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Proyectos trabajados por la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas Militancia judicial con perspectiva ecológica.

Ley de Glaciares Senado

Fuerte rechazo en el Senado al intento de vaciar la Ley de Glaciares: “Va a crear una enorme inseguridad jurídica”


Especialistas, organizaciones socioambientales, científicas y de la sociedad civil advirtieron que el proyecto del Gobierno pone en peligro las aguas, es inconstitucional y sólo es funcional a la megaminería.

Este martes, en el Plenario de Comisiones del Senado, se debatió el proyecto del Poder Ejecutivo que busca modificar la Ley N.º 26.639, conocida como Ley de Glaciares. La jornada estuvo marcada por fuertes cuestionamientos de referentes jurídicos, científicos y organizaciones ambientales, que coincidieron en una advertencia central: la iniciativa no es una actualización técnica, sino un intento de desmantelar los presupuestos mínimos de protección del agua en la Argentina.

Durante la reunión expusieron Enrique Viale, presidente de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas; Andrés Napoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN); Agostina Rossi, de Greenpeace; Pablo Villagra, director del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), Hernán Casañas, director ejecutivo de Aves Argentinas, Eugenia Testa, del Círculo de Políticas Ambientales, Manuel Jaramillo de Fundación Vida Silvestre Argentina, Gabriela González Trilla, investigadora de CONICET,

“Esto destruye la arquitectura de los presupuestos mínimos”

En su intervención, Enrique Viale lo definió sin rodeos: “Es la reforma Barrick Gold”.

Señaló que el proyecto avanza sobre un núcleo duro del derecho ambiental argentino:

“Las leyes de presupuestos mínimos son una arquitectura que este proyecto tira por la borda. La destruye. Y esto no es menor, porque tenemos otras leyes de presupuestos mínimos. ¿Qué va a pasar después? ¿Vienen por los bosques? ¿Vienen por los ríos? ¿Por la Ley General del Ambiente?”

Viale remarcó que no se puede desarmar por ley lo que está consagrado en la Constitución Nacional, y calificó la iniciativa como “flagrantemente inconstitucional” por violar el artículo 41, que obliga al Estado nacional a fijar pisos comunes de protección ambiental.

En ese sentido, advirtió sobre el impacto territorial concreto de la reforma:

“En Mendoza el 4% de la provincia es irrigable, el resto es desierto. ¿Cómo no van a tener relevancia hídrica los glaciares?”

También denunció el desplazamiento deliberado de la ciencia del proceso de toma de decisiones:

“Dejar la ciencia afuera no me parece casual. Desdeñar la ciencia… al IANIGLA lo destrozan, lo dejan casi sin funciones. Un subsecretario de minería de una provincia le va a escribir al IANIGLA diciendo ‘al glaciar tal, sacalo’, y va a estar amparado por la ley.”

Y cerró con una definición política que sintetizó el sentido del proyecto:

“Esta reforma tiene nombre y apellido: es la reforma Barrick Gold. Estas grandes mineras transnacionales tienen prontuario, no tienen pasado.”

Viale también cuestionó el procedimiento acelerado y sin debate social, en contraste con el proceso participativo que dio origen a la ley en 2010:

“La sociedad argentina tiene al agua como un piso mínimo. El problema es que este procedimiento se está haciendo a puertas cerradas, porque si no… El proceso participativo del 2010 fue enorme. No como esto que se está haciendo ahora, un tratamiento exprés para votarla un día después de Navidad.”

Intervención Completa de Enrique Viale (AAdeAA-CAJE)

Napoli (FARN): “Este proyecto va a estar 40 años en tribunales”

Por su parte, Andrés Napoli subrayó que el proyecto reduce el alcance de la protección y abre una etapa de alta conflictividad judicial:

“Los glaciares tienen muchas otras funciones ecosistémicas más allá de proveer agua: funciones climáticas, de biodiversidad.”

Napoli calificó la reforma como regresiva, al achicar áreas protegidas y avanzar sobre estándares ya consolidados:

“Si tenemos que reformar la Ley de Glaciares, hay que dar seguridad jurídica. Este proyecto hace exactamente lo contrario. Va a estar en tribunales 40 años.”

También puso el foco en los actores ausentes del debate:

“¿Dónde están los vecinos afectados, las comunidades, las personas en situación de vulnerabilidad que viven en las zonas críticas de la explotación de glaciares?”

En relación con el Inventario Nacional de Glaciares, Napoli advirtió que el proyecto lo desarma en los hechos:

“Se va a desbaratar el inventario, porque ahora cada provincia puede decirle al IANIGLA qué poner y qué sacar. Van a suceder cosas cada vez más graves que se van a judicializar.”

Además, recordó que los presupuestos mínimos implican una tutela común y uniforme, y que si existen problemas en definiciones técnicas, deberían abordarse de manera puntual y no mediante un vaciamiento general de la norma.

Greenpeace: datos científicos que el proyecto ignora

Desde Greenpeace, Agostina Rossi aportó datos clave que refuerzan la gravedad del retroceso propuesto:

“El 20% de la infiltración que llega a las napas depende del ambiente periglacial. En años de sequía puede llegar al 50%.”

Rossi advirtió que el proyecto va en contra del consenso científico internacional, no solo argentino, y recordó que el contexto actual es mucho más crítico que en 2010:

“La Ley se pensó en un contexto de crisis climática que no se esperaba que tuviera las consecuencias que tiene hoy. Los glaciares son aliados en esta lucha.”

En ese marco, fue clara:

“Las modificaciones propuestas cambian completamente el espíritu de la norma.”

Aves Argentinas: estándares ambientales y desarrollo no son opuestos

Hernán Casañas, director ejecutivo de Aves Argentinas, cuestionó el argumento económico del proyecto:

“Las empresas que queremos son las que cumplen estándares y apuestan a largo plazo. No buscan libertad absoluta, buscan certidumbres.”

Y agregó:

“Los flujos de inversión más importantes van a los países con los estándares ambientales más altos. El argumento económico está planteado al revés.”

Casañas utilizó una imagen contundente para graficar el absurdo de la reforma:

“A nadie se le ocurriría pasar una autopista por arriba del glaciar Perito Moreno simplemente porque no tenga una función hídrica directa. Debilitar estos estándares es romper el equilibrio.”

También recordó un punto clave del derecho ambiental:

“Es cierto que las provincias tienen dominio originario sobre los recursos naturales, pero el ambiente no reconoce fronteras políticas.”

IANIGLA: “No fuimos consultados”

Finalmente, Pablo Villagra, director del IANIGLA, aportó una mirada desde la ciencia pública:

“Las provincias con mayor superficie de glaciares son Santa Cruz, San Juan y Mendoza. Pero los glaciares son más importantes en los Andes desérticos.”

Villagra fue directo sobre la realidad mendocina:

“Yo estoy en Mendoza: todo el agua que consumimos viene de la nieve o de los glaciares.”

También cuestionó el esquema institucional propuesto por la reforma:

“Este esquema donde la autoridad local pasa a formar parte de la autoridad nacional es un debate oscuro. No estaba resuelto en la ley original y no se resuelve en esta. En lugar de dar seguridad jurídica, genera un limbo.”

Y cerró con una afirmación grave:

“Nosotros no fuimos consultados para la redacción de la nueva ley.”

Un consenso claro: la Ley de Glaciares no se toca

El plenario dejó en evidencia un consenso transversal entre especialistas y organizaciones: el proyecto debilita la protección del agua, desplaza a la ciencia, fragmenta la gestión de cuencas y expone al país a conflictos sociales y judiciales de largo plazo.

Desde AAdeAA–CAJE reafirmamos que defender la Ley de Glaciares es defender el agua, las cuencas y la vida. En un contexto de crisis climática, retroceder en los presupuestos mínimos no es una opción.

La Ley de Glaciares no se toca.

Primera mitad del PlenarioSegunda mitad del Plenario

La Ley de (Des) Protección de los Glaciares: una reforma regresiva que atenta contra la vida

por Maristella Svampa y Enrique Viale para Perfil


El proyecto para modificar la Ley N.º 26.639, conocida como Ley Nacional de Glaciares, que ya ingresó al Senado, apunta a desmantelar el régimen de presupuestos mínimos que hoy protege glaciares y ambiente periglacial, es decir, las reservas estratégicas de agua más importantes de la Argentina.

Un viejo anhelo de las grandes mineras transnacionales pretende llevarse a cabo en este verano argentino. En el día de ayer el gobierno nacional presento un proyecto para modificar la Ley N.º 26.639, conocida como Ley Nacional de Glaciares, que ya ingresó al Senado y busca ser aprobado en sesiones extraordinarias durante el verano. La iniciativa apunta a desmantelar el régimen de presupuestos mínimos que hoy protege glaciares y ambiente periglacial, es decir, las reservas estratégicas de agua más importantes de la Argentina.

Tal como se había anticipado y como viene siendo la regla desde que asumió este gobierno, la reforma representa un gravísimo e inaceptable retroceso en la protección del agua, en un contexto de crisis climática, de retracción acelerada de glaciares y creciente estrés hídrico en todo el país.

Esto no les gusta a los autoritarios

El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.

El proyecto del gobierno introduce cambios estructurales que alteran por completo la letra y el espíritu de la ley vigente. En primer lugartodos los glaciares podrían ser destruidos. ¿Porque puede suceder esto? Porque la reforma elimina la protección automática que hoy establece la ley y la reemplaza por un sistema discrecional. Mediante una simple declaración de una autoridad provincial, un glaciar puede quedar fuera de la protección legal y ser habilitado para actividades extractivas.

En segundo lugar, el proyecto también elimina la prohibición expresa de realizar minería sobre el ambiente periglacial. La Ley de Glaciares actualmente vigente reconoce que glaciares y periglaciares conforman un sistema único, indispensable para la regulación del agua. Desproteger el periglacial implica, en los hechos, permitir la destrucción del glaciar. El ambiente periglaciar no solo contienen glaciares que no vemos a simple vista (glaciares de roca), sino suelos congelados o permafrost, que son reguladores hídricos, y cuya importancia es crucial en tiempos de cambio climático y estrés hídrico. Intervenir en las áreas periglaciares donde existe agua congelada, ya sea en superficie o en profundidad, significaría perder hielo que no se recuperará nunca más y alterar procesos que sostienen el caudal de las cuencas. Por eso la actual ley prohíbe actividades allí: porque el daño sería irreversible. Fuera de estas zonas, la Ley 26.639 no es el instrumento que regula qué actividades pueden hacerse o cómo deben hacerse.

Doce provincias argentinas tienen glaciares en su territorio: Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, La Rioja, San Juan, Mendoza, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego. Según el Inventario Nacional de Glaciares publicado en 2018 por el IANIGLIA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales), los 5.769 km² de glaciares andinos inventariados (es decir, excluyendo las Georgias y Sandwich) representan el 0,21% del total del territorio argentino en el continente americano. A eso cabe sumar la gran superficie del ambiente periglacial correspondiente a la definición de la Ley, y que incluye no solo glaciares de escombros, sino también el permafrost (suelos congelados). Pero la ambición de las grandes mineras no permite ningún tipo de límites para su voraz accionar, que pretende llevarse hasta los minerales debajo de estas geoformas, sin importar las consecuencias devastadoras e irreversibles para la población y los ecosistemas.

Los glaciares, en peligro

Tal como está formulada, la ley de protección de los glaciares sancionada en 2010 apunta a proteger las cuencas hídricas, las cuales presentan una unidad ecológica y funcional, de carácter interprovincial, y por ende no pertenecen a una sola jurisdicción provincial. Por eso invocar al “federalismo” es un error que puede costarnos muy caro. Las aguas nacen en una provincia, cruzan su territorio y continúan su curso a través de uno o más provincias, regando campos y ciudades, abasteciendo así a diferentes poblaciones. Al tratarse de cuencas interprovinciales, compete también al Estado Nacional el ser garante de la unidad de cuenca, dado que cualquier actuación o determinación legal en la gestión de las aguas afecta a todos los territorios de las distintas provincias por las que estas discurren. El objetivo es así lograr el mejor instrumento para un uso eficiente y sostenible de un recurso escaso y vulnerable, garantizando la solidaridad entre las diferentes provincias, en función de un concepto de territorio nacional. Esto quiere decir que las provincias no pueden disponer de modo exclusivo y discrecional de los recursos hídricos interjurisdiccionales, ya que las cuencas hídricas no admiten potestades provinciales exclusivas y, por ende, compete a toda la nación y al pueblo argentino.

Glaciares

En 2025, el año internacional de la conservación de los glaciares, el gobierno nacional pretende modificar la Ley Nacional de Glaciares, habilitando a las provincias para realizar modificaciones al gusto de cada una, siguiendo las directivas del lobby minero. Se busca subvertir así el marco legal imperante, apelando a un falso federalismo, para ampliar la zona de explotación minera. Modificar la Ley de Glaciares en este sentido es ambientalmente riesgoso y jurídicamente ilegal. El proyecto viola el principio de no regresión ambiental, reconocido por la Constitución Nacional y por el Acuerdo de Escazú (Ley 27.566), que prohíbe disminuir los niveles de protección ya alcanzados. En lugar de fortalecer la protección del agua frente a la crisis climática, el gobierno busca debilitar la única norma que pone un límite claro al avance de la megaminería en las cabeceras de los ríos.

Una vez destruido un glaciar, no hay ninguna posibilidad de recomponerlo. Su destrucción es para siempre. Por ello es que necesitamos más que nunca apelar a un principio básico, que va más allá del voto y de la identidad política: proteger los glaciares y el ambiente periglacial es proteger el agua, las cuencas y el futuro de toda la nación; en definitiva, es proteger la vida. Llamamos a la ciudadanía, a las organizaciones sociales, a las comunidades, al periodismo y a los representantes legislativos a defender la Ley de Glaciares, tal cual está, sin modificaciones, y a impedir cualquier retroceso en la protección de las reservas estratégicas de agua de la Argentina.

La regulación del metano vinculada a los combustibles fósiles en Argentina

El metano es el segundo gas de efecto invernadero más importante después del dióxido de carbono, pero con un potencial de calentamiento mucho mayor en el corto plazo. A nivel global, se estima que causa el 30% del calentamiento asociado a las actividades humanas. 

En Argentina representa el 32% de las emisiones totales de gases de efecto invernadero, principalmente provenientes de la ganadería (60%) y los combustibles fósiles (20%). Las emisiones de metano del sector de petróleo y gas se deben a fugas, venteo intencional y quema en antorcha, además de los pozos abandonados. Argentina es considerada un “super emisor” regional, junto con Brasil, Venezuela y Colombia. 

En cuanto a la normativa en el país, a pesar de los compromisos internacionales asumidos —como el Global Methane Pledge y la participación en la Coalición Clima y Aire Limpio (CCAC) y la Iniciativa Global del Metano (GMI)—, la regulación nacional aún es incipiente y fragmentada.

A nivel nacional, el marco normativo se apoya en leyes generales de cambio climático (Ley 27.520) y planes estratégicos (Planes Nacionales de Adaptación, Mitigación y Transición Energética). Las normas específicas son escasas: la Resolución 143/1998 regula el venteo y la quema de gas, mientras que la Resolución 970/2023 crea el Programa Nacional de Medición y Reducción de Emisiones Fugitivas, aún pendiente de reglamentación. 

El Proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos de Gestión de Emisiones de Metano en el Sector de Hidrocarburos busca llenar ese vacío, proponiendo la creación de un Plan Nacional de Reducción de Emisiones de Metano, planes de gestión empresariales, programas de detección y reparación de fugas, y la introducción de créditos compensatorios. Sin embargo, el proyecto carece de metas cuantificables y mecanismos sancionatorios robustos.

Las provincias comenzaron a avanzar con regulaciones propias. Chubut aprobó en 2024 una resolución que obliga a las empresas a presentar planes anuales de gestión de emisiones y a realizar monitoreos y reportes públicos. Neuquén y Mendoza implementaron programas piloto y registros provinciales de gases de efecto invernadero, mientras que Río Negro y Santa Cruz incorporaron exigencias ambientales generales en sus marcos hidrocarburíferos. Varias provincias participan además del Sistema de Alerta y Respuesta al Metano del Programa de Naciones Unidas para el Ambiente, que utiliza datos satelitales para detectar emisiones.

A nivel internacional, la tendencia regulatoria muestra un endurecimiento progresivo. Canadá y Estados Unidos han establecido metas nacionales de reducción y exigencias tecnológicas estrictas; la Unión Europea aprobó en 2024 el primer reglamento específico de metano para el sector energético, con obligaciones de monitoreo, reparación de fugas y prohibición del venteo y flaring, mientras que China y Brasil avanzan en estándares técnicos y planes sectoriales.

El documento concluye que Argentina necesita fortalecer su marco jurídico y de política pública con metas de reducción claras, sanciones efectivas y mayor articulación institucional entre Energía, Ambiente y Salud. Asimismo, advierte que el enfoque actual —centrado en la mitigación de fugas y la valorización del gas— reproduce la dependencia de los combustibles fósiles. Propone avanzar hacia una desfosilización progresiva y una transición energética justa, que reduzca emisiones y proteja los derechos de las comunidades.

Acceder al informe:


Se recomienda el documento “Metano en Argentina: una guía básica para entender desde cero” como una primera aproximación clara y accesible para comprender el metano, su vínculo con el sector de petróleo y gas y por qué es urgente hablar de él en Argentina.

Derrrame Veladero San Juan

Instancia Decisiva en la Justicia Federal por el derrame de la minera Barrick Gold en la cuenca del río Jachal en San Juan

Recurrimos ante la Cámara Federal de Casación Penal para reabrir el Juicio Oral contra los responsables nacionales

La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, como representante de la Asamblea Jachal No Se Toca, declara su profunda preocupación ante la prescripción de la causa penal, por parte de la Jueza Servici de Cubría, contra los funcionarios nacionales responsables de haber frenado, manipulado e incumplido la Ley de Glaciares, en el marco del derrame tóxico de Barrick Gold en Veladero (Jáchal, San Juan) ocurrido en 2015.

El desastre de Jachal es el mayor derrame minero de la historia argentina y sigue impune a más de diez años: no hay juicio oral, no hay condenas y la minera Barrick Gold continúa operando en plena cordillera, dentro de la zona periglaciar protegida por ley.

La decisión de la jueza Cubría es un retroceso grave. No solo abandona la obligación del Estado de proteger las nacientes de agua de alta montaña, sino que además desconoce una década de pruebas que demuestran el rol del propio Gobierno Nacional de entonces en la manipulación del Inventario de Glaciares para permitir que Barrick operara donde la ley lo prohíbe. Sin esa intervención deliberada, Veladero no habría funcionado jamás: el derrame de cianuro, mercurio y metales pesados sobre la cuenca de Jáchal simplemente no habría ocurrido.

Por eso, desde la querella recurrimos ante la Cámara Federal de Casación Penal para reabrir el Juicio Oral contra los responsables nacionales.

El juicio de Jachal es la única vía para terminar con la impunidad política e institucional que rodea a Veladero desde hace años. Allí deben rendir cuentas quienes, desde el Estado Nacional, bloquearon la aplicación de la Ley de Glaciares y habilitaron la explotación minera en territorios que debían estar resguardados como reservas estratégicas de agua.

El pueblo de Jáchal carga con la contaminación, la incertidumbre y la negación sistemática de información. Su lucha es la que mantuvo viva esta causa cuando todos los resortes del poder quisieron cerrarla.

Veladero es el símbolo de un modelo extractivo basado en la desprotección de los territorios de alta montaña, el desprecio por el agua y el blindaje de las corporaciones mineras. La prescripción dictada por Servini solo fortalece ese modelo.

Por eso vamos a Casación: para impedir que esta causa se archive y para que, de una vez por todas, se escuche en un tribunal la verdad completa sobre cómo se violó la Ley de Glaciares para habilitar un proyecto que nunca debía haber existido.

La Argentina necesita justicia social y ambiental, transparencia y responsabilidad de las corporaciones mineras. Esta causa es una prueba decisiva: o se sostiene la impunidad minera, o se abre el camino para proteger de verdad los glaciares, el agua y las comunidades que dependen de ellos.

Exigimos Juicio Oral YA. El país está con Jáchal .

Basureros Petroleros: Allanamiento a la planta de COMARSA en Neuquén

La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) informa que, a pedido de esta querella y de la Fiscalía de Delitos Ambientales, la Justicia autorizó el allanamiento en la planta de COMARSA, ubicada en el Parque Industrial Neuquén Oeste, en la capital provincial. Este paso clave se da en el marco de la causa por los Basureros Petroleros del proyecto Vaca Muerta. Se realiza para avanzar en la investigación penal por usurpación de tierras públicas y contaminación peligrosa en uno de los mayores pasivos petroleros del país y del cual las empresas petroleras son responsables.

El operativo tiene un objetivo concreto: permitir las tareas de campo necesarias para el informe técnico del perito agrimensor designado por la querella, cuyo trabajo es indispensable para reconstruir los límites reales del predio y su expansión.

Esta nueva inspección judicial busca despejar una pregunta central ¿hasta dónde avanzó Comarsa sobre tierras públicas que nunca le fueron cedidas?

Desde la querella afirmamos, en base a lo evidenciado en años de documentación:
COMARSA no solo operó dentro del inmueble concedido a precio vil por la Municipalidad de Neuquén y el Concejo Deliberante, sino que extendió ilegalmente sus actividades sobre terrenos públicos no cedidos, ampliando su huella operativa por fuera de toda autorización estatal.

Esa expansión no es inocua. Sobre esas tierras usurpadas, la empresa acumuló a cielo abierto residuos petroleros tóxicos, provocando la degradación del territorio y afectando el aire, el suelo y la salud de las comunidades que viven y trabajan en las zonas aledañas. A su vez, el lixiviado de estos residuos corre peligor de afectar las napas que existen en la región. Es exactamente el tipo de manejo que las comunidades y organizaciones de la sociedad civil denuncian hace años: montañas de residuos, vapores tóxicos, derrames y un modelo energético que deja contaminación y precariedad donde debería haber controles, reparaciones y políticas públicas serias.

Con este allanamiento, la fiscalía espera demostrar el delito de usurpación, al demostrar la ocupación y el uso ilegal de tierras públicas por parte de la empresa. Y también el delito de contaminación peligrosa, al evidenciar que COMARSA acumuló residuos petroleros en esas mismas tierras, agravando la afectación territorial y social a las comunidades cercanas.

    La investigación avanza en un contexto donde Neuquén convive con basureors petroleros abiertos, pozos abandonados sin remediación y zonas saturadas de la infraestructura petrolera sin que ninguna autoridad provincial regule cómo afecta esto a la población. Frente a esa desidia estructural, el allanamiento puede recaba r más evidnecias y avanzar hacia terminar la impunidad actual sobre el entramado que sostiene el proyecto Vaca Muerta.

    Desde AAdeAA, como parte querellante, vamos a seguir impulsando las medidas necesarias para que se esclarezcan los hechos, se identifiquen las responsabilidades y se garantice la reparación de los territorios y de las comunidades afectadas.

    La contaminación petrolera no es un daño abstracto, ni puede seguir haciéndose en nombre de las divisas y el interés nacional. Las comunidades están afectadas en sus cuerpos y territorios y quienes las afectan deben responder ante la ley

    Sistema energético, metano y salud

    Salud y enfermedad son parte de un proceso social complejo. Los daños en salud asociados al metano no son “accidentes” inevitables, sino consecuencias estructurales de una forma de desarrollo que privilegia la rentabilidad sobre la sustentabilidad socioambiental. 

    El metano actúa como precursor del ozono troposférico, constituyendo un contaminante atmosférico con efectos adversos comprobados sobre la salud respiratoria, cardiovascular, reproductiva entre otros. La exposición al ozono troposférico se asocia a aumento de mortalidad por causas respiratorias y cardiovasculares, exacerbaciones de asma y EPOC, y mayor vulnerabilidad en niños, personas mayores y poblaciones con enfermedades de base. Asimismo, se han documentado alteraciones en la fertilidad masculina y femenina, y efectos negativos en el desarrollo fetal.

    Los estudios epidemiológicos en Estados Unidos y Canadá han evidenciado un aumento del riesgo de un tipo de leucemia en comunidades ubicadas en cercanía de pozos de fracking, así como posibles incrementos en linfomas y otros cánceres hematológicos. También se han descrito alteraciones endocrinas, disrupciones reproductivas, entre otras.

    En este contexto, la combinación de incertidumbre científica, exposición múltiple a contaminantes y proximidad entre pozos y comunidades plantea la necesidad de adoptar medidas regulatorias preventivas. La falta de datos oficiales accesibles y la magnitud de la exposición comunitaria hacen imperativa la aplicación del principio precautorio y las evaluaciones de riesgo integrales en territorios afectados por fracking.

    Masivo y contundente rechazo popular al intento de legitimar las obras sobre el Río Paraná para convertirlo en “hidrovía”

    El día de hoy se realizó la audiencia pública convocada por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación para tratar el llamado “Informe de Gestión y Evaluación Ambiental” de la Vía Navegable Troncal del Paraná. Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas pedimos su impugnación y rechazamos el proyecto de dragado, profundización, ensanchamiento y cambio de trazas sobre el Río Paraná.

    A pesar de los obstáculos deliberados para dificultar la participación —información técnica desordenada, formularios impresos, falta de difusión—, la respuesta es categórica: la participación de una enorme cantidad de expertos, referentes sociales, académicos, intelectuales y sindicales que rechazan este modelo de río. 

    Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas-Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial advertimos desde el primer día que esta audiencia era ilegítima:

    • No se presentó ningún Estudio de Impacto Ambiental válido.
    • Las obras de dragado ya están en curso
    • No existe línea de base ni evaluación de impactos acumulativos.
    • La información no fue clara, ni accesible, ni difundida en forma efectiva, violando el Acuerdo de Escazú.

    Lo que se intentó fue convalidar por vía administrativa una licitación ya decidida. 

    En la participación territorial y de la sociedad civil se destacan organizaciones socioambientales, comunidades isleñas, trabajadores del río, universidades, sindicatos, colectivos artísticos y ciudadanos autoconvocados. Lo que se expresó fue una oposición transversal, masiva y bien argumentada, que dejó en evidencia la profundidad del rechazo a este modelo extractivo y defiende con fuerza:al río: 

    • Como fuente de agua potable para millones.
    • Como corredor de biodiversidad y soporte de humedales.
    • Como territorio habitado por comunidades que resisten.
    • Como bien común que no puede seguir siendo gestionado a espaldas de la sociedad.

    La audiencia, lejos de legitimar el proceso, demuestra la ilegitimidad de lo que se está intentando hacer con el Paraná. La voz colectiva desmontó el simulacro. Cada intervención señaló distintos aspectos en los cuales el Estado, y las empresas usuarias, violan la constitución y el deber de proteger los bienes naturales. Y cuando eso pasa, el pueblo se organiza y habla.

    A esta altura, el Gobierno no puede alegar desconocimiento, ni ignorar la voluntad ciudadana. La oposición es contundente. 

    El modelo de río que intentan imponer no tiene licencia social. Exigimos la anulación del proceso y la suspensión inmediata de la licitación proyectada.

    Fuga de hidrocarburos en el lago Mari Menuco: nuevo desastre petrolero en Neuquén

    La Confederación Mapuche de Neuquén denunció el miércoles 22 de octubre una fuga de hidrocarburos a partir de la explosión de un ducto de la empresa Pan American Energy (PAE) en el área petrolera conocida como Lindero Atravesado, que se encuentra a orillas del lago Mari Menuco.

    Esta fuga de hidrocarburos “creó una nube tóxica que se veía desde las comunidades mapuche aledañas y que claramente contaminó la orilla del lago”, alertaron desde la Confederación.

    Estos desastres ambientales, con graves impactos tanto en los ecosistemas como en la salud de las comunidades cercanas, no son accidentes aislados, sino una consecuencia ineludible de la actividad hidrocarburífera extractiva –tanto convencional como no convencional–. Entre 2015 y marzo de 2022, se registraron 9,242 incidentes, muchos de los cuales incluyen derrames de petróleo, contaminación del agua y gases de efecto invernadero altamente peligrosos. En este contexto, la técnica de fracturación hidráulica –conocida como fracking– no solo intensifica los riesgos, sino que lo hace a un ritmo alarmante: entre enero y septiembre de este año se realizaron 18.263 etapas de fractura, un aumento significativo respecto de las 14.722 registradas en 2023.

    A esto se suma la falta de control y transparencia en la información sobre la magnitud real de los daños, como quedó demostrado en desastres anteriores, donde las empresas reportaron afectaciones mínimas o inexistentes de las superficies contaminadas, lo que resulta inverosímil dada la envergadura de los derrames.

    El lago Mari Menuco es un embalse que, junto a Los Barreales, regula el caudal del río Neuquén, genera energía y brinda agua a las poblaciones y actividades productivas de la región. Es una de las principales fuentes de agua potable de la Patagonia norte. Los Barreales abastece el acueducto que provee a las ciudades de Cutral Co y Plaza Huincul, mientras que el Mari Menuco suministra agua a Neuquén capital, Centenario y, con la ampliación de la planta potabilizadora, también a Plottier y Vista Alegre.

    En febrero de este año el gobierno de Rolando Figueroa le extendió la concesión de Lindero Atravesado a PAE a través del decreto N° 228/2025, que autoriza a la empresa a realizar fracturas en el entorno del lago hasta el año 2060. Además, el decreto N° 276/2025, habilitó el fracking en La Angostura Sur I y II, incluyendo el istmo de los embalses Mari Menuco y Los Barreales, y prevé más de 500 pozos en esa frágil zona. 

    La extracción de hidrocarburos en estos territorios pone en riesgo una fuente de agua potable vital para más de 600 mil personas. La explosión y fuga del pasado 22 de octubre es una muestra más de está situación. Las organizaciones firmantes expresamos nuestra preocupación por este nuevo desastre ambiental y reiteramos el reclamo por el cierre de todas las actividades extractivas en la zona. 

    Firma:

    Campaña “Salvemos el Mari Menuco”

    Acompañan:

    Fundación Ambiente y Recursos Naturales

    Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas

    Observatorio Petrolero Sur 

    Confederación Mapuche de Neuquén

    Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas 

    Tierra para Vivir – Marabunta

    Izquierda Socialista – Ambiente en Lucha – FITU

    Movimiento de Naciones y Pueblos Originarios en Lucha – Neuquén

    Alerta Roja Ambiental / PTS – FITU

    Red Ecosocialista – MST en el FITU

    Colectiva Feminista La Revuelta

    Multisectorial Golfo San Matías

    APDH Neuquén

    Coordinadora Plurinacional Basta de Falsas Soluciones 

    Asamblea de la Comunidad Costera de Tierra del Fuego, AeIAS

    Ambiente en Lucha de Tierra del Fuego, AeIAS 

    Multisectorial de Derechos Humanos de Río Grande

    Asamblea Mar Libre de Petroleras Partido de la Costa

    Asamblea por un Mar Libre de petroleras Uruguay

    APDH EL BOLSON

    ASAMBLEA MULTISECTORIAL de Cipolletti. Río Negro 

    RED de DDHH de CIPOLLETTI 

    Asamblea en Defensa del Territorio, Puerto Madryn

    Comunidad Katrawletuain, Rawson, Chubut 

    Lof Newentuaiñ Inchin de Costa de Lepa, Chubut

    APDH ESQUEL TREVELIN 

    APDH Tucumán 

    Coordinadora Socioambiental Bahia Blanca

    Asamblea por un Mar Libre de Petroleras de Mar del Plata

    Observatorio de Sismicidad Inducida 

    Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Viedma y Patagones 

    Red de Comunidades Costeras

    Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego

    La Revuelta Comunicacion, Mar del Plata

    Asociación Mane’kenk

    APCA Neuquen

    FASE Espírito Santo

    ANAFAE Honduras

    CEDIB, Bolivia

    Más datos sobre desastres ambientales de la industria petrolera:

    • Durante el año 2021 ocurrieron al menos 2049 incidentes ambientales. Un promedio de 5,6 por día, más del doble de los que constan para 2017, cuando el promedio diario era de 2,8 (información extraída a partir de los datos oficiales de incidentes ambientales declarados por empresas operadoras de la Dirección Provincial de Gestión de Situaciones Ambientales y Residuos Especiales).
    • Entre los principales desastres ambientales de los últimos años se encuentran el del yacimiento Bandurria Sur, del 19 de octubre de 2018, operado por YPF S.A. y Schlumberger, que afectó entre 47,6 (según la empresa) y 80 hectáreas (según Greenpeace y FARN), y por el cual fueron succionados 4076 m³ de hidrocarburos y removidos 22.529 m³ de suelo contaminado; y el incendio en Pozo Loma la Lata Oeste, el 15 de septiembre de 2019, con llamas de 30 metros cerca del lago Los Barreales, controladas en un mes por Wild Well Control.
    • A esta accidentalidad propia de la industria petrolera se le debe sumar los más de 500 sismos producidos en la zona desde el 2019 por el fracking, de acuerdo a la información producida por el Observatorio de Sismicidad Inducida. Esta actividad sísmica afecta a las comunidades y poblaciones cercadas, en particular a las localidad de Sauzal Bonito y Añelo, con daños materiales, impactos en la salud y seguridad. 

    sobredragado en el Río paraná

    La máxima autoridad ambiental de la Nación, reconoce que nunca evaluó los impactos ambientales del dragado en la “hidrovía” del Paraná

    En una respuesta judicial inédita, el ex Ministerio de Ambiente admite que no intervino en ningún Estudio de Impacto Ambiental del dragado en el Río Paraná

    La máxima autoridad ambiental nacional acaba de reconocer ante la justicia que en las últimas dos décadas no posee registros, antecedentes técnicos ni intervenciones vinculadas al dragado del río Paraná. Así lo confirmó la ex cartera de Ambiente de la Nación —hoy degradada a Subsecretaría— en el marco de la causa impulsada por la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y la organización UPVA Ramallo ante la Cámara Federal de Rosario.

    En su respuesta oficial al tribunal, el ex Ministerio reconoce explícitamente que no participó en ningún Estudio de Impacto Ambiental (EIA) ni en instancias de consulta pública respecto a las obras de dragado, ensanchamiento y cambio de traza del Paraná desde 2011 hasta la actualidad. La respuesta fue emitida frente a un requerimiento expreso de la Sala B de la Cámara Federal, que ordenó al Estado nacional entregar, en un plazo de diez días, los estudios de impacto ambiental con participación ciudadana correspondientes a las obras realizadas en el tramo frente a la ciudad bonaerense de Ramallo.

    La respuesta es clara: no hay absolutamente nada. Ninguna intervención del organismo. Ninguna solicitud de otros entes estatales. Ningún estudio registrado. Ninguna evaluación técnica o instancia de participación. El propio Estado reconoce así la ausencia total de control ambiental estatal sobre uno de los proyectos de infraestructura más significativos del país.

    Este nuevo documento judicial es, además, la segunda vez que el ex Ministerio de Ambiente admite no haber tenido ninguna actuación vinculada a la aplicación de la legislación ambiental nacional ni de los tratados internacionales en el marco del desarrollo de la mal llamada hidrovía. 

    Este reconocimiento, que no solo se expone en relación al caso del paso denominado Las Hermanas frente a la localidad de Ramallo, en el Paraná Inferior, sino que además desnuda la total inexistencia del área ambiental en todo el contexto político y temporal expuesto en la causa judicial ambiental en trámite. Es decir, durante años, las autoridades responsables de proteger los bienes comunes se mantuvieron ausentes frente a la intervención masiva sobre uno de los principales ríos del continente.

    La gravedad de esta revelación se potencia al considerar que el dragado y redragado del Paraná, especialmente en el paso conocido como “Las Hermanas”, frente a Ramallo, ha avanzado sin evaluaciones actualizadas, sin consulta pública y sin control sobre los efectos ecológicos, sociales y económicos. Todo esto, en pleno contexto de crisis hídrica, acelerada por la crisis climática global y las bajantes que ocasiona.

    El expediente judicial también incorpora como prueba un informe de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) del Ministerio Público Fiscal, que detectó graves irregularidades en la licitación nacional prevista para 2025, y ahora pospuesta. Ese informe fue clave para frenar el proceso licitatorio y es uno de los elementos centrales considerados por la Cámara Federal para ordenar la entrega de la información ambiental faltante.

    Además, lo expuesto ratifica lo ya advertido por el Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Navegable, creado en la gestión anterior y desmantelado por el actual gobierno nacional. Ese organismo había reclamado expresamente la intervención de la autoridad ambiental y había exigido la realización de los EIA correspondientes, así como una Evaluación Ambiental Estratégica para el conjunto del megaproyecto.

    Hoy, ese ente de control fue extinguido por decreto, en una decisión que deja al Paraná sin monitoreo, sin regulación efectiva y sin garantías mínimas de legalidad ni protección ambiental.

    Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y la organización UPVA reiteramos: no puede haber obras sin estudios, sin información pública y sin la participación de las comunidades. La planificación de la infraestructura hídrica del país no puede seguir bajo lógicas extractivas, opacas y a espaldas de la sociedad.

    La protección del Paraná es una cuestión de derechos humanos, justicia ambiental y soberanía. La desidia estatal reconocida en este expediente no solo viola la ley: pone en riesgo la vida.

    La Justicia Federal exige al Estado un plazo de 10 días para la entrega de los estudios ambientales de la “hidrovía”

    La Cámara Federal de Rosario le ordenó al Estado nacional presentar información urgente sobre el dragado y el uso de una nueva traza para buques de ultramar frente a Ramallo. El fallo responde a una causa impulsada por las organizaciones UPVA y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, que denuncian la ejecución de obras sin estudios de impacto ambiental ni participación ciudadana, en pleno contexto de crisis hídrica y climática.

    La causa judicial por el dragado en la mal llamada Hidrovía Paraná-Paraguay alcanzó un hito este pasado 4 de julio. La Sala B de la Cámara Federal de Rosario dictó una medida clave. exigió a los organismos nacionales involucrados que entreguen en un plazo de diez días los informes técnicos, estudios de impacto ambiental y antecedentes administrativos vinculados al dragado, redragado, ensanchamiento y cambio de traza del río Paraná, en el tramo comprendido frente a la ciudad bonaerense de Ramallo. La Administración General de Puertos, Ministerio del Interior, Secretaría de Transporte y Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Navegable deberán cumplir la medida.

    La resolución judicial se basa en un principio claro: no puede haber licitación ni ejecución de obras sin Evaluación de Impacto Ambiental previa, participativa y pública. Menos aún cuando se trata de un proyecto de megainfraestructura que altera un curso de agua estratégico, vital para millones de personas y con una biodiversidad única. El hecho de que se pretendan justificar estos trabajos con estudios de hace más de 30 años es una señal de irresponsabilidad institucional inaceptable.

    Esta causa se enmarca en una situación ambiental crítica. En los últimos cuatro años, Argentina atraviesa una de las peores crisis hídricas de su historia. El Paraná sufrió bajantes récord. Las comunidades costeras enfrentan cortes, contaminación y pérdida de acceso al agua. Todo esto mientras los informes del IPCC alertan con claridad: el cambio climático intensifica los extremos, pone en jaque los ecosistemas de agua dulce, y obliga a los Estados a actuar con máxima precaución. La opinión consultiva en curso en la Corte Internacional de Justicia de La Haya reafirma esta obligación: los países deben evaluar los impactos ambientales transfronterizos antes de iniciar cualquier proyecto con consecuencias significativas.

    La resolución judicial también incorpora como prueba un dictamen de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, que detectó serias irregularidades durante el proceso de licitación para la nueva concesión de la llamada hidrovía. En su dictamen, la Procuraduría señaló que el Estado debe realizar el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental antes de emprender la licitación del dragado.

    El Estado aún no explicó por qué no se hicieron estudios actualizados ni se convocó a audiencias públicas, como exige la Ley General del Ambiente y el Acuerdo de Escazú.

    El tramo en cuestión —frente a las costas de Ramallo— incluye playas, humedales y zonas turísticas de alto valor ecológico. El desvío de la traza hacia el brazo derecho del río, sin estudios ni control público, incrementa los riesgos de erosión costera, pérdida de biodiversidad, dispersión de contaminantes y afectación del abastecimiento de agua.

    Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y la organización UPVA sostenemos: no puede haber obras sin información, sin estudios y sin la voz de las comunidades. La planificación de la infraestructura hídrica y portuaria del país no puede seguir bajo lógicas extractivas, opacas y a espaldas de la sociedad.

    La protección del Paraná es hoy una cuestión de derechos humanos, justicia ambiental y supervivencia. Seguiremos exigiendo transparencia, participación y responsabilidad. Sin agua no hay vida. Y sin controles necesarios, no habrá justicia social y ecológica.