La pregunta y razonamiento más sencillo es: sí las empresas y otras entidades pueden tener derechos ¿Por qué no puede tener derechos la naturaleza, de la cual dependemos?
Integrantes de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, la Multisectorial de Humedales de Paraná, la Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza (GARN) y del Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial presentaron proyectos para que la Provincia de Entre Ríos y el Municipio de Paraná reconozcan los Derechos de la Naturaleza o Pachamama. Los proyecto refieren a donde se reproduce y realiza la vida, debiendo asegurarse el respeto integral, su existencia, el mantenimiento, regeneración de sus ciclos y funciones vitales, estructura y procesos evolutivos.
La presentación retoma el legado de Fernando “Pino” Solanas y se basa en el texto del proyecto de ley presentado hace unos años por el Senador de Proyecto Sur. Revisa sus fundamentos y contextualiza las presentaciones en el marco de la presente campaña impulsada por la Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza (GARN).
Es necesario compatibilizar a nivel provincial y municipal el reconocimiento de los Derechos de la Naturaleza con la legislación constitucional de las provincias. Vinculando la iniciativa con el derecho de todos/as los/as habitantes a un ambiente sano, la protección de la diversidad biológica y ecosistemas en particular y los derechos de los pueblos indígenas. Y también acoplando el derecho procesal provincial (acción de amparo, intereses difusos, acción popular, acciones preventivas, etc.) entendido como una “derecho procesal de la naturaleza”.
Los dos proyectos presentados
Proyecto provincial
El proyecto provincial fue presentado en la Cámara de Diputados de la Provincia de Entre Ríos. El mismo fue ingresado por Mesa de Entradas del parlamento provincial se titula Reconocimiento de los derechos de la naturaleza en la provincia de Entre Ríos. Se trata del Expediente N° (Nº 24.836 M.E.), ingresado el 3/11/2022. Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza (GARN) – Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas – Multisectorial de Humedales de Paraná.
La Provincia de Entre Ríos posee una de las Constituciones Provinciales más nuevas de Argentina. En ella se incluyen novedosos derechos con respecto a la naturaleza. Ejemplo de esto es el reconocimiento de la libertad de los ríos. Se hace mención explicita a que las cuencas hídricas comunes y los sistemas de humedales “se declaran libres de construcción de obras de infraestructura a gran escala que puedan interrumpir o degradar la libertad de sus aguas y el desarrollo natural de sus ecosistemas asociados”.
A su vez reconoce la triple función del suelo, en sus dimensión social, ambiental y económica en su Artículo 85. Aunque estos no son reconocimientos explícitos de derechos a la naturaleza, son un gran avance en cuanto a la comprensión de su importancia y funcionamiento de los ecosistemas.
Proyecto Municipal
El segundo proyecto fue presentado ante el Concejo Municipal de la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos. Fue ingresado por Mesa de Entradas del parlamento local y se titula Reconocimiento de los derechos de la naturaleza en la ciudad de Paraná. Se trata del Expediente N° H.C.D. Nº 789/2022-A-F17, ingresado el 3/11/2022. Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza (GARN) – Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas – Multisectorial de Humedales de Paraná.
En el caso de la Ciudad de Paraná es la Ordenanza N°7.717 (1995), que crea el Código Ambiental, de la ciudad la que reconoce de la siguiente manera, en la declaración de principios y objetivos que:
“Nosotros los representantes del pueblo reconocemos: a) En lo referente al Ambiente, como sujeto del Derecho a todos seres vivos y futuros.”
Código Ambiental de la Ciudad de Paraná
“Este es un fundamental e interesante avance que pocas veces fue comprendido por gobernantes y ciudadanía.” – declaró Enzo Cullaso, integrante de la Multisectorial de Humedales de Paraná y la Asociación de Abogados/as Ambientalistas – “Hoy luego de 20 años, es necesario volver a dialogar sobre la posibilidad de otorgarle entidad jurídica a la naturaleza.”
Más sobre Derechos de la Naturaleza
La naturaleza como sujeto de derecho, implica necesariamente su desmercantilización. Así como el discurso normativo actual prohíbe tratar como mercancía al ser humano, al ser sujeto de derecho la naturaleza debería recibir el mismo trato. Es importante aclarar que lo que protege este proyecto son los “sistemas de vida” lo cual no es un obstáculo para el desarrollo y comercialización, por ejemplo, de actividades agrícola-ganaderas, entre otras. Con los Derechos de la Naturaleza se puede comerciar y comer carne, pescado y granos, por ejemplo, mientras se asegure que quedan ecosistemas funcionando con sus especies nativas.
Asistimos en este siglo a un modelo de producción y consumo que está generando el traspaso de los límites biofísicos, que atenta contra toda forma de vida sobre el planeta, incluida la nuestra. Es tiempo de madurar como especie, para trascender el egoísta instinto competitivo y abrazar la vida en toda su diversidad de expresiones.
El marco de los Derechos de la Naturaleza comprende que cada pueblo es portador de culturas diversas, como lo son los territorios de este continente. En este contexto, también existen culturas que supieron otorgarle un valor a la naturaleza más allá del uso humano. Quienes reconocieron en sus cosmovisiones la interdependencia con todos los reinos de la vida.
El grado de madurez de cada sociedad abre a la posibilidad de comprender e internalizar otras maneras de vincularse con su entorno. Estas culturas otorgan brújulas para que la humanidad vuelva a percibirse en igualdad, ya no como dueño, sino como parte de un todo.