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Una Reforma Constitucional Ecosocial Justa y Popular que ponga la Vida en el centro

Por Melisa Argento, Romina Araguas y Lucas Micheloud para Revista Econcejo

La provincia de Santa Fe se encuentra frente a un hito histórico: reformar su Ley Fundamental. Si bien se dice que la Constitución refleja lo que la sociedad valora y considera importante en su tiempo; en rigor es resultante de negociaciones de un fuerte entramado de intereses que representan los Constituyentes elegidos por la sociedad. Es urgente evitar que la ola libertaria que recorre el país impida la incorporación de derechos ecológicos y ambientales, así como el fortalecimiento de los derechos humanos, laborales, políticos, culturales, indígenas y el respeto por la diversidad de género.

La realidad histórica que vivimos es dramática, estamos atravesando una crisis ecológica a escala global, que es civilizatoria, dado que lo que debe ser transformado es la manera predadora para con la Naturaleza. Lo cierto es que las temperaturas del planeta están en aumento, la concentración de dióxido de carbono y metano excede los límites aceptables, y la pérdida de biodiversidad se acelera.

La crisis climática y ecológica también impactan a Santa Fe, que ha sufrido una explotación intensiva de sus bienes naturales en las últimas décadas, generando una crítica degradación ambiental en sus ecosistemas y vulneración de los derechos de las comunidades locales. Desde la histórica tala de bosques con la vieja forestal hasta la descontrolada expansión agrícola del agronegocio, se han perdido más del 80% de los bosques nativos, contribuyendo a la erosión de los suelos, exacerbada por eventos climáticos extremos y prolongadas sequías, especialmente en la cuenca del río Paraná. Además, las fumigaciones con agrotóxicos afectan la salud de comunidades urbanas y rurales. Mientras que los incendios forestales devastan humedales y pastizales, la industria pesquera exportadora arrasa con la fauna ictícola. Se consolida un modelo de producción de commodities (y no de alimento).

Frente a esto es fundamental que la reforma constitucional no se limite a un “lavado verde”, sino que sea una verdadera transformación del modelo extractivista. La reforma se presenta como una oportunidad histórica para redefinir los principios constitucionales de la provincia incorporando soluciones de fondo que garanticen derechos para la vida digna y sana de su población.

Desextractivizar el Futuro: Santa Fe en la encrucijada de la sostenibilidad

La necesidad de garantizar la sostenibilidad de la vida es crucial para revertir la situación ecológica y social que enfrentamos. Es imperativo que la reforma de la Constitución Provincial adopte un enfoque que priorice otros modelos de producción que respeten el equilibrio ecológico intergeneracional y fomenten la justicia social. Esto implica la protección de la naturaleza, el bienestar de la comunidad y la preservación de la biodiversidad para las generaciones futuras.

Propuestas hacia una Constitución Ecosocial

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial, en red con otras organizaciones y colectivos, venimos cuestionando el extractivismo promoviendo acciones judiciales en defensa del ambiente y de las comunidades afectadas. Pero también venimos imaginando otros futuros que, articulen de manera definitiva la justicia social con la justicia ambiental.

Propuestas para un nuevo Pacto Ecosocial: 

1.-  Reconocimiento de los derechos de la naturaleza, a existir y prosperar: en sintonía con los compromisos internacionales, y un número creciente de fallos judiciales y normas que han reconocido la personalidad jurídica de los no humanos, es urgente reconocer a la naturaleza y a su diversidad por su valor intrínseco, es decir, como sujeto de derecho. 

2.-Reconocimiento del derecho al ambiente, como derecho humano fundamental: reconocer al ambiente, como derecho fundamental y condición de preexistencia a los derechos humanos, por su fuerte vinculación no solo con los derechos a la vida y a la salud, sino también con derechos a la igualdad, a la libertad de pensamiento y expresión.

3.- Reconocimiento del sistema de Principios ambientales, priorizando la prevención de daños y la restauración de ecosistemas, adoptando un enfoque de precaución ante la incertidumbre científica. Garantizar a través del principio pro natura que la naturaleza prevalezca sobre los derechos subjetivos o privados, promoviendo políticas ambientales progresivas. Estos principios han de respaldar los planes de reparación para el río Paraná y sus cuencas, garantizando la protección y rehabilitación de los humedales.

4.- Reconocimiento de los instrumentos de política y gestión ambiental, particularmente la evaluación de impacto ambiental, la evaluación estratégica integral y acumulativa sobre la afectación ambiental en cada ecosistema o cuenca hídrica, el acceso a los derechos a la información pública ambiental transparente y temprana, a la participación en asuntos ambientalesy a el acceso irrestricto y gratuito a la justicia ambiental, a través de la acción de Amparo Ambiental.

5.- Reconocimiento del derecho humano al agua, como bien colectivo esencial para la vida. Debe preverse el ordenamiento territorial por cuencas hídricas, con la consecuente construcción de comités o entes de regulación y gestión público-social que deberán evitar la privatización de los ríos y los represamientos, así como la discrecionalidad de dragados.

6.- Reconocimiento del derecho a una alimentación segura y promoción de la agroecología, impulsando políticas que desarrollen la soberanía alimentaria. Progresivamente la eliminación en el uso de agrotóxicos, incentivando una agricultura con agricultores, alimentos y biodiversidad.

7.-Para que todo esto sea posible, nuestra futura Constitución debe vetar cualquier intento de legislar nuevas formas de financierización de la naturaleza que han sido configurada para favorecer la compensación de emisión de gases de efecto de invernadero de los sectores corporativos de poder, principales contaminantes del mundo. Rechazar cualquier intervención mercantil del mercado de carbono, y asumir un verdadero compromiso con la mitigación del cambio climático más allá de la adaptación.

8.-La legislación sobre nuestros bienes comunes debe garantizar la vida sana y digna de la ciudadanía santafesina, así como los derechos humanos y ecosistémicos. Por esto, la Constitución debe velar por la libre expresión y el derecho a la protesta social, rechazando cualquier impulso criminalizador que tiene, muchas veces entre sus principales víctimas a la sociedad organizada en la defensa de sus derechos. Es un momento decisivo para alzar la voz contra la amenaza de una agenda conservadora y negacionista impuesta por la ultraderecha, pero que, a muchos sectores políticos cooptados hace tiempo por los poderes económicos, le queda muy cómoda.

Alberto Nallar

Repudio a la condena contra el abogado Alberto Nallar

La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) expresan su más enérgico repudio y denuncia ante la condena judicial del abogado Alberto Nallar, por su labor en defensa del derecho a la protesta de miembros de comunidades indígenas y de otros colectivos en contra de la reforma constitucional aprobada y sancionada el pasado 20 de junio en la provincia de Jujuy. La condena a un abogado por defender los derechos humanos de la ciudadanía jujeña es una escalada más de las instituciones de esa provincia en contra de la vigencia de un estado democrático de derecho. 

Alberto Nallar ha sido condenado a 3 años y 6 meses de prisión efectiva, se le impuso una multa de 7 millones de pesos y se le inhabilitó para ejercer su profesión, todo ello bajo acusaciones de instigación a cometer delitos, incitación a la violencia y motín. Estas acusaciones carecen de fundamentos, tanto fácticos como legales sólidos.

La condena de Alberto Nallar es una violación grave a la libertad de expresión, el derecho a peticionar a las autoridades y la defensa de los derechos de lxs manifestantes en una sociedad democrática.  Exigimos la revisión inmediata de esta sentencia y la protección de los defensores de derechos humanos en Jujuy y en todo el país. La criminalización judicial de lxs abogadxs defensores de derechos humanos y socioambientales contradice explícitamente lo dicho por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos cuando se pronunció para que el gobierno jujeño garantice el derechos a la protesta en lugar de limitarlo. Lamentamos que el gobierno provincial haya impulsado estas acusaciones infundadas y que el poder judicial jujeño haya avalado este pedido, demostrando una vez más su falta de imparcialidad y su incumplimiento de sus deberes de control.

La Asociación Argentina de Abogadxs Ambientalistas apoya el pedido de organizaciones en el compromiso de informar sobre esta situación a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, instancias que han reclamado en reiteradas ocasiones por la no criminalización de manifestantes en Jujuy y en otras partes del mundo.

Nos solidarizamos con Alberto Nallar y todas las personas que luchan por la justicia social y ambiental a lo largo de todo el país. La lucha por los derechos humanos y la justicia no puede ser criminalizada ni silenciada.

Foto de Eduardo Sarapura en Purmamarca

El litio en conflicto: las demandas históricas de los pueblos que resisten el avance minero y la reforma judicial en Jujuy

Melisa Argento (CAJE) para Tiempo Argentino

Una de las columnas vertebrales del Tercer Malón de la Paz que se movilizó desde todos los rincones de la puna y quebrada jujeña durante estas jornadas de movilización social en Jujuy la constituye las comunidades en resistencia frente a la minería del litio en esta provincia.

Entender cuál es este reclamo sistemáticamente desoído ayuda a comprender cómo de una manera veloz se articularon por tercera vez desde el siglo XX todos los pueblos originarios de esta provincia, que se reconocen como kollas, atacameños, casabindos, quechuas, entre muchos otros.

Desde el año 2011 las comunidades de la cuenca de Salinas Grandes y Laguna Guayatayoc se encuentran organizadas para resistir el avance de la minería de litio en este territorio. Lo hacen porque esta actividad minera utiliza enormes cantidades de agua, perfora en pozos de hasta 400 metros los salares, altera los ciclos hídricos naturales de los humedales altoandinos, y puede por tanto ocasionar tanto la salinización de las fuentes dulces de agua como la sequía de pozos surgentes, vegas y bofedales que son el suministro de agua parala vida.

El riesgo de la destrucción de estos ecosistemas frágiles en zonas áridas y con escasas precipitaciones implicaría el desplazamiento de las poblaciones que allí habitan y la destrucción de sus actividades económicas productivas (cosecha de la sal, agricultura, ganadería, e incluso turismo).

Es por esto que hace años exigen que se respeten los derechos sobre los territorios ancestrales, reconocidos en la Constitución Nacional (artículo 75 inc. 17), así como el derecho a la Consulta Previa Libre e Informada comprendido en el convenio 169 de la OIT y ratificado en Argentina.

Sales de Jujuy desde un Drone
Sales de Jujuy.

El sistemático incumplimiento de estas reglamentaciones a lo largo de más de una década, la escasa implementación sobre sus títulos territoriales de la Ley 21160 de tierras en sus reiterados plazos postergados, más la vulneración social y ambiental de la minería de litio en estos territorios, son los ejes de sus reclamos que la reforma provincial aprobada recientemente pretende erradicar, toda vez que mediante su artículo 50 otorga al Estado provincial todas las facultades vinculadas al tratamiento de los derechos de los pueblos originarios.

Con más de una década de enfrentamiento, donde el accionar de la provincia ha sido el de reconocer cómo únicos interlocutores válidos a aquellas comunidades que han cedido sus pedimentos y permitido la instalación de proyectos extractivos en Susques, en la cuenca de los salares Olaroz y Cauchari, es claro que lo que se pretende con esta reforma es eliminar el conflicto desconociendo directamente otros reclamos territoriales.

Al mismo tiempo en el nuevo artículo 36 se prohíbe la protesta social y específicamente los cortes de ruta, que son la principal forma de acción directa que tienen poblaciones que habitan tanto la Puna como la Quebrada, cuyas vías comunicantes son las rutas 52 hacia Chile y la ruta 9 hacia el límite con Bolivia.

La minería de litio en salares, impulsada en esta provincia, así como en el conjunto de la Puna que hace parte del triángulo del litio (Chile, Argentina y Bolivia con el 58% de los recursos globales) ha intensificado su presión extractivista.

La mayoría de los salares se encuentran pedimentados, y más allá de que en el país existen sólo tres proyectos activos en explotación, cerca de 40 proyectos en diferentes etapas se expanden con dominio del capital trasnacional y amplio margen de autonomía empresarial.

Larreta y Morales
Morales, precandidato a vice de Larreta.

Foto: Camila Godoy / TELAM

La normativa para la extracción de litio en nuestro país otorga un conjunto de facilidades económicas a las corporaciones que están entre los sectores más privilegiados, al tiempo que favorece el comportamiento especulativo sobre los proyectos, erosionando las capacidades regulatorias de control estatal tanto en lo económico como en lo que refiere a los impactos ambientales.

De hecho, no existen estudios hidrogeológicos que puedan dar cuenta del impacto acumulativo (es decir del conjunto de los proyectos en carpeta), ni siquiera cabal conocimiento de ellos tal y como ha quedado expreso en un fallo de la CSJN que compele a Estados provinciales y nacionales a regularizar y elevar toda la información sobre los emprendimientos proyectados, con especial mención a los usos de agua.

En un fallo histórico la Corte reconoce, a menos nominalmente, al territorio de Salinas Grandes y Laguna Guayatayoc como una cuenca única integral, tal y como demandan desde hace una década sus poblaciones. 

Comunidades de Jujuy
Foto: Eduardo Sarapura

Contra un Estado provincial que viene reforzando su perfil “verde” extractivista, las comunidades de Salinas Grandes y Laguna Guayatayoc a lo largo de estos años han agotado todos los canales judiciales y políticos para hacer oír sus reclamos, presentando demandas en las cortes provinciales de Salta y Jujuy (por tratarse de un territorio bi-provincial), han llegado hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el año 2012, elevaron una demanda en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y realizaron su propio protocolo de implementación de la Consulta denominado Kachi Yupi en el año 2015 (que llevaron a las diferencias instancias locales, provinciales y nacionales del poder Legislativo así como a Defensoría del Pueblo de la Nación).

En el año 2019 la empresa provincial JEMSE, ligada de manera accionaria en la extracción de Sales de Jujuy, impulsó nuevamente la licitación de zonas de las Salinas. Ésta fue resistida durante varias jornadas por las comunidades, pero nuevamente el año pasado la provincia emprendió y logró una nueva licitación entregando 11 mil hectáreas que eran de dominio fiscal al capital privado a cambio de 3 millones de dólares.

El reclamo legítimo de los y las pobladoras de la provincia ha intentado hacerse escuchar por diferentes medios, llegando incluso a elevar una carta al reconocido cineasta James Cameron, quien estaba de visita en la provincia y compartía fotos con el gobernador Morales, donde explican las consecuencias destructivas de esta minería sobre los ecosistemas.

Hoy sus demandas se ligan a los sectores sindicales, docentes, bancarios y municipales movilizados durante más de 15 días, que expresan tanto la crítica que desde los territorios afectados emerge frente al extractivismo, así como los reclamos que desde el conjunto de la ciudadanía expresan que este modelo de desarrollo no redunda en mejoras de la calidad de vida para el conjunto de los sectores populares.

*Melisa Argento es investigadora de CONICET. Dra en Ciencias Sociales UBA. Integrante del Grupo de Estudios en Geopolítica y Bienes Comunes del IEALC (GYBC) y del Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE).

Organizaciones rechazan la reforma constitucional en Jujuy

Organizaciones de derechos humanos rechazan el proceso de reforma constitucional en la provincia de Jujuy

Organizaciones de derechos humanos enviaron una carta a la Convención Constituyente de la Provincia de Jujuy para expresar su preocupación y rechazo al proceso de reforma constitucional de la provincia. El proceso presenta “problemas de legalidad como de legitimidad e implica una serie de retrocesos en materia de derechos humanos” afirmaron. 

Tiempos

La ley de declaración de la necesidad de la reforma parcial de la constitución provincial de Jujuy Nº 6.302 dispuso que, desde la elección de los convencionales constituyentes, se dispondría de 30 días para la sesión preparatoria, y hasta 90 días más para finalizar el proceso. 

La elección de los convencionales tuvo lugar el 7 de mayo pasado y, desde entonces, los procesos se aceleraron drásticamente, al punto que se anunció que la nueva constitución sería votada el 19 de junio y luego se adelantó al 14 del mismo mes. Un proceso que debería haber consistido en un debate plural, sustantivo y riguroso sobre el contenido del texto constitucional para todos/as los/as jujeños/as, tuvo una duración de poco más de un mes.

Falta de debate y participación

“El actual proceso de reforma constitucional en la provincia no ha sido debatido ampliamente, en muchos de sus aspectos implica un retroceso en los derechos humanos de las personas de la provincia”, aseguran las once organizaciones que firman la carta a la Convención Constituyente de la provincia de Jujuy.  Convencionales constituyentes renunciaron a sus bancas ante la imposibilidad de participar efectivamente en el debate de la reforma propuesta, con el fin de no avalar un proceso claramente ilegítimo. 

Además, el proceso de reforma constitucional de la provincia de Jujuy no estableció procesos que aseguren la consulta libre, previa e informada a pueblos indígenas sobre cuestiones susceptibles de afectarles, tal como establece el Convenio Nº 169 de la OIT, tratado internacional con jerarquía supralegal. 

El 31 de mayo los representantes de siete pueblos indígenas (guaraní, okloya, tilian, omaguaca, kolla, quechua y chicha) presentaron una nota al bloque oficialista mayoritario de la convención constituyente solicitando ser escuchados y que se apliquen los principios de consulta previa. Pese a ello, no fueron recibidos. 

Democracia 

El articulado que se propone reformar aborda, entre otros, temas centrales para el ejercicio de la democracia como son el derecho al ambiente sano, la consulta a pueblos indígenas, el derecho a la protesta. 

La regulación de estos derechos debe respetar la prelación constitucional de nuestro país y adecuarse, consecuentemente, a los preceptos establecidos en las normas de jerarquía superior a las provinciales, en la Constitución Nacional, y en los instrumentos internacionales correspondientes.

Reclamo de las organizaciones de derechos humanos y sociedad civil

El proceso de reforma constitucional muestra una clara falta de voluntad de promover la participación de los distintos sectores de la sociedad, así como de generar espacios de discusión en torno a temas críticos para los y las habitantes de Jujuy. Esta es una oportunidad única para la provincia de integrar los avances que en materia de derechos humanos y ambientales se han dado tanto a nivel normativo internacional y nacional como jurisprudencial en los recientes años e integrar una agenda con fuerte mirada de derechos humanos que pueda dar respuesta a los desafíos de la democracia en el siglo XXI. 

Para que esto suceda, se deben plantear otras formas y procedimientos que no le den la espalda a las demandas de la ciudadanía. Requiere abrir un espacio genuino de participación efectiva para poder discutir con la profundidad que se merecen los temas centrales para la vida democrática en Jujuy, sin apuros injustificables y con los tiempos necesarios para llegar a consensos que amplíen los derechos de las y los jujeños.

Organizaciones firmantes

ANDHES (Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en derechos humanos y estudios sociales)

AADI (Asociación de Abogadas/os de Derecho Indígena)

Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas – CAJE (Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial)

ACIJ (Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia) 

Amnistía Internacional Argentina

CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales)

CEPPAS (Centro de Políticas Públicas para el Socialismo)

Consciente colectivo 

ENDEPA (Equipo Nacional de Pastoral Aborigen)

FARN (Fundación Ambiente y Recursos Naturales)

Fundación para el Desarrollo en Justicia y Paz (FUNDAPAZ)

SERPAJ (Fundación Servicio Paz y Justicia)