La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas procede a impugnar la concesión de la probation en el caso COMARSA por considerarla arbitraria y contraria al debido derecho.
15 de abril, Neuquén – La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) y la APDH Neuquén, y en línea con el recurso presentado por la Fiscalía de Delitos Ambientales, impugnaron la decisión judicial que suspende el juicio a prueba a los directivos de la empresa COMARSA de basureros petroleros. La resolución, dictada por el juez de garantías Lucas Yancarelli, será revisada por el Tribunal de Impugnación en audiencia pública este jueves a las 08:30hs. previo a resolver un planteo de recusación presentado sobre dos jueces del Tribunal de Impugnación.
Lo que está en riesgo es si puede ocultarse la verdad en una de las causas más graves de contaminación con residuos peligrosos para la salud de los neuquinos. El proceso penal está vigente, no hay absolución ni cierre definitivo. Esta cuestionada decisión del juez abre la puerta a la impunidad y posterga una respuesta judicial que permita que la verdad se sepa en un juicio oral y público con participación de jurado popular.
La causa por los basureros petroleros investiga el desmanejo y abandono político, a metros de zonas habitadas, de más de 300.000 metros cúbicos de residuos peligrosos producto del proceso de fractura hidráulica (fracking) de Vaca Muerta. Esto tiene una afectación directa a la salud de la población, a la calidad del aire, al suelo y a las napas. A esto hay que sumarle la administración fraudulenta de la empresa COMARSA, que habría simulado tratamientos para sostener contratos millonarios mientras ocultaba los residuos tóxicos.
Durante allanamientos que fueron realizados en el marco de la causa, se incorporó evidencia a la causa en la cual se referencian “planes de ficción” y estrategias para aparentar cumplimiento. Este tipo de evidencia no puede ser ignorada al momento de evaluar la conducta de los imputados ni la viabilidad de cualquier esquema de reparación.
La impugnación presentada se fundamenta en tres ejes técnicos centrales que demuestran la fragilidad de la decisión actual:
- Omisión de la oposición fiscal y la política criminal y de la oposición de la ongs protectoras del ambiente y los derechos humanos: El fallo ignoró la oposición categórica y motivada de la Unidad Fiscal de Delitos Ambientales a cargo del Dr. Maximiliano Breide Obeid y de las querellas , apartándose de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que exige respetar la facultad del fiscal de llevar a juicio casos de alta gravedad social y ambiental.
- Análisis erróneo de la gravedad del daño y saneamiento sin respaldo técnico ni control real: El magistrado aplicó una analogía inválida con otros casos menores, omitiendo la magnitud real del daño: la acumulación de más de 300.000 metros cúbicos de residuos peligrosos. Ante la escala penal prevista, la expectativa de una condena efectiva impide legalmente el beneficio de la probation. Sorpresivamente dispuso un saneamiento “a la ligera”, carentes de fundamentos técnicos sólidos que justifiquen su viabilidad y sin compromisos ciertos, controlables o eficaces. Esta falta de rigor convierte la reparación en una promesa ilusoria que no garantiza la protección real del ambiente ni de la salud de la comunidad.
- Vulneración de Tratados Internacionales (Acuerdo de Escazú): La resolución ignoró estándares de jerarquía constitucional y tratados como el Acuerdo de Escazú, que garantizan a las víctimas y organizaciones ambientales el derecho a un debido proceso y a una tutela judicial efectiva que no sea vaciada de contenido por salidas alternativas ineficaces.
Desde AAdeAA mantenemos nuestra firme convicción de que el sistema judicial debe ofrecer una respuesta proporcional a la magnitud de los hechos investigados. Este recurso no es solo una herramienta técnica, sino un compromiso con la justicia en Neuquén. Estamos convencidos de que el Tribunal de Impugnación, al analizar la solidez de los argumentos, el cúmulo de evidencia y la razonabilidad de nuestra oposición, revocará esta decisión para permitir que el caso avance hacia un juicio oral y público, con participación de jurado popular, donde se determine la responsabilidad de los acusados.
La decisión que tiene pendiente el Tribunal no es menor: define si el sistema judicial protege la salud de los neuquinos, su agua y territorios, o si queda del lado de la impunidad de los poderosos, quienes intentan ocultar el daño y evitar que la verdad se sepa en un juicio.
El proceso judicial
Las organizaciones querellantes interpusieron formalmente un recurso de impugnación ordinaria contra la resolución judicial que concedió la suspensión del juicio a prueba (probation) a los directivos de la empresa. Ambos recursos se suman a la apelación también presentada por la Fiscalía de Delitos Ambientales del Ministerio Público Fiscal de Neuquèn. Es imperativo subrayar que esta resolución no se encuentra firme y constituye una etapa procesal intermedia que será revisada íntegramente por el Tribunal de Impugnación durante la audiencia que tendrá lugar el jueves a las 08:30 en la sala 1 de la Ciudad Judicial.
El proceso penal por contaminación ambiental y administración fraudulenta sigue plenamente vigente, la fiscalía y partes querellantes confían en que la instancia superior corregirá los gravísimos vicios del fallo del Juez de Garantías Lucas Yancarelli, los cuales garantizan la impunidad de los acusados y la postergación indefinida del saneamiento del pasivo ambiental generado en la planta del Parque Industrial de Neuquèn.
