Megaincendios en la Patagonia Norte: lo que está pasando y lo que no nos están contando

El noroeste de la Patagonia —los bosques andino-patagónicos y, en particular, la Comarca Andina del Paralelo 42 (sur de Río Negro y norte de Chubut)— vuelve a arder. Año tras año, los incendios se vuelven más extensos, más difíciles de controlar y más destructivos para las comunidades, los ecosistemas y las economías locales. Lo que está en juego no es solo la pérdida de bosque: se queman casas, chacras, escuelas, redes comunitarias, agua, salud, y el futuro mismo de un territorio.

Elaboramos este informe desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas – Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (AAdeAA-CAJE) para presentar evidencia y claridad política: los megaincendios son un fenómeno multicausal, atravesado por la crisis climática, décadas de políticas de reemplazo del bosque nativo por especies exóticas de alto riesgo (como el pino radiata), expansión de áreas de interfase sin planificación, y un Estado cada vez más ausente en prevención, investigación y respuesta.

A eso se suma un giro peligroso: el Gobierno nacional decidió correr el manejo del fuego del ámbito ambiental y colocarlo bajo una lógica de “seguridad interna”, mientras recorta fondos, precariza brigadistas y alimenta lecturas represivas y racistas —con el pueblo mapuche como blanco preferido—. En paralelo, circulan teorías conspirativas que funcionan como cortinas de humo: desvían la responsabilidad política y ocultan lo que sí existe y es verificable, como la presión inmobiliaria, la disputa por los territorios y el intento de flexibilizar normas que hoy impiden el negocio con la tierra quemada.

Este informe es urgente porque los megaincendios ya no son una excepción: son un síntoma de época. Y porque frente al fuego hay dos caminos: la reacción tardía y militarizada, o la prevención con ciencia, planificación territorial, recursos, brigadistas con salarios y equipos dignos, y una política pública que no entregue territorios a la especulación. En el informe describimos:

1) Contexto y matriz político-social de los incendios

Una lectura integral de lo que pasa en la Norpatagonia: crisis climática, sequía persistente, olas de calor, tormentas eléctricas en estación seca, invasión de exóticas, crecimiento de zonas de interfase, desinformación y construcción del “enemigo interno”. El informe recupera el rol de la organización comunitaria y el trabajo de brigadistas y bomberos, y advierte: sin prevención y sin política pública, el daño se multiplica.

2) Marco normativo vigente: las leyes que hoy protegen los territorios quemados

En tiempos de desinformación, el informe remarca algo central: hay leyes nacionales plenamente vigentes que protegen bosques y territorios tras el fuego, y limitan la especulación y la extranjerización. Se explican de forma clara:

  • Ley de Bosques Nativos (26.331): obliga a ordenar el territorio por categorías de conservación (OTBN), exige evaluación de impacto y participación pública para actividades que afecten bosques, y establece un fondo para compensar a provincias por conservar.
  • Ley de Manejo del Fuego (26.815 y reforma 27.604): crea el Sistema Federal de Manejo del Fuego y define obligaciones de prevención y planificación. Además, incorpora la prohibición de cambiar el uso del suelo por décadas cuando hay incendios, justamente para evitar el negocio inmobiliario y permitir la restauración.
  • Ley de Tierras Rurales (26.737): limita la concentración de tierras rurales en manos extranjeras y protege zonas sensibles, incluyendo áreas vinculadas al agua y a fronteras. El informe recuerda que, pese a intentos de derogación vía DNU, la ley se mantiene vigente por medidas judiciales.

3) Marco presupuestario: el desfinanciamiento como decisión política

El informe muestra cómo el recorte y la subejecución presupuestaria erosionan la capacidad real de prevenir y combatir incendios. Se releva la caída de fondos del Servicio Nacional de Manejo del Fuego, la subejecución (incluido el caso de 2024), y la disolución del Fondo Nacional de Manejo del Fuego mediante decreto. El resultado es concreto: menos prevención, menos equipamiento, peores condiciones laborales para brigadistas y una respuesta más lenta y más débil en plena emergencia.

4) Líneas de acción: qué podemos hacer

El documento cierra con propuestas para la acción colectiva y política: defender las leyes vigentes, exigir ejecución presupuestaria y políticas de prevención, fortalecer educación y alfabetización en manejo del fuego en zonas de interfase, discutir seriamente qué significa “cuidar el bosque” en tiempos de crisis climática y enfrentar la desinformación y la estigmatización de comunidades.

El pasado 31 de diciembre el Poder Ejecutivo dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 941/2025, mediante el cual reformó el funcionamiento del sistema de inteligencia argentino. No con una ley debatida en el Congreso, sino de forma unilateral durante su receso. 

¿Por qué te tiene que importar? 

Porque modifica la manera en la que el Estado puede vigilarte y así afecta directamente tu libertad, tu autonomía y tu privacidad.

No tenés forma de saber cómo son usados tus datos personales

El DNU obliga a más de 15 organismos públicos a compartir datos personales de la población con la SIDE, sin establecer procedimientos concretos ni mecanismos de control. El decreto se vuelve así una herramienta para realizar vigilancia masiva. Además, la acumulación de grandes cantidades de datos en un solo organismo es todavía más peligrosa en la medida en que el Estado no tiene una política adecuada de seguridad de la información y las filtraciones son frecuentes. 

El decreto no prevé ningún tipo de control ciudadano sobre el accionar de la SIDE y concentra todavía más poder en esta agencia. Puede pedir información a provincias y municipios, aprobar presupuestos secretos, compartir tus datos con agencias de otros países sin autorización judicial. Y todo bajo absoluto secreto. Nadie sabrá qué hacen con tu información ni a quién se la dan.

Nadie controla a los que controlan

El decreto establece que las actividades de inteligencia son encubiertas por definición. Esto significa que no vas a poder saber si te están investigando, por qué, ni qué información tienen sobre vos. El carácter encubierto puede frustrar eventuales investigaciones para probar responsabilidades del Estado. No hay forma de reclamar si se equivocan o abusan. El secreto es la regla.

Una SIDE que te puede detener

Por primera vez en democracia, los agentes de inteligencia tienen poder para detenerte. La SIDE puede proceder a la “aprehensión” de personas sin que quede claro bajo qué criterios ni con qué garantías, y sin autorización judicial. Esto deja habilitado el camino a detenciones arbitrarias, a la persecución y a la intimidación. Es transformar a los servicios de inteligencia en una especie de policía secreta y sin control. 

Los militares volverían a tareas de seguridad interior

Durante décadas, Argentina trabajó para separar claramente defensa (militares) de seguridad interna (policías). Era una lección aprendida de la dictadura: los militares no deben ejercer funciones de control de la población civil. Este decreto permite que las Fuerzas Armadas realicen tareas de inteligencia sobre “organizaciones no estatales” —sin aclarar cuáles ni los criterios que harían que las organizaciones ingresaran en esa categoría— y les quita el control civil. Es un retroceso histórico peligroso.

El regreso de la idea del “enemigo interno”

En este DNU se expande de manera significativa el concepto de contrainteligencia, que pasa a incluir la prevención de acciones de infiltración, espionaje, sabotaje, influencia, injerencia o interferencia de factores externos en detrimento del proceso decisorio de las autoridades públicas, de los intereses estratégicos nacionales y/o de la población en general, incluso en “abordajes multidimensionales” de actores estatales y no estatales. Al modificar el artículo 4° de la Ley 25.520, las prohibiciones pensadas para que las agencias de inteligencia no puedan hacer tareas de inteligencia política (no influir sobre la vida política, social, económica, partidos, opinión pública) se vuelven irrelevantes porque se incluye una excepción muy amplia: las actividades de contrainteligencia previstas quedan habilitadas a realizar estas prácticas hasta ahora prohibidas. En los hechos, esto flexibiliza los límites legales a la inteligencia interior y habilita el espionaje político en nombre de la contrainteligencia.

La vaguedad de ciertos términos abre preguntas sobre cómo será la aplicación efectiva de estas disposiciones, y esta preocupación se incrementa ante la difusión en diciembre pasado de un supuesto Plan de Inteligencia Nacional (PIN), en el que se identificaban expresamente como “enemigos internos” a anarquistas, pueblos originarios, ambientalistas y periodistas que “desinformaran” o “deslegitimaran” al gobierno. 

Así, se ponen en grave riesgo los derechos de libertad de expresión, de asociación y de petición a las autoridades. Reclamar por una ley (como la de Glaciares o Fondos para Discapacidad) nos convierte en un objetivo de inteligencia y pasibles de ser espiados, infiltrados y hasta detenidos. 

¿Por qué ahora? ¿Por qué así?

Este DNU, manifiestamente inconstitucional, rompe consensos básicos, amplía el margen de discrecionalidad estatal, debilita los controles y posibilita prácticas que creíamos superadas. Al habilitar herramientas para vigilar, perseguir y detener, es una señal directa hacia quienes defendemos derechos, territorios y democracia.

Una vez más, se toman decisiones de extrema relevancia sin debate legislativo. Es evidente que lo que exige nuestra Constitución para el dictado de decretos de necesidad y urgencia no se cumple: no hay circunstancias excepcionales que impidan al Congreso sancionar leyes, y es claro que reformas tan trascendentes como éstas, lejos de ser adoptadas de manera unilateral, deberían realizarse cuando hay acuerdos entre diversas fuerzas políticas. El Congreso debe rechazar este decreto. 

FIRMAS:

  1. Amnistía Internacional Argentina
  2. Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas / CAJE
  3. Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)
  4. Poder Ciudadano
  5. CELS
  6. Democracia en Red
  7. Fundación SES
  8. Fundación Vía Libre
  9. Campaña Argentina por el Derecho a la Educaciòn (CADE)
  10. Fundación Ambiente y Recursos  Naturales (FARN)
  11. Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) 
  12. Fundación para el Desarrollo Humano Integral 
  13. Fundación Protestante Hora de Obrar
  14. Xumek- Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos
  15. Fundación Cambio Democrático
  16. Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)
  17. Instituto Latinoamericano de Seguridad y Democracia (ILSED)
  18. Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes (CAREF)
  19. Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES)
  20. Consciente Colectivo
  21. Fundación Huésped 
  22. Greenpeace
  23. Federación Ecuménica de Cuyo (FEC)


La inacción climática estatal vuelve a empeorar los incendios en la Patagonia

Una vez más, la sociedad es testigo de cómo el fuego avanza sobre el bosque andino patagónico y sus poblaciones aledañas. Un enorme patrimonio milenario de flora y fauna autóctonas, y las sociedades que dependen de ellos, es arrasado año tras año. Lejos de ser fenómenos aislados, estos megaincendios son consecuencia directa de decisiones humanas.  

Los incendios que actualmente atraviesan la Patagonia son otro de los síntomas alarmantes de los impactos de la crisis climática global, cuya causa principal es la quema de combustibles fósiles. Las condiciones meteorológicas cada vez más extremas y frecuentes, que propician sequías prolongadas y cambios en los patrones climáticos locales, favorecen la propagación del fuego  directamente empeorados por la crisis climática.

Foto: Joel Reyero

A esto se le suma la inacción estatal en materia de mitigación y prevención, que podría mejorar las condiciones territoriales de cara a la temporada de incendios. El crecimiento desmedido de extensas plantaciones forestales con especies exóticas invasoras y profundamente adaptadas a un régimen mayor de incendios, como los pinos, sumado al desmanejo y la falta de regulación respecto de estos pinares y el riesgo que implican en la población y el ecosistema nativo, generan un caldo de cultivo para estos fenómenos. Además, el crecimiento demográfico exponencial y la falta de planificación urbana, la desinformación y los reiterados intentos de modificar la legislación respecto del uso del suelo, con marcados intereses inmobiliarios y de otro tipo, crean las condiciones para agravar los efectos devastadores del fuego. 

Durante la última temporada de incendios en la Patagonia, la superficie de bosques afectados por incendios forestales se cuadruplicó: pasó de 7.747 hectáreas entre octubre de 2023 y marzo de 2024, a 31.722 hectáreas entre octubre de 2024 y marzo de 2025. Investigadores del CONICET advierten que esta tendencia creciente aumentaría por seis hacia fines del siglo XXI. Este escenario se inscribe en un contexto de desfinanciamiento del Servicio Nacional de Manejo del Fuego, que pone en riesgo la estructura del organismo responsable no solo de la supresión y el combate de incendios, sino también de las indispensables tareas de prevención. 

Foto: Joel Reyero

Es necesario que el Estado responda de manera coordinada a los megaincendios. Los recursos para la prevención del fuego, en todo el territorio nacional, deben emplearse en su máxima capacidad. Para esto es necesario avanzar en el refuerzo del equipamiento y la formalización laboral del personal de brigadas, restablecer el financiamiento pleno del Servicio de Manejo del Fuego, y coordinar los operativos necesarios entre los múltiples actores estatales, tanto de Nación, como provinciales y municipales. La creación de comités de crisis, que incluyan la participación comunitaria local en la alerta temprana y monitoreo, son cruciales. 

La crisis climática está aquí y es ahora, podemos elegir responder ante ella o seguir intentando mirar para otro lado mientras el fuego incrementa cada vez más.  

Más datos sobre el manejo del fuego y la promoción de los fósiles

  • Durante 2024, el Gobierno ejecutó apenas el 22 % del presupuesto estatal asignado al Servicio Nacional de Manejo del Fuego (SNMF), pese a tratarse del año con la mayor cantidad de focos ígneos de al menos los últimos ocho años. En 2025, la subejecución presupuestaria volvió a repetirse: el SNMF dejó sin ejecutar el 25 % de los recursos asignados, lo que equivale a casi $20.000 millones que podrían haberse destinado a mejorar la infraestructura, el equipamiento, las capacitaciones y las condiciones laborales de las y los brigadistas.
  • De acuerdo a la Ley de Presupuesto 2026, la partida presupuestaria del Servicio Nacional de Manejo del Fuego (SNMF) contará con $20.131 millones, lo que implica una caída real del 69% con respecto a 2023 y del 78,5% con respecto a 2025.
  • Las metas físicas del SNMF tendrán una marcada reducción en las horas de vuelo previstas y ejecutadas. Mientras que en 2023 estaban programadas 5.100 horas —aunque solo se concretaron 3.058—, para 2026 se proyectan 3.100. A esta disminución se le suma la caída en los informes de alerta temprana y de evaluación de peligro de incendios, instrumentos clave para un enfoque preventivo. En este caso, se pasa de 2.310 informes previstos en 2025 a apenas 1.850 en 2026.
  • El Presupuesto 2026 asigna $651.600 millones a los subsidios a la oferta de hidrocarburos, lo que representa un aumento real del 6% respecto al valor de 2025. Esto equivale al 0,44% del presupuesto total nacional.

Organizaciones firmantes

  1. Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)
  2. Observatorio Petrolero Sur (OPSur)
  3. Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas/Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial
  4. Sustentabilidad Sin Fronteras (SSF)
  5. SurfRider Argentina
  6. Gabriel Blanco, autor coordinador de los informes de evaluación 5 y 6 del IPCC
  7. Multisectorial Golfo San Matías
  8. Colectiva Mirá Socioambiental
  9. Tramatierra
  10. Taller Ecologista
  11. Multisectorial de la Comarca Marítima, Viedma, Carmen de Patagones, El Condor
  12. Casa Río Lab
  13. Consciente Colectivo
  14. Fundación Ambiente, Desarrollo y Hábitat Sustentables
  15. Asociación de Amigos de la Patagonia
  16. Instituto de Salud Socioambiental (InSSA)
  17. Greenpeace Argentina 
  18. Defensores del Pastizal 

Un protocolo sin consulta

La Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro, con el patrocinio legal de la Asociación Argentina de Abogades Ambientalistas, interpuso el martes 30 de diciembre una demanda judicial solicitando que se declare la inconstitucionalidad del Protocolo de Consulta Previa, Libre e Informada (Ley N° 5755/2024) y de su decreto reglamentario, sancionados por la Legislatura de Río Negro durante el año 2024.

Dicho protocolo fue sancionado de manera unilateral por el Estado provincial, sin consultar a las comunidades originarias, incluso desoyendo sus disidencias y observaciones expresamente formuladas durante el proceso previo.

Sostenemos, sin margen de duda, que no existió participación alguna de autoridades indígenas, comunidades ni de pobladores dispersos en la confección y redacción del protocolo de consulta, incumpliendo de este modo los estándares constitucionales y convencionales vigentes.

La norma impugnada deriva en un procedimiento de consulta altamente restrictivo respecto de la participación de los pueblos indígenas, sus autoridades, comunidades y pobladores dispersos, limitando su intervención en la toma de decisiones vinculadas a leyes o disposiciones administrativas que afectan directa o indirectamente a sus territorios.

Desde el punto de vista jurídico, este esquema resulta contrario al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y a los artículos 75 incisos 17 y 22 de la Constitución Nacional.

En los hechos, esta “consulta sin consulta” se reduce a un trámite administrativo diseñado a la medida de proyectos extractivistas, mineros e hidrocarburíferos, que buscan avanzar sobre territorios ancestrales sin garantizar la participación real de los pueblos indígenas.

Es claro que el Gobierno de Rio Negro, no quiere incluir en la participación real de un Protocolo de Consulta, Libre, Previa e informada a las comunidades ni mucho organizaciones indígenas. Solo quiere que las mismas asientan sin debate previo, a los fines de legitimar iniciativas unilaterales.

La consulta previa, libre e informada es un derecho colectivo de los pueblos indígenas. Desde la Asociación Argentina de Abogades Ambientalistas acompañamos esta demanda porque defender la participación real es defender los territorios, la democracia y el respeto por los derechos de los pueblos originarios.

Una vez más vemos como se consolida un modelo de toma de decisiones autoritario, funcional a intereses extractivistas y ajeno a toda lógica democrática. Frente a este escenario, reafirmamos que no habrá licencia social ni legitimidad posible sin consulta real, libre, previa e informada, construida desde y con las comunidades, y no a espaldas de ellas.

Ley de Glaciares: alerta por el proyecto del gobierno que busca aprobarse en el Senado

El gobierno impulsa una reforma regresiva de la Ley de Glaciares durante las sesiones extraordinarias

El gobierno nacional avanzó con un proyecto para modificar la Ley N.º 26.639, conocida como Ley de Glaciares, que ya ingresó al Senado y busca ser aprobado en sesiones extraordinarias durante el verano. La iniciativa apunta a desmantelar el régimen de presupuestos mínimos que hoy protege glaciares y ambiente periglacial, es decir, las reservas estratégicas de agua más importantes de la Argentina.

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (AAdeAA–CAJE) advertimos que esta reforma representa un grave retroceso en la protección del agua, en un contexto de crisis climática, retroceso acelerado de glaciares y creciente estrés hídrico en todo el país.

Qué cambia el proyecto que modifica la Ley de Glaciares


Cuadro comparativo realizado AAdeAA-CAJE

El proyecto del gobierno introduce cambios estructurales que alteran por completo la letra y el espíritu de la ley vigente.

En primer lugar, todos los glaciares podrían ser destruidos. La reforma elimina la protección automática que hoy establece la ley y la reemplaza por un sistema discrecional: mediante una simple declaración de una autoridad provincial, un glaciar puede quedar fuera de la protección legal y ser habilitado para actividades extractivas.

En segundo lugar, el proyecto elimina la prohibición expresa de realizar minería sobre el ambiente periglacial. La Ley de Glaciares vigente reconoce que glaciares y periglaciares conforman un sistema único, indispensable para la regulación del agua. Desproteger el periglacial implica, en los hechos, permitir la destrucción del glaciar. Es como proteger el hielo pero apagar el freezer: el resultado es su desaparición.

Una falsa “federalización” de la protección del agua

La reforma propone que cada provincia decida qué glaciares y qué ríos pueden ser entregados a la megaminería y a la exploración hidrocarburífera. De este modo, se eliminan los presupuestos mínimos ambientales nacionales, que hoy garantizan un piso común de protección en todo el territorio argentino.

Esto no fortalece el federalismo : lo debilita. Los glaciares alimentan cuencas hídricas que atraviesan varias provincias. Permitir que una sola jurisdicción defina su destino afecta directamente a comunidades y territorios aguas abajo y abre la puerta a un dumping ambiental, donde las provincias compiten por ver quién flexibiliza más para atraer inversiones extractivas.

Un retroceso ambiental y jurídico inadmisible

Modificar la Ley de Glaciares en este sentido es ambientalmente riesgoso y jurídicamente ilegal. El proyecto viola el principio de no regresión ambiental, reconocido por la Constitución Nacional y por el Acuerdo de Escazú (Ley 27.566), que prohíbe disminuir los niveles de protección ya alcanzados.

En lugar de fortalecer la protección del agua frente a la crisis climática, el gobierno busca debilitar la única norma que pone un límite claro al avance de la megaminería en las cabeceras de los ríos.

Desde AAdeAA–CAJE reafirmamos un principio básico: proteger los glaciares y el ambiente periglacial es proteger el agua, las cuencas y el futuro de nuestras comunidades.

Llamamos a la ciudadanía, a las organizaciones sociales, a las comunidades, al periodismo y a los representantes legislativos a defender la Ley de Glaciares y a impedir cualquier retroceso en la protección de las reservas estratégicas de agua de la Argentina.

Porque sin glaciares no hay agua.
Y sin agua, no hay vida.

La regulación del metano vinculada a los combustibles fósiles en Argentina

El metano es el segundo gas de efecto invernadero más importante después del dióxido de carbono, pero con un potencial de calentamiento mucho mayor en el corto plazo. A nivel global, se estima que causa el 30% del calentamiento asociado a las actividades humanas. 

En Argentina representa el 32% de las emisiones totales de gases de efecto invernadero, principalmente provenientes de la ganadería (60%) y los combustibles fósiles (20%). Las emisiones de metano del sector de petróleo y gas se deben a fugas, venteo intencional y quema en antorcha, además de los pozos abandonados. Argentina es considerada un “super emisor” regional, junto con Brasil, Venezuela y Colombia. 

En cuanto a la normativa en el país, a pesar de los compromisos internacionales asumidos —como el Global Methane Pledge y la participación en la Coalición Clima y Aire Limpio (CCAC) y la Iniciativa Global del Metano (GMI)—, la regulación nacional aún es incipiente y fragmentada.

A nivel nacional, el marco normativo se apoya en leyes generales de cambio climático (Ley 27.520) y planes estratégicos (Planes Nacionales de Adaptación, Mitigación y Transición Energética). Las normas específicas son escasas: la Resolución 143/1998 regula el venteo y la quema de gas, mientras que la Resolución 970/2023 crea el Programa Nacional de Medición y Reducción de Emisiones Fugitivas, aún pendiente de reglamentación. 

El Proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos de Gestión de Emisiones de Metano en el Sector de Hidrocarburos busca llenar ese vacío, proponiendo la creación de un Plan Nacional de Reducción de Emisiones de Metano, planes de gestión empresariales, programas de detección y reparación de fugas, y la introducción de créditos compensatorios. Sin embargo, el proyecto carece de metas cuantificables y mecanismos sancionatorios robustos.

Las provincias comenzaron a avanzar con regulaciones propias. Chubut aprobó en 2024 una resolución que obliga a las empresas a presentar planes anuales de gestión de emisiones y a realizar monitoreos y reportes públicos. Neuquén y Mendoza implementaron programas piloto y registros provinciales de gases de efecto invernadero, mientras que Río Negro y Santa Cruz incorporaron exigencias ambientales generales en sus marcos hidrocarburíferos. Varias provincias participan además del Sistema de Alerta y Respuesta al Metano del Programa de Naciones Unidas para el Ambiente, que utiliza datos satelitales para detectar emisiones.

A nivel internacional, la tendencia regulatoria muestra un endurecimiento progresivo. Canadá y Estados Unidos han establecido metas nacionales de reducción y exigencias tecnológicas estrictas; la Unión Europea aprobó en 2024 el primer reglamento específico de metano para el sector energético, con obligaciones de monitoreo, reparación de fugas y prohibición del venteo y flaring, mientras que China y Brasil avanzan en estándares técnicos y planes sectoriales.

El documento concluye que Argentina necesita fortalecer su marco jurídico y de política pública con metas de reducción claras, sanciones efectivas y mayor articulación institucional entre Energía, Ambiente y Salud. Asimismo, advierte que el enfoque actual —centrado en la mitigación de fugas y la valorización del gas— reproduce la dependencia de los combustibles fósiles. Propone avanzar hacia una desfosilización progresiva y una transición energética justa, que reduzca emisiones y proteja los derechos de las comunidades.

Acceder al informe:

Se recomienda el documento “Metano en Argentina: una guía básica para entender desde cero” como una primera aproximación clara y accesible para comprender el metano, su vínculo con el sector de petróleo y gas y por qué es urgente hablar de él en Argentina.

El fallo de la Corte jerarquiza la democracia ambiental, el federalismo de concertación

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe y a las ciudades de Rosario y Victoria implementar acciones urgentes para preservar el Delta del río Paraná de los incendios. “Es un fallo histórico porque pone el punto de la i donde corresponde, jerarquiza la democracia ambiental, el federalismo de concertación y esto es muy importante, dijo a AIM Jorge Daneri, miembro de la Unidad de Vinculación Ecologista de la Fundación La Hendija, de la Asociación Argentina de Abogadas y Abogados Ambientalistas (Aaaa) y del Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (Caje).

“El fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre los incendios en el Delta es un fallo histórico”, enfatizó Daneri a esta Agencia.

El abogado ambientalista señaló que el mismo, “pone en presencia, en valor, de alguna manera resucita o reinventa el Plan Estratégico de Desarrollo Sustentable del Delta que se acordó entre las provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos y el Estado nacional en el año 2008 cuando aquellos mega incendios, que luego se han repetido durante la pandemia y estos últimos años. Es relevante porque no solo marca la incapacidad de los gobiernos de ejercer el federalismo de concertación, sino porque además pone en su lugar a las ambientales, las sienta en las sillas y en la mesa redonda donde otras áreas de los gobiernos, en esas escalas de gestión política, los niegan, las ignoran, las ningunean, las olvidan, las descartan en función de intereses corporativos, de simplificación de los territorios, de delimitaciones geográficas inventadas por nosotros los seres humanos que niegan la visión de Cuenca, que niegan la realidad sinérgica y sistémica de un ecosistema más que sensible”.

Además, este fallo es relevante “porque el fenómeno de los incendios, en cuanto a la aplicación que le exige la Corte a las provincias, a su implementación porque el plan ya existe, a su despliegue, se aplica a otros conflictos socioambientales en la misma área, y que directamente se relaciona con las causas de los incendios, que es la desertificación del Delta a partir de los intentos de mayor profundización, de mayor dragado, de que el Delta se adapte a los megabarcos de exportación, como así se pretende en el proyecto de licitación que el Gobierno nacional está impulsando y que fue frustrado por un dictamen también relevante de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas del Ministerio Público Federal a principios de años, y que ahora se intenta nuevamente llevar adelante a partir de una audiencia pública ambiental ficticia, fraudulenta, donde se ponen estudios totalmente desactualizados; estudios totalmente privatizados, sin intervención de las áreas ambientales, del Piecas, de todos los ámbitos que establece la legislación de presupuestos mínimos ambientales”.

En este sentido, remarcó Daneri, “La Corte pone en valor el Piecas, que tiene que intervenir en todos los escenarios vinculados a la protección de la diversidad biológica, de la diversidad hictícola, de todo proyecto de mega infraestructura, desde un puente, un túnel, desde una mayor profundización y artificialización del río. Todos escenarios absolutamente negados desde el 2013-14 en adelante de una manera realmente muy grave”.

Finalmente, indicó el abogado ambientalista, “el fallo destaca un punto relevante, el 9, que invito a poder analizarlo y considerarlo. Especialmente, la Corte condena a los tres Estados provinciales y al Estado nacional a la implementación de algunos de sus anuncios, como son todos los mecanismos de monitoreo, los faros que se iban a construir y que quedaron en una ejecución totalmente lenta, sin conocimiento de los pueblos en cuanto a sus resultados; la falta de una dinámica, de un activismo en el funcionamiento de la dirección y de la coordinación del Piecas que es realmente muy grave”.

“Es notable lo que el fallo destaca de los informes que le han presentado a la Corte las provincias donde casi la palabra Piecas no existe, son informes sectoriales vinculados exclusivamente a lo hecho o no hecho en cada provincia, pero que no articula, no transversaliza, no hay sinergias, no hay concertación, no hay conversación, no hay acuerdos”.

“Es un fallo histórico porque pone el punto de la i donde corresponde, jerarquiza la democracia ambiental, el federalismo de concertación y esto es muy importante. Pero lo hace, poniendo en su lugar a las leyes de presupuestos mínimos ambientales y esto es relevante. La concertación federal no puede atacar las leyes de presupuestos mínimos ambientales ya vigentes que son aplicables para todo el territorio de la República Argentina, y esto es una ratificación de la Corte de la importancia de las áreas ambientales, negadas brutalmente en el proceso hidrovía Paraná-Paraguay hasta el día de hoy; y relevante para todos los escenarios, particularmente el sistema ambiental Delta y sus ecosistemas asociados”, concluyó Daneri.

Instancia Decisiva en la Justicia Federal por el derrame de la minera Barrick Gold en la cuenca del río Jachal en San Juan

Recurrimos ante la Cámara Federal de Casación Penal para reabrir el Juicio Oral contra los responsables nacionales

La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, como representante de la Asamblea Jachal No Se Toca, declara su profunda preocupación ante la prescripción de la causa penal, por parte de la Jueza Servici de Cubría, contra los funcionarios nacionales responsables de haber frenado, manipulado e incumplido la Ley de Glaciares, en el marco del derrame tóxico de Barrick Gold en Veladero (Jáchal, San Juan) ocurrido en 2015.

El desastre de Jachal es el mayor derrame minero de la historia argentina y sigue impune a más de diez años: no hay juicio oral, no hay condenas y la minera Barrick Gold continúa operando en plena cordillera, dentro de la zona periglaciar protegida por ley.

La decisión de la jueza Cubría es un retroceso grave. No solo abandona la obligación del Estado de proteger las nacientes de agua de alta montaña, sino que además desconoce una década de pruebas que demuestran el rol del propio Gobierno Nacional de entonces en la manipulación del Inventario de Glaciares para permitir que Barrick operara donde la ley lo prohíbe. Sin esa intervención deliberada, Veladero no habría funcionado jamás: el derrame de cianuro, mercurio y metales pesados sobre la cuenca de Jáchal simplemente no habría ocurrido.

Por eso, desde la querella recurrimos ante la Cámara Federal de Casación Penal para reabrir el Juicio Oral contra los responsables nacionales.

El juicio de Jachal es la única vía para terminar con la impunidad política e institucional que rodea a Veladero desde hace años. Allí deben rendir cuentas quienes, desde el Estado Nacional, bloquearon la aplicación de la Ley de Glaciares y habilitaron la explotación minera en territorios que debían estar resguardados como reservas estratégicas de agua.

El pueblo de Jáchal carga con la contaminación, la incertidumbre y la negación sistemática de información. Su lucha es la que mantuvo viva esta causa cuando todos los resortes del poder quisieron cerrarla.

Veladero es el símbolo de un modelo extractivo basado en la desprotección de los territorios de alta montaña, el desprecio por el agua y el blindaje de las corporaciones mineras. La prescripción dictada por Servini solo fortalece ese modelo.

Por eso vamos a Casación: para impedir que esta causa se archive y para que, de una vez por todas, se escuche en un tribunal la verdad completa sobre cómo se violó la Ley de Glaciares para habilitar un proyecto que nunca debía haber existido.

La Argentina necesita justicia social y ambiental, transparencia y responsabilidad de las corporaciones mineras. Esta causa es una prueba decisiva: o se sostiene la impunidad minera, o se abre el camino para proteger de verdad los glaciares, el agua y las comunidades que dependen de ellos.

Exigimos Juicio Oral YA. El país está con Jáchal .

Basureros Petroleros: Allanamiento a la planta de COMARSA en Neuquén

Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) informa que, a pedido de esta querella y de la Fiscalía de Delitos Ambientales, la Justicia autorizó el allanamiento en la planta de COMARSA, ubicada en el Parque Industrial Neuquén Oeste, en la capital provincial. Este paso clave se da en el marco de la causa por los Basureros Petroleros del proyecto Vaca Muerta. Se realiza para avanzar en la investigación penal por usurpación de tierras públicas y contaminación peligrosa en uno de los mayores pasivos petroleros del país y del cual las empresas petroleras son responsables.

El operativo tiene un objetivo concreto: permitir las tareas de campo necesarias para el informe técnico del perito agrimensor designado por la querella, cuyo trabajo es indispensable para reconstruir los límites reales del predio y su expansión.

Esta nueva inspección judicial busca despejar una pregunta central ¿hasta dónde avanzó Comarsa sobre tierras públicas que nunca le fueron cedidas?

Desde la querella afirmamos, en base a lo evidenciado en años de documentación:
COMARSA no solo operó dentro del inmueble concedido a precio vil por la Municipalidad de Neuquén y el Concejo Deliberante, sino que extendió ilegalmente sus actividades sobre terrenos públicos no cedidos, ampliando su huella operativa por fuera de toda autorización estatal.

Esa expansión no es inocua. Sobre esas tierras usurpadas, la empresa acumuló a cielo abierto residuos petroleros tóxicos, provocando la degradación del territorio y afectando el aire, el suelo y la salud de las comunidades que viven y trabajan en las zonas aledañas. A su vez, el lixiviado de estos residuos corre peligor de afectar las napas que existen en la región. Es exactamente el tipo de manejo que las comunidades y organizaciones de la sociedad civil denuncian hace años: montañas de residuos, vapores tóxicos, derrames y un modelo energético que deja contaminación y precariedad donde debería haber controles, reparaciones y políticas públicas serias.

Con este allanamiento, la fiscalía espera demostrar el delito de usurpación, al demostrar la ocupación y el uso ilegal de tierras públicas por parte de la empresa. Y también el delito de contaminación peligrosa, al evidenciar que COMARSA acumuló residuos petroleros en esas mismas tierras, agravando la afectación territorial y social a las comunidades cercanas.

La investigación avanza en un contexto donde Neuquén convive con basureors petroleros abiertos, pozos abandonados sin remediación y zonas saturadas de la infraestructura petrolera sin que ninguna autoridad provincial regule cómo afecta esto a la población. Frente a esa desidia estructural, el allanamiento puede recaba r más evidnecias y avanzar hacia terminar la impunidad actual sobre el entramado que sostiene el proyecto Vaca Muerta.

Desde AAdeAA, como parte querellante, vamos a seguir impulsando las medidas necesarias para que se esclarezcan los hechos, se identifiquen las responsabilidades y se garantice la reparación de los territorios y de las comunidades afectadas.

La contaminación petrolera no es un daño abstracto, ni puede seguir haciéndose en nombre de las divisas y el interés nacional. Las comunidades están afectadas en sus cuerpos y territorios y quienes las afectan deben responder ante la ley

Sistema energético, metano y salud

Salud y enfermedad son parte de un proceso social complejo. Los daños en salud asociados al metano no son “accidentes” inevitables, sino consecuencias estructurales de una forma de desarrollo que privilegia la rentabilidad sobre la sustentabilidad socioambiental. 

El metano actúa como precursor del ozono troposférico, constituyendo un contaminante atmosférico con efectos adversos comprobados sobre la salud respiratoria, cardiovascular, reproductiva entre otros. La exposición al ozono troposférico se asocia a aumento de mortalidad por causas respiratorias y cardiovasculares, exacerbaciones de asma y EPOC, y mayor vulnerabilidad en niños, personas mayores y poblaciones con enfermedades de base. Asimismo, se han documentado alteraciones en la fertilidad masculina y femenina, y efectos negativos en el desarrollo fetal.

Los estudios epidemiológicos en Estados Unidos y Canadá han evidenciado un aumento del riesgo de un tipo de leucemia en comunidades ubicadas en cercanía de pozos de fracking, así como posibles incrementos en linfomas y otros cánceres hematológicos. También se han descrito alteraciones endocrinas, disrupciones reproductivas, entre otras.

En este contexto, la combinación de incertidumbre científica, exposición múltiple a contaminantes y proximidad entre pozos y comunidades plantea la necesidad de adoptar medidas regulatorias preventivas. La falta de datos oficiales accesibles y la magnitud de la exposición comunitaria hacen imperativa la aplicación del principio precautorio y las evaluaciones de riesgo integrales en territorios afectados por fracking.