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La Constitución Ecosocial para Santa Fe ¿tiene quien la escriba?

La Constitución Ecosocial para Santa Fe ¿tiene quien la escriba?

La Reforma de la Constitución de Santa Fe necesita de un debate: cómo atendemos a los intereses de los propios ecosistemas, los reconocemos como sujetos de derechos y les asignamos guardianías. Qué dice el documento “Por una Constitución Ecosocial para Santa Fe“.

Por Lucas Micheloud y María Valeria Berros para Pausa

La Constitución de la Provincia de Santa Fe fue reformada por última vez en 1962 durante el gobierno de Carlos Sylvestre Begnis. Seis décadas después, Santa Fe es hoy una de las pocas provincias argentinas cuya Constitución no fue actualizada tras la reforma de la carta magna nacional de 1994. Pero, más allá del desfase técnico-jurídico, lo que está en juego es algo más profundo: la incapacidad estructural del texto vigente para dar respuesta a la actual policrisis civilizatoria.

Vivimos en un contexto marcado por el colapso climático, la pérdida acelerada de biodiversidad, la profundización de múltiples extractivismos y una desigualdad social y ambiental cada vez más estructural y acuciante. Algunas imágenes resultan muy ilustrativas. Mientras unos 23.000 jets privados transportan a un número minúsculo de personas contribuyendo a la generación de gases efecto invernadero, la Agencia de la ONU para los Refugiados calcula que se desplazan más de 20 millones de personas anualmente como desplazadas climáticas. A la vez que en países del norte global se intenta impulsar la transición energética se invisibiliza lo que sucede en territorios del sur global en nombre del litio. La lista podría continuar, son cada vez más numerosos los ejemplos de injusticia ecosocial.

Frente a este escenario mundial, que no nos resulta ajeno, es urgente repensar los marcos institucionales desde los que se concibe el derecho, el poder y la democracia. La Constitución Provincial, como norma fundamental, es una pieza central. La Constitución santafesina actual ya ha incorporado la dimensión de la justicia social en la década del 60, pero carece de una dimensión de justicia ecológica. Su texto actual no reconoce el derecho a un ambiente sano en articulación con el reconocimiento de derechos de la naturaleza, los principios del derecho ambiental y sus principales instrumentos de gestión, así como estructuras de organización del poder y de la toma de decisiones que amplíen la participación ciudadana y también representen los intereses de los propios ecosistemas.

Del Constitucionalismo Ambiental al Constitucionalismo Ecológico

La Reforma constitucional de 1994 a nivel nacional representó un avance al consagrar el derecho a un ambiente sano (art. 41) y el amparo colectivo (art. 43) en un momento en el cual la impronta para trabajar con los temas ambientales resultaba de una perspectiva general más antropocéntrica y economicista. Sin embargo, la perspectiva sobre la cuestión ambiental se ha ido ecologizando con el tiempo a partir de un sostenido proceso de ecologización del derecho y de incorporación del debate sobre la justicia ecosocial. Este se nutre de aportes del constitucionalismo en la región, de las interpretaciones contemporáneas del derecho vigente en Argentina y de reiterados precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que incorporan la necesidad de, por un lado, salir de la perspectiva antropocéntrica y, por otro, atender no sólo  los intereses estatales o privados sino también los de los propios ecosistemas. Estos avances en una dirección ecocéntrica pueden asociarse con la insuficiencia de la mirada existente frente a la magnitud del deterioro ecosistémico, gestionando el actual colapso con regulaciones que no logran aportar en torcer el rumbo hacia otra dirección.

Ante esta insuficiencia, en las últimas décadas ha emergido una corriente que plantea un cambio de paradigma hacia un Constitucionalismo Ecológico. Este enfoque no es teórico ni abstracto, ya tiene traducción regulatoria e institucional en varios países de América Latina. Ecuador –con su Constitución de 2008– y Bolivia –con sus leyes marco de 2010– han reconocido los derechos de la naturaleza, el Buen Vivir y la pluralidad de naciones y cosmovisiones existentes en sus territorios. En similar dirección la Corte Constitucional Colombiana ha emitido fallos pioneros que reconocen a ecosistemas como sujetos de derechos y les asignan guardianías. Estos antecedentes que tienen su repliegue también en nuestro país, demuestran que se trata de un camino prolífico y en persistente crecimiento tal y como lo afirma la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su Opinión Consultiva 32 hecha pública el 3 de julio de 2025.

Pese a este emergente escenario, también es cierto que uno de los puntos ciegos que ha tenido el campo jurídico es su silencio –o complicidad– frente al modelo extractivo que domina la matriz económica y la política en la región y no ha resultado en un freno para la megaminería, el fracking, los monocultivos y el uso intensivo de agrotóxicos, la especulación inmobiliaria ni los megaproyectos de infraestructura que subordinan lo común al capital.

Una Constitución Ecosocial parte de este escenario complejo y permite también ubicar a Santa Fe como epicentro de múltiples conflictos socioambientales: incendios sistemáticos en humedales del Delta del Paraná, contaminación por agrotóxicos que afectan la salud humana y los ecosistemas, especulación inmobiliaria en áreas de alto valor ecológico, extractivismo pesquero, deforestación en el norte provincial, entre otros. Asimismo, el impacto del cambio climático se expresa en sequías extremas, crisis hídricas, olas de calor y pérdida de capacidad adaptativa de los territorios rurales y urbanos. Estos impactos no se distribuyen de forma equitativa: afectan de forma desproporcionada a comunidades que han sido vulnerabilizadas, pueblos indígenas, sectores populares y campesinos, profundizando la desigualdad social.

En este contexto un conjunto de organizaciones de la sociedad civil ha intentado convertir este escenario difícil en uno propositivo que interpele la escritura de quienes tienen a su cargo la trascendental responsabilidad de escribir una Constitución en un tiempo histórico en el que se lucha por la existencia misma de un porvenir habitable. Luego de un esfuerzo colectivo de varios meses el documento Por una Constitución Ecosocial para Santa Fe condensa una serie de ideas tanto en términos de reconocimiento de derechos como de diseño de instituciones más democráticas para la toma de decisiones que intenta estar a la altura de este tiempo. Un tiempo en el que la humanidad se da cuenta cada día con más claridad que somos parte de la naturaleza como tan gráficamente quedó expuesto en el contexto de las quemas del Delta del Paraná: somos humedal.

Sin naturaleza no hay producción, ni trabajo, ni democracia, ni futuro vivible. Imaginar un porvenir es factible si los esfuerzos colectivos y pactos sociales más relevantes, como es una Constitución provincial, tienen quien los escriba en clave ecosocial.

Derechos de la NAturaleza en Entre Ríos

Histórica decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: La Naturaleza es reconocida como sujeto de derechos

3 de julio de 2025 — En un fallo sin precedentes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió hoy la Opinión Consultiva OC-32/25, en la que, por primera vez, reconoce a la Naturaleza y sus componentes como sujetos de derechos. La decisión marca un hito histórico para el movimiento global que, desde hace décadas, trabajamos por transformar la forma en que las sociedades y los marcos jurídicos se relacionan con los ecosistemas.

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas-Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial celebramos este avance histórico como una herramienta clave para consolidar la justicia ecológica y climática. Este precedente abre nuevas posibilidades para el litigio estratégico, la protección efectiva de territorios amenazados y la incorporación de los Derechos de la Naturaleza en legislaciones nacionales y locales en toda la región.

En palabras de la propia Corte, este reconocimiento “constituye un desarrollo normativo que permite reforzar la protección de la integridad y funcionalidad de los ecosistemas a largo plazo, proporcionando herramientas jurídicas eficaces frente a la triple crisis planetaria y facilitando la prevención de daños existenciales antes de que alcancen un carácter irreversible”.

La Opinión Consultiva, aprobada por cuatro votos a favor y tres en contra, enfatiza que el reconocimiento de la Naturaleza como sujeto de derechos no introduce conceptos ajenos al sistema interamericano, sino que representa una evolución coherente del principio de interdependencia entre los derechos humanos y el ambiente.

Como sostiene el propio fallo, “este enfoque fortalece un paradigma centrado en la protección de las condiciones ecológicas esenciales para la vida y empodera a comunidades locales y pueblos indígenas, quienes históricamente han sido guardianes de los ecosistemas” (OC-32/25, párr. 280).

🌿 Seguiremos trabajando junto a comunidades de toda la región, pueblos originarios, defensoras y defensores de la vida, para que este reconocimiento no sea solo simbólico, sino un punto de partida para una transformación concreta en defensa de los ecosistemas y las futuras generaciones.

[Leer el texto completo]

Una Reforma Constitucional Ecosocial Justa y Popular que ponga la Vida en el centro

Por Melisa Argento, Romina Araguas y Lucas Micheloud para Revista Econcejo

La provincia de Santa Fe se encuentra frente a un hito histórico: reformar su Ley Fundamental. Si bien se dice que la Constitución refleja lo que la sociedad valora y considera importante en su tiempo; en rigor es resultante de negociaciones de un fuerte entramado de intereses que representan los Constituyentes elegidos por la sociedad. Es urgente evitar que la ola libertaria que recorre el país impida la incorporación de derechos ecológicos y ambientales, así como el fortalecimiento de los derechos humanos, laborales, políticos, culturales, indígenas y el respeto por la diversidad de género.

La realidad histórica que vivimos es dramática, estamos atravesando una crisis ecológica a escala global, que es civilizatoria, dado que lo que debe ser transformado es la manera predadora para con la Naturaleza. Lo cierto es que las temperaturas del planeta están en aumento, la concentración de dióxido de carbono y metano excede los límites aceptables, y la pérdida de biodiversidad se acelera.

La crisis climática y ecológica también impactan a Santa Fe, que ha sufrido una explotación intensiva de sus bienes naturales en las últimas décadas, generando una crítica degradación ambiental en sus ecosistemas y vulneración de los derechos de las comunidades locales. Desde la histórica tala de bosques con la vieja forestal hasta la descontrolada expansión agrícola del agronegocio, se han perdido más del 80% de los bosques nativos, contribuyendo a la erosión de los suelos, exacerbada por eventos climáticos extremos y prolongadas sequías, especialmente en la cuenca del río Paraná. Además, las fumigaciones con agrotóxicos afectan la salud de comunidades urbanas y rurales. Mientras que los incendios forestales devastan humedales y pastizales, la industria pesquera exportadora arrasa con la fauna ictícola. Se consolida un modelo de producción de commodities (y no de alimento).

Frente a esto es fundamental que la reforma constitucional no se limite a un “lavado verde”, sino que sea una verdadera transformación del modelo extractivista. La reforma se presenta como una oportunidad histórica para redefinir los principios constitucionales de la provincia incorporando soluciones de fondo que garanticen derechos para la vida digna y sana de su población.

Desextractivizar el Futuro: Santa Fe en la encrucijada de la sostenibilidad

La necesidad de garantizar la sostenibilidad de la vida es crucial para revertir la situación ecológica y social que enfrentamos. Es imperativo que la reforma de la Constitución Provincial adopte un enfoque que priorice otros modelos de producción que respeten el equilibrio ecológico intergeneracional y fomenten la justicia social. Esto implica la protección de la naturaleza, el bienestar de la comunidad y la preservación de la biodiversidad para las generaciones futuras.

Propuestas hacia una Constitución Ecosocial

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial, en red con otras organizaciones y colectivos, venimos cuestionando el extractivismo promoviendo acciones judiciales en defensa del ambiente y de las comunidades afectadas. Pero también venimos imaginando otros futuros que, articulen de manera definitiva la justicia social con la justicia ambiental.

Propuestas para un nuevo Pacto Ecosocial: 

1.-  Reconocimiento de los derechos de la naturaleza, a existir y prosperar: en sintonía con los compromisos internacionales, y un número creciente de fallos judiciales y normas que han reconocido la personalidad jurídica de los no humanos, es urgente reconocer a la naturaleza y a su diversidad por su valor intrínseco, es decir, como sujeto de derecho. 

2.-Reconocimiento del derecho al ambiente, como derecho humano fundamental: reconocer al ambiente, como derecho fundamental y condición de preexistencia a los derechos humanos, por su fuerte vinculación no solo con los derechos a la vida y a la salud, sino también con derechos a la igualdad, a la libertad de pensamiento y expresión.

3.- Reconocimiento del sistema de Principios ambientales, priorizando la prevención de daños y la restauración de ecosistemas, adoptando un enfoque de precaución ante la incertidumbre científica. Garantizar a través del principio pro natura que la naturaleza prevalezca sobre los derechos subjetivos o privados, promoviendo políticas ambientales progresivas. Estos principios han de respaldar los planes de reparación para el río Paraná y sus cuencas, garantizando la protección y rehabilitación de los humedales.

4.- Reconocimiento de los instrumentos de política y gestión ambiental, particularmente la evaluación de impacto ambiental, la evaluación estratégica integral y acumulativa sobre la afectación ambiental en cada ecosistema o cuenca hídrica, el acceso a los derechos a la información pública ambiental transparente y temprana, a la participación en asuntos ambientalesy a el acceso irrestricto y gratuito a la justicia ambiental, a través de la acción de Amparo Ambiental.

5.- Reconocimiento del derecho humano al agua, como bien colectivo esencial para la vida. Debe preverse el ordenamiento territorial por cuencas hídricas, con la consecuente construcción de comités o entes de regulación y gestión público-social que deberán evitar la privatización de los ríos y los represamientos, así como la discrecionalidad de dragados.

6.- Reconocimiento del derecho a una alimentación segura y promoción de la agroecología, impulsando políticas que desarrollen la soberanía alimentaria. Progresivamente la eliminación en el uso de agrotóxicos, incentivando una agricultura con agricultores, alimentos y biodiversidad.

7.-Para que todo esto sea posible, nuestra futura Constitución debe vetar cualquier intento de legislar nuevas formas de financierización de la naturaleza que han sido configurada para favorecer la compensación de emisión de gases de efecto de invernadero de los sectores corporativos de poder, principales contaminantes del mundo. Rechazar cualquier intervención mercantil del mercado de carbono, y asumir un verdadero compromiso con la mitigación del cambio climático más allá de la adaptación.

8.-La legislación sobre nuestros bienes comunes debe garantizar la vida sana y digna de la ciudadanía santafesina, así como los derechos humanos y ecosistémicos. Por esto, la Constitución debe velar por la libre expresión y el derecho a la protesta social, rechazando cualquier impulso criminalizador que tiene, muchas veces entre sus principales víctimas a la sociedad organizada en la defensa de sus derechos. Es un momento decisivo para alzar la voz contra la amenaza de una agenda conservadora y negacionista impuesta por la ultraderecha, pero que, a muchos sectores políticos cooptados hace tiempo por los poderes económicos, le queda muy cómoda.

Mafia del desmonte

Denunciamos a la Mafia del Desmonte en el Vaticano: Conferencia Internacional para reparar el daño

Roma, Italia — En el marco de la Conferencia Internacional titulada “El Uso Social de los Bienes Confiscados”, organizada por la Academia Pontificia de las Ciencias Sociales (PASS) y la organización internacional LÍBERA en la Academia Pontificia de Ciencias Sociales del Vaticano, el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE)-Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas tiene la responsabilidad de llevar el caso de la Mafia del Desmonte, y su participación en el desmonte ilegal en Chaco, Argentina, ante una audiencia de alto nivel. El evento cuenta con la participación de figuras internacionales como el Vicepresidente de la Corte Penal Internacional, el Director Ejecutivo de Servicio Policiales de Interpol, el jurista Italiano Luigi Ferrajoli y el Fiscal Jefe Antimafias de Italia, el Cardenal Peter Turkson, entre otros. En él se busca establecer un marco global para la reparación social mediante la redistribución de bienes confiscados.

El abogado Enrique Viale expuso en el panel titulado “Sociedad Civil Organizada y Políticas Centradas en la Doctrina del Desarrollo Humano Integral: El Rol del Estado en la Búsqueda y Construcción del Bien Común”. Su intervención destaca el rol de los abogados ambientalistas en apoyar y promover la justicia social y ambiental, y cómo pueden ser ser aliados cruciales en la lucha contra la destrucción ambiental como el desmonte y el extractivismo  y en la promoción de la justicia social y ambiental.

El foco de la presentación de CAJE-AAdeAA ha sido la aplicación de la doctrina de los bienes recuperados para combatir las figuras extremas del extractivismo (agronegocio, megaminería, combustibles fósiles). Se propone que los bienes producto de ilícitos ambientales sean incautados para reparar a la sociedad y a la Naturaleza. En particular que las tierras y bienes que se confisquen a los responsables penales del desmonte en Chaco sean transformadas tanto en reservas naturales como entregadas -para un fin social-  a comunidades afectadas. Además, se ha planteado que bienes recuperados de delitos ecológicos puedan ser utilizados para proteger hábitats críticos como los de los pingüinos en Punta Tombo o el Yaguareté en el Gran Chaco.

La intervención del Papa Francisco, que cerrará la conferencia, ha enfatizado la necesidad de una respuesta global y efectiva contra el crimen organizado. En su mensaje a los participantes del evento, el Papa destacó que “el crimen organizado inflige una herida profunda a las sociedades”, subrayando que la recuperación de bienes debe orientarse no solo a la justicia penal, sino también a la reparación del bien común.

La participación de CAJE-AAdeAA en esta conferencia subraya la importancia de la cooperación internacional en la lucha contra el crimen organizado y la protección de los ecosistemas nativos que garantizan el bienestar de las sociedades. Nuestra propuesta de utilizar bienes confiscados para fines de justicia ambiental busca establecer un precedente en la lucha y en los procesos por justicia social y ecológica a nivel global. 

El desmantelamiento de estás Mafias del extractivismo, como el entramado público-empresarial en Chaco, es absolutamente indispensable para avanzar en una sociedad más  justa e igualitaria, incluso con la Naturaleza.

Se suspenden los demontes en el Chaco

Declaración de los Derechos de la Amazonía

XI Foro Social Pan-Amazónico, Rurrenabaque y San Buenaventura,Bolivia, 12 al 15 de junio de 2024.

Bolivia, 12 al 15 de junio de 2024.

PREÁMBULO

1. Considerando la existencia de un movimiento global por el reconocimiento de los Derechos de la Naturaleza, y la “Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra” (Cochabamba, 2010) que declara que “en una comunidad de vida interdependiente no es posible reconocer solamente los derechos de los seres humanos sin causar un desequilibrio en la Madre Tierra”;

2. Considerando también que la Amazonía es una selva tropical que abarca nueve países y que ha sido ocupada por pueblos indígenas, comunidades locales y tribales desde tiempos ancestrales, que es la región con mayor diversidad biológica del mundo, y alberga la selva tropical contigua más grande del planeta, que funciona como estabilizador climático global, lo que acarrea obligaciones para los Estados de la región;

3.  Reconociendo que el 20% de las reservas de agua dulce se encuentran en la Amazonía y desempeña funciones climáticas esenciales; que más de 162.000 kilómetros cúbicos de agua componen el Sistema Acuífero de la Gran Amazonía, el mayor conocido en el planeta;

4.  Reconociendo también que las funciones hídrico/climáticas de la Amazonía permiten mantener la humedad del aire, propiciando lluvias lejos de los océanos; contar con un aire limpio, gracias a las copiosas lluvias; mantener un ciclo hidrológico beneficioso para el continente; proveer agua dulce a gran parte del continente sudamericano, impidiendo la desertificación; evitar fenómenos climáticos extremos debido al espesor de los bosques; y reconociendo que estas funciones han sido completamente alteradas debido al cambio climático; y actividades extractivas a gran escala;

5. Afirmando la importancia de los complejos ecosistemas amazónicos para la economía, salud y soberanía alimentaria de las poblaciones locales y para la economía y salud global. Que los conocimientos y técnicas de los pueblos que la habitan han hecho de la Amazonía un lugar incomparable, a partir de  un complejo proceso de coevolución entre el mundo natural y las culturas indígenas, desarrollando sistemas regionales con las más altas cifras de diversidad silvestres y cultivadas;

6. Considerando que los aguas y la biodiversidad de los Andes y el Cerrado nutren la Amazonía, y ésta a su vez nutre la Mata Atlántica y el Océano, interconectando así los derechos de diversos biomas;

7. Afirmando también que el agua y su ciclo existen jurídicamente como bienes comunes y no como meros recursos a ser utilizados o sometidos a concesiones o privatizaciones, dado que promueven y sustentan la vida, constituyendo la base de los derechos existenciales y siendo titulares de derechos;

8. Considerando la necesidad de respetar la integridad de los ecosistemas amazónicos y otros ecosistemas integrados, indispensables para conservar la biodiversidad, contribuir a la seguridad alimentaria, regular los ciclos hidrográficos y el clima, y evitar desastres asociados al cambio climático;

9. Considerando también que la destrucción de los bosques amazónicos, la contaminación de sus ríos, así como aculturación y desaparición de los pueblos que la habitaron por siglos, están causando daños irreparables a sus funciones ecológicas, poniendo en riesgo la vida en la región y el planeta;

10. Convencidos y convencidas que los ríos reúnen a los territorios, comunidades y países, demostrando que en la Naturaleza no hay fronteras y que el reconocimiento de los derechos de uno incide en la perspectiva cosmocéntrica de los derechos de todos los otros, con los cuales se conectan;

11. Destacando las declaraciones y esfuerzos de la sociedad civil para impulsar los Derechos de la Naturaleza, como en la Declaración de Siena (2022), la Declaración Universal de los Derechos de los Ríos (2017) y la Declaración de la Alianza de Guardianes e Hijos de la Madre Tierra (2017);

12. Destacando también que América Latina lidera el movimiento global por los Derechos de la Naturaleza, con reconocimientos en Constituciones nacionales en Ecuador y próximamente en Aruba; con leyes nacionales en Bolivia y Panamá; a través de Constituciones de ciudades en México u ordenanzas municipales en Brasil[1]; así como con el reconocimiento de ecosistemas y ríos como sujetos de derecho, en Colombia, Brasil y Perú; y proyectos, como en Argentina[2]; haciendo de la región más biodiversa del mundo[3] el lugar idóneo para una propuesta contundente hacia el reconocimiento y defensa de los derechos de la Amazonía y de la Madre Tierra;

13. Considerando que la Corte Suprema de Justicia de Colombia reconoció a la Amazonía como sujeto de derechos en 2018 (STC 4360-2018), como “ecosistema vital para la evolución global”, protegiéndola en su integridad;

14. Considerando también la pre aprobación del reconocimiento de la Amazonía brasileña como sujeto de derechos en la Audiencia Pública del 4 de junio de 2024 sobre la Propuesta de Enmienda Constitucional de los Derechos de la Naturaleza en la Cámara de Diputados de Brasil[4];

15. Tomando nota  de los reconocimientos judiciales en Colombia y Perú que declaran a ríos específicos como sujetos de derechos (sentencia T-622-2016 del Río Atrato en Colombia; sentencia 00010-2022-0-1901-JM-CI-01 del Río Marañón en Perú), así como la ley aprobada en el municipio de Guajará-Mirim, Estado de Rondonia, Brasil, que reconoce el  Río Laje (Komin-memem en la lengua originaria)  como sujeto de derechos;

16. Considerando que la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su Opinión Consultiva 23/17 establece que el derecho al medio ambiente sano protege los componentes del medio ambiente como intereses jurídicos en sí mismos y que, por tanto, debe protegerse a la Naturaleza “por su importancia para los demás organismos vivos con quienes se comparte el planeta, también merecedores de protección en sí mismos” (CoIDH, Opinión Consultiva 23/17. Párr. 62), y destaca la tendencia de reconocer personería jurídica a la Naturaleza;

17. Teniendo presente la Recomendación del Secretario General de las Naciones Unidas de debatir el establecimiento de una Asamblea de la Tierra (RESOLUCIÓN Res. A/77/244);

18. Considerando también que el Marco Global para la Diversidad Biológica del Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica de  Kunming-Montreal reconoce diversos sistemas y conceptos, incluyendo los Derechos de la Naturaleza y de la Madre Tierra, y que esto debe informar la implementación de toda la Estructura (CBD/SBSTTA/25/6);[5]

19. Reafirmando el veredicto del Caso “Amazonía, un ser vivo amenazado” del Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza, declarado en Glasgow en noviembre de 2021, así como el veredicto de la visita de los jueces del Tribunal a la Amazonía brasileña (2022-2024);

20. Considerando que la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA) formada por ocho países amazónicos: Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Suriname e Venezuela, trabaja en dimensiones político-diplomática, estratégica y técnica, pudiendo contribuir con las articulaciones necesarias entre gobiernos, organizaciones multilaterales, agencias de cooperación, sociedad civil organizada, movimientos sociales, comunidad científica y los diversos sectores de la sociedad, en el ámbito de implementación de esta declaración;

21. Considerando la existencia de Pueblos Indígenas en Aislamiento en la Amazonía, que mantienen una estrecha relación de interdependencia con el ambiente, lo que hace vital el mantenimiento de sus territorios, y entendiendo que la degradación del Amazonas supondría su extinción física y cultural;

22. Reconociendo la importancia de la permanencia y el buen vivir de los pueblos originarios y tradicionales, que son parte fundamental de la diversidad y riqueza cultural regional y mundial, y cuyos conocimientos son indispensables para lograr el equilibrio en la Amazonía;

23. Reconociendo también que, en los sentires de los pueblos originarios presentes en el XI Foro Social Panamazónico, desde la región de los Andes hasta la Amazonía, hablan de su interrelación y pertenencia que expresan en sus rituales, modos de vida, cosmovisiones, convivencia con los apus de los Andes, jichis de la Amazonía, manteniendo sus lenguas originarias. Consideran que la Naturaleza es dueña de sí misma y que la protegen y defienden, y así es muy importante la consolidación de sus territorios y permanencia en ellos;

24. Afirmando la necesidad de redefinir nuestra relación con la Naturaleza en una visión ecocéntrica para enfrentar la crisis ecológica actual y asegurar el respeto pleno de los derechos de los Pueblos Indígenas, reconocidos por las Naciones Unidas como los “mejores guardianes de los bosques”;

25. Afirmando también que los Derechos de la Naturaleza se basan en valores de complementariedad, interdependencia y reciprocidad, en conexión con los derechos de los pueblos y derechos humanos, como se ha destacado en los veredictos del Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza en diálogo con el Tribunal Permanente de los Pueblos;  

26. Considerando que la Amazonía está amenazada por flujos de capitales financieros, intereses corporativos y extractivistas que la plantean como un espacio de conquista y que ponen en peligro los derechos de sus pueblos, y su propia integridad como sujeto de derechos;

27. Reconociendo la “florestanía” (ciudadanía de los pueblos de los bosques defendida por los caucheros de la Amazonía brasileña) como una forma de ciudadanía activa que busca la sustentabilidad de la selva amazónica para hacer frente a la crisis ecológica mundial;

28. Reafirmando el papel crucial de los Pueblos Indígenas, comunidades locales y otros pueblos tradicionales, y de los movimientos sociales, ambientales, campesinos, afrodescendientes, negros raizales y de mujeres reunidas en el XI FOSPA en la defensa de la Amazonía como sujeta de derecho y de los derechos de los pueblos que la habitan;

DECLARAMOS,

Artículo 1. La Amazonía tiene derechos fundamentales enunciados en esta Declaración, los cuales son inalienables, inviolables e innegociables, en tanto derivan de su propia existencia, y son aplicables a todos los seres que la conforman.

Artículo 2. Los derechos de la Amazonía y de todos los seres que la conforman son:

  1. Derecho a la vida y a existir de la Amazonía y de todos los seres, humanos y no humanos, que la constituyen;
  2. Derecho a ser respetada;
  3. Derecho a continuar sus ciclos y procesos vitales en armonía;
  4. Derecho a mantener su identidad e integridad como un ser autorregulado e interrelacionado;
  5. Derecho a la salud integral;
  6. Derecho estar libre de contaminación y desechos tóxicos o radiactivos;
  7. Derecho a que no se modifique su estructura genética de manera que amenace su integridad o funcionamiento vital;
  8. Derecho a la restauración y regeneración integral;
  9. Derecho a la permanencia de la vida en armonía a través de la sabiduría ancestral de los pueblos;
  10. Derecho a que sus funciones vitales, procesos naturales y sistemas de vida no sean mercantilizadas;
  11. Derecho a ser escuchada y debidamente representada;

Artículo 3. Todos los seres humanos son responsables de promover, defender, exigir y garantizar los derechos de la Amazonía. En particular, las comunidades humanas que habitan la región amazónica deben:

  1. Identificar y comunicar los delitos de ecocidio, genocidio y etnocidio que afectan a la Amazonía y los pueblos indígenas, particularmente aquellos en situación de aislamiento y contacto inicial.
  2. Internalizar el reconocimiento de los Derechos de la Amazonía en las normativas de cada pueblo o comunidad, considerando el principio de la autodeterminación.
  3. Apoyar las iniciativas que reconozcan a la Amazonía como una entidad viva y promuevan alternativas de vida. Estas iniciativas deben proteger territorios, fomentar la transición de los combustibles fósiles y otras formas de extractivismo, además responsabilizar a quienes causan daños en la Amazonía, como la Campaña de Exclusión de la Amazonía, el Tratado de No Proliferación de Combustibles Fósiles, entre otras.

Artículo 4.

  1. Todos los Estados de la Amazonía, así como sus unidades administrativas, sean éstos departamentos, distritos, estados, municipios o gobiernos locales, deben cooperar para la promoción, ejercicio y aplicabilidad de los derechos de la Amazonía, enunciados en el artículo precedente de esta Declaración.
  2. Los gobiernos de los países amazónicos deberán:
  1. Promover la declaración de la Amazonía como sujeto de derechos en sus respectivas legislaciones nacionales, consagrándose en sus textos constitucionales;
  2. Adoptar leyes, ordenanzas y normas que garanticen la aplicabilidad de los derechos de la Amazonía y su protección efectiva  como un ecosistema de importancia universal;
  3. Exigir que, como sujeto de derechos, la Amazonía esté representada en las delegaciones nacionales en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) a través de los pueblos indígenas, comunidades locales, científicos y organizaciones defensoras de la Amazonía;
  4. Impulsar un Acuerdo global especial diferenciado climático para la Amazonía;
  5. Tomar medidas para que la Amazonía sea una región libre de minería y de combustibles posibles y se encamine hacia una transición energética justa, popular, inclusiva y en base a alternativas desde los territorios;
  6. Declarar una suspensión de la expansión del extractivismo en la Amazonía y establecer una zonificación que permita proteger las áreas que aún no han sido intervenidas;
  7. Establecer zonas de intangibilidad, especialmente en cabeceras de ríos, áreas de recarga de agua y otras definidas como de alta vulnerabilidad, permitiendo sólo actividades de uso tradicional o de muy bajo impacto;
  8. Crear agendas participativas para el desmantelamiento y cierre de obras de infraestructura, con procesos de restauración integral y de reparación para los pueblos afectados;
  9. Adoptar medidas para revertir el daño causado a los ríos, bosques y ecosistemas amazónicos, garantizando su restauración integral así como la regeneración de sus ciclos;
  10. Cumplir los procesos de consulta para el consentimiento previo libre e informado de los pueblos indígenas y otros tradicionales, de acuerdo a los estándares internacionales;
  11. Garantizar la participación efectiva de los pueblos indígenas y comunidades locales en la planificación y ejecución de actividades extractivas en todas las áreas protegidas de la Amazonía a fin de hacer cumplir los derechos expresados en esta declaración;
  12. Implementar medidas a favor de los Pueblos Indígenas como defensores y defensoras de la Amazonía;
  13. Reconocer a los pueblos originarios de la Amazonía como los principales actores para su protección, recuperación y restauración desmontando toda forma de control neocolonial;
  14. Llamar a los parlamentos de la Unión Europea a rechazar el Tratado de Libre Comercio UE-Mercosur, oponiéndose a la mercantilización de la Amazonía;
  15. Crear políticas públicas de fomento y fortalecimiento a las prácticas y actividades productivas de los pueblos de la Amazonía, en especial los sistemas agroecológicos y agroforestales;
  16. Abrir puentes entre el conocimiento científico convencional y el conocimiento histórico-ancestral, para cuidar y reproducir los suelos, las selvas, la biodiversidad y la vida en general;
  17. Reconocer y compartir los conocimientos, técnicas y prácticas para controlar  las crecidas, proteger la fertilidad de los suelos y procurar la regeneración de las selvas;
  18. Desmantelar la dependencia al extractivismo y garantizar los derechos económicos, sociales y culturales, así como los Derechos de la Naturaleza;
  19. adoptar medidas para proteger y conservar el ciclo del agua en la cuenca amazónica desde los glaciares y nacientes de los ríos en los Andes hasta su desembocadura en el océano Atlántico;
  20. Reconocer a la Amazonía como una entidad independiente, autónoma y con un estatus internacional único, y como tal, con derecho a ejercer sus poderes legales sin imposición de los Estados; a tener equidad ante la ley; y a mantener su integridad como un ente autorregulado.

Artículo 5. Respecto a la toma de decisiones en relación a la Amazonía:

  1. Los seres humanos, Estados e instituciones públicas y privadas deben garantizar que la Amazonía esté representada de manera efectiva en la toma de cualquier decisión que pudiera afectar su existencia, integridad de sus ciclos vitales y sus derechos en general;
  2. Cada Estado de la cuenca amazónica debe tomar medidas legislativas y definir dispositivos jurídicos para permitir que la Amazonía esté efectivamente representada en la toma de decisiones subnacionales, nacionales, transnacionales o internacionales que puedan tener un impacto significativo en la Amazonía.
  3. Los seres humanos, Estados e instituciones públicas y privadas deben garantizar que la toma de decisiones en relación con la Amazonía sea sensata y promueva la coexistencia armoniosa de todos los seres que la componen.

Artículo 6. Los pueblos, movimientos sociales, defensores y defensoras de la Amazonía, articuladas en el marco del Foro Social Panamazónico, en cumplimiento del mandato del XI FOSPA, para impulsar esta Declaración determinamos entregarla al Estado Colombiano, sede de la Conferencia de las partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica de las Naciones Unidas (COP16), al Estado Brasileño, sede de la Conferencia de Naciones Unidas sobre Cambio Climática (COP30), así como al resto de representantes de los Estados amazónicos a fin de promover diálogos de alto nivel sobre la Amazonía como sujeto de derechos.

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[1] https://mapas.org.br/advocacy/

[2] https://ecojurisprudence.org/; www.garn.org

[3] SPA, Amazon Assessment Report 2021, Capítulo 5, https://www.theamazonwewant.org/spa_publication/amazon-assessment-report-2021/

[4] https://www.camara.leg.br/internet/ordemdodia/integras/2432257.htm

[5] https://www.cbd.int/doc/c/505f/f4c6/991e8966edd53e152f460eb8/sbstta-25-06-en.pdf

Desarticulando la Mafía del Desmonte en Chaco

En la Megacausa de la Mafia del Desmonte en Chaco, la Justicia Federal realizó varios allanamientos en Casa de Gobierno y otros lugares. También ratificó nuestra participación como querellantes

Resistencia, 25 de agosto de 2024

En una noticia trascendental para la lucha ambiental en nuestro país, la Justicia Federal de Chaco ha decidido aceptar a la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas como querellantes en la megacausa conocida como la “Mafia del Desmonte”. Este reconocimiento significa que, a partir de ahora, podremos ser parte activa del proceso judicial que busca frenar la devastación de los bosques nativos chaqueños. Es un paso fundamental para desarticular este entramado que viene desmontando ilegalmente hace décadas el monte chaqueño nativo. Vamos a poder participar activamente en la investigación penal, lo que nos permite garantizar que los responsables de este entramado de corrupción y ecocidio no queden impunes y que la justicia avance en beneficio de la sociedad chaqueña, sus ecosistemas y comunidades .

Al ser querellantes, podremos acceder al expediente completo y analizar cada documento presentado en la causa. Además, tendremos la posibilidad de fortalecer la enorme cantidad de pruebas que ya hemos presentado y consideramos esenciales para esclarecer los hechos. Estaremos en una posición clave para impulsar que avance todo el proceso judicial y evitar que los intereses corporativos y políticos frenen la investigación o desvien la atención.

En las últimas semanas, fuimos testigos de la celeridad con la que actuó la Justicia Federal: se realizaron allanamientos en diversas dependencias del gobierno provincial de Chaco. Esta acción, algo que no veíamos desde hace muchos años, es una señal clara de que la maquinaria judicial ha comenzado a moverse con seriedad, enfocándose en desarticular esta red de corrupción. Es una muestra de que la presión social y la participación activa en la causa pueden dar resultados concretos.

Sabemos también que esta causa no es solo por la protección del monte, sino que va mucho más allá. A lo largo de todo el país es necesario desenmascarar las redes de poder político y empresarial que se enriquecen a costa de la naturaleza y de las sociedades que dependen de ella. Nuestro rol en este causa es un paso firme y decidido hacia la justicia #ecosocial que creemos necesaria para todo el país, para todos nuestros bienes comunes. La única forma de frenar estos entramados es con un trabajo de toda la sociedad, uniendo esfuerzos y voces para exigir justicia y terminar de una vez por todas con el saqueo de nuestro futuro. La lucha continúa, y estamos más comprometidos que nunca.

Estamos convencidos de que este es un momento clave para avanzar en la construcción de una justicia ecosocial en Argentina. No podemos permitir que los intereses privados sigan destruyendo nuestros bienes comunes con total impunidad y en detrimento de nuestro bienestar.

Derechos más que humano

Derechos de los seres más que humanos

por Sofía Nemenmann para Florestania

“Si las leyes humanas violan las leyes de la naturaleza, entonces no hay razón para cumplirlas.” 

Ramiro Ávila Santamaria

“Necesitamos propuestas que refresquen, aldeas de vida para el planeta donde poder ir a inspirarse.”

Patricia Gualinga


Inmersos en la angustia reinante, sin poder sacar la cabeza del opresivo contexto pero acompañada por la certeza de que otros mundos son posibles, y con la esperanza de encontrar aire fresco, viajé a Ecuador, donde viene brotando un proyecto innovador.

El proyecto Derechos Más Que Humanos (MOTH, por sus siglas en inglés) es una “iniciativa interdisciplinaria que promueve los derechos y el bienestar de los seres humanos, los no humanos y la red de la vida que nos sustenta a todos”. Dirigido por el abogado y profesor de Derecho Clínico de la Universidad de Nueva York (NYU), Cesar Rodríguez Garavito, el Curso MOTH 2024 tuvo lugar en la Universidad Andina Simón Bolívar, en Quito, y contó con la participación de profesionales de diversas regiones y trayectorias. Bajo la premisa de la interdisciplinariedad como única vía de construcción de imaginarios futuros, las y los docentes que dictaron clases destacaron la importancia de, por fuera del aula, tender una red con cada unx de lxs participantes

Instructores como Ramiro Ávila Santamaría y Agustín Grijalva Jiménez (ambos abogados, profesores y ex magistrados de la Corte Constitucional de Ecuador, y Mario Melo, Director del Centro de DDHH de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador) brindando clases sobre litigio estratégico y la jurisprudencia de los Derechos de la Naturaleza en Ecuador, como ejemplo reparador donde refugiarse cuando el presente oprime. Emblemáticos casos favorables como el del bosque de protección de Los Cedros, en el cual han logrado prohibir la minería por considerarla una violación de los derechos constitucionales de la naturaleza, entre otros casos alentadores.

Aire fresco, como escuchar a Danielle Celermajer, Directora Adjunta del Instituto de Medio Ambiente de la Universidad de Sidney, especialista en Justicia Multiespecie, quien nos sembró impulso para crear una nueva vincularidad capaz de estrechar lazos con la naturaleza que somos. Alineada a la presentación de Natalia Greene, politóloga y Coordinadora de la Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza (GARN), quien propuso un cambio de paradigma que implica entender que los derechos son inherentes de la naturaleza, y nuestro proceso requiere incorporarlos al sistema legal: no otorgar, sino reconocer sus derechos preexistentes. 

Forma parte de la realización del proyecto MOTH, la Comunidad Kichwa de Sarayaku, que habita la amazonía ecuatoriana, siendo los descendientes del Jaguar, el pueblo del mediodía, un ejemplo de lucha y resistencia territorial. Desde una multiplicidad de planos, Patricia Gualinga afirma que decidieron “abrir un camino para decir que sí se puede”, planteando el proyecto “Kawsak Sacha” o “Selva Viviente”, el cual demuestra que, más allá de la defensa, el pueblo propone alternativas. “Una aldea inspiradora”, tal como ella lo nombra, un oasis en medio del extractivismo arrasador donde la espiritualidad y la política estrechan sus manos en la construcción de horizontes.

Créditos: MOTH https://mothrights.org/

El taller finaliza con una visita al bosque nublado de Los Cedros, con la bióloga Elisa Levy-Ortiz, habitante, defensora y referente de la región. Sendero barroso, calor húmedo y un sinnúmero de cigarras cantando al son. Funga, flora y aves de colores, hojas de exagerados tamaños, frutos verdes, naranjas y violetas. La abundancia selvática es tan evidente que resulta vital haber abandonado la universidad para compartir en el bosque: acá está todo dicho.

Una invitación a pensar los Derechos de la Naturaleza como un concepto mucho mayor que los Derechos Humanos aplicados a seres no-humanos. Y a trazar las bases conceptuales de una construcción que asume el desafío de crecer desde los escombros de lo ya roto, como la red micelar que protege la vida bajo tierra, distribuyendo, nutriendo y sosteniendo. Que los más que humanos sean actores políticos y sujetos de derecho, nos invita a resignificar la justicia. ¿Qué es justo para un hongo?, ¿qué es justo para los fósiles inundados del río Santa Cruz?, ¿qué necesitan los yagueretés en Corrientes?, ¿quién puede representarlos?, ¿quién rinde cuentas del impacto ambiental y cómo?

“No hay nada más poderoso que una idea cuyo momento ha llegado”, citaba Natalia Greene a Victor Hugo. Y yo pienso si no será demasiado optimista afirmar que otros mundos son posibles, pero vuelvo a Argentina con la sensación de que, en todo caso, vale la pena intentarlo.

(Foto de portada: Alan Schwer)

Las abejas, los tóxicos comisionados y la ética de la sustentabilidad

Por Jorge Daneri (*) para Era Verde

Las abejas contemplan a los nuevos presidentes electos de las comisiones de Agricultura y otras yerbas de las cámaras del Congreso de la Nación. Y convocan a asambleas en todos los montes aún en pie. Están evaluando elegir una delegación para conversar con el yaguareté sabio, aparecido hace un tiempo en la selva misionera. El gran felino de los verdes tupidos, negados por los deforestadores tan bien representados y no pocos jueces que deben velar por preservarlos. Entonces las abejas deciden concretar el encuentro. En el salto encantado de sus aguas, donde los monos carayá dorados y negros harán de facilitadores para tejer la conversación.

¿Seguirán estos seres siendo responsables no menores de la degradación, la desolación y la devastación de nuestros rincones de vida y sus milagros?, pregunta la abeja delegada.

El yaguareté responde: Abeja querida ¿No te das cuenta, no comprendes que ellos miran el mundo desde Davos, montados a ese mismo relato de los noventa que surca como aguas envenenadas a través del Gran Chaco Walambá? Son esos mismos que arrasan nuestras tierras de montes y selvas, de culturas milenarias, con las corporaciones de la soja y de otras simplificaciones químicas.

LOS NO REPRESENTANTES

La presidencia de la comisión de Agricultura de la Cámara Alta nacional quedó en manos de Alfredo De Ángeli, proveniente originariamente de la Federación Agraria Argentina. Pero no la del “Grito de Alcorta”, sino de la complicidad con las corporaciones del agronegocio de mega exportación, extractivismo depredador y voraz.

Atilio Benedetti en la misma comisión, pero en Diputados. ¿Radical? No de aquellos que lideraban la causa de los desposeídos, la causa contra el “Régimen” y la Reforma Universitaria, para plantar aquí tres sentipensares de aquella ideología de «reformas extremas en sentido democrático», hoy tan vaciada y funcional a cualquier otra cosa, salvo honrosas excepciones.

Estos dos legisladores representan al pueblo de Entre Ríos. Lo hacen en un contexto en donde en la provincia se debate un proyecto de Ley de Agroquímicos que resulta ser más y peor de lo mismo, el proyecto de la casta dirigencial de los agrotóxicos, venenos de tierras, aguas y seres humanos y no humanos. De Transición hacia la Agroecología, ni mu.

Son los mismos representantes en donde en el circo de intereses giratorios, se vienen vaciando a paso sostenido la educación pública, la autonomía Universidaria, los derechos inclusivos, el INCAA, Télam y ahora Pro Huerta, tan necesario para esa continuidad de recuperar los saberes de cultivar la tierra y que, con aciertos y errores, también aporta dignidad y compromiso. No les importa; simplifican y engloban despidos y expulsiones en paquete, en container, envueltos en esa transversalidad maldita entre región de sacrificio y expulsiones en donde se nos condena desde la denominada Republiqueta de la Soja de Syngenta, a la desertificación de los territorios y las mentes. Y levantan la mano, mano muda de solidez alguna, para acompañar necesidades y urgencias, en las antípodas de las raíces ideológicas de sus “no representaciones”.

EN EL MONTE

Las abejas finalmente decidieron con el yaguareté conformar la coordinación asamblearia del Chaco Walambá, con un Ministerio de los Seres No Humanos y Humanos. No aceptan eso de Capital. El Ministerio de Economía se denominará de la Soberanía Alimentaria y la Sanación de los Reinos de Vida. Se reconformarán los de Memoria Milenaria de las Diversidades Culturales y la Reciente; la de los Derechos Humanos y los la Pachamama y la Naturaleza.

En sus colmenas seguirán creando y sembrando las semillas de las diversidades del amor de y para la tierra, con la sabiduría ignorada como agraviada de estos modos de hacer política agraria retrógrada y para pocos, muy pocos.

LA VIDA

Debemos convocarnos a construir una política de la vida y para la vida y una potencia afectiva de actuar ante la devastación y la guerra que nuestra especie le ha declarado al mundo, nos convocan Omar Giraldo e Ingrid Toro, hacia una ética del saber habitar1.

Y el Manifiesto por la Vida, precisamente nos enseña que «la ética para la sustentabilidad va más allá del propósito de otorgar a la naturaleza un valor intrínseco universal, económico o instrumental. Los bienes ambientales son valorizados por la cultura a través de cosmovisiones, sentimientos y creencias que son resultado de prácticas milenarias de transformación y co-evolución con la naturaleza. El reconocimiento de los límites de la intervención cultural en la naturaleza significa también aceptar los límites de la tecnología que ha llegado a suplantar los valores humanos por la eficiencia de su razón utilitarista. La bioética debe moderar la intervención tecnológica en el orden biológico. La técnica debe ser gobernada por un sentido ético de su potencia transformadora de la vida»2.

Y como las luchas amorosas por las vidas es también una celebración de las existencias y esos otros mundos posibles, las gurisas y los gurises de nuestras escuelas rurales fumigadas, como sus maestras y maestros, contemplan con convicción y esperanza, abrazados a los tiempos de la naturaleza, sosteniéndose en la dignidad de sus saberes, afectos y sueños, esa sentencia luminosa que seguramente la Corte Interamericana de Derecho Humanos sabrá brindar en beneficio de los más vulnerables y las futuras generaciones de familias agroecológicas, bien a escala humana, hacia la curación de los territorios, transitando la sanación y celebración de sus diversidades. Es demasiada la trascendencia y relevancia de este grito de la tierra y sus seres pequeños y adolescentes, sus docentes, para no gritar a todos los vientos: ¡Basta!.

(*) Abogado ambientalista, integrante de la Unidad de Vinculación Ecologista (UVE) de la Fundación La Hendija y de la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas (AAdeAA).

  • Afectividad Ambiental. Sensibilidad, empatía, estéticas del habitar. Ed. Ecosur, México. Octubre 2020.
  • Manifiesto por la Vida, por una ética para la sustentabilidad. Bogotá, 2002.

Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza declara como ecocidio los impactos provocados por el actual modelo forestal

COMUNICADO DE PRENSA. 11vo Tribunal Local de los Derechos de la Naturaleza

Biobío, Concepción, Chile. Domingo 14 de enero de 2024

El Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza celebró su 11vo Tribunal Local en la región del Biobío, Chile, el viernes 12 de enero, centrando su atención en las violaciones de los Derechos de la Naturaleza derivadas del modelo forestal y los devastadores incendios forestales de 2023.

Presidido por el destacado abogado ambientalista Enrique Viale y con el respaldo del Fiscal de la Tierra Ricardo Frez, el Tribunal se propuso investigar las responsabilidades de entidades públicas y privadas en la implementación de un modelo forestal destructivo. El Tribunal contó con un panel de jueces y juezas destacados: Claudio Donoso (Chile), Antonio Elizalde (Chile), Jacqueline Arriagada (Chile), Lucio Cuenca (Chile), y Karina Riquelme (Chile).

El jueves 11, el Tribunal pudo realizar una visita in situ al territorio y recorrió Agua Amarilla, Coroney, Cerro Neuque, Bosque de Queules, en la comuna de Tomé; y, Patagual, Quetra, la Quebrada y la comuna de Santa Juana; para dialogar con personas afectadas, comunidades y juntas de vecinos, conociendo los monocultivos forestales y constatando de primera mano los impactos del modelo forestal y los incendios en la vida de las personas y de la Naturaleza. También se visitó una reserva de Queule, donde se pudo apreciar la resiliencia de este y otros árboles nativos como el Quillay que resistieron el fuego, así como ejemplos de manejo sostenible del bosque que protege pequeños refugios de vida.

Durante la sesión, los jueces tuvieron la oportunidad de escuchar testimonios conmovedores y pruebas contundentes de expertos, comunidades afectadas y activistas, que reflejaron el impacto catastrófico del modelo forestal en las comunidades y el ecosistema. Se destacó que los megaincendios del 2023 arrasaron más de 479,000 hectáreas, afectando gravemente el 61% de la superficie forestal y el 9,4% de la superficie total de la región. Estos incendios tuvieron un costo humano significativo, con más de 7.000 personas afectadas, 26 víctimas fatales y la pérdida de 33.000 animales domésticos.

Se escuchó la voz técnica de representantes e investigadores de EULA, ONG Conciencia Sur, y Earth Law Center. Adicionalmente, se expusieron los testimonios de integrantes de comunidades y organizaciones locales de Tomé, Patagual, Nacimiento, San Ramón-Quillón y Santa Juana, cerrando la jornada con el relato de representantes de la Comunidad Indígena Pewenche del Alto Biobío, quienes revelaron el dolor y la desesperación que sienten al ver sus tierras ancestrales devastadas. Relataron cómo la contaminación del agua, la pérdida de biodiversidad y el desplazamiento territorial han sido antecedentes que han afectado significativamente a sus sistemas de vida, afectando culturalmente sus raíces y espiritualidad. 

Expertos en ecología y ciencias ambientales presentaron datos alarmantes sobre la degradación de los ecosistemas a causa de la instalación y operación del sistema forestal en el territorio. Describiendo, en concreto, evidencias de la pérdida y contaminación del agua, afectación y pérdida crítica de especies relevantes de flora y fauna y, en general, las consecuencias directas de la explotación forestal intensiva. A su vez, fue abordada la necesidad imperante de reevaluar el uso de agroquímicos, la deforestación y las prácticas de monocultivo.

Tras un análisis exhaustivo, los jueces emitieron declaraciones contundentes. Las empresas forestales como Arauco y CMPC, las más grandes de Chile, fueron señaladas como responsables por tal destrucción ambiental, y por comprometer los derechos fundamentales de las comunidades locales. La Secretaría del Tribunal invitó a comparecer a las siguientes instituciones y empresas: CORMA, CONAF, Empresas ARAUCO (titular del proyecto M.A.P.A.) y CMPC (titular del proyecto Planta Santa Fe), quienes no concurrieron a la audiencia. Una importante presentación realizó la Alcaldesa de Santa Juana, quien dio cuenta del sufrimiento de los habitantes de su comuna, de la historia de la instalación del modelo Forestal y del absoluto abandono del gobierno central en orden a mitigar y prevenir estos desastres.

Además, se hizo un llamamiento urgente para reformar una legislación ambiental insuficiente, la necesidad de establecer políticas que prioricen la justicia ambiental y comunitaria, instando a las autoridades chilenas a reconocer los derechos intrínsecos de la Naturaleza que se encuentra recogidos en la Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra. 

Se denunciaron las consecuencias históricas de la implementación del Decreto Ley N°701 y se propuso modificar el artículo 19 de la Ley N°20.283, sobre “Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal”, y que sea la ciencia comunitaria quien aporte a entender y proteger los territorios afectados y, de esta manera, promover un sistema de restauración que respete los ecosistemas locales.

Claudio Donoso, uno de los jueces del Tribunal, señaló: “La intervención de las montañas y cordilleras ha afectado gravemente el suministro de agua, creando una escasez alarmante. Estamos observando un deterioro acelerado del territorio que, a su vez, provoca graves impactos en las comunidades locales”.

Lucio Cuenca, por su parte, denunció la influencia de las grandes empresas forestales en la política y la institucionalidad, alegando que “existe una especie de captura de grupos como Arauco y CMPC, que han moldeado la política en función de sus intereses”.

El Tribunal subrayó la necesidad urgente de replantear las políticas forestales en Chile, resaltando las demandas de las comunidades indígenas y locales que han sufrido directamente las consecuencias devastadoras de este modelo. Karina Riquelme, otra voz crítica del Tribunal, expresó: “Las comunidades han realizado denuncias que han sido ignoradas durante años. Es hora de actuar y reconocer profundamente su dolor que pudimos constatar ha tenido consecuencias vitales.”.

Los jueces y las juezas del Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza emitieron un veredicto oral la tarde del viernes 12 de enero en la que declararon:

1.- Que el actual modelo forestal chileno ha provocado un ecocidio en el territorio y contra todos los seres vivos que lo habitan, humanos y no humanos;

2.- Que el modelo forestal viola los derechos de la naturaleza e incluso las débiles normas de protección ambiental existentes en el país;

3.- Que ha constatado la ausencia del Estado chileno en la regulación y fiscalización de la propia normativa existente la que además declaramos completamente insuficiente;

4.- Que el accionar de las grandes empresas forestales viola los derechos de la naturaleza;

5.- Se insta al Estado de Chile a generar un reconocimiento de los derechos de la Naturaleza en su normativa interna, como única forma de pervivencia de la humanidad y la biodiversidad, y que promueva un plan de superación del actual modelo forestal;

6.- Se exige con urgencia un plan de restauración y regeneración integral que nazca desde los territorios y espacios locales;

7.- Se exige la declaración de una moratoria o prohibición de establecimiento de especies invasoras y pirrofitas en el territorio;

8.- Considera al Queule, la cordillera de Nahuelbuta, el cerro Cayumanqui y el río Biobío; entre los demás elementos de la naturaleza, como sujetos de derechos inherentes que son reconocidos y amparados por la Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra; mismos que deben ser reconocidos, garantizados y respetados por el Estado de Chile.

La iniciativa del XI Tribunal Local caso Biobío contra Modelo Forestal fue organizado por el Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza y convocada desde el nivel local por la Alianza de los Derechos de la Naturaleza del Biobío, compuesta por diversas organizaciones, entre ellas: Red por la Superación del Modelo Forestal, Entramas por el Biobío, ONG We Kimün y ONG Defensa Ambiental; y, desde un plano internacional, por la Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza (GARN).

Puede encontrar más información sobre la sesión haciendo click aquí.

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Para acceder a la lectura del veredicto, haga click aquí.

CUÑAS VEREDICTO DE JUECES

–   Claudio Donoso (Ingeniero Forestal, Chile)

“Cuando llegan las forestales cambia un poco ese escenario (deforestación en terrenos planos para uso agrícola) y se empieza a intervenir las cordilleras y las montañas, las grandes surtidoras de agua; allí es cuando comienza a notarse más el impacto sobre el equilibrio natural y los suelos, comenzando la escasez hídrica. En la medida que se sigue destruyendo ese territorio el tema del agua se va agravando, lo que se acrecienta con el monocultivo forestal de especies exóticas de rápido crecimiento, donde todos los árboles son de la misma especie y la misma edad, consumiendo enormes cantidades de agua y nutrientes desde el suelo. Estos monocultivos, que otorgan grandes utilidades para unos pocos, han secado gran parte del territorio, ya es escasa el agua y a pesar de que vemos los ríos correr, el suelo está seco y hoy día este territorio qué tratamos tan mal, se está quemando”.

–       Lucio Cuenca (OLCA, Chile)

“Sin duda acá se ha repetido, y lo hemos constatado en terreno, que hay una omisión e irresponsabilidad del estado en la expansión de este modelo nefasto que lleva ya más de 50 años. Hay antecedentes que nos permiten aproximarnos a una conclusión: Existe una especie de captura de los grupos como Arauco y Mininco, CMPC, Masisa, para moldear la institucionalidad y la política en función de sus mezquinos intereses”.

–       Jacqueline Arriagada (ANAMURI, Chile),

“Un agradecimiento profundo de cómo nos abrieron las puertas de casas, juntas de vecinos, espacios, en las cuales fuimos testigos presenciales y pudimos constatar el avasallamiento de lo que nos hacen vivir cada cierto tiempo, y de los infiernos en los que nos sumergen. Hoy los testimonios están diciendo que no lo imaginamos, que no nos pasa solo a pocos en un espacio, sino que es todo un territorio que viene siendo dañado por un modelo forestal que nos hace daño, y que no respeta los derechos de la naturaleza”.

–       Karina Riquelme (Chile).

“Por muchos años las comunidades han realizado denuncias a través de la legislación y no han sido escuchadas, Desgraciadamente la feble legislación ambiental genera hoy día las terribles situaciones que hemos podido constatar en poco tiempo de manera presencial. El día de ayer vimos situaciones en las que no creo que sea posible en 24 horas, tener la capacidad espiritual de poder entenderla y poder comprenderla profundamente. La mayoría de los jueces nos encontramos en un estado de shock, por el gran dolor que quienes habitan estos territorios han tenido que sufrir durante gran cantidad de años”.

11vo Tribunal Local de los Derechos de la Naturaleza

Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza

La Delegación del Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza presentó sus resultados provisionales luego de su recorrido por la zona de Vaca Muerta

5 de abril de 2023

Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza – Vaca Muerta es una formación geológica que se ha transformado en la “roca de la disputa” por parte de las corporaciones y los gobiernos ante los derechos humanos y de la Naturaleza.

Las graves afectaciones a la Naturaleza y a la vida de las comunidades y vecinos en la zona de Vaca Muerta fueron constatadas por los miembros de la Delegación de Jueces del Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza. Esta misión del Tribunal llegó a Argentina invitada por parte de la Confederación Mapuche y Fuerzas Vivas de Neuquén, que participó en la sesión internacional de dicho Tribunal en diciembre del año 2019.

Las conclusiones y evidencias relevadas por el Tribunal fueron presentadas en la ciudad de Neuquén en una actividad pública en la Universidad Nacional del Comahue el día lunes. Luego de la misma, se realizó una presentación ante el gobernador de la provincia de Neuquén en casa de gobernación. Por último fueron expuestas ante el Congreso Nacional en la Cámara de Diputados de la Nación. La audiencia fue impulsada por Leonardo Grosso, Diputado Nacional en ejercicio, quien a su vez elevó dichos resultados ante cada uno de los y las miembros actuales de la Cámara baja. 

Una de las primeras conclusiones de la misión fue constatar que los discursos de El Dorado que recorren Latinoamérica siempre son falsos. La búsqueda del desarrollo y el progreso demuestran que el mapa del extractivismo coincide con el mapa de la pobreza. Lo que el Tribunal vio en estos días son las profundas afectaciones en esta región patagónica; una explotación sin conciencia socioambiental que solo es posible en un marco de violencia y corrupción.

En relación al agua, el daño es inmenso. No hay fracking posible sin el uso irresponsable de inconmensurables cantidades de agua. El fracking conduce al colapso del agua, el origen y mantenimiento de la vida, lo que provoca tremendas destrucciones de los ecosistemas. El impacto se reproduce en otros ámbitos, como en el suelo; allí se constataron los efectos de los recurrentes sismos provocados por la fractura hidráulica del subsuelo, que obligaron a muchos habitantes de las regiones afectadas a desplazarse de sus hogares.

Un punto crucial es la falta de acceso al agua para las comunidades indígenas, así como también para el resto de la población de la zona; así sucede en la localidad de Añelo, donde los vecinos no tienen agua potable. Sufren también las afectaciones provocadas por la contaminación del aire, por la contaminación sonora, y por la falta de protección frente a tantos destrozos ambientales. Asimismo, quienes trabajan en las actividades hidrocarburíferas -petróleo y gas- también terminan siendo víctimas a raíz del no cumplimiento de las normas de protección ambiental en el desempeño de sus trabajos.

Todo lo anterior provoca graves afectaciones a la salud de los seres humanos y de la vida toda, desde malformaciones genéticas, cáncer, enfermedades de los pulmones, y metales pesados en la sangre, hasta crecientes padecimientos psicológicos.

En la zona también se puede apreciar una creciente desaparición de animales silvestres.

La intensiva ocupación del territorio por parte de las empresas extractivas ha generado profundos impactos en las comunidades locales, especialmente en las comunidades mapuches. El avance de la frontera hidrocarburífera ha llevado a la criminalización de estas comunidades y ha afectado su forma de vida. También ha causado la pérdida de superficie cultivada en zonas productivas del Alto Valle de Río Negro y Neuquén.

Los mapuches, pueblos originarios, no fueron consultados previamente, pese a que el país ratificó el Convenio 169 de la OIT, que establece la obligatoriedad de la consulta libre e informada y la necesidad del consentimiento de las comunidades preexistentes. No sólo eso, han sido víctimas de otras múltiples formas de violencia, llegado al punto de negar su presencia ancestral en dichos territorios.

Otra constante en este tipo de actividades, tal como se conoció durante la visita, es la violación permanente a las normas ambientales y de protección de los derechos humanos. La desidia de las autoridades es permanente. Así se observó tanto en Plaza Huincul, donde existe un depósito de desechos tóxicos de la actividad petrolera totalmente abandonado, como en COMARSA, ubicado en la capital de la provincia donde se extiende un enorme basural petrolero a cielo abierto.

No sólo la Naturaleza resulta golpeada por estas actividades, sino los mismos seres humanos. De especial atención por parte de la misión fueron los problemas permanentes que aquejan a defensores y defensoras de la Naturaleza.

Todas estas cuestiones son de especial preocupación para el Tribunal. Luego de 10 años del inicio de la explotación no convencional de los hidrocarburos a gran escala, es tiempo de reflexionar sobre lo que está provocando. Las promesas bajo las cuales se impuso el modelo que hoy se continúa profundizando siguen pendientes. No sólo eso: tal como van las cosas, es indudable que las destrucciones van en aumento. Por lo tanto, la misión del Tribunal, que presentará un informe de su visita, anticipa la necesidad de construir estrategias de transición post-extractivista.

La visita in situ fue organizada por el Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza, convocado por la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE), la Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza (GARN) y el Colectivo Ecofeminista MIRÁ. Los anfitriones de la visita fueron la Confederación Mapuche de Neuquén, el Observatorio Petrolero del Sur y la Asamblea por los Derechos Humanos de Neuquén.

El Tribunal de los Derechos de la Naturaleza

El Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza es una institución internacional creada por ciudadanos para investigar y dar a conocer las violaciones de los derechos de la Naturaleza y los de sus defensores y defensores. Los veredictos éticos del Tribunal podrían proporcionar una herramienta necesaria en la lucha por la justicia ambiental. El Tribunal ha conocido casos en Ecuador, Perú, Francia, España, Inglaterra, Alemania, los Balcanes, Guyana Francesa, Brasil, Canadá, fracking en Estados Unidos, Argentina, Chile, Bolivia, Australia, y México y contra empresas petroleras como Total, Chevron Texaco, Shell, British Petroleum y empresas mineras como Newmont Mining Corporation, ECSA, Vale, entre otras.

Para más información del Tribunal y el caso Vaca Muerta, visitar: https://www.rightsofnaturetribunal.org/tribunals/vaca-muerta/?lang=es