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La reforma Barrick Gold: destruir la Ley de Glaciares

  • Lejos de una discusión técnica, el intento de reformar la Ley de Glaciares es una decisión política hecha a medida del lobby minero: busca habilitar proyectos hoy prohibidos, debilitar la protección del agua y consolidar un modelo extractivo regresivo, inconstitucional y ambientalmente irreversible.
por Enrique Viale y Lucas Micheloud para elDiarioAr

La reforma a la Ley de Protección de Glaciares que impulsa el Poder Ejecutivo Nacional no puede interpretarse como un debate técnico ni como una discusión jurídica. Tampoco responde a una supuesta necesidad de “modernización” normativa frente a la crisis económica que atraviesa nuestro país. Lo que se intenta presentar como un modificación legal es, en realidad, una definición política de gran impacto, que vuelve a colocar en el centro del conflicto el extractivismo como modelo de maldesarrollo y la disputa por los bienes comunes.

Ley de Protección de Glaciares que impulsa el Poder Ejecutivo Nacional vuelve a colocar en el centro del conflicto el extractivismo como modelo de maldesarrollo

No tenemos dudas de que estamos frente a la “reforma Barrick Gold”. Una modificación elaborada a la medida de las grandes corporaciones mineras transnacionales que, desde hace más de una década, presionan de manera sistemática para flexibilizar o vaciar la protección de glaciares y ambientes periglaciares. Hoy, esa vieja aspiración corporativa encuentra una nueva oportunidad política bajo el actual gobierno libertario, el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) y una ofensiva geopolítica más amplia orientada a desmantelar los presupuestos mínimos de protección ambiental. 

La Ley de Glaciares (26.639) no constituye obstáculo alguno para la actividad minera en nuestro país como repiten desde la mesa minera y los discursos oficiales. Se trata de un sector hiperliberalizado que goza de privilegios extraordinarios, regalías irrisorias escandalosas y ganancias definidas por simples declaraciones juradas que hacen las propias corporaciones mineras. En cambio, la ley de glaciares contiene un límite básico -democrático y constitucional- al avance del extractivismo (minero e hidrocarburífero), sobre ecosistemas frágiles y estratégicos, estableciendo zonas de exclusión frente a actividades de alto impacto ambiental. 

Entonces lo que hoy se encuentra en disputa no es solo una ley ambiental, sino el sentido mismo de la política pública frente a la crisis ecosocial. Se trata de decidir si la Argentina continuará contando con una legislación que resguarda de manera efectiva sus glaciares y ambientes periglaciares —una de las principales reservas de agua dulce del país— o si avanzará hacia su desprotección sistemática, legitimada con recicladas promesas desarrollistas con la única intención de habilitar la expansión minera en territorios que hasta ahora permanecen protegidos legalmente.

En ese marco, la reforma de la Ley de Glaciares no aparece como un hecho aislado, sino como una pieza central de una reconfiguración regresiva del estado de derecho ambiental, donde se vuelve a usar la crisis económica como oportunidad para profundizar el saqueo, debilitar los derechos colectivos y consolidar un modelo extractivo cada vez más excluyente, dependiente y territorialmente desigual.

La reforma tiene nombres y apellidos

 Para entender mejor el objetivo de la reforma que impulsa el lobby minero, es necesario aclarar que lo que buscan son los minerales que se encuentran debajo de los glaciares, y que la actual Ley los protege y prohíbe su destrucción. No es que quieren los glaciares para llevárselos “en cubitos” o “en helicóptero”, como intencionalmente confunden los trolls libertarios en redes, para intentar ridiculizar nuestro reclamo. Como lo venimos denunciando, esta avanzada tiene actores concretos, intereses muy definidos y territorios claramente identificables. La reforma tiene nombres y apellidos. En San Juan, los proyectos que presionan para modificar la Ley de Glaciares son emblemas del modelo extractivo a gran escala: Veladero, operado por Barrick Gold en sociedad con la estatal china Shandong Gold; el Proyecto Vicuña, de Lundin Mining y BHP; El Pachón, de Glencore; y Los Azules, de Río Tinto. Todos estos emprendimientos, manejados por las corporaciones mineras más grandes y poderosas del planeta, de llevarse a cabo bajo el régimen legal vigente, violarían la Ley 26.639. En Mendoza, el gobernador (filo libertario) Alfredo Cornejo aprobó recientemente ocho proyectos de exploración en zonas glaciares y periglaciares, anticipando el tipo de decisiones que se multiplicarán si la reforma prospera.

Crisis Climática

Esta ofensiva minera se produce, además, en un contexto global y nacional alarmante. Una crisis climática y ecológica que nos coloca ante un punto de inflexión histórico, posiblemente de no retorno. Los glaciares son las reservas estratégicas de agua dulce, reguladores del clima, sostienen numerosas cuencas hidrográficas, garantes de la vida de miles de comunidades y piezas clave en el equilibrio de los ecosistemas de montaña. Su función no se limita a alimentar ríos de deshielo sino que cumplen un rol central en la regulación climática, la biodiversidad, la estabilidad de los suelos y la seguridad hídrica de muchos territorios.

Hace apenas unos días, Naciones Unidas alertó sobre la “bancarrota hídrica” global, destacando el papel fundamental que cumplen los glaciares frente al calentamiento global. En un mundo cada vez más caliente, más seco y más desigual, los glaciares actúan como reservas naturales de agua, amortiguan sequías, regulan caudales y sostienen economías regionales enteras y en Argentina abastecen del vital recurso a gran parte de nuestro territorio. Avanzar sobre ellos es avanzar contra la ciencia, contra los consensos climáticos internacionales y contra el principio precautorio que debería guiar toda política pública en contextos de incertidumbre y riesgo irreversible.

No es casual que esta reforma se inscriba en una agenda más amplia de negacionismo climático, promovida por el gobierno libertario en nuestro país y por las extremas derechas a nivel global. Se trata de una visión que reduce la naturaleza a una mera mercancía, desprecia el conocimiento científico y concibe los bienes comunes como obstáculos al mercado. En esa lógica se inscribe esta reforma minera, que concibe a los glaciares y ambientes periglaciares no como reservas estratégicas de agua ni reguladores del clima, sino como “problemas legales” que deben ser removidos para facilitar negocios de cortísimo plazo para un puñado de corporaciones trasnacionales y de larguísimos e irreversibles daños ambientales y sociales para las mayorías. 

Inseguridad Jurídica y Judicialización

Desde el punto de vista jurídico, el proyecto de reforma P.E. 161/25 resulta abiertamente regresivo e inconstitucional. El artículo 41 de la Constitución Nacional establece con claridad que corresponde a la Nación dictar normas que contengan los presupuestos mínimos de protección ambiental, que funcionan como un piso común, obligatorio e inderogable por parte de las provincias que, pueden complementarlo y ampliarlo, pero nunca reducirlo. Esta arquitectura constitucional fue diseñada precisamente para poner límites al poder político frente a presiones económicas como las que estamos viendo, recordando que la Constitución no existe para acompañar los ciclos del poder, sino para contenerlos. La reforma propone exactamente lo contrario.

Paradójicamente, quienes impulsan esta reforma prometen “seguridad jurídica” y “más inversiones”. Más allá que la seguridad jurídica no es solo para las corporaciones, los ciudadanos también tenemos derecho a que se mantengan las normas que protegen nuestro bienes esenciales, como el agua. También desde el punto de vista empresarial, una norma regresiva e inconstitucional está destinada a ser judicializada, suspendida y declarada inválida. Además que, como está redactada la reforma, la protección de un glaciar dependerá de la voluntad política del gobernador, lo que podrá cambiar con cada elección. El resultado será exactamente el contrario al que busca el sector minero: mayor inseguridad jurídica, paralización de proyectos, conflictos territoriales y responsabilidades políticas y judiciales para quienes impulsan este retroceso. No hay inversión posible sobre la base de la destrucción de las reservas de agua y el incumplimiento de nuestra Constitución Nacional.

Es hora de interpelar a los Senadores

Esta reforma no es inevitable, tiene responsables. Por eso cada senador y senadora deberá decidir en los próximos días de qué lado está: del lado de Barrick Gold y las corporaciones mineras, o del lado de las comunidades, la Constitución y la defensa del agua y la vida. Su decisión quedará escrita para siempre en la historia.

Junto a organizaciones socioambientales, asambleas territoriales y espacios jurídicos de todo el país estamos impulsando una consigna clara y urgente: #LaLeydeGlaciaresNoSeToca. En las Sesiones Extraordinarias de febrero, el gobierno libertario, algunos gobernadores (y sus Senadores) y las grandes corporaciones mineras intentarán desarmar una de las leyes ambientales más importantes de Argentina. No podemos permitirlo. La decisión, ahora, está en manos de Senado, pero también en nuestras manos, es tiempo de escribir a cada legislador/a, de movilizarse en cada uno de los territorios y de exigirles una respuesta clara:

¿Va a votar con las megamineras o con las comunidades que defienden el agua?

Reforma “Barrick Gold” de la Ley de Glaciares: pediles reunión a tus senadores

En febrero el oficialismo y el lobby minero buscan vaciar la Ley de Glaciares para habilitar megaminería sobre glaciares y áreas periglaciares: reservas estratégicas de agua en cada provincia.

Esta entrega de nuestras aguas no puede ser gratis para los funcionarios públicos que votamos para representar a los intereses del pueblo.

Pediles reunión a los tres senadores/as de tu provincia. No importa si la dan o no: el pedido queda registrado, lo podés compartir en redes sociales y que el pueblo sepa que perderán votos.

¿Vas a votar con la megaminería o vas a defender el agua de nuestras familias?
Que digan de qué lado están: agua y comunidades o mineras transnacionales.

📩 Mensaje cordial para solicitar reunión (copiar y pegar)
Sugerencia: enviá un mail separado a cada senador/a de tu provincia.
Fuentes: contactos institucionales + redes públicas si figuran en el listado. Usá un tono cordial y respetuoso.

📚 Materiales para profundizar

Análisis crítico del proyecto de modificación de la Ley de Glaciares (P.E. 161/25)
¿Por qué hablamos de “vaciamiento”? Realizamos un informe técnico-jurídico que analiza cómo la reforma vacía de contenido la protección de glaciares y ambientes periglaciares, pone en riesgo reservas estratégicas de agua y altera principios constitucionales.

Alerta de organizaciones sobre riesgos de modificar la Ley de Glaciares
Junto a otras organizaciones explicamos en este comunicado por qué el tratamiento de la reforma implica un retroceso en la protección y debe ser rechazado. 👉

Contexto de la protección de glaciares y el agua
Acá explicamos cómo proteger los glaciares y el ambiente periglacial es, en esencia, proteger las cuencas, el agua y la vida en las regiones de montaña.

Posicionamientos institucionales recientes
Entrada con el consenso y rechazo explícito ante el proyecto en el Senado, subrayando la importancia de mantener los presupuestos mínimos de protección de la Ley de Glaciares.
👉

https://aadeaa.org/ley-de-glaciares-2/

En diciembre pasado contamos cómo fue la Audiencia Pública en el Senado y estuvimos ahí para explicar a Senadores/as lo que está sucediendo de fondo. 👉


Organizaciones ambientales advierten sobre los riesgos de modificar Ley de Glaciares

Se tratará en febrero durante las sesiones extraordinarias

Buenos Aires, 20 de enero de 2025- Greenpeace, Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Aves Argentinas, la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas-Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (AAdeAA–CAJE) y Jóvenes por el Clima alertan que durante febrero, en el marco de las sesiones extraordinarias del Congreso, se avanzará con el tratamiento de la modificación a la Ley de Glaciares. Desde las organizaciones advierten que esta iniciativa, que ya obtuvo un dictamen exprés en el Senado de la Nación, representa un grave retroceso en la protección de los glaciares y del ambiente periglacial, y exigen que no se avance con ningún cambio que debilite la ley vigente.

“Modificar la Ley de Glaciares en plena crisis climática e hídrica implica reducir la protección de reservas de agua dulce estratégicas para los argentinos y poner en riesgo la seguridad hídrica de más de 7 millones de personas. Los glaciares y el ambiente periglacial no son ‘hielo sin valor’: regulan los caudales de los ríos, sostienen las cuencas en contextos de sequía y cumplen un rol clave frente al aumento de las temperaturas”, dijo Matías Arrigazzi, del equipo de Greenpeace.

Argentina cuenta con casi 17.000 glaciares inventariados en 12 provincias, que alimentan 36 cuencas hídricas a lo largo de más de un millón de kilómetros cuadrados. Los glaciares y el ambiente periglacial representan reservas hídricas estratégicas para el presente y el futuro de la población.

“Los ambientes periglaciarios no son territorios vacíos: albergan una gran diversidad de formas de vida que cumplen funciones ecológicas clave y sostienen equilibrios ambientales delicados. Muchas de estas especies y procesos naturales trascienden las fronteras políticas de las provincias, la naturaleza no reconoce límites administrativos. Hoy, estos ambientes y la biodiversidad que resguardan están seriamente amenazados, y su protección requiere una mirada integral, federal y basada en la ciencia”, destacó Hernán Casañas, Director Ejecutivo de Aves Argentinas.

Las organizaciones advierten además que el proyecto de modificación es inconstitucional. Vulnera el artículo 41 de la Constitución Nacional, el principio precautorio y de prevención establecidos en la Ley General del Ambiente y el principio de no regresión ambiental reconocido en el Acuerdo de Escazú. La iniciativa traslada a las provincias la definición de qué glaciares y qué porciones del ambiente periglacial deben protegerse, rompiendo el carácter nacional y uniforme de los presupuestos mínimos ambientales y habilitando criterios desiguales para sistemas hídricos que no reconocen límites políticos.

“La reforma propuesta es altamente regresiva e inconstitucional, y terminará por erosionar las bases mismas de la seguridad jurídica que pretende promover. La Ley de Glaciares no necesita ser reformada; necesita, simplemente, ser cumplida”, sostuvo Andrés Nápoli, Director Ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN).

“Aprobar esta modificación implica desproteger nuestras reservas estratégicas de agua dulce, reemplazando criterios técnicos y científicos por presiones políticas y económicas coyunturales, con consecuencias irreversibles para millones de argentinos durante décadas”, señaló Mercedes Pombo, cofundadora de Jóvenes por el Clima

Asimismo, dejar a evaluación administrativa provincial el “valor hídrico relevante” de glaciares y ambiente periglacial es científicamente incorrecto. Estas áreas almacenan grandes volúmenes de hielo en profundidad y cumplen un rol esencial en la regulación hídrica. Su destrucción implica la pérdida irreversible de agua que no puede recuperarse y abre la puerta a repetir episodios de contaminación ya conocidos, como los derrames registrados en proyectos mineros en zonas cordilleranas.

“Lo que está en juego es el agua. Se plantea sacrificar a los glaciares de miles de años, que dan agua para la vida, el trabajo y la agricultura para proyectos de grandes mineras transnacionales. Pero estos ríos nutren gran parte de nuestro país”, sostuvo Enrique Viale, Presidente y Fundador de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas.

La Ley de Glaciares es una norma pionera a nivel mundial: declara a los glaciares y al ambiente periglacial como bienes públicos y reservas estratégicas de agua, fue ratificada como constitucional por la Corte Suprema y demostró ser efectiva al proteger estas áreas frente al avance de más de 40 proyectos extractivos. Debilitarla no generará desarrollo sostenible, sino mayor vulnerabilidad climática, pérdida de agua, impactos sociales y costos económicos crecientes.

Megaincendios en la Patagonia Norte: lo que está pasando y lo que no nos están contando

El noroeste de la Patagonia —los bosques andino-patagónicos y, en particular, la Comarca Andina del Paralelo 42 (sur de Río Negro y norte de Chubut)— vuelve a arder. Año tras año, los incendios se vuelven más extensos, más difíciles de controlar y más destructivos para las comunidades, los ecosistemas y las economías locales. Lo que está en juego no es solo la pérdida de bosque: se queman casas, chacras, escuelas, redes comunitarias, agua, salud, y el futuro mismo de un territorio.

Elaboramos este informe desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas – Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (AAdeAA-CAJE) para presentar evidencia y claridad política: los megaincendios son un fenómeno multicausal, atravesado por la crisis climática, décadas de políticas de reemplazo del bosque nativo por especies exóticas de alto riesgo (como el pino radiata), expansión de áreas de interfase sin planificación, y un Estado cada vez más ausente en prevención, investigación y respuesta.

A eso se suma un giro peligroso: el Gobierno nacional decidió correr el manejo del fuego del ámbito ambiental y colocarlo bajo una lógica de “seguridad interna”, mientras recorta fondos, precariza brigadistas y alimenta lecturas represivas y racistas —con el pueblo mapuche como blanco preferido—. En paralelo, circulan teorías conspirativas que funcionan como cortinas de humo: desvían la responsabilidad política y ocultan lo que sí existe y es verificable, como la presión inmobiliaria, la disputa por los territorios y el intento de flexibilizar normas que hoy impiden el negocio con la tierra quemada.

Este informe es urgente porque los megaincendios ya no son una excepción: son un síntoma de época. Y porque frente al fuego hay dos caminos: la reacción tardía y militarizada, o la prevención con ciencia, planificación territorial, recursos, brigadistas con salarios y equipos dignos, y una política pública que no entregue territorios a la especulación. En el informe describimos:

1) Contexto y matriz político-social de los incendios

Una lectura integral de lo que pasa en la Norpatagonia: crisis climática, sequía persistente, olas de calor, tormentas eléctricas en estación seca, invasión de exóticas, crecimiento de zonas de interfase, desinformación y construcción del “enemigo interno”. El informe recupera el rol de la organización comunitaria y el trabajo de brigadistas y bomberos, y advierte: sin prevención y sin política pública, el daño se multiplica.

2) Marco normativo vigente: las leyes que hoy protegen los territorios quemados

En tiempos de desinformación, el informe remarca algo central: hay leyes nacionales plenamente vigentes que protegen bosques y territorios tras el fuego, y limitan la especulación y la extranjerización. Se explican de forma clara:

  • Ley de Bosques Nativos (26.331): obliga a ordenar el territorio por categorías de conservación (OTBN), exige evaluación de impacto y participación pública para actividades que afecten bosques, y establece un fondo para compensar a provincias por conservar.
  • Ley de Manejo del Fuego (26.815 y reforma 27.604): crea el Sistema Federal de Manejo del Fuego y define obligaciones de prevención y planificación. Además, incorpora la prohibición de cambiar el uso del suelo por décadas cuando hay incendios, justamente para evitar el negocio inmobiliario y permitir la restauración.
  • Ley de Tierras Rurales (26.737): limita la concentración de tierras rurales en manos extranjeras y protege zonas sensibles, incluyendo áreas vinculadas al agua y a fronteras. El informe recuerda que, pese a intentos de derogación vía DNU, la ley se mantiene vigente por medidas judiciales.

3) Marco presupuestario: el desfinanciamiento como decisión política

El informe muestra cómo el recorte y la subejecución presupuestaria erosionan la capacidad real de prevenir y combatir incendios. Se releva la caída de fondos del Servicio Nacional de Manejo del Fuego, la subejecución (incluido el caso de 2024), y la disolución del Fondo Nacional de Manejo del Fuego mediante decreto. El resultado es concreto: menos prevención, menos equipamiento, peores condiciones laborales para brigadistas y una respuesta más lenta y más débil en plena emergencia.

4) Líneas de acción: qué podemos hacer

El documento cierra con propuestas para la acción colectiva y política: defender las leyes vigentes, exigir ejecución presupuestaria y políticas de prevención, fortalecer educación y alfabetización en manejo del fuego en zonas de interfase, discutir seriamente qué significa “cuidar el bosque” en tiempos de crisis climática y enfrentar la desinformación y la estigmatización de comunidades.

Reforma del sistema de inteligencia: una norma que pone en riesgo garantías constitucionales básicas

El pasado 31 de diciembre el Poder Ejecutivo dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 941/2025, mediante el cual reformó el funcionamiento del sistema de inteligencia argentino. No con una ley debatida en el Congreso, sino de forma unilateral durante su receso. 

¿Por qué te tiene que importar? 

Porque modifica la manera en la que el Estado puede vigilarte y así afecta directamente tu libertad, tu autonomía y tu privacidad.

No tenés forma de saber cómo son usados tus datos personales

El DNU obliga a más de 15 organismos públicos a compartir datos personales de la población con la SIDE, sin establecer procedimientos concretos ni mecanismos de control. El decreto se vuelve así una herramienta para realizar vigilancia masiva. Además, la acumulación de grandes cantidades de datos en un solo organismo es todavía más peligrosa en la medida en que el Estado no tiene una política adecuada de seguridad de la información y las filtraciones son frecuentes. 

El decreto no prevé ningún tipo de control ciudadano sobre el accionar de la SIDE y concentra todavía más poder en esta agencia. Puede pedir información a provincias y municipios, aprobar presupuestos secretos, compartir tus datos con agencias de otros países sin autorización judicial. Y todo bajo absoluto secreto. Nadie sabrá qué hacen con tu información ni a quién se la dan.

Nadie controla a los que controlan

El decreto establece que las actividades de inteligencia son encubiertas por definición. Esto significa que no vas a poder saber si te están investigando, por qué, ni qué información tienen sobre vos. El carácter encubierto puede frustrar eventuales investigaciones para probar responsabilidades del Estado. No hay forma de reclamar si se equivocan o abusan. El secreto es la regla.

Una SIDE que te puede detener

Por primera vez en democracia, los agentes de inteligencia tienen poder para detenerte. La SIDE puede proceder a la “aprehensión” de personas sin que quede claro bajo qué criterios ni con qué garantías, y sin autorización judicial. Esto deja habilitado el camino a detenciones arbitrarias, a la persecución y a la intimidación. Es transformar a los servicios de inteligencia en una especie de policía secreta y sin control. 

Los militares volverían a tareas de seguridad interior

Durante décadas, Argentina trabajó para separar claramente defensa (militares) de seguridad interna (policías). Era una lección aprendida de la dictadura: los militares no deben ejercer funciones de control de la población civil. Este decreto permite que las Fuerzas Armadas realicen tareas de inteligencia sobre “organizaciones no estatales” —sin aclarar cuáles ni los criterios que harían que las organizaciones ingresaran en esa categoría— y les quita el control civil. Es un retroceso histórico peligroso.

El regreso de la idea del “enemigo interno”

En este DNU se expande de manera significativa el concepto de contrainteligencia, que pasa a incluir la prevención de acciones de infiltración, espionaje, sabotaje, influencia, injerencia o interferencia de factores externos en detrimento del proceso decisorio de las autoridades públicas, de los intereses estratégicos nacionales y/o de la población en general, incluso en “abordajes multidimensionales” de actores estatales y no estatales. Al modificar el artículo 4° de la Ley 25.520, las prohibiciones pensadas para que las agencias de inteligencia no puedan hacer tareas de inteligencia política (no influir sobre la vida política, social, económica, partidos, opinión pública) se vuelven irrelevantes porque se incluye una excepción muy amplia: las actividades de contrainteligencia previstas quedan habilitadas a realizar estas prácticas hasta ahora prohibidas. En los hechos, esto flexibiliza los límites legales a la inteligencia interior y habilita el espionaje político en nombre de la contrainteligencia.

La vaguedad de ciertos términos abre preguntas sobre cómo será la aplicación efectiva de estas disposiciones, y esta preocupación se incrementa ante la difusión en diciembre pasado de un supuesto Plan de Inteligencia Nacional (PIN), en el que se identificaban expresamente como “enemigos internos” a anarquistas, pueblos originarios, ambientalistas y periodistas que “desinformaran” o “deslegitimaran” al gobierno. 

Así, se ponen en grave riesgo los derechos de libertad de expresión, de asociación y de petición a las autoridades. Reclamar por una ley (como la de Glaciares o Fondos para Discapacidad) nos convierte en un objetivo de inteligencia y pasibles de ser espiados, infiltrados y hasta detenidos. 

¿Por qué ahora? ¿Por qué así?

Este DNU, manifiestamente inconstitucional, rompe consensos básicos, amplía el margen de discrecionalidad estatal, debilita los controles y posibilita prácticas que creíamos superadas. Al habilitar herramientas para vigilar, perseguir y detener, es una señal directa hacia quienes defendemos derechos, territorios y democracia.

Una vez más, se toman decisiones de extrema relevancia sin debate legislativo. Es evidente que lo que exige nuestra Constitución para el dictado de decretos de necesidad y urgencia no se cumple: no hay circunstancias excepcionales que impidan al Congreso sancionar leyes, y es claro que reformas tan trascendentes como éstas, lejos de ser adoptadas de manera unilateral, deberían realizarse cuando hay acuerdos entre diversas fuerzas políticas. El Congreso debe rechazar este decreto. 

FIRMAS:

  1. Amnistía Internacional Argentina
  2. Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas / CAJE
  3. Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)
  4. Poder Ciudadano
  5. CELS
  6. Democracia en Red
  7. Fundación SES
  8. Fundación Vía Libre
  9. Campaña Argentina por el Derecho a la Educaciòn (CADE)
  10. Fundación Ambiente y Recursos  Naturales (FARN)
  11. Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) 
  12. Fundación para el Desarrollo Humano Integral 
  13. Fundación Protestante Hora de Obrar
  14. Xumek- Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos
  15. Fundación Cambio Democrático
  16. Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)
  17. Instituto Latinoamericano de Seguridad y Democracia (ILSED)
  18. Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes (CAREF)
  19. Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES)
  20. Consciente Colectivo
  21. Fundación Huésped 
  22. Greenpeace
  23. Federación Ecuménica de Cuyo (FEC)

Un protocolo sin consulta

La Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro, con el patrocinio legal de la Asociación Argentina de Abogades Ambientalistas, interpuso el martes 30 de diciembre una demanda judicial solicitando que se declare la inconstitucionalidad del Protocolo de Consulta Previa, Libre e Informada (Ley N° 5755/2024) y de su decreto reglamentario, sancionados por la Legislatura de Río Negro durante el año 2024.

Dicho protocolo fue sancionado de manera unilateral por el Estado provincial, sin consultar a las comunidades originarias, incluso desoyendo sus disidencias y observaciones expresamente formuladas durante el proceso previo.

Sostenemos, sin margen de duda, que no existió participación alguna de autoridades indígenas, comunidades ni de pobladores dispersos en la confección y redacción del protocolo de consulta, incumpliendo de este modo los estándares constitucionales y convencionales vigentes.

La norma impugnada deriva en un procedimiento de consulta altamente restrictivo respecto de la participación de los pueblos indígenas, sus autoridades, comunidades y pobladores dispersos, limitando su intervención en la toma de decisiones vinculadas a leyes o disposiciones administrativas que afectan directa o indirectamente a sus territorios.

Desde el punto de vista jurídico, este esquema resulta contrario al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y a los artículos 75 incisos 17 y 22 de la Constitución Nacional.

En los hechos, esta “consulta sin consulta” se reduce a un trámite administrativo diseñado a la medida de proyectos extractivistas, mineros e hidrocarburíferos, que buscan avanzar sobre territorios ancestrales sin garantizar la participación real de los pueblos indígenas.

Es claro que el Gobierno de Rio Negro, no quiere incluir en la participación real de un Protocolo de Consulta, Libre, Previa e informada a las comunidades ni mucho organizaciones indígenas. Solo quiere que las mismas asientan sin debate previo, a los fines de legitimar iniciativas unilaterales.

La consulta previa, libre e informada es un derecho colectivo de los pueblos indígenas. Desde la Asociación Argentina de Abogades Ambientalistas acompañamos esta demanda porque defender la participación real es defender los territorios, la democracia y el respeto por los derechos de los pueblos originarios.

Una vez más vemos como se consolida un modelo de toma de decisiones autoritario, funcional a intereses extractivistas y ajeno a toda lógica democrática. Frente a este escenario, reafirmamos que no habrá licencia social ni legitimidad posible sin consulta real, libre, previa e informada, construida desde y con las comunidades, y no a espaldas de ellas.

La inacción climática estatal vuelve a empeorar los incendios en la Patagonia

Una vez más, la sociedad es testigo de cómo el fuego avanza sobre el bosque andino patagónico y sus poblaciones aledañas. Un enorme patrimonio milenario de flora y fauna autóctonas, y las sociedades que dependen de ellos, es arrasado año tras año. Lejos de ser fenómenos aislados, estos megaincendios son consecuencia directa de decisiones humanas.  

Los incendios que actualmente atraviesan la Patagonia son otro de los síntomas alarmantes de los impactos de la crisis climática global, cuya causa principal es la quema de combustibles fósiles. Las condiciones meteorológicas cada vez más extremas y frecuentes, que propician sequías prolongadas y cambios en los patrones climáticos locales, favorecen la propagación del fuego  directamente empeorados por la crisis climática.

Foto: Joel Reyero

A esto se le suma la inacción estatal en materia de mitigación y prevención, que podría mejorar las condiciones territoriales de cara a la temporada de incendios. El crecimiento desmedido de extensas plantaciones forestales con especies exóticas invasoras y profundamente adaptadas a un régimen mayor de incendios, como los pinos, sumado al desmanejo y la falta de regulación respecto de estos pinares y el riesgo que implican en la población y el ecosistema nativo, generan un caldo de cultivo para estos fenómenos. Además, el crecimiento demográfico exponencial y la falta de planificación urbana, la desinformación y los reiterados intentos de modificar la legislación respecto del uso del suelo, con marcados intereses inmobiliarios y de otro tipo, crean las condiciones para agravar los efectos devastadores del fuego. 

Durante la última temporada de incendios en la Patagonia, la superficie de bosques afectados por incendios forestales se cuadruplicó: pasó de 7.747 hectáreas entre octubre de 2023 y marzo de 2024, a 31.722 hectáreas entre octubre de 2024 y marzo de 2025. Investigadores del CONICET advierten que esta tendencia creciente aumentaría por seis hacia fines del siglo XXI. Este escenario se inscribe en un contexto de desfinanciamiento del Servicio Nacional de Manejo del Fuego, que pone en riesgo la estructura del organismo responsable no solo de la supresión y el combate de incendios, sino también de las indispensables tareas de prevención. 

Foto: Joel Reyero

Es necesario que el Estado responda de manera coordinada a los megaincendios. Los recursos para la prevención del fuego, en todo el territorio nacional, deben emplearse en su máxima capacidad. Para esto es necesario avanzar en el refuerzo del equipamiento y la formalización laboral del personal de brigadas, restablecer el financiamiento pleno del Servicio de Manejo del Fuego, y coordinar los operativos necesarios entre los múltiples actores estatales, tanto de Nación, como provinciales y municipales. La creación de comités de crisis, que incluyan la participación comunitaria local en la alerta temprana y monitoreo, son cruciales. 

La crisis climática está aquí y es ahora, podemos elegir responder ante ella o seguir intentando mirar para otro lado mientras el fuego incrementa cada vez más.  

Más datos sobre el manejo del fuego y la promoción de los fósiles

  • Durante 2024, el Gobierno ejecutó apenas el 22 % del presupuesto estatal asignado al Servicio Nacional de Manejo del Fuego (SNMF), pese a tratarse del año con la mayor cantidad de focos ígneos de al menos los últimos ocho años. En 2025, la subejecución presupuestaria volvió a repetirse: el SNMF dejó sin ejecutar el 25 % de los recursos asignados, lo que equivale a casi $20.000 millones que podrían haberse destinado a mejorar la infraestructura, el equipamiento, las capacitaciones y las condiciones laborales de las y los brigadistas.
  • De acuerdo a la Ley de Presupuesto 2026, la partida presupuestaria del Servicio Nacional de Manejo del Fuego (SNMF) contará con $20.131 millones, lo que implica una caída real del 69% con respecto a 2023 y del 78,5% con respecto a 2025.
  • Las metas físicas del SNMF tendrán una marcada reducción en las horas de vuelo previstas y ejecutadas. Mientras que en 2023 estaban programadas 5.100 horas —aunque solo se concretaron 3.058—, para 2026 se proyectan 3.100. A esta disminución se le suma la caída en los informes de alerta temprana y de evaluación de peligro de incendios, instrumentos clave para un enfoque preventivo. En este caso, se pasa de 2.310 informes previstos en 2025 a apenas 1.850 en 2026.
  • El Presupuesto 2026 asigna $651.600 millones a los subsidios a la oferta de hidrocarburos, lo que representa un aumento real del 6% respecto al valor de 2025. Esto equivale al 0,44% del presupuesto total nacional.

Organizaciones firmantes

  1. Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)
  2. Observatorio Petrolero Sur (OPSur)
  3. Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas/Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial
  4. Sustentabilidad Sin Fronteras (SSF)
  5. SurfRider Argentina
  6. Gabriel Blanco, autor coordinador de los informes de evaluación 5 y 6 del IPCC
  7. Multisectorial Golfo San Matías
  8. Colectiva Mirá Socioambiental
  9. Tramatierra
  10. Taller Ecologista
  11. Multisectorial de la Comarca Marítima, Viedma, Carmen de Patagones, El Condor
  12. Casa Río Lab
  13. Consciente Colectivo
  14. Fundación Ambiente, Desarrollo y Hábitat Sustentables
  15. Asociación de Amigos de la Patagonia
  16. Instituto de Salud Socioambiental (InSSA)
  17. Greenpeace Argentina 
  18. Defensores del Pastizal 
Ley de Glaciares Senado

Fuerte rechazo en el Senado al intento de vaciar la Ley de Glaciares: “Va a crear una enorme inseguridad jurídica”


Especialistas, organizaciones socioambientales, científicas y de la sociedad civil advirtieron que el proyecto del Gobierno pone en peligro las aguas, es inconstitucional y sólo es funcional a la megaminería.

Este martes, en el Plenario de Comisiones del Senado, se debatió el proyecto del Poder Ejecutivo que busca modificar la Ley N.º 26.639, conocida como Ley de Glaciares. La jornada estuvo marcada por fuertes cuestionamientos de referentes jurídicos, científicos y organizaciones ambientales, que coincidieron en una advertencia central: la iniciativa no es una actualización técnica, sino un intento de desmantelar los presupuestos mínimos de protección del agua en la Argentina.

Durante la reunión expusieron Enrique Viale, presidente de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas; Andrés Napoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN); Agostina Rossi, de Greenpeace; Pablo Villagra, director del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), Hernán Casañas, director ejecutivo de Aves Argentinas, Eugenia Testa, del Círculo de Políticas Ambientales, Manuel Jaramillo de Fundación Vida Silvestre Argentina, Gabriela González Trilla, investigadora de CONICET,

“Esto destruye la arquitectura de los presupuestos mínimos”

En su intervención, Enrique Viale lo definió sin rodeos: “Es la reforma Barrick Gold”.

Señaló que el proyecto avanza sobre un núcleo duro del derecho ambiental argentino:

“Las leyes de presupuestos mínimos son una arquitectura que este proyecto tira por la borda. La destruye. Y esto no es menor, porque tenemos otras leyes de presupuestos mínimos. ¿Qué va a pasar después? ¿Vienen por los bosques? ¿Vienen por los ríos? ¿Por la Ley General del Ambiente?”

Viale remarcó que no se puede desarmar por ley lo que está consagrado en la Constitución Nacional, y calificó la iniciativa como “flagrantemente inconstitucional” por violar el artículo 41, que obliga al Estado nacional a fijar pisos comunes de protección ambiental.

En ese sentido, advirtió sobre el impacto territorial concreto de la reforma:

“En Mendoza el 4% de la provincia es irrigable, el resto es desierto. ¿Cómo no van a tener relevancia hídrica los glaciares?”

También denunció el desplazamiento deliberado de la ciencia del proceso de toma de decisiones:

“Dejar la ciencia afuera no me parece casual. Desdeñar la ciencia… al IANIGLA lo destrozan, lo dejan casi sin funciones. Un subsecretario de minería de una provincia le va a escribir al IANIGLA diciendo ‘al glaciar tal, sacalo’, y va a estar amparado por la ley.”

Y cerró con una definición política que sintetizó el sentido del proyecto:

“Esta reforma tiene nombre y apellido: es la reforma Barrick Gold. Estas grandes mineras transnacionales tienen prontuario, no tienen pasado.”

Viale también cuestionó el procedimiento acelerado y sin debate social, en contraste con el proceso participativo que dio origen a la ley en 2010:

“La sociedad argentina tiene al agua como un piso mínimo. El problema es que este procedimiento se está haciendo a puertas cerradas, porque si no… El proceso participativo del 2010 fue enorme. No como esto que se está haciendo ahora, un tratamiento exprés para votarla un día después de Navidad.”

Intervención Completa de Enrique Viale (AAdeAA-CAJE)

Napoli (FARN): “Este proyecto va a estar 40 años en tribunales”

Por su parte, Andrés Napoli subrayó que el proyecto reduce el alcance de la protección y abre una etapa de alta conflictividad judicial:

“Los glaciares tienen muchas otras funciones ecosistémicas más allá de proveer agua: funciones climáticas, de biodiversidad.”

Napoli calificó la reforma como regresiva, al achicar áreas protegidas y avanzar sobre estándares ya consolidados:

“Si tenemos que reformar la Ley de Glaciares, hay que dar seguridad jurídica. Este proyecto hace exactamente lo contrario. Va a estar en tribunales 40 años.”

También puso el foco en los actores ausentes del debate:

“¿Dónde están los vecinos afectados, las comunidades, las personas en situación de vulnerabilidad que viven en las zonas críticas de la explotación de glaciares?”

En relación con el Inventario Nacional de Glaciares, Napoli advirtió que el proyecto lo desarma en los hechos:

“Se va a desbaratar el inventario, porque ahora cada provincia puede decirle al IANIGLA qué poner y qué sacar. Van a suceder cosas cada vez más graves que se van a judicializar.”

Además, recordó que los presupuestos mínimos implican una tutela común y uniforme, y que si existen problemas en definiciones técnicas, deberían abordarse de manera puntual y no mediante un vaciamiento general de la norma.

Greenpeace: datos científicos que el proyecto ignora

Desde Greenpeace, Agostina Rossi aportó datos clave que refuerzan la gravedad del retroceso propuesto:

“El 20% de la infiltración que llega a las napas depende del ambiente periglacial. En años de sequía puede llegar al 50%.”

Rossi advirtió que el proyecto va en contra del consenso científico internacional, no solo argentino, y recordó que el contexto actual es mucho más crítico que en 2010:

“La Ley se pensó en un contexto de crisis climática que no se esperaba que tuviera las consecuencias que tiene hoy. Los glaciares son aliados en esta lucha.”

En ese marco, fue clara:

“Las modificaciones propuestas cambian completamente el espíritu de la norma.”

Aves Argentinas: estándares ambientales y desarrollo no son opuestos

Hernán Casañas, director ejecutivo de Aves Argentinas, cuestionó el argumento económico del proyecto:

“Las empresas que queremos son las que cumplen estándares y apuestan a largo plazo. No buscan libertad absoluta, buscan certidumbres.”

Y agregó:

“Los flujos de inversión más importantes van a los países con los estándares ambientales más altos. El argumento económico está planteado al revés.”

Casañas utilizó una imagen contundente para graficar el absurdo de la reforma:

“A nadie se le ocurriría pasar una autopista por arriba del glaciar Perito Moreno simplemente porque no tenga una función hídrica directa. Debilitar estos estándares es romper el equilibrio.”

También recordó un punto clave del derecho ambiental:

“Es cierto que las provincias tienen dominio originario sobre los recursos naturales, pero el ambiente no reconoce fronteras políticas.”

IANIGLA: “No fuimos consultados”

Finalmente, Pablo Villagra, director del IANIGLA, aportó una mirada desde la ciencia pública:

“Las provincias con mayor superficie de glaciares son Santa Cruz, San Juan y Mendoza. Pero los glaciares son más importantes en los Andes desérticos.”

Villagra fue directo sobre la realidad mendocina:

“Yo estoy en Mendoza: todo el agua que consumimos viene de la nieve o de los glaciares.”

También cuestionó el esquema institucional propuesto por la reforma:

“Este esquema donde la autoridad local pasa a formar parte de la autoridad nacional es un debate oscuro. No estaba resuelto en la ley original y no se resuelve en esta. En lugar de dar seguridad jurídica, genera un limbo.”

Y cerró con una afirmación grave:

“Nosotros no fuimos consultados para la redacción de la nueva ley.”

Un consenso claro: la Ley de Glaciares no se toca

El plenario dejó en evidencia un consenso transversal entre especialistas y organizaciones: el proyecto debilita la protección del agua, desplaza a la ciencia, fragmenta la gestión de cuencas y expone al país a conflictos sociales y judiciales de largo plazo.

Desde AAdeAA–CAJE reafirmamos que defender la Ley de Glaciares es defender el agua, las cuencas y la vida. En un contexto de crisis climática, retroceder en los presupuestos mínimos no es una opción.

La Ley de Glaciares no se toca.

Primera mitad del PlenarioSegunda mitad del Plenario

La Ley de (Des) Protección de los Glaciares: una reforma regresiva que atenta contra la vida

por Maristella Svampa y Enrique Viale para Perfil


El proyecto para modificar la Ley N.º 26.639, conocida como Ley Nacional de Glaciares, que ya ingresó al Senado, apunta a desmantelar el régimen de presupuestos mínimos que hoy protege glaciares y ambiente periglacial, es decir, las reservas estratégicas de agua más importantes de la Argentina.

Un viejo anhelo de las grandes mineras transnacionales pretende llevarse a cabo en este verano argentino. En el día de ayer el gobierno nacional presento un proyecto para modificar la Ley N.º 26.639, conocida como Ley Nacional de Glaciares, que ya ingresó al Senado y busca ser aprobado en sesiones extraordinarias durante el verano. La iniciativa apunta a desmantelar el régimen de presupuestos mínimos que hoy protege glaciares y ambiente periglacial, es decir, las reservas estratégicas de agua más importantes de la Argentina.

Tal como se había anticipado y como viene siendo la regla desde que asumió este gobierno, la reforma representa un gravísimo e inaceptable retroceso en la protección del agua, en un contexto de crisis climática, de retracción acelerada de glaciares y creciente estrés hídrico en todo el país.

Esto no les gusta a los autoritarios

El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.

El proyecto del gobierno introduce cambios estructurales que alteran por completo la letra y el espíritu de la ley vigente. En primer lugartodos los glaciares podrían ser destruidos. ¿Porque puede suceder esto? Porque la reforma elimina la protección automática que hoy establece la ley y la reemplaza por un sistema discrecional. Mediante una simple declaración de una autoridad provincial, un glaciar puede quedar fuera de la protección legal y ser habilitado para actividades extractivas.

En segundo lugar, el proyecto también elimina la prohibición expresa de realizar minería sobre el ambiente periglacial. La Ley de Glaciares actualmente vigente reconoce que glaciares y periglaciares conforman un sistema único, indispensable para la regulación del agua. Desproteger el periglacial implica, en los hechos, permitir la destrucción del glaciar. El ambiente periglaciar no solo contienen glaciares que no vemos a simple vista (glaciares de roca), sino suelos congelados o permafrost, que son reguladores hídricos, y cuya importancia es crucial en tiempos de cambio climático y estrés hídrico. Intervenir en las áreas periglaciares donde existe agua congelada, ya sea en superficie o en profundidad, significaría perder hielo que no se recuperará nunca más y alterar procesos que sostienen el caudal de las cuencas. Por eso la actual ley prohíbe actividades allí: porque el daño sería irreversible. Fuera de estas zonas, la Ley 26.639 no es el instrumento que regula qué actividades pueden hacerse o cómo deben hacerse.

Doce provincias argentinas tienen glaciares en su territorio: Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, La Rioja, San Juan, Mendoza, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego. Según el Inventario Nacional de Glaciares publicado en 2018 por el IANIGLIA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales), los 5.769 km² de glaciares andinos inventariados (es decir, excluyendo las Georgias y Sandwich) representan el 0,21% del total del territorio argentino en el continente americano. A eso cabe sumar la gran superficie del ambiente periglacial correspondiente a la definición de la Ley, y que incluye no solo glaciares de escombros, sino también el permafrost (suelos congelados). Pero la ambición de las grandes mineras no permite ningún tipo de límites para su voraz accionar, que pretende llevarse hasta los minerales debajo de estas geoformas, sin importar las consecuencias devastadoras e irreversibles para la población y los ecosistemas.

Los glaciares, en peligro

Tal como está formulada, la ley de protección de los glaciares sancionada en 2010 apunta a proteger las cuencas hídricas, las cuales presentan una unidad ecológica y funcional, de carácter interprovincial, y por ende no pertenecen a una sola jurisdicción provincial. Por eso invocar al “federalismo” es un error que puede costarnos muy caro. Las aguas nacen en una provincia, cruzan su territorio y continúan su curso a través de uno o más provincias, regando campos y ciudades, abasteciendo así a diferentes poblaciones. Al tratarse de cuencas interprovinciales, compete también al Estado Nacional el ser garante de la unidad de cuenca, dado que cualquier actuación o determinación legal en la gestión de las aguas afecta a todos los territorios de las distintas provincias por las que estas discurren. El objetivo es así lograr el mejor instrumento para un uso eficiente y sostenible de un recurso escaso y vulnerable, garantizando la solidaridad entre las diferentes provincias, en función de un concepto de territorio nacional. Esto quiere decir que las provincias no pueden disponer de modo exclusivo y discrecional de los recursos hídricos interjurisdiccionales, ya que las cuencas hídricas no admiten potestades provinciales exclusivas y, por ende, compete a toda la nación y al pueblo argentino.

Glaciares

En 2025, el año internacional de la conservación de los glaciares, el gobierno nacional pretende modificar la Ley Nacional de Glaciares, habilitando a las provincias para realizar modificaciones al gusto de cada una, siguiendo las directivas del lobby minero. Se busca subvertir así el marco legal imperante, apelando a un falso federalismo, para ampliar la zona de explotación minera. Modificar la Ley de Glaciares en este sentido es ambientalmente riesgoso y jurídicamente ilegal. El proyecto viola el principio de no regresión ambiental, reconocido por la Constitución Nacional y por el Acuerdo de Escazú (Ley 27.566), que prohíbe disminuir los niveles de protección ya alcanzados. En lugar de fortalecer la protección del agua frente a la crisis climática, el gobierno busca debilitar la única norma que pone un límite claro al avance de la megaminería en las cabeceras de los ríos.

Una vez destruido un glaciar, no hay ninguna posibilidad de recomponerlo. Su destrucción es para siempre. Por ello es que necesitamos más que nunca apelar a un principio básico, que va más allá del voto y de la identidad política: proteger los glaciares y el ambiente periglacial es proteger el agua, las cuencas y el futuro de toda la nación; en definitiva, es proteger la vida. Llamamos a la ciudadanía, a las organizaciones sociales, a las comunidades, al periodismo y a los representantes legislativos a defender la Ley de Glaciares, tal cual está, sin modificaciones, y a impedir cualquier retroceso en la protección de las reservas estratégicas de agua de la Argentina.

Modificación de la Ley de Glaciares: por qué el proyecto del gobierno pone en riesgo el agua del país

El Poder Ejecutivo Nacional impulsa un proyecto de modificación de la Ley de Glaciares (Ley 26.639) que ya ingresó al Congreso como P.E. 161/25. Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (AAdeAA–CAJE) publicamos un informe técnico-jurídico que analiza en detalle esta iniciativa y advierte sobre sus consecuencias: la reforma es regresiva, inconstitucional y habilita la destrucción legal de glaciares y ambiente periglacial, las principales reservas estratégicas de agua dulce de la Argentina .

Lo que está en juego no es un debate técnico menor. Es una definición política de fondo: si el país mantiene un piso común de protección del agua o si avanza hacia su desprotección sistemática que pone en riesgo la seguridad hídrica en más de la mitad del país.

👉 Accedé al informe completo: “Análisis crítico del Proyecto de Reforma a la Ley de Glaciares (P.E. 161/25)”.

La Ley 26.639, sancionada en 2010 tras una fuerte movilización social, estableció un estándar federal claro para proteger glaciares y ambientes periglaciales.

Sus pilares son conocidos y efectivos:

  • Protección automática de todos los glaciares y periglaciares, sin excepciones.
  • Un Inventario Nacional de Glaciares a cargo del IANIGLA, como organismo científico nacional.
  • Prohibiciones expresas a la megaminería, los hidrocarburos y grandes obras sobre estos ecosistemas.
  • Evaluaciones de impacto solo para actividades no prohibidas, evitando que la EIA funcione como una licencia para destruir.

Este régimen protege el origen del agua que sostiene cuencas, comunidades y economías regionales. No bloquea el desarrollo: lo ordena.

Qué cambia el proyecto de modificación de la Ley de Glaciares

El informe de AAdeAA–CAJE muestra que el proyecto P.E. 161/25 vacía de contenido la ley vigente y transforma el “piso” de protección en un “sótano” regulatorio.

1. De la protección automática a la desprotección condicionada

La reforma establece que solo estarán protegidos los glaciares que una autoridad provincial considere “relevantes” por su función hídrica. Lo demás queda sin resguardo. En la práctica, todos los glaciares pueden ser destruidos si una provincia así lo decide.

2. Ataque al ambiente periglacial

El proyecto elimina la prohibición de minería e hidrocarburos en el ambiente periglacial. Esto rompe la lógica científica básica: sin periglacial no hay glaciar. Es como decir que se protege el hielo mientras se apaga el freezer.

3. Principio precautorio invertido

La reforma dice incorporar el principio precautorio, pero lo usa al revés: la protección deja de ser la regla y pasa a ser la excepción, condicionada a informes funcionales al extractivismo.

4. Vaciamiento del Inventario Nacional de Glaciares

Aunque mantiene formalmente al IANIGLA, el proyecto traslada el poder real a las provincias, que pueden excluir glaciares del Inventario y habilitar su destrucción incluso contra el criterio científico nacional.

5. De la prohibición a la autorización administrativa

Las prohibiciones absolutas se reemplazan por Evaluaciones de Impacto Ambiental provinciales, elaboradas por las propias empresas. La experiencia muestra que estas instancias rara vez frenan proyectos y no evitan daños irreversibles.

Una reforma inconstitucional y regresiva

La modificación de la Ley de Glaciares viola el artículo 41 de la Constitución Nacional, que obliga al Estado nacional a fijar presupuestos mínimos ambientales que las provincias no pueden rebajar. También infringe el principio de no regresión ambiental, reconocido por el Acuerdo de Escazú y por la Corte Suprema.

Además, fragmenta la gestión de cuencas interprovinciales y abre la puerta a conflictos hidrosociales, como ya ocurrió en el pasado con ríos compartidos.

Desde AAdeAA–CAJE sostenemos con claridad: la Ley de Glaciares no se toca. No aceptamos cambiar prevención por daño consumado, ni subordinar la ciencia pública a los intereses del negocio extractivo.

En un contexto de crisis climática, escasez de agua y profundización de desigualdades, modificar la Ley de Glaciares es poner en riesgo el futuro de nuestras comunidades.