La Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro, con el patrocinio legal de la Asociación Argentina de Abogades Ambientalistas, interpuso el martes 30 de diciembre una demanda judicial solicitando que se declare la inconstitucionalidad del Protocolo de Consulta Previa, Libre e Informada (Ley N° 5755/2024) y de su decreto reglamentario, sancionados por la Legislatura de Río Negro durante el año 2024.
Dicho protocolo fue sancionado de manera unilateral por el Estado provincial, sin consultar a las comunidades originarias, incluso desoyendo sus disidencias y observaciones expresamente formuladas durante el proceso previo.

Sostenemos, sin margen de duda, que no existió participación alguna de autoridades indígenas, comunidades ni de pobladores dispersos en la confección y redacción del protocolo de consulta, incumpliendo de este modo los estándares constitucionales y convencionales vigentes.
La norma impugnada deriva en un procedimiento de consulta altamente restrictivo respecto de la participación de los pueblos indígenas, sus autoridades, comunidades y pobladores dispersos, limitando su intervención en la toma de decisiones vinculadas a leyes o disposiciones administrativas que afectan directa o indirectamente a sus territorios.
Desde el punto de vista jurídico, este esquema resulta contrario al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y a los artículos 75 incisos 17 y 22 de la Constitución Nacional.
En los hechos, esta “consulta sin consulta” se reduce a un trámite administrativo diseñado a la medida de proyectos extractivistas, mineros e hidrocarburíferos, que buscan avanzar sobre territorios ancestrales sin garantizar la participación real de los pueblos indígenas.
Es claro que el Gobierno de Rio Negro, no quiere incluir en la participación real de un Protocolo de Consulta, Libre, Previa e informada a las comunidades ni mucho organizaciones indígenas. Solo quiere que las mismas asientan sin debate previo, a los fines de legitimar iniciativas unilaterales.
La consulta previa, libre e informada es un derecho colectivo de los pueblos indígenas. Desde la Asociación Argentina de Abogades Ambientalistas acompañamos esta demanda porque defender la participación real es defender los territorios, la democracia y el respeto por los derechos de los pueblos originarios.
Una vez más vemos como se consolida un modelo de toma de decisiones autoritario, funcional a intereses extractivistas y ajeno a toda lógica democrática. Frente a este escenario, reafirmamos que no habrá licencia social ni legitimidad posible sin consulta real, libre, previa e informada, construida desde y con las comunidades, y no a espaldas de ellas.
