La Cámara Federal resolvió que el amparo contra el acuerdo YPF-Chubut debe ser tratado por la Justicia Federal

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia hizo lugar a nuestra apelación y revocó la decisión que había apartado a la Justicia Federal del caso. El expediente vuelve ahora al Juzgado Federal de Rawson, que deberá analizar la admisibilidad del amparo y el pedido de una medida cautelar urgente contra el acuerdo mediante el cual la Provincia del Chubut liberó a YPF de responsabilidades vinculadas con décadas de explotación petrolera.

Buenos Aires / Chubut, 15 de septiembre de 2026.

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia resolvió que corresponde a la Justicia Federal analizar el amparo ambiental colectivo presentado por Jorge Spíndola y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas contra el Estado Nacional, YPF S.A. y la Provincia del Chubut. La decisión revoca la resolución de primera instancia que había considerado que el conflicto debía tramitar ante la Justicia provincial y había dispuesto el archivo de las actuaciones.

La Cámara reconoció la existencia de una cuestión federal dentro del conflicto. La demanda involucra al Estado Nacional y reclama que se determine su responsabilidad por los daños derivados de la explotación petrolera anteriores al 31 de diciembre de 1990, además de discutir la validez del Acta Acuerdo firmada entre Chubut e YPF el 26 de junio de 2026, la ley provincial que la aprobó y los actos administrativos utilizados para sostenerla.

La resolución representa un avance procesal importante: establece qué Justicia debe intervenir y permite que el amparo continúe. La Cámara todavía no resolvió sobre la validez del acuerdo ni sobre la medida cautelar solicitada. Esas cuestiones deberán ser tratadas ahora por el Juzgado Federal de Rawson.

La acción presentada cuestiona un acuerdo que acompaña la salida de YPF de distintas áreas petroleras maduras de Chubut. A través de ese instrumento se aprobaron transferencias de concesiones, una contraprestación extraordinaria de USD 25 millones y la entrega de distintos bienes e inmuebles. Al mismo tiempo, la Provincia asumió contingencias futuras vinculadas con los daños acumulados en las áreas y otorgó a YPF una liberación de responsabilidad frente a futuros reclamos.

El problema de fondo es especialmente grave porque la dimensión completa del daño petrolero todavía debe ser determinada. Las propias disposiciones administrativas citadas en el acuerdo ordenaron continuar relevando pozos, instalaciones y situaciones ambientales que no habían sido identificadas en las auditorías iniciales. Una de ellas prevé incluso un relevamiento complementario que puede extenderse durante tres años. A pesar de ello, el acuerdo busca cerrar responsabilidades antes de contar con una evaluación completa de lo que debe ser reparado.

La demanda pide que se determine mediante pericias e información pública qué daños existen, cuál es el costo de su recomposición y qué responsabilidades corresponden al Estado Nacional, a YPF y a la Provincia. También solicita una cautelar para suspender los efectos del acuerdo mientras se discute su validez, preservar la documentación y evitar modificaciones que dificulten posteriormente determinar el estado de los pozos y de los territorios afectados.

La discusión sobre las tierras destinadas a las familias afectadas por el Cerro Hermitte vuelve todavía más importante determinar el estado de esos terrenos. El derecho a una vivienda adecuada exige una solución habitacional rápida, pero también suelos seguros, estudiados y saneados cuando corresponda.

En los últimos días, la discusión judicial comenzó a vincularse con las tierras de los ex Almacenes de YPF en Km. 3 que el Gobierno provincial proyecta destinar a familias afectadas por el desplazamiento del Cerro Hermitte. La situación de esas familias requiere una respuesta estatal urgente y definitiva. El acceso a una vivienda adecuada y la protección de la salud forman parte de una misma obligación pública. Las familias que deban ser relocalizadas necesitan viviendas con servicios, sobre terrenos cuya seguridad geológica y condición ambiental estén acreditadas antes de su ocupación.

Este criterio coincide incluso con lo señalado públicamente por funcionarios municipales: al tratarse de tierras vinculadas con la actividad hidrocarburífera, deben evaluarse previamente los posibles daños ambientales, y los lotes requieren los correspondientes estudios antes de ser entregados.

La discusión judicial obliga precisamente a esclarecer esas responsabilidades. Si un terreno requiere saneamiento por las consecuencias de la actividad petrolera, debe establecerse su condición, realizarse la reparación necesaria y determinarse quién debe pagarla. Transformar esos terrenos en una solución habitacional exige mayores garantías, porque allí vivirán familias que ya atraviesan las consecuencias de una emergencia territorial.

Comodoro Rivadavia lleva más de un siglo construyéndose sobre una explotación petrolera que dejó miles de pozos abandonados o inactivos, instalaciones antiguas, ductos y sectores cuya condición todavía debe ser relevada. La demanda identifica alrededor de 6.000 pozos dentro del ejido urbano y plantea la necesidad de conocer con precisión el estado de ese enorme legado antes de cerrar las responsabilidades de quienes explotaron esos territorios.

La decisión de la Cámara permite que esa discusión avance. Ahora corresponde que el Juzgado Federal de Rawson analice el amparo y la medida de protección solicitada. El objetivo es establecer responsabilidades y garantizar que los daños generados por décadas de extracción sean evaluados y reparados, también allí donde esos territorios serán destinados a nuevas viviendas