Causa Fondo de Compensación

Causa de Compensación Ambiental: Exigimos que el Estado ponga en funcionamiento el Fondo que debe reparar daños ambientales

Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas presentamos un amparo ambiental colectivo contra el Estado Nacional por la falta de implementación del Fondo Fiduciario de Compensación Ambiental, una herramienta creada por ley para prevenir, mitigar, reparar y compensar daños ambientales en todo el país.

El reclamo apunta contra una omisión grave y prolongada del Poder Ejecutivo Nacional. El Fondo de Compensación Ambiental fue previsto por la Ley General del Ambiente, creado como fondo fiduciario por la Ley de Presupuesto 2018 y reglamentado en 2019. Sin embargo, nunca fue puesto en funcionamiento: no tiene contrato de fideicomiso, no tiene fiduciario designado, no registra ingresos, no financió proyectos y no cuenta con informes de rendición de cuentas.

La propia autoridad nacional reconoció esta inactividad en una respuesta oficial a un pedido de acceso a la información pública. Esa contestación confirmó que el Fondo existe en las normas, pero no en la realidad. En términos concretos, significa que Argentina cuenta desde hace años con una herramienta legal para responder a daños ambientales, pero el Estado Nacional decidió no activarla.

“El Fondo de Compensación Ambiental no es una formalidad administrativa. Es una garantía colectiva para que los daños sobre los territorios, el agua, los bosques, los suelos y los ecosistemas no queden sin respuesta”, señalaron desde la Asociación. “Cuando el Estado no lo pone en marcha, quienes pagan los costos son las comunidades afectadas y las generaciones futuras”.

El amparo solicita que la Justicia declare el incumplimiento del Estado Nacional y ordene la constitución inmediata de los órganos necesarios para que el Fondo funcione. En particular, se pide que se conforme el Comité Ejecutivo y la Unidad Coordinadora, que se designe formalmente al fiduciario, que se firme el contrato de fideicomiso y que se integren los recursos previstos por la normativa vigente.

El Fondo debe nutrirse de distintas fuentes: asignaciones presupuestarias, fondos provenientes de medidas de compensación, indemnizaciones sustitutivas, multas ambientales, donaciones, aportes de organismos nacionales e internacionales y seguros de caución por daño ambiental. Su objetivo es asegurar recursos estables y específicos para actuar frente a emergencias, pasivos y daños de gran escala.

La falta de funcionamiento del Fondo tiene consecuencias directas. Impide contar con una herramienta ágil para responder frente a incendios forestales, contaminación de cursos de agua, derrames de hidrocarburos, pasivos mineros, degradación de suelos, presencia de sustancias peligrosas y otros daños que afectan la vida cotidiana de comunidades enteras.

El escrito judicial menciona casos concretos que muestran la urgencia de esta herramienta: los incendios en el Delta del Paraná, los pasivos de Bajo la Alumbrera, la contaminación de la cuenca Salí-Dulce, los impactos hidrocarburíferos sobre el río Colorado, la presencia de arsénico en el agua potable y la catástrofe ígnea en la Patagonia, donde miles de hectáreas de bosques nativos fueron arrasadas por el fuego.

En todos esos casos, el problema no es solo la existencia del daño. También es la ausencia de mecanismos estatales eficaces para prevenir, recomponer y compensar. Sin un Fondo operativo, cada emergencia se enfrenta de manera fragmentada, tardía y desigual. Las comunidades quedan libradas a respuestas parciales, campañas solidarias o decisiones improvisadas.

La Constitución Nacional establece que el daño ambiental genera prioritariamente la obligación de recomponer. Esa obligación no puede quedar reducida a una declaración. Necesita instituciones, presupuesto, planificación y control público. El Fondo de Compensación Ambiental fue creado justamente para cumplir esa función.

La Asociación sostuvo que la omisión del Estado configura una inconstitucionalidad por omisión: existe un mandato legal claro, vigente y operativo, pero el Poder Ejecutivo no lo cumple. No se trata de pedirle a la Justicia que diseñe una política nueva, sino que ordene ejecutar una herramienta ya creada por el Congreso y reglamentada por el propio Estado.

En un contexto de crisis climática, incendios más intensos, expansión extractiva y desfinanciamiento de áreas críticas, la falta de implementación del Fondo agrava la vulnerabilidad de los territorios. Cada año de inacción aumenta los costos sociales, económicos y ecológicos de daños que podrían prevenirse o atenderse de manera más justa.

La causa busca que el Estado Nacional deje de incumplir una obligación básica: garantizar que existan recursos específicos, transparentes y disponibles para prevenir, reparar y compensar daños ambientales. Sin esa herramienta, la reparación queda vacía y la responsabilidad se diluye. La justicia ambiental exige que quienes dañan paguen, que el Estado controle y que las comunidades no carguen solas con los costos de la degradación. Poner en funcionamiento el Fondo de Compensación Ambiental es una deuda urgente con los territorios, con el agua, con los ecosistemas y con toda la sociedad argentina.