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Ley de Glaciares: comunidad jurídica alerta sobre la inconstitucionalidad del proyecto de reforma

Más de 85 constitucionalistas y académicos enviaron una carta al Congreso de la Nación en la que advierten que el proyecto de reforma de la Ley de Glaciares —que será tratado en los próximos días durante las sesiones extraordinarias convocadas por el Poder Ejecutivo— es inconstitucional y pone en jaque el derecho constitucional ambiental.

Entre las personalidades del ámbito jurídico que acompañan el pronunciamiento se encuentran Daniel Sabsay, Roberto Gargarella, Leila Devia, Andrés Gil Dominguez, Florencia Saulino, Lilian del Castillo, Marcelo López Alfonsín, Marisa Herrera, Aldo Rodríguez Salas, Mariela Puga, Guillermo Scheibler, Fabiana Schafrik, Aníbal Falbo y Valeria Berros, entre otros, quienes alertan sobre el carácter regresivo de este proyecto de reforma, ya que reduce protecciones ya previstas por ley vigente, y viola el sistema de Presupuestos Mínimos garantizado en el artículo 41 de la Constitución Nacional.

En este artículo, la Constitución le atribuye al Congreso Nacional la facultad de dictar normas de presupuestos mínimos de protección ambiental. Por su parte, las provincias pueden complementar las normas emanadas, pero en ningún caso pueden perforar el piso de protección ni disminuirla. La competencia complementaria de las provincias es maximizadora y debe ejercerse en el sentido de aumentar el potencial del sistema de protección, de acuerdo a las características de los ecosistemas e institucionalidades de cada jurisdicción.

Por el contrario, la iniciativa impulsada por el Ejecutivo permite que cada provincia verifique y decida qué glaciares, y ambientes periglaciales, proteger o no según sus propios criterios. Esto pone en riesgo las fuentes de agua propias dentro del territorio provincial, como el agua de las provincias que estén cuenca abajo. “La reforma no constituye una mera modificación, sino que subvierte por completo el sistema vigente. Su redacción desmantela la esencia de las Leyes de Presupuestos Mínimos: el objeto de ese tipo de normas es establecer un piso de regulación y que el techo lo pongan las provincias”, explicaron en la carta.

Un punto crítico es que la reforma vacía de contenido al Inventario Nacional de Glaciares, un instrumento técnico-científico de información pública que identifica y caracteriza los glaciares  del país. Al subordinar ese conocimiento científico a decisiones provinciales, el proyecto anula la operatividad del presupuesto mínimo de protección y rompe con el enfoque ecosistémico que reconoce que los glaciares y las cuencas hídricas exceden los límites jurisdiccionales.

“La eliminación de la protección de un glaciar en una jurisdicción puede afectar directamente el acceso al agua y los derechos ambientales de otras provincias”, advierte el documento, que también recuerda que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha ratificado el carácter operativo —y no meramente declarativo— de los presupuestos mínimos ambientales. “Sin un criterio de protección nacional, cada provincia podría establecer principios distintos, generando desigualdad en la protección del agua y potenciales conflictos entre jurisdicciones por la gestión de cuencas”, agregaron.

Agregaron además que, de aprobarse, esta reforma sentaría un precedente peligroso para todo el sistema de leyes ambientales vigentes y futuras, abriendo la puerta a retrocesos similares en otras normas clave, cuyos impactos alcanzan a la ciudadanía de forma directa, como también a actividades productivas clave.

Ley de Glaciares: ¿qué establece?

La Ley de Glaciares vigente, pionera en la región y en el mundo, fue sancionada hace 15 años y define los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial como reservas estratégicas de agua, crea el Inventario Nacional de Glaciares (ING) y prohíbe actividades que puedan afectar su condición natural, particularmente aquellas vinculadas a la minería y a la industria de hidrocarburos.

Argentina posee uno de los patrimonios glaciares más extensos del mundo: casi 17.000 cuerpos de hielo distribuidos a lo largo de más de 5.000 km, desde Jujuy hasta Tierra del Fuego, la Antártida y las Islas del Atlántico Sur. Sin embargo, estas reservas hídricas son altamente vulnerables, motivo por el cual se sancionó la Ley de Glaciares.

En la última década, la superficie de los glaciares argentinos se redujo aproximadamente un 17%. Esta tendencia se inscribe en un proceso global de acelerada pérdida de hielo: según un estudio de la revista Nature, publicado en 2025, entre 2000 y 2023 los glaciares del mundo perdieron en promedio 273.000 millones de toneladas de hielo por año, como consecuencia del cambio climático asociado a la quema de combustibles fósiles.

En este marco, organizaciones como FARN, Greenpeace, Aves Argentinas, la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas-Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (AAdeAA–CAJE) y Jóvenes por el Clima han exigido y alertado en distintas oportunidades que no se avance con ningún cambio que debilite la ley vigente, y advirtieron que “debilitarla no generará desarrollo sostenible, sino mayor vulnerabilidad climática, pérdida de agua, impactos sociales y costos económicos crecientes”.

La reforma Barrick Gold: destruir la Ley de Glaciares

  • Lejos de una discusión técnica, el intento de reformar la Ley de Glaciares es una decisión política hecha a medida del lobby minero: busca habilitar proyectos hoy prohibidos, debilitar la protección del agua y consolidar un modelo extractivo regresivo, inconstitucional y ambientalmente irreversible.
por Enrique Viale y Lucas Micheloud para elDiarioAr

La reforma a la Ley de Protección de Glaciares que impulsa el Poder Ejecutivo Nacional no puede interpretarse como un debate técnico ni como una discusión jurídica. Tampoco responde a una supuesta necesidad de “modernización” normativa frente a la crisis económica que atraviesa nuestro país. Lo que se intenta presentar como un modificación legal es, en realidad, una definición política de gran impacto, que vuelve a colocar en el centro del conflicto el extractivismo como modelo de maldesarrollo y la disputa por los bienes comunes.

Ley de Protección de Glaciares que impulsa el Poder Ejecutivo Nacional vuelve a colocar en el centro del conflicto el extractivismo como modelo de maldesarrollo

No tenemos dudas de que estamos frente a la “reforma Barrick Gold”. Una modificación elaborada a la medida de las grandes corporaciones mineras transnacionales que, desde hace más de una década, presionan de manera sistemática para flexibilizar o vaciar la protección de glaciares y ambientes periglaciares. Hoy, esa vieja aspiración corporativa encuentra una nueva oportunidad política bajo el actual gobierno libertario, el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) y una ofensiva geopolítica más amplia orientada a desmantelar los presupuestos mínimos de protección ambiental. 

La Ley de Glaciares (26.639) no constituye obstáculo alguno para la actividad minera en nuestro país como repiten desde la mesa minera y los discursos oficiales. Se trata de un sector hiperliberalizado que goza de privilegios extraordinarios, regalías irrisorias escandalosas y ganancias definidas por simples declaraciones juradas que hacen las propias corporaciones mineras. En cambio, la ley de glaciares contiene un límite básico -democrático y constitucional- al avance del extractivismo (minero e hidrocarburífero), sobre ecosistemas frágiles y estratégicos, estableciendo zonas de exclusión frente a actividades de alto impacto ambiental. 

Entonces lo que hoy se encuentra en disputa no es solo una ley ambiental, sino el sentido mismo de la política pública frente a la crisis ecosocial. Se trata de decidir si la Argentina continuará contando con una legislación que resguarda de manera efectiva sus glaciares y ambientes periglaciares —una de las principales reservas de agua dulce del país— o si avanzará hacia su desprotección sistemática, legitimada con recicladas promesas desarrollistas con la única intención de habilitar la expansión minera en territorios que hasta ahora permanecen protegidos legalmente.

En ese marco, la reforma de la Ley de Glaciares no aparece como un hecho aislado, sino como una pieza central de una reconfiguración regresiva del estado de derecho ambiental, donde se vuelve a usar la crisis económica como oportunidad para profundizar el saqueo, debilitar los derechos colectivos y consolidar un modelo extractivo cada vez más excluyente, dependiente y territorialmente desigual.

La reforma tiene nombres y apellidos

 Para entender mejor el objetivo de la reforma que impulsa el lobby minero, es necesario aclarar que lo que buscan son los minerales que se encuentran debajo de los glaciares, y que la actual Ley los protege y prohíbe su destrucción. No es que quieren los glaciares para llevárselos “en cubitos” o “en helicóptero”, como intencionalmente confunden los trolls libertarios en redes, para intentar ridiculizar nuestro reclamo. Como lo venimos denunciando, esta avanzada tiene actores concretos, intereses muy definidos y territorios claramente identificables. La reforma tiene nombres y apellidos. En San Juan, los proyectos que presionan para modificar la Ley de Glaciares son emblemas del modelo extractivo a gran escala: Veladero, operado por Barrick Gold en sociedad con la estatal china Shandong Gold; el Proyecto Vicuña, de Lundin Mining y BHP; El Pachón, de Glencore; y Los Azules, de Río Tinto. Todos estos emprendimientos, manejados por las corporaciones mineras más grandes y poderosas del planeta, de llevarse a cabo bajo el régimen legal vigente, violarían la Ley 26.639. En Mendoza, el gobernador (filo libertario) Alfredo Cornejo aprobó recientemente ocho proyectos de exploración en zonas glaciares y periglaciares, anticipando el tipo de decisiones que se multiplicarán si la reforma prospera.

Crisis Climática

Esta ofensiva minera se produce, además, en un contexto global y nacional alarmante. Una crisis climática y ecológica que nos coloca ante un punto de inflexión histórico, posiblemente de no retorno. Los glaciares son las reservas estratégicas de agua dulce, reguladores del clima, sostienen numerosas cuencas hidrográficas, garantes de la vida de miles de comunidades y piezas clave en el equilibrio de los ecosistemas de montaña. Su función no se limita a alimentar ríos de deshielo sino que cumplen un rol central en la regulación climática, la biodiversidad, la estabilidad de los suelos y la seguridad hídrica de muchos territorios.

Hace apenas unos días, Naciones Unidas alertó sobre la “bancarrota hídrica” global, destacando el papel fundamental que cumplen los glaciares frente al calentamiento global. En un mundo cada vez más caliente, más seco y más desigual, los glaciares actúan como reservas naturales de agua, amortiguan sequías, regulan caudales y sostienen economías regionales enteras y en Argentina abastecen del vital recurso a gran parte de nuestro territorio. Avanzar sobre ellos es avanzar contra la ciencia, contra los consensos climáticos internacionales y contra el principio precautorio que debería guiar toda política pública en contextos de incertidumbre y riesgo irreversible.

No es casual que esta reforma se inscriba en una agenda más amplia de negacionismo climático, promovida por el gobierno libertario en nuestro país y por las extremas derechas a nivel global. Se trata de una visión que reduce la naturaleza a una mera mercancía, desprecia el conocimiento científico y concibe los bienes comunes como obstáculos al mercado. En esa lógica se inscribe esta reforma minera, que concibe a los glaciares y ambientes periglaciares no como reservas estratégicas de agua ni reguladores del clima, sino como “problemas legales” que deben ser removidos para facilitar negocios de cortísimo plazo para un puñado de corporaciones trasnacionales y de larguísimos e irreversibles daños ambientales y sociales para las mayorías. 

Inseguridad Jurídica y Judicialización

Desde el punto de vista jurídico, el proyecto de reforma P.E. 161/25 resulta abiertamente regresivo e inconstitucional. El artículo 41 de la Constitución Nacional establece con claridad que corresponde a la Nación dictar normas que contengan los presupuestos mínimos de protección ambiental, que funcionan como un piso común, obligatorio e inderogable por parte de las provincias que, pueden complementarlo y ampliarlo, pero nunca reducirlo. Esta arquitectura constitucional fue diseñada precisamente para poner límites al poder político frente a presiones económicas como las que estamos viendo, recordando que la Constitución no existe para acompañar los ciclos del poder, sino para contenerlos. La reforma propone exactamente lo contrario.

Paradójicamente, quienes impulsan esta reforma prometen “seguridad jurídica” y “más inversiones”. Más allá que la seguridad jurídica no es solo para las corporaciones, los ciudadanos también tenemos derecho a que se mantengan las normas que protegen nuestro bienes esenciales, como el agua. También desde el punto de vista empresarial, una norma regresiva e inconstitucional está destinada a ser judicializada, suspendida y declarada inválida. Además que, como está redactada la reforma, la protección de un glaciar dependerá de la voluntad política del gobernador, lo que podrá cambiar con cada elección. El resultado será exactamente el contrario al que busca el sector minero: mayor inseguridad jurídica, paralización de proyectos, conflictos territoriales y responsabilidades políticas y judiciales para quienes impulsan este retroceso. No hay inversión posible sobre la base de la destrucción de las reservas de agua y el incumplimiento de nuestra Constitución Nacional.

Es hora de interpelar a los Senadores

Esta reforma no es inevitable, tiene responsables. Por eso cada senador y senadora deberá decidir en los próximos días de qué lado está: del lado de Barrick Gold y las corporaciones mineras, o del lado de las comunidades, la Constitución y la defensa del agua y la vida. Su decisión quedará escrita para siempre en la historia.

Junto a organizaciones socioambientales, asambleas territoriales y espacios jurídicos de todo el país estamos impulsando una consigna clara y urgente: #LaLeydeGlaciaresNoSeToca. En las Sesiones Extraordinarias de febrero, el gobierno libertario, algunos gobernadores (y sus Senadores) y las grandes corporaciones mineras intentarán desarmar una de las leyes ambientales más importantes de Argentina. No podemos permitirlo. La decisión, ahora, está en manos de Senado, pero también en nuestras manos, es tiempo de escribir a cada legislador/a, de movilizarse en cada uno de los territorios y de exigirles una respuesta clara:

¿Va a votar con las megamineras o con las comunidades que defienden el agua?

Reforma “Barrick Gold” de la Ley de Glaciares: pediles reunión a tus senadores

En febrero el oficialismo y el lobby minero buscan vaciar la Ley de Glaciares para habilitar megaminería sobre glaciares y áreas periglaciares: reservas estratégicas de agua en cada provincia.

Esta entrega de nuestras aguas no puede ser gratis para los funcionarios públicos que votamos para representar a los intereses del pueblo.

Pediles reunión a los tres senadores/as de tu provincia. No importa si la dan o no: el pedido queda registrado, lo podés compartir en redes sociales y que el pueblo sepa que perderán votos.

¿Vas a votar con la megaminería o vas a defender el agua de nuestras familias?
Que digan de qué lado están: agua y comunidades o mineras transnacionales.

📩 Mensaje cordial para solicitar reunión (copiar y pegar)
Sugerencia: enviá un mail separado a cada senador/a de tu provincia.
Fuentes: contactos institucionales + redes públicas si figuran en el listado. Usá un tono cordial y respetuoso.

📚 Materiales para profundizar

Análisis crítico del proyecto de modificación de la Ley de Glaciares (P.E. 161/25)
¿Por qué hablamos de “vaciamiento”? Realizamos un informe técnico-jurídico que analiza cómo la reforma vacía de contenido la protección de glaciares y ambientes periglaciares, pone en riesgo reservas estratégicas de agua y altera principios constitucionales.

Alerta de organizaciones sobre riesgos de modificar la Ley de Glaciares
Junto a otras organizaciones explicamos en este comunicado por qué el tratamiento de la reforma implica un retroceso en la protección y debe ser rechazado. 👉

Contexto de la protección de glaciares y el agua
Acá explicamos cómo proteger los glaciares y el ambiente periglacial es, en esencia, proteger las cuencas, el agua y la vida en las regiones de montaña.

Posicionamientos institucionales recientes
Entrada con el consenso y rechazo explícito ante el proyecto en el Senado, subrayando la importancia de mantener los presupuestos mínimos de protección de la Ley de Glaciares.
👉

https://aadeaa.org/ley-de-glaciares-2/

En diciembre pasado contamos cómo fue la Audiencia Pública en el Senado y estuvimos ahí para explicar a Senadores/as lo que está sucediendo de fondo. 👉


Organizaciones ambientales advierten sobre los riesgos de modificar Ley de Glaciares

Se tratará en febrero durante las sesiones extraordinarias

Buenos Aires, 20 de enero de 2025- Greenpeace, Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Aves Argentinas, la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas-Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (AAdeAA–CAJE) y Jóvenes por el Clima alertan que durante febrero, en el marco de las sesiones extraordinarias del Congreso, se avanzará con el tratamiento de la modificación a la Ley de Glaciares. Desde las organizaciones advierten que esta iniciativa, que ya obtuvo un dictamen exprés en el Senado de la Nación, representa un grave retroceso en la protección de los glaciares y del ambiente periglacial, y exigen que no se avance con ningún cambio que debilite la ley vigente.

“Modificar la Ley de Glaciares en plena crisis climática e hídrica implica reducir la protección de reservas de agua dulce estratégicas para los argentinos y poner en riesgo la seguridad hídrica de más de 7 millones de personas. Los glaciares y el ambiente periglacial no son ‘hielo sin valor’: regulan los caudales de los ríos, sostienen las cuencas en contextos de sequía y cumplen un rol clave frente al aumento de las temperaturas”, dijo Matías Arrigazzi, del equipo de Greenpeace.

Argentina cuenta con casi 17.000 glaciares inventariados en 12 provincias, que alimentan 36 cuencas hídricas a lo largo de más de un millón de kilómetros cuadrados. Los glaciares y el ambiente periglacial representan reservas hídricas estratégicas para el presente y el futuro de la población.

“Los ambientes periglaciarios no son territorios vacíos: albergan una gran diversidad de formas de vida que cumplen funciones ecológicas clave y sostienen equilibrios ambientales delicados. Muchas de estas especies y procesos naturales trascienden las fronteras políticas de las provincias, la naturaleza no reconoce límites administrativos. Hoy, estos ambientes y la biodiversidad que resguardan están seriamente amenazados, y su protección requiere una mirada integral, federal y basada en la ciencia”, destacó Hernán Casañas, Director Ejecutivo de Aves Argentinas.

Las organizaciones advierten además que el proyecto de modificación es inconstitucional. Vulnera el artículo 41 de la Constitución Nacional, el principio precautorio y de prevención establecidos en la Ley General del Ambiente y el principio de no regresión ambiental reconocido en el Acuerdo de Escazú. La iniciativa traslada a las provincias la definición de qué glaciares y qué porciones del ambiente periglacial deben protegerse, rompiendo el carácter nacional y uniforme de los presupuestos mínimos ambientales y habilitando criterios desiguales para sistemas hídricos que no reconocen límites políticos.

“La reforma propuesta es altamente regresiva e inconstitucional, y terminará por erosionar las bases mismas de la seguridad jurídica que pretende promover. La Ley de Glaciares no necesita ser reformada; necesita, simplemente, ser cumplida”, sostuvo Andrés Nápoli, Director Ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN).

“Aprobar esta modificación implica desproteger nuestras reservas estratégicas de agua dulce, reemplazando criterios técnicos y científicos por presiones políticas y económicas coyunturales, con consecuencias irreversibles para millones de argentinos durante décadas”, señaló Mercedes Pombo, cofundadora de Jóvenes por el Clima

Asimismo, dejar a evaluación administrativa provincial el “valor hídrico relevante” de glaciares y ambiente periglacial es científicamente incorrecto. Estas áreas almacenan grandes volúmenes de hielo en profundidad y cumplen un rol esencial en la regulación hídrica. Su destrucción implica la pérdida irreversible de agua que no puede recuperarse y abre la puerta a repetir episodios de contaminación ya conocidos, como los derrames registrados en proyectos mineros en zonas cordilleranas.

“Lo que está en juego es el agua. Se plantea sacrificar a los glaciares de miles de años, que dan agua para la vida, el trabajo y la agricultura para proyectos de grandes mineras transnacionales. Pero estos ríos nutren gran parte de nuestro país”, sostuvo Enrique Viale, Presidente y Fundador de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas.

La Ley de Glaciares es una norma pionera a nivel mundial: declara a los glaciares y al ambiente periglacial como bienes públicos y reservas estratégicas de agua, fue ratificada como constitucional por la Corte Suprema y demostró ser efectiva al proteger estas áreas frente al avance de más de 40 proyectos extractivos. Debilitarla no generará desarrollo sostenible, sino mayor vulnerabilidad climática, pérdida de agua, impactos sociales y costos económicos crecientes.

Ley de Glaciares Senado

Fuerte rechazo en el Senado al intento de vaciar la Ley de Glaciares: “Va a crear una enorme inseguridad jurídica”


Especialistas, organizaciones socioambientales, científicas y de la sociedad civil advirtieron que el proyecto del Gobierno pone en peligro las aguas, es inconstitucional y sólo es funcional a la megaminería.

Este martes, en el Plenario de Comisiones del Senado, se debatió el proyecto del Poder Ejecutivo que busca modificar la Ley N.º 26.639, conocida como Ley de Glaciares. La jornada estuvo marcada por fuertes cuestionamientos de referentes jurídicos, científicos y organizaciones ambientales, que coincidieron en una advertencia central: la iniciativa no es una actualización técnica, sino un intento de desmantelar los presupuestos mínimos de protección del agua en la Argentina.

Durante la reunión expusieron Enrique Viale, presidente de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas; Andrés Napoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN); Agostina Rossi, de Greenpeace; Pablo Villagra, director del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), Hernán Casañas, director ejecutivo de Aves Argentinas, Eugenia Testa, del Círculo de Políticas Ambientales, Manuel Jaramillo de Fundación Vida Silvestre Argentina, Gabriela González Trilla, investigadora de CONICET,

“Esto destruye la arquitectura de los presupuestos mínimos”

En su intervención, Enrique Viale lo definió sin rodeos: “Es la reforma Barrick Gold”.

Señaló que el proyecto avanza sobre un núcleo duro del derecho ambiental argentino:

“Las leyes de presupuestos mínimos son una arquitectura que este proyecto tira por la borda. La destruye. Y esto no es menor, porque tenemos otras leyes de presupuestos mínimos. ¿Qué va a pasar después? ¿Vienen por los bosques? ¿Vienen por los ríos? ¿Por la Ley General del Ambiente?”

Viale remarcó que no se puede desarmar por ley lo que está consagrado en la Constitución Nacional, y calificó la iniciativa como “flagrantemente inconstitucional” por violar el artículo 41, que obliga al Estado nacional a fijar pisos comunes de protección ambiental.

En ese sentido, advirtió sobre el impacto territorial concreto de la reforma:

“En Mendoza el 4% de la provincia es irrigable, el resto es desierto. ¿Cómo no van a tener relevancia hídrica los glaciares?”

También denunció el desplazamiento deliberado de la ciencia del proceso de toma de decisiones:

“Dejar la ciencia afuera no me parece casual. Desdeñar la ciencia… al IANIGLA lo destrozan, lo dejan casi sin funciones. Un subsecretario de minería de una provincia le va a escribir al IANIGLA diciendo ‘al glaciar tal, sacalo’, y va a estar amparado por la ley.”

Y cerró con una definición política que sintetizó el sentido del proyecto:

“Esta reforma tiene nombre y apellido: es la reforma Barrick Gold. Estas grandes mineras transnacionales tienen prontuario, no tienen pasado.”

Viale también cuestionó el procedimiento acelerado y sin debate social, en contraste con el proceso participativo que dio origen a la ley en 2010:

“La sociedad argentina tiene al agua como un piso mínimo. El problema es que este procedimiento se está haciendo a puertas cerradas, porque si no… El proceso participativo del 2010 fue enorme. No como esto que se está haciendo ahora, un tratamiento exprés para votarla un día después de Navidad.”

Intervención Completa de Enrique Viale (AAdeAA-CAJE)

Napoli (FARN): “Este proyecto va a estar 40 años en tribunales”

Por su parte, Andrés Napoli subrayó que el proyecto reduce el alcance de la protección y abre una etapa de alta conflictividad judicial:

“Los glaciares tienen muchas otras funciones ecosistémicas más allá de proveer agua: funciones climáticas, de biodiversidad.”

Napoli calificó la reforma como regresiva, al achicar áreas protegidas y avanzar sobre estándares ya consolidados:

“Si tenemos que reformar la Ley de Glaciares, hay que dar seguridad jurídica. Este proyecto hace exactamente lo contrario. Va a estar en tribunales 40 años.”

También puso el foco en los actores ausentes del debate:

“¿Dónde están los vecinos afectados, las comunidades, las personas en situación de vulnerabilidad que viven en las zonas críticas de la explotación de glaciares?”

En relación con el Inventario Nacional de Glaciares, Napoli advirtió que el proyecto lo desarma en los hechos:

“Se va a desbaratar el inventario, porque ahora cada provincia puede decirle al IANIGLA qué poner y qué sacar. Van a suceder cosas cada vez más graves que se van a judicializar.”

Además, recordó que los presupuestos mínimos implican una tutela común y uniforme, y que si existen problemas en definiciones técnicas, deberían abordarse de manera puntual y no mediante un vaciamiento general de la norma.

Greenpeace: datos científicos que el proyecto ignora

Desde Greenpeace, Agostina Rossi aportó datos clave que refuerzan la gravedad del retroceso propuesto:

“El 20% de la infiltración que llega a las napas depende del ambiente periglacial. En años de sequía puede llegar al 50%.”

Rossi advirtió que el proyecto va en contra del consenso científico internacional, no solo argentino, y recordó que el contexto actual es mucho más crítico que en 2010:

“La Ley se pensó en un contexto de crisis climática que no se esperaba que tuviera las consecuencias que tiene hoy. Los glaciares son aliados en esta lucha.”

En ese marco, fue clara:

“Las modificaciones propuestas cambian completamente el espíritu de la norma.”

Aves Argentinas: estándares ambientales y desarrollo no son opuestos

Hernán Casañas, director ejecutivo de Aves Argentinas, cuestionó el argumento económico del proyecto:

“Las empresas que queremos son las que cumplen estándares y apuestan a largo plazo. No buscan libertad absoluta, buscan certidumbres.”

Y agregó:

“Los flujos de inversión más importantes van a los países con los estándares ambientales más altos. El argumento económico está planteado al revés.”

Casañas utilizó una imagen contundente para graficar el absurdo de la reforma:

“A nadie se le ocurriría pasar una autopista por arriba del glaciar Perito Moreno simplemente porque no tenga una función hídrica directa. Debilitar estos estándares es romper el equilibrio.”

También recordó un punto clave del derecho ambiental:

“Es cierto que las provincias tienen dominio originario sobre los recursos naturales, pero el ambiente no reconoce fronteras políticas.”

IANIGLA: “No fuimos consultados”

Finalmente, Pablo Villagra, director del IANIGLA, aportó una mirada desde la ciencia pública:

“Las provincias con mayor superficie de glaciares son Santa Cruz, San Juan y Mendoza. Pero los glaciares son más importantes en los Andes desérticos.”

Villagra fue directo sobre la realidad mendocina:

“Yo estoy en Mendoza: todo el agua que consumimos viene de la nieve o de los glaciares.”

También cuestionó el esquema institucional propuesto por la reforma:

“Este esquema donde la autoridad local pasa a formar parte de la autoridad nacional es un debate oscuro. No estaba resuelto en la ley original y no se resuelve en esta. En lugar de dar seguridad jurídica, genera un limbo.”

Y cerró con una afirmación grave:

“Nosotros no fuimos consultados para la redacción de la nueva ley.”

Un consenso claro: la Ley de Glaciares no se toca

El plenario dejó en evidencia un consenso transversal entre especialistas y organizaciones: el proyecto debilita la protección del agua, desplaza a la ciencia, fragmenta la gestión de cuencas y expone al país a conflictos sociales y judiciales de largo plazo.

Desde AAdeAA–CAJE reafirmamos que defender la Ley de Glaciares es defender el agua, las cuencas y la vida. En un contexto de crisis climática, retroceder en los presupuestos mínimos no es una opción.

La Ley de Glaciares no se toca.

Primera mitad del PlenarioSegunda mitad del Plenario

Modificación de la Ley de Glaciares: por qué el proyecto del gobierno pone en riesgo el agua del país

El Poder Ejecutivo Nacional impulsa un proyecto de modificación de la Ley de Glaciares (Ley 26.639) que ya ingresó al Congreso como P.E. 161/25. Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (AAdeAA–CAJE) publicamos un informe técnico-jurídico que analiza en detalle esta iniciativa y advierte sobre sus consecuencias: la reforma es regresiva, inconstitucional y habilita la destrucción legal de glaciares y ambiente periglacial, las principales reservas estratégicas de agua dulce de la Argentina .

Lo que está en juego no es un debate técnico menor. Es una definición política de fondo: si el país mantiene un piso común de protección del agua o si avanza hacia su desprotección sistemática que pone en riesgo la seguridad hídrica en más de la mitad del país.

👉 Accedé al informe completo: “Análisis crítico del Proyecto de Reforma a la Ley de Glaciares (P.E. 161/25)”.

La Ley 26.639, sancionada en 2010 tras una fuerte movilización social, estableció un estándar federal claro para proteger glaciares y ambientes periglaciales.

Sus pilares son conocidos y efectivos:

  • Protección automática de todos los glaciares y periglaciares, sin excepciones.
  • Un Inventario Nacional de Glaciares a cargo del IANIGLA, como organismo científico nacional.
  • Prohibiciones expresas a la megaminería, los hidrocarburos y grandes obras sobre estos ecosistemas.
  • Evaluaciones de impacto solo para actividades no prohibidas, evitando que la EIA funcione como una licencia para destruir.

Este régimen protege el origen del agua que sostiene cuencas, comunidades y economías regionales. No bloquea el desarrollo: lo ordena.

Qué cambia el proyecto de modificación de la Ley de Glaciares

El informe de AAdeAA–CAJE muestra que el proyecto P.E. 161/25 vacía de contenido la ley vigente y transforma el “piso” de protección en un “sótano” regulatorio.

1. De la protección automática a la desprotección condicionada

La reforma establece que solo estarán protegidos los glaciares que una autoridad provincial considere “relevantes” por su función hídrica. Lo demás queda sin resguardo. En la práctica, todos los glaciares pueden ser destruidos si una provincia así lo decide.

2. Ataque al ambiente periglacial

El proyecto elimina la prohibición de minería e hidrocarburos en el ambiente periglacial. Esto rompe la lógica científica básica: sin periglacial no hay glaciar. Es como decir que se protege el hielo mientras se apaga el freezer.

3. Principio precautorio invertido

La reforma dice incorporar el principio precautorio, pero lo usa al revés: la protección deja de ser la regla y pasa a ser la excepción, condicionada a informes funcionales al extractivismo.

4. Vaciamiento del Inventario Nacional de Glaciares

Aunque mantiene formalmente al IANIGLA, el proyecto traslada el poder real a las provincias, que pueden excluir glaciares del Inventario y habilitar su destrucción incluso contra el criterio científico nacional.

5. De la prohibición a la autorización administrativa

Las prohibiciones absolutas se reemplazan por Evaluaciones de Impacto Ambiental provinciales, elaboradas por las propias empresas. La experiencia muestra que estas instancias rara vez frenan proyectos y no evitan daños irreversibles.

Una reforma inconstitucional y regresiva

La modificación de la Ley de Glaciares viola el artículo 41 de la Constitución Nacional, que obliga al Estado nacional a fijar presupuestos mínimos ambientales que las provincias no pueden rebajar. También infringe el principio de no regresión ambiental, reconocido por el Acuerdo de Escazú y por la Corte Suprema.

Además, fragmenta la gestión de cuencas interprovinciales y abre la puerta a conflictos hidrosociales, como ya ocurrió en el pasado con ríos compartidos.

Desde AAdeAA–CAJE sostenemos con claridad: la Ley de Glaciares no se toca. No aceptamos cambiar prevención por daño consumado, ni subordinar la ciencia pública a los intereses del negocio extractivo.

En un contexto de crisis climática, escasez de agua y profundización de desigualdades, modificar la Ley de Glaciares es poner en riesgo el futuro de nuestras comunidades.

Ley de Glaciares

Ley de Glaciares: alerta por el proyecto del gobierno que busca aprobarse en el Senado

El gobierno impulsa una reforma regresiva de la Ley de Glaciares durante las sesiones extraordinarias

El gobierno nacional avanzó con un proyecto para modificar la Ley N.º 26.639, conocida como Ley de Glaciares, que ya ingresó al Senado y busca ser aprobado en sesiones extraordinarias durante el verano. La iniciativa apunta a desmantelar el régimen de presupuestos mínimos que hoy protege glaciares y ambiente periglacial, es decir, las reservas estratégicas de agua más importantes de la Argentina.

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (AAdeAA–CAJE) advertimos que esta reforma representa un grave retroceso en la protección del agua, en un contexto de crisis climática, retroceso acelerado de glaciares y creciente estrés hídrico en todo el país.

Qué cambia el proyecto que modifica la Ley de Glaciares


Cuadro comparativo realizado AAdeAA-CAJE


El proyecto del gobierno introduce cambios estructurales que alteran por completo la letra y el espíritu de la ley vigente.

En primer lugar, todos los glaciares podrían ser destruidos. La reforma elimina la protección automática que hoy establece la ley y la reemplaza por un sistema discrecional: mediante una simple declaración de una autoridad provincial, un glaciar puede quedar fuera de la protección legal y ser habilitado para actividades extractivas.

En segundo lugar, el proyecto elimina la prohibición expresa de realizar minería sobre el ambiente periglacial. La Ley de Glaciares vigente reconoce que glaciares y periglaciares conforman un sistema único, indispensable para la regulación del agua. Desproteger el periglacial implica, en los hechos, permitir la destrucción del glaciar. Es como proteger el hielo pero apagar el freezer: el resultado es su desaparición.

Una falsa “federalización” de la protección del agua

La reforma propone que cada provincia decida qué glaciares y qué ríos pueden ser entregados a la megaminería y a la exploración hidrocarburífera. De este modo, se eliminan los presupuestos mínimos ambientales nacionales, que hoy garantizan un piso común de protección en todo el territorio argentino.

Esto no fortalece el federalismo : lo debilita. Los glaciares alimentan cuencas hídricas que atraviesan varias provincias. Permitir que una sola jurisdicción defina su destino afecta directamente a comunidades y territorios aguas abajo y abre la puerta a un dumping ambiental, donde las provincias compiten por ver quién flexibiliza más para atraer inversiones extractivas.

Un retroceso ambiental y jurídico inadmisible

Modificar la Ley de Glaciares en este sentido es ambientalmente riesgoso y jurídicamente ilegal. El proyecto viola el principio de no regresión ambiental, reconocido por la Constitución Nacional y por el Acuerdo de Escazú (Ley 27.566), que prohíbe disminuir los niveles de protección ya alcanzados.

En lugar de fortalecer la protección del agua frente a la crisis climática, el gobierno busca debilitar la única norma que pone un límite claro al avance de la megaminería en las cabeceras de los ríos.

Desde AAdeAA–CAJE reafirmamos un principio básico: proteger los glaciares y el ambiente periglacial es proteger el agua, las cuencas y el futuro de nuestras comunidades.

Llamamos a la ciudadanía, a las organizaciones sociales, a las comunidades, al periodismo y a los representantes legislativos a defender la Ley de Glaciares y a impedir cualquier retroceso en la protección de las reservas estratégicas de agua de la Argentina.

Porque sin glaciares no hay agua.
Y sin agua, no hay vida.

Masivo y contundente rechazo popular al intento de legitimar las obras sobre el Río Paraná para convertirlo en “hidrovía”

El día de hoy se realizó la audiencia pública convocada por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación para tratar el llamado “Informe de Gestión y Evaluación Ambiental” de la Vía Navegable Troncal del Paraná. Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas pedimos su impugnación y rechazamos el proyecto de dragado, profundización, ensanchamiento y cambio de trazas sobre el Río Paraná.

A pesar de los obstáculos deliberados para dificultar la participación —información técnica desordenada, formularios impresos, falta de difusión—, la respuesta es categórica: la participación de una enorme cantidad de expertos, referentes sociales, académicos, intelectuales y sindicales que rechazan este modelo de río. 

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas-Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial advertimos desde el primer día que esta audiencia era ilegítima:

  • No se presentó ningún Estudio de Impacto Ambiental válido.
  • Las obras de dragado ya están en curso
  • No existe línea de base ni evaluación de impactos acumulativos.
  • La información no fue clara, ni accesible, ni difundida en forma efectiva, violando el Acuerdo de Escazú.

Lo que se intentó fue convalidar por vía administrativa una licitación ya decidida. 

En la participación territorial y de la sociedad civil se destacan organizaciones socioambientales, comunidades isleñas, trabajadores del río, universidades, sindicatos, colectivos artísticos y ciudadanos autoconvocados. Lo que se expresó fue una oposición transversal, masiva y bien argumentada, que dejó en evidencia la profundidad del rechazo a este modelo extractivo y defiende con fuerza:al río: 

  • Como fuente de agua potable para millones.
  • Como corredor de biodiversidad y soporte de humedales.
  • Como territorio habitado por comunidades que resisten.
  • Como bien común que no puede seguir siendo gestionado a espaldas de la sociedad.

La audiencia, lejos de legitimar el proceso, demuestra la ilegitimidad de lo que se está intentando hacer con el Paraná. La voz colectiva desmontó el simulacro. Cada intervención señaló distintos aspectos en los cuales el Estado, y las empresas usuarias, violan la constitución y el deber de proteger los bienes naturales. Y cuando eso pasa, el pueblo se organiza y habla.

A esta altura, el Gobierno no puede alegar desconocimiento, ni ignorar la voluntad ciudadana. La oposición es contundente. 

El modelo de río que intentan imponer no tiene licencia social. Exigimos la anulación del proceso y la suspensión inmediata de la licitación proyectada.

río Paraguay

Urgente, detener derrocamientos en el río Paraguay

Como hemos advertido desde la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (1), se está ejecutando el derrocamiento (destrucción) de pasos rocosos (diques naturales de rocas por debajo del río) en el cauce principal del río Paraguay.(2)

El río Paraguay nace en Brasil, en el gran Pantanal, el humedal más grande del planeta (superficie de Francia) y aguas arriba del Sistema de humedales del río Paraná en sus tamos medio e inferior.

La cuenca del Plata, Holmes/Meitin, 2017.

La destrucción de estos diques naturales, aproximadamente trece, cambiará para siempre el régimien hidrológico natural del mismo, produciendo impactos irreversibles directos en el sistema de humedales del Paraguay con procesos acumulativos negativos en el gran panantal y aguas abajo, modificando radicalmente velocidades, turbulencias, procesos de sedimentación, ritmos de las inundaciones o profundización de las sequías, ni más ni menos, en un contexto climático antrópico casi desolador y donde cada día los ecosistemas y sus gentes, disponen de menos y menos agua.

Es decir, en la mayor crisis hídrica y ambiental de Sudamérica, se pretende seguir navegando con barcos cada vez de mayor dimensiones, hasta el corazón mismo del Pantanal hermano.

Durante la decada del neoliberalismo de fines del pasado Siglo, se intentó desarrollar este proyecto de demolición de los pasos rocosos usando explosivos. Organizaciones sociales y ecologistas de la Cuenca lograron detener este ecocidio. Una historia no menor, que no es ahora el objetivo de narrar en la presente nota.

De lo que se trata, es que resulta relevante que la Cancillería Argentina como de Brasil y Bolivia, convoquen al gobierno de Paraguay a una reunión urgente de Cancilleres en el marco del Acuerdo Marco Ambiental del MERCOSUR, con la finalidad de poder acceder a los estudios de impacto ambiental, si los mismos existen, saber de sus autores y de la necesaria evaluación previa por parte de los Estados miembros, en razón de las consecuencias ambientales y sociales que esta decisión puede causar en la cuenca del Paraguay-Paraná.

Se solicito hace casi dos meses a la Cancillería Argentina su urgente intervención. A la fecha no disponemos de una respuesta oficial. Paraguay no puede avanzar en semejante decisión sin un acuerdo serio y con el desarrollo de todos los procesos de estudios más que sinérgicos en un sistema de humedales que sobrevive en los territorios de cinco países.

Del análisis de los estudios técnicos ambientales realizados a mediados de los 90, podemos advertir y llamar la atención de que los consultores actuantes en los estudios oficiales “… parecen haber considerado el mejoramiento de la navegación como una cuestión que atañe, a si únicamente el dragado de bancos arenosos y el derrocamiento bajarían el nivel del agua en un solo canal, a la vez. Incluso la más amplia investigación realizada por TGCC parte de este punto de vista. Los análisis sobre otros efectos hidrológicos del proyecto, la hidráulica y la sedimentación, (Volúmen 5) son meras opiniones y no análisis rigurosos.”(3)

El Panel de Expertos oportunamente conformado, realizaron en sus informes un sinnúmero de preguntas que aún no tienen respuestas públicas. Así también expone que la reducción de la superficie inundada del terreno aluvional antes mencionado, serán relevantes y de impactos aumulativos diversos en los ecosistemas asociados.

La realidad geomorfológica e hidrológica del Pantanal, no está representada en el modelo utilizado y no es válido para el Pantanal (Dunne). Los pronósticos de que los cambios en el nivel del río Paraguay como consecuencias de las alteraciones del canal y los cambios en el uso de la tierra en la cuenca, serán pequeños, no son válidos. Debido a su dudosa precisión, estos pronósticos sobre el nivel del agua no se pueden usar para calcular de forma segura los cambios en el área inundada. Por lo demás las complejas interacciones temporales y espaciales entre el nivel del río Paraguay y el nivel de los grandes y pequeños afluentes, la contribución de la precipitación local y el escurrimiento se combinan y hacen que el uso de modelos sea casi prácticamente imposible sin la ayuda de una documentación acumulada, que no existe. Sobre la base de un análisis inadecuado sobre la variación de las áreas inundadas, la mayoría de las evaluaciones de impactos sobre los procesos ecológicos y las especies asociadas a los humedales, también son incorrectos.(4)

Se detallan seguidamente los dos tramos, en esta oportunidad, de mayor preocupación.

1) Tramo Confluencia-Asunción: compartido con Argentina. (Confluencia es el punto de encuentro del río Paraguay con el río Paraná, entre las provincias de Chaco y Corrientes, y la República de Paraguay).

2) Tramo Asunción-Desembocadura del Río Apa: es el tramo de soberanía totalmente paraguaya.  Aquí están las propuestas de modificación del canal más conflictivas de la primera fase de las obras previstas por el proyecto, donde se encuentran lmas de una decena de los pasos rocosos.

“Los umbrales rocosos funcionan como presas naturales; si se eliminan, se eliminarán  áreas extensas del Pantanal… El colapso de los umbrales como medio de profundización, el canal navegable causará un impacto irreversible en la hidrología del Alto Paraguay. Además, la  eliminación de un paso rocoso puede provocar la aparición de otro, previamente sumergido. Esta es una posibilidad real en Alto Paraguay, donde ha estado la ocurrencia de afloramientos rocosos cada 40 km en y donde las pendientes que predominan en el cauce son tan suaves (en Perfil de la Facultad de SDSU – Dr. Victor M. Ponce – Informe de la Vía Navegable –  https://ponce.sdsu.edu/hidroviareportportuguesechapter0.html)

La aceleración de la concentración de escorrentía causada por las mejoras en las condiciones de navegación intensificarán la mayoría de las inundaciones anuales, podría reducir el período de retorno de las sequías plurianuales, y podría posiblemente causar un cambio climático regional, en el sentido de intensificar la aridez. El Pantanal existe por sus características condiciones climáticas/geológicas/geomorfológicas para retener agua, sedimentos y nutrientes. El aumento de la magnitud de las inundaciones se traducirá en un aumento de las pérdidas de sedimentos y nutrientes (Victor M. Ponce. Relatorio Hidrovía, PDF)

Argentina, por su total falta de intervención en los procesos de estudios -si realmente existen, decimos estudios ambientales sinérgicos de este proyecto que ahora se está ejecutando por las autoridades Paraguayas- y su evaluación previa, esta renunciando a un ejercicio de su soberanía y violando el cumplimiento y aplicación de los principios básicos que dan razón de ser al federalismo de concertación en el marco de los acuerdos preexistentes a la Constitución Nacional y por lo tanto, no garantizando el cumplimiento de la legislación ambiental nacional, regional y convencional.

Brasil, en un contraste más que interesante, decidió no dragar las nacientes del río Paraguay y los tramos protegidos, ámpliamente mayoritarios, en la mal llamada hidrovía. (5)

Lo que está liderando Paraguay, es una atrocidad ecológica y social que se puede tipificar penalmente como un ecocidio que merece toda la crítica y juzgamiento institucional regional, como ético. Estamos frente a un silencio oficial, realmente destructor de ecosistemas y futuros para los seres humanos y no humanos por-venir.

Finalmente, desde la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas hemos realizado el 6 de Setiembre una solicitud de acceso a la información pública y requerimiento de urgente convocatoria a las autoridades ambientales y de las Cancillerías de los países involucrados, a los efectos de considerar los graves impactos ambietales y sociales que todo este escenario de derrocamientos determinaría. El silencio de la Cancillería Argentina, con plazos legales vencidos, es escandaloso.

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Autores.

Alcides Faría. Ecología en Acción. ECOA, Campo Grande, Brasil.

Jorge Daneri. Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas y Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial. CAJE.

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1 Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas y  Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial.

2 “Alerta por la irresponsable intervención en los ríos Paraguay y Paraná: un ecocidio inminente.”

3 Efectos ambientales e hidrológicos del proyecto de Hidrovía Paraguay Paraná. Resumen de los Estudios de Impacto. Por Thomás Dunne. Capítulo 5. Panel de Expertos Independientes. página

4 Efectos ecológicos de la Hidrovía Paraguay Paraná. Son adecuados los estudios de impacto sobre el Pantanal? Por John Melack. Página 119. Panel de Expertos.

5 https://ecoa.org.br/dragagem-no-rio-paraguai-e-descartada-pelo-ministerio-em-area-de-preocupacao-cientifica/

Dragado del Río Uruguay

Primaveras de Ríos libres

Por Jorge Oscar Daneri (*) para Era Verde

Un veinticinco de septiembre, de 1997, Entre Ríos declaró la libertad de sus ríos. La educación pública lo sigue celebrando cada renacimiento de las primaveras.

La constitución provincial renovada en 2008 lo consolida, para todos los tiempos, cuidando los principios de prevención como de progresividad desde el restablecimiento y sanación de los «corredores biológicos» de sus ríos y «ecosistemas asociados».

Fue y es una convocatoria política y social hacia el ejercicio de la equidad y la ética intergeneracional, que, en estos tiempos de enormes cambios globales, adquiere una desafiante provocación frente a la gestión de cuencas y la inexistente democracia participativa.

“Entre Ríos Sí, entre represas No”; «ríos libres para pueblos libres», cantaban marchando por las calles de Paraná, sus gentes celebrando aquella libertad.

En estos tiempos adquiere una dimensión simbólica y amorosa muy particular, ratificando el valor de un pueblo que supo desde la resistencia al represamiento del río más grande del país, volverse creativo y constructor social de una ley liberadora y protectora de las aguas y sus reinos de vida.

En el actual proceso electoral, en momentos de una enorme crisis civilizatoria, se convoca desde los estrados libertarios a la privatización de los ríos. Chile lo concretó durante una dictadura. Fue una calamidad. De alguna manera privatizó el ciclo del agua, único caso en el mundo. El reciente intento de reforma constitucional en el país hermano infelizmente no logró retrotraer semejante violación del derecho humano y no humano de acceso al agua saludable.

Ante la amenaza privatizadora del río, y por lo tanto de sus bienes comunes y naturales no humanos, manifestada en la presencia, belleza y milenaria diversidad biológica, la mercantilización de las vidas es un agravio a la dignidad del ser, del estar y el habitar los mundos, en paz, en convivencia y en confraternidad entre todas las especies de las que somos parte.

Somos ríos, somos naturaleza, de ella inter-dependemos, nos sostiene, alimenta, limpia y cura.

En primavera nació la ley de libertad de los ríos en un concierto federal donde los bienes naturales son del dominio originario de las provincias. Los libertarios no tendrán poder democrático legislativo para reformar constituciones, ni leyes, ni los pactos relevantes vigentes en el país, ratificados en diversos fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El único modo de privatizar la vida, de transformarla en más y más mercancías, será violentando, forzando, tiranizando el contrato social mayor y provincial.

Este anunciado autoritarismo de Estado privatizador de las vidas, es impensado en la República. Deberán, el Congreso de la Nación como la Justicia, actuar con la emergencia cívica y la paz social que nuestra tierra y sus pueblos tanto necesitarán.

Y si se atreven, los entrerrianos volveremos a estar en las calles y plazas, caminaremos y navegaremos los senderos de la verdadera libertad, la de todos los seres que somos, porque somos humedal, somos Pachamama, somos naturaleza, somos la trama de la vida. Estamos abrazados a ustedes, con los nuestros y las de ayer, mil años y más, todas madres de la libertad real, verdadera, fraterna y solidaria, libertad de aguas, porque agua somos.

Celebramos ratificando el espíritu constitucional así narrado: «…La Provincia concertará con las restantes jurisdicciones el uso y aprovechamiento de las cuencas hídricas comunes. Tendrá a su cargo la gestión y uso sustentable de las mismas, y de los sistemas de humedales, que se declaran libres de construcción de obras de infraestructura a gran escala que puedan interrumpir o degradar la libertad de sus aguas y el desarrollo natural de sus ecosistemas asociados…».

(*) Abogado, ambientalista, integrante de la Unidad de Vinculación Ecologista (UVE) de la Fundación La Hendija de Paraná.