgaran quienes tenían intereses contrapuestos a los intereses de la mayoría de los Argentinos representados por el peronismo y el radicalismo”.

Que lejos, que brutalmente lejos estamos de las posiciones históricas de la Unión Cívica Radical como de aquellos fundamentos, por ejemplo, del proyecto de Ley de presupuestos mínimos ambientales de protección de los acuíferos, presentado en el año 2014 por la Coalición Cívica, siendo Diputada de la Nación, Elisa Carrió.

Maquiavélico agrietamiento de la política de estrategia electoral llevada al alma del honorable recinto de la democracia.

Se sigue profundizando la destrucción de aquel proyecto de unión nacional al que convocara una y otra vez Raúl Alfonsín hacia la conformación solidaria y fraterna de un tercer movimiento histórico, nacional y popular, entre Radicales, Peronistas, Socialistas e Izquierdas democráticas, de buena madera, bien de selvas y montes bañadas de ríos libres para pueblos libres.

Ojalá en el recinto, desde los sentipensantes que brotan desde las intimidades más saludables del humano ser, los votos puedan ser de reformas de raíz, como Ricardo Rojas demandaba en su histórico libro, porque ya no es suficiente con uno de los Partidos históricos, sino necesario en la diversidad del arco iris de la política nacional como provinciales, en semejante cambio de época, tremenda crisis de civilización. Se nos va el tiempo, nos degradamos siguiendo dependientes y detrás del mismo modelo de mal desarrollo, pues es el causante de este drama global. Construyamos nuestra propia transición nacional, justa, en paz y radicalmente democrática.   

Piden a la Corte Suprema considerar el estado del Río ante la mayor profundización de pasos críticos frente a la crisis hídrica

Ante la oportunidad inminente de ecologizar la visión de cuenca sobre los ríos

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA), Asamblea Vecinal Ramallo y Unidos por la Vida y el Medio Ambiente (UPVA Ramallo) celebraron la llegada a la Corte Suprema de Justicia de la Nación de la causa concerniente al Amparo Ambiental Federal por gravedad de la crisis hídrica-climática y consecuente oposición a mayores profundizaciones de la Hidrovía Paraguay Paraná.

La corte deberá ahora resolver sobre la medida cautelar solicitada por las organizaciones demandantes que buscan detener y/o impedir la realización de mayores profundizaciones, cambios de traza de canales de navegación o sobre-dragados, con fundamento en la falta de Estudios de Impacto Ambiental y consecuente Evaluación Ambiental, la gravedad de la extrema bajante de los ríos de la cuenca del Plata, y en particular del río Paraná, en sus tramos medio e inferior.

El mismo argumento para el sobre-dragado, las mayores profundizaciones de los cauces, para que los barcos de exportación puedan seguir navegando a pesar de la gravedad del contexto hídrico y climático esgrimido por las autoridades nacionales demandadas, es el utilizado por las organizaciones para la preservación del valle de inundación del delta y todos los sistemas de humedales del Paraná medio e inferior, como sus ecosistemas asociados.

En esta inteligencia se requiere a la Justicia, se adopten todas las medidas preventivas y precautorias relevantes ordenándose una prohibición de avanzar en esta diversidad de obras estructurales en el cauce principal del río, hasta tanto no se desarrollen estudios de impacto ambiental actuales, serios y profundos de este radical cambio de escenario en la cuenca toda.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación deberá evaluar su capacidad de actuación y decisión frente a un escenario que se puede repetir decenas de veces en el río y sus humedales y priorizar si los sistemas de navegación comercial deben adaptarse a la crisis ambiental dramática de la cuenca, el río y sus ecosistemas asociados o si los mismos deben modificarse estructuralmente –sin estudios de impactos ambientales y sociales previos, serios e independientes, ni procesos de evaluaciones ambientales constitucionales, sin audiencias públicas ni participación ciudadana alguna–,  para facilitar a toda costa la navegación de los mega cargueros de exportación, reiteramos, en la mayor crisis ecológica e hídrica sufrida en la cuenca del Plata, no prevista y menos anticipada, en los estudios originarios, parciales e incompletos, de hace más de 25 años.

Finalmente, los amparistas denunciaron en la causa ante la Corte, lo que ya venían denunciando públicamente y hace muchos años: las obras de dragado, re-dragado, sobre-dragado, rectificación de trazas y ensanchamiento del canal producen graves impactos ambientales y sociales, entre ellos, la desestabilizaciones de las márgenes de las costas y desmoronamientos y retroceso del territorio de humedales. Precisamente, en el paso crítico Las Hermanas, y luego de las nuevas obras allí realizadas –sin estudios ni evaluaciones ambientales conforme exige la Constitución Nacional- un poblador isleño fue testigo presencial de cómo su rancho ubicado en las Islas Las Hermanas fue derrumbado como consecuencia de la erosión que fue sufriendo la costa con el pasar del tiempo desde que comenzaron a circular los barcos en la nueva traza del brazo Paso Las Hermanas. 

Febrero 2022  – Se observa muelle y vivienda  // Julio 2022 – La erosión se llevó el muelle y la vivienda consecuencia del arrastre del suelo, el lecho y parte del albardón.

Las obras de dragado denunciadas en el amparo ya están provocando graves impactos sociales y ambientales, que no han sido evaluados por las autoridades ambientales y su agravamiento pone en riesgo la existencia e integridad de toda la isla que terminara partida, dividida, en dos pedazos separados por el agua del canal que generará el avance de la erosión que provocaron las obras de dragado del nuevo canal.

Contactos de prensa: Alejo di Risio +5491123904594
Argentina17 de octubre 2022

UPVA – Unidos por la Vida y el Medio AmbienteAsamblea Vecinal RamalloAsociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas
Libertad de los ríos

Cumplir íntegramente la Ley de Libertad de los Ríos

Por Jorge Daneri (*)

La ley de libertad de los ríos (1) en Entre Ríos fue construida con una enorme participación y movilización social durante los años 1996/1997 y sancionada por unanimidad el 25 de setiembre de 1997, luego de dos sentencias históricas de la Justicia Federal que declaraba inconstitucional el Decreto Presidencial que avanzaba con los estudios diversos para la construcción de represas hidroeléctricas en el sector medio del río Paraná.

En estos tiempos de incendiarios del Delta y negacionistas de casi todos los colores políticos, prestamos particular atención a los siguientes tres artículos de la norma liberadora, buscando la necesaria comprensión de la política mayoritaria frente al incumplimiento de décadas, más aún, ante los escenarios del fenómeno de las tres corrientes de la Niña, la sequía sostenida en la cuenca y la locura ambiental de decisiones tendientes a una mayor profundización de la denominada hidrovía Paraguay Paraná, frente a semejante crisis ambiental en todo el valle de inundación de los ríos de la cuenca del Plata.

“Art. 2. Declárense los ríos y demás cursos de agua de la Provincia de Entre Ríos bienes de la naturaleza y recursos naturales de especial interés para su cuidado, conservación y aprovechamiento sostenible, en particular en lo referido a la calidad de las aguas, cantidad, distribución y uso jerarquizado, como al sustento de la biodiversidad.

Art. 3. Decláranse de interés provincial todos los proyectos de conservación y recuperación de suelos, bosques, vegetación y fauna, especialmente nativas, en riberas, barrancas y zonas aledañas a ríos, lagos, arroyos e islas.

Art. 4. Todo estudio, evaluación, proyecto económico, social o ambiental sobre el desarrollo regional integrado y sostenible a ejecutarse en el territorio de la Provincia, con incidencia en los ríos indicados en el Artículo 1º y sus recursos naturales, es de atribución exclusiva de la Provincia, en cuanto a su planificación y desarrollo.

Si para la ejecución de lo expresado en el párrafo anterior es necesaria la intervención de otros Estados Provinciales y/o el Estado Nacional, los convenios interjurisdiccionales a suscribirse se harán ad-referéndum del Poder Legislativo.”

Recuperación de suelos, bosques, vegetación y fauna nativas en riberas, barrancas y zonas aledañas a ríos, lagos, arroyos e islas. Aquí un primer desarrollo sobre una ley que ya tiene más de 25 años de vigencia, violada, entre otras razones, por la inexistencia del protagonismo del poder legislativo y las áreas de competencia ambiental, con la convicción, compromiso y foco en la aplicación y cumplimiento de estas normas. La Comisión que la Ley crea, no existe, lo que mata a la propia norma en su objetivo de sostenibilidad del sistema de humedales, muy concretamente. La realidad todo lo expone. La escala de incumplimiento programado, es temeraria.

El Art. 6 de la norma en estudio, dispone: “Créase la Comisión Provincial de Evaluación y Propuesta para el Desarrollo Regional Integrado y Sostenible, rigiéndose por los preceptos fijados por los artículos 41º y 124º de la Constitución Nacional”.

Su inexistencia es tal, que nunca fue convocada seria y responsablemente. No existe política ejecutiva alguna en semejante escenario. Es una norma olvidada o negada por la autoridad pública provincial, salvo para recordarla de manera hipócrita, cada 25 de septiembre.

Así la realidad de los fuegos descontrolados, la falta de presupuestos, equipamiento y personal para las áreas naturales protegidas, casi el 80% del sistema de humedales de la Provincia de Entre ríos, recién ahora, frente al ecocidio en marcha, se comienzan a dar algunos pasos institucionales a destacar, como el traslado de la Dirección de tierras fiscales a la Secretaría de Ambiente y la delimitación técnica de las áreas naturales protegidas por parte de la Dirección competente.

Finalmente, el proyecto hidrovía sigue, con sus funcionarios militantes del extractivismo voraz, desarrollando y concretando -sin aguas en la cuenca y con la gravedad de los impactos sociales y ambientales que esto produce- mayores profundizaciones, sobre-dragados y canales más anchos, para que sus socios del agronegocio sigan jugando a la ruleta de la desertificación del sistema de humedales con todos sus reinos de vida.

En la misma línea, no existe rol legislativo alguno en los procesos institucionales interjurisdiconales, como el artículo 4 señalado ordena. Lo expuesto se advierte en el caso del denominado PIECAS, como acuerdo entre las provincias ribereñas y el Estado Nacional para garantizar la sostenibilidad ecológica y social del Delta, como también en el caso del proyecto Hidrovía Paraguay Paraná.

Basta de esta locura. No toquen más el río en sus cauces y profundidades existentes. La Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene la enorme responsabilidad de consolidar este Basta que están solicitando las organizaciones sociales y ecologistas del País. La CSJN debe ponerse a la altura de esta crisis ambiental y civilizatoria y dictar un BASTA inapelable para frenar esta locura irresponsable y sin límites políticos que lo detengan. Ya tiene en sus manos expedientes relevantes en este sentido, como otros que están llegando en estos tiempos a su consideración.

Si el Poder Legislativo Provincial, si los Presupuestos Nacionales y Provinciales, no se adaptan a la necesidad de una transición ordenada y democrática hacia una cuenca de sociedades y ecosistemas sostenibles y por lo tanto perdurables para las generaciones futuras, si no se cumple con estos artículos aquí detallados de la ley de libertad del río Paraná, es el máximo tribunal el que debe cambiar el rumbo y ratificar la libertad y determinar el proceso de reconformación institucional y territorial hacia la sanación del Delta y la cuenca toda.

(*) Miembro Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas. Unidad de Vinculación Ecologista, Fundación La Hendija

(1) https://argentinambiental.com/legislacion/entre-rios/ley-9092-ley-anti-r…

información sobre los incendios

Exigen información sobre los incendios en tierras públicas de Entre Ríos

Ante los incendios catastróficos que asedian el Delta del Paraná, organizaciones ambientalistas presentaron ante el gobierno de Entre Ríos un pedido de Acceso a la Información Pública y Ambiental exigiendo que se revele la situación de las tierras públicas ubicadas en las islas y humedales de la provincia de Entre Ríos. La solicitud fue presentada el día de ayer por la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, en conjunto con la Multisectorial por los Humedales de Paraná y de Rosario, la organización El Paraná No se Toca y Salvemos los Humedales Villa Constitución.

La solicitud de acceso a la información pública ambiental es presentada por los enormes incendios que vienen sufriendo los humedales del Delta del Paraná. La situación del daño a los ecosistemas se intensifica a niveles nunca vistos con la bajante histórica que sufre nuestro río Paraná. Según las últimas noticias gran parte de los focos de incendios se registran en tierras que no presentan titular catastral claro, con fuertes indicios que se generan en tierras de dominio público del Estado Entrerriano.

El Estado entrerriano posee aproximadamente más de 300 mil hectáreas protegidas de islas y humedales.

La información solicitada apunta a una comprensión global y una rendición de cuentas sobre qué tierras posee la provincia de Entre Ríos sobre islas y humedales. También exigieron saber con qué criterios y condiciones las mismas fueron cedidas (algunas incluso gratuitamente), a quienes y para qué se utilizan. Y si sobre las mismas realizaron terraplenes o construcciones que afecten el régimen hidrológico de la cuenca y de los ecosistemas de humedales allí presentes.

También solicitaron información sobre las infracciones labradas en el contexto de incendios desde 2020, los Planes de Ordenamiento Ambiental Territorial existentes, si se han realizado Evaluaciones de Impacto Ambiental. Por último exigieron saber las acciones realizadas el Comité de Emergencia Ambiental del PIECAS.

El acceso a la información pública y ambiental es fundamental para garantizar la posibilidad de participación y control de las decisiones sobre los bienes comunes. También es fundamental para generar el marco jurídico y regulatorio para evitar la producción de daños de difícil o imposible recuperación en territorios. Especialmente la Ley de Humedales, fundamental para preservar ecosistemas que merecen un cuidado extremo por los graves impactos que vienen sufriendo y el contexto de amenaza en un escenario de crisis ambiental global.

Contactos de prensa:   Alejo di Risio +5491123904594

Argentina9 de Agosto 2022

Falta de gestión democrática

Jugando con fuego

Por Jorge Daneri (*) para Analisis Digital

El fuego en el Delta, como fue en Corrientes hace algunos meses, o en el Paraná medio también, expresa la falta de gestión democrática y participativa de la cuenca del Plata y la profundización de un modelo productivo depredador y degradante.

La constitución del comité de cuenca en el río más importante del país, proveedor de la vida, todas ellas, de la diversidad de sus reinos, que tenga la capacidad de análisis transversal y sinérgico sobre la gravedad de la crisis climática y de falta de gestión con visión de cuenca, es urgente, inapelable, vital. Su inexistencia, luego de tantas historias de cuenca, varias de ellas claramente expuestas y resueltas en Sentencias del máximo Tribunal del País, resulta de una impunidad tal, que no podemos dejar de sorprendernos con declaraciones, sin lugar a dudas justas, razonables y hasta necesarias, pero aún parciales y con foco en la coyuntura, como las expuestas por Pablo Javkin, intendente de Rosario. (1)

Si el Jefe de Gabinete de la nación, como el ministro de Ambiente, no asumen las responsabilidades que les atribuye la ley de adaptación al cambio climático, si no se conforma el comité de Cuenca, si los dueños de la “hidrovía” y por lo tanto del río, siguen hiriendo su memoria milenaria y su régimen hídrico, si los proyectos faraónicos de las corporaciones del agronegocio es la salida económica del Cono Sur y por lo tanto del País, podemos ir compartiendo con nuestros pueblos, que nos hemos rendido, que el agua se va a ir acabando, que la diversidad biológica y cultural de nuestros pueblos serán aún más simplificada y humillada en la imagen pulida e imperial expuesta groseramente en la bandera del poroto de soja del grupo Syngenta (2).

La Constitución Nacional y las provinciales, como los tratados ambientales y de derechos humanos que hemos firmado, así la realidad de gestión política de la cuenca del río Paraná en el tramo argentino, están siendo ya, solo un cuento. La realidad que los fuegos enseñan, es que el poder político vigente nos confirma que somos una zona de sacrificio, un territorio de exclusión y excluidos.

Mientras el país se seguirá incendiando y casi sin agua, la política se agarra a trompadas en el Luna Park de los ombligos preelectorales personales, degradada, donde no existe una sola voluntad, en semejante escenario de pobreza, injusticia social y ecológica, de intentar delinear un borrador de agenda mínima de unidad nacional, es decir, una crisis política que nos está llevando a cualquier lado, sin contrato social respetado. Una Multipartidaria ampliada a los movimientos sociales y ambientales, sería una posibilidad, pero parece, así la realidad, impensado.

Los incendios exponen las únicas grietas, la de los humedales inexistentes, agrietados por el saqueo organizado y un proyecto de Ley para su protección, fraudulento y feudal, recientemente acordado en el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA). Sistema de humedales “gestionado” por un Fiscal de Estado, me refiero a Julio Rodríguez Signes, privatizador de las tierras públicas del Delta (2012, Entre Ríos) intento frustrado por la luminosa reacción de las organizaciones socio-ambientales, particularmente rosarinas, dato no menor.  Ahora, diez años después, este mismo funcionario es el responsable político en los escenarios dantescos de la intentona de profundización y ampliación de la hidrovía en el río Paraná además de vocero de gobierno frente a semejantes escenarios, algo así como un super ministro paralelo. Con estos “ejemplos”, los incendios serán lo que son y mucho más, tan, pero tan dramática como infelizmente para los pueblos y sus ecosistemas.

Desde la Asociación Argentina de Abogadas y Abogados Ambientalistas (3) propusimos hace casi dos años, frente a este dramático escenario, un cambio y transito urgente hacia la constitución del Comité de Cuenca. Nada, vacío, silencio total, el delta se incendia, la política de gestión de nuestros ríos y sistema de humedales, también.

Es tiempo de Justicia Federal. Los tiempos de la naturaleza y sus humedales, sus gentes, exponen “los gritos de la tierra”, la nuestra, la única que pasajeramente transitamos, la de Leonardo Boff. Que se haga cargo, asuma su responsabilidad mayor, frente a la inexistencia de política de gestión de cuenca y democracia ambiental en el río Paraná y sus ecosistemas asociados.

(*) Jorge Daneri es Miembro de la Unidad de Vinculación Ecologista, Fundación La Hendija, Paraná y de la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas.

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(1) https://www.analisisdigital.com.ar/nacionales/2022/07/19/incendios-en-la…

(2) 

(3) https://aadeaa.org/el-estatuto-politico-y-legal-en-materia-socio-ambient…