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El Proyecto San Jorge judicializado: Las causas en curso contra la megaminería en Mendoza

Comunicado de prensa acciones judiciales DIA – San Jorge

En ellas se plantea declarar la nulidad, inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la ley 9684 y la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto Minero San Jorge.
Es falso que haya habido aval judicial para el PSJ. Durante la feria del mes de enero, la
justicia civil solamente ha rechazado las medidas cautelares planteadas en los amparos, aunque ello no implica pronunciamiento alguno sobre la cuestión de fondo que recién comienza y se
analizará luego de la feria.

Las acciones judiciales en defensa del agua y el ambiente siguen plenamente vigentes y el Poder Judicial debe avanzar en su tratamiento.

En el Segundo Tribunal de Gestión Asociada a cargo de la Jueza Dra. Iermoli Blanco se encuentran:

En ellas se plantea declarar la nulidad, inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la Ley 9684 y de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto Minero San Jorge (PSJ).
Es falso que haya habido aval judicial para el PSJ. Durante la feria del mes de enero, la justicia civil únicamente rechazó las medidas cautelares planteadas en los amparos, lo cual no implica pronunciamiento alguno sobre la cuestión de fondo, que recién comienza y será analizada luego de la feria judicial.
En el Segundo Tribunal de Gestión Asociada, a cargo de la jueza Dra. Iermoli Blanco, se encuentran los siguientes expedientes:
Expediente N.º 287132.
Amparo presentado por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Asociación Civil de Uspallata “El Suri” e integrantes de Vecinos Autoconvocados de San Carlos, Autoconvocados por el Agua Tunuyán, Asamblea del Pueblo de Alvear y Asamblea Popular por el Agua, con el patrocinio del Dr. Emiliano Bustos Sarmiento.
La acción refiere a una DIA condicionada, incompleta y carente de estudios esenciales, así como a la falta de transparencia de la audiencia pública.
Expediente N.º 287138.
Amparo presentado por la Comunidad Huarpe Guaytamari de Uspallata y la Fundación Cullunche, con el patrocinio de la Dra. Agustina Chaves, Lucio Chaves, Antonella Barnes, Martín Berlanga Darder, Florencia Alderisi y Carime Mercado.
Refiere al incumplimiento del Consentimiento Libre, Previo e Informado a los pueblos originarios, establecido en el Convenio 169 de la OIT; a la violación de la Ley Provincial N.º 6599 (Monumentos Naturales Provinciales); y a la omisión, en todo el proceso del PSJ, de la existencia del proyecto de ley para crear el Área Natural Protegida Uspallata–Polvaredas, presentado por vecinos de Uspallata y actualmente con estado parlamentario.
Expediente N.º 287141.
Amparo presentado por un vecino de Uspallata, con el patrocinio de la Dra. Julieta Lavarello, Martina Barraza Orsini (XUMEK) y Enrique Jasid (CeProDH).
Refiere al agotamiento del caudal del arroyo El Tigre y a su insuficiencia como fuente de agua para abastecer al PSJ, siendo este arroyo el principal afluente de la Ciénaga del Yalguaraz.
Asimismo, ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza se tramitan las siguientes acciones de inconstitucionalidad:
Expediente N.º 238274.
Acción de inconstitucionalidad presentada por ciudadanos de la provincia de Mendoza, con el patrocinio del Dr. Luis Gabriel Escobar Blanco, referida a incumplimientos del Código de Minería.
Expediente N.º 238528.
Acción de inconstitucionalidad presentada por Oikos Red Ambiental, con el patrocinio del Dr. Agustín Sánchez, Juan Carlos Nievas y Manuel Linares, referida a una DIA condicionada, incompleta y carente de estudios esenciales.
Expediente N.º 239042.
Acción de inconstitucionalidad presentada por José Luis Ramón y Jenina Johana Gutiérrez, de la Asociación Civil Progreso Mendoza, y por el Lic. Eduardo Sosa, referida a una DIA condicionada, incompleta y carente de estudios esenciales, y a la falta de transparencia de la audiencia pública.
Expediente N.º 239054.
Acción de inconstitucionalidad presentada por ciudadanos de la provincia de Mendoza, con el patrocinio del Dr. Luis Gabriel Escobar Blanco, referida a la contaminación por arsénico.
En síntesis, las distintas acciones judiciales sostienen el riesgo de daño ambiental irreversible por la aprobación de una Declaración de Impacto Ambiental incompleta, condicionada y carente de estudios esenciales, que impiden determinar tanto la factibilidad del uso del agua como los riesgos de contaminación del río Mendoza y otros recursos hídricos.
Asimismo, se plantea el riesgo de agotamiento del caudal del arroyo El Tigre, principal aportante del ecosistema de la Ciénaga del Yalguaraz; el incumplimiento de la consulta a pueblos originarios establecida en el Convenio 169 de la OIT; la falta de transparencia y de consulta pública debido a las irregularidades de la audiencia pública realizada en el ámbito de la empresa; y el riesgo de liberación de arsénico, entre otros aspectos.
Entre las normas constitucionales y convencionales vulneradas se encuentran los artículos 28, 33, 41, 43 y 75 incisos 22 y 23 de la Constitución Nacional; tratados internacionales que integran el bloque de constitucionalidad federal, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (arts. 1.1, 2 y 25); el Protocolo de San Salvador (art. 11); el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (arts. 2.1, 11 y 12); y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (arts. 2, 6 y 14), todos vinculados de manera directa con la tutela del derecho a la vida, la salud, el agua y el ambiente sano, así como con el acceso efectivo a la justicia.
También se encuentra comprometido el Acuerdo de Escazú (Ley N.º 27.566), en particular sus artículos 1, 4, 6 y 8 (incisos 1, 2 y 3), que imponen obligaciones reforzadas al Estado en materia de acceso a la información ambiental, participación pública y acceso a la justicia en asuntos ambientales.
Asimismo, se vulneran la Ley General del Ambiente (Ley N.º 25.675), la Ley Provincial N.º 5961, la Ley Provincial N.º 7722 y el Código de Minería.
La Justicia de Mendoza debe dar rápido tratamiento a todas estas acciones judiciales, que forman parte de la lucha que viene llevando adelante el pueblo de Uspallata y toda la provincia de Mendoza en defensa del agua y de los bienes comunes.


Contactos de los equipos interdisciplinarios que trabajan en las acciones legales:
– ONG Progreso Mendoza:
Lic. Cristina Patiño – Tel. 260 4332765
Lic. Eduardo Sosa – Tel. 261 4183715
– Dra. Julieta Lavarello – Mat. Prov. Mendoza N.º 10.108 – Tel. 261 3071804
– Dr. Enrique Jasid – Mat. N.º 9968 – Tel. 261 6636751 (CeProDH)
– Lic. Federico Soria – Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Uspallata – Tel. 261 5333477
– Gonzalo Vergez – Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas – Tel. 223 4268927
– Ariadna Fajner Correa – Tel. 261 5933400 (XUMEK)
– Dr. Luis Gabriel Escobar Blanco – Cel. 261 2576066
– Carlos Russo – Cel. 261 3475597

La reforma Barrick Gold: destruir la Ley de Glaciares

  • Lejos de una discusión técnica, el intento de reformar la Ley de Glaciares es una decisión política hecha a medida del lobby minero: busca habilitar proyectos hoy prohibidos, debilitar la protección del agua y consolidar un modelo extractivo regresivo, inconstitucional y ambientalmente irreversible.
por Enrique Viale y Lucas Micheloud para elDiarioAr

La reforma a la Ley de Protección de Glaciares que impulsa el Poder Ejecutivo Nacional no puede interpretarse como un debate técnico ni como una discusión jurídica. Tampoco responde a una supuesta necesidad de “modernización” normativa frente a la crisis económica que atraviesa nuestro país. Lo que se intenta presentar como un modificación legal es, en realidad, una definición política de gran impacto, que vuelve a colocar en el centro del conflicto el extractivismo como modelo de maldesarrollo y la disputa por los bienes comunes.

Ley de Protección de Glaciares que impulsa el Poder Ejecutivo Nacional vuelve a colocar en el centro del conflicto el extractivismo como modelo de maldesarrollo

No tenemos dudas de que estamos frente a la “reforma Barrick Gold”. Una modificación elaborada a la medida de las grandes corporaciones mineras transnacionales que, desde hace más de una década, presionan de manera sistemática para flexibilizar o vaciar la protección de glaciares y ambientes periglaciares. Hoy, esa vieja aspiración corporativa encuentra una nueva oportunidad política bajo el actual gobierno libertario, el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) y una ofensiva geopolítica más amplia orientada a desmantelar los presupuestos mínimos de protección ambiental. 

La Ley de Glaciares (26.639) no constituye obstáculo alguno para la actividad minera en nuestro país como repiten desde la mesa minera y los discursos oficiales. Se trata de un sector hiperliberalizado que goza de privilegios extraordinarios, regalías irrisorias escandalosas y ganancias definidas por simples declaraciones juradas que hacen las propias corporaciones mineras. En cambio, la ley de glaciares contiene un límite básico -democrático y constitucional- al avance del extractivismo (minero e hidrocarburífero), sobre ecosistemas frágiles y estratégicos, estableciendo zonas de exclusión frente a actividades de alto impacto ambiental. 

Entonces lo que hoy se encuentra en disputa no es solo una ley ambiental, sino el sentido mismo de la política pública frente a la crisis ecosocial. Se trata de decidir si la Argentina continuará contando con una legislación que resguarda de manera efectiva sus glaciares y ambientes periglaciares —una de las principales reservas de agua dulce del país— o si avanzará hacia su desprotección sistemática, legitimada con recicladas promesas desarrollistas con la única intención de habilitar la expansión minera en territorios que hasta ahora permanecen protegidos legalmente.

En ese marco, la reforma de la Ley de Glaciares no aparece como un hecho aislado, sino como una pieza central de una reconfiguración regresiva del estado de derecho ambiental, donde se vuelve a usar la crisis económica como oportunidad para profundizar el saqueo, debilitar los derechos colectivos y consolidar un modelo extractivo cada vez más excluyente, dependiente y territorialmente desigual.

La reforma tiene nombres y apellidos

 Para entender mejor el objetivo de la reforma que impulsa el lobby minero, es necesario aclarar que lo que buscan son los minerales que se encuentran debajo de los glaciares, y que la actual Ley los protege y prohíbe su destrucción. No es que quieren los glaciares para llevárselos “en cubitos” o “en helicóptero”, como intencionalmente confunden los trolls libertarios en redes, para intentar ridiculizar nuestro reclamo. Como lo venimos denunciando, esta avanzada tiene actores concretos, intereses muy definidos y territorios claramente identificables. La reforma tiene nombres y apellidos. En San Juan, los proyectos que presionan para modificar la Ley de Glaciares son emblemas del modelo extractivo a gran escala: Veladero, operado por Barrick Gold en sociedad con la estatal china Shandong Gold; el Proyecto Vicuña, de Lundin Mining y BHP; El Pachón, de Glencore; y Los Azules, de Río Tinto. Todos estos emprendimientos, manejados por las corporaciones mineras más grandes y poderosas del planeta, de llevarse a cabo bajo el régimen legal vigente, violarían la Ley 26.639. En Mendoza, el gobernador (filo libertario) Alfredo Cornejo aprobó recientemente ocho proyectos de exploración en zonas glaciares y periglaciares, anticipando el tipo de decisiones que se multiplicarán si la reforma prospera.

Crisis Climática

Esta ofensiva minera se produce, además, en un contexto global y nacional alarmante. Una crisis climática y ecológica que nos coloca ante un punto de inflexión histórico, posiblemente de no retorno. Los glaciares son las reservas estratégicas de agua dulce, reguladores del clima, sostienen numerosas cuencas hidrográficas, garantes de la vida de miles de comunidades y piezas clave en el equilibrio de los ecosistemas de montaña. Su función no se limita a alimentar ríos de deshielo sino que cumplen un rol central en la regulación climática, la biodiversidad, la estabilidad de los suelos y la seguridad hídrica de muchos territorios.

Hace apenas unos días, Naciones Unidas alertó sobre la “bancarrota hídrica” global, destacando el papel fundamental que cumplen los glaciares frente al calentamiento global. En un mundo cada vez más caliente, más seco y más desigual, los glaciares actúan como reservas naturales de agua, amortiguan sequías, regulan caudales y sostienen economías regionales enteras y en Argentina abastecen del vital recurso a gran parte de nuestro territorio. Avanzar sobre ellos es avanzar contra la ciencia, contra los consensos climáticos internacionales y contra el principio precautorio que debería guiar toda política pública en contextos de incertidumbre y riesgo irreversible.

No es casual que esta reforma se inscriba en una agenda más amplia de negacionismo climático, promovida por el gobierno libertario en nuestro país y por las extremas derechas a nivel global. Se trata de una visión que reduce la naturaleza a una mera mercancía, desprecia el conocimiento científico y concibe los bienes comunes como obstáculos al mercado. En esa lógica se inscribe esta reforma minera, que concibe a los glaciares y ambientes periglaciares no como reservas estratégicas de agua ni reguladores del clima, sino como “problemas legales” que deben ser removidos para facilitar negocios de cortísimo plazo para un puñado de corporaciones trasnacionales y de larguísimos e irreversibles daños ambientales y sociales para las mayorías. 

Inseguridad Jurídica y Judicialización

Desde el punto de vista jurídico, el proyecto de reforma P.E. 161/25 resulta abiertamente regresivo e inconstitucional. El artículo 41 de la Constitución Nacional establece con claridad que corresponde a la Nación dictar normas que contengan los presupuestos mínimos de protección ambiental, que funcionan como un piso común, obligatorio e inderogable por parte de las provincias que, pueden complementarlo y ampliarlo, pero nunca reducirlo. Esta arquitectura constitucional fue diseñada precisamente para poner límites al poder político frente a presiones económicas como las que estamos viendo, recordando que la Constitución no existe para acompañar los ciclos del poder, sino para contenerlos. La reforma propone exactamente lo contrario.

Paradójicamente, quienes impulsan esta reforma prometen “seguridad jurídica” y “más inversiones”. Más allá que la seguridad jurídica no es solo para las corporaciones, los ciudadanos también tenemos derecho a que se mantengan las normas que protegen nuestro bienes esenciales, como el agua. También desde el punto de vista empresarial, una norma regresiva e inconstitucional está destinada a ser judicializada, suspendida y declarada inválida. Además que, como está redactada la reforma, la protección de un glaciar dependerá de la voluntad política del gobernador, lo que podrá cambiar con cada elección. El resultado será exactamente el contrario al que busca el sector minero: mayor inseguridad jurídica, paralización de proyectos, conflictos territoriales y responsabilidades políticas y judiciales para quienes impulsan este retroceso. No hay inversión posible sobre la base de la destrucción de las reservas de agua y el incumplimiento de nuestra Constitución Nacional.

Es hora de interpelar a los Senadores

Esta reforma no es inevitable, tiene responsables. Por eso cada senador y senadora deberá decidir en los próximos días de qué lado está: del lado de Barrick Gold y las corporaciones mineras, o del lado de las comunidades, la Constitución y la defensa del agua y la vida. Su decisión quedará escrita para siempre en la historia.

Junto a organizaciones socioambientales, asambleas territoriales y espacios jurídicos de todo el país estamos impulsando una consigna clara y urgente: #LaLeydeGlaciaresNoSeToca. En las Sesiones Extraordinarias de febrero, el gobierno libertario, algunos gobernadores (y sus Senadores) y las grandes corporaciones mineras intentarán desarmar una de las leyes ambientales más importantes de Argentina. No podemos permitirlo. La decisión, ahora, está en manos de Senado, pero también en nuestras manos, es tiempo de escribir a cada legislador/a, de movilizarse en cada uno de los territorios y de exigirles una respuesta clara:

¿Va a votar con las megamineras o con las comunidades que defienden el agua?

Reforma del sistema de inteligencia: una norma que pone en riesgo garantías constitucionales básicas

El pasado 31 de diciembre el Poder Ejecutivo dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 941/2025, mediante el cual reformó el funcionamiento del sistema de inteligencia argentino. No con una ley debatida en el Congreso, sino de forma unilateral durante su receso. 

¿Por qué te tiene que importar? 

Porque modifica la manera en la que el Estado puede vigilarte y así afecta directamente tu libertad, tu autonomía y tu privacidad.

No tenés forma de saber cómo son usados tus datos personales

El DNU obliga a más de 15 organismos públicos a compartir datos personales de la población con la SIDE, sin establecer procedimientos concretos ni mecanismos de control. El decreto se vuelve así una herramienta para realizar vigilancia masiva. Además, la acumulación de grandes cantidades de datos en un solo organismo es todavía más peligrosa en la medida en que el Estado no tiene una política adecuada de seguridad de la información y las filtraciones son frecuentes. 

El decreto no prevé ningún tipo de control ciudadano sobre el accionar de la SIDE y concentra todavía más poder en esta agencia. Puede pedir información a provincias y municipios, aprobar presupuestos secretos, compartir tus datos con agencias de otros países sin autorización judicial. Y todo bajo absoluto secreto. Nadie sabrá qué hacen con tu información ni a quién se la dan.

Nadie controla a los que controlan

El decreto establece que las actividades de inteligencia son encubiertas por definición. Esto significa que no vas a poder saber si te están investigando, por qué, ni qué información tienen sobre vos. El carácter encubierto puede frustrar eventuales investigaciones para probar responsabilidades del Estado. No hay forma de reclamar si se equivocan o abusan. El secreto es la regla.

Una SIDE que te puede detener

Por primera vez en democracia, los agentes de inteligencia tienen poder para detenerte. La SIDE puede proceder a la “aprehensión” de personas sin que quede claro bajo qué criterios ni con qué garantías, y sin autorización judicial. Esto deja habilitado el camino a detenciones arbitrarias, a la persecución y a la intimidación. Es transformar a los servicios de inteligencia en una especie de policía secreta y sin control. 

Los militares volverían a tareas de seguridad interior

Durante décadas, Argentina trabajó para separar claramente defensa (militares) de seguridad interna (policías). Era una lección aprendida de la dictadura: los militares no deben ejercer funciones de control de la población civil. Este decreto permite que las Fuerzas Armadas realicen tareas de inteligencia sobre “organizaciones no estatales” —sin aclarar cuáles ni los criterios que harían que las organizaciones ingresaran en esa categoría— y les quita el control civil. Es un retroceso histórico peligroso.

El regreso de la idea del “enemigo interno”

En este DNU se expande de manera significativa el concepto de contrainteligencia, que pasa a incluir la prevención de acciones de infiltración, espionaje, sabotaje, influencia, injerencia o interferencia de factores externos en detrimento del proceso decisorio de las autoridades públicas, de los intereses estratégicos nacionales y/o de la población en general, incluso en “abordajes multidimensionales” de actores estatales y no estatales. Al modificar el artículo 4° de la Ley 25.520, las prohibiciones pensadas para que las agencias de inteligencia no puedan hacer tareas de inteligencia política (no influir sobre la vida política, social, económica, partidos, opinión pública) se vuelven irrelevantes porque se incluye una excepción muy amplia: las actividades de contrainteligencia previstas quedan habilitadas a realizar estas prácticas hasta ahora prohibidas. En los hechos, esto flexibiliza los límites legales a la inteligencia interior y habilita el espionaje político en nombre de la contrainteligencia.

La vaguedad de ciertos términos abre preguntas sobre cómo será la aplicación efectiva de estas disposiciones, y esta preocupación se incrementa ante la difusión en diciembre pasado de un supuesto Plan de Inteligencia Nacional (PIN), en el que se identificaban expresamente como “enemigos internos” a anarquistas, pueblos originarios, ambientalistas y periodistas que “desinformaran” o “deslegitimaran” al gobierno. 

Así, se ponen en grave riesgo los derechos de libertad de expresión, de asociación y de petición a las autoridades. Reclamar por una ley (como la de Glaciares o Fondos para Discapacidad) nos convierte en un objetivo de inteligencia y pasibles de ser espiados, infiltrados y hasta detenidos. 

¿Por qué ahora? ¿Por qué así?

Este DNU, manifiestamente inconstitucional, rompe consensos básicos, amplía el margen de discrecionalidad estatal, debilita los controles y posibilita prácticas que creíamos superadas. Al habilitar herramientas para vigilar, perseguir y detener, es una señal directa hacia quienes defendemos derechos, territorios y democracia.

Una vez más, se toman decisiones de extrema relevancia sin debate legislativo. Es evidente que lo que exige nuestra Constitución para el dictado de decretos de necesidad y urgencia no se cumple: no hay circunstancias excepcionales que impidan al Congreso sancionar leyes, y es claro que reformas tan trascendentes como éstas, lejos de ser adoptadas de manera unilateral, deberían realizarse cuando hay acuerdos entre diversas fuerzas políticas. El Congreso debe rechazar este decreto. 

FIRMAS:

  1. Amnistía Internacional Argentina
  2. Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas / CAJE
  3. Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)
  4. Poder Ciudadano
  5. CELS
  6. Democracia en Red
  7. Fundación SES
  8. Fundación Vía Libre
  9. Campaña Argentina por el Derecho a la Educaciòn (CADE)
  10. Fundación Ambiente y Recursos  Naturales (FARN)
  11. Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) 
  12. Fundación para el Desarrollo Humano Integral 
  13. Fundación Protestante Hora de Obrar
  14. Xumek- Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos
  15. Fundación Cambio Democrático
  16. Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)
  17. Instituto Latinoamericano de Seguridad y Democracia (ILSED)
  18. Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes (CAREF)
  19. Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES)
  20. Consciente Colectivo
  21. Fundación Huésped 
  22. Greenpeace
  23. Federación Ecuménica de Cuyo (FEC)

Un protocolo sin consulta

La Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro, con el patrocinio legal de la Asociación Argentina de Abogades Ambientalistas, interpuso el martes 30 de diciembre una demanda judicial solicitando que se declare la inconstitucionalidad del Protocolo de Consulta Previa, Libre e Informada (Ley N° 5755/2024) y de su decreto reglamentario, sancionados por la Legislatura de Río Negro durante el año 2024.

Dicho protocolo fue sancionado de manera unilateral por el Estado provincial, sin consultar a las comunidades originarias, incluso desoyendo sus disidencias y observaciones expresamente formuladas durante el proceso previo.

Sostenemos, sin margen de duda, que no existió participación alguna de autoridades indígenas, comunidades ni de pobladores dispersos en la confección y redacción del protocolo de consulta, incumpliendo de este modo los estándares constitucionales y convencionales vigentes.

La norma impugnada deriva en un procedimiento de consulta altamente restrictivo respecto de la participación de los pueblos indígenas, sus autoridades, comunidades y pobladores dispersos, limitando su intervención en la toma de decisiones vinculadas a leyes o disposiciones administrativas que afectan directa o indirectamente a sus territorios.

Desde el punto de vista jurídico, este esquema resulta contrario al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y a los artículos 75 incisos 17 y 22 de la Constitución Nacional.

En los hechos, esta “consulta sin consulta” se reduce a un trámite administrativo diseñado a la medida de proyectos extractivistas, mineros e hidrocarburíferos, que buscan avanzar sobre territorios ancestrales sin garantizar la participación real de los pueblos indígenas.

Es claro que el Gobierno de Rio Negro, no quiere incluir en la participación real de un Protocolo de Consulta, Libre, Previa e informada a las comunidades ni mucho organizaciones indígenas. Solo quiere que las mismas asientan sin debate previo, a los fines de legitimar iniciativas unilaterales.

La consulta previa, libre e informada es un derecho colectivo de los pueblos indígenas. Desde la Asociación Argentina de Abogades Ambientalistas acompañamos esta demanda porque defender la participación real es defender los territorios, la democracia y el respeto por los derechos de los pueblos originarios.

Una vez más vemos como se consolida un modelo de toma de decisiones autoritario, funcional a intereses extractivistas y ajeno a toda lógica democrática. Frente a este escenario, reafirmamos que no habrá licencia social ni legitimidad posible sin consulta real, libre, previa e informada, construida desde y con las comunidades, y no a espaldas de ellas.

En defensa del Río Paraná ante los intentos de Frigerio y Milei de avanzar en la destrucción de sus ecosistemas

El presente anuncio en la ciudad de Paraná, por parte del Presidente de la República y el Gobernador de Entre Ríos, sobre la mayores profundizaciones por dragado en los tramos o brazos del Río Paraná, denominados Paraná Guazú y Paraná Bravo, se dan en pleno proceso electoral, sin estudios técnicos de ninguna naturaleza.

Desde la Asociacón Argentina de Abogados/as disponemos de documentación oficial que acredita la total ausencia del área ambiental y otras por parte del Gobierno de Entre Ríos en la construcción técnica y política de semejante decisión. Los bienes naturales son de las Provincias. El Gobierno Nacional no puede ni debe hacer lo que se le ocurra con el río, su valle de inundación y consecuentemente sus diversidades culturales, ecológicas como económicas a escala humana, local, como regional.

Más aún, hemos requerido los informes emitidos por el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los EEUU en este contexto, ahora profundizado por estos anuncios, para poder saber cuáles son sus recomendaciones en cuanto a la instrumentación del Memorándum de Entendimiento firmado hace más de un años y medio y poder así observar las razones y vínculos con semejantes decisiones. No olvidemos que dicho acuerdo fue ratificado por el Presidente Javier Milei en marzo de 2024. 

Los anuncios en Paraná, no son inocentes, se hacen con el Órgano de Control de la Vía Troncal Navegable y del Instituto Nacional del Agua, extinguidos por la actual gestión de gobierno. Con ningún tipo de intervención del Consejo Hídrico Federal, lo que también tenemos documentado. Es decir, la privatización del conocimiento y el descontrol y el unitarismo, es absoluto.

Nos oponemos frontalmente a estas decisiones y vamos a utilizar todas las herramientas de la democracia ambiental, el derecho, en particular en Acuerdo Regional de Escazú que sean necesarios como apoyar todas las manifestaciones del activismo de las comunidades y sus articulaciones.

De avanzar con estas decisiones, el proceso de desertificación del sistema de humedales del Delta, será brutal y muy probablemente irreversible. No hay agua. En estos momentos en Brasil, Paraguay y Bolivia, el gran Pantanal está con una sequía y bajante extrema y agudizándose. Se están conservando en las represas de Brasil,  con disminución de flujos de agua por parte de tres hidroeléctricas del río Paraná. Todos factores geopolíticos y ecológicos relevantes para poder comprender que este delirio implica no prestar atención a una diplomacia inexistente y que obliga a la aplicación extrema de los principios precautorio y preventivo. La falta de agua no justifica mayores profundizaciones, sino todo lo contrario. 

Los efectos negativos sobre los ciclos de vida de la flora y la fauna y en particular de los bienes ictícolas es en este contexto, desbastadora. Ya son cuatro años con realidades angustiante para las comunidades, como Victoria en Entre Ríos, poder quedarse sin agua potable por la desertificación del humedal y el descontrol en la gestión de los sedimentos del dragado de la hidrovía, que taponan sus ingresos de agua al humedal desde hace décadas. 

Reiteramos, hacer semejante intervención de artificialización del río dentro del corazón de un Áreas Natural protegida y sin Evaluación de Impacto Ambiental, y sin una Evaluación Acumulativa Estratégica, es demencial. 

Además, esta intervención en la diversidad biológica y cultural, como social de la artificialización anunciada, sin participación de áreas críticas de Entre Ríos y las provincias del Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible del Delta del Paraná, Buenos Aires y Santa Fé, es un ataque directo a la institucionalidad democrática y federal de la República. 

Por eso también presentamos una nueva solicitud de acceso a la información pública ante el Ministerio de Economía de la Nación, del cual depende la Secretaría de Transporte, para conocer las implicancias del Memorándum de Entendimiento firmado entre el Gobierno Argentino y el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos. ¿Qué informes emitió, qué recomendaciones, por qué ese contenido no es público aún?

El acuerdo, ratificado por Javier Milei en marzo de 2024, incluye compromisos de cooperación en políticas hídricas, gestión de cuencas, control de inundaciones, sedimentación, dragado y “dirección estratégica” en la gestión de ríos y cuencas argentinas.
Estos puntos son de altísimo interés público y ambiental, ya que podrían estar vinculados con la nueva profundización del Paraná anunciada la semana pasada.

Solicitamos copia certificada de todos los informes emitidos por el Cuerpo de Ingenieros respecto de la Cuenca del Plata —en especial los ríos Paraguay, Paraná y Río de la Plata— y pidió precisiones sobre las obras o megaobras recomendadas, los proyectos de dragado o infraestructura propuestos, y los mecanismos de adjudicación o ejecución sugeridos.

También saber si existen nuevos convenios vinculantes o consultorías activas con ese organismo extranjero. De negarse la información, haremos uso de los mecanismos legales previstos por el Acuerdo Regional de Escazú, que garantiza el acceso a la información y la participación pública en asuntos ambientales.

Estamos frente a la profundización de un megaproyecto que se encuentra en los escenarios judiciales de investigación de corrupción, que avanza en su instrumentación con la privatización absoluta del río y en un contexto de agravio al federalismo y de total entrega de la soberanía nacional bajo el asesoramiento extranjero ya expuesto y con un gran ausente, la máxima autoridad ambiental nacional.

Acceso a la información: exigimos transparencia sobre el Acuífero Guaraní y el Subgrupo de Medio Ambiente del MERCOSUR

La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA)-Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE), a través de su Centro de Acceso a la Información, presentó nuevas solicitudes de acceso a la información pública ambiental. Los reclamos apuntan al Tratado del Acuífero Guaraní y al Subgrupo de Medio Ambiente del MERCOSUR (SGT N°6), espacios institucionales claves que hoy funcionan con una opacidad alarmante., con modalidades de gestión y decisión, desconocidas por las comunidades.

En un contexto de crisis climática y avance de megaproyectos extractivos que dependen críticamente del agua, es estratégico que la ciudadanía conozca qué decisiones se toman a nivel regional y qué compromisos asume la Argentina.

El Acuífero Guaraní es una de las reservas de agua dulce subterránea más grandes del planeta. Atraviesa Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, y constituye un patrimonio vital para el presente y el futuro de millones de personas. El Tratado del Acuífero Guaraní, vigente desde 2020 y ratificado en nuestro país por la Ley 26.780, establece la creación de una Comisión del Acuerdo para garantizar la gestión conjunta y precautoria de este bien común.

Sin embargo, a casi cinco años de su entrada en vigor, el funcionamiento real de este marco institucional es prácticamente desconocido para la sociedad. Por eso solicitamos al Ministerio de Relaciones Exteriores:

  • Copias de las actas de reuniones de la Comisión del Acuerdo.
  • Documentación que acredite si la Comisión intervino o tiene una actitud proactiva en los procesos de  evaluación ambiental de proyectos de hidrógeno verde como el Tambor Green Hydrogen Hub (Enertrag, Alemania) en Tacuarembó y el proyecto de HIF Global en Paysandú, ambos en Uruguay.
  • Un mapa actualizado de las zonas de recarga y descarga del acuífero en las cuencas del río Uruguay y Paraná.
  • Copias certificadas de los proyectos destinados a la implementación del Programa de Acción Estratégico del Acuífero Guaraní, actualmente financiado por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF).
  • Información sobre las articulaciones entre el órgano ejecutivo del Tratado y la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU).

Estos pedidos no son meramente técnicos: el acuífero está siendo presionado por proyectos de energía de transición y megaplantas de hidrógeno verde, que implican un uso intensivo del agua en territorios frágiles. Sin acceso a la información pública, no hay forma de evaluar los impactos reales ni de garantizar la protección de este bien común frente a intereses privados y corporativos, muchos de ellos liderados por corporaciones del Norte en sus procesos de transición energética para nada compatibles con nuestros ecosistemas y sus pueblos. .

El Subgrupo de Trabajo N°6 (SGT 6) de Medio Ambiente es el órgano técnico del MERCOSUR responsable de incorporar la dimensión ambiental en todas las políticas del bloque. Fue creado para garantizar que la integración regional no se limite al comercio, sino que también contemple la protección de los ecosistemas compartidos y el uso responsable de los recursos naturales. Su mandato abarca desde la elaboración de lineamientos y normas comunes hasta la coordinación de estudios de impacto ambiental y la articulación con otras instancias binacionales y multilaterales.

A pesar de su rol estratégico, el funcionamiento del SGT N°6 permanece invisibilizado para la ciudadanía. Por eso solicitamos a la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes de la Nación:

  • Actas de sus reuniones de los últimos tres años.
  • Información sobre su intervención en los estudios de impacto ambiental de la Hidrovía Paraguay-Paraná (Vía Troncal Navegable) y de la Hidrovía del Río Uruguay hasta Concordia/Salto.
  • Documentación sobre la vinculación técnica y política entre el SGT N°6 y la Comisión del Acuífero Guaraní.

El acceso al agua potable y la protección de los ecosistemas compartidos son asuntos de seguridad humana, justicia ambiental y soberanía regional. Sin transparencia y participación, los marcos institucionales internacionales se convierten en sellos vacíos que legitiman negocios, en lugar de proteger a las comunidades.

Los pedidos que realizamos buscan abrir una puerta cerrada: que el pueblo argentino sepa qué se negocia sobre su agua, cómo se implementan los tratados regionales y qué rol juega la Argentina en el MERCOSUR frente a la crisis climática.

El Acuífero Guaraní, los ríos Paraná y Uruguay y sus cuencas son bienes comunes que deben ser gobernados con transparencia, democracia y justicia ecosocial. No se trata solo de proteger la naturaleza: está en juego la vida, el futuro y la soberanía de nuestros pueblos.

 Fondos ATN: el veto presidencial y la urgencia de un uso con enfoque ambiental

Organizaciones sociales, académicas y territoriales expresan su preocupación por el veto presidencial a la ley que modificaba la distribución de los ATN y llaman a repensar su uso, proponiendo un esquema que asegure transparencia, planificación y criterios ambientales en la asignación de estos fondos.

Desde las organizaciones firmantes expresamos nuestra profunda preocupación frente al veto presidencial a la ley que modificaba el régimen de distribución de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN), norma que había sido aprobada por amplias mayorías en ambas cámaras del Congreso Nacional. El uso reiterado del veto presidencial, sin instancias previas de diálogo o construcción colectiva, socava los principios de una democracia representativa robusta, debilitando el rol del Congreso como ámbito de deliberación plural y afectando el diseño de políticas públicas que exigen consensos duraderos.

La ley vetada representaba un avance respecto del esquema vigente: por primera vez desde la sanción de la Ley de Coparticipación Federal (N.º 23.548), se proponía la distribución automática del 1 % de la masa coparticipable destinada a los ATN, con el objetivo de evitar su concentración en el Poder Ejecutivo Nacional y su asignación discrecional, históricamente asociada a criterios político-partidarios. Esta reforma buscaba dar previsibilidad a los recursos, permitiendo que las provincias accedieran a ellos de manera regular y conforme a parámetros ya establecidos en la legislación vigente. A su vez, respondía a un problema grave de subejecución presupuestaria: en 2024, de los casi $680.000 millones disponibles, solo se utilizaron $49.800 millones, el 7,3 %.

No obstante, también es preciso señalar los límites de dicha norma: si bien resolvía el “cómo” se distribuyen los fondos, no abordaba el “para qué” ni el “bajo qué condiciones”. La propuesta aprobada en el Congreso omitía establecer criterios para garantizar que esos recursos se utilizarán en función de necesidades sociales, ambientales o de infraestructura pública. De esta forma, se corría el riesgo de trasladar la discrecionalidad del nivel nacional al provincial, sin mejoras en términos de transparencia, planificación o rendición de cuentas. En un escenario atravesado por múltiples crisis —climática, ecológica, social y económica—, esta omisión no es menor.

En un trabajo conjunto entre diversas organizaciones sociales, académicas y territoriales, hemos elaborado una propuesta que aborda simultáneamente el problema del reparto y el del uso. El proyecto establece un esquema de doble asignación:

  • El 40 % de los ATN se destinaría a obras públicas de prevención, mitigación y adaptación frente a desastres socioambientales, reforzando las capacidades locales.
  • El 60 % restante se canalizaría a través de un Fondo Fiduciario de Intervención en Desastres Climáticos, con reglas claras, criterios técnicos y mecanismos de control y auditoría. En caso de no utilizarse la totalidad de los fondos se repartirán automáticamente a las provincias de manera trimestral.

Este diseño articula justicia ambiental con justicia fiscal, fortalece el federalismo y asegura una mejor respuesta estatal frente a eventos climáticos extremos que, en un contexto de crisis climática, se presentan con mayor frecuencia e intensidad. Además, permite alinear la política fiscal con los compromisos internacionales asumidos por la Argentina, como el Acuerdo de París y la Agenda 2030.

La experiencia reciente nos interpela: frente a inundaciones en Bahía Blanca, incendios en Córdoba y la Patagonia, o temporales en el norte del país, los fondos estaban disponibles pero no fueron utilizados. No se trata solo de números: hablamos de vidas, de territorios, de derechos vulnerados.

Si bien el veto presidencial prácticamente obtura que la asignación de Fondos ATN pueda volver a discutirse en el parlamento por un período de 12 meses, igualmente, frente a este escenario, reafirmamos la necesidad urgente de repensar el rol de los ATN bajo una lógica de planificación, equidad y enfoque ambiental. No alcanza con asegurar el reparto: es imprescindible establecer lineamientos normativos claros que aseguren un uso estratégico de estos fondos en función del interés público y los desafíos ambientales del país, relanzando este proyecto para el momento en que los tiempos legislativos lo permitan

Convocamos a legisladores, gobiernos provinciales, organizaciones sociales y ambientales, y a la ciudadanía comprometida, a retomar este debate con una mirada transformadora, que sitúe el derecho a vivir en territorios resilientes y protegidos en el centro de la política fiscal nacional.

  • Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)
  • Fundación Biodiversidad Argentina
  • Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdAA)
  • Argentina 1.5
  • Fundación Hábitat y Desarrollo
  • Fundación Patagonia Natural
  • Amnistía Internacional
  • Consciente Colectivo
  • Asociación Argentino Uruguaya de Economía Ecológica (ASAUEE)
  • Grupo de Investigación Riesgos Socioambientales y Complejidad (GIRSAC)
  • Confederación Mapuche de Neuquén
  • Futuro Córdoba Asociación Civil
Derrrame Veladero San Juan

10 años del derrame de Barrick Gold en San Juan: una década de impunidad mientras los pueblos viven sin agua limpia

Hace una década, en septiembre de 2015, la mina Veladero, operada por Barrick Gold y Shandong Gold, derramó 5 millones de litros de solución cianurada en la cuenca del Río Jáchal. Fue el peor desastre minero ambiental en la historia argentina, que contaminó al menos cinco cursos de agua vitales para comunidades enteras. En conjunto con la Asamblea de Jachal, y como representantes de la querella judicial desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas-Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial hacemos un llamado público para exigir justicia por nuestros ríos y por nuestra salud.

El agua del Jáchal, del Blanco y de sus afluentes sostiene la vida en un territorio semiárido donde miles de familias dependen de estos ríos para beber, regar y producir alimentos. La contaminación con arsénico, aluminio y manganeso comprobada por la Universidad Nacional de Cuyo y la Universidad Tecnológica Nacional es un golpe irreversible para la salud y para la vida de toda la región. Desde entonces, las comunidades han debido comprar agua embotellada mientras la minera sigue operando con total impunidad.

La empresa ocultó el derrame y el gobierno de San Juan intentó minimizarlo. Fue recién gracias a la presión de la Asamblea Jáchal No Se Toca y a las investigaciones académicas que se confirmó lo ocurrido: una compuerta abierta permitió que el cianuro bajara por la cuenca, contaminando ríos que aún hoy arrastran las secuelas.
Veladero está emplazada en zona periglacial, en violación abierta de la Ley de Glaciares. La misma norma que hoy la minera presiona para que se elimine, con el aval de sectores políticos y judiciales.

La causa federal avanzó en la imputación de funcionarios nacionales por violar la Ley de Glaciares e incumplir sus deberes. Sin embargo, la jueza María Servini de Cubría se convirtió en garante de la impunidad: dilató el proceso durante años y luego decretó la prescripción de la causa por los mismos retardos que ella misma permitió.
Un verdadero pacto de silencio entre poder político, justicia y megaminería.

Desde 2015 se denunciaron otros cinco derrames en Veladero, sistemáticamente ocultados por el gobierno provincial y la empresa. Mientras tanto, Barrick y Shandong siguen extrayendo oro y dejando pasivos ambientales en una provincia donde la gente vive con miedo a abrir la canilla.

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA)-Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) exigimos:

  • Cierre definitivo de Veladero
  • Remediación ambiental integral de la cuenca del Jáchal y todos los cursos de agua afectados
  • Juicio y castigo a los responsables políticos y empresariales
  • Cumplimiento estricto de la Ley de Glaciares y protección del agua como derecho humano

La megaminería no trae desarrollo: trae contaminación, corrupción y territorios sacrificados. Lo dijimos hace diez años y lo repetimos ahora: no hay ninguna región en el mundo que haya logrado un futuro digno con la megaminería.

Sin montañas sanas no hay agua. Sin agua, no hay vida.

Metano en Argentina: el gas invisible que calienta el planeta

Lanzamos el documento “Metano en Argentina: una guía básica para entender desde cero”, una introducción clara y accesible para comprender qué es este gas, su vínculo con el sector de petróleo y gas y por qué es urgente hablar de él en Argentina.

El metano es un gas invisible, incoloro e inodoro. Una molécula simple, pero con un efecto enorme en el sistema climático global. Si bien existen contribuciones del sistema agroalimentario y desde los residuos, la acción de nuestro sistema energético lo convierte en un problema mayúsculo. Se estima que el 60% del metano en la atmósfera proviene de actividades humanas. En Argentina, aparece en la agricultura, en los basurales urbanos y, sobre todo, en la producción de energía fósil, responsable por más de un tercio de sus emisiones.

Lo que conocemos como “gas natural” es en realidad gas fósil, y está compuesto en un 70 a 90% por metano. En cada paso de su cadena —desde la extracción, pasando por el transporte hasta su posterior combustión— libera emisiones que empeoran la inestabilidad climática.

¿Por qué importa el metano?

El metano calienta el planeta mucho más rápido que el dióxido de carbono (CO₂). En un plazo de 20 años, atrapa 82 veces más calor. Por eso su reducción es considerada una de las medidas más urgentes y efectivas para frenar el desbalance climático.

La ventaja es que permanece menos tiempo en la atmósfera: entre 7 y 12 años. Eso significa que cada reducción inmediata en las emisiones de metano tiene un efecto positivo casi al instante.

Metano en Argentina: un debate pendiente

En la discusión pública suele hablarse de “reducir el carbono” como sinónimo de acción climática. Sin embargo, esa simplificación esconde que el metano es uno de los principales gases de efecto invernadero y que en Argentina todavía no cuenta con una regulación específica y fuerte.

En el país, la extracción de gas y petróleo no convencional en Vaca Muerta, son focos de emisiones preocupantes. Los venteos, las fugas y la quema en antorcha hacen del metano un tema central para cualquier estrategia seria de transición energética y justicia climática.

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas-Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial lanzamos el documento Metano en Argentina: una guía básica para entender desde cero, una introducción clara y accesible para comprender qué es este gas, cómo se vincula con el sector energético y por qué es urgente hablar de él en Argentina.

El objetivo es abrir la conversación pública, sumar evidencia y poner sobre la mesa un tema clave que suele quedar opacado por el debate centrado en el carbono.

El desguace como política de Estado: las regresiones socioambientales del gobierno libertario

por Maristella Svampa y Enrique Viale para elDiarioAr

Un informe de la Asociación de Abogados Ambientalistas advierte que, desde diciembre de 2023, el país atraviesa el mayor retroceso en materia socioambiental desde la recuperación democrática. Denuncia un programa de desregulación y desmantelamiento de organismos, leyes y políticas públicas que habilita el avance del extractivismo y consolida el negacionismo climático.
Desde el inicio del gobierno libertario de Javier Milei, la Argentina se encuentra atravesando un vertiginoso proceso de despojo de derechos (sociales, laborales, económicos, culturales, ambientales), que abre aún más las puertas a la desprotección y explotación de los bienes comunes naturales, así como al desmantelamiento de la normativa ambiental generada en los últimos treinta años, a partir de una arquitectura jurídica basada en una serie de políticas regresivas de tipo regulatorias, institucionales y presupuestarias.

Desde la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas – Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (AAdeAA – CAJE) realizamos una sistematización de las regresiones socioambientales registradas desde diciembre de 2023 hasta el 8 de julio de 2025, fecha en la que finalizó el plazo de las atribuciones extraordinarias concedidas al Poder Ejecutivo a través de la “Ley Bases”. También incluimos aquellos hitos que implican una continuidad y/o aceleración de políticas públicas con impacto ambiental, que además de comprometer los bienes comunes naturales, afectan el cumplimiento de los acuerdos internacionales contraídos por la Argentina en materia de cambio climático en foros multilaterales.

A lo largo de casi ochenta páginas, el informe pone de manifiesto el carácter rotundamente regresivo y desregulador asumido de modo explícito por el gobierno de Milei en el marco de un proceso ultraneoliberal de reforma del Estado, lo cual amenaza la sostenibilidad socioambiental y la vida democrática en su conjunto. Por regresión socioambiental nos referimos al deterioro y retroceso en las condiciones ambientales y sociales, impulsada por el desmantelamiento, la desregulación, la derogación y/o modificación acelerada y de carácter negativo de un conjunto de normativas, organismos estatales y políticas públicas asociadas a la protección de los bienes comunes naturales, la lucha contra el cambio climático, la reducción de desigualdades socioambientales y el acceso a la participación ciudadana y la justicia.

Queda evidenciado como la Argentina atraviesa el mayor retroceso en derechos económicos, sociales, ambientales y culturales desde la recuperación de la democracia. El negacionismo climático se convirtió en política de Estado. En nombre de una supuesta libertad, el gobierno de Milei ejecuta un programa de saqueo planificado: se derogan leyes, se destruyen organismos públicos, se entregan ríos y montañas, y se criminaliza a quienes defienden el agua, la tierra y la vida. Un plan sistemático de desguace que abre aún más a la desprotección y explotación de los bienes naturales, mientras nos deja indefensos ante los graves impactos de la crisis climática.

En la introducción analizamos las consecuencias de la Ley Bases y el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI), que no son solo reformas sino blindajes jurídicos para legalizar y perpetuar el despojo. Luego, el informe se despliega en dos partes.

En primer lugar, describe la aceleración del extractivismo en todas sus facetas y evidencia el modo en que los gobernadores, envalentonados, se han montado sobre la ola libertaria, para avasallar resistencias y avanzar con megaproyectos extractivos en las distintas provincias. Combustibles fósiles, desmontes, minería del litio, minería metálica a cielo abierto, privatización de ríos y de represas, criminalización de la protesta, plan de inteligencia antidemocrático. También se abordan las consecuencias de eventos extremos como incendios e inundaciones, que han golpeado regiones o ciudades, ante los cuales la población se encuentra cada vez más desprotegida.

En segundo lugar, analiza hasta qué punto el negacionismo climático convertido en política de Estado implica la destrucción, vaciamiento y/o desfinanciamiento de organismos públicos y el desmantelamiento de normativa ambiental trabajosamente instalada en los últimos 30 años. Desde el Ministerio de Ambiente hasta el INTA, el INA (Instituto Nacional de Agua) y ACUMAR (Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo), INAI (Instituto Nacional de Asuntos Indígenas), Dirección Nacional de Emergencias, entre otros. Y directamente la disolución de organismos como la Dirección Nacional de Agroecología, el Instituto Nacional de Agricultura Familiar Campesina Indígena (INAFCI), el Instituto Nacional de Semillas (INASE), el Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento, entre otros. Innumerables leyes y fondos afectados, desmantelados o derogados, como la ley 26160, de emergencia territorial de comunidades indígenas, o la Ley de tierras (esto último, frenado por la justicia).

El delirio de desregulación del gobierno arremete incluso en contra de lo poco que en este país había de promoción de energías renovables (la ley de generación distribuida y el plan de fabricación nacional de calefones solares), así como desregula normativas de protección animal, que habilitan la exportación de ganado vivo (prohibida desde 1973) y desregula la exportación de fauna silvestre, lo que abre la puerta al tráfico de animales.

Es importante tener en cuenta que el programa político que se propone el actual gobierno de extrema derecha es integral, pues en lo económico, apunta a la ultraliberalización de la economía que se ejecuta a través de la desregulación del Estado en áreas clave, el endeudamiento externo y el ajuste fiscal, en favor de los sectores más concentrados de la economía. Esto se ha ido expresando en el desmantelamiento de políticas públicas ligadas a lo ambiental, a la salud, a la educación, a los sectores más vulnerables (comedores barriales, jubilados, movimientos sociales y sectores de la economía popular, personas con enfermedades graves, con discapacidad), los pueblos originarios, las mujeres, las diversidades. No es que dichas políticas públicas y organismos funcionaran de manera óptima, pero sin duda constituían una base regulatoria desde la cual reclamar derechos y reducir desigualdades.

En lo cultural, el actual gobierno se propone suprimir toda narrativa centrada en la defensa de la justicia (sea social, ambiental, étnica, de género, entre otros). La llamada “batalla cultural” conlleva un ataque a gran escala contra el campo de la cultura, la ciencia, la salud y la educación pública, el periodismo, incluso artistas populares, así como a la totalidad de los colectivos y sectores que buscan instalar una agenda de derechos (mujeres, indígenas, minorías sexuales, ambientalismo, entre otros), a quienes el gobierno libertario responsabiliza de un supuesto “adoctrinamiento”. Ya dijimos del alineamiento del gobierno con las posiciones más retrógradas del negacionismo climático, algo asociado a las extremas derechas a nivel global.

En lo social, este programa de destrucción se articula con la implementación de una política de criminalización y represión de la protesta social, en todos sus aspectos. Se advierte un retroceso en términos de derechos y garantías, en la tendencia abiertamente iliberal y antipluralista que se propone abiertamente obstaculizar la posibilidad misma de expresarse (contra la libertad de expresión y manifestación). Las reformas introducidas otorgan un poder punitivo a las fuerzas policiales y confirman la tendencia a la militarización de territorios extractivos, lo que aparece como altamente peligroso e inconstitucional. En suma, el objetivo no es solo producir confusión sino también miedo y desmovilización, a fin de generar una sumisión social absoluta que suprima no solo los derechos sino la posibilidad misma de manifestar. Todo lo dicho es de tal gravedad política e institucional que coloca en un tembladeral los cimientos mismos de la democracia en Argentina.

Así, el escenario regresivo que está en marcha desde diciembre de 2023 es claro y contundente. Una de las mayores características del programa de la extrema derecha libertaria es la vertiginosidad y aceleración de las reformas en curso, posibilitadas por las facultades extraordinarias, de alto impacto económico, cultural y social.

Por último, este Primer Informe de Regresiones Ambientales será presentado formalmente ante la Cámara de Diputados y el Senado Nacional, así como en organismos internacionales como las autoridades del Acuerdo de Escazú. Como acto de memoria colectiva, es necesario dejar constancia sobre los retrocesos y violencias de estos últimos tiempos. Pero también creemos que dicho informe puede ser una herramienta de contestación y resistencia, para imaginar y defender otro futuro, fundado en la protección de la vida, la defensa de los derechos y la participación democrática. Al sistematizar la regresión, también se busca señalar caminos para resistir y, pensar claves para reconstruir y defender lo común, activar redes de solidaridad y cooperación, exigir justicia. Porque narrar el saqueo y el negacionismo climático es urgente. Pero imaginar salidas también es un acto político. La política ambiental de Milei no es una anomalía: es el proyecto. Y hay que frenarlo.